Este documento describe las distintas fases de la contratación pública, desde la convocatoria hasta la ejecución contractual y liquidación. Explica aspectos como la suscripción del contrato, las garantías requeridas, la subcontratación permitida y las figuras de la ejecución contractual como adelantos, adicionales y penalidades.
2. FASES DE LA CONTRATACIÓN PÚBLICA
Desde la Hasta antes de la
convocatoria suscripción del contrato
Programación y Ejecución
Proceso de Selección contractual y
Actos
Preparatorios Liquidación
ETAPAS PRECONTRACTUALES
3. EL CONTRATO ADMINISTRATIVO
Definición:
Es el acuerdo de dos o más
partes, en la que una de ellas
necesariamente es una entidad
estatal; su celebración requiere
el desarrollo de actos previos.
Se rige por la normativa de
contrataciones estatales.
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4. CARACTERÍSTICAS:
Presencia de la administración pública
• Una de las partes es una Entidad Estatal
Finalidad de interés público
• Tributos Fondos públicos Interés general
Prestación de utilidad pública
• Objetivo: satisfacer una necesidad pública
Presencia de cláusulas exorbitantes: ius variandi
• Prerrogativas particulares de decisión unilateral
Jurisdicción administrativa
• Litigios son sometidos a autoridad administrativa
5. PRERROGATIVAS DE LA ADMINISTRACIÓN
PÚBLICA
1. Poder de dirección y de control
2. Facultades unilaterales:
• Interpretación del contrato
• Anulación / Nulidad / Suspensión del contrato
• Disponer prestaciones adicionales y reducciones
• Intervención económica
• Resolución del contrato
• Decisión ejecutoria de garantías
3. Poder sancionatorio
6. OBLIGACIÓN DE CONTRATAR
Consentida la Buena Pro
surge la obligación de la
Entidad y del ganador de la
Buena Pro de suscribir el
contrato.
7. SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO
• Funcionario competente
Por la Entidad • Funcionario debidamente autorizado
• Persona Natural: Directamente o por apoderado
• Persona Jurídica: Representante legal
Por el contratista • Consorcio: Representante legal Común
Un contrato con
Un contrato
c/u, en caso de
Suscripción por el total o prorrateo y
por cada ítem distribución
8. PROFORMA DEL
CONTRATO
• Es el proyecto del contrato que forma parte de las
Bases.
• Las cláusulas obligatorias de la proforma de
contrato son:
• Garantías.
• Solución de Controversias.
• Causales de resolución de Contrato por
Incumplimiento.
La proforma del contrato puede ser modificada en la etapa de
selección; una vez suscrito el contrato, éste también puede ser
modificado en la etapa de ejecución contractual (Art. 35º).
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9. CONTRATO ADMINISTRATIVO
Formalidad:
• Por Escrito (mediante la suscripción del documento
contractual, según la proforma contenida en las Bases
Integradas, la propuesta técnica y económica
ganadora).
• Menor Cuantía: mediante orden de compra o de
servicios.
• Registro en el SEACE: 10 días
Contratos de Convenio Marco:
Orden de Compra o de servicio. Incluye contrataciones con 9
montos menores o iguales a 3 UIT (Art. 3°, inc. 3.3, literal h)
10. REQUISITOS PARA SUSCRIBIR EL
CONTRATO
El ganador de Buena Pro debe presentar previamente:
La Constancia de no estar inhabilitado, salvo los casos de
AMC.
Garantías, salvo excepciones
Contrato de Consorcio formalizado, de ser el caso.
Vigencia de poder (caso de personas jurídicas).
Otros documentos requeridos en las Bases Integradas y
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en la normativa especial sobre el objeto de contratación
11. PROCEDIMIENTO PARA LA SUSCRIPCIÓN
DEL CONTRATO
CITACIÓN:
• La Entidad citará al postor ganador dentro de los 2 días
hábiles siguientes de consentida la Buena Pro.
