2. Informática aplicada
1
Carrera Rolando
Universidad Marítima Internacional de Panamá
Verano 2016
Pertenece a:
Carrera, Rolando
Cedula:
8-879-2495
Grupo:
1 maquina alpha
Profesora:
Mitzy De Gracia
Fecha:
1/2/2016
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Carrera Rolando
Contenido
Introducción.......................................................................................................................... 2
Organización marítima internacional................................................................................. 4
Convenios.......................................................................................................................... 5
Los principales convenios y otros instrumentos jurídicos son:................................ 6
Asamblea ........................................................................................................................... 6
Las funciones de la Asamblea son: ............................................................................... 6
Consejo.............................................................................................................................. 9
Entre sus funciones se encuentran: .............................................................................. 9
Comité de Seguridad Marítima.......................................................................................11
El Comité de Seguridad Marítima someterá a la consideración del Consejo:.........12
Conclusiones.......................................................................................................................13
Recomendaciones...............................................................................................................14
Infografía...............................................................................................................................15
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INTRODUCCION
Se trata de la Organización Marítima Internacional (OMI en español,
IMO en inglés) es un organismo especializado que pertenece a las
Naciones Unidas, el mismo que se encarga de promover la
cooperación entre Estados y la industria dedicada al transporte
marítimo, con el fin de mejorar la seguridad, logrando prevenir de ese
modo la contaminación marina. Por tanto existen algunas iniciativas
que la IMO a considerado incluir como las reformas al Convenio
Internacional para la Seguridad de la Vida Humana en el Mar y al
Convenio Internacional para prevenir la contaminación por los Buques.
La sede de este organismo se encuentra en Londres, Reino Unido.
Las primeras reuniones de este organismo se daban por el año 1959,
sin embargo estas eran de carácter consultivo, por lo que las
recomendaciones que emitía eran opcionales, por lo que debido al
carácter internacional del transporte marítimo, se tuvo que reconocer
que las medidas para mejorar la seguridad dentro de las operaciones
marítimas serían mucho más eficaces si estas se realizan bajo un
marco internacional reconocido, en lugar de ser dependientes de la
acción unilateral de cada país de manera aislada
Es así como en el año en 1948 mediante una conferencia celebrada
por las Naciones Unidas, se adoptó finalmente el Convenio constitutivo
de la Organización Marítima Internacional (OMI o IMO), siendo
conocida hasta 1982 como la Organización Consultiva Marítima
Intergubernamental- OCMI, que se cosntituyó en el primer organismo
internacional dedicado exclusivamente a tratar temas marítimos.
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Organización marítima internacional
La Organización Marítima Internacional (OMI, en inglés IMO) es un
organismo especializado de las Naciones Unidas que promueve la
cooperación entre Estados y la industria de transporte para mejorar la
seguridad marítima y para prevenir la contaminación marina.
Recientes iniciativas de la OMI han incluido reformas al Convenio
Internacional para la Seguridad de la Vida Humana en el Mar (SOLAS)
y al Convenio Internacional para prevenir la contaminación por los
Buques (MARPOL 73/78). Su sede se encuentra en Londres, Reino
Unido.
Sus primeras reuniones datan de 1959. Originalmente tenía carácter
consultivo, por lo que se la conocía como OCMI (Organización
Consultiva Marítima Internacional) o IMCO por sus siglas en inglés y
sus recomendaciones eran de carácter optativo.
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Convenios
La organización fue creada por el Convenio de 6 de marzo de 1948
constitutivo de la Organización Marítima Internacional.
Las disposiciones de los Convenios son de cumplimiento obligatorio
de los Estados parte de cada uno de ellos y éstos a su vez si lo
deseanles llega el compromiso de hacer efectivaesas disposiciones a
bordo de los buques que tengan derecho a enarbolar su pabellón. o
como fuere el caso.
Cada Convenio tiene un ámbito de aplicación específico y si bien en
grandes rasgos puede afirmarse que se aplica a los buques dedicados
Al tráfico internacional esto no es así en todos los casos.
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Los principalesconvenios y otros instrumentos jurídicos son:
Convenio SOLAS (seguridad de la vida humana en el mar).
