1. Universidad Regional Autónoma de los Andes
Primer Semestre de la carrera de derecho
Proyecto integrador de la carrera de Derecho
Tema:
ESTUDIO SOCIAL Y JURÍDICO RESPECTO AL CUMPLIMIENTO DEL
DERECHO A LA LIBERTAD DE EXPRESIÓN EN LAS RADIODIFUSORAS
DE RIOBAMBA
Autoras:
Erika Guijarro
Yosselyn Barrera
Katerine Colcha
Miriam Buñay
Tutores:
Dr. José Milton Jiménez Montenegro
Año 2015
2. PERFIL DEL PROYECTO INTEGRADOR DE CARRERA
Contenido
Introducción:........................................................................................................................4
I. Título del proyecto integrador:...................................................................................5
II. Antecedentes de la investigación: ...............................................................................5
III. Objetivo de transformación: ...................................................................................6
Analizar el contexto teórico de la nueva ley de comunicación y cómo afecta a los
radiodifusores de nuestra ciudad esta ley, analizar y exponer los cambios que se darán al
aplicarla. ..........................................................................................................................7
IV. Objetivos: .............................................................................................................7
a. Objetivo general...................................................................................................7
b. Objetivos específicos ............................................................................................7
Conclusion ...........................................................................Error! Bookmark not defined.
3. RESUMEN EJECUTIVO
La investigación realizada, cuyo tema es el Estudio social y jurídico del La libertad de
expresión en las radiodifusoras de Riobamba realizado en las radiodifusoras de la ciudad
de Riobamba
4. Introducción:
El presente proyecto se realiza para explicar “Estudio social y jurídico respecto al
cumplimiento del derecho a la libertad de expresión en las radiodifusoras de riobamba”
y como la nueva ley de la radiodifusión, Estudio social y jurídico del La libertad de
expresión en las radiodifusoras de Riobamba en este trabajo se pretende investigar y dar
a conocer si la ciudad de Riobamba los locutores tienen libre expresión para comunicar
los hechos veraces que suceden día con la política Los derechos a la comunicación,
libertad de expresión y acceso a la información pública constituyen sustentos de la
democracia y son parte del núcleo de la dignidad y autonomía de las personas que el
Estado Constitucional está obligado a proteger. No hay democracia si los ciudadanos y
ciudadanas no son libres para elegir de manera voluntaria los soberanos y las leyes que
deseen que se apruebe en su país, nuestro país como soberano posee un a constitución la
cual protege nuestros derechos e indica nuestros deberes. Sin la vigencia de estos
derechos es imposible pensar en una sociedad plural, basada en el respeto a los demás y
el ejercicio de la libertad en su acepción más amplia, sin discriminación de ningún tipo.
Sin la protección y garantía de estos derechos, además, no sería factible el ejercicio de
los demás derechos humanos, los mismos que requieren de un libre flujo de
información, la expresión creativa de todas las manifestaciones individuales y colectivas
de la sociedad y el acceso a la información sobre asuntos de interés público. En ese
sentido, la protección y plena vigencia de los derechos a la comunicación, libertad de
expresión y acceso a información pública se ubican en el centro del sistema de
protección de los derechos humanos en general y su limitación podría generar una grave
devaluación de la democracia en su conjunto. La Ley de Comunicación, Libertad de
Expresión y Acceso a la Información Pública debe hacer realidad la promesa
constitucional de poner a los derechos humanos, su vigencia y protección, en el centro
de la convivencia social. Sí lo exige el Estado constitucional de derechos y justicia que
consagra la Constitución del Ecuador, la misma que establece que el más alto deber de
Estado es respetar y hacer respetar los derechos humanos. En tal virtud, los derechos a
la comunicación, libertad de expresión y acceso a la información pública deben
entenderse y aplicarse en su sentido más amplio, anteponiendo su plena garantía a
cualquier intensión de interferencia o intervención estatal o intento de control por parte
de sectores privados que busquen distorsionarlos o adecuarlos a sus intereses
particulares.
5. I. Título del proyecto integrador:
Estudio social y jurídico respecto al cumplimiento del derecho a la libertad de
expresión en las radiodifusoras de riobamba
II. Antecedentes de la investigación:
A través de la historia en los países del mundo y en Latinoamérica, el derecho a
la libertad de expresión ha tenido muchísimas limitaciones, ya que no se “debía
atentar” contra los asuntos religiosos, las buenas costumbres, el pensamiento de
los dueños de los medios de comunicación y los intereses de los politiqueros de
turno; posteriormente, el derecho a la libertad de expresión fue sometida bajo el
imperio de la ley, pero en este caso, se dio patente de corso los gobernantes de
turno para frenar la libertad de pensamiento y expresión, es decir, se convirtió en
una paradoja.