PLAZO:
• El postor ganador deberá apersonarse a suscribir el contrato
dentro de los 5 ó 10 días hábiles siguientes a la recepción de la
citación, según el plazo que señale la Entidad. (El plazo
concedido por la Entidad es improrrogable)
• AMC (Bs y Ss):
• Citación (2 días)
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• Apersonarse (3 días)
• Emisión OC, OS (7 días)
12. EFECTOS DE LA NO SUSCRIPCIÓN DEL
CONTRATO
Negativa del Postor a suscribir el contrato:
• Ganador no se presenta: pierde Buena Pro.
• Se citará al postor que ocupó el 2º lugar.
• Si no se presenta: PROCESO DESIERTO.
• Sanciones por negativa injustificada.
• Salvo imposibilidad física o jurídica, declarada por el Tribunal-
• Ejecución de la garantía.
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13. EFECTOS DE LA NO SUSCRIPCIÓN DEL
CONTRATO
Negativa Injustificada de la Entidad a suscribir el contrato:
Emplazamiento por parte del ganador (2 días).
• Otorga un plazo (5 a 10 días)
• Firma el Contrato: Penalidad Diaria (1/1000 del monto adjudicado).
• Entidad NO firma contrato: Plazo 5 días deja sin efecto la buena pro.
• Indemnización por lucro cesante (10% monto adjudicado).
• Plazo para resolver (10 días), sino al Tribunal
• Responsabilidad del Titular o máxima autoridad administrativa.
Negativa justificada de la Entidad a suscribir el contrato:
• Recorte presupuestal.
• Norma expresa.
• Desaparezca la necesidad.
14. El
EL CONTRATO documento La Oferta
COMPRENDE que lo Ganadora
contiene
Documentos
derivados del
Las Bases proceso de
integradas selección que
establezcan
obligaciones
Los montos y plazos respectivos. Incluso
las mejoras técnicas propuestas por el
postor ganador e información relativa a
las garantías.
EL CONTRATO Puede incorporar las modificaciones no
sustanciales a la proforma como al
INCLUYE: contrato definitivo.
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15. VIGENCIA DEL CONTRATO
- Desde el día siguiente de la
suscripción del contrato o de la
recepción de la orden de compra
o de servicios, hasta la
conformidad de recepción y el
pago (Bs. y Ss.)
Asesoría Legal (patrocinio
judicial, arbitral u otros
similares): podrá extenderse
hasta la duración del encargo
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16. PLAZO DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO
Cómputo en días naturales (regla general),
las excepciones están reguladas de forma
expresa.
Por uno o más ejercicios presupuestales
(máximo 3)
Arrendamiento de inmuebles: contratos de
hasta 3 años, renovables y con cláusula de
resolución unilateral.
Ejecución y consultoría de obras:
el previsto para su culminación.
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17. DEFECTOS O FALLAS ADVERTIDAS DESPUÉS
DE LA SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO
El Contratista: Entidad:
• Luego de suscrito el • Debe evaluar dentro del
contrato, debe comunicar a plazo de 7 días hábiles.
la Entidad sobre fallas o • Si Acoge: Entregar
defectos de los bienes o cambios o correcciones.
especificaciones técnicas Modificar el plazo de
ejecución, si fuera el caso.
• ¿Plazo? Debe comunicar de
Inmediato. • Si No Acoge: Comunicará
que se continúe con la
ejecución. Entidad asume
responsabilidad
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18. MODIFICACIÓN DEL CONTRATO
POR EL CONTRATISTA:
1. Ofrezca bienes o servicios con iguales o mejores características
técnicas, de calidad y precio.
2. Entidad evaluará siempre que se satisfaga la necesidad.
3. No variará forma alguna de condición que motivó la selección.
POR LA ENTIDAD
Entidad es responsable de las
modificaciones y gastos que
se generen
Opiniones Nros. 097-2009/DTN y 060-2011/DTN 18
19. CONSTANCIA DE NO ENCONTRARSE
INHABILITADO
ES EMITIDA POR OSCE Y RESPONDE A UNA FINALIDAD CONCRETA
TRÁMITE:
No se presenta
Dentro de los 15 Obligatorio en
en AMC o en
dh siguientes al LP, CP, ADP y
ítem cuyo valor
consentimiento ADS.
no supere AMC.
de la Buena Pro.