Convenio internacional sobre líneas de carga.
Convenio internacional sobre líneas de buques 1969.
Convenio Marpol (Contaminación del Mar).
Reglamento internacional para prevenir los abordajes en el
mar 1972.
Convenio SAR.
Convenio Internacional sobre Preparacion, Respuesta y
cooperación contaminación por hidrocarburos.
La Organización estará constituida por una Asamblea, un Consejo, un
Comité de Seguridad Marítima, un Comité Jurídico, un Comité de
Protección del Medio Marino, un Comité de Cooperación Técnica, un
Comité de Facilitación y los órganos auxiliares que la organización
juzgue necesario crear en cualquier momento, y una Secretaría.
Asamblea
La Asambleaestará constituida por todos los miembros. La Asamblea
se reunirá en periodos de sesiones ordinarios una vez cada dos años.
Las funciones de la Asamblea son:
1. Elegir entre sus miembros, no comprendidos los miembros
asociados,en cada período de sesiones ordinario,un presidente y dos
vicepresidentes que permanecerán en funciones hasta el siguiente
período de sesiones ordinario.
2. Establecer su propio reglamento interior, salvo disposición en otro
sentido que pueda figurar en el Convenio.
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3. Constituir los órganos auxiliares temporales o, siguiendo la
recomendación del Consejo, permanentes, que juzgue necesarios.
4. Elegir los miembros que hayan de estar representados en el
Consejo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 17.
5. Hacerse cargo de los informes del Consejo y examinarlos, y
resolver toda cuestión que le haya sido remitida por el Consejo.
6 .Aprobar el programa de trabajo de la organización.
7. Someter a votación el presupuesto y establecer las medidas de
orden financiero de la organización
8. Revisar los gastos y aprobar las cuentas de la organización.
9.Desempeñar las funciones propias de la organización a condición,
no obstante, de que las cuestiones relacionadas con los párrafos a y b
del artículo 2 sean remitidas por la Asambleaal Consejo para que este
formule las recomendacioneso prepare los instrumentos pertinentes, a
condición, además, de que cualesquiera recomendaciones o
instrumentos sometidos por el Consejo a la Asamblea y no aceptados
por esta sean remitidos de nuevo al Consejo a fines de examen
ulterior, con las observaciones que la Asamblea pueda haber hecho.
10. Recomendar a los miembros la aprobación de reglas y directrices
relativas a la seguridad marítima, a la prevención y contención de la
contaminación del mar ocasionada por los buques y a otras cuestiones
relacionadas con los efectos de la navegación marítima en el medio
marino, asignadas a la organización por aplicación directa de
instrumentos internacionales o en virtud de lo dispuesto en estos, o la
aprobación de las enmiendas a tales reglas y directrices que le hayan
sido remitidas
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.
11. Tomar las medidas que estime apropiadas para fomentar la
cooperación técnica de conformidad con el artículo 2.e, teniendo en
cuenta las necesidades especiales de los países en desarrollo.
12. Decidir en cuanto a la convocación de toda conferencia
internacional o a la adopción de cualquier otro procedimiento idóneo
para la aprobación de convenios internacionales o de enmiendas a
cualesquiera convenios internacionales que hayan sido preparados
por el Comité de Seguridad Marítima, el Comité Jurídico, el Comité de
Protección del Medio Marino, el Comité de Cooperación Técnica, el
Comité de Facilitación u otros órganos de la Organización.
13. Remitir al Consejo, para que este las examine o decida acerca de
ellas, todas las cuestiones que sean competencia de la organización,
con la salvedad de que la función relativa a la formulación de
recomendaciones en virtud del párrafo j del presente artículo no podrá
ser delegada.
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Consejo
El Consejo estará integrado por 40 miembros elegidos por la
Asamblea. En la elección de Miembros del Consejo, la Asamblea
observará los siguientes criterios:
◾Diez serán Estados con los mayores intereses en la provisión de
servicios marítimos internacionales;
◾Diez serán otros Estados con los mayores intereses en el comercio
marítimo internacional;
◾Veinte serán los Estados no elegidos con arreglo a lo dispuesto en
anteriormente, que tengan intereses especiales en el transporte
marítimo o en la navegación y cuya integración en el Consejo
garantice la representaciónde todas las grandes regiones geográficas
del mundo.
