Este documento presenta una discusión sobre la teoría de los actos jurídicos. Define los actos jurídicos como manifestaciones de voluntad que buscan producir un efecto jurídico. Explica que los actos jurídicos se pueden clasificar de diferentes maneras, incluyendo si son unilaterales o bilaterales, gratuitos u onerosos, constitutivos o declarativos. También describe los elementos esenciales, naturales y accidentales de los actos jurídicos.
Introducción:Los objetivos de Desarrollo Sostenible
TEORÍA ACTOS JURÍDICOS
1. Sofía López José Luis Carreño Celeste López TEORIA DE LOS ACTOS JURIDICOS
2. Los Hechos y los Actos Jurídicos Dentro del Ordenamiento jerárquico de las normas jurídicas. Artículos 1545 y 3 Código civil.
3. Hechos y Actos Jurídicos En la naturaleza Los hechos su origen En el hombre Si producen efectos jurídicos HECHO JURIDICO (definición) Si no produce efectos jurídicos HECHO MATERIAL (definición)
4. Los hechos jurídicos se clasifican en: Propiamente tales Clasificación voluntarios realizados con la intención de producir efectos jurídicos Involuntarios realizados sin la intención de producir efectos jurídicos
5. Carlos Ducci, clasificación con ciertas variantes, señala que los hechos humanos se clasifican en: Los hechos jurídicos del hombre involuntarios Los hechos jurídicos del hombre voluntarios, se clasifican a su vez en: Hechos Jurídicos: del hombre voluntarios a los que la ley les atribuye un efecto jurídico no querido o distinto al perseguido por su autor, se dividen en lícitos (art. 2290) e ilícitos (2314) Actos jurídicos: actos del hombre voluntarios y conscientes destinados a producir un efecto jurídico predeterminado y querido por su autor.
6. Conceptos de acto jurídico Carlos Ducci lo define: “son actos humanos conscientes y voluntarios, destinados a producir un efecto jurídico predeterminado y querido por su autor”. Otros autores definición: “es la manifestación de la voluntad que se hace con la intención de obtener un efecto jurídico, que puede ser crear, modificar, transferir, transmitir o extinguir un derecho”.
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8. La voluntad de los declarantes persigue un fin practico lícito;
9. Este fin practico se traduce en efectos jurídicos, que se reconocen por el ordenamiento jurídico a la voluntad de los declarantes;
10. Con el acto jurídico, los sujetos regulan sus propios intereses;
13. Para determinar la naturaleza de los derechos y obligaciones que generan y la forma como han de cumplirse;
14. Saber como se extinguen.Clasificación Legales y Doctrinales
15. Legales Doctrinales 1.-Actos de familia y patrimoniales 2.- Actos instantáneos, de ejecución dirigida, de tracto sucesorio e indefinidos 3.- Actos jurídicos entre vivos y por causa de muerte 4.- Actos jurídicos constitutivos, traslaticios y declarativos 5.- Actos jurídicos puros y simples y sujetos a modalidad 6.- Actos o contratos nominados o típicos innominados o atípicos 7.- Actos o contratos de administración y de disposición 8.-Actos o contratos verdaderos o simultáneos. 1.- Unilaterales y Bilaterales 2.- Actos gratuitos y onerosos 3.- Contratos conmutativos y aleatorios 4.- Actos o contratos Principales y Accesorios 5.- Actos o contratos Reales, Solemnes y Consensuales.
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17. La oferta y la aceptación en el proceso de formación del consentimiento.
20. Clasificación de los contratos Art. 1439 unilateral Bilateral Comodato Compraventa LOS ACTOS JURIDICOS UNIPERSONALES PUEDEN SER: La doctrina distingue entre: Actos jurídicos Unilaterales Pluripersonales Colectivos: se constituyen por dos o más declaraciones de voluntad que teniendo un mismo contenido, se suman sin fundirse, para formar la expresión de voluntad colectiva. Ejemplo: Acuerdos adoptados por el directorio de una sociedad anónima. Actos jurídicos Unilaterales Pluripersonales Complejos: se constituyen por dos o más declaraciones de voluntad que teniendo un mismo contenido y fin, se funden en una sola manifestación de voluntad. Ejemplo: el acuerdo adoptado por los comuneros, de enajenar el bien de que son dueños, pro-indiviso.
