El Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales es el organismo encargado de elaborar, ejecutar y fiscalizar las políticas nacionales sobre medio ambiente y recursos naturales en la República Dominicana. Tiene como misión contribuir al desarrollo sostenible mediante la preservación, protección y uso sostenible de los recursos naturales. Para lograr esto, el Ministerio ofrece servicios como autorizaciones ambientales y supervisa el cumplimiento de la normativa ambiental.
2. ¿QUÉ ES?
Es el Organismo encargado de
elaborar, ejecutar y fiscalizar
las políticas nacionales sobre
medio ambiente y recursos
naturales, promoviendo y
estimulando las actividades
de preservación, protección,
restauración y uso sostenible
de los mismos.
3. HISTORIA
1928:
Surge la ley número 944 sobre la Conservación de montes y
aguas, donde se declaran como reservas forestales los terrenos
del Estado donde existen bosques o que puedan ser dedicados a
la producción de los mismos. Además, se prohíbe el incendio de
los bosques, la realización de fogatas en el medio ambiente y el
corte de maderas preciosas.
Surge la ley número 3975, donde se compran 45 mil tareas de
terreno ubicadas en la cabeza del río Yaque del Norte con la
finalidad de que sean vedadas.
Mediante la ley número 1052 se logra la protección de esta zona
ya comprada.
4. 1931:
Se promulga la ley número 85 sobre Biodiversidad, Vida Silvestre y
Caza.
1933:
El Estado adquiere unas 25 mil hectáreas para crear un parque
nacional, zona vedada donde se protegen las aguas, los bosques y
especies animales.
1934:
Un año más tarde, con la ley número 641, se deroga la Núm. 944 de
1928, sobre Conservación de montes y aguas.
Con la misión de conservar los recursos forestales se crea la Dirección
General de Foresta, mediante Decreto Núm. 8086 dentro de la
Secretaría de Estado de Agricultura.
5. 1965:
Se crea con la Ley número 6 el Instituto Nacional de Recursos
Hidráulicos con la finalidad de estudiar y programar todas las obras
energéticas e hidráulicas del país.
1967:
Se delimita la zona del mar territorial de la República Dominicana.
1990´s:
Existe a nivel mundial el deseo y la necesidad de crear protección a la
atmósfera del planeta por lo que en 1992 se aprueba el Convenio de
Viena para Protección de la Capa de Ozono y el Protocolo de Montreal
relativo a sustancias agotadoras de la capa de ozono.
En 1996 es suscrito por el Estado Dominicano y la Conferencia de las
Naciones Unidas sobre Medio Ambiente y Desarrollo el acuerdo de
diversidad biológica.
6. 2000:
La Secretaría de Estado de Medio Ambiente y Recursos
Naturales crea la ley 64-00
Mediante esta Ley, son transferidos a dicha Secretaría
varios organismos estatales cuyos objetivos principales
eran la protección y conservación del medio ambiente y
los recursos naturales. Los organismos transferidos son: el
Parque Zoológico Nacional, el Jardín Botánico, el Acuario
Nacional, el Museo Nacional de Historia Natural y el
Instituto Nacional de Recursos Hidráulicos; también se
crean los Consejos Directivos de cada una estas
instituciones.
7. MISIÓN
Ser una institución eficaz, eficiente y
transparente que articula e incorpora, en
forma participativa, la dimensión ambiental
en las decisiones y acciones de la sociedad
para contribuir al desarrollo sostenible.
8. VISIÓN
Regir la gestión del medio ambiente, los
ecosistemas y los recursos naturales, para
contribuir al desarrollo sostenible Atribuciones
conferidas al Ministerio de Medio Ambiente y
Recursos Naturales en la Ley General sobre Medio
Ambiente y Recursos Naturales 64-00
11. FUNCIONES ESPECÍFICAS
Elaborar, ejecutar y fiscalizar la Política Nacional sobre medio ambiente y
recursos naturales del país.
Administrar los recursos naturales de dominio del Estado que les hayan
sido asignados.
Velar por la preservación, protección y uso sostenible del medio ambiente
y los recursos naturales.
Promover y garantizar la conservación y el uso sostenible de los recursos
forestales y vigilar por la aplicación de la política forestal del Estado y las
normas que regulan su aprovechamiento.
Controlar y prevenir la contaminación ambiental en las fuentes emisoras,
establecer las normas ambientales y las regulaciones de carácter general
sobre medio ambiente.
Establecer mecanismos que garanticen que el sector privado ajuste sus
actividades a las políticas y metas sectoriales previstas.
