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EL PROYECTO FORMATIVO
CERTIFICADOS DE PROFESIONALIDAD
Modalidad Teleformación

Certificados de Profesionalidad – Modalidad TLF

Fundación Vértice Emprende
Certificados de Profesionalidad en modalidad Teleformación

Marco Normativo

REAL DECRETO 34/2008, de 18 de enero, por el
que se regulan los certificados de profesionalidad.

Real Decreto 1675/2010, de 10 de diciembre, por el que se modifica el
Real Decreto 34/2008, de 18 de enero, por el que se regulan los
certificados de profesionalidad y los reales decretos por los que se
establecen certificados de profesionalidad dictados en su aplicación.
Real Decreto 189/2013, de 15 de marzo, por el que se modifica el Real
Decreto 34/2008, de 18 de enero, por el que se regulan los certificados de
profesionalidad y los reales decretos por los que se establecen certificados
de profesionalidad dictados en su aplicación.
Orden ESS/1897/2013, de 10 de octubre, por la que se desarrolla el Real
Decreto 34/2008, de 18 de enero, por el que se regulan los certificados de
profesionalidad y los reales decretos por los que se establecen certificados
de profesionalidad dictados en su aplicación.
Certificados de Profesionalidad en modalidad Teleformación

Proyecto Formativo: Obligatoriedad

Orden ESS/1897/2013, de 10 de octubre, por la que se desarrolla el Real Decreto
34/2008, de 18 de enero, por el que se regulan los certificados de profesionalidad y
los reales decretos por los que se establecen certificados de profesionalidad
dictados en su aplicación.
Artículo 13. Requisitos de los centros y entidades de formación y acreditación
de los mismos en la modalidad de teleformación.
1. Los centros y entidades de formación que impartan la formación conducente
a la obtención de un certificado de profesionalidad en la modalidad de
teleformación deberán cumplir, para todos los módulos formativos que constituyen
el certificado de profesionalidad, los requisitos y prescripciones recogidas en el
artículo 12 bis del Real Decreto 34/2008, de 18 de enero, así como lo previsto en los
artículos 10, 14, 15 y 16 de esta orden, sobre tutores-formadores, proyecto
formativo, plataforma virtual y materiales y soportes didácticos que configuran el
curso completo que recibirá el alumno.
Certificados de Profesionalidad en modalidad Teleformación

Proyecto Formativo: Contenido general
Orden ESS/1897/2013, de 10 de octubre, por la que se desarrolla el Real Decreto
34/2008, de 18 de enero, por el que se regulan los certificados de profesionalidad y los
reales decretos por los que se establecen certificados de profesionalidad dictados en su
aplicación.
Artículo 14. Proyecto formativo.
1. El proyecto formativo es un documento en el que se desarrollan los aspectos relativos
a la organización, gestión e impartición de la formación correspondiente al
certificado de profesionalidad en la modalidad de teleformación, considerando además,
las sesiones presenciales que se requieran, según lo establecido en el Anexo I.

ORGANIZACIÓN
GESTIÓN
IMPARTICIÓN
FORMACIÓN EN
CAMPUS VIRTUAL
TUTORÍAS PRESENCIALES
EN CENTRO DE FORMACIÓN

EVALUACIÓN FINAL
PRESENCIAL EN
CENTRO DE
FORMACIÓN
Certificados de Profesionalidad en modalidad Teleformación

Proyecto Formativo: Idioma
Orden ESS/1897/2013, de 10 de octubre, por la que se desarrolla el Real Decreto
34/2008, de 18 de enero, por el que se regulan los certificados de profesionalidad y los
reales decretos por los que se establecen certificados de profesionalidad dictados en su
aplicación.
Artículo 14. Proyecto formativo.
2. El proyecto formativo se presentará, en lengua castellana, cuando se solicite la
acreditación del centro.
Certificados de Profesionalidad en modalidad Teleformación

Proyecto Formativo: Contenido específico
Orden ESS/1897/2013, de 10 de octubre, por la que se desarrolla el Real Decreto
34/2008, de 18 de enero, por el que se regulan los certificados de profesionalidad y los
reales decretos por los que se establecen certificados de profesionalidad dictados en su
aplicación.
Artículo 14. Proyecto formativo.
3. En el proyecto formativo se incluirán los siguientes aspectos:







A) DATOS ENTIDAD,
CERTIFICADO DE
PROFESIONALIDAD Y
ACCIÓN FORMATIVA
Entidad
Certificado profesionalidad
Ámbito geográfico
Nº Alumnos
Nº Tutores-Formadores

B) PLANIFICACIÓN
DIDÁCTICA
(ANEXO III)

PROYECTO
FORMATIVO

C) PROGRAMACIÓN
DIDÁCTICA
(ANEXO IV)

E) ORGANIZACIÓN Y
GESTIÓN DE LA ACCIÓN
FORMATIVA
•Selección, inscripción y
seguimiento alumnos
•Recursos
materiales y
humanos
•Gestión y mantenimiento
plataforma teleformación
•Sistema gestión calidad de
la formación

