El Ministerio de Salud Pública informó sobre el proceso para la interrupción del embarazo, en el marco de la reglamentación de la ley sobre aborto presentada ayer martes. Las instituciones tienen 15 días para presentar posibles objeciones a la realización de abortos.
Dejamos los enlaces a dos documentos: la Reglamentación de la ley sobre aborto y la Presentación de Leticia Rieppi [responsable del Área de Salud Sexual y Reproductiva del MSP], en donde se detalla sobre el Manual de Procedimientos para el manejo sanitario y una Guía Técnica para la interrupción voluntaria del embarazo.
ETAPAS Y CONSULTAS. El procedimiento incluye 4 etapas. Primero, en una primera consulta la mujer solicita hacerse un aborto y allí se le informa acerca de las alternativas de menor riesgo, mientras que el médico deberá identificar la edad gestacional. De esta primer consulta la mujer debe saber ya el día y hora de la consulta con el grupo interdisciplinario.
La segunda etapa consiste en el encuentro con el grupo interdisciplinario, en que la mujer se juntará y hablará con un equipo formado por un médico, un psicólogo y un asistente social, para informar sobre las mejores alternativas, además de explicar y hacer hincapié que luego del aborto debe controlarse.
Después se darán los días necesarios para la “reflexión”. En caso de decidirlo, el período establecido para realizar abortos es a las 12 semanas.
Tras la “reflexión, la tercera consulta será con el ginecólogo, quien recibirá la decisión de la mujer y tanto en el caso de haber resuelto abortar como no, el médico deberá apoyarla. Si decide hacerlo, la mujer deberá firmar su consentimiento.
El MSP recomienda que el aborto se haga por vía farmacológica, a partir de misoprostol y mifepristona. El proceso debe hacerse en forma ambulatoria porque el proceso puede ser largo y “excluir a la mujer del ámbito de la familia durante tanto tiempo puede ser agravante de la situación posterior”, señala el documento del ministerio. Sólo en caso de necesidad se resuelva la internación.
Por último la mujer deberá asistir a una cuarta y última consulta de asesoramiento, ya que que se prevén consultas posteriores para informar a la mujer de métodos anticonceptivos.
El subsecretario de Salud Pública, Dr. Leonel Briozzo, afirmó que la reglamentación de la ley sobre aborto apunta a:
“Asegurar que las mujeres que están viviendo por este tránsito vital en su peripecia de vida, sean atendidas de manera confidencial, de forma impecable desde el punto de vista técnico y humano. Asegurar y promover un consentimiento informado muy preciso y muy específico que tiene como objetivo que sea la mujer la que asuma conscientemente la decisión libre, informada y responsable, si es eso lo que ella requiere. En tercer lugar, el respeto a la autonomía de la paciente; en cuarto lugar, la seguridad para la usuaria, para las pacientes que requieren este apoyo desde el punto de vista
3. Alcance
1 .Todas las instituciones prestadoras integrales de salud
integrantes del SNIS
2. Personal de la salud de dichas instituciones, y en particular
aquellos vinculados a la atención de las mujeres que solicitan
la interrupción voluntaria del embarazo
El presente Manual será de aplicación obligatoria por parte
de todas las instituciones de prestación integral de salud del
SNIS, y su personal, en tanto esta prestación se ha integrado
al PIAS según el Dec … de la ley 18 987, de fecha 21.11.2012
4. POBLACION OBJETIVO:
Todas las mujeres que por voluntad soliciten la
interrupción del embarazo.
1) Mujeres de ciudadanas uruguayas naturales o legales,
o extranjeras residentes en el país al menos por un año.
2) EG: Durante las primera 12ª semana de gestación.
3) Cumplir con el procedimiento establecido por la ley
5. SITUACIONES PARTICULARES O ESPECIALES:
Situación requieren un trata diferencial o particular que son:
1.ADOLESCENTES NO HABILITADAS.
2.MUJERES DECLARADAS INCAPACES.