El Consejo elegirá a su presidente y, con aprobación de la Asamblea,
nombrará al Secretario General. Asimismo tomará también
disposiciones para el nombramiento del personal que pueda ser
necesario
Establecerá su reglamento interior y se reunirá con la frecuencia que
sea necesaria para el buen desempeño de sus funciones
Entre sus funciones se encuentran:
a. El Consejo examinará los proyectos de programa de trabajo y de
presupuesto preparados por el Secretario General considerando las
propuestas del Comité de Seguridad Marítima, el Comité Jurídico, el
Comité de Protección del Medio Marino, el Comité de Cooperación
Técnica, el Comité de Facilitación u otros órganos de la Organización
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y, teniendo éstas presentes,estableceráy someteráa la consideración
de la Asamblea el programa de trabajo y el presupuesto de la
Organización, habida cuenta de los intereses generales y prioridades
de la Organización.
b. El Consejo se hará cargo de los informes, propuestas y
recomendaciones del Comité de Seguridad Marítima, el Comité
Jurídico, el Comité de Protección del Medio Marino, el Comité de
Cooperación Técnica, el Comité de Facilitación u otros órganos de la
Organización y, junto con sus propias observaciones y
recomendaciones, los transmitirá a la Asamblea o, si ésta no está
reunida, a los Miembros, a fines de información.
c. Las cuestiones regidas por los artículos 28, 33, 38, 43 y 48 del
Convenio Constitutivo no serán examinadas por el Consejo hasta
conocer la opinión del Comité de Seguridad Marítima, el Comité
Jurídico, el Comité de Protección del Medio Marino, el Comité de
Cooperación Técnica o el Comité de Facilitación, según proceda.
Asimismo, el Consejo podrá concertar acuerdos o arreglos referentes
a las relaciones de la organización con otras organizaciones, de
conformidad con lo dispuesto en la parte XVI. Dichos acuerdos o
arreglos estarán sujetos a la aprobación de la Asamblea
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Comité de Seguridad Marítima
Está regulado en la Parte VII del Convenio de 6 de marzo de 1948
constitutivo de la Organización Marítima Internacional hecho en
Ginebra.
El Comité de Seguridad Marítima (CSM) es el encargado de examinar
todas las cuestiones que sean competencia de la organización en
relación con ayudas a la navegación, construcción y equipo de
buques, dotación desde un punto de vista de seguridad, reglas
destinadas a prevenir abordajes, manipulación de cargas peligrosas,
procedimientos y prescripciones relativos a la seguridad marítima,
información hidrográfica, diarios y registros de navegación,
investigación de siniestros marítimos, salvamento de bienes y
personas, y toda otra cuestión que afecte directamente a la seguridad
marítima.
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El Comité de Seguridad Marítima someterá a la consideracióndel
Consejo:
◾Las propuestas de reglas de seguridad o de enmiendas a reglas de
seguridad, que el comité haya elaborado.
◾Las recomendaciones y directrices que el comité haya elaborado.
◾Un informe acerca de la labor desarrollada por el comité desde la
celebración del precedente período de sesiones del Consejo.
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Conclusiones
En este trabajo llegamos a la conclusiónque la OMI es una
organización creada para regular todos los problemas situaciones y
peligros que hay en el mar, es la única organización ligada a las
naciones unidas que se encarga de las regulaciones del mar por lo
tanto se cree que los convenios de dicha organización son lo más
importante que tiene el sercto marítimo como el marpol, el stcw, entre
otros.
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Recomendaciones
Mis recomendaciones son las siguientes:
Preparar mejores planes de emergencias para la seguridada a bordo
por la OMI.
Modificar convenios a favor de la proteccioin de los mares.
Crear nuevos convenios que protejan más a la vida humana a bordo
de un buque.
Hacer más investigaciones sobre las nuevas tegnologias que se están
desarrollando en beneficio de la industria.