20. GARANTÍAS
Su finalidad
• Asegurar
parcialmente el pago
Es una garantía de los daños y
personal perjuicios derivados
• Un 3ro (una entidad de la inejecución
Únicas garantías financiera) respalda injustificada de las
permitidas: la obligación asumida prestaciones a cargo
por el deudor del contratista.
• Carta fianza y
principal (el
• Póliza de contratista)
caución
¡ADVERTENCIA! Previa a la suscripción del contrato, debe
verificarse la autenticidad de las garantías mediante comunicación
(telefónica) con la institución emisora
21. CLASES DE GARANTÍAS
Las garantías pueden ser:
Pre-contractuales:
• - Garantía de seriedad de oferta.
• - Por recurso de apelación.
Contractuales:
• - Fiel cumplimiento.
• - Por adelantos.
• - Por monto diferencial de propuesta.
• - Por prestaciones accesorias.
22. GARANTÍA DE FIEL CUMPLIMIENTO
Debe ser emitida por el 10% del monto del contrato (ampliación en caso de
adicionales), a fin de garantizar las obligaciones asumidas por el contratista.
Debe entregarse previa a la suscripción del contrato.
Vigencia: desde la suscripción del contrato, hasta:
La conformidad de la recepción (bienes y El consentimiento de la liquidación final (obras
servicios) o, y consultoría de obras).
Si contrato es por más de 1 año, puede tener vigencia de 1 año, pero 22
con el compromiso de renovación antes de su vencimiento.
23. GARANTÍA POR EL MONTO DIFERENCIAL
DE LA PROPUESTA
Finalidad y vigencia: iguales que la GFC.
• Servicios: Cuando la propuesta del adjudicatario es
inferior en más del 10% del valor referencial.
• Bienes: Cuando la propuesta del adjudicatario es
inferior en más del 20% del valor referencial.
• NO se aplica en ejecución de obras ni consultorías de
obras.
• NO se presenta en contratos derivados de AMC
para bienes y servicios.
• Monto de la garantía: 25% de la diferencia entre el 23
valor referencial y la propuesta económica
24. GARANTÍA ADICIONAL POR PRESTACIONES
ACCESORIAS
En adquisición de bienes, servicios o contratación de obras que
requieran mantenimiento, reparación o actividades afines.
Origen: Bases, Contrato
Monto: 10% del valor de las prestaciones accesorias
Vigencia: hasta el cumplimiento de obligaciones del contrato
Excepciones: Similares a la de fiel cumplimiento
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Regulación específica: Directiva 09-2009-OSCE
25. RÉGIMEN DE GARANTÍAS PARA PYMES
Pueden presentar Carta Fianza o Póliza de Caución.
Como Garantía de Fiel Cumplimiento para el
suministro de bienes o servicios de ejecución
periódica, servicios de consultoría y ejecución de
obras:
- Declaración Jurada autorizando retención. La Entidad retendrá
un 10% del monto total del Contrato, en la primera mitad del
plazo del contrato.
- Para el caso de Obras: Monto sea AMC, ADS, ADP; Plazo sea igual
o mayor a 60 días; Pago considere mínimo 2 Valorizaciones
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26. EXCEPCIONES PARA LA PRESENTACIÓN
DE GARANTÍAS
Contratos por el monto de menor cuantía en bienes y
servicios.
Contratos de servicios de ADS.
Adquisición de inmuebles.
Contratación ocasional de transporte.
Contratos de arrendamiento de bienes muebles e
inmuebles.
Monto del ítem es de menor cuantía.
Contratos complementarios con montos equivalentes
a AMC y ADS de servicios
27. CAUSALES DE EJECUCIÓN DE LA GFC Y GMD
1.- No renovación oportuna. Sólo queda en custodia el monto
ejecutado.
2.- Resolución de contrato por incumplimiento, siempre que
ésta quede consentida y/o firme.
3.- Laudo Arbitral que declare procedente resolución del
contrato.