12. LEY POR LA QUE SE RIGE EL MINISTERIO
El ministerio de medio
ambiente y recursos naturales
se rige por la Ley 64-00 para la
conservación, protección,
mejoramiento y restauración
del Medio Ambiente y los
Recursos Naturales de la
Nación, asegurando un
desarrollo sostenible de los
mismos.
13. DEPENDENCIAS DEL MINISTERIO
Áreas Protegidas y Biodiversidad
Misión: Contribuir a la conservación de la
biodiversidad en todo el territorio nacional como
base para el desarrollo sostenible y el mejoramiento
de la calidad de vida mediante la administración de
un sistema nacional de áreas protegidas y la
aplicación de normas y regulaciones en la República
Dominicana.
Cooperación Internacional
Misión: Gestionar, negociar y coordinar la
cooperación internacional del Ministerio de Medio
Ambiente y Recursos Naturales, garantizando y
apoyando el cumplimiento de la legislación
ambiental nacional, así como los compromisos
ambientales asumidos por el país a través de la firma
y posterior ratificación de Tratados Comerciales con
implicaciones ambientales y Acuerdos Ambientales
Multilaterales.
14. Costeros y Marinos
Misión: Reglamentar el manejo, la conservación y el uso sostenible de los
recursos costeros y marinos, así como de aguas interiores de la República
Dominicana, dentro del marco de la sostenibilidad tomando en cuenta los
cuatros elementos fundamentales de este concepto: la pobreza, la
población, la tecnología y la calidad de vida.
Gestión Ambiental
Misión: Garantizar un ambiente sano y seguro para las presentes y
futuras generaciones.
Servicio Nacional de Protección Ambiental
Misión: Hacer cumplir todas las disposiciones establecidas en la Ley No.
64-00 sobre Medio Ambiente y Recursos Naturales, así como también
cualquier otra disposición, norma o regulación que emane del Ministerio
de Medio Ambiente y Recursos Naturales o de cualquier otra institución o
poder del Estado dominicano relativas a la protección del medio
ambiente y los recursos naturales.
15. Recursos Forestales
Misión: Promover y garantizar la repoblación forestal y el manejo
sostenible de los recursos forestales en el marco de la aplicación de la
política forestal del Estado y las normas que regulan su
aprovechamiento, así como proveer las informaciones más actualizadas
en asuntos forestales obtenidas de investigaciones realizadas en el país y
en zonas de otros países que puedan aplicarse en República Dominicana.
El Viceministerio de Recursos Forestales es el responsable de regular la
gestión de los recursos forestales que se encuentran fuera del sistema
nacional de áreas protegidas, con criterio de sostenibilidad, procurando
la incorporación del sector privado y de las comunidades locales a la
protección de los ecosistemas forestales.
Suelos y Aguas
Misión: Gestionar de manera integral y sostenible los suelos, corteza
terrestre y aguas interiores.
16. SERVICIOS QUE OFRECE
Autorizaciones Ambientales
Solicitud de Información
Educación y Capacitación
Asistencia Técnica
Denuncias Ambientales
Prestadoras de Servicios
Ambientales
Listado de Gestores
Ambientales Autorizados
17. ¿EN QUE SECTOR ESTÁ ENFOCADO EL
MINISTERIO?
EL SECTOR DE LA
CONSTRUCCIÓN –
PROYECTOS NUEVOS
LA CONSTITUCIÓN DE
EMPRESAS
LA CONSERVACIÓN DE
LOS RECURSOS
NATURALES
LA LIMPIEZA Y
MOVIMIENTO DE SUELO
18. La ley 64-00, Art. 40 dispone que:
“Todo proyecto, obra de infraestructura,
industria, o cualquier otra actividad que por sus
características pueda afectar, de una u otra
manera, el medio ambiente y los recursos naturales,
deberá obtener del Ministerio de Medio Ambiente y
Recursos Naturales, previo a su ejecución, la
autorización ambiental requerida, según la
magnitud de los efectos que pueda causar”.
19. PERMISO, LICENCIA Y CONSTANCIA
AMBIENTAL
PERMISO AMBIENTAL
Documento otorgado por la autoridad competente a solicitud de parte
interesada, en el cual certifica que, desde el punto de vista de la protección
ambiental, la actividad se puede ejecutar bajo el condicionamiento de
cumplir las medidas indicadas.
LICENCIA AMBIENTAL
Documento en el cual se hace constar que se ha entregado el estudio de
impacto ambiental correspondiente, y que la actividad, obra o proyecto se
puede llevar a cabo, bajo el condicionamiento de aplicar el programa de
adecuación y manejo ambiental, indicado en el mismo.
CONSTANCIA AMBIENTAL
Es una autorización ambiental que consta que, luego de haber evaluado la
información sometida por el consultor y las demás informaciones, la actividad
se puede ejecutar bajo las condiciones establecidas en la misma.
