Escrito de renuncia a las dietas correspondientes al Pleno Extraordinario de ...
Acta%20 pleno%202012 02-29
1. AYUNTAMIENTO DE
MAJADAHONDA
(MADRID)
BORRADOR DEL ACTA CORRESPONDIENTE A LA SESION
ORDINARIA CELEBRADA POR EL PLENO DEL AYUNTAMIENTO DE
MAJADAHONDA EL DÍA 29 DE FEBRERO DE 2012.
En Majadahonda, siendo las diez horas y diez minutos del día veintinueve de
febrero de dos mil doce, se reunió el Pleno del Ayuntamiento en el Salón de Actos
de la Casa Consistorial, habiendo asistido los señores que seguidamente se detallan,
con el fin de celebrar sesión para la que habían sido previamente convocados.
ALCALDE: D. NARCISO DE FOXÁ ALFARO
CONCEJALES:
Por el Grupo Municipal Popular:
D. JOSÉ ANTONIO CARNEVALI RAMÍREZ
Dª M. CARMEN MENÉNDEZ RODRÍGUEZ
D. JUAN CARLOS PÉREZ GONZÁLEZ
Dª M. VICTORIA CRISTÓBAL ARAUJO
D. JAVIER CABALLERO LÓPEZ
D. PABLO GARCÍA GONZÁLEZ
D. JOSÉ ALBERTO SAN JUAN LLORENTE
Dª LAURA NISTAL MARCOS
Dª M. CRISTINA DURÁN URIBARRI
Dª VERÓNICA MARÍA LIPPERHEIDE GUZMÁN
Dª M. JOSÉ MONTÓN ROSAENZ
Dª MARÍA FERNÁNDEZ DOBAO
D. JUAN CARLOS DÍAZ RODRÍGUEZ(Se incorpora en punto
4)
Por el Grupo Municipal Socialista:
D. BORJA LUIS CABEZÓN ROYO
D. ZACARÍAS MARTÍNEZ MAILLO
Dª MARÍA DEL SOCORRO MONTES DE OCA VERNAZA
D. LUIS GREGORIO VENTURA SÁNCHEZ
Por el Grupo Municipal UPYD:
Dª CARMEN MADRIGAL TORREJÓN
D. JAVIER GIL CACHO
Dª M. LOURDES FERNÁNDEZ ALONSO
Por el Grupo Municipal Izquierda Unida:
D. JUAN SANTANA URIARTE
Dª SARA GARCÍA GALLO
Por el Grupo Municipal Centrista:
Dª MERCEDES PEDREIRA DE VIVERO
D. IGNACIO JOSÉ DEL RÍO MARRERO
SECRETARIO GENERAL: D. Eulalio Ávila Cano
INTERVENTOR: D. Julio Prinetti Márquez
Presidió el acto el Sr. Alcalde D. Narciso de Foxá Alfaro y actuó como
Secretario General D. Eulalio Ávila Cano.
Declarado abierto el acto por la Presidencia, fueron tratados los siguientes
asuntos:
2. Pleno ordinario 29-2-2012
AYUNTAMIENTO DE
MAJADAHONDA
(MADRID)
1.(24/12) LECTURA Y APROBACIÓN, SI PROCEDE, DE
BORRADORES DE ACTAS DE SESIONES
ANTERIORES (21-12-2011 Y 25-1-2012).
Sometido este asunto a votación, la Corporación, por
unanimidad ACUERDA aprobar los Borradores de actas de las
sesiones celebrada el 21 de diciembre de 2011 y 25 de enero de 2012.
2.(25/12) TOMA DE CONOCIMIENTO DE LA RENUNCIA
DE LA CONCEJAL Dª VERÓNICA Mª
LIPPERHEIDE GUZMÁN, AL RÉGIMEN DE
DEDICACIÓN EXCLUSIVA DESDE EL 1-2-2012.
(4.3.1)
Se da cuenta del expediente incoado en el que, entre otros
documentos, constan los siguientes:
A) Escrito de Dª Verónica Mª Lipperheide Guzmán, que ha tenido
entrada en el Registro General el 30-1-2012, nº 1785, que dice:
“Por la presente, la que suscribe, Verónica Mª Lipperheide
Guzmán con DNI. 16.037.444-G y Concejal de Presidencia y
Gabinete de Alcaldía, renuncia al régimen de dedicación
exclusiva a partir del 1 de febrero del año en cursopor
comenzar en la fecha indicada una nueva actividad.”
B) MOCIÓN del Alcalde-Presidente de 6-2-2012, que dice:
“A la vista del escrito presentado por Dª Verónica Mª
Lipperheide Guzmán por el que renuncia al régimen de
dedicación exclusiva que se le asignó por acuerdo plenario de
15 de junio de 2011 por desempeñar el cargo de Concejal
Delegada de Presidencia y Gabinete de Alcaldía, dispongo que
se proceda a la incoación del correspondiente expediente
administrativo para que el Pleno de la Corporación, previo
informe de la Intervención Municipal, tome conocimiento de la
citada renuncia.
2
3. Pleno ordinario 29-2-2012
AYUNTAMIENTO DE
MAJADAHONDA
(MADRID)
Asimismo dispongo que del escrito de renuncia y del
acuerdo que el Pleno de la Corporación adopte, se dé traslado
a los departamentos de Intervención y Recursos Humanos.”
C) Escrito a Intervención y Recursos Humanos de 7-2-2012,
remitiendo escrito presentado por Dª Mª Verónica Lipperheide.
D) Escrito del Sr. Interventor, de 15-2-2012, que dice:
“Una vez examinado el expediente, se devuelve habiendo
tomado nota de su contenido y quedando a la espera del
acuerdo que adopte del Pleno.”
E) Dictamen de la Comisión Informativa de Recursos Humanos
y Régimen Interior de 21-2-2012, dándose por enterada de la
renuncia de Dª Verónica Lipperheide Guzmán.
El Pleno de la Corporación TOMA CONOCIMIENTO de la
renuncia de Dª Verónica Mª Lipperheide Guzmán, Concejal Delegada
de Presidencia y Gabinete de Alcaldía, al régimen de dedicación
exclusiva a partir del 1 de febrero de 2012.
3.(26/12) PUESTA A DISPOSICIÓN DE LA CONTABILIDAD
DE LOS GRUPOS POLÍTICOS MUNICIPALES DEL
SEGUNDO SEMESTRE DE 2011. (3.1.5)
Se da cuenta del expediente incoado en el que, entre otros
documentos, constan los siguientes:
A) Informe del Jefe de Fiscalización Previa y del Sr. Interventor,
de 16-2-2012, cuyo texto es el siguiente:
“1. Naturaleza de este informe
Las asignaciones de dotaciones económicas a los Grupos
Políticos Municipales están reguladas por el art. 73.3 de la Ley
7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen
3
4. Pleno ordinario 29-2-2012
AYUNTAMIENTO DE
MAJADAHONDA
(MADRID)
Local (LRBRL) en la redacción de la Ley 11/1999, de 21 de
abril.
Según consta en las Bases de ejecución, las dotaciones
económicas a los Grupos Políticos del Ayuntamiento de
Majadahonda, a que se refiere el artículo 73 de la Ley 7/1985
de 2 de abril, de Bases de Régimen Local (en la redacción dada
por la Ley 11/1999), se harán efectivas mediante subvención a
cada Grupo Político Municipal.
Así mismo en las Bases de ejecución consta que antes del
5 de febrero del ejercicio siguiente a su percepción, cada Grupo
Político presentará cuenta justificativa de los gastos realizados
durante el ejercicio anterior, acompañada de los documentos
justificativos de dichos gastos y de los extractos de la cuenta
con la relación de todos sus movimientos durante el referido
período, en el modelo que, a tal efecto, facilite la Intervención
municipal. Dicha cuenta y los documentos adjuntos se elevarán
al Peno de la Corporación para su fiscalización y, en su caso,
aprobación, de acuerdo con lo dispuesto en el apartado 3º del
citado artículo 73 de la Ley 7/1985.
En el ejercicio 2011, y tras la toma de posesión de la
nueva corporación que ha de gobernar en el período 2011-
2015, los grupos políticos han cumplido la obligación de
obtener NIF propio, por lo que las cuentas corrientes donde
custodian los fondos que reciben de la subvención del están a
nombre del grupo político, dejando de formar parte del arqueo
de los fondos del Ayuntamiento.
Por todo lo expuesto, este informe no tiene carácter de
informe de fiscalización previa (los gastos y los pagos ya han
sido realizados) a los efectos del art. 4.1 a) del RD 1174/87.
Por tanto, la Intervención ha comprobado el
cumplimiento de los requisitos formales de las facturas
presentadas, la corrección de las cuentas justificativas y su
cuantificación respecto a los importes concedidos como
subvención.
2. Normativa aplicable
4
5. Pleno ordinario 29-2-2012
AYUNTAMIENTO DE
MAJADAHONDA
(MADRID)
• Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de
Régimen Local (LRBRL) en la redacción de la Ley
11/1999 de 21 de abril, art. 73.3.
• Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 marzo, por el que
se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las
Haciendas Locales.
