2. EL TEXTO
En efecto, como hombre, cada individuo puede tener una voluntad particular
contraria o diferente de la voluntad general que tiene como ciudadano. Su
interés particular puede ser muy opuesto al interés común; su existencia
aislada y naturalmente independiente puede hacerle mirar lo que debe a
la causa pública como una contribución gratuita, cuya pérdida sería menos
perjudicial a los demás de lo que a él le cuesta su prestación. Y
considerando la persona moral que constituye el Estado como un ente de
razón, por cuanto el Estado no es un ser humano, el individuo disfrutaría
así de los derechos de ciudadano sin cumplir con los deberes de súbdito;
una injusticia, que si progresase, causaría la ruina del cuerpo político.
A fin pues de que el pacto social no sea un fórmula inútil, encierra
tácitamente la obligación — obligación que por sí sola puede dar fuerza a
los demás compromisos — de que al que rehúse obedecer a la voluntad
general, se le obligará a ello por todo el cuerpo. Lo cual no significa sino
que se le obligará a ser libre; pues ésta y no otra es la condición por la
cual, entregándose cada ciudadano a su patria, se libra de toda
dependencia personal; condición que produce el artificio y el juego del
mecanismo político, y que es la única que legitima las obligaciones civiles;
las cuales sin esto, serían absurdas, tiránicas y sujetas a los más enormes
abusos.
• ROUSSEAU, J.J., El contrato social
3. INTRODUCCIÓN
Este texto es de J.J. Rousseau, filósofo ginebrino
que vivió en el siglo XVIII, ´perteneciente a la
filosofía moderna. Se le suele considerar como
uno de los máximos representantes del
pensamiento ilustrado; su teoría política (que
expuso en esta obra, El contrato social) tuvo
una gran importancia.
4. IDENTIFICACIÓN DE LAS IDEAS
En este texto, Rousseau expone dos ideas
fundamentalmente dos ideas. La primera es que cada
ciudadano tiene una voluntad empírica, que es distinta
de la voluntad general: “cada individuo puede tener
una voluntad particular contraria o diferente de la
voluntad general que tiene como ciudadano”. Si cada
uno sigue esa voluntad, el estado no puede funcionar.
La segunda idea es que el estado debe obligar a cada
ciudadano a cumplir con la voluntad general, y eso
consiste en hacer que cada uno se obedezca a sí
mismo, es decir, “obligarle a ser libre”.
5. NOTA EXPLICATIVA
Lo que dice Rousseau en el primer párrafo, se
puede ilustrar con el siguiente ejemplo: en un
estado cualquiera, a todo ciudadano le
interesa que todos los demás paguen
impuestos, y él no pagarlos. Así disfrutaría de
todos los derechos como súbdito (escuelas,
policía, hospitales…), y ninguna de las
obligaciones (no pago). Esto, si se generaliza,
causa la ruina del cuerpo político.
6. EXPLICAR LA ESTRUCTURA
ARGUMENTATIVA
Rousseau entiende que la voluntad general es una
voluntad ilustrada, iluminada por la razón, que
busca el bien, el bien común, y que es la que
constituye el pacto y queda reflejada en las leyes.
Pero el individuo conserva una voluntad empírica
que tiene que ver con el cuidado de sí. Esta es la
razón por la que el estado tiene que obligarlo, en
ocasiones. Pero esa obligación es libertad, porque
la ley es expresión de la voluntad general, de su
voluntad. De esta manera, un hombre es
plenamente libre en el estado de derecho.