3.MUJERES EMBARAZADAS VICTIMAS DE VIOLACION.
4.GRAVE RIESGO PARA LA SALUD DE LA MUJER
5.MALFORMACIONES FETALES INCOMPATIBLES CON
LA VIDA EXTRAUTERINA:
6. En el proceso de atención la mujer recibirá asesoramiento sobre las
características de la IVE y los riesgos inherentes a esta práctica.
También se informará sobre las alternativas al aborto provocado,
incluyendo los programas de protección social disponibles, y la
posibilidad de dar al recién nacido en adopción. Y finalmente, se
orientará a la mujer sobre los medios para prevenir embarazos futuros,
y el acceso a los mismos
Se deberá respetar el derecho de la mujer a decidir sobre la continuidad
o no de su gestación, según las condiciones previstas por la Ley. El
personal de salud no deberá emitir juicios de valor con relación a la
decisión consciente, estudiada y libre basada en la voluntad informada
de la paciente
7. Requisitos necesarios para INICIAR el proceso de IVE
PRIMER CONSULTA
1. Expresión de voluntad de la mujer
2. Ciudadanía natural o legal, o en caso de extranjeras
residencia de 1 año.
3. Edad gestacional por FUM (que luego deberá verificarse
por ecografía):
= hasta 12ª semanas inclusive en situaciones generales
= hasta 14 ª semana inclusive Violación
= independiente de la edad gestacional en salud de la
mujer, incompatibilidad con la vida extrauterina
8. DURANTE ESTA ENTREVISTA EL MÉDICO CONSULTADO DEBERÁ:
1) Evaluar los requisitos inicio de proceso antes señalados (aparte
de la obvia expresión de voluntad de la mujer, la edad gestacional
por FUM, dentro de los plazos, y la condición de ciudadanía
2) Paraclínica acorde ecografía ginecológica a clasificación de
grupo sanguíneo y RH. Los resultados deberán estar para la 3ª
consulta (a los 6 días)
3) Deriva a la paciente a la consulta con el equipo
interdisciplinario establecido en cada institución (para ese mismo
día o para el inmediato siguiente), explicando claramente el
procedimiento y los tiempos. La referencia a dicho equipo se
realizará en forma segura y responsable.
Entregar a la mujer una indicación claramente escrita, (pase,
receta, otro) explicándole la importancia que la conserve y la
presente ante el equipo interdisciplinario, (paso siguiente) donde
conste:
9. Primer consulta Fecha …………..
= Documento de identidad
= Edad de la paciente ………………….
1
Edad gestacional por FUM -------------------------
Ciudadana natural, o legal, o residencia mayor 1
2 año………// …………// …………………………………
Paraclínica solicitada Si No
Cita con equipo interdisciplinario
3 Dia Hora Lugar
profesional actuante
4 Observaciones (si corresponden): por ejemplo:
explicaciones relativas a los tiempos, etc.
10. REGISTRO EN LA HISTORIA CLÍNICA
De tratarse de ginecólogo o médico de familia, éste podrá:
1. Realizar la evaluación clínica incluyendo examen
general que descarte factores de riesgo que aumenten
las complicaciones de la IVE y examen genital para
evaluación del útero y los anexos.
2. De requerirse otra paraclínica (ej: hemograma en
caso de anemia) será solicitada. La realización de estos
exámenes no retardarán el proceso de atención.
3. Tratar infecciones genitales si las hubiera.
11. SEGUNDA CONSULTA
ASESORAMIENTO POR EQUIPO
INTERDISCIPLINARIO
Entrevista de la mujer con el equipo
interdisciplinario pautado por la ley (al menos 3
profesionales, área ginecológica, de salud
mental y social), que asesora sobre derechos y
procedimientos, evalúa la paraclínica, y
propone volver en 5 días luego de la reflexión.
