La descentralización en Venezuela es un proceso político, cultural, administrativo, económico y técnico que busca transferir el poder público a niveles regionales y locales para construir un país más justo. Involucra la transferencia de autoridad y recursos de organismos nacionales a entidades regionales y locales, así como a organizaciones comunitarias. El Consejo Federal de Gobierno fue creado en 2010 para coordinar este proceso de descentralización y transferencia de competencias del gobierno nacional a estados y municipios.
La Descentralización en Venezuela y el Consejo Federal de Gobierno
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3. Características de la descentralización 1. Es sociopolítica, por cuanto involucra a todos los actores de la vida social. Desde esta perspectiva, es un proceso que debería surgir como una necesidad para poder generar el compromiso que le daría viabilidad, permanencia y credibilidad en la base social. 2. Es económica, por cuanto afecta la estructura de la base económica nacional y regional, requiere la transferencia de recursos y exige su redistribución. 3. Es administrativa, por cuanto involucra una normativa jurídica y una organización institucional para generarlo. En relación con la normativa jurídica, el proceso ha sido regulado mediante un conjunto de leyes, muchas de las cuales son limitadas y existe carencia de otras de tipo financiero, como la ley de hacienda pública estadal contemplada en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y no aprobada aun. 4. Es institucional, por cuanto requiere una organización institucional con la suficiente fortaleza para asumir las exigencias de un proceso de descentralización.
4. Debido al excesivo centralismo y a la crisis económica, en 1984 fue creada la Comisión Presidencial para la Reforma del Estado (COPRE) que fue disuelta en 1999, y entre 1989 y 1998 existió un Ministerio de Estado para la Descentralización. Estas instituciones propiciaron discusiones a nivel nacional sobre la descentralización y como resultado en 1989 fue aprobada la Ley Orgánica de Descentralización, Delimitación y Transferencia de Competencias del Poder Público y los municipios adquirieron mayor autonomía. Por primera vez en ese año se eligieron gobernadores y alcaldes por medio del sufragio universal, directo y secreto. En esa oportunidad la descentralización no se profundizó al no contemplar la descentralización fiscal. Antecedentes La Ley Orgánica de Descentralización, Delimitación y Transferencia de Competencias del Poder Público fue reformada en 2009 por la Asamblea Nacional, para revertir al Poder Nacional la competencia que había sido otorgada a los estados en la conservación, administración y aprovechamiento de carreteras, autopistas nacionales, puertos y aeropuertos de uso comercial. El Artículo 164 numeral 10 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela asigna a los estados competencia exclusiva en esta materia; no obstante, el Tribunal Supremo de Justicia hizo una interpretación y dio más peso al Artículo 156 numeral 26 de la misma Constitución que asigna dicha competencia al Poder Público Nacional. Combellas (2008) denomina a este proceso de retroceso en la descentralización como recentralización. En febrero de 2010 fue aprobado por ley el Consejo Federal de Gobierno, con el objeto de planificar y coordinar la descentralización, propiciar el desarrollo equilibrado de las regiones y transferir competencias del poder público nacional a los estados y municipios, como lo establece la Constitución. La ley estableció, además, la transferencia de competencias de los diferentes entes públicos a las organizaciones de base del poder popular.
5. proceso actual de descentralización Año 2006 El presidente de la Republica apoyo la creación de los Consejos Comunales. Organizaciones populares a las cuales se les ha transferido competencia en la formulación, ejecución, control y evaluación de proyectos sociales por ley, dirigidos a satisfacer las necesidades más apremiantes de las comunidades. Año 2009 - 2011 Creación de Comunas Existen 34.564 consejos comunales en todo el territorio nacional Actualmente están desdibujando los consejos comunales.
6. Consejo Federal de Gobierno Integrado por: - El Vicepresidente o Vicepresidenta Ejecutiva de la República (Presidente). - Los Ministros y Ministras. - Gobernadores o Gobernadoras de cada Entidad Federal. - Un Alcalde o Alcaldesa por cada Estado, siendo los Alcaldes Metropolitanos miembros natos. - Veinte Voceros del Poder Popular (Sociedad Organizada). Es un organismo compuesto por los Poderes Municipales, Estadales y Nacionales de la Republica Bolivariana d Venezuela, cuyo objeto es profundizar el proceso descentralizador del Estado.