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2015-2016
CRA LA
MANCHUELA
[NORMAS DE
CONVIVENCIA,
ORGANIZACIÓN Y
FUNCIONAMIENTO]
NORMAS DE CONVIVENCIA, ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO 2015-2016
2
CONTENIDO
1. INTRODUCCIÓN..........................................................................................................................................................5
1.1 Justificación ..............................................................................................................................................................5
Referentes Legales. ....................................................................................................................................................6
2. PROPUESTA DE NORMAS DE CONVIVENCIA, ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO............................................11
2.1 Principios Recogidos En El Proyecto Educativo De Centro...................................................................................11
2.2 Procedimientos Para su Elaboración, Aplicación y Revisión ...............................................................................13
2.3 Normas de Convivencia..........................................................................................................................................16
2.3.1 Normas Generales Del Centro ........................................................................................................................16
2.3.2 Medidas Preventivas.......................................................................................................................................18
2.3.3 Medidas Correctoras.......................................................................................................................................20
2.3.4 Conductas Contrarias a las Normas de Convivencia, Organización y Funcionamiento del Centro y Aula: ..22
2.3.5 Conductas Gravemente Perjudiciales para la Convivencia en el Centro.......................................................23
2.3.6 Procedimientos para Aplicar las Medidas Correctoras..................................................................................24
2.3.7 Autoridad del Profesorado .............................................................................................................................28
2.3.8 Actuación Del Centro Educativo Cuando Un Menor No Acata Las Normas De Convivencia. .......................33
2.4 Normas de Aula.....................................................................................................................................................34
2.5 Derechos y Obligaciones de los Miembros de la Comunidad Educativa.............................................................39
2.6 Procedimientos y Responsables en la Mediación................................................................................................44
2.7 Régimen de Funcionamiento de los Órganos de Coordinación Docente y Otros Responsables........................47
2.7.1 La Tutoría.........................................................................................................................................................47
2.7.2 El Equipo Docente ...........................................................................................................................................49
2.7.3 El Equipo de Orientación y Apoyo ..................................................................................................................50
2.7.4 Los Equipos de Nivel........................................................................................................................................52
2.7.5 La Comisión de Coordinación Pedagógica ......................................................................................................54
2.8 Otros Responsables/Servicios ..............................................................................................................................57
2.8.1 El Equipo de Actividades Complementarias y Extraescolares ......................................................................57
2.8.2 Transporte Escolar...........................................................................................................................................59
2.8.3 Encargado de Biblioteca del Centro................................................................................................................62
2.8.4 Comisión Gestora y Encargado del Programa de Reutilización de Libros .....................................................63
2.8.5 Encargado de Material Fungible .....................................................................................................................64
2.8.6 Encargado de Espacios Comunes....................................................................................................................64
2.8.7 Coordinador de Prevención en Riesgos Laborales .........................................................................................64
2.8.8 Coordinador de Formación en el Centro ........................................................................................................66
2.9 Criterios Asignados por el Claustro Para:.............................................................................................................67
2.9.1 Definición de Grupos.......................................................................................................................................67
NORMAS DE CONVIVENCIA, ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO 2015-2016
3
2.9.2 Asignación de Tutorías y Cursos .....................................................................................................................68
2.9.3 Asignación de Coordinadores de Nivel...........................................................................................................69
2.9.4 Asignación de Desdobles...............................................................................................................................70
2.10Criterios de Organización y Funcionamiento General del Centro .......................................................................73
2.10.1 Calendario .....................................................................................................................................................73
2.10.2 Horarios.........................................................................................................................................................73
2.10.3 Ausencia del Profesorado ............................................................................................................................81
2.10.4 Entradas y Salidas del Centro........................................................................................................................83
2.10.5 Recreos ..........................................................................................................................................................84
2.10. 6 Salidas del Centro por Actividades Complementarias /Extraescolares......................................................85
2.11 Uso de las Instalaciones y Recursos del Centro...................................................................................................88
2.11.1 Uso de Espacios de Uso Común en los Centros............................................................................................89
2.12. Procedimiento de Comunicación a las Familias de las Faltas de Asistencia y las Correspondientes
Autorizaciones y Justificaciones ..................................................................................................................................90
2.13. Atención a las Familias. Derecho a una Evaluación Objetiva ............................................................................91
2.14. Actuación Ante Un Problema Médico Del Alumno-a.........................................................................................94
2.14.1 Introducción ..................................................................................................................................................94
2.14.2 Procedimiento de Intervención ....................................................................................................................95
2.14.3 Procedimiento y actuaciones del Equipo directivo......................................................................................96
3. ANEXOS. ...................................................................................................................................................................99
3.1 Carta de Convivencia............................................................................................................................................100
3.2 CUADROS NORMAS DE CONVIVENCIA ................................................................................................................102
3.3 Normas de Aula....................................................................................................................................................111
3.4 Protocolo de Absentismo.....................................................................................................................................119
3.4.1 Consideraciones Previas ...............................................................................................................................119
3.4.2. Itinerario de Intervención............................................................................................................................125
3.4.3. Actuación Del Centro Cuando El Menor No Es Recogido Al Finalizar El Horario Escolar. ..........................131
3.5 Plan de Acogida....................................................................................................................................................134
3.5.1 El Sistema Educativo Español........................................................................................................................134
3.5.2 Organización del Centro................................................................................................................................135
3.5.3. Horario General del Centro..........................................................................................................................136
3.5.4. Horario del Transporte Escolar para las Localidades que tengan este servicio. ........................................136
3.5.5 Horario del Curso (asignaturas, nombre del profesorado incluido el de apoyo si se necesita) .................138
3.5.6 Funciones del Tutor/ a ..................................................................................................................................139
3.5.7 Evaluación / Información a las Familias .......................................................................................................140
3.5.8 Normas de Funcionamiento y Convivencia del Centro ................................................................................141
NORMAS DE CONVIVENCIA, ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO 2015-2016
4
3.5.9 Periodo de Adaptación.................................................................................................................................144
3.5.10 Documento de Recomendaciones para el Profesorado.............................................................................150
3.6. Protocolo Cambio Custodia Padres / Tutores. ...................................................................................................154
3.7 Protocolo Maltrato...............................................................................................................................................160
3.7.1 Definición, Tipos de Maltrato E Indicadores. ...............................................................................................160
3.7.2 Protocolo de Actuación.................................................................................................................................161
3.8. Plan de Participación de las Familias..................................................................................................................170
NORMAS DE CONVIVENCIA, ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO 2015-2016
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1.INTRODUCCIÓN
1.1 JUSTIFICACIÓN
La construcción de un sistema de convivencia en la escuela debe permitir que se
alcance el propósito buscado: instaurar el sistema de convivencia escolar que posibilite
acompañar el crecimiento de los niños promoviendo su desarrollo como sujetos de
derecho y responsabilidad, es decir ciudadanos.
La convivencia escolar debe plantearse como una construcción habitual y
permanente, reconociendo que es una tarea compleja, pero necesaria y posible y se
constituye en una rica y valiosa experiencia educativa, dado que el aula y la escuela
son los primeros espacios públicos de participación de las jóvenes generaciones.
Es fundamental que el tiempo que nuestros alumnos pasan en la escuela, sea
considerado por ellos, como un tiempo y un espacio valorizado, un tiempo de
crecimiento, de creatividad.
Para ello la escuela debe generar, facilitar y promover tiempos y espacios
para que pueda circular la palabra y no los silencios, el diálogo y la discusión y no la
sumisión y acatamiento, el análisis y la reflexión sobre las acciones impulsivas y las
actuaciones violentas.
La escuela que intenta responder a su cometido de ser formadora de ciudadanas
y ciudadanos, debe transmitir valores democráticos como: la promoción de la
solidaridad, la paz, la justicia, la responsabilidad individual y social, el respeto al otro, el
cumplimiento de la norma, etc.
Enseñar a convivir es tarea de toda la Comunidad Educativa. Para conseguirlo es
fundamental el trabajo conjunto y coordinado de escuela, familia y entorno.
Para que el aprendizaje sea posible, los intercambios alumnos/docentes/padres,
que comparten la actividad en la escuela y que conforman esa red de vínculos
interpersonales que denominamos CONVIVENCIA deben construirse cotidianamente,
mantenerse y renovarse cada día.
NORMAS DE CONVIVENCIA, ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO 2015-2016
6
REFERENTES LEGALES.
CONSTITUCIÓN ESPAÑOLA 1978
 CONSTITUCIÓN ESPAÑOLA 1978, artículo 27.
LEYES ORGÁNICAS Y LEYES GENERALES
 LEY Reguladora del Derecho a la Educación (LODE)
 LEY de Educación (LOE)
 LEY de Participación Social en la Educación de CLM.
 LEY de Educación de Castilla-La Mancha.
 LEY de Mejora de la Calidad Educativa (LOMCE)
TRASPASO COMPETENCIAS Y ESTRUCTURA CONSEJERÍA EDUCACIÓN
 Estatuto de Autonomía de Castilla-La Mancha.
 RD Traspaso Competencias Educación CLM.
 DE por el que se establece la estructura orgánica, organización de
funciones y competencias de la Consejería de Educación, Cultura y
Deportes, modificado por:
 2011.09.08_269 DECRETO.
 DE por el que se regula la estructura orgánica y las competencias de las
Delegaciones Provinciales, y de los Servicios Periféricos de las Consejerías.
RÉGIMEN ESTATUTARIO de los FUNCIONARIOS. PROFESORADO.
 RD Régimen Disciplinario Funcionarios.
 LEY Régimen Jurídico Administraciones Públicas.
 LEY Estatuto Básico del Empleado Público.
 OR Homologación y Certificación Formación Profesorado.
 OR Acreditación Nivel Competencia Idiomas Profesorado.
 LEY Empleo Público CLM.
 DE Horario Lectivo Docentes CLM.
 DE Modificación 2011.09.15_277.
 DE Modificación 2011.09.15_277.
 RD Especialidades Docentes del Cuerpo de Maestros en Infantil y Primaria.
 DE Centro Regional de Formación del Profesorado CLM y Estructura del
Modelo de Formación Permanente del Profesorado.
NORMAS DE CONVIVENCIA, ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO 2015-2016
7
 RE Instrucciones sobre el procedimiento de actuación ante situaciones que
requieran justificación de las ausencias al trabajo por enfermedad común o
accidente no laboral.
 OR Organización y funcionamiento de los diferentes órganos que forman el
modelo de formación del profesorado CLM.
 Protocolo Operativo Defensa Docentes.
 OR Funcionamiento la Unidad de Atención al Profesorado.
CONVIVENCIA, DERECHOS y DEBERES.
 RD Derechos y Deberes de los Alumnos y Normas de Convivencia en los
Centros.
 RE Protocolo de Actuación Maltrato entre Iguales.
 DE Convivencia Escolar en CLM.
 DE Protección Social y Jurídica de los Menores en CLM.
 LEY de Autoridad del Profesorado CLM
 DE Autoridad del Profesorado de CLM
 LEY Protección Social y Jurídica de la Infancia y la Adolescencia CLM.
ADMISIÓN y RATIOS.
 DE Admisión del alumnado.
 Modificado por 2012.12.27_163 DE.
 OR Desarrollo del Proceso de Admisión del Alumnado.
 Modificada por 2013.01.15 OR.
 OR Criterios y Procedimientos para la Prevención, Intervención y
Seguimiento sobre el Absentismo Escolar.
 DE Ratios del Alumnado por Aula a partir del curso escolar 2012/2013.
 RE Admisión de Alumnado 2014_15.
 RE Ratios del Alumnado por Aula para el curso 2015/2016.
EJERCICIO DE LA DIRECCIÓN y ELECCIÓN DE ÓRGANOS DE GOBIERNO.
 OM Elección Consejos Escolares.
 OR Procedimiento de Consolidación Parcial del Componente Singular del
Complemento Específico de los Directores.
 DE Ejercicio de la Función Directiva.
 DE Modificación 2012.06.28_91 DE Función Directiva.
NORMAS DE CONVIVENCIA, ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO 2015-2016
8
 RE Programa de Formación Inicial Directores.
 RE Concurso Méritos Dirección Centros 2014.
 RE Fecha Elecciones Consejo Escolar 2014.
 IN Elecciones Consejo Escolar 2014.
 RD Curso Formación Función Directiva.
EVALUACIÓN y TITULACIÓN.
 OR Evaluación de Centros Docentes en CLM.
 RE Evaluación Función Docente.
REGLAMENTOS, FUNCIONAMIENTO y ORGANIZACIÓN DEL CENTRO.
 OM Organización y Funcionamiento de los colegios de educación infantil y
primaria, modificada por:
 OM (Algunos aspectos no contemplados en normativa posterior)
 RD Reglamento Orgánico de las Escuelas de Educación Infantil y de los
Colegios de Educación Primaria (Algunos aspectos no contemplados en
normativa posterior).
 OM Ampliación 1996.01.26_82 RD
 DOC Proyecto Educativo de Castilla la Mancha
 OR Coordinación de Prevención de Riesgos Laborales.
 RD Requisitos Mínimos de los centros de Infantil, Primaria y Secundaria.
 OR Organización y Funcionamiento de los colegios de educación infantil y
primaria.
 DE Atención especializada y orientación educativa y profesional del
alumnado CLM.
 OR Orientación Educativa CLM.
GESTIÓN ECONÓMICA.
 DE Régimen Jurídico Autonomía Gestión Económica Centros.
 DL Texto Refundido Ley de Hacienda CLM.
 OR Desarrollo Decreto 77_2002 Gestión Económica Centros.
EDUCACIÓN INFANTIL
A. ORDENACIÓN ACADÉMICA. CURRÍCULO
 RD Enseñanzas Mínimas del segundo ciclo de Educación Infantil.
 DE Currículo de Educación Infantil CLM.
NORMAS DE CONVIVENCIA, ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO 2015-2016
9
 OM Currículos de Religión Católica.
 DE Contenidos educativos del primer ciclo de la Educación Infantil y se
establecen los requisitos básicos que deben cumplir los centros que lo
impartan en CLM.
B. EVALUACIÓN
 OR Evaluación del alumnado del segundo ciclo de Educación infantil CLM.
EDUCACIÓN PRIMARIA
A. ORDENACIÓN ACADÉMICA
 RD Enseñanzas mínimas Educación Primaria.
 OM Currículos de Religión Católica.
 RD Currículo Básico de Educación Primaria.
 DE Currículo de la Educación Primaria en CLM.
 OM Currículo, Evaluación y Organización Educación Primaria.
B. EVALUACIÓN
 OR Organización y Evaluación Educación Primaria CLM.
SERVICIOS COMPLEMENTARIOS.
 DE Organización y Funcionamiento Servicio Transporte Escolar.
PLANES.
 DE Plurilingüismo CLM.
 OR Programa Inmersión Lingüística 5º y 6º Primaria 2014.
 OR Selección Proyectos Excelencia 2013_14.
 OR Programa de Reutilización de Libros 4º y 6º 2014_15.
 OR Programas Lingüísticos.
ASOCIACIONES DE MADRES Y PADRES.
 DE de Asociaciones de Madres y Padres de Alumnos.
COOPERACIÓN INTER-INSTITUCIONAL.
 RE Cooperación entre los centros docentes y los centros de salud de CLM, y
se establecen los procedimientos de vinculación entre ambos centros.
NORMAS DE CONVIVENCIA, ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO 2015-2016
10
PROTOCOLO UNIFICADO DE INTERNVENCIÓN CON NIÑOS Y ADOLESCENTES DE
CASTILLAS LA MANCHA.
NORMAS DE CONVIVENCIA, ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO 2015-2016
11
2.PROPUESTA DE NORMAS DE CONVIVENCIA,
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO.
2.1 PRINCIPIOS RECOGIDOS EN EL PROYECTO EDUCATIVO DE
CENTRO.
Los principios y valores que guían el plan de convivencia y sirven de referente para
el desarrollo de la autonomía pedagógica, organizativa y de gestión de nuestro CRA son:
La calidad de la educación para todo el alumnado, independientemente de sus
condiciones y circunstancias.
La equidad, que garantice la igualdad de oportunidades, la inclusión educativa
y la no discriminación, y actúe como elemento compensador de las
desigualdades personales, culturales, económicas y sociales.
El respeto por los derechos y deberes de todas y todos los componentes de la
comunidad educativa y la garantía de su protección y defensa.
- Divulgar los derechos y deberes.
- Velar por el cumplimiento de las normas que regulan estos derechos y
deberes.
La transmisión y puesta en práctica de valores que favorezcan la libertad
personal, la responsabilidad, la ciudadanía democrática, la solidaridad, la
tolerancia, la igualdad, el respeto y la justicia.
- Promover la coordinación con otras instituciones del entorno para evitar
emitir mensajes contradictorios.
El desarrollo de los procesos de enseñanza y aprendizaje en un clima de respeto
mutuo.
- Introducir, en las distintas programaciones didácticas de todas las áreas,
contenidos que fomenten actitudes de respeto y tolerancia.
- Impregnar a todas las actividades que se realizan dentro y fuera del
centro de este clima de respeto mutuo.
La participación de la comunidad educativa en la organización, gobierno y
funcionamiento de nuestro centro.
- Valorar y promover la participación de la comunidad educativa en la
elaboración, control del cumplimiento y evaluación de:
NORMAS DE CONVIVENCIA, ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO 2015-2016
12
 las normas de convivencia del centro y aula,
 los documentos programáticos del centro,
 en los órganos de participación del centro
 en las actividades extracurriculares.
- Concebir la educación como una tarea compartida y de
responsabilidad mutua por alumnado, familias, profesorado y demás
instituciones.
- Favorecer los hábitos de desarrollo de la autonomía del centro en
todos los ámbitos y con la participación de toda la comunidad
educativa.
La concepción de la educación como un aprendizaje permanente y global,
atendiendo a la diversidad de aptitudes, intereses, expectativas y necesidades
de los miembros de la comunidad educativa.
- Valorar y promover la formación del profesorado a través de grupos de
trabajo, seminarios, cursos, etc.
- Valorar y promover la formación de las familias a través de escuelas de
madres y padres, cursos, etc.
- Favorecer una formación básica para todo el alumnado, teniendo en
cuenta la diversidad de intereses y aptitudes.
- Fomentar en el alumnado la cultura de la formación permanente.
La educación para la prevención de conflictos y para la resolución pacífica, justa
y democrática de los mismos, así como la no violencia en todos los ámbitos de la
vida personal, familiar y social.
- Fomentar en la vida diaria de los miembros de la comunidad
educativa medidas preventivas que favorezcan estos valores.
- Introducir en las normas de centro y aula medidas de resolución de
conflictos: mediación, ayuda entre iguales, asambleas, etc.
Fomentar el aprendizaje significativo en el alumnado, pensamos que la
experimentación y la vivencia personal crea redes de conocimientos duraderos
que facilitan la generalización a nuevos aprendizajes y a todos los aspectos que
impregnan el currículo.
Individualizar lo máximo posible el proceso de enseñanza/aprendizaje, para ello
creemos que es imprescindible que los tutores/as permanezcan el mayor tiempo
posible con su grupo-clase.
NORMAS DE CONVIVENCIA, ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO 2015-2016
13
Estar abiertos a nuevos métodos, recursos, instrumentos que hagan más eficaz la
consecución de objetivos; actualizándonos en materiales y contenidos, que
recojan las nuevas técnicas sobre rendimiento escolar, motivación, desarrollo
personal, etc.
2.2 PROCEDIMIENTOS PARA SU ELABORACIÓN, APLICACIÓN Y
REVISIÓN
La responsabilidad institucional en la elaboración de estas normas se sitúa en el
Equipo Directivo. Pero en un modelo de convivencia democrática, de participación, de
inclusión, este cometido precisa ser fruto del consenso; por tanto seguidamente esta
propuesta se comparte con el resto de la comunidad educativa (docentes y familias) y
con el alumnado.
Por ello para una mejora real del funcionamiento del centro será fundamental la
participación de toda la comunidad educativa, trabajándolo en primer lugar a través de
ciclos donde se analice y estudie la problemática y particularidades de cada ciclo y
etapa educativa .Para ello se deben:
 Analizar las causas de las conductas problemáticas.
 Analizar las medidas que se aplican, su eficacia y la necesidad de cambio
 Establecer procesos de negociación y consenso de normas, así como consecuencias
ante el incumplimiento de las mismas, y responsables.
 Establecer un clima positivo donde las medidas tengan un carácter rehabilitador y
principalmente social.
A través de este análisis podemos establecer cuáles serán las líneas de actuación
esenciales, compartidas por toda la comunidad, que van a gestionar convivencia en el
centro.
La elaboración de las normas de centro y de aula se guiará por criterios comunes:
Que potencien la prevención antes que las sanciones.
Que reflejen consecuencias positivas y negativas.
Que sean consensuadas y democráticas.
Que sean compartidas y conocidas por toda la comunidad educativa.
NORMAS DE CONVIVENCIA, ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO 2015-2016
14
Según el artículo 129 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, es
competencia del Claustro de profesores aprobar y evaluar la concreción del
currículo y todos los aspectos educativos de los proyectos y de la
Programación general anual.
La aprobación definitiva del Proyecto educativo (NCOOF) corresponde
al responsable de la Dirección del centro, según se dispone entre sus
competencias en el artículo 132 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo,
modificado por la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre.
Al Consejo escolar le corresponde evaluar el Proyecto educativo
(NCOOF) y la Programación general anual, sin perjuicio de las competencias
del Claustro de profesores en relación con la planificación y organización
docente, tal como establece el artículo 127 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3
de mayo, modificado por la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre.
Que exista coherencia entre las normas de aula y las normas de centro.
Que puedan modificarse, consensuadamente, en función de nuevas
necesidades.
Que tengan una redacción clara y sencilla.
Que sean visibles, tanto en el aula como en el centro.
Un primer borrador será remitido a las AMPAS, AYUNTAMIENTOS y EQUIPOS DE NIVEL
para su revisión y aportaciones. Una vez realizado el documento será aprobado en
Claustro primero, y posteriormente por el Director-a del centro educativo.
Para llevar a cabo la aplicación de las Normas elaboradas, el director del centro las
hará públicas a toda la comunidad educativa, siendo a partir de ese momento de
obligado cumplimiento para todos.
A su vez dentro del Consejo Escolar existirá una Comisión de Convivencia
compuesta por el Director, que será su presidente, el Jefe de Estudios, el Secretario, un
representante del profesorado, y un representante de los padres.
