2. Esta resolución tiene
por objeto definir la
metodología que
deberán cumplir las
entidades
territoriales.
3. Tiene como
propósito
fundamental el
mejoramiento del
estado de salud de la
población
4. Enfrentar los retos
del envejecimiento
poblacional y la
transición
demográfica,
como también
disminuir las
inequidades
territoriales en
salud.
5. Aseguramiento.
Prestación y desarrollo de servicios de salud.
Salud pública.
Promoción social.
Prevención, vigilancia y control de riesgos profesionales.
Emergencias y desastres.
6. Es responsabilidad de la
autoridad local alcalde y
gobernador dar a conocer a la
ciudadanía el Plan de Salud
Territorial, de manera que las
prioridades y metas en salud
sean conocidas y apropiadas
por toda la comunidad de la
entidad territorial.
7. Se financiará con los
recursos que
integran la
subcuenta de salud
pública del fondo de
salud de la
respectiva entidad
territorial