12. Articulación del equipo interdisciplinario
Actuación del ginecólogo:
•Asesorar y brindar información sobre las diferentes
alternativas a la IVE, opciones, ventajas, desventajas de
cada una de ellas. (El equipo podrá valerse de un folleto
informativo diseñado por el MSP para tal fin)
•Informar sobre las prácticas más seguras de IVE en base a
las evidencias y las situaciones concretas.
•Evaluar la paraclínica solicitada en la primera entrevista, si
los resultados estuvieran disponibles, o solicitarla de ser
necesario.
•En caso de que la ecografía solicitada muestre que se
supera el plazo indicado por la ley, se brindará el
asesoramiento correspondiente a la Ley 18.426.
13. ACTUACIÓN DEL PROFESIONAL DE SALUD MENTAL
Aportar elementos que favorezcan la capacidad de toma
de decisión en forma autónoma, y determinar posibles
requerimientos de recursos de apoyo específicos.
ACTUACIÓN DEL PROFESIONAL DEL ÁREA SOCIAL
Brindará asesoramiento sobre decisiones personales y
familiares , los alcances de esta ley y sus derechos y
sobre las prestaciones sociales de trabajo y vivienda, etc.,
la posibilidad de entrega en adopción, y el apoyo de
redes sociales. En particular hará hincapié en la
necesidad de contar acompañamiento en el proceso de
IVE
14. ACTUACIÓN ARTICULADA
•Detectar situaciones de riesgo bio psico social y
actuar en consecuencia
•Recibir el comentario de la mujer, si así lo expresa,
acerca de la posibilidad de convocar al progenitor de
dicha gravidez para brindarle
•información acerca del procedimiento, así como la
importancia del acompañamiento,
•Se otorgará cita en los próximos 5 días o se
promoverá su concurrencia conjunta con la mujer,
según corresponda.
15. ABSTENERSE DE VALORACIONES PERSONALES SOBRE
LA IVE, EXPLICANDO A LA SOLICITANTE QUE LUEGO
DE 5 DÍAS PODRÁ VOLVER CON SU DECISIÓN AL
GINECÓLOGO, Y SU DECISIÓN SERÁ RESPETADA.
1.Firmará una Constancia de Asesoramiento
2.Se iniciará el Formulario IVE
3.Registrar en la historia clínica
16. TERCERA CONSULTA
EXPRESION FINAL DE VOLUNTAD
1.Consulta con ginecólogo con expresión final de
la voluntad - ratificación de su decisión de
interrupción de embarazo o rectificación,
2.En caso de ratificación de la voluntad: se
informará nuevamente sobre las
recomendaciones técnicas basadas en evidencia
para la IVE, según Guía Técnica
3.Firmará el Consentimiento Informado
17. GUIA TECNICA PARA LA INTERRUPCION
VOLUNTARIA DEL EMBARAZO
ESENCIALMENTE DE LA GUIA TECNICA SE DESPRENDE QUE
EL PROCEDIMEINTO CON MENOR RIESGO SANITARIO ES EL
FARMACOLOGICO Mifepristona–Misoprostol.
Recomendándolo en forma ambulatorio
Se explicarán claramente los signos y síntomas esperables
durante y luego del procedimiento y los elementos de alerta
(hemorragia, infección) que requerirán una consulta de
urgencia. Asegurarse que la mujer entienda las instrucciones
utilizando un lenguaje sencillo. Promover que cuente con
acompañamiento y apoyo emocional en el proceso. Ante
situaciones de riesgo a juicio del profesional, se podrá
promover la internación
18. CUARTA CONSULTA
CONTROL POST- IVE: ante ginecólogo obstetra- partera o
medico de familia
1.Realizar la evaluación clínica de la paciente post IVE
2.Diagnóstico y atención de eventuales complicaciones que
puedan afectar cualquier área (bio-psico-social)
3.Orientar y asesorar sobre futuros embarazos,
anticoncepción, acceso a Servicios de Salud Sexual y
Reproductiva
4.Referir para atención integral de salud a médico o equipo
de referencia //////