Esta Comisión se reunirá, al menos, una vez al comienzo del curso y otra al final, y
durante éste siempre que surja alguna circunstancia que lo aconseje, a juicio del Jefe de
Estudios o de los profesores de un ciclo.
Serán sus funciones:
NORMAS DE CONVIVENCIA, ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO 2015-2016
15
Revisar anualmente las normas de convivencia por si fuera conveniente
modificarlas.
Mediar y resolver los problemas de convivencia planteados, haciendo una primera
valoración.
Canalizar las iniciativas de todos los sectores de la comunidad educativa para
mejorar la convivencia.
Asesorar a la dirección del Centro y al Consejo Escolar en el cumplimiento del
Decreto sobre la Convivencia escolar.
Proponer al Consejo Escolar un informe de final de Curso para incluir en la
memoria, referido a los resultados y aplicación de las normas de convivencia (Art.
8 del referido R.D.)
La validez de estas normas permanecerá hasta la elaboración y aprobación de
otras que las sustituyan, para ello:
La propuesta de modificación debe partir de un miembro de la comunidad
educativa de cualquiera de los tres Centros que componen el CRA.
Dicha propuesta será debatida por los diferentes estamentos de la Comunidad
Educativa, para posteriormente llevar la propuesta de aprobación al consejo
escolar. Una vez aprobada por Consejo Escolar esta entrará en vigor.
En el siguiente diagrama se resume el proceso de elaboración:
NORMAS DE ORGANIZACIÓN Y
FUNCIONAMIENTO
INICIA y PROMUEVE:
Equipo Directivo
TRABAJAN
Claustro de Profesores
Ciclos (CCP)
AMPA
AYUNTAMIENTOS
APRUEBA
Claustro
Director
NORMAS DE CONVIVENCIA, ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO 2015-2016
16
2.3 NORMAS DE CONVIVENCIA
Como ya se ha reiterado anteriormente dentro de los principios educativos
recogidos en el PEC el CRA apoya de forma conjunta un modelo de convivencia
compartido por todos los sectores de la Comunidad Educativa. A partir de esta premisa
las líneas de actuación que definimos pretenden apoyar formas de convivencia
incentivadoras de comportamientos deseables y una clara potenciación de las medidas
preventivas, para evitar en la medida de lo posible las sancionadoras.
Por tanto y a través de los diferentes niveles que rigen la vida del CRA (Centro,
aula, espacios comunes…), el alumno debe interiorizar estas normas que han sido
consensuadas con sus maestros y compañeros de modo que sea capaz de analizar y
prever las posibles consecuencias de sus acciones. En este sentido lo que tratamos de
conseguir con estas normas es facilitar la vida del centro, creando un clima positivo e
incentivando la adquisición de valores y competencias básicas para el desarrollo de
nuestros alumnos.
En el colegio los alumnos aprenden a convivir respetando a los demás. Por tanto se
intenta facilitar un clima social que favorezca la convivencia, el respeto y la tolerancia.
2.3.1 NORMAS GENERALES DEL CENTRO
En el marco del Decreto de convivencia de C-LM, en nuestro centro formulamos
normas en los siguientes ámbitos:
Ámbito I: PROCESOS DE
ENSEÑANZA-APRENDIZAJE
Ámbito II: RELACIONES
INTERPERSONALES
Ámbito III: USO DE
DEPENDENCIAS, MATERIALES Y
SALUD
Asistencia y Puntualidad.
Clima de aprendizaje.
Material necesario y trabajo
en casa.
Respeto y cuidado del
material escolar propio y
ajeno.
Respeto a todas las personas,
sus opiniones e ideas y uso del
diálogo para resolver conflictos.
Respeto a la autoridad del
profesorado e indicaciones del
personal no docente.
Respeto de espacios y sus usos:
Clase, biblioteca, transporte
escolar, pasillos, patio, sala de
ordenadores, aseos…
Cuidado e higiene personal.
NORMAS DE CONVIVENCIA, ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO 2015-2016
17
Y las concretamos de la siguiente manera:
Asistir a clase en buenas condiciones de salud e higiene.
Asistir al colegio con puntualidad.
Respetar la dignidad y funciones de los maestros y de cuantas personas trabajen
en el centro.
Respetar la dignidad, integridad, libertad y demás derechos de los alumnos.
La asistencia debe ser regular. Las faltas de asistencia de los alumnos serán
comunicadas por el tutor/a a la Jefa de Estudios. La familia será informada de
dichas faltas y las justificará mediante nota escrita y/o entrevista. Cuándo se dé un
número significativo de faltas de asistencia sin justificar se procederá a la puesta
en marcha del Protocolo de Absentismo (anexo)
Las aulas permanecerán limpias y ordenadas (tanto el material, como el
mobiliario).La estancia en el centro requerirá:
 Utilizar las papeleras y mantener limpio el colegio.
 Comportarse adecuadamente en los pasillos (no correr...)
 Utilizar las fórmulas de cortesía y educación (no gritar, ni decir palabrotas)
Durante las horas de recreo, los alumnos deben permanecer en el patio,
quedando prohibido pasar a las clases sin permiso de los maestros responsables de
la vigilancia de los recreos.
Los días de lluvia, nieve, viento o mal tiempo en general, los alumnos
permanecerán en su aula acompañados por su profesor tutor/a y/o los
maestros/as especialistas que ayudaran a aquel/la.
Es recomendable evitar los juegos que puedan causar accidentes.
El colegio tiene un horario establecido para la visita de padres, madres o tutores.
Fuera de este horario no podrán interrumpir las clases u otras actividades
programadas, salvo que desde el mismo centro se solicite su presencia en el mismo
o por un motivo de fuerza mayor.
El almuerzo lo traerán los niños/as de casa, y en caso de olvido se aprovechará el
recreo, en la medida de lo posible, para traerlo.
NORMAS DE CONVIVENCIA, ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO 2015-2016
18
En el caso de que algún alumno tenga que salir del recinto escolar en horario
lectivo, es necesaria la autorización verbal o escrita del padre, madre o tutor
legal, y con el visto bueno del tutor, Jefa de Estudios o Director del Centro.
En caso de accidente en el Centro se seguirá lo establecido en el Protocolo de
accidentes escolares (anexo)
Las salidas para realizar excursiones, visitas u otras actividades extraescolares fuera
del recinto escolar, requerirán una autorización por escrito por parte de los padres,
madres o tutores.
La rotura o deterioro de las instalaciones, mobiliario o material escolar por uso
indebido o negligencia deberán ser abonados económicamente por los
responsables.
No se podrá asistir al centro (incluidos los viajes o visitas organizadas por el centro)
con móviles, videoconsolas, mp3…
En estas normas generales se implican a todos los sectores de la Comunidad
escolar de manera que siendo responsables y cumpliendo con ellas contribuimos todos a
mejorar el clima de Convivencia en nuestros Centros.
Asimismo se consideran criterios comunes de intervención para todo el personal
docente del centro los siguientes:
En todos los casos, se debe asumir la responsabilidad que todos tenemos en los
temas relacionados con la convivencia.
Se han de tratar de solucionar los conflictos sin implicar a otras instancias.
Ante un conflicto, antes de actuar, se debe procurar el contraste de opiniones con
los implicados o con las instancias del centro que se consideren adecuadas para
recabar asesoramiento.
2.3.2 MEDIDAS PREVENTIVAS
Tal y como se recoge en los criterios y elementos básicos de las normas de
convivencia, éstas deben tener un carácter preventivo antes que sancionador para la
cual se establecerán las siguientes medidas:
NORMAS DE CONVIVENCIA, ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO 2015-2016
19
Iniciativas curriculares y organizativas que favorezcan la participación del
alumnado en el centro y el compromiso con su propio proceso de aprendizaje,
como pueda ser la elaboración democrática de las Normas de Aula.
Medidas dirigidas a modificar aquellas circunstancias personales, familiares o
sociales que puedan ser determinantes de actuaciones contrarias a las Normas de
Convivencia, en colaboración con los Servicios Socio-sanitarios de la zona.
Puesta en marcha del proceso de acogida a alumnos, familias y profesores de
nueva incorporación en el centro (anexo).
Suscribir Compromiso de Convivencia con aquellas familias del alumnado que
presente problemas de comportamiento y de aceptación de las normas de aula
y/o centro, con el objetivo de establecer criterios comunes de actuación con el
profesorado y colaborar en la realización y seguimiento de las medidas que se
propongan para superar esa situación.
Favorecer la resolución pacífica de conflictos entre alumnos o entre éstos y el
profesorado mediante la utilización de la Asamblea de Aula o la Tutoría Individual
con el alumnado a lo largo del curso.
Tratamiento de los Derechos y Deberes del alumnado en sesiones de tutoría grupal
así como el desarrollo de programas de habilidades sociales, igualdad de género,
educación en valores, etc.
Informar y formar a las familias en el conocimiento y aplicación de las Normas de
Convivencia a través de reuniones con los tutores y charlas dentro de la Escuela
de Padres, así como en el seguimiento diario de las tareas escolares, el estudio y el
comportamiento del alumno.
Asesoramiento especializado del Equipo de Orientación y Apoyo al profesorado,
Equipo Directivo, resto de personal del centro y familias para impulsar y reforzar la
convivencia en el centro educativo.
Compromiso de todo el profesorado para velar por el cumplimiento del alumnado
de las Normas de Convivencia en todo el recinto escolar: aula, pasillos, patio y
espacios comunes.
NORMAS DE CONVIVENCIA, ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO 2015-2016
20
2.3.3 MEDIDAS CORRECTORAS
Atendiendo al Título III de Decreto de Convivencia en su artículo 18 se definen
como conductas susceptibles de medidas correctoras aquellas que:
“…son susceptibles de ser corregidas aquellas que vulneran lo establecido en las
Normas de convivencia, organización y funcionamiento del centro y del aula o
atentan contra la convivencia cuando son realizadas:
a. Dentro del recinto escolar.
b. Durante la realización de actividades complementarias y extracurriculares.
c. En el uso de los servicios complementarios del centro.
Asimismo, se tendrán en consideración aquellas que, aunque se realicen fuera del
recinto, estén motivadas o directamente relacionadas con la actividad escolar.
En la aplicación de estas medidas correctoras hay que tener siempre en cuenta
que el alumnado no puede ser privado del ejercicio de su derecho a la educación y, en
el caso de la educación obligatoria, de su derecho a la escolaridad. No obstante lo
anterior, cuando se den las circunstancias y condiciones establecidas en los artículos 25 y
26, se podrá imponer como medida correctora la realización de tareas educativas fuera
del aula o del centro docente durante el periodo lectivo correspondiente.
NORMAS DE CONVIVENCIA, ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO 2015-2016
21
Criterios de aplicación de las medidas
educativas correctoras
Circunstancias que atenúan la gravedad
Circunstancias que aumentan la
gravedad
Para la aplicación de las medidas
correctoras se tendrán en cuenta, junto al
nivel y etapa escolar, las circunstancias
personales, familiares y sociales.
Las medidas correctoras deben ser
proporcionales a la gravedad de la
conducta que se pretende modificar y
deben contribuir al mantenimiento y la
mejora del proceso educativo. En este
sentido, deben tener prioridad las que
conlleven comportamientos positivos de
reparación y de compensación mediante
acciones y trabajos individuales y
colectivos que repercutan de forma
positiva en la comunidad y en el centro.
En ningún caso pueden imponerse
medidas correctoras que atenten contra
la integridad física y la dignidad personal
del alumnado.
El reconocimiento espontáneo de la
conducta incorrecta.
La ausencia de medidas correctoras
previas.
La petición de excusas en los casos de
injurias, ofensas y alteración del desarrollo
de las actividades del centro.
El ofrecimiento de actuaciones
compensadoras del daño causado.
La falta de intencionalidad.
Los daños, injurias u ofensas a
compañeros de menor edad, de nueva
incorporación, o que presenten
condiciones personales de desigualdad
manifiesta, además de comportamientos
discriminatorios, sea cual sea la causa.
Conductas que atentan contra la
integridad física o moral y la dignidad de
los profesionales del centro.
La premeditación y la reincidencia.
Las realizadas entre dos o más alumnos.
NORMAS DE CONVIVENCIA, ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO 2015-2016
22
2.3.4 CONDUCTAS CONTRARIAS A LAS NORMAS DE CONVIVENCIA, ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL
CENTRO Y AULA:
CONDUCTAS CONTRARIAS A LAS NORMAS DE CONVIVENCIA, ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL
CENTRO
CONDUCTAS CONTRARIAS A LAS N.C.O.F. MEDIDAS CORRECTORAS
a. Las faltas injustificadas de asistencia a
clase o de puntualidad.
b. La desconsideración con los otros
miembros de la comunidad escolar.
c. La interrupción del normal desarrollo de las
clases.
d. La alteración del desarrollo normal de las
actividades del centro.
e. Los actos de indisciplina contra miembros
de la comunidad escolar.
f. El deterioro, causado intencionadamente,
de las dependencias del centro o de su
material, o del material de cualquier
miembro de la, o del material de cualquier
miembro de la comunidad escolar.
a. Amonestación privada o por escrito.
b. Comparecencia ante el director o jefe/a de estudios
c. La restricción de uso de determinados espacios y recursos del centro.
d. La sustitución del recreo por una actividad alternativa, como la mejora, cuidado y conservación de
algún espacio del centro.
e. El desarrollo de las actividades escolares en un espacio distinto al aula de grupo habitual, bajo el control
de profesorado del centro, en los términos dispuestos en el artículo 25 del Decreto de Convivencia Escolar.
Artículo 25. El profesor del grupo podrá interponer temporalmente esta medida durante el periodo de
su clase cuando la conducta impida al resto del alumnado ejercer el derecho a la enseñanza y
aprendizaje, adoptándose una vez agotadas otras posibilidades e informará a la Jefatura de estudios y
al tutor o tutora del grupo de las circunstancias que han motivado la adopción de esta medida.
d. La realización de tareas escolares en el centro en el horario no lectivo del alumnado, por un tiempo
limitado y con el conocimiento y la aceptación de los padres, madres o tutores legales del alumno o
alumna.
NORMAS DE CONVIVENCIA, ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO 2015-2016
23
2.3.5 CONDUCTAS GRAVEMENTE PERJUDICIALES PARA LA CONVIVENCIA EN EL CENTRO
CONDUCTAS GRAVEMENTE PERJUDICIALES PARA LA CONVIVENCIA EN EL CENTRO
CONDUCTAS GRAVEMENTE PERJUDICIALES MEDIDAS CORRECTORAS
a. Los actos de indisciplina que alteren gravemente el desarrollo normal de las
actividades del centro.
b. Las injurias u ofensas graves contra otros miembros de la comunidad escolar.
c. El acoso o la violencia contra personas, y las actuaciones perjudiciales para la
salud y la integridad personal de los miembros de la comunidad educativa.
d. Las vejaciones o humillaciones, particularmente aquéllas que tengan una
implicación de género, sexual, religiosa, racial o xenófoba, o se realicen contra
aquellas personas más vulnerables de la comunidad escolar por sus características
personales, económicas, sociales o educativas.
e. La suplantación de identidad, la falsificación o sustracción de documentos y
material académico.
f. El deterioro grave, causado intencionadamente, de las dependencias del centro,
de su material o de los objetos y las pertenencias de los demás miembros de la
comunidad educativa.
g. Exhibir símbolos racistas, que inciten a la violencia, o de emblemas que atenten
contra la dignidad de las personas y los derechos humanos; así como la
manifestación de ideologías que preconicen el empleo de la violencia, la apología
de los comportamientos xenófobos o del terrorismo.
h. La reiteración de conductas contrarias a las normas de convivencia en el centro.
i. Incumplimiento de las medidas impuestas con anterioridad.
a. La realización en horario no lectivo de tareas educativas
por un periodo superior a una semana e inferior a un mes.
b. La suspensión del derecho a participar en determinadas
actividades extraescolares o complementarias durante un
periodo que no superior a un mes.
c. La realización de tareas educativas fuera del centro, con
suspensión temporal de la asistencia al propio centro docente
por un periodo que no podrá ser superior a quince días
lectivos, sin que ello comporte la pérdida del derecho a la
evaluación continua, y sin perjuicio de la obligación de que el
alumno o la alumna acuda periódicamente al centro para el
control del cumplimiento de la medida correctora. En este
supuesto, la tutora o el tutor establecerá un plan de trabajo
con las actividades a realizar por el alumno o la alumna
sancionado, con Inclusión de las formas de seguimiento y
control durante los días de no asistencia al centro, para
garantizar así el derecho a la evaluación continua. En la
adopción de esta medida tienen el deber de colaborar las
madres, padres o representantes legales del alumno.
d. Se podré proponer al Delegado provincial de Educación y
Ciencia, en aquellas localidades en las que exista más de un
centro docente, el cambio de centro.
NORMAS DE CONVIVENCIA, ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO 2015-2016
24
2.3.6 PROCEDIMIENTOS PARA APLICAR LAS MEDIDAS CORRECTORAS
CONDUCTAS CONTRARIAS A LAS NORMAS DE CONVIVENCIA, ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL CENTRO.
A. Se producen las Conductas contrarias a las NCOF.
B. El tutor –a (o docente que ha estado presente en los hechos acontecidos) se reúne con el/los alumnos-as implicado-s,
para recabar información de las partes.
C. Realización del Parte de Conducta contraria por parte del tutor o docente, y remisión del mismo a la Jefatura de
Estudios.
D. Trámite de audiencia de la Jefatura de Estudios con el/los alumnos-as implicado-s.
E. Trámite de audiencia de la Jefatura de Estudios con el tutor/docente.
F. Comunicación (telefónica) de la Jefatura de Estudios a las familias de los alumnos-as implicados de los hechos
acontecidos.
G. El Director establecerá la medida correctora más adecuada a la situación.
H. Trámite de audiencia a las familias para comunicar la medida correctora (dos días naturales para posible reclamación)
I. Ejecución de la medida correctora.
NORMAS DE CONVIVENCIA, ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO 2015-2016
25
CONDUCTAS GRAVEMENTE PERJUDICIALES PARA LA CONVIVENCIA EN EL CENTRO.
A. Se producen las Conductas Gravemente Perjudiciales para la Convivencia en el centro.
B. El tutor –a (o docente que ha estado presente en los hechos acontecidos) se reúne con el/los alumnos-as implicado-s,
para recabar información de las partes.
C. Realización del Parte de Conducta gravemente perjudiciales por parte del tutor o docente, y remisión del mismo a la
Jefatura de Estudios.
D. Trámite de audiencia de la Jefatura de Estudios con el/los alumnos-as implicado-s.
E. Trámite de audiencia de la Jefatura de Estudios con el tutor/docente.
F. Comunicación (telefónica) del/la Jefe-a de Estudios a las familias de los alumnos-as implicados de los hechos
acontecidos.
G. Propuesta de la medida correctora por parte del Director del centro.
H. Trámite de audiencia a las familias para comunicar la medida correctora (dos días naturales para posible reclamación)
I. Comunicación de la medida correctora definitiva (dos días naturales para posible reclamación).
J. Ejecución de la medida correctora.
“Tal y como se establece en el Artículo 29 del Decreto de Convivencia del 2008, los padres o tutores legales de los alumnos-
as podrán solicitar al Consejo Escolar la revisión de las medidas correctoras establecidas. Se convocará al Consejo Escolar como
máximo dos días lectivos desde la presentación de la reclamación. En dicha reunión en Consejo Escolar revisará la medida
pudiendo ratificar la medida o proponer otras medidas correctoras”
NORMAS DE CONVIVENCIA, ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO 2015-2016
26
MEDIDAS CORRECTIVAS ¿QUIÉN? CONDICIONES
a) Amonestación privada o por escrito.
- Profesor del alumno
- Tutor del alumno
Oído el alumno y Tutor
b) Comparecencia inmediata ante el Jefe de Estudios o
Director
- Profesor del alumno
- Tutor del alumno
- Jefe de Estudios
- Director
Oído el alumno y dando cuenta al Jefe de
Estudios y Tutor (Previo parte de Conducta)
c) Restricción de uso de determinados espacios y recursos
del centro.
- Profesor del alumno
- Tutor del alumno
Oído el alumno y su Tutor (Previo parte de
Conducta)
d) Sustitución del recreo por una actividad alternativa,
como la mejora, cuidado y conservación de algún
espacio del centro.
- Profesor del alumno
- Tutor del alumno
Oído el alumno y dando cuenta al Jefe de
Estudios y Tutor (Previo parte de Conducta)
e) El desarrollo de las actividades escolares en un espacio
distinto al aula de grupo habitual, bajo el control de
profesorado del centro, en los términos dispuestos en el
artículo 25 del Decreto de Convivencia Escolar.
- Profesor del alumno
- Tutor del alumno
- Jefe de Estudios
- Director
Oído el alumno y dando cuenta al Jefe de
Estudios y Tutor (Previo parte de Conducta)
f) Realización de trabajos específicos en horario no
lectivo.
- Tutor del alumno
- Jefe de Estudios
- Director
Oído el alumno , padres y su Tutor
NORMAS DE CONVIVENCIA, ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO 2015-2016
27
MEDIDAS CORRECTIVAS ¿QUIÉN? CONDICIONES
g) Realización de tareas que contribuyan a la mejora y el
desarrollo de las actividades en el centro dirigidas a
reparar el daño causado a instalaciones, material o
pertenencias de otros miembros de la comunidad
educativa.
- Tutor del alumno
- Jefe de Estudios
- Director
Oído el alumno, padres y su Tutor
Previo parte de Conducta.
h) Cambio de grupo del alumno por el plazo máximo de
una sesión.
- Tutor del alumno
- Jefe de Estudios
- Director
Oído el alumno y su Tutor
f) Suspensión del derecho a participar en las actividades
extraescolares o complementarias del centro.
- Jefe de Estudios
- Director
Oído el alumno, padres y su Tutor
Previo parte de Conducta.
g) Suspensión del derecho de asistencia a determinadas
clases por un plazo máximo de tres días. Durante este
tiempo el alumno deberá realizar los deberes que se
determinen para evitar la interrupción del proceso
formativo.
- Consejo Escolar
- Director
Oído el alumno
Por delegación expresa del Consejo Escolar
Oído el Tutor y Equipo Directivo
Si es menor de edad, oído los padres, con
levantamiento de acta.