21. 2. Actos Gratuitos y Onerosos (Art. 1440 C.C.) Atendiendo a la finalidad perseguida: 1.- Actos jurídicos gratuitos o de beneficencia: Objeto: La utilidad de una de las partes, sufriendo la otra el gravamen.- 2.- Actos jurídicos onerosos : Objeto: La utilidad de ambos contratantes, gravándose cada uno a beneficio del otro.-
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23. el cumplimiento de las obligaciones recae en el deudor, pero se debe determinar el grado de culpa, diferenciando si el contrato es a beneficio del deudor o acreedor.-
27. 4.- Actos o contratos principales y Accesorios (Art. 1442 C.C.) Atendiendo si pueden o no subsistir por sí solos.- Principal: * Subsiste por si mismo, sin necesidad de otra convención. Ej.: contrato de compraventa.- de un contrato.- Accesorio: * Tiene por objeto asegurar el cumplimiento de la obligación principal, ya que no subsiste sin ella. Ej.: garantías y cauciones ( con sus respectivas diferencias).- Esta clasificación tiene importancia para determinar la extinción
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29. Clasificación doctrinal: 1.- Actos de Familia y Actos Patrimoniales: Familia: * Situación de una persona dentro de su familia y con los integrantes de la misma.- Ej.: el contrato de matrimonio.- Patrimoniales: * Son destinados a crear, modificar, transferir o extinguir un derecho patrimonial o valuable en dinero.-
30. 2.- Actos Instantáneos, de Ejecución diferida, de Tracto Sucesivo e Indefinidos.- Atendiendo en su permanencia en el tiempo.- * Instantáneos: Producen efectos inmediatamente de celebrados, ya que al realizar la prestación debida, desaparece el vinculo contractual. Excepto de algunas obligaciones que se siguen proyectando.- * Ejecución Diferida: Cuyo efecto se va cumpliendo progresivamente, en el plazo estipulado por las partes o según la naturaleza de la obligación.
31. * Tracto sucesivo: En el periodo de tiempo establecido por la ley o acordado por las partes, van renovando sus efectos.- * Duración Indefinida: Se supone que el contrato se celebra sin pactar un plazo extintivo, para que permanezca en el tiempo.-
32. 3.- Actos Jurídicos entre Vivos y por Causa de Muerte: Según se requiera o no la muerte de una persona para que se produzcan sus efectos.- * Actos entre vivos: No requieren de la muerte de una de las partes, para generar sus efectos.- * Actos por causa de muerte: Requieren de la muerte del ejecutante. El ejecutante puede revocar libremente su testamento, ya que solo genera derechos después de su muerte.
33. Atendiendo al efecto jurídico producido _Constitutivos. se crean o se constituyen derechos ej. Los contratos _Traslaticios. Son aquellos mediante los cuales se transfieren derechos ya existentes _Declarativos. Se limitan a reconocer un derecho situación jurídica preexistente
34. Atendiendo si producen sus efectos de forma inmediata o no: Actos jurídicos, puros y simples. Son aquellos que, una vez celebrados producen sus efectos de forma inmediata. Actos jurídicos, sujetos a modalidades. Son aquellos que están sujetos en sus efectos a clausulas restrictivas. Las modalidades. Son clausulas particulares que Se agregan a los actos jurídicos con la finalidad de modificar sus efectos.
35. MODALIDADES: Plazo. Hecho futuro y cierto La condición. Hecho futuro e incierto Modo. Es una carga establecidas en los actos jurídicos a titulo gratuito
36. Según estén o no configurados por la ley: Nominados o típicos. Son aquellos que se encuentran contemplados en la ley Innominados o atípicos. Son aquellos que no están contemplados en la ley y van surgiendo, como creación de los particulares. Fruto de la autonomía de las partes
37. Atendiendo a las facultades que conceden a las personas Actos de administración. Son aquellos que apuntan a la conservación e incremento del patrimonio Actos de disposición. Le permite disminuir el patrimonio o conjunto de bienes, que mantiene a su cargo.
38. Según la sinceridad de los contratantes Verdaderos. Aquellos que reflejan la verdadera voluntad de las partes. Simulados. Podrán implicar una hipótesis de simulación, la que pudiera ser . ABSOLUTA RELATIVA
39. Elementos constitutivos del acto jurídico Elementos o cosas que son esenciales. Elementos que son de la naturaleza Elementos que son accidentales
40. Elementos o cosas que son esenciales Son aquellos sin los cuales el acto jurídico no produce efecto alguno o muta a otro distinto al deseado Elementos de la esencia generales o comunes a todo acto jurídico son los requisitos de existencia y de validez de todo A.J Elementos de la esencia especial o particular, de determinados actos y de este modo nos permiten singularizar determinados actos
41. Ejemplos En los contratos de compra venta. En relación al precio. El contrato de comodato de gratuidad. En relación al precio El contrato de sociedad. existencia del animo societario En el usufructo. El plazo En el contrato de transacción. La existencia de un derecho dudoso
42. Elementos o cosas que son de la naturaleza No siendo esenciales en un acto jurídico, se entienden pertenecerles sin necesidad de clausulas especiales Ejemplo. saneamiento de la evicción o de los vicios redhibitorios en la compra venta La condición resolutoria tacita en los contratos bilaterales La diferencia con los elementos esenciales que son de orden publico Los elementos naturales son de orden privado, pueden ser modificados e incluso eliminados expresamente
43. Elementos o cosas accidentales No siendo esenciales ni naturales, le pertenecen al acto jurídico, pero para agregar estos elementos al acto jurídico debe ser por medio de clausulas especiales. EL PLAZO . LA CONDICION . EL MODO