2. 1. Desde un punto de vista de propiedad
industrial:
Esta expresión debe cumplir fehacientemente con
unos elementos fundamentales para adquirir la
protección jurídica que otorga el Derecho de
Autor:
Ser una creación original resultado del esfuerzo
intelectual.
Debe tener una forma de expresión
(materialización del resultado).
El resultado de la creación debe tener una
estructura y una organización.
3. 2. Desde un punto de vista de propiedad
intelectual:
Hemos mencionado que el software es un
producto del intelecto y como tal, es un bien
intangible e inmaterial, siendo una de sus
características que no se fabrica, no se construye,
sino se desarrolla. En este sentido, procedemos a
indicar por qué los principales derechos de
propiedad industrial no pueden proteger
jurídicamente al software, al menos hasta ahora
4. La protección en Estados Unidos es más
amplia: por un lado, porque se basa también
en otras normas de propiedad intelectual,
como el derecho de patentes y los secretos
comerciales; por otro lado, porque el
desarrollo jurisprudencial es más extenso
5. La Decisión 486 está específicamente diseñada
para compatibilizar los sistemas de DPI de los
cinco países con el acuerdo de la Organización
Mundial de Comercio sobre Aspectos de la
Propiedad Intelectual Relacionados con el
Comercio (ADPIC, mejor conocido como TRIPS
por su sigla en inglés). Y lo más interesante es
que lo hace con referencia directa al Convenio
sobre Diversidad Biológica (CDB).
La Decisión 486 aborda aspectos precisos en
materia de patentes de invención, diseños
industriales, marcas, denominación de origen y
competencia desleal vinculada a la propiedad
industrial, entre otros aspectos.
6. Los derechos de autor sólo protegen la forma de
expresión literal o gráfica, más no la idea. A
continuación, algunas consideraciones sobre el
derecho de autor:
La duración de los derechos de autor como regla
general se extiende hasta los 70 años después de
la muerte del autor.
El registro de derechos de autor tiene efectos
declaratorios, probatorios pero no es constitutivo
de derechos como el de propiedad industrial.
En el Perú INDECOPI es la entidad que realiza el
registro de los derechos de autor de un software.