Previo parte de Conducta.
h) Suspensión de asistencia al centro por el plazo máximo
de cinco días lectivos. Durante el tiempo que dure la
suspensión, el alumno deberá realizar los trabajos que se
determinen para evitar la interrupción del proceso
formativo
- Consejo Escolar
- Director
Por delegación expresa del Consejo Escolar,
oído el alumno, tutor, equipo directivo, padres,
con levantamiento de acta.
Siempre que la conducta dificulte el normal
desarrollo de las actividades lectivas, con
comunicación inmediata a la Comisión de
Convivencia.
Previo parte de Conducta.
NORMAS DE CONVIVENCIA, ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO 2015-2016
28
2.3.7 AUTORIDAD DEL PROFESORADO
La Administración Educativa de la Comunidad Autónoma de Castilla-La
Mancha entiende que la educación necesita para que sea posible ejercerla, un
clima de convivencia positivo en el centro educativo y un profesorado respetado y
reconocido socialmente, que goce de la necesaria autoridad para garantizar la
consecución de los objetivos finales de la educación en todas las instituciones
educativas. El sistema educativo debe velar por que en las aulas reine un clima de
estudio, esfuerzo, convivencia, y superación personal, donde los alumnos se
desarrollen como personas capaces de transformar la sociedad y se preparen para
poder afrontar los retos del futuro. Por todo ello, el proceso de mejora y
transformación de la educación para conseguir una enseñanza de calidad que
trate de prevenir el fracaso escolar pasa, necesariamente, por reforzar la autoridad
del profesor como pieza esencial en el proceso de enseñanza-aprendizaje en el
que debe darse un buen clima de trabajo y respeto mutuo entre todos los miembros
de la comunidad educativa: alumnado, profesorado y familia.
Derechos del profesorado.
Al profesorado se le reconocen los siguientes derechos:
A. A la protección jurídica del ejercicio de sus funciones docentes.
B. A la atención y asesoramiento por la Consejería con competencias en
materia de enseñanza no universitaria que le proporcionará información y
velará para que tenga la consideración y el respeto social que merece.
C. Al prestigio, crédito y respeto hacia su persona, su profesión y sus decisiones
pedagógicas por parte de los padres, madres, alumnado y demás
miembros de la comunidad educativa.
D. A solicitar la colaboración de los docentes, equipo directivo, padres o
representantes legales y demás miembros de la comunidad educativa en la
defensa de sus derechos derivados del ejercicio de la docencia.
E. Al orden y la disciplina en el aula que facilite la tarea de enseñanza.
F. A la libertad de enseñar y debatir sobre sus funciones docentes dentro del
marco legal del sistema educativo.
NORMAS DE CONVIVENCIA, ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO 2015-2016
29
G. A tomar medidas disciplinarias ante las conductas disruptivas que se
ocasionen en el aula y que impidan crear un buen clima de enseñanza-
aprendizaje.
H. A hacer que los padres colaboren, respeten y hagan cumplir las normas
establecidas por el centro.
I. A desarrollar la función docente en un ambiente educativo adecuado,
donde sean respetados sus derechos, especialmente aquellos dirigidos a su
integridad física y moral.
J. A tener autonomía para tomar las decisiones necesarias, de acuerdo con
las normas de convivencia establecidas, que le permitan mantener un
adecuado clima de convivencia y respeto durante las clases, las
actividades complementarias y extraescolares.
Autoridad pública.
1. El profesorado tendrá, en el desempeño de las funciones docentes, de
gobierno y disciplinarias, la condición de autoridad pública y gozará de la
protección reconocida a tal condición por el ordenamiento jurídico.
Presunción de veracidad.
1. Los hechos constatados por el profesorado en el ejercicio de las
competencias correctoras o disciplinarias gozarán de la presunción de
veracidad cuando se formalicen por escrito en el curso de los procedimientos
administrativos tramitados en relación con las conductas que sean contrarias
a las normas de convivencia, sin perjuicio de las pruebas que, en defensa de
los respectivos derechos o intereses, puedan ser señaladas o aportadas por
los presuntos responsables.
Responsabilidad y reparación de daños.
1. Los alumnos/as o personas con él relacionadas que individual o
colectivamente causen, de forma intencionada o por negligencia, daños a
las instalaciones, equipamientos informáticos, incluido el software, o cualquier
material del centro, así como a los bienes de los miembros de la comunidad
educativa, quedarán obligados a reparar el daño causado o hacerse cargo
del coste económico de su reparación o restablecimiento, cuando no medie
NORMAS DE CONVIVENCIA, ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO 2015-2016
30
culpa invigilando de los/as profesores/as. Asimismo, deberán restituir los
bienes sustraídos, o reparar económicamente el valor de estos.
2. En todo caso, quienes ejerzan la patria potestad o la tutela de los menores de
edad serán responsables civiles en los términos previstos por la legislación
vigente.
3. En los casos de agresión física o moral al profesor o profesora causada por
el/la alumno/a o personas con ellos relacionadas, se deberá reparar el daño
moral causado mediante la petición de excusas y el reconocimiento de la
responsabilidad de los actos. La concreción de las medidas educativas
correctoras o disciplinarias se efectuará por resolución de la persona titular de
la dirección del centro educativo público y por la titularidad del centro en el
caso de centros privados concertados, en el marco de lo que dispongan las
normas de convivencia, funcionamiento y organización de los centros,
teniendo en cuenta las circunstancias personales, familiares o sociales, la
edad del alumno o alumna, la naturaleza de los hechos y con una especial
consideración a las agresiones que se produzcan en los centros de
educación especial, debido a las características del alumnado de estos
centros.
4. La persona titular de la dirección del centro educativo público o del centro
privado concertado comunicará, simultáneamente, al Ministerio Fiscal y a los
Servicios Periféricos competentes en materia de educación, cualquier hecho
que pudiera ser constitutivo de un ilícito penal, sin perjuicio del inicio del
procedimiento para la imposición de correcciones o de la adopción de las
medidas cautelares oportunas.
5. La Consejería con competencias en materia de educación establecerá la
homogenización de las medidas educativas correctoras o disciplinarias para
que todos los centros, ante la misma falta o hecho, tengan la misma
respuesta.
De conformidad con lo establecido en el Estatuto de Autonomía,
corresponde a la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha la competencia de
desarrollo legislativo y ejecución de la enseñanza en toda su extensión, niveles y
grados, modalidades y especialidades, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo
NORMAS DE CONVIVENCIA, ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO 2015-2016
31
27 de la Constitución y las Leyes Orgánicas que conforme al artículo 81 de la misma
lo desarrollen.
En virtud de ello se desarrollan la Ley 3/2012, de 10 de mayo y el Decreto
13/2013 de 21/03/2013 en las cuales se establece:
CONDUCTAS QUE MENOSCABAN LA AUTORIDAD DEL PROFESORADO
CONDUCTAS CONTRARIAS MEDIDAS CORRECTORAS
1. Serán objeto de medidas correctoras las conductas
contrarias a las normas de convivencia, organización y
funcionamiento del centro y del aula que menoscaben la
autoridad del profesorado en el ejercicio de su labor
profesional docente y que los alumnos realicen dentro del
recinto escolar o fuera de él, siempre que sucedan durante
el desarrollo de actividades comprendidas en el ámbito
escolar. Se entenderá a este no sólo referido al propio
centro, sino a cuantas actividades y servicios educativos
que requieran la presencia del profesorado.
2. Se establecen como conductas que atentan contra la
autoridad del profesorado las siguientes:
a) La realización de actos que, menoscabando la autoridad
del profesorado, perturben, impidan o dificulten el
desarrollo normal de las actividades de la clase o del
centro. En todo caso, quedarán incluidas las faltas de
asistencia a clase o de puntualidad del alumnado que no
estén justificadas, y todas aquellas faltas que por su
frecuencia y reiteración incidan negativamente en la
actividad pedagógica del docente. Quedarán excluidas
aquellas faltas no justificadas debidas a situaciones de
extrema gravedad social no imputables al propio
alumnado.
b) La desconsideración hacia el profesorado, como
autoridad docente.
c) El incumplimiento reiterado de los alumnos de su deber de
trasladar a sus padres o tutores la información relativa a su
proceso de enseñanza y aprendizaje facilitada por el
profesorado del centro, limitando así la autoridad de los
mismos, en los niveles y etapas educativos en que ello
fuese responsabilidad directa del alumnado, sin
detrimento de la responsabilidad del profesorado en su
comunicación con las familias o de las propias familias en
su deber de estar informadas del proceso de enseñanza y
aprendizaje del alumnado.
d) El deterioro de propiedades y del material personal del
profesorado, así como cualquier otro material, que
facilite o utilice el profesorado para desarrollar su
actividad docente, causado intencionadamente por el
alumnado.
a) La realización de tareas escolares en el
centro en el horario no lectivo del
alumnado, por un tiempo mínimo de cinco
días lectivos.
b) Suspensión del derecho a participar en las
actividades extraescolares o
complementarias del centro, por un
período mínimo de cinco días lectivos y un
máximo de un mes.
c) Suspensión del derecho de asistencia a
determinadas clases, por un plazo máximo
de cinco días lectivos, a contar desde el
día en cuya jornada escolar se haya
cometido la conducta infractora.
d) La realización de tareas educativas fuera
del centro, con suspensión del derecho de
asistencia al mismo, por un plazo mínimo de
cinco días lectivos y un máximo de diez
días lectivos, con sujeción a lo establecido
en el artículo 26.d. del Decreto 3/2008, de 8
de enero. El plazo empezará a contarse
desde el día en cuya jornada escolar se
haya cometido la conducta infractora.
NORMAS DE CONVIVENCIA, ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO 2015-2016
32
CONDUCTAS GRAVEMENTE ATENTATORIAS DE LA AUTORIDAD DEL PROFESORADO
CONDUCTAS CONTRARIAS MEDIDAS CORRECTORAS
a) Los actos de indisciplina de cualquier alumno
que supongan un perjuicio al profesorado y
alteren gravemente el normal funcionamiento
de la clase y de las actividades educativas
programadas y desarrolladas por el Claustro.
b) La interrupción reiterada de las clases y
actividades educativas.
c) El acoso o violencia contra el profesorado, así
como los actos perjudiciales para su salud y su
integridad personal, por parte de algún
miembro de la comunidad educativa.
d) Las injurias u ofensas graves, así como las
vejaciones o humillaciones hacia el
profesorado, particularmente aquéllas que se
realicen en su contra por sus circunstancias
personales, económicas, sociales o educativas.
e) La suplantación de identidad, la falsificación o
sustracción de documentos que estén en el
marco de la responsabilidad del profesorado.
f) La introducción en el Centro educativo o en el
aula de objetos o sustancias peligrosas para la
salud y la integridad personal del profesorado.
g) Utilizar y exhibir símbolos o manifestar ideologías
en el aula que supongan un menoscabo de la
autoridad y dignidad del profesorado, a juicio
del mismo.
h) El incumplimiento de las medidas correctoras
impuestas con anterioridad. Tras la valoración y
el análisis de los motivos de tal incumplimiento,
podrá agravar o atenuar la consideración de la
conducta infractora y, en consecuencia,
matizar las medidas educativas correctoras.
i) El grave deterioro de propiedades y del material
personal del profesorado, así como cualquier
otro material, que facilite o utilice el profesorado
para desarrollar su actividad docente, causado
intencionadamente por el alumnado.
Además de las anteriormente señaladas:
a) La realización de tareas educativas en el
centro, en horario no lectivo del alumnado,
por un tiempo mínimo de diez días lectivos y
un máximo de un mes.
b) La suspensión del derecho del alumnado a
participar en determinadas actividades
extraescolares o complementarias, que se
realicen en el trimestre en el que se ha
cometido la falta o en el siguiente trimestre.
c) El cambio de grupo o clase.
d) La suspensión del derecho de asistencia a
determinadas clases, por un periodo superior
a cinco días lectivos e inferior a un mes, a
contar desde el día en cuya jornada escolar
se haya cometido la conducta infractora.
e) La realización de tareas educativas fuera del
centro, con suspensión temporal de la
asistencia al propio centro docente por un
periodo mínimo de diez días lectivos y un
máximo de quince días lectivos, con sujeción
a lo establecido en el artículo 26.d del
Decreto 3/2008, de 8 de enero. El plazo
empezará a contar desde el día en cuya
jornada escolar se haya cometido la
conducta infractora.
NORMAS DE CONVIVENCIA, ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO 2015-2016
33
2.3.8 ACTUACIÓN DEL CENTRO EDUCATIVO CUANDO UN MENOR NO
ACATA LAS NORMAS DE CONVIVENCIA.
Siguiendo las instrucciones marcadas en el PROTOCOLO DE INTERVENCIÓN
CON MENORES y ADOLESCENTES, publicado por la Consejería de Educación-Cultura
y Deportes en junio del 2015:
Normativa de aplicación:
Ley 3/2012, de 10 de mayo, de autoridad del profesorado (D.O.C.M. 99 de 21
de mayo de 2012).
Decreto 13/2013, de 21 de marzo, de autoridad del profesorado en Castilla-
La Mancha (D.O.C.M. 60 de 26 de marzo de 2013).
Decreto 3/2008, de 8 de enero, de la convivencia escolar en Castilla-La
Mancha (D.O.C.M. 9 de 11 de enero de 2008).
Orden de 20/06/2013, de la Dirección General de Organización, Calidad
Educativa y Formación Profesional, por la que pone en funcionamiento la
Unidad de Atención al Profesorado (D.O.C.M. 121 de 25 de junio de 2013).
Actuaciones
En general, en estos casos se actuaría siguiendo los siguientes pasos:
Aplicación de la normativa en vigor.
Poner en conocimiento de los padres, tutores o representantes legales:
comunicar la situación y/o la incidencia a los padres, tutores o representantes
legales del menor o joven, tratando de buscar este apoyo como forma más
normalizada de reconducción de la conducta del mismo.
Poner denuncia desde la dirección del centro escolar: ante desacatos graves
y disruptivos que impiden el funcionamiento normal del centro educativo, se
denunciará el suceso ante las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad por medio de
la dirección del centro educativo. De este modo es utilizado el recurso del
Juzgado de Menores con carácter educativo.
NORMAS DE CONVIVENCIA, ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO 2015-2016
34
2.4 NORMAS DE AULA
Siguiendo el Decreto 3/2008 sobre Convivencia Escolar en Castilla-La
Mancha, se deberán elaborar, aprobar y difundir los criterios comunes y los
elementos básicos que deben incorporar las normas de convivencia, organización y
funcionamiento de las aulas, así como el procedimiento de elaboración y los
responsables de su aplicación.” (Art. 6, apartado c)
Las NCOF específicas de cada aula serán elaboradas, revisadas y aprobadas
anualmente por el profesorado y el alumnado que conviven en el aula,
coordinados por el tutor/a del grupo. El Consejo Escolar velará por que dichas
Normas no vulneren las establecidas con carácter general para todo el centro. (Art.
7, apartado 2)
El proceso para la elaboración de normas de aula debe ser lo
suficientemente ágil para que puedan estar establecidas lo antes posible.
Es necesario tener en cuenta que en los cursos de E. Infantil y Primer y
Segundo Ciclo de E. Primaria se debe enseñar normas, su necesidad, las ventajas de
su cumplimiento, la responsabilidad de cada uno en el mismo, las consecuencias
que conlleva su incumplimiento... pero el procedimiento que proponemos a
continuación debe adaptarse a las características psicoevolutivas del alumnado,
no se puede tener el mismo grado de participación e implicación en su elaboración
a los 6 que a los 11 años.
Se debe partir de los problemas concretos, los comportamientos que
consideramos inadecuados, de situaciones que perturban el grupo, que impiden el
logro de objetivos compartidos, intentando determinar las posibles causas.
Es conveniente establecer pocas normas, claras y sencillas que describan
comportamientos adecuados y esperados, redactadas en positivo siempre que sea
posible y dejando claros los procedimientos establecidos en caso de su
incumplimiento.
NORMAS DE CONVIVENCIA, ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO 2015-2016
35
En general, las propuestas que ofrece la literatura sobre el tema para la
elaboración democrática de las normas de aula se estructuran de la siguiente
manera:
 Sensibilización.
En un primer momento el profesor/a-tutor/a pretende sensibilizar y
concienciar al alumnado de la necesidad de tener unas normas en clase como en
cualquier otro grupo social, el concepto de norma y su importancia para las
relaciones interpersonales. Que reflexionen sobre sus objetivos como grupo-clase, así
como sobre los derechos y deberes de los alumnos y profesores.
Auto-revisión y toma de decisiones.
Cada uno de los equipos docentes puede establecer una relación de
aspectos a tratar en los grupos de su nivel. Se puede disponer de documentos
sencillos en los que anotar los comportamientos inadecuados y aquellas situaciones
más conflictivas del aula. Hacer una puesta en común por parte de los equipos
docentes de las preocupaciones más comunes, del análisis de las causas que
pueden subyacer a los problemas, así como de las estrategias y actuaciones más
eficaces que se llevan a cabo, puede ser de gran ayuda a la hora de facilitar y dar
coherencia al proceso de elaboración de normas de aula.
El equipo docente tiene que decidir el grado de participación y
responsabilidad del alumnado en el proceso de elaboración de normas de aula. Se
debe acordar si se considera también el establecimiento de normas para el
profesorado en el aula. Esta decisión puede suponer la mejora del restablecimiento
de la autoridad reconocida al profesorado y adquirir un talante de coherencia y
justicia para el alumnado.
Producción de normas.
En esta fase se formulan, con la participación de todos y todas y mediante un
procedimiento democrático, las normas de convivencia, las del profesorado y las
del alumnado.
Se realiza una propuesta de aquellas que se consideran más adecuadas,
explicando el sentido y la finalidad de las mismas en base a los objetivos del grupo:
llevarnos bien, aprobar... analizando qué es aquello que dificulta su consecución
NORMAS DE CONVIVENCIA, ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO 2015-2016
36
(conductas de indisciplina, uso inadecuado de material, impuntualidad...) y qué
normas pueden servir para lograr nuestros objetivos.
Se podrán incluir una graduación de actuaciones previas a las medidas
correctoras, de manera que el profesorado tenga acordado una especie de
protocolo de actuación ante conductas disruptivas que den coherencia a su
intervención, que faciliten el cumplimiento de las normas, y, por tanto, la eficacia
de la normativa. Siempre teniendo en cuenta la necesidad de flexibilizar las
actuaciones para adaptarlas a cada caso concreto como se establece en el
Decreto. Así mismo puede ser conveniente decidir quién es el responsable de estas
actuaciones acordadas, en qué casos es el profesor o profesora del grupo y
cuándo intervienen otros responsables.
Es importante decidir previamente sobre qué aspectos de la vida del aula se
van a definir las normas, para lo es de gran utilidad la auto-revisión realizada en la
fase anterior y poder valorar las normas ya existentes, así como aquellas estrategias,
actuaciones y medidas correctoras que utilizamos de forma eficaz y aquellas que
no cumplen su objetivo.
Antes de comenzar la producción de las normas es básico dar pautas claras
al alumnado sobre:
 Cuáles son los ámbitos sobre los que pueden decidir para ajustar sus
expectativas respecto a su capacidad de decisión, por ejemplo no podrán
hacerlo sobre horarios, agrupamientos... u otras decisiones que no son de su
competencia.
 Los criterios necesarios para la formulación de las normas: que sean
coherentes con el objetivo del grupo-clase, con las normas de centro y los
derechos y deberes legales; deben ser claras y poco numerosas; que sean
realizables y concretas, resulte fácil determinar si se cumplen; que sean
realistas y fáciles de cumplir; que estén enunciadas en positivo.
Se proponen, con la participación de todos y todas, posibles medidas
correctoras o consecuencias a su incumplimiento dentro del marco que establece
el Decreto de Convivencia. Es importante aclarar cuál debe ser la finalidad de las
sanciones y establecer los criterios adecuados para definir las consecuencias, como
por ejemplo: que sean realistas y factibles; que guarden proporción con la
NORMAS DE CONVIVENCIA, ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO 2015-2016
37
gravedad de la falta cometida; que no vayan en contra de los derechos
fundamentales de la persona, etc. Así como las actuaciones que vamos a acordar
a la hora de intervenir en las situaciones de trasgresión de las normas.
Consenso, elaboración definitiva y difusión.
En este momento se debe llegar a un pacto, fruto del consenso, en el que se
acuerden, de las normas formuladas, las que se consideran adecuadas por parte
del alumnado y todo el profesorado que imparte clase al grupo. Para que esta fase
del proceso sea eficaz se deben cumplir los siguientes requisitos:
 Se deberá gozar de capacidad real de decisión en el grupo.
 La comunicación debe ser eficaz.
 Se puede comenzar con aquellas normas con las que tengamos
posibilidad de acuerdo.
 Cuando aparezcan discrepancias insuperables se deben proponer
alternativas.
 Se comenzarán con pocas normas, dos o tres.
Se puede considerar que se acuerde una normativa común para cada nivel
o cada ciclo, en cuyo caso los equipos docentes revisarán las propuestas de cada
grupo y elaboran las definitivas.
Es conveniente que las normas y sus correcciones estén siempre disponibles
en las aulas. Así mismo es muy importante la coordinación con las familias, que
estén informadas del proceso que se está realizando y de las normas y correcciones
acordadas. Contar con su colaboración hará más fácil hacer cumplir las normas.
Aplicación y revisión de las normas.
Tanto de las normas de centro como de las de aula es necesario un
seguimiento posterior a la difusión de la normativa y la aplicación de la misma.
Debemos plantear su evaluación, revisión y ajuste de la misma, para mantenerla
actualizada. No tiene mucho sentido tener establecidas normas que no suponen la
solución a problemas reales, que es imposible cumplirlas, y/o medidas correctoras
que no se pueden llevar a cabo o que se muestran ineficaces para hacer cumplir
las normas como las expulsiones reiteradas sin más, los partes o amonestaciones sin
consecuencias...
NORMAS DE CONVIVENCIA, ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO 2015-2016
38
Lógicamente esta revisión se hará de forma programada según se considere,
quincenal, mensual o trimestralmente. Al principio es mejor que se realice en
periodos más cortos de tiempo.