• RD 500/1990, de 20 de abril, de desarrollo de la LHL en
materia de Presupuestos (RDP).
• Orden EHA/3565/2008, de 3 diciembre, por la que se
aprueba la estructura de los presupuestos de las entidades
locales.
• Bases de Ejecución del Presupuesto General de 2011.
• Código de Comercio, art. 24.
• Real Decreto 87/2005, de 31 de enero, por el que se
modifican el Reglamento del Impuesto sobre el Valor
Añadido, aprobado por el Real Decreto 1624/1992, de 29
de diciembre, el Reglamento de los Impuestos Especiales,
aprobado por el Real Decreto 1165/1995, de 7 de julio, y
el Reglamento por el que se regulan las obligaciones de
facturación, aprobado por el Real Decreto 1496/2003, de
28 de noviembre.
3. Subvención aprobada por el Pleno de la corporación.
Por acuerdo del Pleno de 15 de junio de 2011 y en
función de los concejales que forman cada grupo, las
subvenciones que recibieron para el período julio a diciembre
de 2011, y que son objeto de este informe, son las siguientes:
Componente Componente
Grupo municipal Total
fijo variable
Grupo Municipal Popular 1.200,00 17.640,00 18.840,00
Grupo Municipal Socialista 1.200,00 5.040,00 6.240,00
Grupo Unión Progreso y
1.200,00 3.780,00 4.980,00
Democracia
Grupo CDS ‐ Centristas
1.200,00 2.520,00 3.720,00
Majadahonda
Grupo Municipal Izquierda
1.200,00 2.520,00 3.720,00
Unida
TOTALES 6.000,00 31.500,00 37.500,00
5
6. Pleno ordinario 29-2-2012
AYUNTAMIENTO DE
MAJADAHONDA
(MADRID)
4. Grupo Municipal Popular.
En tiempo y forma, se presentan los siguientes justificantes:
FECHA
TERCERO FRA. CONCEPTO IMPORTE
FRA.
BM TERRA
B0/ Aparcamiento concejales -15
12/12/2011 MAJADAHONDA 597,21 €
11001809 tarjetas JUNIO 2011
S.L.U.
BM TERRA
B0/ Aparcamiento concejales -15
12/12/2011 MAJADAHONDA 597,21 €
11001810 tarjetas JULIO 2011
S.L.U.
BM TERRA
B0/ Aparcamiento concejales -15
12/12/2011 MAJADAHONDA 597,21 €
11001811 tarjetas AGOSTO 2011
S.L.U.
BM TERRA
B0/ Aparcamiento concejales -15
12/12/2011 MAJADAHONDA 597,21 €
11001812 tarjetas SEPTIEMBRE 2011
S.L.U.
BM TERRA
B0/ Aparcamiento concejales -11
12/12/2011 MAJADAHONDA 437,96 €
11001813 tarjetas OCTUBRE 2011
S.L.U.
BM TERRA
B0/ Aparcamiento concejales -11
12/12/2011 MAJADAHONDA 437,96 €
11001814 tarjetas NOVIEMBRE 2011
S.L.U.
BM TERRA
B0/ Aparcamiento concejales -11
12/12/2011 MAJADAHONDA 437,96 €
11001815 tarjetas DICIEMBRE 2011
S.L.U.
Propuestas de diseño de
MERCADO DE
13/12/2011 0444/1211F acciones de comunicación 8.667,10 €
IDEAS
para diversas campañas
Diseño y maquetación
MERCADO DE boletín OCTUBRE 2011 y
05/10/2011 0432/1011F 528,64 €
IDEAS alquiler de imagen manos
unidas para uso en el boletín
MERCADO DE Diseño varias campañas
02/10/2011 0431/1011F 436,60 €
IDEAS SEPTIEMBRE 2011
Maquetación boletín
MERCADO DE
21/08/2011 0425/0811F AGOSTO 2011 y alquiler 566,40 €
IDEAS
imagen de banco
Diseño y maquetación
MERCADO DE
17/07/2011 0422/0711F boletines JUNIO Y JULIO 1.056,10 €
IDEAS
2011 y alquiler de imágenes
EXPLOTACIONE 200 menú banquete y flores
16/12/2011 62357 3.880,00 €
S FERLASA S.L. de pascua
"CAIXA Comisiones por emisión de
27/12/2011 2,44 €
CATALUÑA" transferencias
6
7. Pleno ordinario 29-2-2012
AYUNTAMIENTO DE
MAJADAHONDA
(MADRID)
FECHA
TERCERO FRA. CONCEPTO IMPORTE
FRA.
18.840,00
TOTAL JUSTIFICADO
€
Del examen de los justificantes se desprende:
• La cuenta justificativa se presenta debidamente rubricada.
Comprende debidamente relacionadas, las facturas y
documentos originales por importe igual o superior al
subvencionado, por lo que se considera cuantitativamente
justificada la subvención.
• Las facturas cumplen las obligaciones formales exigidas
en la normativa relativa a la expedición de las facturas.
5. Grupo Municipal Socialista.
En tiempo y forma, se presentan los siguientes
justificantes:
FECHA FRA. TERCERO FRA. CONCEPTO IMPORTE
AD‐DO
Diseño Flyer tamaño
29/12/2011 DISEÑO&COMUNICA 11231 330,00 €
A‐5
CIÓN
Flyers Din A‐5 300 g. 4
28/11/2011 MAPELNO, S.A. 118/11 676,14 €
colores
Comisión
23/12/2011 "LA CAIXA" mantenimiento 1,08 €
cuenta
MAJADAHONDA
28/12/2011 REPARTO POSTAL, 2011/0194 Envíos 892,08 €
S.L.
Honorarios por
AGUILLAUME &
17/06/2011 83/2011 asesoramiento jurídico 257,50 €
LINDE ABOGADOS
JUNIO 2011
Provisión de fondos
Dirección letrada
AGUILLAUME & 217/2011 de la
17/06/2011 84/2011 1.030,00 €
LINDE ABOGADOS sección 2ª del TSJM
sobre impugnación
presupuestos 2011
Honorarios por
AGUILLAUME &
01/07/2011 92/2011 asesoramiento jurídico 515,00 €
LINDE ABOGADOS
JULIO 2011
7
8. Pleno ordinario 29-2-2012
AYUNTAMIENTO DE
MAJADAHONDA
(MADRID)
FECHA FRA. TERCERO FRA. CONCEPTO IMPORTE
Honorarios por
AGUILLAUME &
01/08/2011 112/2011 asesoramiento jurídico 515,00 €
LINDE ABOGADOS
AGOSTO 2011
Honorarios por
AGUILLAUME &
01/09/2011 114/2011 asesoramiento jurídico 515,00 €
LINDE ABOGADOS
SEPTIEMBRE 2011
Honorarios por
AGUILLAUME &
03/10/2011 132/2011 asesoramiento jurídico 515,00 €
LINDE ABOGADOS
OCTUBRE 2011
Honorarios por
AGUILLAUME &
02/11/2011 152/2011 asesoramiento jurídico 515,00 €
LINDE ABOGADOS
NOVIEMBRE 2011
Honorarios por
AGUILLAUME &
05/12/2011 174/2011 asesoramiento jurídico 515,00 €
LINDE ABOGADOS
DICIEMBRE 2011
IRPF 6 fras. Aguillaume
29/12/2011 "LA CAIXA" 637,50 €
& Linde Abogados
Comisión cobrada
29/12/2011 "LA CAIXA" 0,62 €
transferencia IRPF
TOTAL JUSTIFICADO 6.914,92€
A la vista de los justificantes se pone de manifiesto lo siguiente:
• La cuenta justificativa se presenta debidamente rubricada.
Comprende debidamente relacionadas, las facturas y
documentos compulsados del original por importe igual o
superior al subvencionado, por lo que se considera
cuantitativamente justificada la subvención.
• Las facturas cumplen las obligaciones formales exigidas
en la normativa relativa a la expedición de las facturas.
• Las facturas de AGUILLAUME & LINDE ABOGADOS
están a nombre del Ayuntamiento de Majadahonda en
lugar del Grupo Municipal Socialista, con los datos
fiscales del Ayuntamiento, ya que se emitieron antes de la
obtención del NIF del grupo municipal. Por este hecho, se
ha transferido a la tesorería municipal la cuantía de las
retenciones de IRPF, para que sean declaradas por el
Ayuntamiento.
8
9. Pleno ordinario 29-2-2012
AYUNTAMIENTO DE
MAJADAHONDA
(MADRID)
6. Grupo Municipal Centrista.
En tiempo y forma, se presenta el siguiente justificante:
FECHA FRA. TERCERO FRA. CONCEPTO IMPORTE
Renovación dominio, hosting,
CREATIVITY mantenimiento del site, actualización
29/12/2011 014/2011 1.321,60 €
ROOM S.L. e incorporación de contenidos de la
web
A la vista de los justificantes se pone de manifiesto lo
siguiente:
• La cuenta justificativa se presenta debidamente rubricada.
Comprende la factura original por importe inferior al
subvencionado, y justificante del reintegro de 2.398,41€ a
la Tesorería Municipal, por lo que se considera
cuantitativamente justificada la subvención.
