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EJERCICIO RESUELTO



            IMPUESTO A LA RENTA DE PERSONA NATURAL NO OBLIGADA A LLEVAR CONTABILIDAD

La señorita LEONOR ALICIA WILCHES CHECA es Ingeniería Comercial y labora en la ciudad de Guayaquil. Posee el
número de RUC 0917959562001. Reside en las calles Tungurahua 3129 y Chávez Franco. Es propietaria de bienes y
percibió ingresos durante el año 2010, por los siguientes conceptos:

1.- Como empleada de CONSORCIO JIRSA en la cual labora como Asistente de Gerencia desde hace 2 años atrás.
(Información anual)


                             Remuneración                                             18500
                             Horas Extras                                              7400
                             Total de Ingresos                                      25900
                             Pago de aporte al IESS 9.35%                           2421.65
                             Gastos deducibles Salud                                2895.75
                             Gastos deducibles Vestimenta                           2895.75
                             Gastos deducibles Educación                            2895.75
                             Gastos deducibles Alimentación                         2895.75
                             RENTA IMPONIBLE                                       11895.35

Para calcular el Aporte del Iess se multiplica los ingresos ordinarios (sueldos + horas extras) por el porcentaje de aportación
personal (9.35%).

Cuando una persona trabaja en relación de dependía, la compañía contratante hace el cálculo del impuesto a
la renta anual y se lo va descontando del rol de pago todos los meses.

                                          TARIFAS DE IMPUESTO A LA RENTA

                                                Impuesto a la Renta 2010
                                                               Impuesto Fracción       % Imp. Fracción
                     Fracción Básica        Exceso hasta
                                                                    Básica                 Exenta
                            -                    8.910                     -                   0%
                          8.910                 11.350                     -                   5%

                         11.350                 14.190                    122                  10%
                         14.190                 17.030                    406                  12%
                         17.030                 34.060                    747                  15%
                         34.060                 51.080                   3.301                 20%
                         51.080                 68.110                   6.705                 25%
                         68.110                 90.810                   10.963                30%
                         90.810               En adelante                17.773                35%



Pasos para calcular el impuesto por pagar

1.- Ubicación de la renta imponible en la tabla de impuesto a la renta

2.- Identificación de:

          - Fracción básica: 11.350
- Impuesto Fracción Básica: 122

         - % impuesto fracción exenta: 10%

3.- Calculo de la fracción exenta: Renta imponible - Fracción Básica: 11.895,35 – 11350= 545,35

4.- Calculo del impuesto excedente: Fracción exenta * % impuesto fracción exente = 545,35 * 10% = 54,54

5.- Calculo de impuesto causado: Impuesto fracción básica + Impuesto excedente = 122 + 54,54 = 176,54

6.- Impuesto por pagar = Impuesto causado – Retenciones en la fuente

En el caso de relación de dependencia el impuesto del empleado es igual a las retenciones que el empleador le hará
mensualmente, de tal forma, el valor que Consorcio Jirsa le tendrá que retener por concepto de Impuesto a la renta a la
Srta. Wilches es igual a $176,54




2.- En el libre ejercicio de su profesión, tuvo ingresos de $ 18.500,00 por concepto de honorarios profesionales
provenientes en un 45% de la compañía ZACK S.A. y en un 55% de varias personas naturales no obligadas a llevar
contabilidad.

    Sus ingresos y gastos en el año están respaldados por los respectivos comprobantes de venta y planillas de aportes.


                                      INGRESOS
                         Ingresos de Sociedades                               8325
                         Ingresos Personas Naturales                         10175
                         Total de Ingresos por libre ejercicio                            18500
                                        GASTOS
                         Remuneración y otros beneficios de
                         personal                                              7500
                         Arriendos                                             2800
                         Depreciación de Muebles                                200
                         Gastos de Útiles de Oficina                           2500
                         Gastos de Luz, Agua, y Teléfono                       1500
                         Total de Gastos por libre ejercicio                              14500
                                           RENTA IMPONIBLE                                 4000

La Compañía ZACK S.A. Le realizó las retenciones en la fuente de impuesto a la renta equivalente al 10% sobre $8.325 es
decir $ 832,5


 Según el Reglamento de Aplicación de la Ley de Régimen Tributario Interno, artículo 24, los bienes
 muebles se deprecian en 10 años a razón del 10% anual.




3.- Es propietario de un predio agrícola avaluado en $ 53.000 (según el catastro oficial). Para calcular la renta agrícola
presuntiva, aplique al avalúo exclusivamente de la tierra el coeficiente del 5%


                                           Avalúo                      53.000.00
                                           Coeficiente                        5%
                                           Renta Imponible               2650,00
4.- Es propietario de una casa avaluada en $ 108.000 (según el catastro oficial), que tiene dos departamento de igual
superficie, en el uno habita con su familia y el otro lo arrienda para vivienda a una persona natural en $ 850 mensuales.

La casa se compró con un préstamo de una institución financiera a la que paga mensualmente $ 150, de los cuales el 60%
corresponde al capital y el 40% a los intereses.