Podemos establecer los siguientes criterios para evaluar la adecuación de las
normas:
La norma debe ser necesaria
La norma debe ser razonable
La norma debe ser sencilla y clara
La norma debe ser flexible
Cuando sea posible la norma debe expresarse de forma positiva.
La norma debe ser adecuada a los niveles de desarrollo cognoscitivo y social
de los alumnos.
Y respecto al procedimiento se recomienda:
Las normas deben establecerse antes de que comience o al comienzo el
curso escolar
Las normas deben exponerse por todo el centro educativo
Toda la comunidad educativa debe tener ejemplares de las normas
Las consecuencias de transgredir las normas, es decir las medidas
correctoras, los criterios de aplicación y su graduación, deben estar claras.
Debe haber el menor número de normas
Los centros educativos deben “enseñar” las normas.
En nuestro CRA trabajamos las normas de aula al comienzo de cada curso de
manera que es un trabajo compartido y consensuado entre profesionales que
comparten problemáticas e inquietudes, estas normas de aula se encuentran
especificadas en los anexos de estas normas.
NORMAS DE CONVIVENCIA, ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO 2015-2016
39
2.5 DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LOS MIEMBROS DE LA
COMUNIDAD EDUCATIVA
Promover la mejora de la convivencia en los centros escolares requiere
necesariamente, junto con otras actuaciones, el establecimiento de un sistema de
normas elaboradas democráticamente que sean el reflejo de la participación, el
diálogo y el consenso de la Comunidad Educativa:
MAESTROS
DERECHOS OBLIGACIONES
Ser respetado en su dignidad personal y
profesional.
Recibir la información pertinente sobre las
decisiones que se tomen en los respectivos
órganos competentes.
A intervenir en todo aquello que afecte a la
vida y disciplina del centro a través de los
canales reglamentados.
Asistir a las reuniones del Claustro con voz y
voto.
Participar en las reuniones de los órganos de
los que forma parte.
A ejercer funciones de docencia e
investigación haciendo uso de los métodos
que considere más adecuados, dentro de las
orientaciones pedagógicas, planes y
programas, en consonancia con el PEC.
Libertad de cátedra, orientando su ejercicio
a la realización de los fines educativos y, en
cualquier caso, de conformidad con el PEC.
Convocar a los padres de sus alumnos
individualmente o en grupo, con el
conocimiento previo del tutor y para tratar
temas relacionados con la formación de sus
hijos.
Condiciones dignas de trabajo y material
adecuado y suficiente para desempeñar sus
funciones.
A ejercer por tiempo limitado las funciones
directivas para las que fuese designado.
Los profesores, como funcionarios públicos
que son, tienen los derechos y deberes que
establecen la Ley Articulada de Funcionarios
Civiles del Estado de 7 de febrero de 1.964 y
la Ley 30/1.984, de 2 de agosto, así como las
que determinen, en su día, las Leyes de
Función Pública de la Comunidad de C.L.M.
Asistir con puntualidad a sus clases y a las
reuniones de los órganos de los que forme
parte.
Programar y preparar el trabajo escolar,
procurando la mayor eficacia y
aprovechamiento en el trabajo docente.
Facilitar la participación y el respeto de los
alumnos en clase.
Desarrollar la evaluación objetiva, y
continua a los alumnos.
Cumplir las disposiciones sobre enseñanza,
cooperando con las Autoridades
educativas para conseguir la mayor
eficacia de las enseñanzas, en interés de
los alumnos y de la sociedad.
Llevar el registro de la asistencia de los
alumnos, así como el control de los trabajos
y ejercicios de los mismos.
Vigilar los patios, cuidar a los alumnos y
controlar sus comportamientos,
especialmente en el recreo y en aquellas
actividades fuera del aula.
Asistir puntualmente a los Claustros y a
cuantas reuniones sea convocado por la
autoridad competente.
A intervenir en todo aquello que afecte a
la vida y disciplina del centro a través de
los canales reglamentados.
Realizar las funciones para las que haya
sido elegido.
Extremar el cumplimiento de las normas
éticas que exige su función educativa.
Mantener con los padres de los alumnos un
clima de colaboración en lo concerniente
a la labor educativa de sus hijos.
Asegurar de manera permanente su propio
perfeccionamiento científico y
pedagógico.
NORMAS DE CONVIVENCIA, ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO 2015-2016
40
ALUMNOS-AS
DERECHOS OBLIGACIONES
 Recibir una formación de calidad, en
condiciones de igualdad, que contribuya
al pleno desarrollo de su personalidad
desde el respeto y la adaptación de la
enseñanza a su singularidad.
a. Para ello, se tendrá en cuenta que su
formación responda a los fines y principios
establecidos por el sistema educativo
(artículo 1 y 2 de la LOE) y permita el
desarrollo de las competencias básicas, en
un contexto normalizado y heterogéneo sin
exclusiones por razón de la capacidad
personal, la cultura, la lengua, el sexo, el
nivel social o las convicciones morales o
religiosas.
b. Asimismo, a la puesta en práctica de
programas personalizados adaptados a la
competencia, ritmos y estilos de aprendizaje
y, en general, a las necesidades específicas
de todos y cada uno de las alumnas y
alumnos.
c. En aplicación del artículo 44 del R.D.
732/1995 de 05-05-95, por el que se
establecen los derechos y deberes de los
alumnos, y para aquellos alumnos que
presenten un gran número de faltas de
asistencia, sea por enfermedad, temporeros,
incorporación tardía… debe existir una
evaluación inicial, y a su vuelta al centro, se
les realizará una enseñanza adaptada a su
ritmo de aprendizaje y nivel de
competencia curricular, practicándose una
evaluación continua. De cara a la
promoción, se les aplicarán los criterios
mínimos de promoción, establecidos en las
correspondientes programaciones
didácticas.
 A recibir una educación en valores, que
favorezca la práctica democrática y los
valores sociales de comprensión, paz,
igualdad de los sexos y amistad entre
todos los pueblos, así como la adquisición
de hábitos de vida saludable y respeto al
medio ambiente. Para hacer efectivo
este derecho se tendrá en cuenta:
d. La incorporación al currículo de los valores
de calidad de vida personal y ambiental y
de convivencia democrática, con especial
referencia a la Educación para la
ciudadanía y los derechos humanos.
e. El ejercicio activo de la práctica
 A respetar los derechos de los demás. El
alumnado tiene el deber de respetar el
ejercicio de los derechos y las libertades de
todos los componentes de la comunidad
educativa en lo relativo a su libertad de
conciencia, convicciones religiosas y
morales, dignidad, integridad e intimidad,
expresión de opiniones, derecho a recibir
educación en condiciones idóneas y a no
ser discriminados por razón de nacimiento,
raza, sexo y orientación sexual o por
cualquier otra circunstancia personal o
social.
 A estudiar y respetar el estudio de los
compañeros. El estudio es un deber básico
del alumno que comporta el
aprovechamiento de sus aptitudes
personales y de las enseñanzas que se
impartan, con la finalidad de lograr un
óptimo desarrollo personal y una
adecuada preparación intelectual y
profesional. Este deber general se concreta
en:
a. El deber de asistir a clase con
puntualidad y, en general, de respetar
el horario escolar.
b. A participar en las actividades
orientadas al desarrollo de los planes de
estudio, y actividades previstas en la
programación general del centro.
c. A la realización de las tareas
encomendadas por el profesorado en
el ejercicio de su funciones docentes.
d. De respeto del derecho al estudio y el
aprendizaje de sus compañeros y
compañeras.
 A seguir las orientaciones de los profesores
respecto de su aprendizaje y mostrarle el
debido respeto y consideración.
 A respetar y reconocer la autoridad del
profesorado. El alumnado tiene el deber
de respetar el derecho y la obligación del
NORMAS DE CONVIVENCIA, ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO 2015-2016
41
democrática y la participación en las
actividades del centro incluyendo la
regulación del marco propio de convivencia
en el aula.
f. La eliminación de los obstáculos que
dificulten la plena igualdad entre hombres y
mujeres y la formación en el respeto de la
igualdad de géneros.
 A la valoración objetiva de su rendimiento
escolar y al reconocimiento del esfuerzo
desarrollado y el conocimiento alcanzado.
A tal fin:
g.El alumnado y sus familias serán informados
de los elementos básicos de las
programaciones didácticas, de los
contenidos que se consideran mínimos y
de los criterios por los que evalúa y califica
su competencia en los aprendizajes, así
como de los resultados de las pruebas
realizadas en evaluaciones parciales o
finales de cada curso.
h. Se harán públicos los criterios generales que
se van a aplicar en el Centro para la
evaluación de los aprendizajes y
promoción de los alumnos; y serán
transmitidos de forma comprensible al
alumnado y sus familias.
i. La información sobre el rendimiento escolar
será periódica.
 Al respeto de sus propias convicciones. A
que se respete su libertad de conciencia,
sus convicciones religiosas y morales, y a
que sea respetada su identidad personal,
cultural y social.
 Ninguna persona podrá ser obligada a
ejercer una opción religiosa, ideológica o
ética.
 Los contenidos y materiales curriculares
excluirán cualquier elemento que pueda
constituir una manipulación ideológica o
propagandística, y no podrán incluir
estereotipos sexistas o discriminatorios.
 Al respeto de su integridad física, su
intimidad y su dignidad personal, a la
protección contra todo acoso y agresión
física o moral.
 A que el Centro mantenga las debidas
reservas sobre toda aquella información
profesorado a enseñar, el deber de
reconocer la autoridad de éste en la
aplicación de las Normas de Convivencia,
Organización y Funcionamiento del centro,
y el deber de acatar y cumplir con las
órdenes e instrucciones que el profesorado
realice en el desempeño de sus funciones y
aceptar con tolerancia a sus iguales.
 De cumplir lo establecido en las Normas de
Convivencia, Organización y
Funcionamiento del centro y del aula y de
evitar la impunidad de los transgresores.
 De conservar y respetar el material
curricular. El alumnado tiene el deber de
utilizar correctamente, cuidar y conservar
los espacios, los muebles, instalaciones del
Centro, y los materiales curriculares,
especialmente aquellos que se ponen a su
disposición por el centro para su uso
gratuito mediante el programa de
gratuidad de libros de texto y materiales
curriculares alternativos de Castilla La
Mancha, así como las pertenencias
particulares de los demás miembros de la
Comunidad educativa.
 A colaborar de forma activa en las
actividades que se organice en el centro y
en el aula, aportando ideas y esfuerzo
personal, y compartiendo tareas y
materiales. Asimismo tiene el deber de
colaborar activamente con el resto de
miembros de la comunidad escolar para
favorecer el mejor desarrollo de la
actividad educativa, de la tutoría y de la
orientación, y de la convivencia en el
centro. En este sentido, está obligado a
contribuir en la creación y mantenimiento
de un clima favorecedor de la
convivencia.
NORMAS DE CONVIVENCIA, ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO 2015-2016
42
de que disponga acerca de las
circunstancias personales y familiares del
alumno. No obstante la Dirección del
Centro comunicará a la autoridad
competente las circunstancias que
puedan implicar malos tratos para el
alumno o cualquier otro incumplimiento
de los deberes establecidos por las leyes
de protección de los menores.
 A participar en el funcionamiento y en la
vida del Centro, en las actividades
escolares y extraescolares que organice
el mismo.
 A la libertad de expresión; a expresar las
propias opiniones sin más limitaciones
que las derivadas del respeto a los demás
y al marco establecido para el ejercicio
de dicho derecho.
 Las Normas de Convivencia,
Organización y Funcionamiento
regularán la forma y el procedimiento
para el desarrollo del derecho a expresar
oralmente o por escrito las opiniones, ya
sean individuales o colectivas, ante
decisiones y acontecimientos
académicos, culturales o sociales, sin
prejuicio de los derechos de todos los
miembros de la comunidad educativa y
del respeto que, de acuerdo con los
principios y derechos constitucionales,
merecen todas las personas.
 Derecho a la igualdad de oportunidades.
El alumnado tiene derecho a recibir las
ayudas y los apoyos precisos para
compensar las carencias y desventajas
de tipo personal, familiar, económico y
sociocultural, especialmente en el caso
de presentar necesidades educativas
especiales, que impidan o dificulten el
acceso a la permanencia en el sistema
educativo.
NORMAS DE CONVIVENCIA, ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO 2015-2016
43
PADRES Y FAMILIAS
DERECHOS OBLIGACIONES
 A que sus hijos o pupilos reciban una
educación conforme a los fines
establecidos en la Constitución y en la
LODE, Artículo segundo.
 A escoger centro docente distinto de
los creados por los poderes públicos.
 A que sus hijos o pupilos reciban la
formación religiosa y moral que esté de
acuerdo con sus propias convicciones.
 A la libre asociación en el ámbito
educativo con otros padres de
alumnos del Centro.
 A participar en la gestión y control del
Centro de acuerdo con la legislación
vigente.
 A que se les facilite el acceso a las
pruebas objetivas que haya realizado
su hijo, una vez corregidas y calificadas.
 Ser informados al principio de curso de
los objetivos y contenidos mínimos para
obtener valoración positiva, así como
de los criterios de evaluación y de
promoción de sus hijos a los siguientes
niveles educativos.
 Ser tratados por el Centro de forma
respetuosa en su libertad y dignidad
personal.
 Colaborar en la labor educativa del
Colegio, a través de los respectivos
tutores, especialmente en las
actividades complementarias y
extraescolares.
 Celebrar reuniones en los locales del
centro cuando tengan por objeto los
fines educativos y no interfieran el
desarrollo normal de las actividades,
con conocimiento expreso del Director
del Centro.
 Acatar el Proyecto Educativo del Centro,
las normas de convivencia, organización
y funcionamiento, los horarios y cuantas
indicaciones se hagan para el mejor
funcionamiento del Centro.
 Colaborar en la labor educativa del
Colegio, animando a sus hijos al
cumplimiento de sus obligaciones de
estudiante, a observar las normas de
convivencia en el cumplimiento de sus
derechos y obligaciones, y participando
en las actividades extraescolares y
complementarias.
 Proporcionar a su hijo el material, el
tiempo y las condiciones necesarias para
que se puedan cumplir los objetivos
educativos marcados.
 Informar a su Tutor sobre las posibles
deficiencias físicas, psíquicas o aspectos
problemáticos de su hijo y adoptar las
medidas más adecuadas para
corregirlos o minimizarlos.
 Justificar las faltas de asistencia de su hijo
al Centro, personalmente o por escrito.
 Acatar las decisiones que en materia de
disciplina sean impuestas por los órganos
competentes en la materia, a tenor del
Real Decreto 732/1995, de 5 de mayo.
 Evitar toda crítica negativa delante de
los hijos sobre los profesores y/o su labor
educativa.
 Participar activamente en los órganos
colegiados para los que fuesen elegidos,
así como en los equipos de trabajo,
según sus posibilidades.
NORMAS DE CONVIVENCIA, ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO 2015-2016
44
2.6 PROCEDIMIENTOS Y RESPONSABLES EN LA MEDIACIÓN
Entendemos la mediación escolar como un método para la resolución de
conflictos en el que interviene de forma imparcial una tercera persona, el cual
puede ser utilizado como estrategia preventiva en la gestión de conflictos entre los
distintos miembros de la comunidad educativa.
Este procedimiento tiene un principio fundamental, “la voluntariedad” para
acogerse o no al proceso de mediación. Otros principios básicos son: la
imparcialidad del mediador y la aceptación de la mediación y las medidas que del
proceso se deriven y el compromiso de su cumplimiento.
Los principios que rigen la mediación son:
Acto cooperativo en lugar de competitivo.
Carácter preventivo, es decir, orientado hacia el futuro y no hacia el
pasado.
Nadie pierde.
Exige honestidad y franqueza.
Es voluntario
Nosotros, dejando de un lado el yo.
Es confidencial.
No es punitivo.
Los objetivos a los que se dirige son especialmente:
Crear en el centro un ambiente más relajado y productivo
Contribuir a desarrollar actitudes de interés y de respeto por el otro.
Ayudar a reconocer y valorar los sentimientos, intereses, necesidades y
valores propios y de los otros.
Aumentar el desarrollo de actitudes cooperativas en el tratamiento de
conflictos, al buscar juntos soluciones satisfactorias para ambos.
NORMAS DE CONVIVENCIA, ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO 2015-2016
45
Aumentar la capacidad de resolución de conflicto de forma no
violenta.
Contribuir a desarrollar la capacidad de diálogo y a la mejora de las
habilidades comunicativas sobre todo la escucha activa.
Contribuir a mejorar las relaciones interpersonales.
Favorecer la autorregulación a través de la búsqueda de soluciones
autónomas y negociadas.
Disminuir el número de conflictos y por tanto del tiempo dedicado a
resolverlos.
Reducción del número de sanciones y de expulsiones.
Disminuir la intervención de los adultos que es sustituida por los alumnos
mediadores o por los mismos alumnos implicados en el conflicto.
Los conflictos más frecuentes que pueden llegar a mediación son:
Rumores, insultos, motes molestos, quejas y malentendidos.
Amenazas, personas que te incordian o que te agobian.
Disputas y peleas
Relaciones que se han deteriorado.
Situaciones que te desagradan o que te parecen injustas.
Conflicto ente profesores y alumnos y viceversa.
Problemas entre miembros adultos: profesores, familias, personal no
docente, etc.
En general, la mediación no se llevará a cabo:
Cuando el hecho se considere grave o muy grave.
Cuando alguna de las partes no muestra interés suficiente, si la boicotea
u obstaculiza el proceso.
NORMAS DE CONVIVENCIA, ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO 2015-2016
46
Cuando alguna de las parte implicadas incumplan reiteradamente lo
acordado en un proceso conciliador anterior.
El procedimiento a seguir sería:
Puede iniciarse a instancias de cualquier miembro de la Comunidad
educativa, siempre que las partes en conflicto acepten el proceso de
forma voluntaria. Dicha aceptación se realizará ante la Dirección del
Centro y en caso de menores de edad, los padres o tutores aceptarán
el compromiso de cumplir el acuerdo a que se llegue.
La persona mediadora será elegida a propuesta de la Dirección del
Centro, entre padres, madres, personal docente.
Cada una de las partes explica el “problema” desde su punto de vista.
El mediador resume brevemente lo que han contado las partes para
comprobar si se ha entendido el conflicto.
La persona mediadora convocará un encuentro entre las personas
implicadas en el conflicto para buscar cuales son las posibles soluciones
y qué podrían aportar cada una de las partes para su resolución.
Una vez encontradas las soluciones se recogen las alternativas que son
aceptadas por ambas partes, se escriben y se firman por parte de
todos.
En el caso de interrupción de la mediación o incumplimiento de los
pactos, el mediador comunicará el resultado a la dirección del centro
para que actúe en consecuencia.
El proceso de mediación deberá resolverse en un plazo máximo de 15
días desde que se designe a la persona mediadora.
NORMAS DE CONVIVENCIA, ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO 2015-2016
47
2.7 RÉGIMEN DE FUNCIONAMIENTO DE LOS ÓRGANOS DE
COORDINACIÓN DOCENTE Y OTROS RESPONSABLES
Para determinar régimen de funcionamiento de los órganos de coordinación
docente y otros responsables, utilizamos como referencia la Orden de 02-07-2012 de
la Consejería de Educación y Ciencia. Según se indica en la mencionada Orden son
órganos de coordinación docente: la Tutoría, el Equipo docente, el Equipo de
orientación y apoyo, los Equipos de ciclo, la Comisión de coordinación. Su régimen
de funcionamiento se fija en las Normas de Convivencia y el contenido de las
sesiones y los acuerdos adoptados por estos órganos son recogidos en acta.
En nuestro CRA la formación y funcionamiento de los órganos de
coordinación docente se ve muy condicionada por nuestras características como
colegio rural, especialmente por la dispersión de los maestros/as, lo que obliga a
realizar necesariamente todas las reuniones en el único día en que nos juntamos,
que es una tarde a la semana, y de acuerdo al calendario trimestral establecido
previamente a principio de curso.
2.7.1 LA TUTORÍA
Se entiende como una actividad inherente a la función del maestro y no
debe considerarse como una acción aislada, sino como una acción colectiva y
coordinada que implica a todos y cada uno de los maestros, y especialmente a los
tutores, que forman parte del centro. Por tanto, es responsabilidad de todo el
equipo docente, con el asesoramiento del equipo de orientación y apoyo.
La acción tutorial se convierte en uno de los ejes de la atención
personalizada al alumnado. La Comisión de coordinación pedagógica planificará
las actuaciones más relevantes en la propuesta curricular de la etapa, que los
equipos de nivel concretarán para su alumnado, en coordinación con el
responsable de orientación educativa (Orden de 05/08/2014)
La Orden de 05/08/2014, de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes,
por la que se regulan la organización y la evaluación en la Educación Primaria en la
Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, establece que la propuesta
NORMAS DE CONVIVENCIA, ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO 2015-2016
48
curricular formará parte del Proyecto educativo de cada centro y tendrá entre sus
elementos el PLAN DE TUTORIA.
Funciones tutoría.
Según el Decreto 66/2013, de 03/09/2013, por el que se regula la atención
especializada y la orientación educativa y profesional del alumnado en la
Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, el tutor ejercerá las siguientes
funciones:
 Informar al equipo directivo de los casos de falta de atención y los malos
resultados de determinados alumnos, con el fin de iniciar la oportuna
evaluación y, posteriormente, si es preciso, una escolarización e
intervención adecuadas.
 Desarrollar con el alumnado programas relativos al impulso de la acción
tutorial como la mejora de la convivencia, el proceso de enseñanza y
aprendizaje y la orientación académica y profesional.
 Coordinar al equipo docente garantizando la coherencia y la puesta en
marcha de medidas que mejoren el proceso educativo a nivel individual o
grupal, informándoles de todos aquellos aspectos relevantes en el mismo.
 Colaborar con el resto de niveles que desarrollan la orientación
especializada siguiendo las indicaciones que pueden aportar las otras
estructuras, bajo la coordinación de la jefatura de estudios.
 Facilitar el intercambio entre el equipo docente y las familias, promoviendo
la coherencia en el proceso educativo del alumno y dándole a éstas un
cauce de participación reglamentario.
Elección tutor-a.