• Las facturas cumplen las obligaciones formales exigidas
en la normativa relativa a la expedición de las facturas.
7. Grupo Municipal Izquierda Unida.
En tiempo y forma, se presentan los siguientes justificantes:
FECHA
TERCERO FRA. CONCEPTO IMPORTE
FRA.
21/09/2011 CARLIN‐ MAJADAHONDA A / 5991 Material oficina 11,40 €
09/11/2011 CARLIN‐ MAJADAHONDA A / 7867 Material oficina 3,05 €
24/11/2011 CARLIN‐ MAJADAHONDA A / 8538 Material oficina 3,05 €
18/10/2011 CORREOS Y TELEGRAFOS ticket Sellos franqueo 58,80 €
22/10/2011 CORREOS Y TELEGRAFOS ticket Sellos franqueo 29,40 €
24/11/2011 CORREOS Y TELEGRAFOS ticket Sellos franqueo 20,65 €
15/12/2011 CORREOS Y TELEGRAFOS ticket Sellos franqueo 32,20 €
Cuotas mensuales
ENIXE DISEÑO Y
15/12/2011 A110590 Julio‐Noviembre 218,30 €
COMUNICACIÓN
2011 y Dominio
Cuota mensual
ENIXE DISEÑO Y
15/12/2011 A110601 Diciembre 2011 y 37,76 €
COMUNICACIÓN
Dominio
FUNDACION DE
Asesoramiento 2.200,00
14/12/2011 ESTUDIOS MUNICIPALES 12/2011
técnico y legal €
Y TERRITORIALES
9
10. Pleno ordinario 29-2-2012
AYUNTAMIENTO DE
MAJADAHONDA
(MADRID)
FECHA
TERCERO FRA. CONCEPTO IMPORTE
FRA.
Dipticos
"paremos ataque
12/09/2011 GRAFICAS LE COP D'OR A / 11765 274,94 €
M.P." en A4
abierto
Reparto
JUAN LUIS VACAS LA
14/09/2011 211 información 289,10 €
CLAUSTRA
municipal
PAPELERIA LIBRERÍA
17/10/2011 ticket Material oficina 4,80 €
PAPIRO
500 fotocopias
24/06/2011 PHOTOCOPY 2473 20,00 €
DIN A‐4
1820 fotocopias
11/10/2011 PHOTOCOPY 2564 66,20 €
DIN A‐4
17/10/2011 PHOTOCOPY ticket fotocopias 34,50 €
20/10/2011 PHOTOCOPY ticket fotocopias 12,00 €
Mantenimiento
TERESA MUÑOZ
22/12/2011 36/11 anual de la pagina 424,80 €
SEBASTIAN
web de la entidad
TOTAL JUSTIFICADO 3.740,95 €
Del examen de los justificantes se desprende:
• La cuenta justificativa se presenta debidamente rubricada.
Comprende debidamente relacionadas, las facturas y
documentos compulsados del original por importe igual o
superior al subvencionado, por lo que se considera
cuantitativamente justificada la subvención.
• Las facturas cumplen las obligaciones formales exigidas
en la normativa relativa a la expedición de las facturas.
8. Grupo Municipal UPyD.
En tiempo y forma, se presentan los siguientes justificantes:
FECHA FRA. TERCERO FRA. CONCEPTO IMPORTE
LORA
Impresión tarjetas y
30/12/2011 PROMOCIONES 262/2011
sobres
PUBLICITARIAS 381,89 €
30/12/2011 "BANKIA" Comisión transferencia 3,00 €
Comisión transferencia
01/02/2012
"BANKIA" devolución dotación 4,59 €
TOTAL JUSTIFICADO 389,48 €
10
11. Pleno ordinario 29-2-2012
AYUNTAMIENTO DE
MAJADAHONDA
(MADRID)
A la vista de los justificantes se pone de manifiesto lo
siguiente:
• La cuenta justificativa se presenta debidamente rubricada.
Comprende debidamente relacionadas, fotocopia de las
facturas y documentos por importe inferior al
subvencionado. La diferencia no justificada, que asciende
a 4.590,52€ ha sido reintegrada el 1 de febrero de 2012 a
la Tesorería Municipal acreditándose este extremo con el
justificante del abono., por lo que se considera
cuantitativamente justificada la subvención.
• Las facturas cumplen las obligaciones formales exigidas
en la normativa relativa a la expedición de las facturas.
9. Conclusiones.
A la vista de los datos anteriores, cuantías
subvencionadas han sido suficientemente justificadas. Las
cantidades no justificadas y reintegradas de la subvención se
formalizan como un reintegro de pagos del ejercicio corriente,
por lo que suponen un menor gasto a aplicar al presupuesto.
En base a todo lo anteriormente informado, se pone la
disposición del Pleno de la Corporación la justificación de las
subvenciones otorgadas a los Grupos municipales en segundo
semestre de 2011, en cumplimiento de lo dispuesto en la Ley
reguladora de Bases del Régimen Local, para que, de
considerarlo adecuado, adopte la siguiente:
“RESOLUCIÓN
Que habiendo justificado los grupos políticos municipales
la subvención del año 2011, se apruebe el gasto y la obligación
reconocida de las dotaciones de los grupos políticos para el
ejercicio 2012 en cumplimiento del acuerdo del Pleno de la
Corporación de 15 de junio de 2011, por las siguientes
cantidades:
Grupo municipal Componente fijo Componente variable Total
Grupo Municipal Popular 2.400,00 35.280,00 37.680,00
11
12. Pleno ordinario 29-2-2012
AYUNTAMIENTO DE
MAJADAHONDA
(MADRID)
Grupo Municipal Socialista 2.400,00 10.080,00 12.480,00
Grupo Unión Progreso y Democracia 2.400,00 7.560,00 9.960,00
Grupo CDS ‐ Centristas Majadahonda 2.400,00 5.040,00 7.440,00
Grupo Municipal Izquierda Unida 2.400,00 5.040,00 7.440,00
TOTALES 12.000,00 63.000,00 75.000,00
B) Dictamen de la Comisión Informativa de Economía y
Hacienda de 23-2-2012, favorable.
La Concejal Delegada de Economía y Hacienda, Sra. Menéndez,
indica que en este punto del Orden del día se presentan las Cuentas de
los Grupos Políticos del segundo semestre del año 2011.
Aclara que todas las Cuentas se presentan con el Vº Bº de los
órganos competentes y el informe del Sr. Interventor en el que se
indican que todos los gastos han sido suficientemente justificados.
El Portavoz del Grupo Municipal Socialista, Sr. Cabezón, indica
que su Grupo está de acuerdo con estas Cuentas pero le gustaría que
en el futuro, y tal y como se trató en la Junta de Portavoces, se
especificaran un poco más los gastos que se pueden realizar con cargo
a las subvenciones que cada Grupo Municipal recibe y también los
que no se pueden realizar.
Termina su intervención pidiendo que se refleje este consenso
en la Junta de Portavoces.
La Portavoz del Grupo Municipal Unión Progreso y
Democracia, Sra. Madrigal, indica que la contabilidad de los Grupos
Políticos se ajusta estrictamente a la legalidad y, al aceptar su Grupo
el acuerdo adoptado en la Junta de Portavoces, votará a favor de las
Cuenta de su Grupo y se abstendrá en las de los otros grupos
municipales.
Sigue diciendo que espera que algún gasto que se ha realizado, y
que no ha gustado a su Grupo, sea solucionado en la reunión que se
celebrará para conocer los gastos que se pueden realizar o no con
cargo a la subvención que reciben todos los grupos municipales.
12
13. Pleno ordinario 29-2-2012
AYUNTAMIENTO DE
MAJADAHONDA
(MADRID)
Termina su intervención diciendo que en el próximo Pleno, y
para velar por la transparencia, su Grupo va a presentar una propuesta
para que las cuentas de todos los grupos políticos que integran la
Corporación se publiquen en la web municipal y, hasta que eso se
haga, su Grupo publicará los gastos que ha realizado en su propia
página web.
El Portavoz del Grupo Municipal Izquierda Unida, Sr. Santana,
indica que su Grupo también se remite a lo tratado en la Junta de
Portavoces y añade que las cuentas que se han presentado son
totalmente legales.
Termina su intervención diciendo que está de acuerdo con la
propuesta que ha realizado el Grupo Unión Progreso y Democracia y
esperará al siguiente mes para debatir este asunto.
La Portavoz del Grupo Municipal Centrista, Sra. Pedreira,
indica que va a votar a favor de la Cuenta que presenta su Grupo y se
abstendrá en la votación de las del resto de Grupos Municipales.
Aclara seguidamente que su Grupo también está de acuerdo con
lo manifestado por la Portavoz del Grupo Unión Progreso y
Democracia e indica a los vecinos que las cuentas de los grupos
políticos forman parte de la Cuenta General del Ayuntamiento que se
expone al público para que todos los que estén interesados puedan
conocerlas.
Termina su intervención indicando que su Grupo está a favor de
todo lo que suponga fomentar la transparencia y por ello va a apoyar
la Cuenta que ha presentado y se abstendrá en las que presentan el
resto de grupos.
