6. Índice
6
9
11
11
11
12
12
13
14
15
15
15
17
17
19
19
20
20
21
21
21
22
23
25
28
Introducción. ¿Por qué es importante el tema del financiamiento de la
política? ..................................................................................................
1. La necesidad de financiar la política ...................................
2. Conceptos básicos ...................................................................
2.1. Financiamiento privado ........................................................
2.2. Financiamiento público ........................................................
2.3. Financiamiento mixto ...........................................................
2.4. Franja electoral .....................................................................
3. Las reglas del financiamiento en el Perú ............................
3.1. Financiamiento privado ........................................................
3.2. Reglas sobre contratación de publicidad electoral .............
3.3. El financiamiento público ....................................................
3.3.1. Financiamiento público directo ...............................
3.3.2. Financiamiento público indirecto .............................
3.3.2.1. Franja electoral ...........................................
3.3.2.2. Exoneraciones tributarias ..........................
3.3.2.3. Espacios en radio y televisión en periodo
no electoral ................................................
3.4. La tesorería ..........................................................................
3.5. Control externo ....................................................................
3.6. Los informes ........................................................................
3.6.1. Informe financiero anual ..........................................
3.6.2. Informes en campañas electorales ..........................
3.7. Divulgación de los informes ................................................
3.8. Las sanciones ......................................................................
4. Casos prácticos .........................................................................
Bibliografía .............................................................................................
7. 6
El Financiamiento de la política:
Conceptos y reglas básicas
INTRODUCCIÓN
¿Por qué es importante el tema del financiamiento
de la política?
El financiamiento de la política como tema de análisis y
preocupación del mundo académico es relativamente reciente
en nuestro país y en América Latina. También es reciente la
legislación al respecto en la mayoría de países del continente.
Y más reciente aún el interés de la opinión pública y los grupos
ciudadanos por comprender mejor cómo funciona el flujo de
dinero hacia las actividades políticas y cómo podría hacerse para
que el financiamiento de la política sea más transparente y haya
menos resquicios para la corrupción.
Las razones para este creciente interés no están disociadas de
los múltiples escándalos en los que han estado involucrados
importantes políticos en América Latina y el resto del mundo.
La cultura del secreto que siempre rodeó el financiamiento de
la política, la escasa regulación y los limitadísimos controles
existentes en nuestros países colaboraron con un manejo arbitrario,
desordenado y muchas veces oscuro, si no corrupto, del dinero en
la política. Muchos de esos manejos pasaron desapercibidos para
el ciudadano común, pero cuando algunos de ellos se hicieron
públicos, más allá de afectar a los directamente involucrados, se
afectó al conjunto de los políticos y de paso a la democracia.
Por ello, hoy resulta fundamental insistir en la necesidad de una
escrupulosa transparencia del dinero en la política. Para ello
debe tenerse una legislación eficaz, organizaciones políticas
con capacidad para cumplir esas reglas, órganos estatales de
control que fiscalicen adecuadamente, sanciones disuasivas que
sean aplicadas sin temor y, sobre todo, ciudadanos que exijan
transparencia a los políticos y condicionen su voto a ello. El más
importante incentivo para que los políticos sean transparentes y
8. 7
3:
Las reglas del financiamiento en el Perú
honestos es que los electores masivamente sólo voten por quienes
exhiban escrupulosa transparencia y honestidad a toda prueba.
En este material el lector encontrará una presentación general de
qué es el financiamiento político, su aparición en la historia, los
principales conceptos que permiten entender las discusiones al
respecto, así como una descripción de cómo está regulado el tema
en el Perú. Esperamos que este material ayude a quienes están
interesados en promover la transparencia en temas públicos, no
sólo a entender, sino a actuar en favor de mayor transparencia
también en el mundo de la política. No debe olvidarse que la
política es un asunto muy delicado como para dejarlo sólo en
manos de los políticos. El interés general por estos asuntos será
agradecido por los propios políticos de buena fe y por el país en
su conjunto.
