2. SEGÚN RÍOS, ¿QUÉ ES COMUNICACIÓN Y
CUÁL ES SU TRASCENDENCIA?
• La comunicación se define como la exteriorización del
pensamiento del hombre dentro de su esfera
personal, mediante un proceso de transmisión, a
través de un canal a otra persona con el fin de ejercer
en esta cierta interacción o producir en algún estímulo.
Asimismo como la transmisión de
información, ideas, emociones, habilidades, etc., medi
ante símbolos:
palabras, imágenes, cifras, gráficos, entre otros.
Su trascendencia se da con el lenguaje, ya que es el
medio más importante de exteriorizar el conocimiento
en todas las facetas de la actividad humana y resulta
ser un elemento indispensable para el logro del
proceso de la comunicación
3. ¿CUÁLES SON LAS TRES FUNCIONES
PRINCIPALES DEL LENGUAJE?
• Ser el vehículo primario de la comunicación.
• Reflejar simultáneamente la personalidad del
individuo y la cultura de la sociedad.
Contribuye, a su vez, a plasmar tanto la
sociedad como cultura.
• Hacer posible el crecimiento y la transmisión
de la cultura, la continuidad de las
sociedades, y el funcionamiento y control
efectivo de los grupos sociales.
4. ¿QUÉ ES LA SEMIÓTICA? ¿EN QUÉ
ÁREAS LA DIVIDE MORRIS?
• La semiótica es la ciencia que se encarga del
estudio de los signos.
• Morris divide a la Semiótica en tres áreas:
• a pragmática, que es la relación de los signos y
sus efectos sobre quienes hacen uso de ellos.
• La sintaxis, que ocupa de la relación de los signos
entre sí.
• La semántica, que se ocupa del significado de los
mensajes
5. ¿CUÁL ES LA RELACIÓN ENTRE LA
INFORMÁTICA JURÍDICA Y DERECHO?
• Están íntimamente ligadas por los aspectos
normativos del uso de la información, y la
aplicación de la informática en el tratamiento
de la información jurídica, sin embargo al
considerar la informática como objeto del
Derecho, se hace alusión a las normas para su
correcto uso y aplicación.
6. ¿CUÁL ES LA IMPORTANCIA DE LA
INFORMACIÓN DESDE EL PUNTO DE
VISTA JURÍDICO?
• Es un derecho fundamental reconocido por la
doctrina, la legislación y la jurisprudencia
denominado derecho a la información.
7. ¿EN QUÉ CONSISTE LA INFORMÁTICA
JURÍDICA DOCUMENTAL?
• La informática jurídica documental consiste en
el análisis de información de documentos
jurídicos, para una base de datos documental,
teniendo como aspectos el análisis, archivo y
recuperación de información contenida en la
legislación, jurisprudencia y doctrina o
cualquier otro tipo de documento que
contenga información jurídica relevante.
8. SEÑALE LA UTILIDAD DE LA INFORMÁTICA
JURÍDICA DE GESTIÓN. DE UN EJEMPLO
PRÁCTICO
• Esta rama de la informática jurídica es conocida
como de administración y/o control, es utilizada en
tribunales, estudios jurídicos, notarías, entre
otras, se utiliza sobre todo para llevar el
seguimiento de trámites y procesos con el objeto de
mantener actualizada la información y llevar un
buen control de la misma.
• Ejemplo: En el Poder Judicial, existe el software
para el control de los expedientes y actualización de
los trámites de los mismos; que permite conocer
exactamente en qué etapa del proceso se encuentra
cada uno de los expedientes.
9. ¿EN QUÉ CONSISTE LA INFORMÁTICA
JURÍDICA METADOCUMENTAL?
• Comprende el campo de la inteligencia artificial
de los sistemas expertos jurídicos que
reproducen la actividad del jurista, como auxiliar
en la adopción de decisiones para problemas
concretos. Llamada así porque trasciende la
esencia de los fines documentarios propiamente
dichos, siendo sus ámbitos principales de
injerencia como ayuda en la decisión, en la
educación, en la investigación, en la previsión y
en la redacción.
10. ¿EN QUÉ CONSISTE LA HEURÍSTICA Y CUÁL
ES SU RELACIÓN CON LA INFORMÁTICA
JURÍDICA?
• La Heurística “encuentro o búsqueda, arte de
la búsqueda”, mediante su método procede
paso a paso, indicando tras cada uno de
ellos, las estrategias que conviene aplicar para
dar el siguiente y así sucesivamente se
dice, por ejemplo, que con los métodos
algorítmicos se sabe por anticipado cuales
serán exactamente las operaciones que deben
efectuarse para hallar el resultado de un
problema.
11. ¿EN QUÉ CONSISTE LA TEORÍA
GENERAL DE SISTEMAS APLICADA AL
DERECHO?
• Constituyen en un conglomerado de principios e ideas
que han establecido un grado superior de orden y
comprensión científicos, permitiendo la existencia de
una base de datos automatizada que facilita la gestión
de los operadores jurídicos para que se logre
sistematizar el conocimiento jurídico.
• Considera que es como un conjunto organizado y
estructurado de elementos que tienen características
similares, que tiene una o varias relaciones o
interrelaciones directa o indirectamente para alcanzar
un fin y objetivo determinado.
12. ¿DE QUÉ TRATABA LA JURIMETRÍA?
• Es una disciplina que tiene como propósito la
posibilidad de la sustitución del Juez por la
computadora, finalidad que por el momento es
rechazada porque, qué mejor candidato que un
ser humano que por supuesto tiene el sentido
racional, con lo que pueda acudir al sistema de
integración y poder a través de las
interpretaciones y lógica jurídica dar una
sentencia llena de la interrelación de la paz y la
justicia, para lograr verdaderas
sociedades, verdaderas democracias y libertades.
13. ¿POR QUÉ SE DICE QUE LA TEORÍA
GENERAL DEL CONTROL ES ESENCIAL
PARA LA CIBERNÉTICA?
• Es esencial para la cibernética porque al estar en estos
tiempos en el que la informática alcanzó un desarrollo
importante, es fundamental que exista dependencia
entre ambas; ya que la cibernética estudia sistemas
abiertos, y definitivamente ha encontrado un estudio
analítico referente a las ciencias jurídicas, por otro
lado, es esencial la unión de estas dos ramas ya que así
se permitiría la estructuración y el orden de una y la
investigación de la otra.
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