La convocatoria anuncia 11 ayudas de formación para estudiantes de la Universidad de Sevilla en el curso 2013-2014 en diversas modalidades como asistencia médica al deportista, fisioterapia, informática, estadística y comunicación. Las ayudas tienen una cuantía mensual de 450 euros y un periodo de formación de 4 meses prorrogables. Se establecen los requisitos para solicitar las ayudas y el proceso de selección en base al currículum y pruebas.
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AYUDAS DE FORMACIÓN DEL SADUS 2013-14
1. CONVOCATORIA DE AYUDAS DE FORMACIÓN
SERVICIO DE ACTIVIDADES DEPORTIVAS
(SADUS)
CURSO ACADÉMICO 2013/2014
Cumpliendo el mandato estatutario de fomentar la participación de los
estudiantes en las actividades deportivas se convocan por la Universidad de Sevilla
diversas Ayudas para la formación en las gestiones y en las tareas del Servicio de
Actividades Deportivas (SADUS), el cual tiene asignadas las competencias de
organización de competiciones y actividades deportivas, entre otras.
Con tal fin, se convocan Ayudas de Formación en Asistencia Médica al
Deportista, Formación en Fisioterapia, Formación Informática, Formación en
Comunicación y Formación en Estadística, con las siguientes bases:
1.- Se convocan las siguientes Ayudas a estudiantes para formación en el Servicio de
Actividades Deportivas (SADUS), en el número y dotación que se indica:
MODALIDAD DE AYUDA Nº
AYUDAS
CUANTÍA
MENSUAL
(euros)
TOTAL
(euros)
Formación en Asistencia Médica al
Deportista
4 450,00 € 7.200,00 €
Formación en Fisioterapia 3 450,00 € 5.400,00 €
Formación Informática 1 450,00 € 1.800,00 €
Formación en Estadística 1 450,00 € 1.800,00 €
Formación en Comunicación 2 450,00 € 3.600,00 €
TOTAL DOTACIÓN AYUDAS
11
19.800,00 €
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Los beneficiarios de las Ayudas deberán realizar las actividades de
formación desde su nombramiento el 1 de septiembre de 2013 hasta el 31 de
diciembre de 2013, durante 25 horas semanales.
Si existiese crédito presupuestario suficiente en el ejercicio 2014, estas
Ayudas se prorrogarán automáticamente hasta el 31 de julio de 2014.
Si el crédito presupuestario en el ejercicio 2014 no fuese suficiente para
prorrogar las Ayudas hasta el 31 de julio de 2014, éstas se prorrogarán hasta la
fecha que permita el crédito disponible.
2.- Estas Ayudas serán abonadas con cargo a la siguiente aplicación presupuestaria:
Orgánica 18401901 – Funcional: 422D – Económicas: 48099.
3.- El presupuesto asignado a estas Ayudas es de VEINTIÚN MIL TRESCIENTOS
VEINTISIETE EUROS CON SESENTA Y OCHO CÉNTIMOS (21.327,68 €),
correspondiendo 19.800,00 € a la dotación económica de las Ayudas y 1.527,68 € a la
cuota de la Seguridad Social a abonar por la Universidad de Sevilla.
4.- El contenido de la formación de estas Ayudas se concreta en los planes de
formación que se acompañan como Anexos a esta convocatoria.
5.- No podrán disfrutar de estas Ayudas aquellos estudiantes que con anterioridad
hayan disfrutado de otra beca o Ayuda de formación en la Universidad de Sevilla por
la totalidad del período establecido en la correspondiente convocatoria.
Aquellos estudiantes que no hayan disfrutado de la totalidad del período
establecido en otra convocatoria de Ayudas de formación podrán ser beneficiarios de
las Ayudas previstas en esta convocatoria por el periodo que reste hasta completar un
total de 12 meses, contabilizándose en este cómputo el periodo de formación
realizado en la beca o Ayuda disfrutada anteriormente, de acuerdo con lo establecido
en el Reglamento de becas de formación mediante la colaboración en servicios de la
Universidad de Sevilla (Acuerdo 8.5/C.G. 20-12-12).
6.- Los destinatarios de estas Ayudas se concretan en el Régimen específico de cada
una de las modalidades convocadas.