Introducción
9.
10. 9
La necesidad de
financiar la política 1
3:
Las reglas del financiamiento en el Perú
Cada sociedad ha recorrido su propio camino y los procesos
políticos, sociales y económicos han tenido en cada país un
rumbo y características particulares. En las próximas líneas, sin
embargo, presentamos esquemáticamente algunas tendencias
en el desarrollo del financiamiento de la política.
Primer Momento
Los cambios producidos en las sociedades han condicionado
también las formas de financiar la política. Cuando los partidos
políticos surgen como instituciones aceptadas (Sartori, 1987), la
forma de financiarlos era la que correspondía a una organización
pequeña que reunía a personajes notables y con recursos
económicos. Las fuentes de financiamiento del partido eran los
bolsillos del reducido grupo de figuras que lo componían. El dinero
era necesario, pero los flujos estaban destinados a convencer a
ese sector pequeño de la población que podía votar, es decir, los
que poseían bienes y rentas.
Segundo Momento
Algunos autores sitúan este momento entre los años 1910 y
1970 (Manin, 2006). En este periodo los electorados crecen
progresivamente con la introducción del voto universal masculino,
el voto de la mujer y el voto de los analfabetos. El grupo de
personas incluido en los procesos electorales exige cambios en
las organizaciones políticas que incluyen la forma de obtener
fondos. Partidos de amplia base social comienzan a financiarse
a través del aporte de sus afiliados. El aporte privado de grandes
fuentes no se elimina sino que convive con esta nueva forma de
financiarse.
11. 10
El Financiamiento de la política:
Conceptos y reglas básicas
Tercer Momento
En la década de los ochenta se hace más tangible un cambio importante
en la forma de hacer política (Abal Medina, 2004). Los grandes bloques
ideológicos caen y los partidos buscan conservar sus electorados,
abandonando los extremos y refugiándose en alguna medida en el votante
medio. El discurso político se vuelve pragmático y los grandes electorados
reciben información a través de la televisión: el más importante medio de
comunicación de la época. El financiamiento de los partidos se vuelve
un tema esencial, un partido no sobrevive sin aparecer en los medios y
los medios son empresas privadas que cobran por sus servicios. Pronto
los recursos obtenidos de sus afiliados son insuficientes y es necesario
recurrir a grandes aportantes. En muchos países las campañas políticas
se encarecen significativamente y se hace más evidente la necesidad de
controlar cuánto se gasta y de dónde viene el dinero.
El repaso esquemático de estos tres momentos es útil para entender que
la política siempre ha requerido financiamiento, pero que este proceso
no se da en el vacío sino que corresponde, entre otros aspectos, a los
cambios producidos en la forma de representar a la sociedad, es decir, a la
forma como se desarrolla la política y se construyen partidos políticos.
12. 11
3:
2 Conceptos básicos
Las reglas del financiamiento en el Perú
2.1. Financiamiento privado
El financiamiento privado es aquel que proviene
del patrimonio de particulares ya sea en dinero
o especie (Zovatto, 2003).
Durante mucho tiempo fue la única forma que tenían los partidos
para obtener fondos y todavía muchas personas piensan que
debería ser el mecanismo más importante para financiar la política.
El riesgo principal de esta modalidad de financiamiento radica en
la dependencia que pueden generar los partidos políticos frente al
poder económico (Ferreira, 2004).
2.2. Financiamiento público
El financiamiento público es aquel que proviene
del Estado a través de transferencias de
dinero (financiamiento directo) o mediante
ventajas, subvenciones, aportes en especie,
prerrogativas o incentivos para las donaciones
privadas (De la Calle, 2004).
Luego de la segunda guerra mundial, los partidos fueron
reconocidos por varias constituciones como instituciones
indispensables para la democracia. Este reconocimiento trajo
consigo la idea de que el Estado debería financiarlos para
garantizar su funcionamiento (Ferreira, 2004).