Paga por concepto de Impuestos Municipales $150.

Los intereses del préstamo y el impuesto, son gastos deducibles. El capital del préstamo no lo es. Pero como sólo arrienda el
50%, se debe considerar este porcentaje como deducción. Entonces:


                                        INGRESOS
                    Ingresos por arrendamiento ($850 x 12meses)                    10200
                    Total de Ingresos por arrendamientos                                       10200
                                         GASTOS
                    Intereses del Crédito ($720 x 50%)                                360
                    Depreciación del inmueble (5% sobre el avalúo
                    en la superficie arrendada) ($5400 x 50%)                       2700
                    Mantenimiento (1% sobre al avalúo $1080 x
                    50%)                                                              540
                    Impuesto Municipales ($150 x 50%)                                  75
                    Total de Gastos por arrendamientos                                          3675
                           RENTA IMPONIBLE (Ingresos menos
                                                           Gastos)                              6525

  Según el artículo 24 de Reglamento de Aplicación de la Ley de Régimen Tributario Interno, los bienes
 inmuebles se deprecian en 20 años a razón del 5% anual.

 Según el artículo 24 del Reglamento de Aplicación de la Ley de Régimen Tributario Interno, para los bienes
 inmuebles se reconoce un mantenimiento anual equivalente al 1% de su avalúo.




5.- Posee un negocio comercial de computadoras, con un capital de $ 8.000 e ingresos brutos anuales de $ 33.000,
montos por los cuales el contribuyente no está obligado a llevar contabilidad.
INGRESOS




Monto de ingresos brutos
                                              33.000



Total de Ingresos por actividad empresarial

                                              33.000

                              GASTOS




Costo de mercadería vendida
                                              16.000



Arriendo de local
                                               4.800



Gastos de personal
                                               3.600



Luz, agua y teléfono
                                               1.000



Varios
                                               1.500



Total de Gastos por actividad empresarial

                                              26.900

RENTA IMPONIBLE

                                               6.100
6.- Tiene una póliza de acumulación por $ 25.000 y recibe rendimientos financieros (intereses) en el año por $ 2.000,
sobre los cuales el Banco le retiene el 2% es decir $ 40

RENTA GLOBAL= Sumatoria de todas las rentas imponibles causadas

Impuesto a la renta a pagar= Impuesto generado de la renta global – Retención en la fuente – Anticipos (si
se hubiesen dado)

Fecha de pago: En el mes de febrero del siguiente año a la declaración, pudiendo anticiparse hasta 30 días
antes.

              LIQUIDACIÓN DEL IMPUESTO A LA RENTA Y ELABORACIÓN DEL FORMULARIO 102A

a) Cálculo de la Renta Global:


             Renta Imponible del trabajo personal en relación de dependencia                          11.895,35

             Renta   Imponible   del libre ejercicio profesional                                       4.000,00
             Renta   Imponible   de predios agrícolas                                                  2.650,00
             Renta   Imponible   de arriendo de inmuebles                                              6.525,00
             Renta   Imponible   de actividad empresarial con registros de ingresos y egresos          6.100,00
             Renta   Imponible   de interes de rendimientos financieros                                2,000,00
                                                                              RENTA GLOBAL            33.170,35


b) Cálculo del Impuesto a la Renta Causado: Para el cálculo del Impuesto a la Renta Causado se debe utilizar la
siguiente tabla:




                                           TARIFAS DE IMPUESTO A LA RENTA

                                                Impuesto a la Renta 2010
                                                               Impuesto Fracción      % Imp. Fracción
                     Fracción Básica         Exceso hasta
                                                                    Básica                Exenta
                            -                    8.910                   -                      0%
                          8.910                  11.350                  -                      5%

                         11.350                  14.190                 122                     10%
                         14.190                  17.030                 406                     12%
                         17.030                  34.060                 747                     15%
                         34.060                  51.080                3.301                    20%
                         51.080                  68.110                6.705                    25%
                         68.110                  90.810               10.963                    30%
                         90.810               En adelante             17.773                    35%



En el ejemplo, la Renta Global de $ 33.170,35; se ubica en el quinto tramo de la tabla es decir entre $ 17.030 y $ 34.060.
Por consiguiente, el impuesto a la renta se calcula de la siguiente manera:

i.- Identificado el tramo en donde se encuentra ubicada nuestra base imponible, se obtiene el Impuesto a la fracción básica
que le corresponde es decir $ 747

ii.- Del valor de $33.170,35 se resta la fracción básica , es decir $17.030 , a la diferencia de 16.140,35 (que se conoce
como Fracción Excedente), se aplica el 15% (% que corresponde al tramo señalado), resultando un impuesto de $
2.421,05
iii.- El impuesto a la Renta Causado es la suma de estos dos valores, es decir $ 2.421,05 + 747 = $ 3.168.05

C) Cálculo de las retenciones en la fuente:


                Retención de relación de dependencia                                                   176,54
                Retenciones sobre el libre ejercicio de la profesión                                    832,5
                Retenciones sobre los rendimientos financieros                                          40.00
                                                               TOTAL DE RETENCIONES                 1.049,04


d) Cálculo del Impuesto a la Renta a Pagar:


