2. ROL DEL EMPLEADO – ROL DEL EMPRESARIO
- COMPARACIÓN -
EMPRESARIO EMPLEADO
Asume mayor riesgo. Menor riesgo.
Trabajo más duro. Trabajo menos duro.
Mayores ingresos económicos Menores ingresos económicos
(permanente) (excepto al iniciar)
Trabajo indefinido. Lo pueden retirar en
cualquier momento.
Menos rutina. Más rutina.
Horario flexible. Horario obligatorio.
Mayor oportunidad de Menor oportunidad
realización personal. de realización.
4. CARACTERIZACION DE LA
PEQUEÑA EMPRESA
UNIDADES ECONOMICAS QUE
POSEEN ENTRE 11 Y 50
TRABAJADORES Y SUS
ACTIVOS ESTAN ENTRE
501 Y 5001 SALARIOS
MÍNIMOS MENSUALES
LEGALES VIGENTES.
5. CARACTERIZACION DE LA
MEDIANA EMPRESA
UNIDADES ECONOMICAS QUE
POSEEN ENTRE 51 Y 200
TRABAJADORES Y SUS
ACTIVOS ESTAN ENTRE
5001 Y 15000 SALARIOS
MÍNIMOS MENSUALES
LEGALES VIGENTES.
6. CARACTERIZACION DE LA
GRAN EMPRESA
UNIDADES ECONOMICAS QUE
POSEEN MAS DE 200
TRABAJADORES Y SUS
ACTIVOS SON SUPERIORES
A LOS 15.000 SALARIOS
MÍNIMOS MENSUALES
LEGALES VIGENTES.
7. PROBLEMÁTICA GENERAL
DE LAS EMPRESAS
• Mercado
• Tecnología
• Financiación y garantías
• Capacitación, asesoría y
consultoría
18. PERSONAS NATURALES
De acuerdo con el artículo 74 del código civil ”son
personas naturales todos los individuos de la especie
humana cualquiera que sea su edad, sexo, estirpe o
condición”. El empresario en su inicio, por lo general,
es una persona natural que desarrolla una serie de
actividades encaminadas a la producción de bienes o
servicios, con el fin de obtener una utilidad de su
venta. La persona natural puede inscribirse como
comerciante (empresario) ante la Cámara de
Comercio, comprometerse con terceros, obtener
créditos y ejecutar cualquiera de las actividades que
son propias de los comerciantes. Se debe tener en
cuenta que como persona natural, se compromete
todo el patrimonio ante acreedores.
19. PERSONAS JURÍDICAS
De acuerdo con el artículo 633 del Código Civil “se
llama persona jurídica, una persona ficticia, capaz de
ejercer derechos y contraer obligaciones civiles, y de
ser representada judicial y extrajurídicamente”. Lo
anterior significa que la ley permite que en ocasiones
se creen, por voluntad de sus miembros, unas
personas diferentes a ellos, pero con capacidad para
realizar todos los actos propios de los comerciantes.
20. EMPRESA INDIVIDUAL
Es un establecimiento de comercio
constituido por un conjunto de bienes que
posee un empresario o un comerciante en un
sitio determinado para desarrollar sus
actividades. Por ejemplo: tiendas, oficinas,
almacenes comerciales, bodegas,
fábricas, plantas industriales.
21. EMPRESA UNIPERSONAL
Es aquella mediante la cual una persona
natural o jurídica (comerciante), que en este caso
se denomina empresario, destina parte de sus
activos para la realización de una o varias
actividades mercantiles.
(Sociedad de un único dueño con
responsabilidad limitada)
22. SOCIEDADES
Son la agrupación de personas que adelantan
labores mancomunadas, ya sea con fines de lucro
o no, y que una vez constituida legalmente forman
un persona jurídica distinta de los socios
individualmente considerados.
El Código Civil las define como un contrato por el
que dos o más personas estipulan poner un capital
y otros efectos en común.
23. EMPRESA LIMITADA
Es una empresa denominada
“sociedad de responsabilidad limitada”
con no más de 25 socios, quienes responderán
hasta el monto de sus aportes. Por lo menos 2
de ellos serán capitalistas.
24. EMPRESA COLECTIVA
Es aquella en la que todos los socios
administran por si o por un mandatario de
común acuerdo, y en la que todos
los socios responden solidaria
e ilimitadamente por las operaciones
sociales.
25. EMPRESA EN COMANDITA
Es aquella donde uno o más socios se comprometen
“solidaria e ilimitadamente”en su responsabilidad sobre
las operaciones sociales de la firma, y uno o varios socios
comprometen su responsabilidad hasta el monto
de sus aportes a la misma. Los primeros se llaman
socios gestores y los segundos
comanditarios.
26. EMPRESA SOCIEDAD ANÓNIMA
Se forma con la reunión de un fondo social
integrado por accionistas que responden hasta el
monto de sus aportes. Se conoce con la razón
social a la que se le precede de S.A.
Este tipo de empresa no puede inscribirse
ni funcionar sin un mínimo de
cinco(5) personas.
27. EMPRESA ASOCIATIVA DE
TRABAJO
Se crea mínimo con tres (3) personas, máximo diez (10)
para producción; y máximo veinte (20) para
comercialización. Desde 1998 se rige por la
normatividad vigente para la economía solidaria, Ley
454/98. Tienen como objetivo la producción
comercialización y distribución de bienes básicos de
consumo familiar o la prestación de servicios
individuales o conjuntos de sus asociados.
