2. Introducción
• Regida por la Constitución Política de Colombia de 1991, en compañía con
la Corte Constitucional y la Corte Suprema de Justicia.
• Nace un concepto llamado la “ flexibilización laboral”: que abastece algunas
de las necesidades que tiene la economía a partir de los noventa.
• Según el Departamento Nacional de Estadística “A nivel nacional, en
noviembre de 2015 hubo 22,8 millones de personas ocupadas.
• Con una tasa de desempleo de 8,1% en el año 2015 en el trimestre de
septiembre-noviembre del mismo año.
4. Derecho Laboral
• Es el conjunto de normas que se han creado a partir del vinculo que
tiene una empresa y na persona natural , ( trabajador) en la prestación
de servicios.
• Son las reglas que cobijan al individuo cuando una empresa hace
contratación para desempeñar un actividad económica especifica y
que deja ganancias económicas para ambas partes.
• No es posible que lo anterior se dé sin una actividad productiva, ni se
desarrollaría la sociedad sin este tipo de elaboraciones para tener el
mundo que conocemos hoy en día.
6. Principios mínimos de la legislación laboral
• Libertad de Trabajo: Este principio menciona la libre expresión
de escoger el trabajo, la profesión y el área donde el trabajador se
quiere desempeñar.
Este legado se encuentra consignado en el artículo 26 de la
Constitución Política, en concordancia con los artículos 25 y 84 del
estatuto superior y los artículos 8 y 11 del CST y por lo tanto se
encuentra penalizada si no se cumple.
8. Obligatoriedad del Trabajo
• Así como hay derechos también hay deberes para con el Trabajo y el
Estado.
• Se refiere a la obligación que tiene toda persona Natural, en buenas
condiciones de salud, a aportar fuerza y conocimiento para el crecimiento
económico del país.
• El trabajo es un derecho y una obligación social y goza, en todas sus
modalidades, de la especial protección del Estado. Toda persona tiene
derecho a un trabajo en condiciones dignas y justas (Art. 25 CP).
10. Protección del trabajo
• Es el deber que tienen el Estado con el cuidado de los trabajadores
permitiendo su desarrollo personal y social.
• Regida por el articulo 9 de CST.
• Y la ley 1016 del 24 de Febrero de 2016 a fin de declarar su
independencia laboral.
• Por ultimo la ley 1636 del 12 de Mayo de 2013 por medio de la cual se
crea el mecanismo de protección al cesante.
12. Igualdad de derechos
• En materia laboral está establecido que todos los trabajadores deben ser
tratados en condiciones de igualdad, por lo tanto, en Colombia está
prohibido cualquier tipo de distinción por razón del carácter intelectual, o
material de la labor, su forma o retribución, el género o sexo con las
respectivas excepciones establecidas por la ley.
• Expresado en las siguientes leyes: Ley 1496 del 29 de Diciembre del 2001
y la ley 931 del 30 de Diciembre de 2004.
• Equivalente a la dignidad Humana
14. Estabilidad
• El trabajador tiene la garantía de no ser removido de su
puesto de trabajo.
• Lo cual quiere decir que si sus obligaciones fueron hechas
como se le pidieron y éstas fueron suprimidas o se cortó el
servicio y fue el empleador quien realizó dicha solicitud, el
trabajador tiene derecho a una indemnización.
16. Favorabilidad
• Esta norma rige que en la solución de un conflicto
y el trabajador se encuentre involucrado, la decisión
que se debe tomar es la que mas favorezca al
empleado.
• La norma que se adopte debe aplicarse en su
integridad (Art. 21 CST).
18. Beneficios mínimos
• Por mencionar algunos de los beneficios mínimos que el trabajador tiene
derecho a adquirir, se encentran los siguientes:
• Estabilidad, Favorabilidad, Irrenunciabilidad, derechos adquiridos, y
mínimo vital.
• Además de unos sub-derechos que son: Indubio pro operario, primacía de
la realidad, el fuero sindical, de maternidad, circunstancial, por
discapacidad y condición mas beneficiosa.
20. Mecanismo de Garantía de los Derechos
Laborales
• Acción de Tutela: Consagrada en el articulo 23 de la CP se hace importante cuando un derecho de
un trabajador ha sido vulnerado o se ha violado por omisión.
• Derecho de Petición: En el articulo 23 de la CP y la Ley 1755 de 2015 es un derecho que se tiene
en el momento de hacer solicitudes respetuosas a las autoridades con una petición de interés general
o particular para obtener una pronta solución.
• Conciliación: Estipulado en el articulo 64 de la ley 664 de 1998 para realizar la resolución de
conflictos en el trabajo.
• Transacción: Es una de las formas de poner fin extrajudicialmente a las disputas relacionadas con
los derechos derivados de una relación laboral. Entre el empleador y el trabajador se puede firmar un
contrato de transacción que busque poner fin a una reclamación laboral presente o a una futura.