4.- Cuando luego de 3 días de requerido, el contratista no
haya cancelado el saldo a su cargo, luego de la liquidación o
la conformidad de prestación, según corresponda.
5.- Excepcionalmente: cobro de penalidades.
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28. GARANTÍAS A CARGO DE LA ENTIDAD
Arrendamiento Sólo para No lucro
de bienes respaldar cesante ni
muebles e obligaciones daño
inmuebles del contrato. emergente
29. DEBERES Y RESPONSABILIDADES
1. Entidad es responsable de las
modificaciones que ordene.
2. Contratista responsable de obligaciones
laborales, aportaciones, delos tributos y
gravámenes, seguros para los bienes,
recursos que utilizan o de terceros
afectados.
3. Contratista comunica fallas defectos
30. FIGURAS DE LA EJECUCIÓN
CONTRACTUAL
Suscripción Culminación
Recepción y
Adelantos conformidad
Adicionales
Penalidades
Cesión de
Deductivos derechos
Resolución
Ampliación de Intervención
Subcontratación económica
Plazo (obras)
31. ADELANTOS
(Siempre que estén establecidos en las Bases o en el contrato)
Clases:
• Directos (No mas de 30% - Bs y Ss)
• Directos (No mas del 20% - obras)
• Para insumos y materiales (No mas del 40%)
Oportunidad de entrega:
• Según el contrato
Requisito para entrega:
• Presentar Garantía 31
32. EJECUCIÓN DE GARANTÍAS POR
ADELANTOS EN BIENES Y SERVICIOS
No
renovación
oportuna:
Saldo
pendiente
de amortizar 32
33. SUBCONTRATACIÓN
Cuando las bases lo autoricen.
Contratista es único responsable frente a la
Entidad.
Requisitos:
• Aprobación previa por escrito, aprobación automática.
• No exceder 40% del monto del contrato original
• Capacitación y tecnología (extranjeros)
• Subcontraista: No estar suspendido o inhabilitado e
inscrito en el RNP
• Preferencia a MYPES
34. CESIÓN DE DERECHOS Y POSICIÓN
CONTRACTUAL
No procede cesión de
posición contractual, salvo:
• Transferencia de propiedad
Procede cesión de de bienes arrendados.
derecho, salvo • Fusiones o escisiones de
disposición legal personas jurídicas.
en contrario. • Exista norma legal que lo
permita expresamente.
Opiniones Nros.
021-2009/DTN, 062-2010/DTN, 006-2011/DTN, 035-2011/DTN y 106-2011/DTN.
35. ADICIONALES Y REDUCCIONES
Para alcanzar la finalidad del contrato
ADICIONALES: REDUCCIONES:
Bienes y Serv (25%) Bienes, Servicios y Obras
Obr (15% - 50%).
1. Excepcionalmente y previo sustento de área usuaria
2. Aprobación: Resolución previa del Titular o MAA de la Entidad.
3. Puede conllevar ampliación o reducción del plazo contractual.
4. En Obras: Pagar más del 15% se requiere autorización de la CGR.
5. Hasta el 50% (Defic en ET o Situaciones Imprevisibles posterior a 35
Contrato.
36. AMPLIACIONES DEL PLAZO CONTRACTUAL
Procede: - Por aprobación de adicional que afecte el plazo.
- Por atrasos y/o paralizaciones no imputables al
contratista o por culpa de la Entidad.
- Por caso fortuito o fuerza mayor.
Trámite: - Solicitud fundamentada dentro de los 7 días hábiles de
finalizado el hecho.
- Resolver dentro de 10 días hábiles desde presentada
solicitud, sino aprobada.
- Reconocimiento de los gastos generales que
correspondan. 36
37. PENALIDADES POR INCUMPLIMIENTO
Por mora: Otras
• Retraso penalidades:
injustificado • Distintas a mora
• Cobrar por cada • Objetivas,
día, hasta un razonables,
máximo de 10% congruentes
• Aplicar fórmula • Máximo: 10%
• Oportunidad
37
38. COBRO DE PENALIDADES
De los De la
pagos a liquidación
cuenta final.