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7.- Requisitos Generales.-
7.1.- Ser estudiante en el curso académico 2013-14 de cualquier titulación oficial
impartida en la Universidad de Sevilla conducente a la obtención de un título de
Diplomado, Maestro, Ingeniero Técnico, Arquitecto Técnico, Licenciado, Ingeniero,
Arquitecto, Grado, Máster o Doctorado.
Los estudiantes de los Centros Adscritos también podrán solicitar estas
Ayudas, a las que optarán en el caso de quedar vacantes.
Aquellos titulados de la Universidad de Sevilla que hayan finalizado sus
estudios oficiales en los dos últimos cursos académicos previos al curso académico
en el que se publica esta convocatoria y tengan satisfechos los derechos de
expedición del título, podrán solicitar estas Ayudas en las modalidades de Formación
en Asistencia Médica al Deportista y Formación en Fisioterapia.
7.2.- A la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, estar
matriculado en la Universidad de Sevilla de, al menos, 12 créditos necesarios para la
obtención de un título de Diplomado, Maestro, Ingeniero Técnico, Arquitecto Técnico,
Licenciado, Ingeniero, Arquitecto, Grado, Máster Universitario o Doctorado. Se
considerará que cumplen este requisito, aquellos estudiantes que estén matriculados
de menos de 12 créditos y sean los últimos que le resten para finalizar sus estudios.
7.3.- Tener superado a la fecha de finalización del plazo de presentación de
solicitudes, al menos, el 25% de los créditos necesarios para obtener un título oficial
de Diplomado, Maestro, Ingeniero Técnico, Arquitecto Técnico, Licenciado, Arquitecto,
Ingeniero o de Grado en la Universidad de Sevilla. En el caso de los estudiantes
matriculados en un máster universitario, se considerará la titulación que les da acceso
al máster para el cumplimiento de este requisito.
7.4.- El régimen especial de cada Ayuda podrá restringir su ámbito a determinados
estudios.
8.- Solicitudes y presentación.- Los estudiantes deberán entregar su solicitud en el
Registro General Auxiliar de la Universidad de Sevilla (Pabellón de Brasil, Paseo de
las Delicias, s/n) o en el Registro General de la Universidad (Rectorado, C/ San
Fernando, s/n), en el impreso que estará disponible en el Apartado de Becas y
Ayudas Propias del Portal de la Universidad de Sevilla (www.us.es) o directamente en
la siguiente página web: http://www.us.es/estudios/becasyayudas/index.html#propias.
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Asimismo, las solicitudes podrán presentarse en los Registros o en las Oficinas
de Correos y en cualquier otra de las dependencias a que se refiere el art. 38.4 de la
Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones
Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por ley 4/1999.
Aquellos solicitantes que posean un certificado digital de la FNMT o DNI
electrónico, podrán presentar su solicitud de forma telemática a través de la Sede
Electrónica de la Universidad de Sevilla en la dirección:
https://sede.us.es/web/guest/detalle/-
/journal_content/56_INSTANCE_q0YK/10137/31457/
El plazo de presentación de solicitudes será desde el día 14 al 28 de junio de
2013, ambos inclusive.
9.- Documentación.- La solicitud deberá ir acompañada de los siguientes
documentos:
A. Fotocopia del D.N.I. del solicitante. En el caso de estudiantes extranjeros, será
obligatoria la presentación del N.I.E.del solicitante.
B. Una fotografía reciente de tamaño carné.
C. Currículum personal con la experiencia documentada mediante Certificados de las
entidades donde aparezca el solicitante, que deberán ser originales o fotocopias
compulsadas por el Servicio de Actividades Deportivas de la Universidad de Sevilla,
en caso contrario no serán valorados.
D. Cualquier otro documento que el solicitante estime conveniente para avalar su
solicitud.
E. El solicitante, a requerimiento de la Comisión, deberá aportar la documentación
original acreditativa de los datos declarados.