13. 12
El Financiamiento de la política:
Conceptos y reglas básicas
2.3. Financiamiento mixto
Bajo un esquema de financiamiento mixto se
permite que los partidos políticos reciban aportes
tanto públicos como privados en proporciones
establecidas en la legislación.
Este es el sistema de financiamiento predominante en los países
latinoamericanos
2.4. Franja electoral
En el Perú se conoce como franja electoral al tiempo gratuito que disponen,
en medios de comunicación privados y públicos, las organizaciones
políticas que participan de un proceso electoral determinado. En nuestro
ordenamiento se implementa franja electoral para las elecciones generales
y las elecciones regionales.
La franja electoral puede ser distribuida según los siguientes
criterios:
Fuerza electoral: Se distribuye en proporción a los votos
obtenidos por cada organización política.
Igualitario: Las organizaciones políticas participantes
disponen de tiempos iguales.
Mixto: Se combinan ambos criterios.
14. 13
Las reglas del financiamiento en el Perú Las reglas del
financiamiento
en el Perú 3
3:
El financiamiento de partidos políticos en el Perú está regulado
en detalle por la Ley de Partidos Políticos y el Reglamento de
Supervisión de Fondos Partidarios. Existen otras normas que
definen asuntos específicos como el régimen tributario y la franja
electoral regional. La descripción de reglas que hacemos en este
capítulo condensa lo más importante de las normas existentes
sobre la materia. A continuación un cuadro resumen de ellas:
Norma Número Nombre Vigencia
Ley de Partidos
Políticos
Reglamento de
Financiamiento
y Supervisión de
Fondos Partidarios
Reglamento de
la Franja Electoral
Regional
General
General
Específica
28094
060 - 2005 - J/ONPE
RG-01-2006-JNE/ER
Ley
Resolución
Jefatural
Resolución
Las reglas sobre el régimen tributario de los partidos políticos
debe concordarse con el artículo 80º del Código Civil (Decreto
Legislativo Nº 295) y el artículo 19 b del T.U.O. de la Ley del
Impuesto a la Renta (Decreto Supremo N° 179-2004-EF).
15. 14
El Financiamiento de la política:
Conceptos y reglas básicas
3.1. Financiamiento privado
Los partidos políticos pueden recibir aportes de personas naturales y
jurídicas que no excedan un tope establecido en:
60 Unidades Impositivas Tributarias1
Los partidos PUEDEN financiar sus actividades a través de:
• Las cuotas y aportes de sus afiliados.
• Los productos de las actividades propias del partido.
• Los legados2 que reciban.
• Los rendimientos procedentes de su patrimonio.
• Los créditos que acuerden.
Los partidos NO PUEDEN financiar sus actividades a través de:
• Aportes provenientes de organismos públicos.
• Aportes provenientes de empresas del estado.
• Aportes provenientes de confesiones religiosas.
• Aportes provenientes de partidos políticos extranjeros.
• Aportes provenientes de agencias de gobiernos extranjeros, salvo
para capacitación, formación o investigación.
Están permitidos aportes provenientes de actividades
partidarias en las que no es posible determinar al
donante (sorteos, bingos, polladas, etc.) hasta por un
monto de 30 UIT anuales (100,500.000 nuevos soles).
1 La Unidad Impositiva Tributaria es fijada anualmente por la SUNAT. Para el año 2009
asciende al monto de 3 550 nuevos soles. Es decir, durante el ejercicio 2009 los partidos
políticos podrán recibir donaciones individuales hasta por un monto de 201 000 nuevos
soles.
2 Legado es una institución del derecho de sucesiones, a través de ella, el causante (la
persona que muere) puede “dejar” (legar) sus bienes de libre disposición (aquellos que
no pertenecen a sus herederos forzosos) a personas naturales y jurídicas. El partido como
persona jurídica sólo puede adquirir por sucesión, legados.
