El documento describe los grupos vulnerables en Ecuador a los que la constitución les otorga atención prioritaria, como personas con discapacidades, que han sufrido violencia o desastres naturales. Explica que el estado debe garantizar la salud, vivienda y educación de estas personas, así como asegurar que aquellos afectados por desastres reciban atención inmediata. También destaca la obligación de adaptar espacios públicos y privados para personas con discapacidad y de atender primero a víctimas de abuso.