10.- Los solicitantes deberán cumplimentar, obligatoriamente, en la solicitud de
estas Ayudas, los siguientes extremos:
- Domicilio a efectos de notificación
- Dirección de correo electrónico
- Firma de la solicitud
- Modalidad de Ayuda seleccionada
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11.- Aportación de documentación y subsanación de la solicitud.- Se publicará
en el Tablón de Anuncios del Servicio de Actividades Deportivas (SADUS) y en el
Apartado de Becas y Ayudas Propias del Portal de la Universidad de Sevilla
(www.us.es) o se podrá acceder directamente en la siguiente dirección:
http://www.us.es/estudios/becasyayudas/index.html#propias, una Resolución
conteniendo una relación de los solicitantes que deban aportar documentación o
cumplimentar los apartados obligatorios de la solicitud relacionados en el punto 10 de
la convocatoria.
Los solicitantes dispondrán de un plazo de 5 días hábiles, para aportar la
documentación que se establece en el artículo 9 de esta convocatoria o para
cumplimentar los apartados obligatorios de la solicitud relacionados en el artículo 10
de la convocatoria.
Los solicitantes que no presenten la documentación establecida en el artículo 9
de la convocatoria o que no cumplimenten los apartados establecidos como
obligatorios de la solicitud en el artículo 10 en los plazos establecidos en esta
convocatoria, se les considerará desistidos de su petición, notificándose en la
Resolución definitiva de la convocatoria.
12.- Selección.- El estudio de las solicitudes presentadas y la selección de los
posibles beneficiarios será efectuado por la Comisión General de Becas y Ayudas al
Estudio, establecida en el Reglamento General de Estudiantes de la Universidad de
Sevilla (Acuerdo 3/CU 19-3-09).
A las reuniones de esta Comisión podrán asistir, con voz pero sin voto, el
Director del Servicio de Actividades Deportivas de la Universidad de Sevilla o
persona/s en quien delegue y cuantos asesores se consideren necesarios.
13.- Evaluación.-
13.1.- Se procederá a examinar la documentación presentada por los aspirantes,
valorando los méritos acreditados, especialmente las actividades desarrolladas en
relación con el objeto de la Ayuda solicitada. Todo ello con el baremo que a
continuación se detalla:
Ayudas de Formación en Asistencia Médica al Deportista y Ayudas de Formación en
Fisioterapia:
1. Currículum personal: Hasta un máximo de 8 puntos.
2. Otros méritos: Hasta un máximo de 2 puntos.
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Ayuda de Formación Informática:
1. Currículum personal: Hasta un máximo de 6 puntos.
2. Prueba informática: Hasta un máximo de 4 puntos.
Ayudas de Formación en Comunicación y Ayuda de Formación en Estadística:
1. Currículum personal: Hasta un máximo de 7 puntos.
2. Entrevista: Hasta un máximo de 3 puntos.
13.2.- La fecha de celebración de las entrevistas o de la prueba informática, en
su caso, y la relación de los solicitantes seleccionados para las mismas se
publicará con, al menos, 5 días hábiles de antelación en el Tablón de Anuncios del
Servicio de Actividades Deportivas (SADUS) y en el Apartado de Becas y Ayudas
Propias del Portal de la Universidad de Sevilla (www.us.es) o se podrá acceder
directamente en la siguiente dirección:
http://www.us.es/estudios/becasyayudas/index.html#propias.
No se admitirá prórroga o aplazamiento, salvo casos de fuerza mayor. La no
asistencia a la entrevista o a la prueba informática, en su caso, será causa de
denegación de la solicitud.
14.- En el caso de igualdad de méritos de los candidatos, se requerirá a aquellos que
se encuentren igualados a méritos, que autoricen a la Universidad de Sevilla a
solicitar sus datos económicos y patrimoniales a la Agencia Estatal de la
Administración Tributaria, para lo cual se firmará la solicitud en el lugar habilitado al
efecto por todos los miembros computables de la unidad familiar.
En el caso de que la solicitud sea formulada por personas que formen parte de
unidades familiares de las que las Administraciones Tributarias no dispongan de
datos, será el propio solicitante quien deba aportar información fehaciente sobre la
situación económica de renta y patrimonio de su unidad familiar.
Del mismo modo, si existiesen dificultades técnicas que impidan o dificulten la
cesión de los datos por parte de las Administraciones Tributarias, podrá requerirse al
solicitante de la Ayuda la presentación del certificado resumen de la declaración anual
del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas o el Certificado de Imputaciones,
en su caso, de los miembros computables de su familia.
También podrá requerirse, en su caso, copia de certificación académica para
los estudiantes matriculados en los Centros Adscritos de la Universidad de Sevilla.
