Proponen la eliminación del Consejo de la Magistratura
#EScorrupcion Cuestionamiento a proceso de elección de magistrados de la CCR
1. Cuestionamiento a proceso de elección de magistrados de la CCR
El pasado 28 de agosto la Asamblea Legislativa, con 59 votos, eligió a nuevos magistrados de la Corte de Cuentas de la República
(CCR), tres propietarios, incluyendo su presidenta, y por primera vez se elige a los dos magistrados suplentes que establece la ley
orgánica de dicha institución.
En los últimos años, la Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia ha declarado inconstitucional el nombramiento de
magistrados de la CCR en cuatro ocasiones y ha definido ciertos parámetros para dichos nombramientos, sin embargo, las
recientes elecciones incumplen la jurisprudencia establecida en la sentencia de inconstitucionalidad 49-2011, en la cual se indica
que la “independencia, imparcialidad y transparencia por parte de los funcionarios electos en los Órganos o entidades donde
ejercen potestades públicas y cuya finalidad esencial es la fiscalización de la Hacienda Pública y el presupuesto, es imperativo que
aquellos no tengan ninguna afiliación partidaria, pues la existencia de tal vinculación podría significar un obstáculo para la
realización del interés general implícito en su principal función, ya sea por favorecer a las entidades de sus mismos partidos o
ejercer deficientemente las competencias que se atribuyen”. Además, manda a la Asamblea Legislativa a que más allá de
simplemente requerir solvencias, que en el proceso se logre “evidenciar la adecuación del perfil del candidato electo con las
funciones y atribuciones propias del cargo a desempeñar”, para asegurar la competencia y moralidad notoria del funcionario.
La elección del 28 de agosto se da tras un proceso cuestionado por un retraso de más de tres semanas, por “remedos” de
entrevistas a los candidatos realizadas por una comisión especial de la Asamblea Legislativa y por negociaciones oscuras que
resultaron en la selección de personas con evidentes vínculos partidarios. Nuevamente la Asamblea Legislativa falló al no
fundamentar que los nuevos magistrados fueron electos bajo criterios de idoneidad e independencia. En particular, preocupa que
uno de los magistrados electos renunciara a un partido político antes de presentar su candidatura para la CCR. En 2013, en una
resolución de seguimiento a la sentencia citada, la Sala de lo Constitucional se pronunció sobre un supuesto casi idéntico en el
cual manifestó: “Este acto de renuncia, si bien postula una apariencia de cumplimiento formal o simulado de uno de los
parámetros establecidos en la sentencia 49-2011 (el de no tener afiliación partidaria), tiene el efecto pernicioso de poner en riesgo
la independencia de la CCR, principio que la “regla de no afiliación partidaria” pretende optimizar”, por lo que dejó sin efecto ese
nombramiento. Ahora bien, los vicios del proceso recaen sobre la elección de todos los magistrados y no únicamente sobre este
notorio intento de fraude de ley.
Ante estos hechos, como organizaciones de la sociedad civil preocupadas por la transparencia y el Estado de derecho, nos unimos
para hacer las siguientes consideraciones:
La CCR tiene la función de controlar el buen uso de los fondos públicos, es importante garantizar que los funcionarios que
dirigen esta entidad sean capaces, independientes y comprometidos con la promoción de la transparencia y el combate a la
corrupción. Adicionalmente, la elección por mayoría simple de los magistrados que la integran, ha facilitado el control político
de la institución, el que históricamente no ha contribuido a la eficacia de esta institución; como organizaciones rechazamos
este tipo de elecciones que no hacen más que reproducir esquemas de opacidad y control político del ente fiscalizador del
Estado.
La Asamblea Legislativa debe tomar en serio la responsabilidad de realizar elecciones de segundo grado transparentes,
tomando en cuenta la idoneidad, competencia y moralidad notoria de las personas postulantes a un cargo, considerando sus
funciones y atribuciones particulares, sobre todo ante las próximas elecciones de magistrados de la Corte Suprema de
Justicia. En este sentido, la jurisprudencia de la Sala de lo Constitucional debe respetarse para evitar futuras
inconstitucionalidades en los nombramientos.
La ciudadanía debe permanecer atenta a las acciones de los diputados, pues con su voto el próximo año, pueden premiar a
quien represente adecuadamente sus intereses y castigar a quienes utilizan esa posición inadecuadamente.
San Salvador, 6 de septiembre de 2017.