El Sr. Presidente aclara que, como viene siendo tradicional en
este Ayuntamiento, se van a someter a votación las Cuentas de cada
Grupo Político que integra la Corporación, de forma separada.
Sometidas a votación las Cuentas presentadas por el Grupo
13
14. Pleno ordinario 29-2-2012
AYUNTAMIENTO DE
MAJADAHONDA
(MADRID)
Municipal Popular correspondientes al segundo semestre de 2011,
SON APROBADAS por trece (13) votos a favor correspondientes al
Grupo Municipal Popular, ningún (0) voto en contra y once (11)
abstenciones correspondientes a los Grupos Municipales Socialista,
Unión Progreso y Democracia, Izquierda Unida-Los Verdes y
Centrista.
Sometidas a votación las Cuentas presentadas por el Grupo
Municipal Socialista correspondientes al segundo semestre de 2011,
SON APROBADAS por cuatro (4) votos a favor correspondientes al
Grupo Municipal Socialista, ningún (0) voto en contra y veinte (20)
abstenciones correspondientes a los Grupos Municipales Popular,
Unión Progreso y Democracia, Izquierda Unida-Los Verdes y
Centrista.
Sometidas a votación las Cuentas presentadas por el Grupo
Municipal Unión Progreso y Democracia correspondientes al segundo
semestre de 2011, SON APROBADAS por tres (3) votos a favor
correspondientes al Grupo Municipal Unión Progreso y Democracia,
ningún (0) voto en contra y veintiuna (21) abstenciones
correspondientes a los Grupos Municipales Popular, Socialista,
Izquierda Unida-Los Verdes y Centrista.
Sometidas a votación las Cuentas presentadas por el Grupo
Municipal Izquierda Unida-Los Verdes correspondientes al segundo
semestre de 2011, SON APROBADAS por dos (2) votos a favor
correspondientes al Grupo Municipal Izquierda Unida-Los Verdes,
ningún (0) voto en contra y veintidós (22) abstenciones
correspondientes a los Grupos Municipales Popular, Socialista, Unión
Progreso y Democracia y Centrista.
Sometidas a votación las Cuentas presentadas por el Grupo
Municipal Centrista correspondientes al segundo semestre de 2011,
SON APROBADAS por dos (2) votos a favor correspondientes al
Grupo Municipal Centrista, ningún (0) voto en contra y veintidós (22)
abstenciones correspondientes a los Grupos Municipales Popular,
Socialista, Unión Progreso y Democracia e Izquierda Unida-Los
Verdes.
14
15. Pleno ordinario 29-2-2012
AYUNTAMIENTO DE
MAJADAHONDA
(MADRID)
Por ello, y habiendo justificado los grupos políticos municipales
la subvención del año 2011, el Pleno, por las mayorías expresadas,
ACUERDA tener por justificadas las subvenciones a los distintos
grupos políticos municipales del 2º semestre de 2011 y aprobar el
gasto y la obligación reconocida de las dotaciones de los grupos
políticos para el ejercicio 2012 en cumplimiento del acuerdo del Pleno
de la Corporación de 15 de junio de 2011, por las siguientes
cantidades:
Componente Componente
Grupo municipal fijo variable Total
Grupo Municipal Popular 2.400,00 35.280,00 37.680,00
Grupo Municipal Socialista 2.400,00 10.080,00 12.480,00
Grupo Unión Progreso y
Democracia 2.400,00 7.560,00 9.960,00
Grupo CDS ‐ Centristas
Majadahonda 2.400,00 5.040,00 7.440,00
Grupo Municipal Izquierda Unida 2.400,00 5.040,00 7.440,00
TOTALES 12.000,00 63.000,00 75.000,00
4.(27/12) EJECUCIÓN DE LAS RESOLUCIONES
ADOPTADAS POR EL TRIBUNAL
ADMINISTRATIVO DE CONTRATACIÓN
PÚBLICA EN RELACIÓN CON EL ACUERDO
PLENARIO DE 30-11-2011 SOBRE
ADJUDICACIÓN, POR PROCEDIMIENTO
ABIERTO, DEL CONTRATO DE GESTIÓN DE
SERVICIOS PÚBLICOS, MEDIANTE CONCESIÓN
ADMINISTRATIVA, DEL SERVICIO DE
LIMPIEZA VIARIA Y RECOGIDA DE RESIDUOS
URBANOS Y APROBACIÓN DE LA NUEVA
ADJUDICACIÓN DEL SERVICIO. (2.3.3)
Se da cuenta del expediente incoado en el que, entre otros
documentos, constan los siguientes:
A) Acuerdo Plenario de 30-11-2011, por el que se aprueba:
Primero.- Adjudicar el contrato de gestión de servicios públicos,
mediante concesión administrativa, del servicio de limpieza
viaria y recogida de residuos urbanos a la empresa UTE
15
16. Pleno ordinario 29-2-2012
AYUNTAMIENTO DE
MAJADAHONDA
(MADRID)
FOMENTO DE CONSTRUCCIONES Y CONTRATAS, S.A. y
GRUPO RAGA, S.A. por un importe total de 65.632.917,30 €
(IVA excluido) y por el plazo de 10 años contados a partir de la
fecha de formalización del contrato.
Segundo.- Requerir al adjudicatario para que en el plazo no
superior a cinco días, una vez transcurridos quince días hábiles
desde que se remita la notificación de adjudicación a los
licitadores, sin que se hubiera interpuesto recurso que lleve
aparejada la suspensión de la formalización del contrato, al ser
un contrato susceptible de recurso especial en materia de
contratación, conforme al artículo 310.1 de la LCSP, con el fin
de proceder a la formalización del contrato (art. 140 3 3º LCSP).
Tercero.- Notificar la presente resolución a los licitantes
publicándola además en el perfil del contratante.
B) Notificaciones del acuerdo plenario de 30-11-2011 a las
siguientes empresas: UTE F.C.C. S.A. Y GRUPO RAGA S.A.,
VALORIZA SERVICIOS MEDIOAMBIENTALES S.A.,
CESPA S.A., G.S.C. COMPAÑÍA GENERAL DE SERVICIOS
Y CONSTRUCCIONES S.A.
C) Escrito del representante de la empresa VALORIZA
SERVICIOS MEDIOAMBIENTALES S.A., que ha tenido
entrada en el Registro General el 7-12-2011, nº 23180,
anunciando la presentación de recurso especial en materia de
contratación.
D) Escrito de Dª Mercedes Pedreira de Vivero como Portavoz
del Grupo Municipal Centrista, que ha tenido entrada en el
Registro General el 13-12-2011, nº 23479, anunciando la
interposición del recurso especial en materia de contratación.
E) Escrito del representante de CESPA COMPAÑÍA
ESPAÑOLA DE SERVICIOS PÚBLICOS AUXILIARES,
S.A., que ha tenido entrada en el Registro General el 14-12-
16
17. Pleno ordinario 29-2-2012
AYUNTAMIENTO DE
MAJADAHONDA
(MADRID)
2011, nº 25535, anunciando la interposición del recurso especial
en materia de contratación.
F) Notificación del acuerdo adoptado por el Tribunal
Administrativo de Contratación Pública de la Comunidad
de Madrid, referida al recurso especial en materia de
contratación formulado por Dª Mª Mercedes Pedreira de Vivero
(Portavoz del Grupo Municipal Centrista), que ha tenido entrada
en el Registro General el 25-1-2012, nº 1447, por el que se
resuelve lo siguiente:
- Desestimar el recurso especial en materia de contratación
interpuesto contra el acuerdo del Pleno de adjudicación
del contrato de gestión de servicios públicos, mediante
concesión administrativa del Servicio de Limpieza Viaria
y Recogida de Residuos Urbanos.
- Levantar la suspensión de la tramitación del expediente.
- Declarar que no se aprecia la concurrencia de mala fe o
temeridad en la formulación de la cuestión de nulidad por
lo que no procede la imposición de la sanción prevista en
el artículo 317.5 de la LCSP.
- Notificar este acuerdo a todos los interesados.
G) Notificación del acuerdo adoptado por el Tribunal
Administrativo de Contratación Pública de la Comunidad
de Madrid, referida al recurso especial en materia de
contratación interpuesto por el representante de CESPA,
Compañía Española de Servicios Públicos Auxiliares S.A., que
ha tenido entrada en el Registro General el 25-1-2012, nº 1446,
por el que se resuelve lo siguiente:
- Estimar parcialmente el recurso especial, interpuesto por
CESPA Compañía Española de Servicios Públicos
Auxiliares, S.A., al haber presentado el adjudicatario dos
variantes no permitidas sobre una misma mejor, debiendo
efectuarse una nueva valoración en la que no se admita
ninguna de las propuestas efectuadas por FCC-RAGA, en
relación con la mejora 18 “Mejora medioambiental
destinada a la reducción de emisiones contaminantes y
gases de efecto invernadero mediante la implantación de
17
18. Pleno ordinario 29-2-2012
AYUNTAMIENTO DE
MAJADAHONDA
(MADRID)
equipos y/o combustibles limpios”, y en relación con la
mejora 11 “Complemento de mejora en barredora”, por
vulneración del principio de igualdad de trato respecto de
la valoración de la mejora 25 de la adjudicataria.