                  Impuesto a la Renta Causado                                                     3.168,05
                  (-) Anticipos pagados                                                               0,00
                  (-) Retenciones en la fuente                                                    1.049,04
                                          TOTAL IMPUESTO A LA RENTA A PAGAR                      2.119,01


e) Cálculo del Anticipo Año 2010

Una vez que se ha obtenido el impuesto a la renta causado para el año 2010, una persona natural puede calcular el anticipo
del impuesto a la renta para el año 2011, el cual deberá ser declarado en el mismo formulario y se deberá pagar en dos
cuotas iguales, entre el 10 y el 28 de julio la primera, y el 10 y 28 de septiembre la segunda, de acuerdo con el noveno
dígito del RUC.

Las dos cuotas se las debe pagar utilizando el formulario 106.

Para el cálculo del anticipo se aplica la siguiente fórmula:


                            (Impuesto a la Renta Causado x 50%) - Retenciones en la fuente


Para el caso del ejemplo:

                                          (3.168,05 x 50%) – 1.049,04 = 534,99

Entonces, el valor resultante se divide en dos, que es el valor que deberá pagar por cada cuota del anticipo:


Primera cuota             534,99 / 2         267,49       (a pagar en Julio del 2010)
Segunda cuota             534,99 / 2         267,49       (a pagar en Septiembre del 2010)




FORMULARIO DE PAGO DEL ANTICIPO IMPUESTO A LA RENTA
FORMULARIO DE PAGO DEL IMPUESTO A LA RENTA
Los formularios deben ser llenados con letra imprenta o con computadora/maquina eléctrica. No se pueden
presentar formularios con tachones, borrones o corrector.
En las casillas donde no se coloque valor, se deberá colocar una raya (-) para protección del documento. Las
personas naturales no obligadas a llevar contabilidad no tienen la obligación de hacer firmar su formulario de un
contador público, no así quienes están obligados a llevar contabilidad como las compañías.

También se pueden efectuar las declaraciones en el DIMM que es un software a través del cual llenamos una
formulario electrónico para luego enviarlo vía internet, para uso de este sistema es imprescindible acudir a las
oficinas del SRI para solicitar la clave y usuario que nos dará acceso al sistema.
¿COMO CONTABILIZAR EL IMPUESTO A LA RENTA PARA PERSONAS NATURALES?

Recordar que quienes están obligados a llevar contabilidad son aquellas personas con ingresos brutos (ventas) mayores a
$100,000 o capital propio igual a $60,000 o gastos deducibles superiores a $80,000. Solo en estos casos es obligación no
solo declarar sino asentar en el diario general el pago de impuesto a la renta y pago de anticipos.

Aunque el pago del impuesto a la renta es el mes de marzo, el ejercicio contable se debe cerrar del 1 de enero al 31 de
diciembre de cada año, por tanto el reconocimiento del gasto de impuesto de la renta se hace el 31 de diciembre del año del
ejercicio contable. Algunas personas naturales deciden realizar anticipos del Impuesto a la renta los cuales se cancelan por
adelantado, antes de que termine el año del ejercicio contable, de esta forma si están realizando el año del ejercicio
contable del 2008, podemos a través del calculo del impuesto a la renta del año 2007 realizar un anticipo para el pago del
año 2008, estos pagos se hacen en dos partes, el primero en el mes de julio y el segundo en el mes de septiembre.

En el mes de Julio o Septiembre el pago del anticipo del impuesto a la renta.

    Fecha              Código                                  Detalle                              Debe        Haber
  xx/07/xx       100                Anticipo del impuesto a la renta                              xxx
                 100                     Efectivo                                                             Xxx

Recordemos que cuando se reconoce el impuesto a la renta se debe restar del valor del impuesto causado el valor de las
retenciones del impuesto a la renta y el valor de los anticipos (si se hubiesen dado), entonces en el momento de cancelarse
el impuesto a la renta se debe ajustar los saldos de estas dos ultimas cuentas (anticipos y retención en la fuente del
impuesto a la renta).

Para ajustar las cuentas de Anticipos y RFIR

    Fecha               Código                               Detalle                                Debe        Haber
  31/12/xx        500               Gasto de impuesto a la renta                                  xxx
                  200                   Impuesto a la renta por pagar                                         Xxx
                  100                   RFIR pagado por adelantado                                            Xxx
                  100                   Anticipo del impuesto /renta                                          Xxx

Posteriormente para pagar en marzo del siguiente año:

    Fecha               Código                               Detalle                                Debe        Haber
  01/03/xx        200               Impuesto a la renta por pagar                                 xxx
                  100                          Efectivo                                                       Xxx

CALCULO Y PAGO DE INTERESES Y MULTA

El retraso en la presentación de la declaración origina la multa del 3% del impuesto causado, por cada mes o fracción de
mes; la falta de retención o de su depósito, está sancionada con el 100% del valor no retenido o no depositado.