D) PLANIFICACIÓN
EVALUACIÓN
(ANEXO V)
Certificados de Profesionalidad en modalidad Teleformación

Proyecto Formativo: A) Datos entidad, certificado de profesionalidad y AA.FF.
Artículo 14. Proyecto formativo. Apartado 3 (Orden ESS/1897/2013)
a)La identificación de la entidad o centro de formación que presenta el proyecto así como la
identificación de la especialidad formativa correspondiente al certificado de profesionalidad, su
alcance respecto al ámbito de actuación geográfico, el número máximo de alumnos
contemplados y el número de tutores-formadores previstos para la impartición de cada módulo
formativo.
Aspecto que se debe
indicar

Observaciones

Datos entidad/centro
de formación

CIF/NIF/NIE, Razón social, Domicilio, Provincia, Tefl., Fax.

Identificación
Certificado de Prof.

Familia Profesional, Área, Código, Denominación, Nivel,
Competencia general, Ocupaciones o puestos de trabajo
relacionados.

Ámbito geográfico

Provincia / Comunidad Autónoma

Nº máximo alumnos

Ver artículos: art. 6.3 Orden ESS/1897/2013

Nº tutores-formadores

Ver artículos: art. 6.3 y art. 30 Orden ESS/1897/2013
Certificados de Profesionalidad en modalidad Teleformación

Proyecto Formativo: A tener en cuenta para determinar nº alumnos
Orden ESS/1897/2013, de 10 de octubre, por la que se desarrolla el Real Decreto 34/2008, de
18 de enero, por el que se regulan los certificados de profesionalidad y los reales decretos
por los que se establecen certificados de profesionalidad dictados en su aplicación.
Artículo 6. Acceso de los alumnos y organización de la formación en la modalidad de
teleformación.
3. Para organizar la formación se considerará que en un mes natural se puedan realizar como
mínimo 50 horas de formación del certificado de profesionalidad y como máximo 120 horas.
El número máximo de alumnos por tutor-formador será de 80, cuando su dedicación sea de 40
horas semanales o de las horas semanales equivalentes establecidas en el correspondiente
convenio. Para jornadas inferiores, se reducirá proporcionalmente el número máximo de alumnos,
de forma que el mínimo de dedicación del tutor equivalga a 10 horas semanales por cada 20
alumnos, incluyendo las tutorías presenciales.
El número máximo de alumnos por tutor será de 30 cuando la acción formativa se desarrolle a
través de aula virtual en más de un 50 por ciento de su duración. Se considera aula virtual al
entorno de aprendizaje, donde el tutor-formador y el alumno, interactúan a través de un sistema de
comunicación telemático de carácter síncrono. Una clase presencial convencional retrasmitida vía
telemática, en la que tutores-formadores y alumnos pueden preguntarse en tiempo real, es
considerada «aula virtual».
El Servicio Público de Empleo Estatal podrá autorizar la modificación de estas ratios cuando las
peculiaridades de los módulos formativos y otras circunstancias especiales así lo aconsejen.
Certificados de Profesionalidad en modalidad Teleformación

Proyecto Formativo: A tener en cuenta para determinar nº tutores-formadores

Orden ESS/1897/2013, de 10 de octubre, por la que se desarrolla el Real Decreto 34/2008, de
18 de enero, por el que se regulan los certificados de profesionalidad y los reales decretos
por los que se establecen certificados de profesionalidad dictados en su aplicación.

Artículo 30. Número de formadores y de tutores-formadores para impartir los módulos
formativos del certificado de profesionalidad.

1.Cada módulo formativo del certificado de profesionalidad podrá ser impartido como máximo por
dos formadores y, para la modalidad de teleformación, como máximo por dos tutores-formadores
por alumno.
2.El número de tutores-formadores para los módulos formativos del certificado de profesionalidad
que se impartan en la modalidad de teleformación se ajustará a lo establecido en el artículo 6.3
Certificados de Profesionalidad en modalidad Teleformación

Proyecto Formativo: B) Planificación didáctica
Artículo 14. Proyecto formativo. Apartado 3 (Orden ESS/1897/2013)
b) La planificación didáctica de la acción formativa completa, que indicará la temporalización de la
formación, cumplimentada de acuerdo al Anexo III.

NOTA:
- Para determinar la duración de la acción formativa se tendrá en cuenta lo
establecido en el art. 6.3 de la Orden ESS/19879/2013.
- Siempre debe existir una sesión inicial presencial o por videoconferencia de
acuerdo a lo establecido en el art. 6 apartado 4 de la Orden ESS/19879/2013.
Certificados de Profesionalidad en modalidad Teleformación

Proyecto Formativo: A tener en cuenta para determinar nº tutores-formadores

Orden ESS/1897/2013, de 10 de octubre, por la que se desarrolla el Real Decreto 34/2008, de
18 de enero, por el que se regulan los certificados de profesionalidad y los reales decretos
por los que se establecen certificados de profesionalidad dictados en su aplicación.

