2. INTRODUCCIÓN
La Contabilidad se define como un sistema
adaptado para clasificar los hechos
económicos que ocurren en un negocio. De
tal manera que, se constituya en el eje central
para llevar a cabo los diversos procedimientos
que conducirán a la obtención del máximo
rendimiento económico que implica el
constituir una empresa determinada.
3. DEDEFINICION
La contabilidad es una técnica que se ocupa de registrar, clasificar
y resumir las operaciones mercantiles de un negocio con el fin de
interpretar sus resultados. Por consiguiente, los gerentes o
directores a través de la contabilidad podrán orientarse sobre el
curso que siguen sus negocios mediante datos contables y
estadísticos. Estos datos permiten conocer la estabilidad y
solvencia de la compañía, la corriente de cobros y pagos, las
tendencias de las ventas, costos y gastos generales, entre otros.
De manera que se pueda conocer la capacidad financiera de la
empresa.
4. CONTABILIDAD
Introducción
DEDEFINICION
OPCIONES
Objetivos de la contabilidad
Relación de la contabilidad con otras disciplinas
VIDEO 01
VIDEO 02
ARTÍCULOS DEL CÓDIGO DE COMERCIO Y DE LA LEY DE IMPUESTOS
Diferencias entre contabilidad y tenduria de libros
Relación de la contabilidad con otras disciplinas
VENTAS EN EL 2014
FOTOSD:CIERTOFIORIÁlbum de fotografíasTAREA.pptx
5. OBJETIVOS DE LA CONTABILIDAD
• Proporcionar información a: Dueños,
accionistas, bancos y gerentes, con
relación a la naturaleza del valor de las
cosas que el negocio deba a terceros, la
cosas poseídas por el negocios.
• Registros con bases en sistemas y
procedimientos técnicos adaptados a la
diversidad de operaciones que pueda
realizar un determinado ente.
• Clasificar operaciones registradas como
medio para obtener objetivos propuestos.
• Interpretar los resultados con el fin de dar
información detallada y razonada.
6. RELACIÓN DE LA CONTABILIDAD CON OTRAS DISCIPLINAS
• La contabilidad tiene diversos libros que
son indispensables para toda empresa los
cuales son:
• Diario
• Inventario
• Mayor
•
9. ARTÍCULOS DEL CÓDIGO DE COMERCIO Y DE LA LEY DE IMPUESTOS
ARTICULOS LEY DE IMPUESTOS
Artículo 31 Todo comerciante debe llevar en idioma
castellano
Artículo 32 El Libro Diario y el de Inventarios no pueden
ponerse en uso sin que hayan sido previamente
presentados al Tribunal o Registrador Mercantil
Artículo 33 En el Libro Diario se asentarán, día por día, las
operaciones que haga el comerciante, de modo
que cada partida exprese claramente quién es el
acreedor y quién es el deudor.
Artículo 34 Todo comerciante, al comenzar su giro y al fin de
cada año, hará en el libro de inventarios una
descripción estimatoria de todos sus bienes,
Artículo 38 Los libros llevados con arreglo a los artículos
anteriores podrán hacer prueba entre
comerciantes por hechos de comercio
11. RELACIÓN DE LA CONTABILIDAD CON OTRAS DISCIPLINAS
9
8
7
6
5
4
3
2
1
0
LIBROS
libros que son indispensables para toda empresa
Diario Inventario Mayor
12. VENTAS EN EL 2014
48%
23%
12%
Ventas
17%
ENERO FEBRERO MARZO ABRIL