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ACTIVIDAD TRES.
DURACION DE LA ACTIVIDAD. 60 horas
Los continuos cambios, la globalización de los mercados, el surgimiento de alianzas,
bloques económicos como Mercosur o la Unión Europea y nuevas tecnologías de
la información han generado la necesidad de realizar cambios en la normativa
Colombiana, no solo en materia contable y financiera, sino en áreas como: político,
social, económica, comercial, laboral, ambiental, tributaria, auditoria, sin apartarnos
de la pandemia del COVID -19, que nos azota desde el año 2019.
Apreciado aprendiz, ya que ahora puede reconocer la importancia que reviste el
contenido de esta Guía, lo invitamos a construir conocimiento alrededor de ella en
colaboración de sus compañeros e instructor, por medio del desarrollo y análisis de
las siguientes actividades:
1. Realice una consulta alrededor de las nuevas normas en materia contable y
financiera, comercial, laboral, ambiental, tributaria, auditoria emitidas desde que
comenzó la pandemia COVID-19, y de acuerdo con esta consulta desarrolle la
siguiente matriz. Si no existe modificación alguna entonces escribe NO APLICA.
NORMAS NORMA
ANTERIOR
(Nombre o
No.)
NORMA NUEVA
O
MODIFICACION
(Nombre o No.)
ANALISIS DE LAS
VARIACIONES (cuantitativa o
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Contables y
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NIC 17 NIIF 16 Desde la representación del
arrendatario, a la fecha se utiliza un
modelo de contabilidad que distingue
entre el arrendamiento operativo y un
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la NIC 17. La gran diferencia es que, en
este último, se reconoce la totalidad de
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Por su parte, para los contratos de
arrendamiento operativo se registran las
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Por otro lado, también desde la
perspectiva del arrendatario, la NIFF 16
elimina la diferencia entre
arrendamiento operativo y
arrendamiento financiero. El total de
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contrato de arrendamiento seregistra en
el balance, afectando activo y pasivo,
como se hace actualmente con los
arrendamientos financieros.
Tributarias NIC 40 NIC 40 De acuerdo con las indicaciones de la
NIC 40 de Propiedades de Inversión,
éstas se reconocerán como activos
cuando exista la probabilidad de que
generen beneficios económicos futuros
y su costo pueda ser medido
fiablemente.
La compañía debe evaluar todos los
costos asociados con la propiedad de
inversión, incluyendo los incurridos para
la adquisición o para la construcción de
una partida de propiedad, hasta los
costos asumidos posteriormente para
sostener dicho elemento;
adicionalmente, debe tenerse presente
que no se reconocerán los costos del
mantenimiento diario de la propiedad.
En la NIC 40 la medición inicial de los
activos se realiza al costo, y este deberá
ser equivalente al precio de compra y los
costos de transacción directamente
atribuibles; el costo correspondiente a
las propiedades de inversión será
determinado en la misma forma como se
hizo para el resto de la propiedad. Se
excluyen los gastos administrativos
generales al igual que los costos de
iniciación.
El objetivo de esta Norma es prescribir
el tratamiento contable de las
inversiones inmobiliarias y las
exigencias de revelación de información
correspondientes. Entre otras cosas,
esta Norma será aplicable para la
valoración en los estados financieros de
un arrendatario, de los derechos sobre
un inmueble mantenido en régimen de
arrendamiento y que se contabilice
como un arrendamiento financiero,
también se aplicará para la valoración
en los estados financieros de un
arrendador, de las inversiones
inmobiliarias arrendadas en régimen de
arrendamiento operativo. Según la NIC
40, las propiedades de inversión pueden
utilizar el modelo de valor razonable o
costo-depreciación – deterioro, y
corresponderá a la administración de la
organización elegir la modalidad
Auditoria
Comercial Ley 2069 Ley 2069
los siguientes son los cambios más
importantes que la nueva ley, aprobada
por el Congreso y que está a la espera
de sanción presidencial, trae para
quienes quieren emprender en
Colombia Simplificación y tarifas
diferenciadas El primer eje de la norma
apunta a garantizar una reducción de
tarifas y medidas que faciliten la
constitución y funcionamiento de
empresas. Así modifica las tarifas del
Invima, con diferenciación para pymes y
excepción de pago
para microempresas: “Para los micro y
pequeños emprendedores el acceso a
registros sanitarios hoy es costoso y a
veces un obstáculo para emprender; la
ley remedia eso”, dice Ignacio Gaitán.