- Declarar que no se aprecia la concurrencia de mala fe o
temeridad en la interposición del recurso por lo que no
procede la imposición de la sanción prevista en el artículo
317.5 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos
del Sector Público.
- Levantar la suspensión de la tramitación del expediente.
- Notificar este acuerdo a todos los interesados en este
procedimiento.
H) Notificación del acuerdo adoptado por el Tribunal
Administrativo de Contratación Pública de la Comunidad
de Madrid, referida al recurso especial en materia de
contratación interpuesto por el representante de VALORIZA
SERVICIOS MEDIAMBIENTALES S.A., que ha tenido
entrada en el Registro General el 25-1-2012, nº 1449, por el que
se resuelve lo siguiente:
- Estimar parcialmente el recurso especial interpuesto por
VALORIZA, al haber presentado el adjudicatario dos
variantes no permitidas sobre una misma mejora, debiendo
efectuarse una nueva valoración en la que no se admita
ninguna de las propuestas efectuadas por FCC-RAGA en
relación con la mejora 18 “Mejora medioambiental
destinada a la reducción de emisiones contaminantes y
gases de efecto invernadero mediante la implantación de
equipos y/o combustibles limpios” y en relación con la
mejora 19 de de la empresa CESPA que no debió ser
admitida al formar parte de las obligaciones del PPT.
- Declarar que no se aprecia la concurrencia de mala fe o
temeridad en la interposición del recurso por lo que no
procede la imposición de la sanción prevista en el artículo
317.5 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos
del Sector Público.
- Levantar la suspensión de la tramitación del contrato.
- Notificar este acuerdo a todos los interesados en este
procedimiento.
18
19. Pleno ordinario 29-2-2012
AYUNTAMIENTO DE
MAJADAHONDA
(MADRID)
I) Informe del Técnico de Departamento de obras y Licencias,
de Gestión y de Medio Ambiente, Jardines y Limpieza, de
fecha 31 de enero de 2012, solicitando determinadas
aclaraciones para proceder a la valoración de las ofertas en
ejecución de las Resoluciones del Tribunal Administrativo de
Contratación Pública de la Comunidad de Madrid.
J) Propuesta de la Mesa de Contratación de 2 de febrero de
2012, por la que, en base a las dudas manifestadas por el equipo
valorador de las ofertas, propone a la Alcaldía que solicite
aclaración del sentido de su Resolución al Tribunal
Administrativo de Contratación Pública de la Comunidad de
Madrid respecto de la mejora 11 presentada por CESPA, S.A.
sobre la posible contradicción entre la parte dispositiva y el
Fundamento de Derecho SÉPTIMO apartado 4, así como
cualquier otro extremo que considere necesario para proceder al
cumplimento de la Resolución de la forma más correcta posible.
K) Escrito del Tribunal Administrativo de Contratación
Pública de la Comunidad de Madrid, que ha tenido entrada en
el Registro General el 13-2-2012, nº 2759, por el que aclara su
resolución de 18 de enero de 2011 y señala que se produce una
contradicción entre el sentido de la parte dispositiva de la
indicada Resolución y el fundamento de derecho séptimo,
apartado 4, que mediante acuerdo del Pleno se corrige, a la luz
del acta correspondiente a la sesión, debiendo quedar como
sigue: “Esta pretensión debe ser desestimada ya que la
obligación de aportar vehículos está incluida dentro del PPT y
solo deberán ser valorados como mejora aquellos que
impliquen un mayor beneficio para el servicio, no para el
prestatario del mismo, sin que en este caso resulte acreditada y
cuantificada la mejora medioambiental que en el recurso –no en
la oferta- aduce la recurrente.”
L) Certificación expedida por la Secretaria del Tribunal
Administrativo de la Comunidad de Madrid, de 8-2-2012,
sobre el acuerdo adoptado por el Pleno de dicho Tribunal el día
18 de enero de 2012.
19
20. Pleno ordinario 29-2-2012
AYUNTAMIENTO DE
MAJADAHONDA
(MADRID)
M) Informe de 14 de febrero de 2012, del Técnico del
Departamento de Obras y Licencias, el Técnico de Gestión y
del Técnico de Medio Ambiente, Jardines y Limpieza, en el
que informa que
“el Resumen total puntuación una vez tenidos en cuenta las
resoluciones del Tribunal Administrativo de Contratación
Pública de la Comunidad de Madrid, es el siguiente:
PLICA EMPRESA a) b) c) d) TOTAL
Nº PUNTOS
1 UTE FCC- 40,00 18,22 20,00 18,98 97,20
RAGA
2 VALORIZA 40,00 20,00 20,00 20,00 100,00
3 CESPA 40,00 19,91 20,00 19,89 99,80
4 GSC 40,00 16,47 20,00 18,35 94,82
A la vista de la puntuación anterior la oferta considerada
más ventajosa económicamente para el Ayuntamiento de
Majadahonda, teniendo en cuenta los criterios de adjudicación
fijados y las resoluciones adoptadas por el Tribunal
Administrativo de Contratación Pública de la Comunidad de
Madrid, es la presentada por VALORIZA SERVICIOS
MEDIOAMBIENTALES S.A. con 100,00 puntos, por un importe
de 62.091.812,40 €, y con las mejoras propuestas. No obstante
la Mesa de Contratación y la Corporación decidirá lo que
estime más conveniente.”
N) Propuesta de la Mesa de Contratación de 15-2-2012, por el
que se propone al órgano de contratación, en cumplimiento de
las resoluciones y aclaración del Tribunal Administrativo de
Contratación Pública de la Comunidad de Madrid, la siguiente
RESOLUCIÓN:
“Primero.- Clasificar por orden decreciente, las proposiciones
presentadas en el procedimiento abierto del contrato de gestión
de servicios públicos, mediante concesión administrativa, del
servicio de limpieza viaria y recogida de residuos urbanos del
Ayuntamiento de Majadahonda:
20
21. Pleno ordinario 29-2-2012
AYUNTAMIENTO DE
MAJADAHONDA
(MADRID)
Nº DE EMPRESA PUNTOS CRITERIO TOTAL PUNTOS
ORDEN a) b) c) d)
1 VALORIZA 40,00 20,00 20,00 20,00 100,00
2 CESPA 40,00 19,91 20,00 19,89 99,80
3 UTE FCC-RAGA 40,00 18,22 20,00 18,98 97,20
4 GSC 40,00 16,47 20,00 18,35 94,82
Segundo.- Requerir al licitador VALORIZA SERVICIOS
MEDIOAMBIENTALES, S.A., al haber presentado la oferta
económicamente más ventajosa, para que presente, en el plazo
de diez días hábiles, a contar desde el día siguiente en que
hubiera recibido el requerimiento, la siguiente documentación.
- Certificado de hallarse al corriente en el cumplimiento de
las obligaciones tributarias con la Administración de
Estado.
- Certificado de hallarse al corriente en el cumplimiento de
las obligaciones con la Seguridad Social.
- Depósito de la fianza definitiva por importe equivalente al
5% del importe de adjudicación.
- Justificación de disponer efectivamente de los medios que
se hubiese comprometido a dedicar o adscribir a la
ejecución del contrato conforme al artículo 53.2.
- Abono del importe de los gastos de anuncio de licitación
- Póliza y recibo en vigor del seguro de responsabilidad
civil y daños a terceros en cuantía suficiente y no menor
de 1.500.000 euros, para garantizar los daños y perjuicios
que pudieran derivarse de la ejecución del mismo. Esta
póliza no podrá tener franquicia de ningún tipo, si la
tuviera, el adjudicatario asumirá formalmente en el
contrato el importe de dicha franquicia.
- Compromiso de subrogar al personal detallado en el Anexo
I del Pliego de Prescripciones técnicas así como lo
detallado en las aclaraciones de consultas de Urbaser, SA
de 30 de agosto y FCC SA de 12 de septiembre.
De no cumplimentarse adecuadamente el requerimiento
en el plazo señalado, se entenderá que el licitador ha retirado
su oferta, procediéndose en ese caso a recabar la misma
documentación al licitador siguiente, por el orden en que hayan
quedado clasificadas las ofertas.
21
22. Pleno ordinario 29-2-2012
AYUNTAMIENTO DE
MAJADAHONDA
(MADRID)
Ñ) Acuerdo de la Junta de Gobierno Local de 20-2-2012, por el
que se aprueba la propuesta de la Mesa de Contratación de 15 de
febrero de 2012 anteriormente transcrita.
O) Notificación del acuerdo de la Junta de Gobierno Local de
20-2-2012, a VALORIZA SERVICIOS
MEDIOAMBIENTALES S.A.
P) DILIGENCIA de Secretaría General, de 22-2-2012,
acreditativa de que la empresa VALORIZA SERVICIOS
MEDIOAMBIENTALES S.A. ha presentado la documentación
que le había sido requerida.
Q) Informe de la Directora Técnica de Régimen Interior,
Calidad, Organización y Servicios Jurídicos, de 22-2-2012,
cuyo texto es el siguiente:
“Vistos los documentos obrantes en el expediente.
