3. INTRODUCCIÓN
Al crear un negocio es necesario establecer un
sistema que controle todos aquellos ámbitos
que son de suma vitalidad para nuestra
empresa, desde el momento que se constituye
así como las operaciones y situaciones que se
van viviendo día a día; hay que llevar un correcto
registro de todas actividad que se realiza para
no tener problemas en el futuro.
4. ¿Qué es contabilidad?
Concepto:
“Técnica que clasifica y registra todas las transacciones
financieras de un negocio o empresa para proporcionar
informes que sirven de base para la toma de decisiones
sobre la actividad.”
5. CLASIFICACION DE
CONTABILIDAD.
De acuerdo al origen de los recursos.
• Contabilidad publica.
• Contabilidad privada.
De acuerdo a la actividad de la empresa.
• Contabilidad industrial.
• Contabilidad comercial.
• Contabilidad de empresas extractivas.
• Contabilidad de servicios.
6. ¿Con que clase de
información trabaja?
Contabilidad financiera.
Contabilidad fiscal.
Contabilidad administrativa
Contabilidad de costos
13. a) Todas las personas jurídicas
Todas las instituciones del sector publico
Todas las sociedades: con fines de lucro o no.
b) las personas Naturales que desarrollen
actividades empresariales de:
Comercio
Industria
Servicios
Agricultura
Pecuaria
Minería
14. Por regla general, todos los
Comerciantes están obligados a llevar
Contabilidad; así lo dispone el Código
de comercio en su artículo 19: “Es
obligación de todo comerciante: (…)
Llevar contabilidad regular de sus
negocios conforme a las
prescripciones legales”
15. Pues bien, el mismo código de comercio
establece que se consideran comerciantes
todas aquellas personas que se dediquen
profesionalmente a desarrollar actividades
consideradas por la ley como mercantiles.
No interesa si quien ejerce la actividad
mercantil es una Persona natural o una
Persona jurídica, en todo caso, mientras la
desarrolle profesionalmente, se considera
comerciante.
16. No sobra decir que toda persona que pertenezca al
Régimen común en el Impuesto sobre la renta, está
obligado a llevar contabilidad. Las personas que
pertenezcan al Régimen simplificado, desde el punto
de vista tributario, no están obligadas a llevar
contabilidad aunque sean comerciantes, pero de
acuerdo al código de comercio si les asiste la
obligación de llevar contabilidad.
Respecto a las personas naturales, no están obligados
a llevar contabilidad los asalariados ni quienes
ejercen una Profesión liberal, pero sí las personas
naturales que son comerciantes.
Tampoco están obligados a llevar contabilidad los
agricultores y ganaderos que enajenen sus productos
en estado natural. Los agricultores y ganaderos que
transformen sus productos y los comercialicen
mediante una empresa, estarán obligados a llevar
contabilidad.
17. No todas las empresas llevan su
contabilidad del mismo modo ya
que todas son únicas y se ve la
gran diferencia en una
contabilidad de una empresa
grande a una pequeña, pero lo
que si hay que tener en cuenta
es que todas se tienes que basar
en las reglas básicas impuestas
por las autoridades pertinentes.
18. Régimen de Pequeños
Contribuyentes
Es un sistema de pago de impuestos creado para
aquellas personas físicas que poseen volúmenes
de operaciones pequeñas.
19. Podrán pertenecer a REPECOS Puebla, las
personas físicas que realicen las siguientes
actividades empresariales, orientadas al
público en general:
Enajenación de bienes
Prestación de servicios
Siempre y cuando los ingresos obtenidos en
el año de calendario anterior no sean
mayores a $2’000,000.00
20. Debe inscribirse o darse de alta en el
Registro Federal de Contribuyentes (RFC).
Debe de facturar electrónicamente a través
de un proveedor autorizado de certificación.
Debe llevar un solo libro de ingresos,
egresos y de registro de inversiones y
deducciones
21. Efectuar retenciones. Se deberá efectuar la
retención del impuesto sobre la renta cuando
se paguen sueldos o salarios a trabajadores, y
en su caso, entregarles en efectivo las
cantidades que resulten a su favor por
concepto de subsidio para el empleo.
Calcular en la declaración anual del impuesto
sobre la renta, la participación de los
trabajadores en las utilidades de la empresa
(PTU).
22. Impuesto Sobre la Renta (ISR)*
2012 al 30% 2013 al 29%
Impuesto al Valor Agregado (IVA)
al 16% excepto alimentos y medicinas
Impuesto Empresarial a Tasa Única*
al 17%
Se determina restando a los ingresos
acumulables las deducciones autorizadas:
23. •Podemos concluir que un negocio pequeño tiene la obligación
de llevar contabilidad porque así lo determina la ley, sin
embargo esta contabilidad no será general sino simplificada, es
decir, solo llevara un libro de ingresos y egresos que le permitan
tener un control de lo que entra y de lo que sale, que le
permitirá identificar su situación. Este sistema no implica
gastos fuertes porque esta contabilidad se puede llevar
personalmente, solo teniendo varios cuadernos, registrando lo
que tienes, posteriormente lo que vendiste y por día, semana o
mes determinar tus utilidades. Sin embargo puede optar por un
contador que le asesore, donde el costo por dicha accesoria
varía dependiendo de la persona y las circunstancias. Pero
aproximadamente un contador puede cobrar a un negocio
pequeño por su servicio desde $200.00 a $4,500.00 mensuales
por honorarios.