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La documentación económica y la certificación académica, en su caso, se
requerirá mediante correo electrónico a la dirección de correo que el solicitante haya
indicado en su solicitud. En caso de que alguno de los candidatos que se encuentre
igualado a méritos no aporte la documentación requerida en el plazo de 3 días
hábiles, se situará en último lugar dentro del grupo de candidatos igualados a méritos.
Los estudiantes con ingresos en el extranjero deberán aportar la
documentación de su unidad familiar en castellano.
15.- En caso de igualdad de méritos, se tendrán en cuenta, por este orden:
a) la no superación de los umbrales de renta establecidos en el artículo 14.4 de la
Resolución de 2 de agosto de 2012 de la Secretaria de Estado de Educación,
Formación Profesional y Universidades, por la que se convocan becas de carácter
general y de movilidad para el curso académico 2012-13 para estudiantes de
enseñanzas universitarias (BOE nº 194 de 14 de agosto),
b) la menor renta per cápita de la unidad familiar del solicitante,
c) el cumplimiento de los requisitos patrimoniales establecidos en el artículo 15 de la
Resolución de 2 de agosto de 2012 de la Secretaria de Estado de Educación,
Formación Profesional y Universidades, por la que se convocan becas de carácter
general y de movilidad para el curso académico 2012-13 para estudiantes de
enseñanzas universitarias (BOE nº 194 de 14 de agosto),
d) tener superado el mayor porcentaje de créditos necesarios para su titulación hasta
el curso 2011-12, inclusive,
e) la nota media del expediente académico.
La renta familiar a efectos de esta Ayuda se obtendrá de acuerdo con lo
establecido en los artículos 11 y 12 de la Resolución de 2 de agosto de 2012 de la
Secretaria de Estado de Educación, Formación Profesional y Universidades, por la
que se convocan becas de carácter general y de movilidad para el curso académico
2012-13 para estudiantes de enseñanzas universitarias (BOE nº 194 de 14 de
agosto).
16.- Resolución.- Examinadas las solicitudes y una vez realizadas las entrevistas o la
prueba informática, en su caso, la Comisión General de Becas y Ayudas al Estudio
resolverá estas Ayudas, y formulará al Sr. Rector Magnífico de la Universidad de
Sevilla la propuesta de Resolución, en la que figurarán los candidatos seleccionados y
los suplentes, en su caso. Asimismo, incluirá la relación de los solicitantes denegados
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y de los solicitantes desistidos de su petición por no aportar la documentación
requerida o por no cumplimentar debidamente la solicitud en plazo.
Aquellos candidatos entrevistados que no hayan sido nombrados titulares o
suplentes, tendrán su solicitud denegada por no presentar suficientes méritos, aunque
hayan sido seleccionados para la realización de las entrevistas/prueba informática
que se establece en el artículo 13.2 de esta convocatoria.
En el supuesto de que el número de solicitantes sea menor al de Ayudas
previstas, se abrirá un segundo plazo de presentación de solicitudes.
Una vez nombrados los titulares, la Comisión podrá establecer un listado de
suplentes, para poder prever cualquier renuncia o incidencia de los seleccionados en
primera instancia.
En el caso de producirse alguna vacante en las Ayudas convocadas y que no
existan suplentes para cubrir la Ayuda, se realizará una convocatoria extraordinaria
para cubrir la citada Ayuda.
Cuando la vacante se produzca en el último trimestre del periodo de disfrute de
las Ayudas podrá no realizarse convocatoria extraordinaria.
En su caso, los sustitutos disfrutarán de esta Ayuda hasta el final del periodo
previsto en la convocatoria, siéndoles abonada la parte proporcional correspondiente
al período en el que el estudiante realice la formación.
La condición de becario de formación en ningún caso implica la existencia de
relación contractual entre la Universidad de Sevilla y el becario, ni presupone
compromiso alguno de contratación posterior.
17.- Publicación.- La Resolución se publicará en el Tablón de Anuncios del SADUS y
en el Apartado de Becas y Ayudas Propias del Portal de la Universidad de Sevilla
(www.us.es) o se podrá acceder directamente en la siguiente dirección:
http://www.us.es/estudios/becasyayudas/index.html#propias.
La publicación de esta Resolución surtirá los efectos de notificación individual a
los solicitantes.