Vista la propuesta de la Mesa de Contratación, de fecha
15 de febrero de 2012, de clasificación de proposiciones
presentadas, requerimiento de documentación y adjudicación,
en su caso, tras los acuerdos adoptados por el tribunal
administrativo de contratación pública del expediente
referenciado.
Visto el acuerdo de la Junta de Gobierno Local,
adoptado el 20 de febrero de 2012, por el que, entre otros, se
acordó:
“Requerir al licitador VALORIZA SERVICIOS
MEDIOAMBIENTALES, S.A., al haber presentado la
oferta económicamente más ventajosa, para que presente,
en el plazo de diez días hábiles, a contar desde el día
siguiente en que hubiera recibido el requerimiento, la
siguiente documentación.
- Certificado de hallarse al corriente en el
cumplimiento de las obligaciones tributarias con la
Administración de Estado.
22
23. Pleno ordinario 29-2-2012
AYUNTAMIENTO DE
MAJADAHONDA
(MADRID)
- Certificado de hallarse al corriente en el
cumplimiento de las obligaciones con la Seguridad
Social.
- Depósito de la fianza definitiva por importe
equivalente al 5% del importe de adjudicación.
- Justificación de disponer efectivamente de los medios
que se hubiese comprometido a dedicar o adscribir a
la ejecución del contrato conforme al artículo 53.2.
- Abono del importe de los gastos de anuncio de
licitación
- Póliza y recibo en vigor del seguro de
responsabilidad civil y daños a terceros en cuantía
suficiente y no menor de 1.500.000 euros, para
garantizar los daños y perjuicios que pudieran
derivarse de la ejecución del mismo. Esta póliza no
podrá tener franquicia de ningún tipo, si la tuviera,
el adjudicatario asumirá formalmente en el contrato
el importe de dicha franquicia.
- Compromiso de subrogar al personal detallado en el
Anexo I del Pliego de Prescripciones técnicas así
como lo detallado en las aclaraciones de consultas de
Urbaser, SA de 30 de agosto y FCC SA de 12 de
septiembre”
Vistas las notificaciones practicadas.
Visto que con fecha de 22 de febrero de 2012 se presenta
en la Secretaría General por VALORIZA SERVICIOS
MEDIOAMBIENTALES, SA., la siguiente documentación, según
consta en la Diligencia efectuada por la Secretaria de la Mesa
de Contratación:
- Certificado de hallarse al corriente en el cumplimiento de
las obligaciones tributarias con la Administración de
Estado.
- Certificado de hallarse al corriente en el cumplimiento de
las obligaciones con la Seguridad Social.
- Depósito de la fianza definitiva por importe equivalente al
5% del importe de adjudicación.
- Justificación de disponer efectivamente de los medios que
se hubiese comprometido a dedicar o adscribir a la
ejecución del contrato conforme al artículo 53.2.
- Abono del importe de los gastos de anuncio de licitación
23
24. Pleno ordinario 29-2-2012
AYUNTAMIENTO DE
MAJADAHONDA
(MADRID)
- Póliza y recibo en vigor del seguro de responsabilidad
civil y daños a terceros en cuantía suficiente y no menor
de 1.500.000 euros, para garantizar los daños y perjuicios
que pudieran derivarse de la ejecución del mismo.
- Compromiso de asumir la franquicia de la póliza de
Responsabilidad Civil suscrita.
- Compromiso de subrogar al personal detallado en el Anexo
I del Pliego de Prescripciones técnicas así como lo
detallado en las aclaraciones de consultas publicadas en el
perfil de contratante.
- Escritura de poder y fotocopia de DNI.
A juicio de la Técnico que suscribe, sin perjuicio del
informe de fiscalización de la Intervención Municipal, la
documentación aportada por VALORIZA SERVICIOS
MEDIOAMBIENTALES SA se ajusta al contenido del
requerimiento, efectuado por el órgano de contratación, en los
términos establecidos en el artículo 135.2. de la L.C.S.P.,
elevando al Pleno de la corporación, previo dictamen de la
comisión informativa correspondiente, la propuesta de
adjudicación de la Mesa de Contratación de fecha 15 de febrero
de 2012, del “contrato de gestión de servicios públicos,
mediante concesión administrativa, del servicio de limpieza
viaria y recogida de residuos urbanos del Ayuntamiento de
Majadahonda”, a la empresa a la empresa VALORIZA
SERVICIOS MEDIOAMBIENTALES S.A., por un importe de
62.091.812,40 €, con las mejoras propuestas y en el plazo de 10
años de duración contados a partir de la fecha de formalización
del contrato. Requiriendo asimismo al adjudicatario no más
tarde de los quince días hábiles siguientes a aquél en que se
reciba la notificación de la adjudicación, con el fin de proceder
a la formalización del contrato. (art. 140 3 LCSP)
De conformidad con lo previsto en el artículo 82 y 126 del
R.O.F. previa a la adopción de dicho acuerdo deberá
dictaminarse por la Comisión Informativa correspondiente.
No obstante el Pleno, con superior criterio, acordará lo
que estime más conveniente.”
R) Informe del Interventor Accidental de 23-2-2012, cuyo texto
es el siguiente:
24
25. Pleno ordinario 29-2-2012
AYUNTAMIENTO DE
MAJADAHONDA
(MADRID)
“1.- Normativa aplicable
La normativa aplicable se encuentra en:
• Ley 7/1985 de Bases del Régimen Local (en adelante
LRBRL) Artículo 136.
• RDL 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el
Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas
Locales (TRLRHL).Artículos 213 y ss.
• Ley 30/2007, de 30 de Octubre, de Contratos del Sector
Público, modificada por ley 34/2010, de 5 de agosto y por
Ley 2/2011, de 4 de marzo, de economía sostenible.
• Bases de Ejecución del Presupuesto General de este
Ayuntamiento para 2012.
• Resoluciones del Tribunal Administrativo de Contratación
pública (TACP) números 2/2012, 3/2012 y 4/2012 de 18
de enero de 2012.
2.- Propuesta de la Mesa al Órgano de Contratación.
(Clasificación de las proposiciones).
Consta en el expediente nueva propuesta de fecha 15 de
febrero de 2012 de la Mesa al Órgano de Contratación, una vez
conocidas las resoluciones 2/2012, 3/2012 y 4/2012 de 18 de
enero de 2012 del Tribunal Administrativo de Contratación
pública, en los siguientes términos:
• Clasificar por orden decreciente las proposiciones
presentadas en el procedimiento licitatorio y aprobar
dicha clasificación.
• Requerir la documentación a VALORIZA SERVICIOS
MEDIOAMBIENTALES, S.A., al haber presentado la
oferta económicamente más ventajosa.
• Dejar sin efecto el acuerdo del Pleno de la Corporación
de 30 de noviembre de 2011 por el que se adjudicaba a la
UTE FCC – GRUPORAGA el contrato de gestión de
servicio público objeto del presente informe.
• Adjudicar el contrato de gestión de servicios públicos
mediante concesión administrativa del servicio de
limpieza viaria y recogida de residuos urbanos del
Ayuntamiento de Majadahonda a la empresa VALORIZA
25
26. Pleno ordinario 29-2-2012
AYUNTAMIENTO DE
MAJADAHONDA
(MADRID)
SERVICIOS MEDIOAMBIENTALES, S.A. por un importe
total de 62.091,812,40€, IVA excluido; con una duración
de diez años, contados a partir de la fecha de la
formalización.
Asimismo, este expediente incluye Acuerdo de la Junta de
Gobierno Local de fecha 20 de febrero de 2012, aprobatorio de
la propuesta anterior.
3.- Documentación presentada por el licitador requerido.
Consta en el expediente como documentación presentada por
el licitador:
• Certificado de hallarse al corriente en las obligaciones
tributarias con el Ayuntamiento de Majadahonda,
expedido 21 de febrero de 2012.
• Certificado de hallarse al corriente de obligaciones
tributarias con la Administración del Estado, expedido
por la Agencia Tributaria de Madrid el 18 de enero de
2012.
• Certificado de hallarse al corriente en el cumplimiento de
las obligaciones con la Seguridad Social expedido el 20
de febrero de 2012.
• Compromiso del apoderado D. Javier San Millán
Perezagua de disponer de todos los medios personales,
materiales y técnicos suficientes adecuados indicados en
la propuesta presentada y aportarlos para la ejecución
del contrato, fechado el 21 de febrero de 2012.
• Copia de justificante de pago de gastos de anuncio de
licitación por importe de 869,96€ de 21 de febrero de
2012.
• Certificado de 17 de febrero de 2012 de la empresa
aseguradora Generali España S.A. de Seguros y
reaseguros sobre la existencia de la póliza de seguro de
responsabilidad civil número 3R-1-028.000.091 suscrita
por SACYR VALLEHERMOSO, S.A. con un máximo de
indemnización por siniestro de 10.000.000,00€ y con
vigencia de 1 de julio de 2011 a 01 de enero de 2013, con
constancia expresa de que se encuentra garantizada la
responsabilidad civil de VALORIZA SERVICIOS
26
27. Pleno ordinario 29-2-2012
AYUNTAMIENTO DE
MAJADAHONDA
(MADRID)
MEDIOAMBIENTALES, S.A. en la ejecución del contrato
objeto del presente informe. Copia cotejada de las
condiciones particulares de dicha póliza.