Además son aplicables los intereses que trimestralmente varían en el SRI. Ejemplo:

Retomemos el ejercicio de la Ing. Wilches, pero se asume que ella cancela su Impuesto a la renta el 31 de octubre. Los
intereses del año 2010 son:

                                               I trimestre         1,149%
                                               II trimestre        1,151%
                                               III trimestre       1,128%
                                               IV trimestre        1,146%*

Para calcular el valor a cancelar de la Abg. Marcial, debemos recordar el noveno digito del RUC que es: 0917959562001,
como notamos el noveno digito es el “6” entonces la fecha máxima de pago es el 20 de marzo.

Para calcular el periodo de retraso tomamos a fecha del pago (31 de octubre) y la fecha máxima de pago (20 de marzo)
entonces el periodo de retraso es 11 días y 7 meses, por tanto el periodo de retraso para el SRI es de 8 meses (cualquier
fracción de mes se considera como mes completo).

Para calcular la multa:
Impuesto causado   3168,05
                                    Tiempo de retraso        8
                                    % de multa por mes     3%
                                    Multa total        760,33
Para calcular los intereses por mora

                                            Impuesto causado               3168,05
                                             Mes      % interes           Valor
                                       I trimestre 1,149%               36,4008945
                                       II trimestre 1,151%              36,4642555
                                       III trimestre 1,128%              35,735604
                                       IV trimestre 1,146%               36,305853
                                                  Total                 144,906607
Entonces el impuesto a pagar con intereses y multa es:

                   Impuesto a la Renta Causado                                                 3.168,05
                   (-) Anticipos pagados                                                           0,00
                   (-) Retenciones en la fuente                                                1.049,04
                   (+) Multa                                                                     760,33
                   (+) Intereses por mora                                                        144,91
                                           TOTAL IMPUESTO A LA RENTA A PAGAR                  3.024,25


EJERCICIO RESUELTO DEL IMPUESTO A LA RENTA PARA SOCIEDADES

La compañía SOLDEAMAR S.A. es una distribuidora de equipos médicos en Guayaquil. El Balance General Inicial al 01 de
enero de 2010 es el siguiente:

                                                   SOLDEAMAR S.A.
                                                Balance General Inicial
                                                Al 01 de enero de 2008
               Activos
               Efectivo                                  $150.000     Cuentas por pagar             $5.600
               Cuentas por cobrar                          2.500
               Mercadería                                 56.000      Capital Pagado                118.000
               Renta pagada por adelantada                 3.200      Utilidad Acumulada            88.100
                                                         $ 211.700                                 $211.700

El resumen de las transacciones generadas en el año 2010 son las siguientes:

     a)   Las ventas anuales ascendieron a $45.000 (56% al contado)
     b)   El costo de venta corresponden al 45% del valor de las ventas.
     c)   Algunos gastos operativos fueron cancelados en efectivo, ascienden a $500
     d)   La empresa generado ingresos adicionales anuales por $2.500
     e)   Otros gastos no operativos cancelados en efectivos fueron $300
     f)   Los sueldos pagados a empleados ascendieron a $12.000 quedando pendiente de pago $1.200
     g)   El gasto de renta ascendió a $2.300
     h)   En el mes de julio y septiembre la empresa canceló un anticipo del impuesto a la renta por $ 562,45 en cada mes
     i)   Las RFIR pagadas por adelantadas son de $250,23

Se requiere:

Asentar las transacciones el diario General
PARAMEDIC S.A.
                                                              LIBRO DIARIO

     Código                                    Detalle                          Debe             Haber
       100         Cuentas por cobrar                                           19.800
       100         Efectivo                                                      25.200
       400            Ventas                                                                     45.000

       500         Costo de Venta                                               20.250
       100            Mercadería                                                                 20.250

       500         Gastos operativos                                              500
       100            Efectivo                                                                    500

       100         Efectivo                                                      2.500
       400            Otros Ingresos                                                             2.500

       500         Otros Gastos no operativos                                     300
       100            Efectivo                                                                    300

       500         Gastos de sueldos                                            13.200
       100            Efectivo                                                                   12.000
       200            Sueldos por pagar                                                          1.200

       500         Gasto de renta                                                2.300
       100           Renta pagada por adelantado                                                 2.300

       100         Impuesto a la renta pagado por adelant.                      1.124,9
       100            Efectivo                                                                   1.124,9

       100         RFIR pagadas por adelantada                                  250,23
       100            Efectivo                                                                   250,23


                   PASAN (pendiente hasta el calculo del IR)                  $ 85.425,13   $ 85.425,13

Elabore el Estado de resultado para el año 2010



                              PARAMEDIC S.A.
                              Estado de Resultados
                              Del 1 de enero al 31 de diciembre de 2010



                              Ventas                              $ 45.000
                              Otros Ingresos                         2.500
                              Total Ingresos                                     $ 47.500


