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Los derechos -
obligaciones de
los estudiantes y
la nueva forma
de calificar el
aprovechamiento
y la disciplina
según la nueva
ley Ecuatoriana.
Por: Dylan Arias
Art. 7: Derechos de los estudiantes
a. Ser actores fundamentales en el proceso educativo;

b. Recibir una formación integral y científica, que contribuya al pleno
desarrollo de su personalidad, capacidades y potencialidades,
respetando sus derechos, libertades fundamentales y promoviendo la
igualdad de género, la no discriminación, la valoración de las
diversidades, la participación, autonomía y cooperación;

c. Ser tratado con justicia, dignidad, sin discriminación, con respeto a
su diversidad individual, cultural, sexual y lingüística, a sus convicciones
ideológicas, políticas y religiosas, y a sus derechos y libertades
fundamentales garantizados en la Constitución de la República,
tratados e instrumentos internacionales vigentes y la Ley;

d. Intervenir en el proceso de evaluación interna y externa como parte
y finalidad de su proceso educativo, sin discriminación de ninguna
naturaleza;
e. Recibir gratuitamente servicios de carácter social, psicológico y de
atención integral de salud en sus circuitos educativos;

f. Recibir apoyo pedagógico y tutorías de acuerdo con sus necesidades;

g. Ejercer activamente su libertad de organización y expresión garantizada en
la Constitución de la República, a participar activamente en el proceso
educativo, a ser escuchados y escuchadas, a que su opinión sea
considerada como parte de las decisiones que se adopten; a expresar libre y
respetuosamente su opinión y a hacer uso de la objeción de conciencia
debidamente fundamentada;

h. Participar en los procesos eleccionarios de las directivas de grado, de los
consejos de curso, del consejo estudiantil y de los demás órganos de
participación de la comunidad educativa, bajo principios democráticos
garantizando una representación paritaria entre mujeres y hombres; y, en
caso de ser electos, a ejercer la dignidad de manera activa y responsable, a
participar con absoluta libertad en procesos eleccionarios democráticos de
gobierno estudiantil, a participar, con voz y voto, en los gobiernos escolares,
en aquellas decisiones que no impliquen responsabilidades civiles,
administrativas y/o penales;
i. Ser protegidos contra todo tipo de violencia en las instituciones
educativas, así como a denunciar ante las autoridades e
instituciones competentes cualquier violación a sus derechos
fundamentales o garantías constitucionales, cualquier acción u
omisión que atente contra la dignidad e integridad física, sicológica
o sexual de la persona; a ejercer su derecho a la protección;

j. Recibir becas y apoyo económico que les permitan acceder en
igualdad de condiciones al servicio educativo;


k. Recibir becas, permisos especiales, auspicios y apoyos para sus
representaciones nacionales o internacionales, quienes se
destaquen en méritos, logros y aportes relevantes de naturaleza
académica, intelectual, deportiva y ciudadana;

l. Gozar de la privacidad y el respeto a su intimidad, así como a la
confidencialidad de sus registros médicos y sicológicos;
m. Ejercer su derecho constitucional al debido proceso, en toda
acción orientada a establecer la responsabilidad de las y los
estudiantes por un acto de indisciplina o violatorio de las normas de
convivencia del establecimiento;

n. Disponer de facilidades que le permitan la práctica de actividades
deportivas, sociales, cultural ese representación de su centro de
estudios, de su comunidad, su provincia o del País, a nivel competitivo;

o. Contar con propuestas educacionales flexibles y alternativas que
permitan la inclusión y
permanencia de aquellas personas que requieran atención prioritaria,
de manera particular personas con discapacidades, adolescentes y
jóvenes embarazadas;

p. No ser sancionados por condiciones de embarazo, maternidad o
paternidad, y recibir el debido apoyo y atención en lo psicológico,
académico y lo afectivo para culminar sus estudios y acompañar un
proceso de maternidad y paternidad saludable;
q. Aprender, en el idioma oficial e idiomas ancestrales, de ser el
caso;

r. Disponer, al inicio del año escolar, del carné estudiantil, que le
permita acceder a la tarifa
preferencial, en los servicios de transporte público, y el acceso a
eventos académicos, culturales, deportivos y otros durante el año
calendario;