18.- Adjudicación.- El beneficiario de alguna de las modalidades de estas Ayudas
dispondrá de un plazo de 7 días, a contar desde el día siguiente de la publicación de
la Resolución, para comunicar su aceptación. Transcurrido dicho plazo sin que ésta
se produzca, se entenderá que renuncia a la Ayuda.
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19.- Obligaciones.- Los beneficiarios de las Ayudas deberán realizar las actividades
de formación desde el 1 de septiembre de 2013 al 31 de diciembre de 2013, durante
25 horas semanales.
Si existiese crédito presupuestario suficiente en el ejercicio 2014, estas Ayudas
se prorrogarán automáticamente hasta el 31 de julio de 2014. Si el crédito
presupuestario en el ejercicio 2014 no fuese suficiente para prorrogar las Ayudas
hasta el 31 de julio de 2014, éstas se prorrogarán hasta la fecha que permita el
crédito disponible.
Los beneficiarios de estas Ayudas tendrán las siguientes obligaciones:
a) Cumplir con las condiciones y obligaciones establecidas en esta convocatoria y en
el correspondiente Plan de Formación.
b) Someterse a las actuaciones de comprobación precisas para verificar, en su caso,
el cumplimiento y efectividad de las condiciones de concesión de estas Ayudas.
c) Realizar las actividades contempladas en el plan formativo.
d) Cumplir diligentemente y con aprovechamiento las acciones formativas
establecidas en el Plan de Formación.
e) Respetar los medios materiales puestos a su disposición para su actividad
formativa.
f) Mantener confidencialidad respecto a los asuntos que conozca en el desarrollo de
esta Ayuda, y a no dar publicidad, difundir, conservar, copiar, sustraer o utilizar en
general ningún documento o información de cualquier tipo que pertenezca a la
Universidad de Sevilla.
g) Comunicar la existencia de cualquier posible causa de incompatibilidad.
h) Cualesquiera otra fijadas en este convocatoria, normativa propia de la Universidad
o por la legislación vigente.
Los tutores contemplados en el siguiente artículo adoptarán las medidas
necesarias para facilitar al becario la asistencia a actividades obligatorias, tales como
exámenes, presentaciones de proyectos y trabajos fin de carrera, necesarios para
obtener su titulación, así como la asistencia a reuniones de los Órganos de Gobierno
Colegiados de la Universidad de Sevilla. Dichas ausencias no requerirán recuperación
horaria por parte del beneficiario.
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20.- Plan de formación.
Las actividades que desarrollen los beneficiarios de estas Ayudas estarán
orientadas al aprendizaje y desarrollo práctico de competencias y habilidades en el
ámbito de las funciones asignadas al Servicio de Actividades Deportivas de la
Universidad de Sevilla (SADUS).
Estas actividades quedarán reflejadas en los correspondientes Planes de
Formación que figuran como Anexos de esta convocatoria.
La Dirección del SADUS asignará un tutor a cada beneficiario de estas Ayudas,
encargado de supervisar el desarrollo de su labor y verificar el aprendizaje y la
adquisición de las competencias y habilidades previstas en los Planes de Formación
que se adjuntan como Anexos a esta convocatoria.
Los beneficiarios de estas Ayudas elaborarán una Memoria con las actividades
que están desarrollando, así como de una encuesta de satisfacción general, que
presentarán a la Dirección del SADUS, y que posteriormente le será remitida al tutor
responsable. En caso de una evaluación negativa, podrá proponerse a la Comisión
General de Becas y Ayudas al Estudio de la Universidad de Sevilla la revocación de la
Ayuda de formación.
El tutor tendrá que elaborar un informe de las actividades desarrolladas en el
periodo de formación, que deberá ser remitido a la Dirección del SADUS. Una copia
del informe se remitirá a la Comisión General de Becas y Ayudas al Estudio de la
Universidad de Sevilla para su conocimiento.
21.- Los beneficiarios de estas Ayudas estarán incluidos en el Régimen General de la
Seguridad Social, de acuerdo con lo establecido en el Real Decreto 1493/2011, de 24
de octubre (BOE nº 259 de 27 de octubre), por el que se regulan los términos y las
condiciones de inclusión en el Régimen General de la Seguridad Social de las
personas que participen en programas de formación, en desarrollo de lo previsto en la
disposición adicional tercera de la Ley 27/2011, de 1 de agosto, sobre actualización,
adecuación y modernización del sistema de la Seguridad Social.