                              Costo de venta                        20.250
                              Gastos operativos                       500
                              Otros Gastos no operativos              300
                              Gasto de sueldo                       13.200
Gasto de renta                         2.300
                        Total de gastos                                  $ 36.550
                        Utilidad antes de repartición a
                        empleados                                          10.950
                        15% Repartición a los empleados                   1.642,5
                        Utilidad antes del impuesto a la
                        renta                                             9.307,5
                        25% del impuesto a la renta                      2.326,88
                        Utilidad neta después de impuestos              6.980,63


NOTA: No olvidarse de anotar el gasto del 15% de utilidades

     Código                               Detalle                        Debe          Haber
                  VIENEN (pendiente hasta el calculo del IR)           $ 85.425,13   $ 85.425,13

       500        Gasto de Impuesto a la renta                          2.326,88
       200           Impuesto a la renta por pagar                                     951,75
       100           Impuesto a la renta pagado por adel.                              1.124,9
       100           RFIR pagada por adelantada                                        250,23

       500        Gasto de 15% utilidad a empleados                      1.642,5
       200           Utilidades a empleados por pagar                                  1.642,5
                                          TOTAL                        $ 89.394,51   $ 89.394,51

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  • 1. EJERCICIO RESUELTO IMPUESTO A LA RENTA DE PERSONA NATURAL NO OBLIGADA A LLEVAR CONTABILIDAD La señorita LEONOR ALICIA WILCHES CHECA es Ingeniería Comercial y labora en la ciudad de Guayaquil. Posee el número de RUC 0917959562001. Reside en las calles Tungurahua 3129 y Chávez Franco. Es propietaria de bienes y percibió ingresos durante el año 2010, por los siguientes conceptos: 1.- Como empleada de CONSORCIO JIRSA en la cual labora como Asistente de Gerencia desde hace 2 años atrás. (Información anual) Remuneración 18500 Horas Extras 7400 Total de Ingresos 25900 Pago de aporte al IESS 9.35% 2421.65 Gastos deducibles Salud 2895.75 Gastos deducibles Vestimenta 2895.75 Gastos deducibles Educación 2895.75 Gastos deducibles Alimentación 2895.75 RENTA IMPONIBLE 11895.35 Para calcular el Aporte del Iess se multiplica los ingresos ordinarios (sueldos + horas extras) por el porcentaje de aportación personal (9.35%). Cuando una persona trabaja en relación de dependía, la compañía contratante hace el cálculo del impuesto a la renta anual y se lo va descontando del rol de pago todos los meses. TARIFAS DE IMPUESTO A LA RENTA Impuesto a la Renta 2010 Impuesto Fracción % Imp. Fracción Fracción Básica Exceso hasta Básica Exenta - 8.910 - 0% 8.910 11.350 - 5% 11.350 14.190 122 10% 14.190 17.030 406 12% 17.030 34.060 747 15% 34.060 51.080 3.301 20% 51.080 68.110 6.705 25% 68.110 90.810 10.963 30% 90.810 En adelante 17.773 35% Pasos para calcular el impuesto por pagar 1.- Ubicación de la renta imponible en la tabla de impuesto a la renta 2.- Identificación de: - Fracción básica: 11.350
  • 2. - Impuesto Fracción Básica: 122 - % impuesto fracción exenta: 10% 3.- Calculo de la fracción exenta: Renta imponible - Fracción Básica: 11.895,35 – 11350= 545,35 4.- Calculo del impuesto excedente: Fracción exenta * % impuesto fracción exente = 545,35 * 10% = 54,54 5.- Calculo de impuesto causado: Impuesto fracción básica + Impuesto excedente = 122 + 54,54 = 176,54 6.- Impuesto por pagar = Impuesto causado – Retenciones en la fuente En el caso de relación de dependencia el impuesto del empleado es igual a las retenciones que el empleador le hará mensualmente, de tal forma, el valor que Consorcio Jirsa le tendrá que retener por concepto de Impuesto a la renta a la Srta. Wilches es igual a $176,54 2.