El préstamo mercantil es un contrato donde una parte entrega bienes fungibles como dinero, títulos o mercancías a otra parte, quien se obliga a devolver la misma cantidad y calidad en el futuro. Este tipo de préstamo se da comúnmente entre comerciantes y las cosas prestadas deben destinarse a actos de comercio. El préstamo mercantil transfiere la propiedad de los bienes al prestatario de forma temporal.
2. QUE ES?
Se considera mercantil el préstamo cuando se
contrae en el concepto y con expresión de que
las cosas prestadas se destinan a actos de
comercio y no para necesidades ajenas de este.
Se presume mercantil el préstamo que se
contrae entre comerciantes. (CCo 358-370)
El préstamo mercantil supone la existencia de dos elementos, un
objetivo, que es cuando la cosa prestada se destina a la
realización de actos de comercio y uno subjetivo, cuando el
préstamo se contrata entre comerciantes.
3. Es un contrato por el cual una persona (prestatario),
recibe de otra (prestamista), una cosa fungible en
propiedad y se obliga a devolverle otro tanto de la
misma especie y calidad.
Sánchez Calero Fernando,
Derecho Mercantil
QUE ES?
El contrato de préstamo mercantil es aquel
donde una de las partes el prestador entregar
al prestatario bienes fungibles ( títulos o
valores, dinero o mercancías) y éste se obliga a
restituir otro tanto de la misma especie y
calidad en los términos pactados y en caso de
mora a pagar un interés convencional o legal.
4. QUIENES INTERVIENEN?
A. Prestador, prestamista o acreedor: quien se
obliga a transferir la propiedad de dinero o
de otras cosas fungibles.
B. Prestatario o deudor: quien las recibe, con el
concepto de destinarlas a actos de comercio,
con la obligación de devolver otro tanto de la
misma especie y calidad, así como pactar los
intereses pactados.
5. CLASES DE PRESTAMO
De Dinero
Se estará siempre
en presencia de
títulos fungibles, por
lo que el prestatario
cumplirá con su
obligación
entregando su
equivalente en
dinero metálico o
papel moneda
De títulos o valores
Se libera el deudor
de su obligación
devolviendo otros
tantos de la misma
clase e idénticas
condiciones con sus
equivalentes .
De especie
El prestador se
obliga a transferir la
propiedad de
mercancías, bienes
muebles al
prestatario para ser
destinados a actos
de comercio.
6. CARACTERISTICAS
Traslativo
de
dominio
• El prestamista se obliga a entregar la propiedad de la
cosa o dinero, y el prestatario puede disponer de la cosa
prestada comprometiéndose a su devolución en especie
o su equivalente en dinero.
Principal
• No depende de otro contrato para su existencia y
validez, tiene fines y vida propia.
Unilateral
• Sólo produce obligaciones en una de las partes, el
prestatario; aunque si se acuerda entre las partes
también se puede considerar bilateral.
7. CARACTERISTICAS
Contrato Real
• Los efectos del préstamo no surgen hasta que se
realiza la entrega de la propiedad.
Gratuito y
Oneroso
• Es gratuito porque el prestatario no está obligado
a pagar contraprestación alguna si no se pacta
expresamente, aunque en la práctica comercial, el
carácter profesional de los prestamistas deriva a
que se incluya la onerosidad en los contratos.
8. CARACTERISTICAS
Conmutati
vo
• Desde el momento que las partes celebran el contrato
conocen las cargas y los gravámenes que se encuentran
determinados en el mismo.
Personal
• La relación se establece en consideración a las
circunstancias personales del cliente.
Sucesivo o
Instantáne
o
• La devolución de la cosa prestada, se puede realizar en
un solo acto o en varios.
9. Clases de Préstamo Mercantil
Según la naturaleza de la cosa dada en préstamo:
a) Préstamo de dinero: el prestatario recibe y se obliga a
reintegrar una suma de dinero determinada.
b) Préstamo de títulos o valores: el prestatario deberá restituir
posteriormente esos valores por otros idénticos o
equivalentes.
c) Préstamo en especie (mercaderías principalmente): el
prestatario deberá devolver la cosa fungible (mercaderías,
materias primas, etc.) en idéntica cantidad y especie, salvo
que sea imposible por extinción de la cosa fungible, en cuyo
caso procederá el reintegro de su valor en metálico.
10. Clases de Préstamo Mercantil
Según su onerosidad:
Préstamo gratuito: no se
pagan intereses
Préstamo oneroso: se
pagan intereses
Según su garantía:
Préstamos sin garantía especial.
Préstamos garantizados.
Normalmente las entidades de
crédito exigen garantía.
Según la duración del préstamo:
1) Préstamo por tiempo determinado: el estipulado en el contrato.
2) Préstamo por tiempo indeterminado: 30 días desde que se
realiza una notificación formal.
11. Formalización del Préstamo Mercantil
Los préstamos mercantiles se formalizan por escrito en un contrato
que dependerá del tipo de préstamo en concreto que se vaya a
suscribir.
Normalmente suele exigirse su formalización a través:
Póliza intervenida ante fedatario público (notario):
Le da fuerza ejecutiva y posibilita que el prestamista reclame la
deuda.
Escritura pública otorgada ante notario
Para determinados tipos de préstamos, la legislación exige este
modo concreto de formalización (hipoteca).
13. https://www.uaeh.edu.mx/docencia/P...mercantil_III/prestamo%20mercantil.pptx
Tovar, S. H. (2013). Contratos Mercantiles. México D. F.: Oxford.
UNIÓN, C. D. (13 de 12 de 1889). Código de comercio. Recuperado el 22 de Marzo
de 2014, de http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/3.pdf
https://www.mytriplea.com/blog/prestamo-mercantil-guia-completa/
Bibliografia