s. Implementar medidas de acción afirmativa para el acceso y
permanencia en el sistema educativo de las niñas; y,

t. Recibir una formación en derechos humanos y mecanismos de
exigibilidad durante la educación en todos sus niveles.
Art.8: Obligaciones

a. Asistir regularmente a clases y cumplir con las tareas y obligaciones
derivadas del proceso de enseñanza y aprendizaje, de acuerdo con la
reglamentación correspondiente y de conformidad con la modalidad
educativa, salvo los casos de situación de vulnerabilidad en los cuales
se pueda reconocer horarios flexibles;

b. Participar en la evaluación de manera permanente, a través de
procesos internos y externos que validen la calidad de la educación y el
inter aprendizaje;

c. Procurar la excelencia educativa y mostrar integridad y honestidad
académica en el cumplimiento de las tareas y obligaciones;

d. Comprometerse con el cuidado y buen uso, mantenimiento y
mejoramiento de las instalaciones físicas, bienes y servicios de las
instituciones educativas, sin que ello implique egresos económicos;
e. Tratar con dignidad, respeto y sin discriminación alguna a los
miembros de la comunidad
educativa;

f. Participar en los procesos de elección del gobierno escolar,
gobierno estudiantil, de los consejos de curso, consejo estudiantil,
de las directivas de grado y de los demás órganos de
participación de la comunidad educativa, bajo principios
democráticos y en caso de ser electos, ejercer la dignidad de
manera activa y responsable;

g. Fundamentar debidamente sus opiniones y respetar las de los
demás;

h. Respetar y cumplir los códigos de convivencia armónica y
promover la resolución pacífica de los conflictos;
i. Hacer buen uso de becas y materiales que recibe;

j. Respetar y cumplir la Constitución, las leyes, reglamentos y
demás normas que regulen al Sistema Nacional de Educación
en general y a las instituciones educativas en particular;

k. Cuidar la privacidad e intimidad de los demás miembros de
la comunidad educativa; y,

l. Denunciar ante las autoridades e instituciones competentes
todo acto de violación de sus
Derechos y actos de corrupción, cometidos por y en contra de
un miembro de la comunidad educativa.
Art.194: Escala de calificaciones.
 Las calificaciones hacen referencia al
  cumplimiento de los objetivos de aprendizaje
  establecidos en el currículo y en los estándares
  de aprendizaje nacionales. Las calificaciones
  se asentarán según la siguiente escala:

Escala Cualitativa                          Esc. Cuantitativa
- Supera los aprendizajes requeridos.                10
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- Alcanza los aprendizajes requeridos.              7-8
- Próximo a alcanzar los aprendizajes.              5-6
- No alcanza los aprendizajes requeridos.            ≤4
Art.222.- Evaluación del Comportamiento.
   La evaluación del comportamiento de los estudiantes
    en las instituciones educativas cumple un objetivo
    formativo motivacional y está a cargo del docente de
    aula o del docente tutor. Se debe realizar en forma
    literal y descriptiva, a partir de indicadores referidos a
    valores éticos y de convivencia social, tales como los
    siguientes: respeto y consideración hacia todos los
    miembros de la comunidad educativa, valoración de la
    diversidad, respeto a la propiedad ajena, puntualidad y
    asistencia, limpieza, entre otros aspectos que deben
    constar el Código de Convivencia del
    establecimienteeducativo. La evaluación del
    comportamiento de los estudiantes debe ser cualitativa,
    no afectar la promoción de los estudiantes y regirse a la
    siguiente escala:
Lidera el cumplimiento de los compromisos        A = Muy
establecidos para la sana convivencia social.    Satisfactorio

Cumple con los compromisos establecidos para     B=
la sana convivencia social.                      Satisfactorio

Falla ocasionalmente en el cumplimiento de los   C = Poco
compromisos establecidos para la sana            Satisfactorio
convivencia social.

Falla reiteradamente en el cumplimiento de los   D=
compromisos establecidos para la sana            Mejorable
convivencia social.

No cumple con los compromisos establecidos       E=
para la sana convivencia social.                 Insatisfactorio
Conclusiones:
   Las nuevas formas de evaluar el
    aprovechamiento y la conducta ahora es
    mas estricta con lo cual nosotros mismos
    debemos cambiar nuestra actitud y
    proponernos mejorar en estos campos.