Del pago De la
final. ejecución
de las
garantías
39. PAGOS
• Después de ejecutada la prestación
Oportunidad: • Entidad debe determinar plazo para pago
• Antes de la prestación (según su naturaleza)
Excepciones: • Pagos periódicos
• Conforme al contrato
Plazos: • Retraso = Interés Legal
Efectos
Culminación del contrato y cierre de expediente 39
40. PAGOS
REAJUSTES
• Permitidos sólo cuando las condiciones que
dieron origen al contrato han variado. Se aplica
cuando se produce incremento en los costos
del contratista: IGV, RMV, aumento en los
costos de materiales.
Opiniones Nros.
• 012-2009/DTN,
• 061-2010/DTN,
• 007-2011/DTN y
• 016-2011/DTN.
42. CAUSALES DE RESOLUCIÓN ATRIBUIBLES
AL CONTRATISTA
2. Por acumular el 3. Paralización o
1. Incumplimiento monto máximo por reducción
injustificado de penalidad por mora injustificada, pese
Obligaciones. u otras a haber sido
penalidades. requerido.
42
43. CAUSALES ATRIBUIBLES A LA ENTIDAD
Incumplimiento injustificado de
obligaciones esenciales derivadas
del contrato
Ejemplo:
• Falta de pago
• Otras según contrato
44. PROCEDIMIENTO PARA LA RESOLUCIÓN
DEL CONTRATO
1ra. CARTA NOTARIAL
Requiriendo cumplimiento de obligación, bajo
apercibimiento. Se concede plazo:
Ordinariamente : No mayor a 5 días
Casos complejos: 15 días.
2da. CARTA NOTARIAL de resolución.
(No es necesario en caso de acumulación
máx. de penalidades o cuando la situación
no pueda ser revertida)
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Controversias pueden ser sometidas a conciliación y/o arbitraje.
45. EFECTOS DE LA RESOLUCIÓN DE CONTRATO
Entidad perjudicada, ejecuta garantías y danos
y perjuicios por mayores daños ocasionados.
Contratista perjudicado, daños y perjuicios
irrogados.
En caso de caso fortuito o fuerza mayor no
procede indemnización.
46. CULMINACIÓN DEL CONTRATO
1. Responsable de recepción y conformidad:
• Órgano de administración o el establecido en las Bases
2. Conformidad de Prestación:
• Informe del área usuaria.
• Observaciones se consigna en acta.
• Plazo (2 a 10 días) para subsanar observaciones.
• Si no subsana, se resuelve contrato, aplicando penalidades.
• No cabe si incumplen características y condiciones ofrecidas.
Opiniones Nros. 001-2010/DTN y 027-2010/DTN.
47. CULMINACIÓN DEL CONTRATO
Efecto de la Conformidad:
• Culmina el contrato
• Se cierra expediente respectivo
Constancia de la Prestación
• - Emite Órgano de Administración o el autorizado por la
Entidad
• - Identificación del objeto del contrato, monto y penalidades
• - Si no se cancelaron penalidades, no se entregará la
constancia
Controversias:
• A vía conciliatoria y/o arbitral (incluye defectos o vicios 47
ocultos)
48. NULIDAD DE OFICIO DE UN CONTRATO
Después de celebrados los contratos, son
causales de nulidad:
• Contravención impedimentos.
• Trasgresión principio de presunción de
veracidad durante proceso o suscripción.
• Se haya suscrito pese a existir apelación
en trámite.
• No se haya utilizado el proceso de
selección correspondiente.
49. CONTRATACIÓN COMPLEMENTARIA
Condiciones para su procedencia:
• Que se celebre dentro de los 3 meses de culminado el contrato
original.
• Que se esté llevando a cabo el proceso de selección.
• Con el mismo contratista.
• Por los mismos bienes y/o servicios.
• Por única vez.
• Que se preserven las condiciones que dieron lugar a la contratación.
• Hasta por un máximo del 30% del contrato original.
Es un nuevo contrato
• Opiniones Nros. 007 y 027-2010/DTN y 107-2011/DTN 49