16. 15
3:
Las reglas del financiamiento en el Perú
Importante:
Algunos especialistas señalan que el establecimiento
de topes a los aportes privados crea, muchas veces,
condiciones para que las agrupaciones o individuos
busquen mecanismos para evadir esas barreras. Ello
es particularmente cierto cuando los topes son muy
bajos y se convierten, por tanto, en poco realistas.
3.2. Reglas sobre contratación de
publicidad electoral
Existen cuatro reglas fundamentales sobre contratación de espacios
publicitarios en medios privados:
Primera: Igualdad de condiciones
Las tarifas no pueden ser superiores a las tarifas promedio.
Los tarifarios deben ser enviados a la ONPE para que ésta
los haga públicos.
Segunda: Duración de campaña
Se puede contratar publicidad para fines electorales desde
los sesenta hasta los dos días previos al acto electoral.
Tercera: Tope
En elecciones generales, la publicidad contratada no puede
exceder los cinco minutos diarios, de radio o televisión, por
partido político.
Cuarta: Sujeto autorizado para contratar
Sólo está autorizado el tesorero.
3.3. El financiamiento público
3.3.1. Financiamiento público directo
El artículo 29° de la Ley de Partidos Políticos establece las condiciones en
las que el Estado transfiere dinero a dichas organizaciones. A continuación
cuatro respuestas claves sobre el financiamiento público directo en el
Perú:
17. 16
El Financiamiento de la política:
Conceptos y reglas básicas
¿Quiénes reciben financiamiento público directo?
Los partidos políticos. Se excluye de éste a los movimientos y a las
organizaciones políticas de alcance local.
¿Cómo se constituye el fondo que se reparte a los partidos?
De la siguiente forma:
Por cada voto se asigna 0.1% de la
Unidad Impositiva Tributaria
• 40% de manera igualitaria entre todos los partidos que alcanzaron
representación en el Congreso
• 60% según la cantidad de votos obtenidos en la elección al
Congreso
Estos fondos sólo podrán ser utilizados por los partidos en actividades
de:
• Formación
• Capacitación
• Investigación
• Gastos corrientes
¿Qué está excluido entonces?
Los gastos de campaña. Esta decisión de la ley es bastante singular pues
en muchos países se busca, a través del financiamiento público, evitar
que los partidos caigan en la tentación de recibir dinero oscuro y es,
precisamente, en época electoral, con los altos costos de las campañas,
cuando esa posibilidad está más presente.
¿Se entrega hoy financiamiento público directo en el Perú?
No, según lo señalado por la ley, la aplicación del artículo 29° que regula el
financiamiento público será progresiva y está condicionada a la situación
económica del país.
18. 17
3:
Las reglas del financiamiento en el Perú
¿Cuánto recibirían los partidos si se repartiera financiamiento
público directo?
Utilizando los resultados de la elección de congresistas de 2006, hemos
proyectado la siguiente distribución:
Partido
político
Elaboración: Transparencia
Fuente: ONPE
Votos
Válidos
Porcentaje
Válidos
Porción
igualitaria
Porción
fuerza
electoral
quinquenio
Total
3.3.2. Financiamiento público indirecto
La legislación peruana establece diversas formas de financiamiento
público directo. A continuación explicamos cada una de ellas:
3.3.2.1. Franja electoral
Franja electoral en elecciones generales
Regulada a través de la Ley de Partidos Políticos. La tabla siguiente resume
las principales características de esta franja:
Anualizado
2 274 797.00 24.78 1 862 053.71 4 845 317.61 6 707 371.32 1 341 474.26
2 213 623.00 24.12 1 862 053.71 4 715 016.99 6 577 070.70 1 315 414.14
1 648 717.00 17.96 1 862 053.71 3 511 767.21 5 373 820.92 1 074 764.18
1 408 069.00 15.34 1 862 053.71 2 999 186.97 4 861 240.68 972 248.14
760 261.00 8.28 1 862 053.71 1 619 355.93 3 481 409.64 696 281.93
441 462.00 4.81 1 862 053.71 940 314.06 2 802 367.77 560 473.55
432 209.00 4.71 1 862 053.71 920 605.17 2 782 658.88 556 531.78
9 179 138.00 100.00 13 034 375.96 19 551 563.94 32 585 939.90 6 517 187.98
Union Por
El Perú
Partido Aprista
Peruano
Unidad Nacional
Alianza Por
El Futuro
Frente De Centro
Peru Posible
Restauración
Nacional
Totales
19. 18
El Financiamiento de la política:
Conceptos y reglas básicas
Detalle Ley de partidos políticos
Partidos políticos y alianzas de partidos.