28. INSTITUCIONES SIN ÁNIMO DE LUCRO Y
SECTOR SOLIDARIO
Es una función asignada por la Ley a las Cámaras de Comercio y
consiste en un registro público mediante el cual, con la inscripción
del documento, nace una nueva persona jurídica distinta de sus
miembros, y se otorga la publicidad a los demás actos que se
inscriben.
Al igual que en los otros registros, cualquier persona puede
examinar los libros en que se llevan, obtener copia de los
documentos que reposan en el expediente y solicitar que se le
expidan certificaciones sobre las inscripciones realizadas.
Comprende, entre otras: Asociaciones; Corporaciones,
Fundaciones e Instituciones de Utilidad Común; Asociaciones
agropecuarias y campesinas nacionales y no nacionales, y
asociaciones de segundo y tercer grado; Entidades ambientalistas;
Cooperativas, federaciones y confederaciones, instituciones
auxiliares del cooperativismo y precooperativas; Fondos de
empleados; Asociaciones mutuales.
29. Son empresas asociativas cuando los asociados son
dueños, trabajadores, administradores para producir
bienes y servicios.
Son empresas porque su criterios deben estar basados en
la eficacia, productividad y rentabilidad con el objeto de
brindar mejores servicios.
Son asociativas porque todos sus miembros aportan su
fuerza de trabajo, realizando actividades para satisfacer
sus necesidades comunes a través de una marcada
participación democrática de sus asociados.
EMPRESA ASOCIATIVA
30. EMPRESA SOLIDARIA
Son personas jurídicas organizadas, para realizar
actividades sin ánimo de lucro, en las cuales los
trabajadores o los usuarios son simultáneamente sus
aportantes y gestores, creadas con el objeto de
producir, distribuir y consumir conjunta y eficientemente
bienes y servicios para satisfacer las necesidades
de sus miembros y al desarrollo de obras
de servicio a la comunidad.
31. PRECOOPERATIVA
Se consideran grupos precooperativos los que bajo la
orientación y con el concurso de una entidad promotora,
se organizan para realizar actividades permitidas a las
cooperativas y que, por carecer de capacidad económica,
educativa, administrativa o técnica, no son entes con
posibilidad inmediata de organizarse como cooperativa.
Deberán evolucionar hacia cooperativas en un término de
cinco años, prorrogables a juicio del DANSOCIAL.
Se crea con cinco (5) personas mínimo y no tiene
máximo.
32. COOPERATIVAS DE TRABAJO
ASOCIADO
Son empresas asociativas sin ánimo de lucro
que vinculan el trabjo personal de sus asociados
y sus aportes económicos para la producción de
bienes, ejecución de obras o prestacion de
servicios en forma autogestionaria. Se pueden
conformar con un mínimo de diez (10)
asociados.
33. COOPERATIVAS
Es cooperativa la empresa asociativa, sin ánimo de lucro,
en la cual los trabajadores o los usuarios, según el caso,
son simultáneamente los aportantes y los gestores de la
empresa, creada con el objeto de producir o distribuir
conjunta y eficientemente bienes o servicios para
satisfacer las necesidades de sus asociados y de la
comunidad en general.
Se crea con veinte (20) personas mínimo y no tiene
máximo.
34. EMPRESA COMUNITARIA
AGRICOLA
Definida por la Ley 135 de 1961, como la forma
asociativa por la cual un grupo de personas que reúnen
las condiciones para ser beneficiarias de los programas
de reforma agraria, estipulan aportar su trabajo y otros
bienes en común, con el fin de desarrollar la explotación
económica de uno o varios predios rurales; la
transformación, comercialización o mercadeo de
productos agropecuarios; y la prestación de servicios. Se
crea con cinco (5) personas mínimo y no tiene máximo.
35. ASOCIACIÓN MUTUAL
Las Asociaciones Mutualistas son personas jurídicas de
derecho privado, sin ánimo de lucro, constituidas libre y
democráticamente por personas naturales, inspiradas
en la solidaridad, con el objeto de brindarse ayuda
recíproca frente a riesgos eventuales y satisfacer sus
necesidades mediante la prestación de servicios de
seguridad social. Se constituyen con un mínimo de
veinticinco (25) personas naturales.
36. CICLO DE VIDA DE LA EMPRESA
EVOLUCION DEL NEGOCIO
D
E
M
A
N
D
A
Decadencia
Madurez
Embrionaria
Crecimiento Recesión
Preoperativo
1. Estudios de factibilidad.
2. Análisis del negocio.
3. Valoración de empresas.
4. Optimización financiera.
5. Reestructuración de empresas.
6. Asesoría en áreas específicas.
7. Estructuración de portafolios de
inversión.
8. Asesoría al empresario – gerente –
equipo directivo.
ETAPA PARTICIPACIÓN SITUACIÓN
FINANCIERA
Preoperativo Formación de la participación Capital en formación
Crecimiento Crecimiento Necesidad de recursos
Recesión Aumento de la participación Estabilidad Relativa
Madurez Sostener y mantener o generar utilidades Excedentes
Decadencia Concentración en el mercado, reducción de
activos.
Iliquidez
1
2-3
2-3-4-5
2-3-4-5-6-7-8
1-4-5-6-7-8
Línea de líquidez