- En el libre ejercicio de su profesión, tuvo ingresos de $ 18.500,00 por concepto de honorarios profesionales provenientes en un 45% de la compañía ZACK S.A. y en un 55% de varias personas naturales no obligadas a llevar contabilidad. Sus ingresos y gastos en el año están respaldados por los respectivos comprobantes de venta y planillas de aportes. INGRESOS Ingresos de Sociedades 8325 Ingresos Personas Naturales 10175 Total de Ingresos por libre ejercicio 18500 GASTOS Remuneración y otros beneficios de personal 7500 Arriendos 2800 Depreciación de Muebles 200 Gastos de Útiles de Oficina 2500 Gastos de Luz, Agua, y Teléfono 1500 Total de Gastos por libre ejercicio 14500 RENTA IMPONIBLE 4000 La Compañía ZACK S.A. Le realizó las retenciones en la fuente de impuesto a la renta equivalente al 10% sobre $8.325 es decir $ 832,5 Según el Reglamento de Aplicación de la Ley de Régimen Tributario Interno, artículo 24, los bienes muebles se deprecian en 10 años a razón del 10% anual. 3.- Es propietario de un predio agrícola avaluado en $ 53.000 (según el catastro oficial). Para calcular la renta agrícola presuntiva, aplique al avalúo exclusivamente de la tierra el coeficiente del 5% Avalúo 53.000.00 Coeficiente 5% Renta Imponible 2650,00
  • 3. 4.- Es propietario de una casa avaluada en $ 108.000 (según el catastro oficial), que tiene dos departamento de igual superficie, en el uno habita con su familia y el otro lo arrienda para vivienda a una persona natural en $ 850 mensuales. La casa se compró con un préstamo de una institución financiera a la que paga mensualmente $ 150, de los cuales el 60% corresponde al capital y el 40% a los intereses. Paga por concepto de Impuestos Municipales $150. Los intereses del préstamo y el impuesto, son gastos deducibles. El capital del préstamo no lo es. Pero como sólo arrienda el 50%, se debe considerar este porcentaje como deducción. Entonces: INGRESOS Ingresos por arrendamiento ($850 x 12meses) 10200 Total de Ingresos por arrendamientos 10200 GASTOS Intereses del Crédito ($720 x 50%) 360 Depreciación del inmueble (5% sobre el avalúo en la superficie arrendada) ($5400 x 50%) 2700 Mantenimiento (1% sobre al avalúo $1080 x 50%) 540 Impuesto Municipales ($150 x 50%) 75 Total de Gastos por arrendamientos 3675 RENTA IMPONIBLE (Ingresos menos Gastos) 6525 Según el artículo 24 de Reglamento de Aplicación de la Ley de Régimen Tributario Interno, los bienes inmuebles se deprecian en 20 años a razón del 5% anual. Según el artículo 24 del Reglamento de Aplicación de la Ley de Régimen Tributario Interno, para los bienes inmuebles se reconoce un mantenimiento anual equivalente al 1% de su avalúo. 5.- Posee un negocio comercial de computadoras, con un capital de $ 8.000 e ingresos brutos anuales de $ 33.000, montos por los cuales el contribuyente no está obligado a llevar contabilidad.
  • 4. INGRESOS Monto de ingresos brutos 33.000 Total de Ingresos por actividad empresarial 33.000 GASTOS Costo de mercadería vendida 16.000 Arriendo de local 4.800 Gastos de personal 3.600 Luz, agua y teléfono 1.000 Varios 1.500 Total de Gastos por actividad empresarial 26.900 RENTA IMPONIBLE 6.100
  • 5. 6.- Tiene una póliza de acumulación por $ 25.000 y recibe rendimientos financieros (intereses) en el año por $ 2.000, sobre los cuales el Banco le retiene el 2% es decir $ 40 RENTA GLOBAL= Sumatoria de todas las rentas imponibles causadas Impuesto a la renta a pagar= Impuesto generado de la renta global – Retención en la fuente – Anticipos (si se hubiesen dado) Fecha de pago: En el mes de febrero del siguiente año a la declaración, pudiendo anticiparse hasta 30 días antes. LIQUIDACIÓN DEL IMPUESTO A LA RENTA Y ELABORACIÓN DEL FORMULARIO 102A a) Cálculo de la Renta Global: Renta Imponible del trabajo personal en relación de dependencia 11.895,35 Renta Imponible del libre ejercicio profesional 4.000,00 Renta Imponible de predios agrícolas 2.650,00 Renta Imponible de arriendo de inmuebles 6.525,00 Renta Imponible de actividad empresarial con registros de ingresos y egresos 6.100,00 Renta Imponible de interes de rendimientos financieros 2,000,00 RENTA GLOBAL 33.170,35 b) Cálculo del Impuesto a la Renta Causado: Para el cálculo del Impuesto a la Renta Causado se debe utilizar la siguiente tabla: TARIFAS DE IMPUESTO A LA RENTA Impuesto a la Renta 2010 Impuesto Fracción % Imp. Fracción Fracción Básica Exceso hasta Básica Exenta - 8.910 - 0% 8.910 11.350 - 5% 11.350 14.190 122 10% 14.190 17.030 406 12% 17.030 34.060 747 15% 34.060 51.080 3.301 20% 51.080 68.110 6.705 25% 68.110 90.810 10.963 30% 90.810 En adelante 17.773 35% En el ejemplo, la Renta Global de $ 33.170,35; se ubica en el quinto tramo de la tabla es decir entre $ 17.030 y $ 34.060. Por consiguiente, el impuesto a la renta se calcula de la siguiente manera: i.- Identificado el tramo en donde se encuentra ubicada nuestra base imponible, se obtiene el Impuesto a la fracción básica que le corresponde es decir $ 747 ii.- Del valor de $33.170,35 se resta la fracción básica , es decir $17.030 , a la diferencia de 16.140,35 (que se conoce como Fracción Excedente), se aplica el 15% (% que corresponde al tramo señalado), resultando un impuesto de $ 2.421,05