Espacio diario desde los 30 días hasta 2 días antes
del proceso de la siguiente forma:
a) 10 minutos diarios entre los treinta y quince
días anteriores al proceso.
b) 20 minutos diarios entre los catorce y seis días
anteriores al proceso.
c) 30 minutos diarios entre los cinco y dos días
previos al acto electoral.
El Estado paga la franja.
La mitad del tiempo total disponible se distribuye
equitativamente entre todos los partidos políticos
con candidatos inscritos en el proceso electoral.
La otra mitad se distribuye proporcionalmente a la
representación con la que cuente en el Congreso
de la República. Corresponde a la Gerencia de
Supervisión de Fondos Partidarios la determinación
del tiempo disponible para cada partido político.
Gerencia de Supervisión de Fondos Partidarios
adscrita a la ONPE.
Radio y televisión pública y privada.
Beneficiarios
Duración
Gratuita o paga
Forma de
asignación
Órgano
encargado de la
asignación
Medios
Elaboración: Transparencia
Franja electoral en elecciones regionales
Regulada a través de la Ley de Elecciones Regionales. La tabla siguiente
resume las principales características de esta franja:
20. 19
3:
Las reglas del financiamiento en el Perú
Detalle Ley de Elecciones Regionales y Reglamento
de la Franja Electoral Regional
Organizaciones políticas participantes (partidos y
movimientos regionales).
Se transmite desde los quince días hasta las 24
horas previas a la jornada electoral. La franja no
excederá los 10 minutos diarios transmitidos a
una misma hora.
El Estado paga la franja.
Los espacios será asignados rotativamente
mediante sorteo en cada región.
La franja se divide en partes iguales entre el total
de organizaciones políticas que participe del
proceso electoral.
Jurado Nacional de Elecciones.
Radio y televisión pública y privada.
Beneficiarios
Duración
Gratuita o paga
Forma de
asignación
Órgano
encargado de la
asignación
Medios
Elaboración: Transparencia
3.3.2.2. Exoneraciones tributarias
Los partidos políticos están exceptuados del pago de los impuestos
directos (básicamente el impuesto a la renta).
3.3.2.3. Espacios en radio y televisión en período no electoral
Los medios de comunicación estatales están obligados a otorgar cinco
minutos mensuales a cada partido político con representación en
el Congreso. Este espacio debe ser usado para difundir propuestas y
planteamientos.
21. 20
El Financiamiento de la política:
Conceptos y reglas básicas
Estos espacios son utilizables en periodos NO
ELECTORALES. Según las reglas, el periodo
electoral comprende desde el día siguiente a la
publicación de la convocatoria de elecciones hasta
15 días después de la proclamación de resultados
electorales.
3.4. La Tesorería
La Tesorería es el órgano encargado de ejecutar las operaciones
económicas financieras del partido político. Las principales funciones de
la tesorería son:
• La recepción y el gasto de los fondos partidarios.
• El acceso a las cuentas bancarias.
• La contratación de la publicidad con fines electorales.