La libertad de expresión en uno de los derechos más importantes de los seres
humanos, es por ello que se la hace constar en las Constituciones de los distintos
países del mundo, ya que el ejercicio de este derecho permite la visibilización y
el cumplimiento de los demás derechos que tenemos las ciudadanas y ciudadanos,
fortaleciendo de esta forma, al sistema democrático de cada país.
En nuestro país también se ha coartado la libertad de expresión, en ciertos casos
por parte de los mandatarios de turno, y en otros, por los medios de comunicación,
es decir, los mandantes somos la clase sánduche, ya que no tenemos el privilegio
de opinar, expresar nuestras ideas, nuestras conformidades o inconformidades, ya
que la libertad de expresión solo la ejercen las autoridades y los medios de
comunicación, porque para el común de los mortales resulta casi inaccesible
ejercer “este privilegio”. En la ciudad de Riobamba existen 17 radiodifusoras, y
nuestra idea es investigar si en realidad se aplica el derecho a la libertad de
expresión en todo su contexto.
III. Problemática:
Partimos de la premisa básica de que la libertad de expresión es uno de los
derechos fundamentales de las personas, porque es la prolongación de la garantía
individual de pensar, ejercicio sin el cual no es posible canalizar el buen vivir de
las personas.
En el año 2008 se aprobó la Constitución de la República del Ecuador por parte
de la mayoría de las ecuatorianas y ecuatorianos, aquí se hizo constar con claridad
6. que debe existir un Sistema de Comunicación Social, que asegure el ejercicio de
los derechos de la comunicación, la información y la libertad de expresión y
fortalecerá la participación ciudadana; esto se complementó en el año 2013 con la
aprobación de la Ley Orgánica de Comunicación y su respectivo reglamento en el
año 2014, y recién en la actualidad está fortaleciéndose la Superintendencia de la
Información y Comunicación, SUPERCOM, es decir, todavía estamos en una
etapa de transición, por ello continúan algunos rezagos de incumplimiento al
derecho a la libertad de expresión y opinión, prohibición de censura previa,
responsabilidad ulterior, responsabilidad ulterior de los medios de comunicación,
responsabilidad solidaria de los medios de comunicación, recibir información de
relevancia pública veraz, la rectificación, la réplica, posición de los medios de
comunicación sobre asuntos judiciales, linchamiento mediático, equidad en la
publicidad de casos judiciales, copias de programas o impresos, libertad de
información, información de circulación restringida, protección de las
comunicaciones personales y protección integral de las niñas, niños y
adolescentes; concomitante con los derechos de igualdad e interculturalidad y el
derecho de los comunicadores, por ello, la presente investigación tiene el
propósito de realizar un estudio social y jurídico respecto al cumplimiento del
Derecho a la libertad de expresión en las Radiodifusoras de Riobamba.
IV. Problemática científica:
¿Cómo garantizar el cumplimiento del derecho a la libertad de expresión
dispuesto en el Art. 384 de la Constitución de la República del Ecuador en
concordancia con la Ley Orgánica de Comunicación y su Reglamento?
Objeto de investigación y campo de acción
Objeto de investigación: Derecho Constitucional. Comunicación Social.
Campo de acción: Libertad de expresión y opinión.
7. V. Objetivo de transformación:
Analizar el contexto teórico de la nueva ley de comunicación y cómo afecta a los
radiodifusores de nuestra ciudad esta ley, analizar y exponer los cambios que se
darán al aplicarla.
VI. Línea de investigación:
En nuestro proyecto decidimos usar la investigación explicativa y descriptiva para
encontrar y explicar la información sobre nuestro tema de proyecto y la investigación
experimental se verá aplicada en las encuestas que usaremos para obtener respuestas que
aporten a nuestra investigación
VII. Objetivos:
a. Objetivo general.
Realizar un Estudio Social y Jurídico en las radiodifusoras de la ciudad
de Riobamba para la determinación del cumplimiento del derecho a la
libertad de expresión consagrado en la Constitución de la República del
Ecuador
b. Objetivos específicos
Analizar la normativa ecuatoriana vigente respecto a la libertad de
expresión y opinión.
