Este documento resume las leyes y regulaciones relacionadas con el trabajo de menores en Paraguay. Establece que los menores de entre 12 y 18 años pueden celebrar contratos de trabajo con autorización, la cual puede ser condicionada o revocada por sus representantes legales. También describe los requisitos para el registro de los contratos de menores, como los límites de horas de trabajo según la edad y la prohibición de trabajos peligrosos o nocivos.
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Contratos de trabajo para menores de edad: requisitos y protecciones legales
1.
2. Contrato de trabajo es el convenio en virtud
del cual un trabajador se obliga a ejecutar
una obra o a prestar un servicio a un
empleador, bajo la dirección o dependencia
de éste y por su cuenta, mediante el pago de
una remuneración, sea cual fuere la clase de
ella.
3. Constitución Nacional
Ley Nº 1680 – Código de la Niñez y de la
Adolescencia.
Ley Nº 213 - Código Laboral
4. Por cuenta
propia
Por cuenta
ajena
Trabajo Fliar.
No remunerado
5. LEY 213 , Art. 36. Los menores que tengan
más de doce años y menos de dieciocho,
podrán celebrar contrato de trabajo, con
autorización.
La autorización podrá ser condicionada,
limitada o revocada por el representante
legal del menor. En los casos en los que se
contratasen menores de dieciocho años para
trabajar, deberán observarse las
disposiciones del Código del Menor.
6. LA CONSEJERIA MUNICIPAL POR LOS DERECHOS
DEL NIÑO, NIÑA Y ADOLESCENTE (CODENI) es
Institución encargada del registro.
DATOS A CONSIGNARSE EN EL REGISTRO
1. Nombre y apellido del adolescente, de su
padre, madre, tutor o responsables
2. Fecha y lugar de nacimiento
3. Dirección y residencia del adolescente
4. Labor que desempeña
5. Remuneración
6. Horario de trabajo y escuela a la que asiste
7. De 14 a 16 años de edad: no podrá trabajar
más de 4 horas diarias, 24 horas semanales.
De 16 a 18: no podrá extenderse de 6 horas
diarias y 36 horas semanales.
De 14 a 18 años no será empleado durante
las horas de la noche.
8. Cualquier lugar subterráneo o bajo agua.
Actividadespeligrosas o nocivas para la salud
fisica, mental y moral.
9. Prevención de salud
Derechos individuales de libertad, respeto y
dignidad
Derecho a una educación
Horario especial de trabajo
10. Art.
126. El salario de los menores se
ajustará a las siguientes bases:
a) determinación inicial no inferior al 60%
(sesenta por ciento) del salario mínimo;
b) escala progresiva fundada en la antigüedad
y merecimientos
11. Proporcionar al adolescente domestico, sin
retiro, una habitación independiente con:
cama, indumentaria y alimentación, los
cuales corren por cuenta del empleador.
Inscribiral adolescente en el sistema de
seguridad social.
Horario de trabajo: máximo de 6 horas con
descanso y 4 hs si asiste instituciones
educativas. …
12. Obligatoriedadde la escolaridad del
adolescente trabajador sin retiro.
Llevar
un registro con los datos pertinentes
del adolescente.
14. Las formas más comunes de violencia contra
los niños trabajadores son de orden físico,
psicológico o sexual. Según el informe de las
Naciones Unidas, la violencia que sufren los
niños trabajadores es a menudo sistemática y
forma parte de una cultura colectiva del
lugar de trabajo en la que la brutalidad
física, los gritos, las palabrotas y la violencia
ocasional como el acoso sexual, y en casos
extremos, la violación o el asesinato son
moneda corriente.