Importante:
La tesorería es el único órgano autorizado para
recibir y disponer de los fondos partidarios.
3.5. Control externo
La Ley de Partidos Políticos creó al interior de la ONPE una gerencia
especializada en la “verificación y control externos de la actividad
económico-financiera de los partidos políticos” (artículo 34).
La Gerencia de Supervisión de Fondos Partidarios es
la única instancia estatal que puede supervisar los
recursos económicos de las organizaciones políticas.
Sus informes dan lugar a que el Jefe de la ONPE
sancione a los partidos por el incumplimiento de las
obligaciones establecidas en la LPP.
22. 21
3:
Las reglas del financiamiento en el Perú
3.6. Los informes
Los partidos políticos están obligados a informar a la ONPE sobre la
administración de sus recursos económicos. Para esos efectos se ha
establecido dos tipos generales de informes:
3.6.1. Informe financiero anual
Dicho informe se realiza hasta seis meses después de cerrado cada
ejercicio, es decir, el último día útil del mes de junio. Este reporte anual
debe contener:
i. Un balance general con el detalle de la composición de cada una de
sus cuentas.
ii. Un estado de ingresos y egresos, diferenciando las fuentes de
financiamiento públicas y privadas.
iii. Notas a los estados financieros.
La GSFP ha reglamentado dicha obligación estableciendo formatos
uniformes que deben ser llenados por los partidos y entregados en
versión electrónica.
Actualmente el 100% de los ingresos que deben
reportar los partidos políticos proviene de
fuente privada.
3.6.2. Informes en campañas electorales
Los partidos políticos están obligados a presentar bimestralmente
informes de las aportaciones recibidas durante la campaña electoral a
partir de la convocatoria al respectivo proceso electoral. La información
que presenten a la ONPE debe detallar:
Los aportes en efectivo: Entregas en dinero al partido, incluidas las
cuotas o cotizaciones de los afiliados
Aportes en especie: Entregas no dinerarias que pueden consistir en
servicios, bienes, etc.
23. 22
El Financiamiento de la política:
Conceptos y reglas básicas
Donaciones o aportes a candidatos: Aportes en dinero o especie
entregados a un candidato.
Importante:
Sólo es posible que un candidato reciba fondos para su
campaña si se pone en conocimiento del Tesorero del
partido dentro de los siete días posteriores al recibo de
dichos fondos. A pesar de ello, un porcentaje importante
de los fondos omitidos por los partidos políticos en sus
informes corresponden a las donaciones recibidas por
candidatos individuales.
3.7. Divulgación de los informes
La Ley de Partidos Políticos no contiene reglas específicas sobre la
divulgación de los informes. La única disposición sobre “publicidad de la
contabilidad” está referida a la obligación de los partidos de llevar libros
contables y conservarlos durante un periodo de 10 años.
Sin embargo, debemos comprender que las normas no existen de forma
aislada, sino que forman parte de un ordenamiento. Por eso, en casos en
los que una regla parezca incompleta, otras reglas pueden completarla o
hasta darle sentido.
Sobre este tema, la Ley de Partidos Políticos es complementada por el
Reglamento de Supervisión de Fondos Partidarios que, a su vez, debe
concordarse con reglas más generales como la Ley Nº 27806 “ Ley de
Transparencia y Acceso a la Información” y la Ley Nº 27444 “Ley del
Procedimiento Administrativo General”.
Gracias a este proceso de integración normativa, la Gerencia de Supervisión
de Financiamiento Partidarios tiene la atribución de:
• Poner a disposición de los ciudadanos los informes aprobados
a través de su Web y en los formatos más adecuados para su
acceso.
• Hacer públicos los incumplimientos de las normas legales y
reglamentarias mediante la Web o medios convenientes.
24. 23
3:
Las reglas del financiamiento en el Perú
• Recibir, investigar y verificar denuncias presentadas por ciudadanos
y entidades interesadas.