• Compromiso de asumir la franquicia de la póliza 3R-1-
028.000.091 suscrita con Generali España S.A. de
Seguros y reaseguros, fechado el 20 de febrero de 2012,
sin identificación del firmante.
• Documento de compulsa por el Notario Fco Javier Piera
Rodríguez de 8 de febrero de 2012, del recibo de pago de
la póliza anterior por el período 01-02-2012 a 01-04-
2012.
• Compromiso de fecha 21 de febrero de 2012 suscrito por
el apoderado D. Javier San Millán Perezagua de subrogar
al personal detallado en el Anexo I del Pliego de
Prescripciones Técnicas que rigen el presente contrato.
así como lo detallado en las aclaraciones de consultas de
Urbaser S.A de 30 de agosto de 2011 y FCC S.A de 12 de
septiembre de 2011.
• Escritura de poder de 8 de abril de 2010 a favor de D.
Javier San Millán Perezagua por parte de la mercantil
SUFI, S.A.
4.- Depósito de la garantía definitiva.
En el expediente se adjunta la Cartas de Pago de
constitución de fianza definitiva por importe de 3.104.590,62€
fechada el 22 de febrero de 2012, con número 320120001479
contabilizada en el concepto no presupuestario “70809
FIANZAS (NOMINAL)”.
5.- Órgano competente
En virtud del régimen de delegaciones vigentes,
aprobadas por decretos de la Alcaldía números 1252/11 y
1253/11, ambos de 11 de junio, y del acuerdo del Pleno de la
Corporación de 15 de junio de 2011, el órgano competente para
la adjudicación de esta concesión es el Pleno de la
Corporación.”
S) Dictamen de la Comisión Informativa de Urbanismo, Medio
Ambiente y Movilidad de 23-2-2012, favorable.
27
28. Pleno ordinario 29-2-2012
AYUNTAMIENTO DE
MAJADAHONDA
(MADRID)
El Concejal Delegado de Medio Ambiente, Jardines y Limpieza,
Sr. García González, indica que hoy se presenta la nueva adjudicación
del contrato del servicio de limpieza viaria y recogida de residuos de
Majadahonda a partir de las modificaciones realizadas de acuerdo con
la Resolución del Tribunal Administrativo de Contratación Pública de
la Comunidad de Madrid.
Aclara que esta Resolución, además de corregir dos mejoras que
no afectan al resultado final propuesto al Pleno en el mes de
noviembre, corrige una de las mejoras admitidas en dicho informe
inicial a la UTE FCC-GRUPO RAGA y que tenía que ver con la
aportación de vehículos impulsados por gas o electricidad. Añade que
el Tribunal estima parcialmente el recurso especial presentado por la
empresa VALORIZA y no admite lo que entendía como una variante.
Sigue diciendo que, con independencia del obligado acatamiento
de esta Resolución por el Ayuntamiento, desea dejar claro que los
servicios técnicos y jurídicos municipales y el Equipo de Gobierno
entienden que la interpretación que hace el Tribunal respecto de la
variante es muy injusta y desvirtúa gravemente el resultado final de la
puntuación y el resultado final del concurso a favor de la empresa
recurrente, VALORIZA.
Explica que, desde su punto de vista, esa Resolución es injusta
porque se trata de una mejora que fue valorada, en su momento, de
forma positiva y por la que la UTE FCC-RAGA ofertaba al
Ayuntamiento lo mismo que el resto de licitantes, es decir, el cambio a
mejor del sistema de propulsión de la flota de vehículos que se debe
contratar para prestar ese servicio pero la oferta de FCC-GRUPO
RAGA tiene un valor añadido porque las demás empresas licitantes
decían que, en lugar de gasoil, los vehículos podrían ser impulsados
por gas y la oferta que hacía FCC-RAGA ofrecía la posibilidad de
cambiar, a juicio de los técnicos municipales, el gasoil por gas o por
electricidad.
A continuación pide que se haga un ejercicio de reflexión y
piensen que los técnicos municipales, en su primer informe, y respecto
a esta cuestión que es la que cambia el sentido de la adjudicación
inicial, hubieran tomado ya en el momento inicial un camino distinto y
hubieran entendido, según la doctrina del Tribunal Administrativo,
28
29. Pleno ordinario 29-2-2012
AYUNTAMIENTO DE
MAJADAHONDA
(MADRID)
que debía descartarse a la UTE FOMENTO-RAGA por haber
presentado la variante del gas y pregunta si algún corporativo podría
asegurar con toda certeza que ese mismo Tribunal, ante un más que
seguro recurso de la UTE FOMENTO-RAGA por su expulsión del
concurso por esa situación, no hubiera dado la razón a dicha empresa.
Aclara que de todas las cuestiones recurridas contra la adjudicación
inicial del mes de noviembre, la menos importante, a juicio del Equipo
de Gobierno y de los servicios jurídicos y técnicos municipales, era
precisamente la valoración como una variante, en el caso de que la
electricidad o el gas para los vehículos se pueda considerar como una
variante suficiente como para descartar o eliminar la valoración
realizada en su momento.
Manifiesta que, en el caso de que se hubiera descartado una
empresa, se habría tenido que volver, casi con seguridad, al comienzo
del proceso de adjudicación de este concurso (fase de petición de
ofertas y valoración) y no solo al momento en que ha sido necesario
retroceder según la Resolución del Tribunal Administrativo de
Contratación.
Termina su intervención aclarando que, por los motivos que ha
expuesto, considera injusta la Resolución del Tribunal Administrativo
de Contratación pero el Ayuntamiento la acatará y espera, por el bien
de Majadahonda, que se pueda poner en marcha cuanto antes y de
forma definitiva, este servicio.
El Sr. Presidente indica que, como todos conocen, la Mesa de
Contratación está integrada por técnicos municipales y todos los
informes técnicos y jurídicos que se emitieron en este expediente eran
favorables a la adjudicación a la empresa FCC-GRUPO RAGA.
Aclara que, como es lógico, este Ayuntamiento va a acatar la
Sentencia que se ha dictado sobre este asunto pero desea dejar claro
que no está de acuerdo con lo que dispone y añade no quiere imaginar
lo que hubiera pasado si el Equipo de Gobierno hubiera adoptado,
desde el principio, la decisión que ahora propone el Tribunal
Administrativo de Contratación y cree que, al menos, hubiera
aparecido lo ocurrido en los periódicos. Manifiesta que prácticamente
los costes de la propulsión de los vehículos por gas o por electricidad
son iguales por lo que los técnicos municipales informaron que no era
una variante y, como todas las empresas, a excepción de una,
29
30. Pleno ordinario 29-2-2012
AYUNTAMIENTO DE
MAJADAHONDA
(MADRID)
proponían gas, los técnicos para evitar problemas admiten la
propulsión a gas.
Termina su intervención reiterando que, aunque considera
injusta la Resolución del Tribunal Administrativo de Contratación, va
a ser acatada y además recuerda que todas las empresas que han
tomado parte en este concurso son buenas y solventes por lo que no se
tiene ninguna duda sobre ellas pero pide a los corporativos que
imaginen la tragedia que hubiera ocurrido si la empresa adjudicataria
hubiera sido pequeña.
El Portavoz del Grupo Municipal Socialista, Sr. Cabezón, indica
que también se podría hacer otro ejercicio de imaginación que es que
el Partido Popular, de vez en cuando, haga caso a los grupos de la
oposición porque, de forma constante, no hace las cosas como es
debido como han dicho últimamente el Tribunal Superior de Justicia
de Madrid y el Tribunal Administrativo de Contratación respecto a
este expediente.
Aclara que el Grupo Municipal Socialista y el resto de grupos de
la oposición tenían razón al decir, desde el principio, que este contrato
estaba mal planteado y era subjetivo porque el apartado d) era el que
definía el adjudicatario del concurso y era un criterio totalmente
subjetivo lo que era alarmante puesto que se trata de un contrato
millonario y de largo duración.
Manifiesta que los grupos de la oposición también venían
diciendo que el Ayuntamiento, por ese criterio subjetivo, dejaba de
ahorrarse 3,5 millones de euros y, aunque no desea entrar en los
criterios técnicos (una de las razones de defensa del Equipo de
Gobierno), desea incidir en que ya denunció, y ahora vuelve a
denunciar, que su Grupo no desea salir en los periódicos como decía
anteriormente el Sr. Alcalde pero lo cierto es que Majadahonda está
saliendo en los medios de comunicación por diversos motivos.
Aclara que su Grupo está totalmente de acuerdo con la
Resolución que ha dictado el Tribunal Administrativo de Contratación
Pública porque, una vez más, ha venido a poner orden en este
Ayuntamiento, orden que el Equipo de Gobierno del Partido Popular
de este municipio, no pone en ningún momento.