22.- Abono. Los beneficiarios de estas Ayudas recibirán el importe de sus Ayudas,
en abonos periódicos mensuales, una vez aplicadas las deducciones que pudieran
corresponder (deducción por IRPF y cuota a la Seguridad Social).
Las mensualidades dejarán de percibirse en aquellos casos en los que exista
un informe no favorable de la Dirección del SADUS.
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23.- Revocaciones. El incumplimiento por los beneficiarios de estas Ayudas de las
actividades especificadas en el Plan de Formación será objeto de apertura de
expediente de revocación por parte del SADUS. Dicho Servicio deberá emitir informe,
previa audiencia del beneficiario, y elevar propuesta de revocación al Sr. Rector de la
Universidad de Sevilla.
Son causas de revocación de la Ayuda:
a) No cumplir con las obligaciones establecidas en esta convocatoria y en el
correspondiente Plan de Formación.
b) Descubrirse que en su concesión se produjo ocultación o falseamiento de datos.
c) Disfrutar de otra beca o ayuda incompatible.
d) La anulación de matricula o traslado de expediente a otra Universidad durante el
periodo de disfrute de la Ayuda.
El beneficiario que incurra en alguna causa de revocación de la Ayuda, estará
obligado a reintegrar a la Universidad de Sevilla las cantidades indebidamente
percibidas, sin perjuicio de las acciones legales que pudieran iniciar.
24.- Incompatibilidad.- El disfrute de cualquiera de las modalidades de Ayudas
reguladas por esta convocatoria es incompatible con el de cualquier otra Beca o
Ayuda destinada a la colaboración o formación en otro Servicio/Unidad de la
Universidad de Sevilla.
No podrán disfrutar de estas Ayudas aquellos estudiantes que con anterioridad
hayan disfrutado de otra beca o ayuda de formación o colaboración en la Universidad
de Sevilla por la totalidad del periodo establecido en la correspondiente convocatoria.
25.- Renuncia.- Los beneficiarios de estas Ayudas podrán renunciar en cualquier
momento. Para formalizar esta renuncia deberán presentar escrito con una antelación
mínima de 15 días naturales a la fecha de la baja, salvo causa justificada.
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RÉGIMEN ESPECIAL
26.- AYUDAS DE FORMACIÓN EN ASISTENCIA MÉDICA AL DEPORTISTA.
A. Podrán solicitar estas ayudas quienes se encuentren en algunas de estas
situaciones:
-Estudiantes matriculados en 6º curso en la Licenciatura en Medicina de la
Universidad de Sevilla
-Licenciados en Medicina por la Universidad de Sevilla que hayan finalizado sus
estudios oficiales en los dos últimos cursos académicos previos al curso académico
de publicación de esta convocatoria y tengan satisfechos los derechos de expedición
del título
-Licenciados en Medicina que estén realizando un Máster universitario o los estudios
conducentes a la obtención del título de Doctor relacionados con el objeto de esta
modalidad de Ayudas
B. Será preferente para la concesión de estas Ayudas:
-Ser Licenciado en Medicina
-Para los Licenciados en Medicina, será elemento preferente estar realizando un
Máster universitario o los estudios conducentes a la obtención del título de Doctor
relacionados con el objeto de esta modalidad de Ayudas.
C. Poseer conocimientos en Medicina Deportiva, acreditados mediante Diplomas y/o
certificados, que especifiquen en ellos el número de horas lectivas de que constó el
curso o materia que se impartió.
D. Los beneficiarios de estas Ayudas realizarán su formación 25 horas semanales.
Podrán realizar dichas funciones en jornadas no lectivas como consecuencia de la
celebración de eventos o torneos deportivos.
E. Deberán asistir a cualquier reunión a la que sean convocados por el SADUS.
F. El incumplimiento de los puntos anteriores, supondrá la pérdida de la Ayuda.
G. La tutoría de estas Ayudas la ejercerán los Titulados Superiores Médicos de la
Unidad de Medicina del Deporte del SADUS.
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27.- AYUDAS DE FORMACIÓN EN FISIOTERAPIA.