Según la Orden de 02-07-2012 de la Consejería de Educación y Ciencia, por
las que se dictan las instrucciones que regulan la organización y funcionamiento de
los colegios de educación Infantil y Primaria de Castilla la Mancha se establece con
respecto a la Tutoría:
 El tutor o tutora será designado por el director, a propuesta de la jefatura de
estudios, entre los maestros que imparten docencia al grupo, de acuerdo
NORMAS DE CONVIVENCIA, ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO 2015-2016
49
con los criterios establecidos por el Claustro de profesores en las normas de
convivencia, organización y funcionamiento. Los maestros que comparten
centro podrán ser designados tutores en su centro de origen. A los maestros
itinerantes y a los miembros del Equipo directivo se les adjudicará tutoría en
último lugar, por este orden, y sólo si es estrictamente necesario.
 El tutor ejercerá las funciones establecidas en la normativa que le sea de
aplicación, especialmente la que regula la orientación educativa y la
prevención y control del absentismo escolar.
 Durante el curso, el tutor convocará a las familias, al menos, a tres reuniones
colectivas y a una entrevista individual. El horario de tutoría con las familias se
pondrá en conocimiento de las mismas y se expondrá en el tablón de
anuncios del centro.
A su vez la Orden de 05/08/2014, de la Consejería de Educación, Cultura y
Deportes, por la que se regulan la organización y la evaluación en la Educación
Primaria en la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, establece:
 Los tutores continuarán con el mismo grupo de alumnos un mínimo de dos
cursos académicos y un máximo de tres.
 En todo caso, se garantizará que el tutor permanece con el mismo grupo de
alumnos en quinto y sexto cursos.
2.7.2 EL EQUIPO DOCENTE
El Equipo docente está constituido por el tutor, que lo coordina, y el conjunto
de profesores que imparten enseñanza al mismo grupo de alumnos. En todo caso,
se procurará que el número de profesores que componga los equipos docentes sea
el mínimo que la organización del centro permita.
El tutor convocará al Equipo docente con motivo de la evaluación de los
alumnos, en aplicación de los principios y criterios establecidos en el Proyecto
educativo y en las normas de convivencia, organización y funcionamiento.
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NCOF 15-16

  • 2. NORMAS DE CONVIVENCIA, ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO 2015-2016 2 CONTENIDO 1. INTRODUCCIÓN..........................................................................................................................................................5 1.1 Justificación ..............................................................................................................................................................5 Referentes Legales. ....................................................................................................................................................6 2. PROPUESTA DE NORMAS DE CONVIVENCIA, ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO............................................11 2.1 Principios Recogidos En El Proyecto Educativo De Centro...................................................................................11 2.2 Procedimientos Para su Elaboración, Aplicación y Revisión ...............................................................................13 2.3 Normas de Convivencia..........................................................................................................................................16 2.3.1 Normas Generales Del Centro ........................................................................................................................16 2.3.2 Medidas Preventivas.......................................................................................................................................18 2.3.3 Medidas Correctoras.......................................................................................................................................20 2.3.4 Conductas Contrarias a las Normas de Convivencia, Organización y Funcionamiento del Centro y Aula: ..22 2.3.5 Conductas Gravemente Perjudiciales para la Convivencia en el Centro.......................................................23 2.3.6 Procedimientos para Aplicar las Medidas Correctoras..................................................................................24 2.3.7 Autoridad del Profesorado .............................................................................................................................28 2.3.8 Actuación Del Centro Educativo Cuando Un Menor No Acata Las Normas De Convivencia. .......................33 2.4 Normas de Aula.....................................................................................................................................................34 2.5 Derechos y Obligaciones de los Miembros de la Comunidad Educativa.............................................................39 2.6 Procedimientos y Responsables en la Mediación................................................................................................44 2.7 Régimen de Funcionamiento de los Órganos de Coordinación Docente y Otros Responsables........................47 2.7.1 La Tutoría.........................................................................................................................................................47 2.7.2 El Equipo Docente ...........................................................................................................................................49 2.7.3 El Equipo de Orientación y Apoyo ..................................................................................................................50 2.7.4 Los Equipos de Nivel........................................................................................................................................52 2.7.5 La Comisión de Coordinación Pedagógica ......................................................................................................54 2.8 Otros Responsables/Servicios ..............................................................................................................................57 2.8.1 El Equipo de Actividades Complementarias y Extraescolares ......................................................................57 2.8.2 Transporte Escolar...........................................................................................................................................59 2.8.3 Encargado de Biblioteca del Centro................................................................................................................62 2.8.4 Comisión Gestora y Encargado del Programa de Reutilización de Libros .....................................................63 2.8.5 Encargado de Material Fungible .....................................................................................................................64 2.8.6 Encargado de Espacios Comunes....................................................................................................................64 2.8.7 Coordinador de Prevención en Riesgos Laborales .........................................................................................64 2.8.8 Coordinador de Formación en el Centro ........................................................................................................66 2.9 Criterios Asignados por el Claustro Para:.............................................................................................................67 2.9.1 Definición de Grupos.......................................................................................................................................67
  • 3. NORMAS DE CONVIVENCIA, ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO 2015-2016 3 2.9.2 Asignación de Tutorías y Cursos .....................................................................................................................68 2.9.3 Asignación de Coordinadores de Nivel...........................................................................................................69 2.9.4 Asignación de Desdobles...............................................................................................................................70 2.10Criterios de Organización y Funcionamiento General del Centro .......................................................................73 2.10.1 Calendario .....................................................................................................................................................73 2.10.2 Horarios.........................................................................................................................................................73 2.10.3 Ausencia del Profesorado ............................................................................................................................81 2.10.4 Entradas y Salidas del Centro........................................................................................................................83 2.10.5 Recreos ..........................................................................................................................................................84 2.10. 6 Salidas del Centro por Actividades Complementarias /Extraescolares......................................................85 2.11 Uso de las Instalaciones y Recursos del Centro...................................................................................................88 2.11.1 Uso de Espacios de Uso Común en los Centros............................................................................................89 2.12. Procedimiento de Comunicación a las Familias de las Faltas de Asistencia y las Correspondientes Autorizaciones y Justificaciones ..................................................................................................................................90 2.13. Atención a las Familias. Derecho a una Evaluación Objetiva ............................................................................91 2.14. Actuación Ante Un Problema Médico Del Alumno-a.........................................................................................94 2.14.1 Introducción ..................................................................................................................................................94 2.14.2 Procedimiento de Intervención ....................................................................................................................95 2.14.3 Procedimiento y actuaciones del Equipo directivo......................................................................................96 3. ANEXOS. ...................................................................................................................................................................99 3.1 Carta de Convivencia............................................................................................................................................100 3.2 CUADROS NORMAS DE CONVIVENCIA ................................................................................................................102 3.3 Normas de Aula....................................................................................................................................................111 3.4 Protocolo de Absentismo.....................................................................................................................................119 3.4.1 Consideraciones Previas ...............................................................................................................................119 3.4.2. Itinerario de Intervención............................................................................................................................125 3.4.3. Actuación Del Centro Cuando El Menor No Es Recogido Al Finalizar El Horario Escolar. ..........................131 3.5 Plan de Acogida....................................................................................................................................................134 3.5.1 El Sistema Educativo Español........................................................................................................................134 3.5.2 Organización del Centro................................................................................................................................135 3.5.3. Horario General del Centro..........................................................................................................................136 3.5.4. Horario del Transporte Escolar para las Localidades que tengan este servicio. ........................................136 3.5.5 Horario del Curso (asignaturas, nombre del profesorado incluido el de apoyo si se necesita) .................138 3.5.6 Funciones del Tutor/ a ..................................................................................................................................139 3.5.7 Evaluación / Información a las Familias .......................................................................................................140 3.5.8 Normas de Funcionamiento y Convivencia del Centro ................................................................................141
  • 4. NORMAS DE CONVIVENCIA, ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO 2015-2016 4 3.5.9 Periodo de Adaptación.................................................................................................................................144 3.5.10 Documento de Recomendaciones para el Profesorado.............................................................................150 3.6. Protocolo Cambio Custodia Padres / Tutores. ...................................................................................................154 3.7 Protocolo Maltrato...............................................................................................................................................160 3.7.1 Definición, Tipos de Maltrato E Indicadores. ...............................................................................................160 3.7.2 Protocolo de Actuación.................................................................................................................................161 3.8. Plan de Participación de las Familias..................................................................................................................170
  • 5. NORMAS DE CONVIVENCIA, ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO 2015-2016 5 1.INTRODUCCIÓN 1.1 JUSTIFICACIÓN La construcción de un sistema de convivencia en la escuela debe permitir que se alcance el propósito buscado: instaurar el sistema de convivencia escolar que posibilite acompañar el crecimiento de los niños promoviendo su desarrollo como sujetos de derecho y responsabilidad, es decir ciudadanos. La convivencia escolar debe plantearse como una construcción habitual y permanente, reconociendo que es una tarea compleja, pero necesaria y posible y se constituye en una rica y valiosa experiencia educativa, dado que el aula y la escuela son los primeros espacios públicos de participación de las jóvenes generaciones. Es fundamental que el tiempo que nuestros alumnos pasan en la escuela, sea considerado por ellos, como un tiempo y un espacio valorizado, un tiempo de crecimiento, de creatividad. Para ello la escuela debe generar, facilitar y promover tiempos y espacios para que pueda circular la palabra y no los silencios, el diálogo y la discusión y no la sumisión y acatamiento, el análisis y la reflexión sobre las acciones impulsivas y las actuaciones violentas. La escuela que intenta responder a su cometido de ser formadora de ciudadanas y ciudadanos, debe transmitir valores democráticos como: la promoción de la solidaridad, la paz, la justicia, la responsabilidad individual y social, el respeto al otro, el cumplimiento de la norma, etc. Enseñar a convivir es tarea de toda la Comunidad Educativa. Para conseguirlo es fundamental el trabajo conjunto y coordinado de escuela, familia y entorno. Para que el aprendizaje sea posible, los intercambios alumnos/docentes/padres, que comparten la actividad en la escuela y que conforman esa red de vínculos interpersonales que denominamos CONVIVENCIA deben construirse cotidianamente, mantenerse y renovarse cada día.
  • 6. NORMAS DE CONVIVENCIA, ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO 2015-2016 6 REFERENTES LEGALES. CONSTITUCIÓN ESPAÑOLA 1978  CONSTITUCIÓN ESPAÑOLA 1978, artículo 27. LEYES ORGÁNICAS Y LEYES GENERALES  LEY Reguladora del Derecho a la Educación (LODE)  LEY de Educación (LOE)  LEY de Participación Social en la Educación de CLM.  LEY de Educación de Castilla-La Mancha.  LEY de Mejora de la Calidad Educativa (LOMCE) TRASPASO COMPETENCIAS Y ESTRUCTURA CONSEJERÍA EDUCACIÓN  Estatuto de Autonomía de Castilla-La Mancha.  RD Traspaso Competencias Educación CLM.  DE por el que se establece la estructura orgánica, organización de funciones y competencias de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, modificado por:  2011.09.08_269 DECRETO.  DE por el que se regula la estructura orgánica y las competencias de las Delegaciones Provinciales, y de los Servicios Periféricos de las Consejerías. RÉGIMEN ESTATUTARIO de los FUNCIONARIOS. PROFESORADO.  RD Régimen Disciplinario Funcionarios.  LEY Régimen Jurídico Administraciones Públicas.  LEY Estatuto Básico del Empleado Público.  OR Homologación y Certificación Formación Profesorado.  OR Acreditación Nivel Competencia Idiomas Profesorado.  LEY Empleo Público CLM.  DE Horario Lectivo Docentes CLM.  DE Modificación 2011.09.15_277.  DE Modificación 2011.09.15_277.  RD Especialidades Docentes del Cuerpo de Maestros en Infantil y Primaria.  DE Centro Regional de Formación del Profesorado CLM y Estructura del Modelo de Formación Permanente del Profesorado.
  • 7. NORMAS DE CONVIVENCIA, ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO 2015-2016 7  RE Instrucciones sobre el procedimiento de actuación ante situaciones que requieran justificación de las ausencias al trabajo por enfermedad común o accidente no laboral.  OR Organización y funcionamiento de los diferentes órganos que forman el modelo de formación del profesorado CLM.  Protocolo Operativo Defensa Docentes.  OR Funcionamiento la Unidad de Atención al Profesorado. CONVIVENCIA, DERECHOS y DEBERES.  RD Derechos y Deberes de los Alumnos y Normas de Convivencia en los Centros.  RE Protocolo de Actuación Maltrato entre Iguales.  DE Convivencia Escolar en CLM.  DE Protección Social y Jurídica de los Menores en CLM.  LEY de Autoridad del Profesorado CLM  DE Autoridad del Profesorado de CLM  LEY Protección Social y Jurídica de la Infancia y la Adolescencia CLM. ADMISIÓN y RATIOS.  DE Admisión del alumnado.  Modificado por 2012.12.27_163 DE.  OR Desarrollo del Proceso de Admisión del Alumnado.  Modificada por 2013.01.15 OR.  OR Criterios y Procedimientos para la Prevención, Intervención y Seguimiento sobre el Absentismo Escolar.  DE Ratios del Alumnado por Aula a partir del curso escolar 2012/2013.  RE Admisión de Alumnado 2014_15.  RE Ratios del Alumnado por Aula para el curso 2015/2016. EJERCICIO DE LA DIRECCIÓN y ELECCIÓN DE ÓRGANOS DE GOBIERNO.  OM Elección Consejos Escolares.  OR Procedimiento de Consolidación Parcial del Componente Singular del Complemento Específico de los Directores.  DE Ejercicio de la Función Directiva.  DE Modificación 2012.06.28_91 DE Función Directiva.
  • 8. NORMAS DE CONVIVENCIA, ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO 2015-2016 8  RE Programa de Formación Inicial Directores.  RE Concurso Méritos Dirección Centros 2014.  RE Fecha Elecciones Consejo Escolar 2014.  IN Elecciones Consejo Escolar 2014.  RD Curso Formación Función Directiva. EVALUACIÓN y TITULACIÓN.  OR Evaluación de Centros Docentes en CLM.  RE Evaluación Función Docente. REGLAMENTOS, FUNCIONAMIENTO y ORGANIZACIÓN DEL CENTRO.  OM Organización y Funcionamiento de los colegios de educación infantil y primaria, modificada por:  OM (Algunos aspectos no contemplados en normativa posterior)  RD Reglamento Orgánico de las Escuelas de Educación Infantil y de los Colegios de Educación Primaria (Algunos aspectos no contemplados en normativa posterior).  OM Ampliación 1996.01.26_82 RD  DOC Proyecto Educativo de Castilla la Mancha  OR Coordinación de Prevención de Riesgos Laborales.  RD Requisitos Mínimos de los centros de Infantil, Primaria y Secundaria.  OR Organización y Funcionamiento de los colegios de educación infantil y primaria.  DE Atención especializada y orientación educativa y profesional del alumnado CLM.  OR Orientación Educativa CLM. GESTIÓN ECONÓMICA.  DE Régimen Jurídico Autonomía Gestión Económica Centros.  DL Texto Refundido Ley de Hacienda CLM.  OR Desarrollo Decreto 77_2002 Gestión Económica Centros. EDUCACIÓN INFANTIL A. ORDENACIÓN ACADÉMICA. CURRÍCULO  RD Enseñanzas Mínimas del segundo ciclo de Educación Infantil.  DE Currículo de Educación Infantil CLM.
  • 9. NORMAS DE CONVIVENCIA, ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO 2015-2016 9  OM Currículos de Religión Católica.  DE Contenidos educativos del primer ciclo de la Educación Infantil y se establecen los requisitos básicos que deben cumplir los centros que lo impartan en CLM. B. EVALUACIÓN  OR Evaluación del alumnado del segundo ciclo de Educación infantil CLM. EDUCACIÓN PRIMARIA A. ORDENACIÓN ACADÉMICA  RD Enseñanzas mínimas Educación Primaria.  OM Currículos de Religión Católica.  RD Currículo Básico de Educación Primaria.  DE Currículo de la Educación Primaria en CLM.  OM Currículo, Evaluación y Organización Educación Primaria. B. EVALUACIÓN  OR Organización y Evaluación Educación Primaria CLM. SERVICIOS COMPLEMENTARIOS.  DE Organización y Funcionamiento Servicio Transporte Escolar. PLANES.  DE Plurilingüismo CLM.  OR Programa Inmersión Lingüística 5º y 6º Primaria 2014.  OR Selección Proyectos Excelencia 2013_14.  OR Programa de Reutilización de Libros 4º y 6º 2014_15.  OR Programas Lingüísticos. ASOCIACIONES DE MADRES Y PADRES.  DE de Asociaciones de Madres y Padres de Alumnos. COOPERACIÓN INTER-INSTITUCIONAL.  RE Cooperación entre los centros docentes y los centros de salud de CLM, y se establecen los procedimientos de vinculación entre ambos centros.
  • 10. NORMAS DE CONVIVENCIA, ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO 2015-2016 10 PROTOCOLO UNIFICADO DE INTERNVENCIÓN CON NIÑOS Y ADOLESCENTES DE CASTILLAS LA MANCHA.
  • 11. NORMAS DE CONVIVENCIA, ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO 2015-2016 11 2.PROPUESTA DE NORMAS DE CONVIVENCIA, ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO. 2.1 PRINCIPIOS RECOGIDOS EN EL PROYECTO EDUCATIVO DE CENTRO. Los principios y valores que guían el plan de convivencia y sirven de referente para el desarrollo de la autonomía pedagógica, organizativa y de gestión de nuestro CRA son: La calidad de la educación para todo el alumnado, independientemente de sus condiciones y circunstancias. La equidad, que garantice la igualdad de oportunidades, la inclusión educativa y la no discriminación, y actúe como elemento compensador de las desigualdades personales, culturales, económicas y sociales. El respeto por los derechos y deberes de todas y todos los componentes de la comunidad educativa y la garantía de su protección y defensa. - Divulgar los derechos y deberes. - Velar por el cumplimiento de las normas que regulan estos derechos y deberes. La transmisión y puesta en práctica de valores que favorezcan la libertad personal, la responsabilidad, la ciudadanía democrática, la solidaridad, la tolerancia, la igualdad, el respeto y la justicia. - Promover la coordinación con otras instituciones del entorno para evitar emitir mensajes contradictorios. El desarrollo de los procesos de enseñanza y aprendizaje en un clima de respeto mutuo. - Introducir, en las distintas programaciones didácticas de todas las áreas, contenidos que fomenten actitudes de respeto y tolerancia. - Impregnar a todas las actividades que se realizan dentro y fuera del centro de este clima de respeto mutuo. La participación de la comunidad educativa en la organización, gobierno y funcionamiento de nuestro centro. - Valorar y promover la participación de la comunidad educativa en la elaboración, control del cumplimiento y evaluación de:
  • 12. NORMAS DE CONVIVENCIA, ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO 2015-2016 12  las normas de convivencia del centro y aula,  los documentos programáticos del centro,  en los órganos de participación del centro  en las actividades extracurriculares. - Concebir la educación como una tarea compartida y de responsabilidad mutua por alumnado, familias, profesorado y demás instituciones. - Favorecer los hábitos de desarrollo de la autonomía del centro en todos los ámbitos y con la participación de toda la comunidad educativa. La concepción de la educación como un aprendizaje permanente y global, atendiendo a la diversidad de aptitudes, intereses, expectativas y necesidades de los miembros de la comunidad educativa. - Valorar y promover la formación del profesorado a través de grupos de trabajo, seminarios, cursos, etc. - Valorar y promover la formación de las familias a través de escuelas de madres y padres, cursos, etc. - Favorecer una formación básica para todo el alumnado, teniendo en cuenta la diversidad de intereses y aptitudes. - Fomentar en el alumnado la cultura de la formación permanente. La educación para la prevención de conflictos y para la resolución pacífica, justa y democrática de los mismos, así como la no violencia en todos los ámbitos de la vida personal, familiar y social. - Fomentar en la vida diaria de los miembros de la comunidad educativa medidas preventivas que favorezcan estos valores. - Introducir en las normas de centro y aula medidas de resolución de conflictos: mediación, ayuda entre iguales, asambleas, etc. Fomentar el aprendizaje significativo en el alumnado, pensamos que la experimentación y la vivencia personal crea redes de conocimientos duraderos que facilitan la generalización a nuevos aprendizajes y a todos los aspectos que impregnan el currículo. Individualizar lo máximo posible el proceso de enseñanza/aprendizaje, para ello creemos que es imprescindible que los tutores/as permanezcan el mayor tiempo posible con su grupo-clase.
  • 13. NORMAS DE CONVIVENCIA, ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO 2015-2016 13 Estar abiertos a nuevos métodos, recursos, instrumentos que hagan más eficaz la consecución de objetivos; actualizándonos en materiales y contenidos, que recojan las nuevas técnicas sobre rendimiento escolar, motivación, desarrollo personal, etc. 2.2 PROCEDIMIENTOS PARA SU ELABORACIÓN, APLICACIÓN Y REVISIÓN La responsabilidad institucional en la elaboración de estas normas se sitúa en el Equipo Directivo. Pero en un modelo de convivencia democrática, de participación, de inclusión, este cometido precisa ser fruto del consenso; por tanto seguidamente esta propuesta se comparte con el resto de la comunidad educativa (docentes y familias) y con el alumnado. Por ello para una mejora real del funcionamiento del centro será fundamental la participación de toda la comunidad educativa, trabajándolo en primer lugar a través de ciclos donde se analice y estudie la problemática y particularidades de cada ciclo y etapa educativa .Para ello se deben:  Analizar las causas de las conductas problemáticas.  Analizar las medidas que se aplican, su eficacia y la necesidad de cambio  Establecer procesos de negociación y consenso de normas, así como consecuencias ante el incumplimiento de las mismas, y responsables.  Establecer un clima positivo donde las medidas tengan un carácter rehabilitador y principalmente social. A través de este análisis podemos establecer cuáles serán las líneas de actuación esenciales, compartidas por toda la comunidad, que van a gestionar convivencia en el centro. La elaboración de las normas de centro y de aula se guiará por criterios comunes: Que potencien la prevención antes que las sanciones. Que reflejen consecuencias positivas y negativas. Que sean consensuadas y democráticas. Que sean compartidas y conocidas por toda la comunidad educativa.