20. DIFERENCIAS ENTRE LAS
AUTORIZACIONES AMBIENTALES
TIPO DE AUTORIZACIÓN
AMBIENTAL
TIPO DE ESTUDIO A REALIZAR TIPO DE
CATEGORÍA
Licencia Ambiental Estudio de Impacto Ambiental
(Es.I.A.)
A
Permiso Ambiental Declaración de Impacto
Ambiental (D.I.A.)
B
Constancia Ambiental Evaluación del Impacto Ambiental
(E.I.A.)
C
Certificado de Impacto
Mínimo (CRIM)
No requiere de ningún tipo de
Estudio. (Terreno < 5,000 metros)
D
21. CATEGORÍAS DE PROYECTOS
CATEGORÍA A:
Cuando el proyecto puede producir impactos adversos al ambiente, sea porque
este cerca de un área sensible o protegida. Esta tipo de proyecto debe incluir
medidas preventivas o de mitigación para los impactos que genera.
CATEGORÍA B:
Cuando los impactos que puede generar el proyecto son bien conocidos o
moderados y pueden ser minimizados o eliminados mediante medidas de
mitigación.
CATEGORÍA C:
Si los impactos son bien conocidos o que su ejecución no genera impactos
ambientales negativos significativos.
CATEGORÍA D:
Cuando el proyecto a realizar se considera sencillo o de bajo riesgo o impacto
ambiental.
22. PASOS PARA OBTENER UNA AUTORIZACIÓN
AMBIENTAL
1. Determinar el tipo de autorización requerida con su respectivo tipo de estudio
y categoría.
2. Contratar un consultor para que evalué el terreno donde se realizará el
proyecto y determine los términos o requisitos a tomar en cuenta para la
aprobación del proyecto.
3. Presentar toda la información relevante a los términos impuestos por el
consultor.
4. Completar el Formulario de Registro para Autorización Ambiental de Proyecto,
Obra o Actividad.
5. Depositar las documentaciones recopiladas, los resultados del estudio y el
formulario original en el Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales.
23. TIEMPO DE RESPUESTA DE LA SOLICITUD
DE APROBACIÓN
TIPO DE CATEGORÍA DURACIÓN EN DÍAS
HÁBILES
A 190
B 125
C 60
D 30
24. GESTIÓN AMBIENTAL
Proceso orientado a prevenir, mitigar, corregir, controlar y
compensar problemas o situaciones de carácter ambiental para
lograr un desarrollo sostenible y un equilibrio ecológico.
PREVENIR
MITIGAR
CORREGIRCONTROLAR
COMPENSAR DESARROLLO
SOSTENIBLE
Y
EQUILIBRO
ECOLÓGICO
26. NORMATIVAS DE GESTIÓN AMBIENTAL
Norma Especial para Regular los Residuos Eléctricos y Electrónicos.
Reglamento del Manejo de Residuos de Chatarras, Neumáticos,
Baterías.
Normas de Gestión Integral de Desechos Infecciosos.
Normas para el Manejo de Residuos Sólidos No Peligrosos.
Normas para la Protección del Ruido.
Normas para la Gestión de Sustancias de Desechos Químicos
Peligrosos.
Normas Ambientales de Calidad del Aire y Control de Emisiones.
27. CERTIFICACIÓN EN ISO 14001
La certificación ISO 14001 tiene
el propósito de apoyar la
aplicación de un plan de manejo
ambiental en cualquier
organización del sector público o
privado.
Fue creada por la Organización
Internacional para Normalización
(International Organization for
Standardization - ISO).
28. REQUISITOS PRINCIPALES PARA
CERTIFICARSE EN ISO 14001
La norma ISO 14001 exige a la empresa crear un plan de
manejo ambiental que incluya: objetivos y metas
ambientales, políticas y procedimientos para lograr esas
metas, responsabilidades definidas, actividades de
capacitación del personal, documentación y un sistema
para controlar cualquier cambio y avance realizado. La
norma ISO 14001 describe el proceso que debe seguir la
empresa y le exige respetar las leyes ambientales
nacionales. Sin embargo, no establece metas de
desempeño específicas de productividad.
29. PASOS A SEGUIR
PARA LA
OBTENCIÓN DE
LA
CERTIFICACIÓN
EN MEDIO
AMBIENTE ISO
14001
30. ¿QUÉ HACER PARA ACERCARSE AL
MINISTERIO?
Entrar a la página web:
http://www.ambiente.gob.do/ambienterd/
Visitar sus oficinas en el horario de lunes a viernes
desde las 8:00 a.m. hasta las 3:00 p.m.