A. Estar matriculado en el último curso de la Diplomatura o del Grado en Fisioterapia,
o en el Máster Universitario en Nuevas Tendencias Asistenciales en Ciencias de la
Salud.
B. También podrán solicitar estas Ayudas los titulados en la Diplomatura en
Fisioterapia por la Universidad de Sevilla que hayan finalizado sus estudios oficiales
en los dos últimos cursos académicos previos al curso académico en el que se
publica la convocatoria y tengan satisfechos los derechos de expedición del título.
C. Tendrán preferencia los estudiantes matriculados en el Máster Universitario en
Nuevas Tendencias Asistenciales en Ciencias de la Salud.
D. Se valorará formación específica en Fisioterapia Deportiva.
E. Los beneficiarios realizarán su formación durante 25 horas semanales. Podrá
realizar dichas funciones en jornadas no lectivas como consecuencia de la
celebración de eventos o torneos deportivos.
F. Deberán asistir a cualquier reunión a la que sean convocados por el SADUS.
G. El incumplimiento de los puntos anteriores, supondrá la pérdida de la Ayuda.
H. La tutoría de estas Ayudas la ejercerán los Titulados Superiores Médicos de la
Unidad de Medicina del Deporte del SADUS.
28.- AYUDA DE FORMACIÓN INFORMÁTICA.
A. Esta Ayuda está destinada a estudiantes de la Universidad de Sevilla, que cursen
algunos de los estudios que se relacionan a continuación:
-Ingeniería Informática,
-Ingeniería Técnica Informática de Gestión,
-Ingeniería Técnica Informática de Sistemas,
-Grado en Ingeniería Informática–Ingeniería del Software,
-Grado en Ingeniería Informática–Ingeniería de Computadores,
-Grado en Ingeniería Informática-Tecnologías Informáticas,
-Máster Universitario en Ingeniería de Computadores y Redes,
-Máster Universitario en Ingeniería y Técnica del Software,
-Máster Universitario en Lógica, Computación e Inteligencia Artificial
-Máster Universitario en Matemática Computacional,
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-Programas de Doctorado en las áreas de conocimiento de Informática Industrial, de
Ingeniería y Tecnología del Software o de Lógica, Computación e Inteligencia Artificial
B. Deberá poseer amplios conocimientos en informática, que serán verificados
mediante una prueba en las Oficinas del SADUS, y baremados según el artículo 13 de
esta Convocatoria.
C. Será condición indispensable para la adjudicación de esta modalidad de Ayuda, la
realización de la prueba informática y obtener el apto correspondiente.
D. En la prueba informática se valorarán los conocimientos sobre:
• Sistemas operativos: Windows 2003 Server y Windows XP.
• Amplios conocimientos de Microsoft Office XP.
• Bases de datos: Microsoft SQL Server.
• Internet: Navegadores y conocimiento de diseño y programación en entorno
Web.
E. El beneficiario realizará su formación durante 25 horas semanales, de lunes a
viernes durante 5 horas diarias, preferentemente en jornada de mañana.
F. Deberá asistir a cualquier reunión a las que sean convocado por el SADUS.
G. El incumplimiento de los puntos anteriores, supondrá la pérdida de la Ayuda.
H. La tutoría de esta Ayuda la ejercerá el T.S. Subdirector Área Económica y
Organización General del SADUS.
29.- AYUDAS DE FORMACIÓN EN COMUNICACIÓN.
A. Estas Ayudas están destinadas a estudiantes de la Universidad de Sevilla, que
cursen estudios en la Facultad de Comunicación en alguna de las siguientes
titulaciones:
-Licenciatura en Comunicación Audiovisual
-Grado en Comunicación Audiovisual
-Licenciatura en Periodismo
-Grado en Periodismo
-Máster Universitario en Comunicación Institucional y Política
-Máster Universitario en Comunicación y Cultura
-Máster Universitario en Escritura Creativa
-Máster Universitario en Guión, Narrativa y Creatividad Audiovisual.
Uno de los beneficiarios deberá estar matriculado en el área de la
Comunicación Audiovisual y el otro beneficiario en el área de Periodismo.
15. AYUDAS DE FORMACIÓN DEL S.A.D.U.S.
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B. Los beneficiarios realizarán su formación durante 25 horas semanales, de lunes a
viernes durante 5 horas diarias, preferentemente, en jornada de mañana.