  • 14. NORMAS DE CONVIVENCIA, ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO 2015-2016 14 Según el artículo 129 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, es competencia del Claustro de profesores aprobar y evaluar la concreción del currículo y todos los aspectos educativos de los proyectos y de la Programación general anual. La aprobación definitiva del Proyecto educativo (NCOOF) corresponde al responsable de la Dirección del centro, según se dispone entre sus competencias en el artículo 132 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, modificado por la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre. Al Consejo escolar le corresponde evaluar el Proyecto educativo (NCOOF) y la Programación general anual, sin perjuicio de las competencias del Claustro de profesores en relación con la planificación y organización docente, tal como establece el artículo 127 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, modificado por la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre. Que exista coherencia entre las normas de aula y las normas de centro. Que puedan modificarse, consensuadamente, en función de nuevas necesidades. Que tengan una redacción clara y sencilla. Que sean visibles, tanto en el aula como en el centro. Un primer borrador será remitido a las AMPAS, AYUNTAMIENTOS y EQUIPOS DE NIVEL para su revisión y aportaciones. Una vez realizado el documento será aprobado en Claustro primero, y posteriormente por el Director-a del centro educativo. Para llevar a cabo la aplicación de las Normas elaboradas, el director del centro las hará públicas a toda la comunidad educativa, siendo a partir de ese momento de obligado cumplimiento para todos. A su vez dentro del Consejo Escolar existirá una Comisión de Convivencia compuesta por el Director, que será su presidente, el Jefe de Estudios, el Secretario, un representante del profesorado, y un representante de los padres. Esta Comisión se reunirá, al menos, una vez al comienzo del curso y otra al final, y durante éste siempre que surja alguna circunstancia que lo aconseje, a juicio del Jefe de Estudios o de los profesores de un ciclo. Serán sus funciones:
  • 15. NORMAS DE CONVIVENCIA, ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO 2015-2016 15 Revisar anualmente las normas de convivencia por si fuera conveniente modificarlas. Mediar y resolver los problemas de convivencia planteados, haciendo una primera valoración. Canalizar las iniciativas de todos los sectores de la comunidad educativa para mejorar la convivencia. Asesorar a la dirección del Centro y al Consejo Escolar en el cumplimiento del Decreto sobre la Convivencia escolar. Proponer al Consejo Escolar un informe de final de Curso para incluir en la memoria, referido a los resultados y aplicación de las normas de convivencia (Art. 8 del referido R.D.) La validez de estas normas permanecerá hasta la elaboración y aprobación de otras que las sustituyan, para ello: La propuesta de modificación debe partir de un miembro de la comunidad educativa de cualquiera de los tres Centros que componen el CRA. Dicha propuesta será debatida por los diferentes estamentos de la Comunidad Educativa, para posteriormente llevar la propuesta de aprobación al consejo escolar. Una vez aprobada por Consejo Escolar esta entrará en vigor. En el siguiente diagrama se resume el proceso de elaboración: NORMAS DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO INICIA y PROMUEVE: Equipo Directivo TRABAJAN Claustro de Profesores Ciclos (CCP) AMPA AYUNTAMIENTOS APRUEBA Claustro Director
  • 16. NORMAS DE CONVIVENCIA, ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO 2015-2016 16 2.3 NORMAS DE CONVIVENCIA Como ya se ha reiterado anteriormente dentro de los principios educativos recogidos en el PEC el CRA apoya de forma conjunta un modelo de convivencia compartido por todos los sectores de la Comunidad Educativa. A partir de esta premisa las líneas de actuación que definimos pretenden apoyar formas de convivencia incentivadoras de comportamientos deseables y una clara potenciación de las medidas preventivas, para evitar en la medida de lo posible las sancionadoras. Por tanto y a través de los diferentes niveles que rigen la vida del CRA (Centro, aula, espacios comunes…), el alumno debe interiorizar estas normas que han sido consensuadas con sus maestros y compañeros de modo que sea capaz de analizar y prever las posibles consecuencias de sus acciones. En este sentido lo que tratamos de conseguir con estas normas es facilitar la vida del centro, creando un clima positivo e incentivando la adquisición de valores y competencias básicas para el desarrollo de nuestros alumnos. En el colegio los alumnos aprenden a convivir respetando a los demás. Por tanto se intenta facilitar un clima social que favorezca la convivencia, el respeto y la tolerancia. 2.3.1 NORMAS GENERALES DEL CENTRO En el marco del Decreto de convivencia de C-LM, en nuestro centro formulamos normas en los siguientes ámbitos: Ámbito I: PROCESOS DE ENSEÑANZA-APRENDIZAJE Ámbito II: RELACIONES INTERPERSONALES Ámbito III: USO DE DEPENDENCIAS, MATERIALES Y SALUD Asistencia y Puntualidad. Clima de aprendizaje. Material necesario y trabajo en casa. Respeto y cuidado del material escolar propio y ajeno. Respeto a todas las personas, sus opiniones e ideas y uso del diálogo para resolver conflictos. Respeto a la autoridad del profesorado e indicaciones del personal no docente. Respeto de espacios y sus usos: Clase, biblioteca, transporte escolar, pasillos, patio, sala de ordenadores, aseos… Cuidado e higiene personal.
  • 17. NORMAS DE CONVIVENCIA, ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO 2015-2016 17 Y las concretamos de la siguiente manera: Asistir a clase en buenas condiciones de salud e higiene. Asistir al colegio con puntualidad. Respetar la dignidad y funciones de los maestros y de cuantas personas trabajen en el centro. Respetar la dignidad, integridad, libertad y demás derechos de los alumnos. La asistencia debe ser regular. Las faltas de asistencia de los alumnos serán comunicadas por el tutor/a a la Jefa de Estudios. La familia será informada de dichas faltas y las justificará mediante nota escrita y/o entrevista. Cuándo se dé un número significativo de faltas de asistencia sin justificar se procederá a la puesta en marcha del Protocolo de Absentismo (anexo) Las aulas permanecerán limpias y ordenadas (tanto el material, como el mobiliario).La estancia en el centro requerirá:  Utilizar las papeleras y mantener limpio el colegio.  Comportarse adecuadamente en los pasillos (no correr...)  Utilizar las fórmulas de cortesía y educación (no gritar, ni decir palabrotas) Durante las horas de recreo, los alumnos deben permanecer en el patio, quedando prohibido pasar a las clases sin permiso de los maestros responsables de la vigilancia de los recreos. Los días de lluvia, nieve, viento o mal tiempo en general, los alumnos permanecerán en su aula acompañados por su profesor tutor/a y/o los maestros/as especialistas que ayudaran a aquel/la. Es recomendable evitar los juegos que puedan causar accidentes. El colegio tiene un horario establecido para la visita de padres, madres o tutores. Fuera de este horario no podrán interrumpir las clases u otras actividades programadas, salvo que desde el mismo centro se solicite su presencia en el mismo o por un motivo de fuerza mayor. El almuerzo lo traerán los niños/as de casa, y en caso de olvido se aprovechará el recreo, en la medida de lo posible, para traerlo.
  • 18. NORMAS DE CONVIVENCIA, ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO 2015-2016 18 En el caso de que algún alumno tenga que salir del recinto escolar en horario lectivo, es necesaria la autorización verbal o escrita del padre, madre o tutor legal, y con el visto bueno del tutor, Jefa de Estudios o Director del Centro. En caso de accidente en el Centro se seguirá lo establecido en el Protocolo de accidentes escolares (anexo) Las salidas para realizar excursiones, visitas u otras actividades extraescolares fuera del recinto escolar, requerirán una autorización por escrito por parte de los padres, madres o tutores. La rotura o deterioro de las instalaciones, mobiliario o material escolar por uso indebido o negligencia deberán ser abonados económicamente por los responsables. No se podrá asistir al centro (incluidos los viajes o visitas organizadas por el centro) con móviles, videoconsolas, mp3… En estas normas generales se implican a todos los sectores de la Comunidad escolar de manera que siendo responsables y cumpliendo con ellas contribuimos todos a mejorar el clima de Convivencia en nuestros Centros. Asimismo se consideran criterios comunes de intervención para todo el personal docente del centro los siguientes: En todos los casos, se debe asumir la responsabilidad que todos tenemos en los temas relacionados con la convivencia. Se han de tratar de solucionar los conflictos sin implicar a otras instancias. Ante un conflicto, antes de actuar, se debe procurar el contraste de opiniones con los implicados o con las instancias del centro que se consideren adecuadas para recabar asesoramiento. 2.3.2 MEDIDAS PREVENTIVAS Tal y como se recoge en los criterios y elementos básicos de las normas de convivencia, éstas deben tener un carácter preventivo antes que sancionador para la cual se establecerán las siguientes medidas:
  • 19. NORMAS DE CONVIVENCIA, ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO 2015-2016 19 Iniciativas curriculares y organizativas que favorezcan la participación del alumnado en el centro y el compromiso con su propio proceso de aprendizaje, como pueda ser la elaboración democrática de las Normas de Aula. Medidas dirigidas a modificar aquellas circunstancias personales, familiares o sociales que puedan ser determinantes de actuaciones contrarias a las Normas de Convivencia, en colaboración con los Servicios Socio-sanitarios de la zona. Puesta en marcha del proceso de acogida a alumnos, familias y profesores de nueva incorporación en el centro (anexo). Suscribir Compromiso de Convivencia con aquellas familias del alumnado que presente problemas de comportamiento y de aceptación de las normas de aula y/o centro, con el objetivo de establecer criterios comunes de actuación con el profesorado y colaborar en la realización y seguimiento de las medidas que se propongan para superar esa situación. Favorecer la resolución pacífica de conflictos entre alumnos o entre éstos y el profesorado mediante la utilización de la Asamblea de Aula o la Tutoría Individual con el alumnado a lo largo del curso. Tratamiento de los Derechos y Deberes del alumnado en sesiones de tutoría grupal así como el desarrollo de programas de habilidades sociales, igualdad de género, educación en valores, etc. Informar y formar a las familias en el conocimiento y aplicación de las Normas de Convivencia a través de reuniones con los tutores y charlas dentro de la Escuela de Padres, así como en el seguimiento diario de las tareas escolares, el estudio y el comportamiento del alumno. Asesoramiento especializado del Equipo de Orientación y Apoyo al profesorado, Equipo Directivo, resto de personal del centro y familias para impulsar y reforzar la convivencia en el centro educativo. Compromiso de todo el profesorado para velar por el cumplimiento del alumnado de las Normas de Convivencia en todo el recinto escolar: aula, pasillos, patio y espacios comunes.
  • 20. NORMAS DE CONVIVENCIA, ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO 2015-2016 20 2.3.3 MEDIDAS CORRECTORAS Atendiendo al Título III de Decreto de Convivencia en su artículo 18 se definen como conductas susceptibles de medidas correctoras aquellas que: “…son susceptibles de ser corregidas aquellas que vulneran lo establecido en las Normas de convivencia, organización y funcionamiento del centro y del aula o atentan contra la convivencia cuando son realizadas: a. Dentro del recinto escolar. b. Durante la realización de actividades complementarias y extracurriculares. c. En el uso de los servicios complementarios del centro. Asimismo, se tendrán en consideración aquellas que, aunque se realicen fuera del recinto, estén motivadas o directamente relacionadas con la actividad escolar. En la aplicación de estas medidas correctoras hay que tener siempre en cuenta que el alumnado no puede ser privado del ejercicio de su derecho a la educación y, en el caso de la educación obligatoria, de su derecho a la escolaridad. No obstante lo anterior, cuando se den las circunstancias y condiciones establecidas en los artículos 25 y 26, se podrá imponer como medida correctora la realización de tareas educativas fuera del aula o del centro docente durante el periodo lectivo correspondiente.
  • 21. NORMAS DE CONVIVENCIA, ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO 2015-2016 21 Criterios de aplicación de las medidas educativas correctoras Circunstancias que atenúan la gravedad Circunstancias que aumentan la gravedad Para la aplicación de las medidas correctoras se tendrán en cuenta, junto al nivel y etapa escolar, las circunstancias personales, familiares y sociales. Las medidas correctoras deben ser proporcionales a la gravedad de la conducta que se pretende modificar y deben contribuir al mantenimiento y la mejora del proceso educativo. En este sentido, deben tener prioridad las que conlleven comportamientos positivos de reparación y de compensación mediante acciones y trabajos individuales y colectivos que repercutan de forma positiva en la comunidad y en el centro. En ningún caso pueden imponerse medidas correctoras que atenten contra la integridad física y la dignidad personal del alumnado. El reconocimiento espontáneo de la conducta incorrecta. La ausencia de medidas correctoras previas. La petición de excusas en los casos de injurias, ofensas y alteración del desarrollo de las actividades del centro. El ofrecimiento de actuaciones compensadoras del daño causado. La falta de intencionalidad. Los daños, injurias u ofensas a compañeros de menor edad, de nueva incorporación, o que presenten condiciones personales de desigualdad manifiesta, además de comportamientos discriminatorios, sea cual sea la causa. Conductas que atentan contra la integridad física o moral y la dignidad de los profesionales del centro. La premeditación y la reincidencia. Las realizadas entre dos o más alumnos.
  • 22. NORMAS DE CONVIVENCIA, ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO 2015-2016 22 2.3.4 CONDUCTAS CONTRARIAS A LAS NORMAS DE CONVIVENCIA, ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL CENTRO Y AULA: CONDUCTAS CONTRARIAS A LAS NORMAS DE CONVIVENCIA, ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL CENTRO CONDUCTAS CONTRARIAS A LAS N.C.O.F. MEDIDAS CORRECTORAS a. Las faltas injustificadas de asistencia a clase o de puntualidad. b. La desconsideración con los otros miembros de la comunidad escolar. c. La interrupción del normal desarrollo de las clases. d. La alteración del desarrollo normal de las actividades del centro. e. Los actos de indisciplina contra miembros de la comunidad escolar. f. El deterioro, causado intencionadamente, de las dependencias del centro o de su material, o del material de cualquier miembro de la, o del material de cualquier miembro de la comunidad escolar. a. Amonestación privada o por escrito. b. Comparecencia ante el director o jefe/a de estudios c. La restricción de uso de determinados espacios y recursos del centro. d. La sustitución del recreo por una actividad alternativa, como la mejora, cuidado y conservación de algún espacio del centro. e. El desarrollo de las actividades escolares en un espacio distinto al aula de grupo habitual, bajo el control de profesorado del centro, en los términos dispuestos en el artículo 25 del Decreto de Convivencia Escolar. Artículo 25. El profesor del grupo podrá interponer temporalmente esta medida durante el periodo de su clase cuando la conducta impida al resto del alumnado ejercer el derecho a la enseñanza y aprendizaje, adoptándose una vez agotadas otras posibilidades e informará a la Jefatura de estudios y al tutor o tutora del grupo de las circunstancias que han motivado la adopción de esta medida. d. La realización de tareas escolares en el centro en el horario no lectivo del alumnado, por un tiempo limitado y con el conocimiento y la aceptación de los padres, madres o tutores legales del alumno o alumna.
  • 23. NORMAS DE CONVIVENCIA, ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO 2015-2016 23 2.3.5 CONDUCTAS GRAVEMENTE PERJUDICIALES PARA LA CONVIVENCIA EN EL CENTRO CONDUCTAS GRAVEMENTE PERJUDICIALES PARA LA CONVIVENCIA EN EL CENTRO CONDUCTAS GRAVEMENTE PERJUDICIALES MEDIDAS CORRECTORAS a. Los actos de indisciplina que alteren gravemente el desarrollo normal de las actividades del centro. b. Las injurias u ofensas graves contra otros miembros de la comunidad escolar. c. El acoso o la violencia contra personas, y las actuaciones perjudiciales para la salud y la integridad personal de los miembros de la comunidad educativa. d. Las vejaciones o humillaciones, particularmente aquéllas que tengan una implicación de género, sexual, religiosa, racial o xenófoba, o se realicen contra aquellas personas más vulnerables de la comunidad escolar por sus características personales, económicas, sociales o educativas. e. La suplantación de identidad, la falsificación o sustracción de documentos y material académico. f. El deterioro grave, causado intencionadamente, de las dependencias del centro, de su material o de los objetos y las pertenencias de los demás miembros de la comunidad educativa. g. Exhibir símbolos racistas, que inciten a la violencia, o de emblemas que atenten contra la dignidad de las personas y los derechos humanos; así como la manifestación de ideologías que preconicen el empleo de la violencia, la apología de los comportamientos xenófobos o del terrorismo. h. La reiteración de conductas contrarias a las normas de convivencia en el centro. i. Incumplimiento de las medidas impuestas con anterioridad. a. La realización en horario no lectivo de tareas educativas por un periodo superior a una semana e inferior a un mes. b. La suspensión del derecho a participar en determinadas actividades extraescolares o complementarias durante un periodo que no superior a un mes. c. La realización de tareas educativas fuera del centro, con suspensión temporal de la asistencia al propio centro docente por un periodo que no podrá ser superior a quince días lectivos, sin que ello comporte la pérdida del derecho a la evaluación continua, y sin perjuicio de la obligación de que el alumno o la alumna acuda periódicamente al centro para el control del cumplimiento de la medida correctora. En este supuesto, la tutora o el tutor establecerá un plan de trabajo con las actividades a realizar por el alumno o la alumna sancionado, con Inclusión de las formas de seguimiento y control durante los días de no asistencia al centro, para garantizar así el derecho a la evaluación continua. En la adopción de esta medida tienen el deber de colaborar las madres, padres o representantes legales del alumno. d. Se podré proponer al Delegado provincial de Educación y Ciencia, en aquellas localidades en las que exista más de un centro docente, el cambio de centro.
  • 24. NORMAS DE CONVIVENCIA, ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO 2015-2016 24 2.3.6 PROCEDIMIENTOS PARA APLICAR LAS MEDIDAS CORRECTORAS CONDUCTAS CONTRARIAS A LAS NORMAS DE CONVIVENCIA, ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL CENTRO. A. Se producen las Conductas contrarias a las NCOF. B. El tutor –a (o docente que ha estado presente en los hechos acontecidos) se reúne con el/los alumnos-as implicado-s, para recabar información de las partes. C. Realización del Parte de Conducta contraria por parte del tutor o docente, y remisión del mismo a la Jefatura de Estudios. D. Trámite de audiencia de la Jefatura de Estudios con el/los alumnos-as implicado-s. E. Trámite de audiencia de la Jefatura de Estudios con el tutor/docente. F. Comunicación (telefónica) de la Jefatura de Estudios a las familias de los alumnos-as implicados de los hechos acontecidos. G. El Director establecerá la medida correctora más adecuada a la situación. H. Trámite de audiencia a las familias para comunicar la medida correctora (dos días naturales para posible reclamación) I. Ejecución de la medida correctora.
  • 25. NORMAS DE CONVIVENCIA, ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO 2015-2016 25 CONDUCTAS GRAVEMENTE PERJUDICIALES PARA LA CONVIVENCIA EN EL CENTRO. A. Se producen las Conductas Gravemente Perjudiciales para la Convivencia en el centro. B. El tutor –a (o docente que ha estado presente en los hechos acontecidos) se reúne con el/los alumnos-as implicado-s, para recabar información de las partes. C. Realización del Parte de Conducta gravemente perjudiciales por parte del tutor o docente, y remisión del mismo a la Jefatura de Estudios. D. Trámite de audiencia de la Jefatura de Estudios con el/los alumnos-as implicado-s. E. Trámite de audiencia de la Jefatura de Estudios con el tutor/docente. F. Comunicación (telefónica) del/la Jefe-a de Estudios a las familias de los alumnos-as implicados de los hechos acontecidos. G. Propuesta de la medida correctora por parte del Director del centro. H. Trámite de audiencia a las familias para comunicar la medida correctora (dos días naturales para posible reclamación) I. Comunicación de la medida correctora definitiva (dos días naturales para posible reclamación). J. Ejecución de la medida correctora. “Tal y como se establece en el Artículo 29 del Decreto de Convivencia del 2008, los padres o tutores legales de los alumnos- as podrán solicitar al Consejo Escolar la revisión de las medidas correctoras establecidas. Se convocará al Consejo Escolar como máximo dos días lectivos desde la presentación de la reclamación. En dicha reunión en Consejo Escolar revisará la medida pudiendo ratificar la medida o proponer otras medidas correctoras”
  • 26. NORMAS DE CONVIVENCIA, ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO 2015-2016 26 MEDIDAS CORRECTIVAS ¿QUIÉN? CONDICIONES a) Amonestación privada o por escrito. - Profesor del alumno - Tutor del alumno Oído el alumno y Tutor b) Comparecencia inmediata ante el Jefe de Estudios o Director - Profesor del alumno - Tutor del alumno - Jefe de Estudios - Director Oído el alumno y dando cuenta al Jefe de Estudios y Tutor (Previo parte de Conducta) c) Restricción de uso de determinados espacios y recursos del centro. - Profesor del alumno - Tutor del alumno Oído el alumno y su Tutor (Previo parte de Conducta) d) Sustitución del recreo por una actividad alternativa, como la mejora, cuidado y conservación de algún espacio del centro. - Profesor del alumno - Tutor del alumno Oído el alumno y dando cuenta al Jefe de Estudios y Tutor (Previo parte de Conducta) e) El desarrollo de las actividades escolares en un espacio distinto al aula de grupo habitual, bajo el control de profesorado del centro, en los términos dispuestos en el artículo 25 del Decreto de Convivencia Escolar. - Profesor del alumno - Tutor del alumno - Jefe de Estudios - Director Oído el alumno y dando cuenta al Jefe de Estudios y Tutor (Previo parte de Conducta) f) Realización de trabajos específicos en horario no lectivo. - Tutor del alumno - Jefe de Estudios - Director Oído el alumno , padres y su Tutor
  • 27. NORMAS DE CONVIVENCIA, ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO 2015-2016 27 MEDIDAS CORRECTIVAS ¿QUIÉN? CONDICIONES g) Realización de tareas que contribuyan a la mejora y el desarrollo de las actividades en el centro dirigidas a reparar el daño causado a instalaciones, material o pertenencias de otros miembros de la comunidad educativa. - Tutor del alumno - Jefe de Estudios - Director Oído el alumno, padres y su Tutor Previo parte de Conducta. h) Cambio de grupo del alumno por el plazo máximo de una sesión. - Tutor del alumno - Jefe de Estudios - Director Oído el alumno y su Tutor f) Suspensión del derecho a participar en las actividades extraescolares o complementarias del centro. - Jefe de Estudios - Director Oído el alumno, padres y su Tutor Previo parte de Conducta. g) Suspensión del derecho de asistencia a determinadas clases por un plazo máximo de tres días. Durante este tiempo el alumno deberá realizar los deberes que se determinen para evitar la interrupción del proceso formativo. - Consejo Escolar - Director Oído el alumno Por delegación expresa del Consejo Escolar Oído el Tutor y Equipo Directivo Si es menor de edad, oído los padres, con levantamiento de acta. Previo parte de Conducta. h) Suspensión de asistencia al centro por el plazo máximo de cinco días lectivos. Durante el tiempo que dure la suspensión, el alumno deberá realizar los trabajos que se determinen para evitar la interrupción del proceso formativo - Consejo Escolar - Director Por delegación expresa del Consejo Escolar, oído el alumno, tutor, equipo directivo, padres, con levantamiento de acta. Siempre que la conducta dificulte el normal desarrollo de las actividades lectivas, con comunicación inmediata a la Comisión de Convivencia. Previo parte de Conducta.