 Sacado de:
-Ley Orgánica de Educación Intercultural
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Intercultural.

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Derechos y obligaciones de los Estudiantes

  • 1. Los derechos - obligaciones de los estudiantes y la nueva forma de calificar el aprovechamiento y la disciplina según la nueva ley Ecuatoriana. Por: Dylan Arias
  • 2. Art. 7: Derechos de los estudiantes a. Ser actores fundamentales en el proceso educativo; b. Recibir una formación integral y científica, que contribuya al pleno desarrollo de su personalidad, capacidades y potencialidades, respetando sus derechos, libertades fundamentales y promoviendo la igualdad de género, la no discriminación, la valoración de las diversidades, la participación, autonomía y cooperación; c. Ser tratado con justicia, dignidad, sin discriminación, con respeto a su diversidad individual, cultural, sexual y lingüística, a sus convicciones ideológicas, políticas y religiosas, y a sus derechos y libertades fundamentales garantizados en la Constitución de la República, tratados e instrumentos internacionales vigentes y la Ley; d. Intervenir en el proceso de evaluación interna y externa como parte y finalidad de su proceso educativo, sin discriminación de ninguna naturaleza;
  • 3. e. Recibir gratuitamente servicios de carácter social, psicológico y de atención integral de salud en sus circuitos educativos; f. Recibir apoyo pedagógico y tutorías de acuerdo con sus necesidades; g. Ejercer activamente su libertad de organización y expresión garantizada en la Constitución de la República, a participar activamente en el proceso educativo, a ser escuchados y escuchadas, a que su opinión sea considerada como parte de las decisiones que se adopten; a expresar libre y respetuosamente su opinión y a hacer uso de la objeción de conciencia debidamente fundamentada; h. Participar en los procesos eleccionarios de las directivas de grado, de los consejos de curso, del consejo estudiantil y de los demás órganos de participación de la comunidad educativa, bajo principios democráticos garantizando una representación paritaria entre mujeres y hombres; y, en caso de ser electos, a ejercer la dignidad de manera activa y responsable, a participar con absoluta libertad en procesos eleccionarios democráticos de gobierno estudiantil, a participar, con voz y voto, en los gobiernos escolares, en aquellas decisiones que no impliquen responsabilidades civiles, administrativas y/o penales;
  • 4. i. Ser protegidos contra todo tipo de violencia en las instituciones educativas, así como a denunciar ante las autoridades e instituciones competentes cualquier violación a sus derechos fundamentales o garantías constitucionales, cualquier acción u omisión que atente contra la dignidad e integridad física, sicológica o sexual de la persona; a ejercer su derecho a la protección; j. Recibir becas y apoyo económico que les permitan acceder en igualdad de condiciones al servicio educativo; k. Recibir becas, permisos especiales, auspicios y apoyos para sus representaciones nacionales o internacionales, quienes se destaquen en méritos, logros y aportes relevantes de naturaleza académica, intelectual, deportiva y ciudadana; l. Gozar de la privacidad y el respeto a su intimidad, así como a la confidencialidad de sus registros médicos y sicológicos;
  • 5. m. Ejercer su derecho constitucional al debido proceso, en toda acción orientada a establecer la responsabilidad de las y los estudiantes por un acto de indisciplina o violatorio de las normas de convivencia del establecimiento; n. Disponer de facilidades que le permitan la práctica de actividades deportivas, sociales, cultural ese representación de su centro de estudios, de su comunidad, su provincia o del País, a nivel competitivo; o. Contar con propuestas educacionales flexibles y alternativas que permitan la inclusión y permanencia de aquellas personas que requieran atención prioritaria, de manera particular personas con discapacidades, adolescentes y jóvenes embarazadas; p. No ser sancionados por condiciones de embarazo, maternidad o paternidad, y recibir el debido apoyo y atención en lo psicológico, académico y lo afectivo para culminar sus estudios y acompañar un proceso de maternidad y paternidad saludable;