  • 6. iii.- El impuesto a la Renta Causado es la suma de estos dos valores, es decir $ 2.421,05 + 747 = $ 3.168.05 C) Cálculo de las retenciones en la fuente: Retención de relación de dependencia 176,54 Retenciones sobre el libre ejercicio de la profesión 832,5 Retenciones sobre los rendimientos financieros 40.00 TOTAL DE RETENCIONES 1.049,04 d) Cálculo del Impuesto a la Renta a Pagar: Impuesto a la Renta Causado 3.168,05 (-) Anticipos pagados 0,00 (-) Retenciones en la fuente 1.049,04 TOTAL IMPUESTO A LA RENTA A PAGAR 2.119,01 e) Cálculo del Anticipo Año 2010 Una vez que se ha obtenido el impuesto a la renta causado para el año 2010, una persona natural puede calcular el anticipo del impuesto a la renta para el año 2011, el cual deberá ser declarado en el mismo formulario y se deberá pagar en dos cuotas iguales, entre el 10 y el 28 de julio la primera, y el 10 y 28 de septiembre la segunda, de acuerdo con el noveno dígito del RUC. Las dos cuotas se las debe pagar utilizando el formulario 106. Para el cálculo del anticipo se aplica la siguiente fórmula: (Impuesto a la Renta Causado x 50%) - Retenciones en la fuente Para el caso del ejemplo: (3.168,05 x 50%) – 1.049,04 = 534,99 Entonces, el valor resultante se divide en dos, que es el valor que deberá pagar por cada cuota del anticipo: Primera cuota 534,99 / 2 267,49 (a pagar en Julio del 2010) Segunda cuota 534,99 / 2 267,49 (a pagar en Septiembre del 2010) FORMULARIO DE PAGO DEL ANTICIPO IMPUESTO A LA RENTA
  • 7. FORMULARIO DE PAGO DEL IMPUESTO A LA RENTA
  • 8. Los formularios deben ser llenados con letra imprenta o con computadora/maquina eléctrica. No se pueden presentar formularios con tachones, borrones o corrector. En las casillas donde no se coloque valor, se deberá colocar una raya (-) para protección del documento. Las personas naturales no obligadas a llevar contabilidad no tienen la obligación de hacer firmar su formulario de un contador público, no así quienes están obligados a llevar contabilidad como las compañías. También se pueden efectuar las declaraciones en el DIMM que es un software a través del cual llenamos una formulario electrónico para luego enviarlo vía internet, para uso de este sistema es imprescindible acudir a las oficinas del SRI para solicitar la clave y usuario que nos dará acceso al sistema.
  • 9. ¿COMO CONTABILIZAR EL IMPUESTO A LA RENTA PARA PERSONAS NATURALES? Recordar que quienes están obligados a llevar contabilidad son aquellas personas con ingresos brutos (ventas) mayores a $100,000 o capital propio igual a $60,000 o gastos deducibles superiores a $80,000. Solo en estos casos es obligación no solo declarar sino asentar en el diario general el pago de impuesto a la renta y pago de anticipos. Aunque el pago del impuesto a la renta es el mes de marzo, el ejercicio contable se debe cerrar del 1 de enero al 31 de diciembre de cada año, por tanto el reconocimiento del gasto de impuesto de la renta se hace el 31 de diciembre del año del ejercicio contable. Algunas personas naturales deciden realizar anticipos del Impuesto a la renta los cuales se cancelan por adelantado, antes de que termine el año del ejercicio contable, de esta forma si están realizando el año del ejercicio contable del 2008, podemos a través del calculo del impuesto a la renta del año 2007 realizar un anticipo para el pago del año 2008, estos pagos se hacen en dos partes, el primero en el mes de julio y el segundo en el mes de septiembre. En el mes de Julio o Septiembre el pago del anticipo del impuesto a la renta. Fecha Código Detalle Debe Haber xx/07/xx 100 Anticipo del impuesto a la renta xxx 100 Efectivo Xxx Recordemos que cuando se reconoce el impuesto a la renta se debe restar del valor del impuesto causado el valor de las retenciones del impuesto a la renta y el valor de los anticipos (si se hubiesen dado), entonces en el momento de cancelarse el impuesto a la renta se debe ajustar los saldos de estas dos ultimas cuentas (anticipos y retención en la fuente del impuesto a la renta). Para ajustar las cuentas de Anticipos y RFIR Fecha Código Detalle Debe Haber 31/12/xx 500 Gasto de impuesto a la renta xxx 200 Impuesto a la renta por pagar Xxx 100 RFIR pagado por adelantado Xxx 100 Anticipo del impuesto /renta Xxx Posteriormente para pagar en marzo del siguiente año: Fecha Código Detalle Debe Haber 01/03/xx 200 Impuesto