Pero, además de estas atribuciones del organismo electoral, el ciudadano
tiene el derecho general de:
• Solicitar y recibir información de cualquier entidad de la Administración
Pública. En ningún caso se exige expresión de causa para el ejercicio
de este derecho.
3.8. Las sanciones
Nuestro ordenamiento sólo ha definido tres tipos de sanciones:
Por incumplimiento de presentación de la información financiera
anual = Pérdida del financiamiento público directo.
Por recepción de financiamiento prohibido = Multa no menor de diez
ni mayor de cincuenta veces el monto de la contribución recibida,
omitida o adulterada.
Por recepción de financiamiento por encima del tope permitido =
Multa no menor de diez ni mayor de treinta veces el monto de la
contribución recibida.
Importante:
El financiamiento público directo debería distribuirse
desde enero de 2007 pero no se han realizado las
previsiones presupuestarias necesarias para ello.
25. 24
El Financiamiento de la política:
Conceptos y reglas básicas
El Reglamento de Supervisión de Fondos Partidarios ha definido como
otros incumplimientos las siguientes conductas:
1. No presentar la relación de las aportaciones del financiamiento
privado recibidas.
2. Hacer uso indebido de los ingresos percibidos del financiamiento
público directo.
3. Recibir fondos o efectuar desembolsos por persona distinta al
tesorero del partido o a quien éste haya delegado expresamente tal
acción.
4. No implementar un sistema de control interno para garantizar la
adecuada utilización y contabilización de sus actos y documentos
con contenido económico.
5. No llevar los libros de contabilidad y los registros.
6. No conservar los libros y documentos contables durante el plazo de
Importante:
Tanto en el caso de los “otros incumplimientos”
como en el de las “inobservancias al Reglamento
de Supervisión de Fondos Partidarios”, el único
medio que tiene la ONPE para disuadir su
realización es la publicación de las deficiencias
en su Web.
10 años.
7. Contratar publicidad con fines electorales fuera del plazo señalado
o sobre el límite establecido.
26. 25
3:
4 Casos prácticos
Las reglas del financiamiento en el Perú
El objetivo de esta sección es que los lectores, a través de la
utilización de los conceptos presentados, resuelvan conflictos
reales y verifiquen la utilidad concreta de las reglas aprendidas.
También se busca que los lectores descubran las bondades y
limitaciones de la actual legislación y propongan soluciones desde
una aproximación casuística.
Caso 1
El señor Renzo Rodríguez del partido “Siempre para
adelante” es candidato al Congreso por Ucayali. Con la
finalidad de presentar sus propuestas parlamentarias ha
decidido contratar un espacio en el periódico “Tiempo
de la Selva”. Para ello, piensa destinar 1000 soles de
su patrimonio. Asimismo, ya ha conversado con las
autoridades municipales para que le presten la plaza de
armas para el lanzamiento de la lista parlamentaria. Para
solventar los gastos en estrados, orquesta, globos, pitos,
etc. a constituido junto a sus compañeros de lista un
fondo de 10 000 soles.
1. ¿Si usted fuese Tesorero del partido “Siempre Perú”
cuáles serían sus observaciones a la forma en que
se está manejando el financiamiento de la campaña
en Ucayali?
2. ¿Qué soluciones aplicaría para facilitar el
financiamiento de las campañas congresales?
3. ¿Qué sanción le podría aplicar la ONPE si los montos
colectados para la campaña no son declarados?
27. 26
El Financiamiento de la política:
Conceptos y reglas básicas
Caso 2
El partido “Tu palabra me da vida” cuenta entre sus líderes a
importantes representantes de la Iglesia “Apocalipsis Now” y sus
propuestas se encuentran muy vinculadas a los postulados de
dicha organización religiosa. Luego de un gran esfuerzo, el partido
ha logrado inscribir su fórmula de candidatos a la Presidencia de
la República. En la última sesión del Comité Ejecutivo Central se
ha acordado recibir 120 000 soles de donación por parte de la
iglesia “Apocalipsis Now” para financiar la difusión de propuestas
durante la campaña.