  • 6. q. Aprender, en el idioma oficial e idiomas ancestrales, de ser el caso; r. Disponer, al inicio del año escolar, del carné estudiantil, que le permita acceder a la tarifa preferencial, en los servicios de transporte público, y el acceso a eventos académicos, culturales, deportivos y otros durante el año calendario; s. Implementar medidas de acción afirmativa para el acceso y permanencia en el sistema educativo de las niñas; y, t. Recibir una formación en derechos humanos y mecanismos de exigibilidad durante la educación en todos sus niveles.
  • 7. Art.8: Obligaciones a. Asistir regularmente a clases y cumplir con las tareas y obligaciones derivadas del proceso de enseñanza y aprendizaje, de acuerdo con la reglamentación correspondiente y de conformidad con la modalidad educativa, salvo los casos de situación de vulnerabilidad en los cuales se pueda reconocer horarios flexibles; b. Participar en la evaluación de manera permanente, a través de procesos internos y externos que validen la calidad de la educación y el inter aprendizaje; c. Procurar la excelencia educativa y mostrar integridad y honestidad académica en el cumplimiento de las tareas y obligaciones; d. Comprometerse con el cuidado y buen uso, mantenimiento y mejoramiento de las instalaciones físicas, bienes y servicios de las instituciones educativas, sin que ello implique egresos económicos;
  • 8. e. Tratar con dignidad, respeto y sin discriminación alguna a los miembros de la comunidad educativa; f. Participar en los procesos de elección del gobierno escolar, gobierno estudiantil, de los consejos de curso, consejo estudiantil, de las directivas de grado y de los demás órganos de participación de la comunidad educativa, bajo principios democráticos y en caso de ser electos, ejercer la dignidad de manera activa y responsable; g. Fundamentar debidamente sus opiniones y respetar las de los demás; h. Respetar y cumplir los códigos de convivencia armónica y promover la resolución pacífica de los conflictos;
  • 9. i. Hacer buen uso de becas y materiales que recibe; j. Respetar y cumplir la Constitución, las leyes, reglamentos y demás normas que regulen al Sistema Nacional de Educación en general y a las instituciones educativas en particular; k. Cuidar la privacidad e intimidad de los demás miembros de la comunidad educativa; y, l. Denunciar ante las autoridades e instituciones competentes todo acto de violación de sus Derechos y actos de corrupción, cometidos por y en contra de un miembro de la comunidad educativa.
  • 10. Art.194: Escala de calificaciones.  Las calificaciones hacen referencia al cumplimiento de los objetivos de aprendizaje establecidos en el currículo y en los estándares de aprendizaje nacionales. Las calificaciones se asentarán según la siguiente escala: Escala Cualitativa Esc. Cuantitativa - Supera los aprendizajes requeridos. 10 - Domina los aprendizajes. 9 - Alcanza los aprendizajes requeridos. 7-8 - Próximo a alcanzar los aprendizajes. 5-6 - No alcanza los aprendizajes requeridos. ≤4
  • 11. Art.222.- Evaluación del Comportamiento.  La evaluación del comportamiento de los estudiantes en las instituciones educativas cumple un objetivo formativo motivacional y está a cargo del docente de aula o del docente tutor. Se debe realizar en forma literal y descriptiva, a partir de indicadores referidos a valores éticos y de convivencia social, tales como los siguientes: respeto y consideración hacia todos los miembros de la comunidad educativa, valoración de la diversidad, respeto a la propiedad ajena, puntualidad y asistencia, limpieza, entre otros aspectos que deben constar el Código de Convivencia del establecimienteeducativo. La evaluación del comportamiento de los estudiantes debe ser cualitativa, no afectar la promoción de los estudiantes y regirse a la siguiente escala:
  • 12. Lidera el cumplimiento de los compromisos A = Muy establecidos para la sana convivencia social. Satisfactorio Cumple con los compromisos establecidos para B= la sana convivencia social. Satisfactorio Falla ocasionalmente en el cumplimiento de los C = Poco compromisos establecidos para la sana Satisfactorio convivencia social. Falla reiteradamente en el cumplimiento de los D= compromisos establecidos para la sana Mejorable convivencia social. No cumple con los compromisos establecidos E= para la sana convivencia social. Insatisfactorio
  • 13. Conclusiones:  Las nuevas formas de evaluar el aprovechamiento y la conducta ahora es mas estricta con lo cual nosotros mismos debemos cambiar nuestra actitud y proponernos mejorar en estos campos.  Sacado de: -Ley Orgánica de Educación Intercultural -Reglamento de la Ley Orgánica de Educación Intercultural.