También se establece un régimen
simplificado para la contabilidad de
estas empresas (un dolor de cabeza de
los pequeños empresarios), y se
alivianan los requisitos para la creación
de cooperativas, que son el origen de
muchos emprendimientosAcceso a
compras pública, Por el tamaño de sus
empresas, los emprendedores no
pueden acceder a compras
públicas para convertirse en
proveedores del Estado; esa es una
queja recurrente. Para corregir el
problema, la ley incluye a las micro,
pequeñas y medianas empresas en
procesos de compra de mínima cuantía
y en la tienda virtual del Estado.
Se introducirán criterios nuevos de
desempate a favor
de mipymes, empresas lideradas por
mujeres, sociedades de beneficio e
interés colectivo y encadenamientos
productivos. Se creará el Sistema de
Información de Compras Públicas, que
reporta licitaciones de mínima cuantía a
las que pueden acceder.
Facilidades para acceder a
financiamiento
El objetivo es facilitar la consecución de
recursos e incentivar mejores
condiciones para que los
emprendedores accedan a instrumentos
financieros. “Hay que brindarles
respaldo para que puedan obtener
financiación, con menos obstáculos”,
señala Ignacio Gaitán. Así las cosas, la
ley incluye una modificación del objeto
social del Fondo Nacional de
Garantías, para que amplíe su portafolio
de productos y pueda ofrecer garantías
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La norma también promoverá la
inclusión financiera a través de los
microcréditos y deja sentado que se
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estimular las donaciones al ecosistema
emprendedor, vía Innpulsa.
Organizar y articular la
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Gaitán señala que existen en Colombia
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a emprendedores y muchas entidades
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esa dispersión de esfuerzos “vamos a
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Gaitán.
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fuentes públicas de financiamiento de la
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Resolución 1561 Por la cual se adoptan los términos de
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definición y regulación de los
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titulando nuevas fuentes de materiales
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mantenimiento, mejoramiento y
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programa Colombia Rural en el
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por parte de la autoridad minera
competente, proceder a pronunciar.
Los términos de referencia son los
lineamientos generales que la autoridad
ambiental señala para la elaboración y
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que deben ser establecidos ante la
autoridad ambiental competente. Los
estudios ambientales se elaborarán con
base en los términos de referencia que
sean expedidos por el Ministerio de
Ambiente y Desarrollo Sostenible. El
solicitante deberá adaptarlos a las
particularidades del proyecto, obra o
actividad.
Los términos de referencia que se
adoptan en la presente resolución, son
aplicables a las autoridades ambientales
y las entidades territoriales o los
particulares, que deben elaborar el
correspondiente Estudio de Impacto
Ambiental (EIA), en el marco del
licenciamiento ambiental, para
proyectos de explotación de materiales
de construcción, amparados en
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rehabilitación de vías terciarias, así
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El interesado en obtener la Licencia
Ambiental, deberá verificar que no hay
dudas de la evaluación aspectos que
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ambiente o introducir modificaciones
considerables o notorias al paisaje. De
la misma manera, puede suprimir o no
contribuir alguna vez de la información
solicitada en los términos de referencia,
que considera que no es relevante y que
por lo tanto no aplica a su proyecto, obra
o actividad. PARÁGRAFO En los
eventos anteriores, el solicitante debe
justificar técnicas y jurídicamente, las
razones por las cuales no incluye dicha
información.
La presentación del Estudio de Impacto
Ambiental con la sujeción a los términos
de referencia adoptados en esta
Resolución, no limita la facultad que
tiene la autoridad ambiental de solicitar
al interesado la información adicional
especifica que se considera
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referencia. Esta solicitud de información
adicional no garantiza el otorgamiento