1. ¿Qué irregularidades observa en el presente caso?
2. Si usted fuese el tesorero de “Tu palabra me da vida” y
supiera que el futuro de la campaña depende de ese dinero
¿Tendría alguna forma de trasladar esos fondos sin que la
ONPE pueda rastrear la fuente?
3. ¿Si fuese supervisor de la ONPE, con qué atribuciones cuenta
para evitar que se infrinja la ley?
Caso 3
El canal 23 es un medio privado de comunicación, su Gerente
General, Benedicto Odón, es amigo de la infancia del candidato a la
Presidencia del partido “Te quiero mi tierra” y se ha comprometido
a venderle espacios publicitarios a un precio inferior al de
mercado.
1. Usted es Tesorero del partido “Nuevo Sol” y se entera de
esta ventaja ¿Puede acudir a la ONPE a pedir condiciones
similares de contratación?
2. ¿Sería posible que el canal alegue que el descuento es parte
de una donación al partido?
28. 4:
Casos prácticos
27
Caso 4
Gabriel Solier envía un oficio a la Oficina Nacional de Procesos
Electorales solicitando que le informen sobre el detalle de los
ingresos y egresos de la campaña presidencial del partido “Aguanta
País”. El funcionario de la ONPE le responde indicando que no
es posible atender su solicitud ya que no es un procedimiento
regulado por la Ley de Partidos Políticos y tampoco ha sido
contemplado en el TUPA.
1. ¿Qué puede hacer Gabriel para poder acceder a dicha
información?
29. 28
El Financiamiento de la política:
Conceptos y reglas básicas
BIBLIOGRAFÍA
ABAL MEDINA, Juan
2004 La muerte y resurrección de la representación política. Primera
edición. Buenos Aires: Fondo de Cultura Económica.
DE LA CALLE, Humberto
2004 “Financiamiento Político: público, privado, mixto”. En GRINER,
Steven y Daniel, ZOVATTO (editores). De las normas a las buenas
prácticas. San José: Organización de Estados Americanos e International
IDEA p. 23.
FERREIRA, Delia
2004 “Financiamiento Político: público, privado, mixto”. En GRINER,
Steven y Daniel, ZOVATTO (editores). De las normas a las buenas
prácticas. San José: Organización de Estados Americanos e International
IDEA p. 77.
MANIN, Bernard
2006 Los principios del gobierno representativo. Primera edición.
Madrid: Alianza Editorial.
OFICINA NACIONAL DE PROCESOS ELECTORALES
2008 Compendio electoral peruano 2008. Lima: Oficina Nacional de
Procesos Electorales.
SARTORI, Giovanni
1987 Partidos y sistemas de partidos: marco para un análisis. Madrid:
Alianza Editorial
MEDINA, Percy
2008 Rendición de cuentas, control y divulgación: El dinero en las
elecciones generales de 2006. En TRANSPARENCIA. Cinco años de
la Ley de Partidos Políticos ¿Qué cambio y qué falta cambiar?. Lima:
TRANSPARENCIA. pp. 35 – 50.
ZOVATTO, Daniel
1998 “La financiación política en Iberoamérica. Una visión preliminar
comparada”. En CASTILLO, Pilar y Daniel, Zovatto (editores). La
financiación de la política en Iberoamerica. San José: Instituto
Interamericano de Derechos Humanos. p. XLI.
30.
31. Se termi nó de imprimir en los talleres gráficos de:
Tarea Asociación Gráfica Educativa
Pasaje María Auxiliadora 156 - Breña
Correo e.: tareagrafica@terra.com.pe
Teléf. 332-3229 Fax: 424-1582
Agosto 2009 Li ma - Perú