Evaluar el cumplimiento del derecho a la libertad de expresión y
opinión en las radiodifusoras de la ciudad de Riobamba.
Construir estrategias educomunicacionales para sensibilizar a la
ciudadanía de Riobamba respecto al derecho constitucional de la
libertad de expresión y opinión.
VIII. Hipotesis o idea a defender
La realización de un Estudio Social y Jurídico en las radiodifusoras de la ciudad
de Riobamba determina el cumplimiento del derecho a la libertad de expresión
consagrado en la Constitución de la República del Ecuador
IX. Variables de investigacion
Variable Independiente: Cumplimiento del derecho a la libertad de expresión
consagrado en la constitución de la república del ecuador.
Variable dependiente: Estudio social y jurídico en las radiodifusoras de la
ciudad de Riobamba
8. X. Metodología a emplear: métodos, técnicas y herramientas empleadas en la
investigación.
Métodos: Se aplicarán los siguientes métodos:
Método Inductivo.- Analizaremos los resultados obtenidos en las encuestas y
entrevistas, para poder realizar una generalización, esto nos permitirá determinar
estrategias de socialización para que la ciudadanía conozca sus derechos y pueda
exigirlos.
Método Estadístico Descriptivo.- Se levantará información, se analizará y
simplificará, luego interpretamos y generalizamos, esto se lo hará en base a una
muestra obtenida de todas las radiodifusoras de la ciudad de Riobamba, el propósito
es determinar si en éstas se aplica derecho de la libertad de expresión y opinión.
Técnica: Se utilizará la siguiente técnica:
Encuesta.- Entregaremos a los radiodifusores un cuestionario con preguntas
cerradas con el fin de facilitar su tabulación, las mismas que serán claras y
precisas.
Instrumento de la Investigación.- El instrumento que se utilizará para esta
investigación será:
Cuestionarios
XI. Descripción de la estructura del proyecto integrador. Esquema de
contenidos.
Páginas preliminares:
Nombre de la Institución.
Sello de la institución.
Nombre de la Facultad.
Nombre de la Carrera.
Tema del Proyecto Integrador.
Nombre del autoras.
9. Nombre del tutor (a).
Lugar y fecha.
Parte previa a la Introducción:
Certificación del Tutor
Declaración de autoría
Dedicatoria.
Agradecimiento.
Índice general.
Resumen Ejecutivo.
INTRODUCCIÓN
Antecedentes de la investigación.
Planteamiento del problema.
Formulación del problema.
Delimitación del problema.
Objeto de Investigación y campo de acción.
Identificación de la Línea de Investigación.
Objetivos: objetivo general y objetivo (s) específico (s)
Idea a Defender
Justificación del tema
Metodología investigativa a emplear.
Resumen de la estructura del proyecto
Elementos de novedad, aporte teórico y significación práctica.
10. CAPÍTULO I. MARCO TEÓRICO
1.1. Origen y evolución del derecho a la libertad de expresión y opinión.
Origen:
La libertad de expresión arranca de la Reforma vinculada a la libertad de conciencia,
enriqueciéndose en el devenir histórico: el racionalismo de la Ilustración le confiere una
extensión general, la dota de fundamentación filosófica y proyección política(4).
La libertad de expresión se consolida en el pensamiento liberal burgués individualista, en el
siglo XVIII, con un marcado carácter político: ante todo aparece como freno de la
arbitrariedad de los gobernantes del Antiguo Régimen. Se trata de conseguir, a través de
ella, que existe un control y un modo de denunciar de criticar y denunciar las arbitrariedades
del poder. Corresponde, pues, en su origen al modelo de Estado liberal de Derecho.
Lo que hoy denominamos libertad de expresión es defendida, entre otros, por autores como
Milton, Jefferson, Bentham, Tocqueville, Mill y Kant.
En Kant, lo que el denomina "la libertad de pluma" tiene un valor fundamental, llegando a
decir que "el único paladín del derecho del pueblo está en la libertad de la pluma, ejercida
dentro de los límites que inspira el alto respeto y el amor a la constitución que rige la vida del
ciudadano y mantenida por el modo de pensar liberal de los súbditos que la misma
constitución infunde (y por ello las plumas se limitan mutuamente para no perder la
libertad)"(5). Esta afirmación proclamando la" libertad de pluma" es contradictoria con la
afirmación del propio Kant de que "El pueblo carece de derecho de juzgar y determinar el
modo como se debe desempeñar el poder"(6), y con la negación radical del derecho de
resistencia.