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  • 1. ACTIVIDAD TRES. DURACION DE LA ACTIVIDAD. 60 horas Los continuos cambios, la globalización de los mercados, el surgimiento de alianzas, bloques económicos como Mercosur o la Unión Europea y nuevas tecnologías de la información han generado la necesidad de realizar cambios en la normativa Colombiana, no solo en materia contable y financiera, sino en áreas como: político, social, económica, comercial, laboral, ambiental, tributaria, auditoria, sin apartarnos de la pandemia del COVID -19, que nos azota desde el año 2019. Apreciado aprendiz, ya que ahora puede reconocer la importancia que reviste el contenido de esta Guía, lo invitamos a construir conocimiento alrededor de ella en colaboración de sus compañeros e instructor, por medio del desarrollo y análisis de las siguientes actividades: 1. Realice una consulta alrededor de las nuevas normas en materia contable y financiera, comercial, laboral, ambiental, tributaria, auditoria emitidas desde que comenzó la pandemia COVID-19, y de acuerdo con esta consulta desarrolle la siguiente matriz. Si no existe modificación alguna entonces escribe NO APLICA. NORMAS NORMA ANTERIOR (Nombre o No.) NORMA NUEVA O MODIFICACION (Nombre o No.) ANALISIS DE LAS VARIACIONES (cuantitativa o cualitativas Contables y financieras NIC 17 NIIF 16 Desde la representación del arrendatario, a la fecha se utiliza un modelo de contabilidad que distingue entre el arrendamiento operativo y un arrendamiento financiero, precisado en la NIC 17. La gran diferencia es que, en este último, se reconoce la totalidad de cuotas a pagar como una acreencia, afectando tanto el activo como el pasivo. Por su parte, para los contratos de arrendamiento operativo se registran las cuotas que afectan el gasto conforme devengan y no se reconocen en el balance el total de la obligación. Por otro lado, también desde la perspectiva del arrendatario, la NIFF 16 elimina la diferencia entre arrendamiento operativo y arrendamiento financiero. El total de obligaciones correspondiente al contrato de arrendamiento seregistra en el balance, afectando activo y pasivo,
  • 2. como se hace actualmente con los arrendamientos financieros. Tributarias NIC 40 NIC 40 De acuerdo con las indicaciones de la NIC 40 de Propiedades de Inversión, éstas se reconocerán como activos cuando exista la probabilidad de que generen beneficios económicos futuros y su costo pueda ser medido fiablemente. La compañía debe evaluar todos los costos asociados con la propiedad de inversión, incluyendo los incurridos para la adquisición o para la construcción de una partida de propiedad, hasta los costos asumidos posteriormente para sostener dicho elemento; adicionalmente, debe tenerse presente que no se reconocerán los costos del mantenimiento diario de la propiedad. En la NIC 40 la medición inicial de los activos se realiza al costo, y este deberá ser equivalente al precio de compra y los costos de transacción directamente atribuibles; el costo correspondiente a las propiedades de inversión será determinado en la misma forma como se hizo para el resto de la propiedad. Se excluyen los gastos administrativos generales al igual que los costos de iniciación. El objetivo de esta Norma es prescribir el tratamiento contable de las inversiones inmobiliarias y las exigencias de revelación de información correspondientes. Entre otras cosas, esta Norma será aplicable para la valoración en los estados financieros de un arrendatario, de los derechos sobre un inmueble mantenido en régimen de arrendamiento y que se contabilice como un arrendamiento financiero, también se aplicará para la valoración en los estados financieros de un arrendador, de las inversiones inmobiliarias arrendadas en régimen de arrendamiento operativo. Según la NIC 40, las propiedades de inversión pueden utilizar el modelo de valor razonable o costo-depreciación – deterioro, y
  • 3. corresponderá a la administración de la organización elegir la modalidad Auditoria Comercial Ley 2069 Ley 2069 los siguientes son los cambios más importantes que la nueva ley, aprobada por el Congreso y que está a la espera de sanción presidencial, trae para quienes quieren emprender en Colombia Simplificación y tarifas diferenciadas El primer eje de la norma apunta a garantizar una reducción de tarifas y medidas que faciliten la constitución y funcionamiento de empresas. Así modifica las tarifas del Invima, con diferenciación para pymes y excepción de pago para microempresas: “Para los micro y pequeños emprendedores el acceso a registros sanitarios hoy es costoso y a veces un obstáculo para emprender; la ley remedia eso”, dice Ignacio Gaitán. También se establece un régimen simplificado para la contabilidad de estas empresas (un dolor de cabeza de los pequeños empresarios), y se alivianan los requisitos para la creación de cooperativas, que son el origen de muchos emprendimientosAcceso a compras pública, Por el tamaño de sus empresas, los emprendedores no pueden acceder a compras públicas para convertirse en proveedores del Estado; esa es una queja recurrente. Para corregir el problema, la ley incluye a las micro, pequeñas y medianas empresas en procesos de compra de mínima cuantía y en la tienda virtual del Estado. Se introducirán criterios nuevos de desempate a favor de mipymes, empresas lideradas por mujeres, sociedades de beneficio e interés colectivo y encadenamientos productivos. Se creará el Sistema de Información de Compras Públicas, que