30
31. Pleno ordinario 29-2-2012
AYUNTAMIENTO DE
MAJADAHONDA
(MADRID)
Sigue diciendo que su Grupo comparte los criterios que han
llevado a las empresas VALORIZA y CEPSA y también al Grupo
Municipal Centrista a presentar recursos y además reconoce al Grupo
Centrista el esfuerzo que ha realizado aunque el Tribunal no haya
atendido, ni siquiera parcialmente, sus reclamaciones. Aclara que está
de acuerdo con las reclamaciones de VALORIZA y CESPA puesto
que las mejoras 18 y 19 (mejoras medioambientales y mejora de la
barredora) pueden tender a la subjetividad.
A continuación pide al Equipo de Gobierno que escuche a los
grupos de la oposición, petición que hace porque parece que en
Majadahonda, cada dos ó tres meses, se van a celebrar dos plenos, uno
político que es precisamente el que se está produciendo en estos
momentos y otro judicial y administrativo que es el que se va a dar en
los diferentes tribunales y su Grupo cree que este Ayuntamiento
debería hacer todo lo posible por ahorrarse el segundo, sobre todo por
imagen y por gestión de este municipio.
Termina su intervención indicando que este tipo de cuestiones
genera un mayor gasto a este Ayuntamiento y a los vecinos de
Majadahonda y además el resultado final es que el Equipo de
Gobierno no hace las cosas bien como su Grupo y los demás grupos
de la oposición vienen denunciando.
El Viceportavoz del Grupo Municipal Unión Progreso y
Democracia, Sr. Gil, indica que, por segunda vez en menos de cuatro
meses, el Pleno va a votar la adjudicación de la concesión del contrato
de limpieza y recogida de basuras.
Sigue diciendo que su Grupo forma parte de esta Corporación
desde hace poco tiempo pero ya se está acostumbrando a ver que los
Tribunales rectifican determinadas decisiones municipales.
Aclara que su Grupo votó a favor de los pliegos de condiciones
de este servicio por considerar que mejoraban mucho los anteriores
pliegos y contrato porque incluían aspectos que servirían para mejorar
el servicio e impedirían que los vecinos tuvieran que presentar tantas
reclamaciones como hasta ahora se están presentando pero votó en
contra de la adjudicación que se realizó en el Pleno de noviembre
porque, por los criterios subjetivos, resultaba adjudicataria de este
contrato una empresa que ofrecía prestar el servicio por un coste
31
32. Pleno ordinario 29-2-2012
AYUNTAMIENTO DE
MAJADAHONDA
(MADRID)
mucho mayor aunque presentaba mejoras por valor de 8,5 millones de
euros, cifra desproporcionada puesto que las mejoras que se iban a
valorar, según los pliegos de condiciones, debían ascender solamente
a 3,5 millones de euros.
Manifiesta que su Grupo votó en contra de la adjudicación del
servicio por entender que una de las empresas “jugaba con ventaja” y
además avisó al Equipo de Gobierno que la empresa que ahora va a
resultar adjudicataria iba a presentar recurso y también que, a juicio de
su Grupo, su recurso tenía grandes probabilidades de prosperar pero el
Equipo de Gobierno no hizo caso y pregunta cómo es posible que su
Grupo se diera cuenta cuando solo lleva 8 meses en este
Ayuntamiento y el Equipo de Gobierno no se diera cuenta a pesar de
llevar muchos años.
Aclara que el Tribunal Administrativo de Contratación Pública
de la Comunidad de Madrid obliga a rectificar mediante una sentencia
larga y compleja pero, en resumen, obliga al Ayuntamiento a no
valorar, a la empresa que resultó adjudicataria del concurso, una
mejora por valor de 568.000 euros, y añade que no debía haber sido
valorada porque presentaba dos variantes sobre una misma mejora.
Indica que, durante este debate, el Concejal Delegado de Medio
Ambiente ha indicado que el Tribunal ha entendido que es una
variante pero que el Equipo de Gobierno no estaba de acuerdo pero su
Grupo considera que lo que dice un Tribunal no puede ser discutido.
Sigue diciendo que, desde su punto de vista, si el Ayuntamiento
hubiera actuado desde el principio como ahora ha determinado el
Tribunal Administrativo, no hubiera pasado nada y así se dice
expresamente en la sentencia que se ha dictado.
Aclara que esa mejora no debía haber sido aceptada desde el
principio y ahora, con las modificaciones que ha obligado a realizar el
Tribunal, la empresa que resultó adjudicataria ha quedado la tercera en
la nueva valoración y además cree que hay que agradecer al Tribunal
que haya obligado al Ayuntamiento a realizar esa rectificación porque
al final resulta adjudicataria la empresa que presentó la mejor oferta y
además va a suponer un ahorro a los vecinos de más de 3,5 millones
de euros.
32
33. Pleno ordinario 29-2-2012
AYUNTAMIENTO DE
MAJADAHONDA
(MADRID)
Manifiesta que su Grupo, en pocos meses, ha visto cómo por
una Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, los
Presupuestos Municipales tuvieron que ser modificados y ahora, por
la Resolución de este otro Tribunal, es necesario modificar la
adjudicación del contrato de recogida de basuras y limpieza viaria.
Insiste en que lo más importante que el Ayuntamiento debía realizar
en estos momentos eran precisamente el Presupuesto Municipal y este
contrato porque tener un coste muy elevado (62 millones de euros) y
ambos expedientes han tenido que ser rectificados.
Considera que el Equipo de Gobierno se está acostumbrando a
que sean los tribunales de justicia los que acaben decidiendo sobre los
temas más importantes de este Ayuntamiento y, gracias a esa
intervención de los tribunales y a las denuncias de los grupos de la
oposición, se está consiguiendo que el Equipo de Gobierno no utilice
su mayoría absoluta para hacer lo que quiera.
Termina su intervención aclarando que, aunque se vaya a
cumplir estrictamente la sentencia dictada, su Grupo no puede avalar
con su voto algo que nunca debería haber ocurrido.
El Sr. Presidente manifiesta que, ante un concurso de este
tamaño, todo el mundo presenta alegaciones (grupos políticos y
competidores en la licitación) y la inmensa mayoría de todas las
alegaciones que se han presentado en este caso han sido desestimadas
y, en opinión del Equipo de Gobierno, como apenas había diferencia
entre las distintas ofertas, la pequeña diferencia que se ha producido
en la valoración del sistema de propulsión de los vehículos, ha
provocado un cambio en la empresa adjudicataria.
Insiste en que todas las alegaciones que han presentado los
grupos políticos han sido desestimadas aunque se estimó una de las
que presentaron las empresas y cree que los vecinos no deben
quedarse con la impresión de que todo el proceso de adjudicación fue
mal realizado porque no es cierto. Añade que el Tribunal no recogió
ninguno de los argumentos que se plantearon en el Pleno.
Continúa su intervención diciendo que es necesario esperar al
final de este proceso porque está convencido de que la empresa que ha
dejado de ser adjudicataria va a presentar un recurso contencioso-
administrativo por lo que es posible que la adjudicación vuelva a
33
34. Pleno ordinario 29-2-2012
AYUNTAMIENTO DE
MAJADAHONDA
(MADRID)
cambiar y pregunta qué diría en ese caso el Grupo Unión Progreso y
Democracia.
Termina indicando que el sentido común le dice que el proceso
seguido es correcto y ha sido avalado por los servicios técnicos y
jurídicos municipales y piensa que lo que ha estimado el Tribunal
Administrativo “rechina” con el sentido común y aclara que lo que
hoy se va a aprobar es una insignificancia comparándolo con todo el
proceso seguido.
El Portavoz del Grupo Municipal Izquierda Unida-Los Verdes,
Sr. Santana, indica que, en el mes de julio, se presentan por primera
vez los pliegos de condiciones de este contrato y aclara que votó en
contra porque se privatizaban los servicios y por entender que, aunque
a nivel técnicos esos pliegos eran mejores que los anteriores,
figuraban aspectos en las valoraciones que su Grupo no compartía
porque los criterios de valoración provocaban que, en un contrato de
tanta envergadura como éste (75 millones de euros), no primara tanto
la reducción del precio como otros criterios subjetivos con respecto a
mejoras.
Manifiesta que su Grupo, a pesar de no compartir este pliego de
condiciones, presentó una serie de sugerencias, verbales en la
Comisión Informativa correspondiente y otras escritas y algunas de
ellas fueron aceptadas pero otras no y además defendía que si lo que
se pretendía era buscar con este contrato un mayor número de
frecuencias, se deberían imponer otro tipo de criterios para
controlarlas como podía ser el de las jornadas laborales anuales
porque de esa forma se podía asegurar que la empresa contaba con la
plantilla suficiente para cumplir con las frecuencias exigidas.
Aclara que en el Pleno del mes de noviembre se adjudica este
contrato a la empresa FCC-GRUPO RAGA que precisamente es la
empresa que presentaba la oferta económica más cara y que ganaba el
concurso por la cuantificación de las mejoras ofertadas. Añade que lo
curioso es que, por 400.000 euros más en los que se cuantificaron esas
mejoras, esa empresa resultaba adjudicataria del concurso a pesar de
que otra de las empresas ofertaba un precio de 3,5 millones de euros
menos.
34