a la renta por pagar xxx 100 Efectivo Xxx CALCULO Y PAGO DE INTERESES Y MULTA El retraso en la presentación de la declaración origina la multa del 3% del impuesto causado, por cada mes o fracción de mes; la falta de retención o de su depósito, está sancionada con el 100% del valor no retenido o no depositado. Además son aplicables los intereses que trimestralmente varían en el SRI. Ejemplo: Retomemos el ejercicio de la Ing. Wilches, pero se asume que ella cancela su Impuesto a la renta el 31 de octubre. Los intereses del año 2010 son: I trimestre 1,149% II trimestre 1,151% III trimestre 1,128% IV trimestre 1,146%* Para calcular el valor a cancelar de la Abg. Marcial, debemos recordar el noveno digito del RUC que es: 0917959562001, como notamos el noveno digito es el “6” entonces la fecha máxima de pago es el 20 de marzo. Para calcular el periodo de retraso tomamos a fecha del pago (31 de octubre) y la fecha máxima de pago (20 de marzo) entonces el periodo de retraso es 11 días y 7 meses, por tanto el periodo de retraso para el SRI es de 8 meses (cualquier fracción de mes se considera como mes completo). Para calcular la multa:
  • 10. Impuesto causado 3168,05 Tiempo de retraso 8 % de multa por mes 3% Multa total 760,33 Para calcular los intereses por mora Impuesto causado 3168,05 Mes % interes Valor I trimestre 1,149% 36,4008945 II trimestre 1,151% 36,4642555 III trimestre 1,128% 35,735604 IV trimestre 1,146% 36,305853 Total 144,906607 Entonces el impuesto a pagar con intereses y multa es: Impuesto a la Renta Causado 3.168,05 (-) Anticipos pagados 0,00 (-) Retenciones en la fuente 1.049,04 (+) Multa 760,33 (+) Intereses por mora 144,91 TOTAL IMPUESTO A LA RENTA A PAGAR 3.024,25 EJERCICIO RESUELTO DEL IMPUESTO A LA RENTA PARA SOCIEDADES La compañía SOLDEAMAR S.A. es una distribuidora de equipos médicos en Guayaquil. El Balance General Inicial al 01 de enero de 2010 es el siguiente: SOLDEAMAR S.A. Balance General Inicial Al 01 de enero de 2008 Activos Efectivo $150.000 Cuentas por pagar $5.600 Cuentas por cobrar 2.500 Mercadería 56.000 Capital Pagado 118.000 Renta pagada por adelantada 3.200 Utilidad Acumulada 88.100 $ 211.700 $211.700 El resumen de las transacciones generadas en el año 2010 son las siguientes: a) Las ventas anuales ascendieron a $45.000 (56% al contado) b) El costo de venta corresponden al 45% del valor de las ventas. c) Algunos gastos operativos fueron cancelados en efectivo, ascienden a $500 d) La empresa generado ingresos adicionales anuales por $2.500 e) Otros gastos no operativos cancelados en efectivos fueron $300 f) Los sueldos pagados a empleados ascendieron a $12.000 quedando pendiente de pago $1.200 g) El gasto de renta ascendió a $2.300 h) En el mes de julio y septiembre la empresa canceló un anticipo del impuesto a la renta por $ 562,45 en cada mes i) Las RFIR pagadas por adelantadas son de $250,23 Se requiere: Asentar las transacciones el diario General
  • 11. PARAMEDIC S.A. LIBRO DIARIO Código Detalle Debe Haber 100 Cuentas por cobrar 19.800 100 Efectivo 25.200 400 Ventas 45.000 500 Costo de Venta 20.250 100 Mercadería 20.250 500 Gastos operativos 500 100 Efectivo 500 100 Efectivo 2.500 400 Otros Ingresos 2.500 500 Otros Gastos no operativos 300 100 Efectivo 300 500 Gastos de sueldos 13.200 100 Efectivo 12.000 200 Sueldos por pagar 1.200 500 Gasto de renta 2.300 100 Renta pagada por adelantado 2.300 100 Impuesto a la renta pagado por adelant. 1.124,9 100 Efectivo 1.124,9 100 RFIR pagadas por adelantada 250,23 100 Efectivo 250,23 PASAN (pendiente hasta el calculo del IR) $ 85.425,13 $ 85.425,13 Elabore el Estado de resultado para el año 2010 PARAMEDIC S.A. Estado de Resultados Del 1 de enero al 31 de diciembre de 2010 Ventas $ 45.000 Otros Ingresos 2.500 Total Ingresos $ 47.500 Costo de venta 20.250 Gastos operativos 500 Otros Gastos no operativos 300 Gasto de sueldo 13.200
  • 12. Gasto de renta 2.300 Total de gastos $ 36.550 Utilidad antes de repartición a empleados 10.950 15% Repartición a los empleados 1.642,5 Utilidad antes del impuesto a la renta 9.307,5 25% del impuesto a la renta 2.326,88 Utilidad neta después de impuestos 6.980,63 NOTA: No olvidarse de anotar el gasto del 15% de utilidades Código Detalle Debe Haber VIENEN (pendiente hasta el calculo del IR) $ 85.425,13 $ 85.425,13 500 Gasto de Impuesto a la renta 2.326,88 200 Impuesto a la renta por pagar 951,75 100 Impuesto a la renta pagado por adel. 1.124,9 100 RFIR pagada por adelantada 250,23 500 Gasto de 15% utilidad a empleados 1.642,5 200 Utilidades a empleados por pagar 1.642,5 TOTAL $ 89.394,51 $ 89.394,51