  • 28. NORMAS DE CONVIVENCIA, ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO 2015-2016 28 2.3.7 AUTORIDAD DEL PROFESORADO La Administración Educativa de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha entiende que la educación necesita para que sea posible ejercerla, un clima de convivencia positivo en el centro educativo y un profesorado respetado y reconocido socialmente, que goce de la necesaria autoridad para garantizar la consecución de los objetivos finales de la educación en todas las instituciones educativas. El sistema educativo debe velar por que en las aulas reine un clima de estudio, esfuerzo, convivencia, y superación personal, donde los alumnos se desarrollen como personas capaces de transformar la sociedad y se preparen para poder afrontar los retos del futuro. Por todo ello, el proceso de mejora y transformación de la educación para conseguir una enseñanza de calidad que trate de prevenir el fracaso escolar pasa, necesariamente, por reforzar la autoridad del profesor como pieza esencial en el proceso de enseñanza-aprendizaje en el que debe darse un buen clima de trabajo y respeto mutuo entre todos los miembros de la comunidad educativa: alumnado, profesorado y familia. Derechos del profesorado. Al profesorado se le reconocen los siguientes derechos: A. A la protección jurídica del ejercicio de sus funciones docentes. B. A la atención y asesoramiento por la Consejería con competencias en materia de enseñanza no universitaria que le proporcionará información y velará para que tenga la consideración y el respeto social que merece. C. Al prestigio, crédito y respeto hacia su persona, su profesión y sus decisiones pedagógicas por parte de los padres, madres, alumnado y demás miembros de la comunidad educativa. D. A solicitar la colaboración de los docentes, equipo directivo, padres o representantes legales y demás miembros de la comunidad educativa en la defensa de sus derechos derivados del ejercicio de la docencia. E. Al orden y la disciplina en el aula que facilite la tarea de enseñanza. F. A la libertad de enseñar y debatir sobre sus funciones docentes dentro del marco legal del sistema educativo.
  • 29. NORMAS DE CONVIVENCIA, ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO 2015-2016 29 G. A tomar medidas disciplinarias ante las conductas disruptivas que se ocasionen en el aula y que impidan crear un buen clima de enseñanza- aprendizaje. H. A hacer que los padres colaboren, respeten y hagan cumplir las normas establecidas por el centro. I. A desarrollar la función docente en un ambiente educativo adecuado, donde sean respetados sus derechos, especialmente aquellos dirigidos a su integridad física y moral. J. A tener autonomía para tomar las decisiones necesarias, de acuerdo con las normas de convivencia establecidas, que le permitan mantener un adecuado clima de convivencia y respeto durante las clases, las actividades complementarias y extraescolares. Autoridad pública. 1. El profesorado tendrá, en el desempeño de las funciones docentes, de gobierno y disciplinarias, la condición de autoridad pública y gozará de la protección reconocida a tal condición por el ordenamiento jurídico. Presunción de veracidad. 1. Los hechos constatados por el profesorado en el ejercicio de las competencias correctoras o disciplinarias gozarán de la presunción de veracidad cuando se formalicen por escrito en el curso de los procedimientos administrativos tramitados en relación con las conductas que sean contrarias a las normas de convivencia, sin perjuicio de las pruebas que, en defensa de los respectivos derechos o intereses, puedan ser señaladas o aportadas por los presuntos responsables. Responsabilidad y reparación de daños. 1. Los alumnos/as o personas con él relacionadas que individual o colectivamente causen, de forma intencionada o por negligencia, daños a las instalaciones, equipamientos informáticos, incluido el software, o cualquier material del centro, así como a los bienes de los miembros de la comunidad educativa, quedarán obligados a reparar el daño causado o hacerse cargo del coste económico de su reparación o restablecimiento, cuando no medie
  • 30. NORMAS DE CONVIVENCIA, ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO 2015-2016 30 culpa invigilando de los/as profesores/as. Asimismo, deberán restituir los bienes sustraídos, o reparar económicamente el valor de estos. 2. En todo caso, quienes ejerzan la patria potestad o la tutela de los menores de edad serán responsables civiles en los términos previstos por la legislación vigente. 3. En los casos de agresión física o moral al profesor o profesora causada por el/la alumno/a o personas con ellos relacionadas, se deberá reparar el daño moral causado mediante la petición de excusas y el reconocimiento de la responsabilidad de los actos. La concreción de las medidas educativas correctoras o disciplinarias se efectuará por resolución de la persona titular de la dirección del centro educativo público y por la titularidad del centro en el caso de centros privados concertados, en el marco de lo que dispongan las normas de convivencia, funcionamiento y organización de los centros, teniendo en cuenta las circunstancias personales, familiares o sociales, la edad del alumno o alumna, la naturaleza de los hechos y con una especial consideración a las agresiones que se produzcan en los centros de educación especial, debido a las características del alumnado de estos centros. 4. La persona titular de la dirección del centro educativo público o del centro privado concertado comunicará, simultáneamente, al Ministerio Fiscal y a los Servicios Periféricos competentes en materia de educación, cualquier hecho que pudiera ser constitutivo de un ilícito penal, sin perjuicio del inicio del procedimiento para la imposición de correcciones o de la adopción de las medidas cautelares oportunas. 5. La Consejería con competencias en materia de educación establecerá la homogenización de las medidas educativas correctoras o disciplinarias para que todos los centros, ante la misma falta o hecho, tengan la misma respuesta. De conformidad con lo establecido en el Estatuto de Autonomía, corresponde a la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha la competencia de desarrollo legislativo y ejecución de la enseñanza en toda su extensión, niveles y grados, modalidades y especialidades, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo
  • 31. NORMAS DE CONVIVENCIA, ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO 2015-2016 31 27 de la Constitución y las Leyes Orgánicas que conforme al artículo 81 de la misma lo desarrollen. En virtud de ello se desarrollan la Ley 3/2012, de 10 de mayo y el Decreto 13/2013 de 21/03/2013 en las cuales se establece: CONDUCTAS QUE MENOSCABAN LA AUTORIDAD DEL PROFESORADO CONDUCTAS CONTRARIAS MEDIDAS CORRECTORAS 1. Serán objeto de medidas correctoras las conductas contrarias a las normas de convivencia, organización y funcionamiento del centro y del aula que menoscaben la autoridad del profesorado en el ejercicio de su labor profesional docente y que los alumnos realicen dentro del recinto escolar o fuera de él, siempre que sucedan durante el desarrollo de actividades comprendidas en el ámbito escolar. Se entenderá a este no sólo referido al propio centro, sino a cuantas actividades y servicios educativos que requieran la presencia del profesorado. 2. Se establecen como conductas que atentan contra la autoridad del profesorado las siguientes: a) La realización de actos que, menoscabando la autoridad del profesorado, perturben, impidan o dificulten el desarrollo normal de las actividades de la clase o del centro. En todo caso, quedarán incluidas las faltas de asistencia a clase o de puntualidad del alumnado que no estén justificadas, y todas aquellas faltas que por su frecuencia y reiteración incidan negativamente en la actividad pedagógica del docente. Quedarán excluidas aquellas faltas no justificadas debidas a situaciones de extrema gravedad social no imputables al propio alumnado. b) La desconsideración hacia el profesorado, como autoridad docente. c) El incumplimiento reiterado de los alumnos de su deber de trasladar a sus padres o tutores la información relativa a su proceso de enseñanza y aprendizaje facilitada por el profesorado del centro, limitando así la autoridad de los mismos, en los niveles y etapas educativos en que ello fuese responsabilidad directa del alumnado, sin detrimento de la responsabilidad del profesorado en su comunicación con las familias o de las propias familias en su deber de estar informadas del proceso de enseñanza y aprendizaje del alumnado. d) El deterioro de propiedades y del material personal del profesorado, así como cualquier otro material, que facilite o utilice el profesorado para desarrollar su actividad docente, causado intencionadamente por el alumnado. a) La realización de tareas escolares en el centro en el horario no lectivo del alumnado, por un tiempo mínimo de cinco días lectivos. b) Suspensión del derecho a participar en las actividades extraescolares o complementarias del centro, por un período mínimo de cinco días lectivos y un máximo de un mes. c) Suspensión del derecho de asistencia a determinadas clases, por un plazo máximo de cinco días lectivos, a contar desde el día en cuya jornada escolar se haya cometido la conducta infractora. d) La realización de tareas educativas fuera del centro, con suspensión del derecho de asistencia al mismo, por un plazo mínimo de cinco días lectivos y un máximo de diez días lectivos, con sujeción a lo establecido en el artículo 26.d. del Decreto 3/2008, de 8 de enero. El plazo empezará a contarse desde el día en cuya jornada escolar se haya cometido la conducta infractora.
  • 32. NORMAS DE CONVIVENCIA, ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO 2015-2016 32 CONDUCTAS GRAVEMENTE ATENTATORIAS DE LA AUTORIDAD DEL PROFESORADO CONDUCTAS CONTRARIAS MEDIDAS CORRECTORAS a) Los actos de indisciplina de cualquier alumno que supongan un perjuicio al profesorado y alteren gravemente el normal funcionamiento de la clase y de las actividades educativas programadas y desarrolladas por el Claustro. b) La interrupción reiterada de las clases y actividades educativas. c) El acoso o violencia contra el profesorado, así como los actos perjudiciales para su salud y su integridad personal, por parte de algún miembro de la comunidad educativa. d) Las injurias u ofensas graves, así como las vejaciones o humillaciones hacia el profesorado, particularmente aquéllas que se realicen en su contra por sus circunstancias personales, económicas, sociales o educativas. e) La suplantación de identidad, la falsificación o sustracción de documentos que estén en el marco de la responsabilidad del profesorado. f) La introducción en el Centro educativo o en el aula de objetos o sustancias peligrosas para la salud y la integridad personal del profesorado. g) Utilizar y exhibir símbolos o manifestar ideologías en el aula que supongan un menoscabo de la autoridad y dignidad del profesorado, a juicio del mismo. h) El incumplimiento de las medidas correctoras impuestas con anterioridad. Tras la valoración y el análisis de los motivos de tal incumplimiento, podrá agravar o atenuar la consideración de la conducta infractora y, en consecuencia, matizar las medidas educativas correctoras. i) El grave deterioro de propiedades y del material personal del profesorado, así como cualquier otro material, que facilite o utilice el profesorado para desarrollar su actividad docente, causado intencionadamente por el alumnado. Además de las anteriormente señaladas: a) La realización de tareas educativas en el centro, en horario no lectivo del alumnado, por un tiempo mínimo de diez días lectivos y un máximo de un mes. b) La suspensión del derecho del alumnado a participar en determinadas actividades extraescolares o complementarias, que se realicen en el trimestre en el que se ha cometido la falta o en el siguiente trimestre. c) El cambio de grupo o clase. d) La suspensión del derecho de asistencia a determinadas clases, por un periodo superior a cinco días lectivos e inferior a un mes, a contar desde el día en cuya jornada escolar se haya cometido la conducta infractora. e) La realización de tareas educativas fuera del centro, con suspensión temporal de la asistencia al propio centro docente por un periodo mínimo de diez días lectivos y un máximo de quince días lectivos, con sujeción a lo establecido en el artículo 26.d del Decreto 3/2008, de 8 de enero. El plazo empezará a contar desde el día en cuya jornada escolar se haya cometido la conducta infractora.
  • 33. NORMAS DE CONVIVENCIA, ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO 2015-2016 33 2.3.8 ACTUACIÓN DEL CENTRO EDUCATIVO CUANDO UN MENOR NO ACATA LAS NORMAS DE CONVIVENCIA. Siguiendo las instrucciones marcadas en el PROTOCOLO DE INTERVENCIÓN CON MENORES y ADOLESCENTES, publicado por la Consejería de Educación-Cultura y Deportes en junio del 2015: Normativa de aplicación: Ley 3/2012, de 10 de mayo, de autoridad del profesorado (D.O.C.M. 99 de 21 de mayo de 2012). Decreto 13/2013, de 21 de marzo, de autoridad del profesorado en Castilla- La Mancha (D.O.C.M. 60 de 26 de marzo de 2013). Decreto 3/2008, de 8 de enero, de la convivencia escolar en Castilla-La Mancha (D.O.C.M. 9 de 11 de enero de 2008). Orden de 20/06/2013, de la Dirección General de Organización, Calidad Educativa y Formación Profesional, por la que pone en funcionamiento la Unidad de Atención al Profesorado (D.O.C.M. 121 de 25 de junio de 2013). Actuaciones En general, en estos casos se actuaría siguiendo los siguientes pasos: Aplicación de la normativa en vigor. Poner en conocimiento de los padres, tutores o representantes legales: comunicar la situación y/o la incidencia a los padres, tutores o representantes legales del menor o joven, tratando de buscar este apoyo como forma más normalizada de reconducción de la conducta del mismo. Poner denuncia desde la dirección del centro escolar: ante desacatos graves y disruptivos que impiden el funcionamiento normal del centro educativo, se denunciará el suceso ante las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad por medio de la dirección del centro educativo. De este modo es utilizado el recurso del Juzgado de Menores con carácter educativo.
  • 34. NORMAS DE CONVIVENCIA, ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO 2015-2016 34 2.4 NORMAS DE AULA Siguiendo el Decreto 3/2008 sobre Convivencia Escolar en Castilla-La Mancha, se deberán elaborar, aprobar y difundir los criterios comunes y los elementos básicos que deben incorporar las normas de convivencia, organización y funcionamiento de las aulas, así como el procedimiento de elaboración y los responsables de su aplicación.” (Art. 6, apartado c) Las NCOF específicas de cada aula serán elaboradas, revisadas y aprobadas anualmente por el profesorado y el alumnado que conviven en el aula, coordinados por el tutor/a del grupo. El Consejo Escolar velará por que dichas Normas no vulneren las establecidas con carácter general para todo el centro. (Art. 7, apartado 2) El proceso para la elaboración de normas de aula debe ser lo suficientemente ágil para que puedan estar establecidas lo antes posible. Es necesario tener en cuenta que en los cursos de E. Infantil y Primer y Segundo Ciclo de E. Primaria se debe enseñar normas, su necesidad, las ventajas de su cumplimiento, la responsabilidad de cada uno en el mismo, las consecuencias que conlleva su incumplimiento... pero el procedimiento que proponemos a continuación debe adaptarse a las características psicoevolutivas del alumnado, no se puede tener el mismo grado de participación e implicación en su elaboración a los 6 que a los 11 años. Se debe partir de los problemas concretos, los comportamientos que consideramos inadecuados, de situaciones que perturban el grupo, que impiden el logro de objetivos compartidos, intentando determinar las posibles causas. Es conveniente establecer pocas normas, claras y sencillas que describan comportamientos adecuados y esperados, redactadas en positivo siempre que sea posible y dejando claros los procedimientos establecidos en caso de su incumplimiento.
  • 35. NORMAS DE CONVIVENCIA, ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO 2015-2016 35 En general, las propuestas que ofrece la literatura sobre el tema para la elaboración democrática de las normas de aula se estructuran de la siguiente manera:  Sensibilización. En un primer momento el profesor/a-tutor/a pretende sensibilizar y concienciar al alumnado de la necesidad de tener unas normas en clase como en cualquier otro grupo social, el concepto de norma y su importancia para las relaciones interpersonales. Que reflexionen sobre sus objetivos como grupo-clase, así como sobre los derechos y deberes de los alumnos y profesores. Auto-revisión y toma de decisiones. Cada uno de los equipos docentes puede establecer una relación de aspectos a tratar en los grupos de su nivel. Se puede disponer de documentos sencillos en los que anotar los comportamientos inadecuados y aquellas situaciones más conflictivas del aula. Hacer una puesta en común por parte de los equipos docentes de las preocupaciones más comunes, del análisis de las causas que pueden subyacer a los problemas, así como de las estrategias y actuaciones más eficaces que se llevan a cabo, puede ser de gran ayuda a la hora de facilitar y dar coherencia al proceso de elaboración de normas de aula. El equipo docente tiene que decidir el grado de participación y responsabilidad del alumnado en el proceso de elaboración de normas de aula. Se debe acordar si se considera también el establecimiento de normas para el profesorado en el aula. Esta decisión puede suponer la mejora del restablecimiento de la autoridad reconocida al profesorado y adquirir un talante de coherencia y justicia para el alumnado. Producción de normas. En esta fase se formulan, con la participación de todos y todas y mediante un procedimiento democrático, las normas de convivencia, las del profesorado y las del alumnado. Se realiza una propuesta de aquellas que se consideran más adecuadas, explicando el sentido y la finalidad de las mismas en base a los objetivos del grupo: llevarnos bien, aprobar... analizando qué es aquello que dificulta su consecución
  • 36. NORMAS DE CONVIVENCIA, ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO 2015-2016 36 (conductas de indisciplina, uso inadecuado de material, impuntualidad...) y qué normas pueden servir para lograr nuestros objetivos. Se podrán incluir una graduación de actuaciones previas a las medidas correctoras, de manera que el profesorado tenga acordado una especie de protocolo de actuación ante conductas disruptivas que den coherencia a su intervención, que faciliten el cumplimiento de las normas, y, por tanto, la eficacia de la normativa. Siempre teniendo en cuenta la necesidad de flexibilizar las actuaciones para adaptarlas a cada caso concreto como se establece en el Decreto. Así mismo puede ser conveniente decidir quién es el responsable de estas actuaciones acordadas, en qué casos es el profesor o profesora del grupo y cuándo intervienen otros responsables. Es importante decidir previamente sobre qué aspectos de la vida del aula se van a definir las normas, para lo es de gran utilidad la auto-revisión realizada en la fase anterior y poder valorar las normas ya existentes, así como aquellas estrategias, actuaciones y medidas correctoras que utilizamos de forma eficaz y aquellas que no cumplen su objetivo. Antes de comenzar la producción de las normas es básico dar pautas claras al alumnado sobre:  Cuáles son los ámbitos sobre los que pueden decidir para ajustar sus expectativas respecto a su capacidad de decisión, por ejemplo no podrán hacerlo sobre horarios, agrupamientos... u otras decisiones que no son de su competencia.  Los criterios necesarios para la formulación de las normas: que sean coherentes con el objetivo del grupo-clase, con las normas de centro y los derechos y deberes legales; deben ser claras y poco numerosas; que sean realizables y concretas, resulte fácil determinar si se cumplen; que sean realistas y fáciles de cumplir; que estén enunciadas en positivo. Se proponen, con la participación de todos y todas, posibles medidas correctoras o consecuencias a su incumplimiento dentro del marco que establece el Decreto de Convivencia. Es importante aclarar cuál debe ser la finalidad de las sanciones y establecer los criterios adecuados para definir las consecuencias, como por ejemplo: que sean realistas y factibles; que guarden proporción con la
  • 37. NORMAS DE CONVIVENCIA, ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO 2015-2016 37 gravedad de la falta cometida; que no vayan en contra de los derechos fundamentales de la persona, etc. Así como las actuaciones que vamos a acordar a la hora de intervenir en las situaciones de trasgresión de las normas. Consenso, elaboración definitiva y difusión. En este momento se debe llegar a un pacto, fruto del consenso, en el que se acuerden, de las normas formuladas, las que se consideran adecuadas por parte del alumnado y todo el profesorado que imparte clase al grupo. Para que esta fase del proceso sea eficaz se deben cumplir los siguientes requisitos:  Se deberá gozar de capacidad real de decisión en el grupo.  La comunicación debe ser eficaz.  Se puede comenzar con aquellas normas con las que tengamos posibilidad de acuerdo.  Cuando aparezcan discrepancias insuperables se deben proponer alternativas.  Se comenzarán con pocas normas, dos o tres. Se puede considerar que se acuerde una normativa común para cada nivel o cada ciclo, en cuyo caso los equipos docentes revisarán las propuestas de cada grupo y elaboran las definitivas. Es conveniente que las normas y sus correcciones estén siempre disponibles en las aulas. Así mismo es muy importante la coordinación con las familias, que estén informadas del proceso que se está realizando y de las normas y correcciones acordadas. Contar con su colaboración hará más fácil hacer cumplir las normas. Aplicación y revisión de las normas. Tanto de las normas de centro como de las de aula es necesario un seguimiento posterior a la difusión de la normativa y la aplicación de la misma. Debemos plantear su evaluación, revisión y ajuste de la misma, para mantenerla actualizada. No tiene mucho sentido tener establecidas normas que no suponen la solución a problemas reales, que es imposible cumplirlas, y/o medidas correctoras que no se pueden llevar a cabo o que se muestran ineficaces para hacer cumplir las normas como las expulsiones reiteradas sin más, los partes o amonestaciones sin consecuencias...
  • 38. NORMAS DE CONVIVENCIA, ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO 2015-2016 38 Lógicamente esta revisión se hará de forma programada según se considere, quincenal, mensual o trimestralmente. Al principio es mejor que se realice en periodos más cortos de tiempo. Podemos establecer los siguientes criterios para evaluar la adecuación de las normas: La norma debe ser necesaria La norma debe ser razonable La norma debe ser sencilla y clara La norma debe ser flexible Cuando sea posible la norma debe expresarse de forma positiva. La norma debe ser adecuada a los niveles de desarrollo cognoscitivo y social de los alumnos. Y respecto al procedimiento se recomienda: Las normas deben establecerse antes de que comience o al comienzo el curso escolar Las normas deben exponerse por todo el centro educativo Toda la comunidad educativa debe tener ejemplares de las normas Las consecuencias de transgredir las normas, es decir las medidas correctoras, los criterios de aplicación y su graduación, deben estar claras. Debe haber el menor número de normas Los centros educativos deben “enseñar” las normas. En nuestro CRA trabajamos las normas de aula al comienzo de cada curso de manera que es un trabajo compartido y consensuado entre profesionales que comparten problemáticas e inquietudes, estas normas de aula se encuentran especificadas en los anexos de estas normas.