Esa influencia doctrinal se vierte en las declaraciones de la época, que son las primeras
declaraciones de derechos humanos: en la Declaración de Derechos de Virginia de 1776 y
en la Declaración de Derechos del Hombre y del Ciudadano de 1789.
En la Declaración de Derechos del Buen Pueblo de Virginia de aparece -en la sección XII- la
libertad de prensa como:
Uno de los grandes baluartes de la libertad y que nunca puede ser restringida a no ser por
gobiernos despóticos.
La Declaración de derechos del Hombre y del ciudadano, por su parte afirmaba en su artículo
11:
La libre comunicación de los pensamientos y de las opiniones es uno de los derechos más
preciosos del hombre; todo ciudadano puede pues hablar, escribir, imprimir libremente, a
reserva de responder del abuso de esa libertad, en los casos determinados por la Ley.
En 1791 la Declaración de Derechos de Estados Unidos, establece a través de su primera
enmienda que:
Evolución:
11. 1.2. Análisis de las distintas posiciones teóricas sobre el derecho a la libertad de
expresión y opinión.
1.3. Valoración crítica de los conceptos principales de las distintas posiciones teóricas
sobre el derecho a la libertad de expresión y opinión.
1.4. Análisis crítico sobre el derecho a la libertad de expresión y opinión.
1.5. Conclusiones parciales del capítulo.
CAPÍTULO II. MARCO METODOLÓGICO Y PLANTEAMIENTO DE LA
PROPUESTA.
2.1. Caracterización del sector, rama, empresa, contexto institucional o problema
seleccionado para la investigación.
2.2. Descripción del procedimiento metodológico para el desarrollo de la investigación
(que conducen al resultado que da solución al problema planteado).
2.3. Propuesta del investigador: modelo, sistema, metodología, procedimiento, entre
otros, que realice el investigador.
2.4. Conclusiones parciales del capítulo.
CAPÍTULO III. DESARROLLO DE LA PROPUESTA (VALIDACIÓN Y/O
EVALUACIÓN DE RESULTADOS DE SU APLICACIÓN).
3.1. Análisis y evaluación de los resultados finales de la investigación y planteamiento de
la propuesta.
CONCLUSIONES GENERALES.
RECOMENDACIONES
BIBLIOGRAFÍA
ANEXOS
Aporte teórico, significación práctica y novedad científica
Al analizar la normativa vigente y las teorías respecto al derecho de libertad de
expresión y opinión permitirá probar la idea a defender, esto es, que a realización de
12. un Estudio Social y Jurídico en las radiodifusoras de la ciudad de Riobamba
determinará el cumplimiento del derecho a la libertad de expresión consagrado en la
Constitución de la República del Ecuador; también servirá para en lo posterior
plantear nuevas ideas a defender; por último, estamos seguros de que se podrá
generalizar la teoría que estamos planteando.
En cuanto a la significación práctica, este trabajo investigativo se fundamenta en
determinar el incumplimiento del derecho a la libertad de expresión en las
radiodifusoras de la ciudad de Riobamba y permitirá contar con mayores claridades
para en su momento iniciar procesos educomunicacionales para la ciudadanía de la
ciudad de Riobamba, ya que el desconocimiento de los derechos genera una débil
exigibilidad de los mismos, y que los medios de comunicación continúen sin aplicar
lo que dispone la normativa; y también evitar que las radiodifusoras sean sancionadas
por futuros incumplimientos.
Respecto a la Novedad Científica, el presente trabajo de investigación aportará a la
ciencia, ya que al estar en pleno proceso de transición, todavía no existen claridades
respecto a la aplicación de la normativa vigente, que en su contexto busca equilibrar
las relaciones de poder, y que las ciudadanas y ciudadanos tengamos las mismas
oportunidades respecto a la libertad de expresión y opinión.
13. XII. Biografía
Asamblea Constituyente. (2008). Constitución de la República del Ecuador.
Comunicación Social.
Asamblea Nacional. (2013). Ley Orgánica de Comunicación. Derechos a la
comunicación.
Presidencia de la República del Ecuador (2014). Reglamento General a la Ley
Orgánica de Comunicación. Aplicación de Derechos.
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ecuador/ley-comunicacion-ecuador2.shtml#ixzz3jMWd86Tq
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comunicacion-ecuador2.shtml#ixzz3jMa5LRtc