C. Deberán poseer conocimientos de informática, manejo y desarrollo de páginas
Web, fotografía, edición de videos y redacción.
También se valorarán conocimiento de inglés y maquetación, colaborará con la
Dirección en todo lo relacionado con los medios de comunicación y prestará su apoyo
en la elaboración de comunicados y textos para los mismos, así como en el desarrollo
y actualización de la página Web del SADUS y cualesquiera otras relacionadas con su
perfil.
D. Los solicitantes serán citados para la realización de una entrevista.
E. Será condición indispensable para la adjudicación de esta modalidad de Ayuda, la
realización de la entrevista y obtener el apto correspondiente.
F. Deberán asistir a cualquier reunión a la que sean convocados por el SADUS.
G. El incumplimiento de los puntos anteriores, supondrá la pérdida de la Ayuda.
H. La tutoría de esta Ayuda la ejercerá el T.S. Director Técnico del SADUS.
30.- AYUDA DE FORMACIÓN EN ESTADÍSTICA
A. Esta Ayuda está destinada a estudiantes de la Universidad de Sevilla que estén
matriculados en algunos de los siguientes estudios:
-Licenciatura en Ciencias y Técnicas Estadísticas
-Licenciatura en Matemáticas
-Diplomatura en Estadística
-Grado en Estadística
-Grado en Matemáticas
B. El beneficiario realizará su formación durante 25 horas semanales, de lunes a
viernes durante 5 horas diarias, preferentemente, en jornada de mañana.
C. El beneficiario colaborará en el tratamiento estadístico de todas las encuestas y
consultas tanto al personal del SADUS como a usuarios efectivos y potenciales,
elaborando tamaños de muestra, diseñando cuestionarios y colaborando en la
obtención de datos.
D. Los solicitantes serán citados para la realización de una entrevista.
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E. Será condición indispensable para la adjudicación de esta modalidad de Ayuda, la
realización de la entrevista y obtener el apto correspondiente.
F. Deberá asistir a cualquier reunión a la que sea convocado por el SADUS.
G. El incumplimiento de los puntos anteriores, supondrá la pérdida de la Ayuda.
H. La tutoría de esta Ayuda la ejercerá el T.S. Subdirector Área Económica y
Organización General del SADUS.
DISPOSICIONES FINALES
31.- Protección de datos.- Las solicitudes de estas Ayudas implica la aceptación del
contenido de esta convocatoria y la autorización para que sus datos personales sean
utilizados por la Universidad de Sevilla, de acuerdo con la Ley 15/1999, de 13 de
diciembre, de protección de datos de carácter personal, con el único fin de la
adecuada gestión de estas Ayudas.
Los datos personales facilitados por el solicitante quedarán incorporados en los
ficheros de datos de carácter personal propiedad de la Universidad de Sevilla, de
acuerdo con lo establecido en la citada Ley Orgánica. Se podrán ejercer los derechos
de acceso, rectificación, cancelación y oposición previstos en la Ley, dirigiendo un
escrito al Gabinete Jurídico de la Universidad de Sevilla.
32.- Serán supletoriamente aplicables a esta convocatoria el Reglamento de becas de
formación mediante la colaboración en Servicios de la Universidad (Acuerdo 8.5/C.G.
20-12-2012) y la Resolución de 2 de agosto de 2012, de la Secretaria de Estado de
Educación, Formación Profesional y Universidades, por la que se convocan becas de
carácter personal y de movilidad para el curso académico 2012-13, para estudiantes
de enseñanzas universitarias (BOE nº 194 de 14 de agosto).
33.- Contra la denegación de estas Ayudas se podrá interponer recurso de reposición
ante el Sr. Rector Magnífico de la Universidad de Sevilla, en el plazo de un mes,
contado a partir de la publicación de la Resolución de estas Ayudas.
17. AYUDAS DE FORMACIÓN DEL S.A.D.U.S.
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34.- Las referencias a personas, colectivos o cargos académicos figuran en la
presente convocatoria en género masculino, como género gramatical no marcado.
Cuando proceda, será válida la cita de los preceptos correspondientes en género
femenino.
Sevilla, a 29 de mayo de 2013