  • 39. NORMAS DE CONVIVENCIA, ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO 2015-2016 39 2.5 DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LOS MIEMBROS DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA Promover la mejora de la convivencia en los centros escolares requiere necesariamente, junto con otras actuaciones, el establecimiento de un sistema de normas elaboradas democráticamente que sean el reflejo de la participación, el diálogo y el consenso de la Comunidad Educativa: MAESTROS DERECHOS OBLIGACIONES Ser respetado en su dignidad personal y profesional. Recibir la información pertinente sobre las decisiones que se tomen en los respectivos órganos competentes. A intervenir en todo aquello que afecte a la vida y disciplina del centro a través de los canales reglamentados. Asistir a las reuniones del Claustro con voz y voto. Participar en las reuniones de los órganos de los que forma parte. A ejercer funciones de docencia e investigación haciendo uso de los métodos que considere más adecuados, dentro de las orientaciones pedagógicas, planes y programas, en consonancia con el PEC. Libertad de cátedra, orientando su ejercicio a la realización de los fines educativos y, en cualquier caso, de conformidad con el PEC. Convocar a los padres de sus alumnos individualmente o en grupo, con el conocimiento previo del tutor y para tratar temas relacionados con la formación de sus hijos. Condiciones dignas de trabajo y material adecuado y suficiente para desempeñar sus funciones. A ejercer por tiempo limitado las funciones directivas para las que fuese designado. Los profesores, como funcionarios públicos que son, tienen los derechos y deberes que establecen la Ley Articulada de Funcionarios Civiles del Estado de 7 de febrero de 1.964 y la Ley 30/1.984, de 2 de agosto, así como las que determinen, en su día, las Leyes de Función Pública de la Comunidad de C.L.M. Asistir con puntualidad a sus clases y a las reuniones de los órganos de los que forme parte. Programar y preparar el trabajo escolar, procurando la mayor eficacia y aprovechamiento en el trabajo docente. Facilitar la participación y el respeto de los alumnos en clase. Desarrollar la evaluación objetiva, y continua a los alumnos. Cumplir las disposiciones sobre enseñanza, cooperando con las Autoridades educativas para conseguir la mayor eficacia de las enseñanzas, en interés de los alumnos y de la sociedad. Llevar el registro de la asistencia de los alumnos, así como el control de los trabajos y ejercicios de los mismos. Vigilar los patios, cuidar a los alumnos y controlar sus comportamientos, especialmente en el recreo y en aquellas actividades fuera del aula. Asistir puntualmente a los Claustros y a cuantas reuniones sea convocado por la autoridad competente. A intervenir en todo aquello que afecte a la vida y disciplina del centro a través de los canales reglamentados. Realizar las funciones para las que haya sido elegido. Extremar el cumplimiento de las normas éticas que exige su función educativa. Mantener con los padres de los alumnos un clima de colaboración en lo concerniente a la labor educativa de sus hijos. Asegurar de manera permanente su propio perfeccionamiento científico y pedagógico.
  • 40. NORMAS DE CONVIVENCIA, ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO 2015-2016 40 ALUMNOS-AS DERECHOS OBLIGACIONES  Recibir una formación de calidad, en condiciones de igualdad, que contribuya al pleno desarrollo de su personalidad desde el respeto y la adaptación de la enseñanza a su singularidad. a. Para ello, se tendrá en cuenta que su formación responda a los fines y principios establecidos por el sistema educativo (artículo 1 y 2 de la LOE) y permita el desarrollo de las competencias básicas, en un contexto normalizado y heterogéneo sin exclusiones por razón de la capacidad personal, la cultura, la lengua, el sexo, el nivel social o las convicciones morales o religiosas. b. Asimismo, a la puesta en práctica de programas personalizados adaptados a la competencia, ritmos y estilos de aprendizaje y, en general, a las necesidades específicas de todos y cada uno de las alumnas y alumnos. c. En aplicación del artículo 44 del R.D. 732/1995 de 05-05-95, por el que se establecen los derechos y deberes de los alumnos, y para aquellos alumnos que presenten un gran número de faltas de asistencia, sea por enfermedad, temporeros, incorporación tardía… debe existir una evaluación inicial, y a su vuelta al centro, se les realizará una enseñanza adaptada a su ritmo de aprendizaje y nivel de competencia curricular, practicándose una evaluación continua. De cara a la promoción, se les aplicarán los criterios mínimos de promoción, establecidos en las correspondientes programaciones didácticas.  A recibir una educación en valores, que favorezca la práctica democrática y los valores sociales de comprensión, paz, igualdad de los sexos y amistad entre todos los pueblos, así como la adquisición de hábitos de vida saludable y respeto al medio ambiente. Para hacer efectivo este derecho se tendrá en cuenta: d. La incorporación al currículo de los valores de calidad de vida personal y ambiental y de convivencia democrática, con especial referencia a la Educación para la ciudadanía y los derechos humanos. e. El ejercicio activo de la práctica  A respetar los derechos de los demás. El alumnado tiene el deber de respetar el ejercicio de los derechos y las libertades de todos los componentes de la comunidad educativa en lo relativo a su libertad de conciencia, convicciones religiosas y morales, dignidad, integridad e intimidad, expresión de opiniones, derecho a recibir educación en condiciones idóneas y a no ser discriminados por razón de nacimiento, raza, sexo y orientación sexual o por cualquier otra circunstancia personal o social.  A estudiar y respetar el estudio de los compañeros. El estudio es un deber básico del alumno que comporta el aprovechamiento de sus aptitudes personales y de las enseñanzas que se impartan, con la finalidad de lograr un óptimo desarrollo personal y una adecuada preparación intelectual y profesional. Este deber general se concreta en: a. El deber de asistir a clase con puntualidad y, en general, de respetar el horario escolar. b. A participar en las actividades orientadas al desarrollo de los planes de estudio, y actividades previstas en la programación general del centro. c. A la realización de las tareas encomendadas por el profesorado en el ejercicio de su funciones docentes. d. De respeto del derecho al estudio y el aprendizaje de sus compañeros y compañeras.  A seguir las orientaciones de los profesores respecto de su aprendizaje y mostrarle el debido respeto y consideración.  A respetar y reconocer la autoridad del profesorado. El alumnado tiene el deber de respetar el derecho y la obligación del
  • 41. NORMAS DE CONVIVENCIA, ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO 2015-2016 41 democrática y la participación en las actividades del centro incluyendo la regulación del marco propio de convivencia en el aula. f. La eliminación de los obstáculos que dificulten la plena igualdad entre hombres y mujeres y la formación en el respeto de la igualdad de géneros.  A la valoración objetiva de su rendimiento escolar y al reconocimiento del esfuerzo desarrollado y el conocimiento alcanzado. A tal fin: g.El alumnado y sus familias serán informados de los elementos básicos de las programaciones didácticas, de los contenidos que se consideran mínimos y de los criterios por los que evalúa y califica su competencia en los aprendizajes, así como de los resultados de las pruebas realizadas en evaluaciones parciales o finales de cada curso. h. Se harán públicos los criterios generales que se van a aplicar en el Centro para la evaluación de los aprendizajes y promoción de los alumnos; y serán transmitidos de forma comprensible al alumnado y sus familias. i. La información sobre el rendimiento escolar será periódica.  Al respeto de sus propias convicciones. A que se respete su libertad de conciencia, sus convicciones religiosas y morales, y a que sea respetada su identidad personal, cultural y social.  Ninguna persona podrá ser obligada a ejercer una opción religiosa, ideológica o ética.  Los contenidos y materiales curriculares excluirán cualquier elemento que pueda constituir una manipulación ideológica o propagandística, y no podrán incluir estereotipos sexistas o discriminatorios.  Al respeto de su integridad física, su intimidad y su dignidad personal, a la protección contra todo acoso y agresión física o moral.  A que el Centro mantenga las debidas reservas sobre toda aquella información profesorado a enseñar, el deber de reconocer la autoridad de éste en la aplicación de las Normas de Convivencia, Organización y Funcionamiento del centro, y el deber de acatar y cumplir con las órdenes e instrucciones que el profesorado realice en el desempeño de sus funciones y aceptar con tolerancia a sus iguales.  De cumplir lo establecido en las Normas de Convivencia, Organización y Funcionamiento del centro y del aula y de evitar la impunidad de los transgresores.  De conservar y respetar el material curricular. El alumnado tiene el deber de utilizar correctamente, cuidar y conservar los espacios, los muebles, instalaciones del Centro, y los materiales curriculares, especialmente aquellos que se ponen a su disposición por el centro para su uso gratuito mediante el programa de gratuidad de libros de texto y materiales curriculares alternativos de Castilla La Mancha, así como las pertenencias particulares de los demás miembros de la Comunidad educativa.  A colaborar de forma activa en las actividades que se organice en el centro y en el aula, aportando ideas y esfuerzo personal, y compartiendo tareas y materiales. Asimismo tiene el deber de colaborar activamente con el resto de miembros de la comunidad escolar para favorecer el mejor desarrollo de la actividad educativa, de la tutoría y de la orientación, y de la convivencia en el centro. En este sentido, está obligado a contribuir en la creación y mantenimiento de un clima favorecedor de la convivencia.
  • 42. NORMAS DE CONVIVENCIA, ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO 2015-2016 42 de que disponga acerca de las circunstancias personales y familiares del alumno. No obstante la Dirección del Centro comunicará a la autoridad competente las circunstancias que puedan implicar malos tratos para el alumno o cualquier otro incumplimiento de los deberes establecidos por las leyes de protección de los menores.  A participar en el funcionamiento y en la vida del Centro, en las actividades escolares y extraescolares que organice el mismo.  A la libertad de expresión; a expresar las propias opiniones sin más limitaciones que las derivadas del respeto a los demás y al marco establecido para el ejercicio de dicho derecho.  Las Normas de Convivencia, Organización y Funcionamiento regularán la forma y el procedimiento para el desarrollo del derecho a expresar oralmente o por escrito las opiniones, ya sean individuales o colectivas, ante decisiones y acontecimientos académicos, culturales o sociales, sin prejuicio de los derechos de todos los miembros de la comunidad educativa y del respeto que, de acuerdo con los principios y derechos constitucionales, merecen todas las personas.  Derecho a la igualdad de oportunidades. El alumnado tiene derecho a recibir las ayudas y los apoyos precisos para compensar las carencias y desventajas de tipo personal, familiar, económico y sociocultural, especialmente en el caso de presentar necesidades educativas especiales, que impidan o dificulten el acceso a la permanencia en el sistema educativo.
  • 43. NORMAS DE CONVIVENCIA, ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO 2015-2016 43 PADRES Y FAMILIAS DERECHOS OBLIGACIONES  A que sus hijos o pupilos reciban una educación conforme a los fines establecidos en la Constitución y en la LODE, Artículo segundo.  A escoger centro docente distinto de los creados por los poderes públicos.  A que sus hijos o pupilos reciban la formación religiosa y moral que esté de acuerdo con sus propias convicciones.  A la libre asociación en el ámbito educativo con otros padres de alumnos del Centro.  A participar en la gestión y control del Centro de acuerdo con la legislación vigente.  A que se les facilite el acceso a las pruebas objetivas que haya realizado su hijo, una vez corregidas y calificadas.  Ser informados al principio de curso de los objetivos y contenidos mínimos para obtener valoración positiva, así como de los criterios de evaluación y de promoción de sus hijos a los siguientes niveles educativos.  Ser tratados por el Centro de forma respetuosa en su libertad y dignidad personal.  Colaborar en la labor educativa del Colegio, a través de los respectivos tutores, especialmente en las actividades complementarias y extraescolares.  Celebrar reuniones en los locales del centro cuando tengan por objeto los fines educativos y no interfieran el desarrollo normal de las actividades, con conocimiento expreso del Director del Centro.  Acatar el Proyecto Educativo del Centro, las normas de convivencia, organización y funcionamiento, los horarios y cuantas indicaciones se hagan para el mejor funcionamiento del Centro.  Colaborar en la labor educativa del Colegio, animando a sus hijos al cumplimiento de sus obligaciones de estudiante, a observar las normas de convivencia en el cumplimiento de sus derechos y obligaciones, y participando en las actividades extraescolares y complementarias.  Proporcionar a su hijo el material, el tiempo y las condiciones necesarias para que se puedan cumplir los objetivos educativos marcados.  Informar a su Tutor sobre las posibles deficiencias físicas, psíquicas o aspectos problemáticos de su hijo y adoptar las medidas más adecuadas para corregirlos o minimizarlos.  Justificar las faltas de asistencia de su hijo al Centro, personalmente o por escrito.  Acatar las decisiones que en materia de disciplina sean impuestas por los órganos competentes en la materia, a tenor del Real Decreto 732/1995, de 5 de mayo.  Evitar toda crítica negativa delante de los hijos sobre los profesores y/o su labor educativa.  Participar activamente en los órganos colegiados para los que fuesen elegidos, así como en los equipos de trabajo, según sus posibilidades.
  • 44. NORMAS DE CONVIVENCIA, ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO 2015-2016 44 2.6 PROCEDIMIENTOS Y RESPONSABLES EN LA MEDIACIÓN Entendemos la mediación escolar como un método para la resolución de conflictos en el que interviene de forma imparcial una tercera persona, el cual puede ser utilizado como estrategia preventiva en la gestión de conflictos entre los distintos miembros de la comunidad educativa. Este procedimiento tiene un principio fundamental, “la voluntariedad” para acogerse o no al proceso de mediación. Otros principios básicos son: la imparcialidad del mediador y la aceptación de la mediación y las medidas que del proceso se deriven y el compromiso de su cumplimiento. Los principios que rigen la mediación son: Acto cooperativo en lugar de competitivo. Carácter preventivo, es decir, orientado hacia el futuro y no hacia el pasado. Nadie pierde. Exige honestidad y franqueza. Es voluntario Nosotros, dejando de un lado el yo. Es confidencial. No es punitivo. Los objetivos a los que se dirige son especialmente: Crear en el centro un ambiente más relajado y productivo Contribuir a desarrollar actitudes de interés y de respeto por el otro. Ayudar a reconocer y valorar los sentimientos, intereses, necesidades y valores propios y de los otros. Aumentar el desarrollo de actitudes cooperativas en el tratamiento de conflictos, al buscar juntos soluciones satisfactorias para ambos.
  • 45. NORMAS DE CONVIVENCIA, ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO 2015-2016 45 Aumentar la capacidad de resolución de conflicto de forma no violenta. Contribuir a desarrollar la capacidad de diálogo y a la mejora de las habilidades comunicativas sobre todo la escucha activa. Contribuir a mejorar las relaciones interpersonales. Favorecer la autorregulación a través de la búsqueda de soluciones autónomas y negociadas. Disminuir el número de conflictos y por tanto del tiempo dedicado a resolverlos. Reducción del número de sanciones y de expulsiones. Disminuir la intervención de los adultos que es sustituida por los alumnos mediadores o por los mismos alumnos implicados en el conflicto. Los conflictos más frecuentes que pueden llegar a mediación son: Rumores, insultos, motes molestos, quejas y malentendidos. Amenazas, personas que te incordian o que te agobian. Disputas y peleas Relaciones que se han deteriorado. Situaciones que te desagradan o que te parecen injustas. Conflicto ente profesores y alumnos y viceversa. Problemas entre miembros adultos: profesores, familias, personal no docente, etc. En general, la mediación no se llevará a cabo: Cuando el hecho se considere grave o muy grave. Cuando alguna de las partes no muestra interés suficiente, si la boicotea u obstaculiza el proceso.
  • 46. NORMAS DE CONVIVENCIA, ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO 2015-2016 46 Cuando alguna de las parte implicadas incumplan reiteradamente lo acordado en un proceso conciliador anterior. El procedimiento a seguir sería: Puede iniciarse a instancias de cualquier miembro de la Comunidad educativa, siempre que las partes en conflicto acepten el proceso de forma voluntaria. Dicha aceptación se realizará ante la Dirección del Centro y en caso de menores de edad, los padres o tutores aceptarán el compromiso de cumplir el acuerdo a que se llegue. La persona mediadora será elegida a propuesta de la Dirección del Centro, entre padres, madres, personal docente. Cada una de las partes explica el “problema” desde su punto de vista. El mediador resume brevemente lo que han contado las partes para comprobar si se ha entendido el conflicto. La persona mediadora convocará un encuentro entre las personas implicadas en el conflicto para buscar cuales son las posibles soluciones y qué podrían aportar cada una de las partes para su resolución. Una vez encontradas las soluciones se recogen las alternativas que son aceptadas por ambas partes, se escriben y se firman por parte de todos. En el caso de interrupción de la mediación o incumplimiento de los pactos, el mediador comunicará el resultado a la dirección del centro para que actúe en consecuencia. El proceso de mediación deberá resolverse en un plazo máximo de 15 días desde que se designe a la persona mediadora.
  • 47. NORMAS DE CONVIVENCIA, ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO 2015-2016 47 2.7 RÉGIMEN DE FUNCIONAMIENTO DE LOS ÓRGANOS DE COORDINACIÓN DOCENTE Y OTROS RESPONSABLES Para determinar régimen de funcionamiento de los órganos de coordinación docente y otros responsables, utilizamos como referencia la Orden de 02-07-2012 de la Consejería de Educación y Ciencia. Según se indica en la mencionada Orden son órganos de coordinación docente: la Tutoría, el Equipo docente, el Equipo de orientación y apoyo, los Equipos de ciclo, la Comisión de coordinación. Su régimen de funcionamiento se fija en las Normas de Convivencia y el contenido de las sesiones y los acuerdos adoptados por estos órganos son recogidos en acta. En nuestro CRA la formación y funcionamiento de los órganos de coordinación docente se ve muy condicionada por nuestras características como colegio rural, especialmente por la dispersión de los maestros/as, lo que obliga a realizar necesariamente todas las reuniones en el único día en que nos juntamos, que es una tarde a la semana, y de acuerdo al calendario trimestral establecido previamente a principio de curso. 2.7.1 LA TUTORÍA Se entiende como una actividad inherente a la función del maestro y no debe considerarse como una acción aislada, sino como una acción colectiva y coordinada que implica a todos y cada uno de los maestros, y especialmente a los tutores, que forman parte del centro. Por tanto, es responsabilidad de todo el equipo docente, con el asesoramiento del equipo de orientación y apoyo. La acción tutorial se convierte en uno de los ejes de la atención personalizada al alumnado. La Comisión de coordinación pedagógica planificará las actuaciones más relevantes en la propuesta curricular de la etapa, que los equipos de nivel concretarán para su alumnado, en coordinación con el responsable de orientación educativa (Orden de 05/08/2014) La Orden de 05/08/2014, de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, por la que se regulan la organización y la evaluación en la Educación Primaria en la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, establece que la propuesta
  • 48. NORMAS DE CONVIVENCIA, ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO 2015-2016 48 curricular formará parte del Proyecto educativo de cada centro y tendrá entre sus elementos el PLAN DE TUTORIA. Funciones tutoría. Según el Decreto 66/2013, de 03/09/2013, por el que se regula la atención especializada y la orientación educativa y profesional del alumnado en la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, el tutor ejercerá las siguientes funciones:  Informar al equipo directivo de los casos de falta de atención y los malos resultados de determinados alumnos, con el fin de iniciar la oportuna evaluación y, posteriormente, si es preciso, una escolarización e intervención adecuadas.  Desarrollar con el alumnado programas relativos al impulso de la acción tutorial como la mejora de la convivencia, el proceso de enseñanza y aprendizaje y la orientación académica y profesional.  Coordinar al equipo docente garantizando la coherencia y la puesta en marcha de medidas que mejoren el proceso educativo a nivel individual o grupal, informándoles de todos aquellos aspectos relevantes en el mismo.  Colaborar con el resto de niveles que desarrollan la orientación especializada siguiendo las indicaciones que pueden aportar las otras estructuras, bajo la coordinación de la jefatura de estudios.  Facilitar el intercambio entre el equipo docente y las familias, promoviendo la coherencia en el proceso educativo del alumno y dándole a éstas un cauce de participación reglamentario. Elección tutor-a. Según la Orden de 02-07-2012 de la Consejería de Educación y Ciencia, por las que se dictan las instrucciones que regulan la organización y funcionamiento de los colegios de educación Infantil y Primaria de Castilla la Mancha se establece con respecto a la Tutoría:  El tutor o tutora será designado por el director, a propuesta de la jefatura de estudios, entre los maestros que imparten docencia al grupo, de acuerdo
  • 49. NORMAS DE CONVIVENCIA, ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO 2015-2016 49 con los criterios establecidos por el Claustro de profesores en las normas de convivencia, organización y funcionamiento. Los maestros que comparten centro podrán ser designados tutores en su centro de origen. A los maestros itinerantes y a los miembros del Equipo directivo se les adjudicará tutoría en último lugar, por este orden, y sólo si es estrictamente necesario.  El tutor ejercerá las funciones establecidas en la normativa que le sea de aplicación, especialmente la que regula la orientación educativa y la prevención y control del absentismo escolar.  Durante el curso, el tutor convocará a las familias, al menos, a tres reuniones colectivas y a una entrevista individual. El horario de tutoría con las familias se pondrá en conocimiento de las mismas y se expondrá en el tablón de anuncios del centro. A su vez la Orden de 05/08/2014, de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, por la que se regulan la organización y la evaluación en la Educación Primaria en la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, establece:  Los tutores continuarán con el mismo grupo de alumnos un mínimo de dos cursos académicos y un máximo de tres.  En todo caso, se garantizará que el tutor permanece con el mismo grupo de alumnos en quinto y sexto cursos. 2.7.2 EL EQUIPO DOCENTE El Equipo docente está constituido por el tutor, que lo coordina, y el conjunto de profesores que imparten enseñanza al mismo grupo de alumnos. En todo caso, se procurará que el número de profesores que componga los equipos docentes sea el mínimo que la organización del centro permita. El tutor convocará al Equipo docente con motivo de la evaluación de los alumnos, en aplicación de los principios y criterios establecidos en el Proyecto educativo y en las normas de convivencia, organización y funcionamiento.