  • 4. reporta licitaciones de mínima cuantía a las que pueden acceder. Facilidades para acceder a financiamiento El objetivo es facilitar la consecución de recursos e incentivar mejores condiciones para que los emprendedores accedan a instrumentos financieros. “Hay que brindarles respaldo para que puedan obtener financiación, con menos obstáculos”, señala Ignacio Gaitán. Así las cosas, la ley incluye una modificación del objeto social del Fondo Nacional de Garantías, para que amplíe su portafolio de productos y pueda ofrecer garantías a otras fuentes de financiación. La norma también promoverá la inclusión financiera a través de los microcréditos y deja sentado que se otorgarán incentivos tributarios para estimular las donaciones al ecosistema emprendedor, vía Innpulsa. Organizar y articular la institucionalidad Gaitán señala que existen en Colombia 110 instrumentos distintos para atender a emprendedores y muchas entidades que les brindan servicios. Para evitar esa dispersión de esfuerzos “vamos a fortalecer una entidad que permita organizar la oferta para emprender. La idea es que las personas lleguen a un solo lugar y conozcan, de entrada, su hoja de ruta. Ese es Innpulsa”, explica Gaitán. además: 'Subsistencia, principal razón que lleva a montar un negocio en el país'). La norma propone la unificación de las fuentes públicas de financiamiento de la
  • 5. actividad emprendedora y el desarrollo empresarial, y la articulación de instancias de emprendimiento y MiPymes al Sistema Nacional de Competitividad e Innovación. Laboral Ambientales Resolución 1561 Resolución 1561 Por la cual se adoptan los términos de referencia para la elaboración del Estudio de Impacto Ambiental (EIA), requerido para el trámite de la licencia ambiental de los proyectos de explotación de materiales de construcción, amparados en autorizaciones mineras temporales, objetivos al mantenimiento, mejoramiento y rehabilitación de vías terciarias y para el programa Colombia Rural y otras adopciones. como objetivos del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, la definición de las regulaciones a las que se sujetarán la recuperación, conservación, protección, ordenamiento, manejo, uso y aprovechamiento de los recursos naturales renovables y medio ambiente de la nación, un fin de seguridad el desarrollo sostenible. como funciones de este Ministerio la definición y regulación de los instrumentos administrativos y mecanismos necesarios para la prevención y el control de los factores de cambio ambiental y determinar los criterios de evaluación, seguimiento y manejo ambiental de las actividades económicas. titulando nuevas fuentes de materiales para mantenimiento, mejoramiento y rehabilitación de vías terciarias y para el programa Colombia rural, señalado en el evento que no utiliza fuentes de material titulado y licenciado ambientalmente para el mantenimiento,
  • 6. mejoramiento y rehabilitación de vías terciarias; previo a la ejecución de las obras, la entidad territorial definida con la autoridad ambiental regional y la autoridad minera competente, la ubicación y el volumen estimado de las fuentes de material requerido para el mantenimiento, mejoramiento y rehabilitación de vías terciarias y del programa Colombia Rural en el respectivo municipio. Con base en esta información la autoridad ambiental, una vez otorgada la autorización temporal por parte de la autoridad minera competente, proceder a pronunciar. Los términos de referencia son los lineamientos generales que la autoridad ambiental señala para la elaboración y ejecución de los estudios ambientales que deben ser establecidos ante la autoridad ambiental competente. Los estudios ambientales se elaborarán con base en los términos de referencia que sean expedidos por el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible. El solicitante deberá adaptarlos a las particularidades del proyecto, obra o actividad. Los términos de referencia que se adoptan en la presente resolución, son aplicables a las autoridades ambientales y las entidades territoriales o los particulares, que deben elaborar el correspondiente Estudio de Impacto Ambiental (EIA), en el marco del licenciamiento ambiental, para proyectos de explotación de materiales de construcción, amparados en autorizaciones temporales, fines al mantenimiento, mejoramiento y rehabilitación de vías terciarias, así como para el programa Colombia Rural. El interesado en obtener la Licencia Ambiental, deberá verificar que no hay dudas de la evaluación aspectos que pueden afectar o causar daños graves a
  • 7. los recursos naturales renovables o el ambiente o introducir modificaciones considerables o notorias al paisaje. De la misma manera, puede suprimir o no contribuir alguna vez de la información solicitada en los términos de referencia, que considera que no es relevante y que por lo tanto no aplica a su proyecto, obra o actividad. PARÁGRAFO En los eventos anteriores, el solicitante debe justificar técnicas y jurídicamente, las razones por las cuales no incluye dicha información. La presentación del Estudio de Impacto Ambiental con la sujeción a los términos de referencia adoptados en esta Resolución, no limita la facultad que tiene la autoridad ambiental de solicitar al interesado la información adicional especifica que se considera indispensable para la evaluación y decidir sobre la viabilidad del proyecto, así dicha información no esté contemplada en los términos de referencia. Esta solicitud de información adicional no garantiza el otorgamiento de la licencia ambiental. El interesado deberá incorporar dentro del Estudio de Impacto Ambiental, además de lo establecido en los Términos de Referencia que por esta Resolución se adopte, toda la información que sea necesaria, de conformidad con las disposiciones legales vigentes, para acceder al uso y aprovechamiento de los recursos naturales renovables o del ambiente.