Artículo 6. Acceso de los alumnos y organización de la formación en la modalidad de
teleformación.

4. Al comienzo de la acción formativa se realizará una sesión inicial, que puede ser presencial o a
través de la plataforma virtual, para la presentación de dicha acción, con objeto de informar a los
alumnos sobre el funcionamiento del curso, metodología, tutorías presenciales, calendario y sistema
de evaluación. Asimismo, se informará sobre las condiciones de exención del módulo de formación
práctica en centros de trabajo.
Certificados de Profesionalidad en modalidad Teleformación

Proyecto Formativo: C) Programación didáctica
Artículo 14. Proyecto formativo. Apartado 3 (Orden ESS/1897/2013)
c) La programación didáctica de cada módulo y/o unidad formativa y, en su caso la programación de
las correspondientes tutorías presenciales, en las que se concretará la metodología de aprendizaje,
cumplimentada de acuerdo al Anexo IV.

PROGRAMACIÓN
DIDÁCTICA
TELEFORMACIÓN

FORMACIÓN EN
CAMPUS VIRTUAL

TUTORÍAS PRESENCIALES
EN CENTRO DE FORMACIÓN
Certificados de Profesionalidad en modalidad Teleformación

Proyecto Formativo: C) Programación didáctica
Artículo 16. Materiales y soportes didácticos. Apartado 2 (Orden ESS/1897/2013)
2. Los materiales y soportes didácticos se concretarán en los siguientes productos, tal y
como se recoge en el Anexo II:
a)Desarrollo y diseño de los contenidos en formato multimedia (utilizando gráficos o
imágenes, animaciones, audio, video, simulaciones, biblioteca), de manera que se mantenga
una estructura y funcionalidad homogénea.
b) Actividades de aprendizaje que ha de llevar a cabo el alumnado a través de la
plataforma virtual, indicando las herramientas que se utilizarán en su realización (foro, chat,
biblioteca virtual, vídeos, correo electrónico).
c) Actividades de aprendizaje que, en su caso, se tengan que realizar en las tutorías
presenciales, indicando los espacios, instalaciones y equipamientos necesarios.
d) Actividades de autoevaluación, que irán integradas en el desarrollo de cada módulo y
que permitirán al alumnado conocer su propio progreso.
e) Instrumentos de evaluación que se utilizarán durante el proceso de enseñanzaaprendizaje y la prueba de evaluación final presencial del módulo, que han de estar en
consonancia con lo establecido en los artículos 11 y 18. Cada instrumento se acompañará de
su correspondiente sistema de corrección y puntuación.
Certificados de Profesionalidad en modalidad Teleformación

Proyecto Formativo: C) Programación didáctica formación en plataforma
PROGRAMACIÓN DIDÁCTICA DE LA FORMACIÓN EN LA PLATAFORMA DE TELEFORMACIÓN
Certificados de Profesionalidad en modalidad Teleformación

Proyecto Formativo: C) Programación didáctica formación en plataforma
ESTRATEGIAS METODOLÓGICAS, ACTIVIDADES DE APRENDIZAJE Y RECURSOS DIDÁCTICOS CON
MAYOR IMPLICACIÓN DEL TUTOR-FORMADOR
ALUMNOS CON NIVEL DE CUALIFICACIÓN MEDIO-BAJO

Estrategias
metodológicas

Técnicas / Actividades de aprendizaje

Exposición

• Presentación de resúmenes,
esquemas, etc.
• Batería de preguntas.
• Actividades evaluables sobre la
exposición.

• Mapas conceptuales, resúmenes,
notas complementarias, etc.
• Aula virtual.
• Email o herramientas a través de la
plataforma.

Trabajo
guiado

• Actividades de autoevaluación.
• Actividades evaluables (casos
prácticos, problemas, proyecto, etc.).
• Panel de discusión (noticia, nota
técnica, supuesto, etc.)

• Descripción caso, instrucciones, etc.
• Aula virtual, chat, foro, etc.

Recursos didácticos
Certificados de Profesionalidad en modalidad Teleformación

Proyecto Formativo: C) Programación didáctica formación en plataforma
ESTRATEGIAS METODOLÓGICAS, ACTIVIDADES DE APRENDIZAJE Y RECURSOS DIDÁCTICOS CON
MAYOR IMPLICACIÓN DEL ALUMNO
ALUMNOS CON NIVEL DE CUALIFICACIÓN MEDIO-ALTO

Estrategias
metodológicas

Técnicas / Actividades de aprendizaje

Recursos didácticos

• Lectura contenidos
• Ejercicios autoevaluación
Trabajo
autónomo

Trabajo en
grupo

• Contenidos Interactivos Multimedia

• Actividades evaluables (supuestos
prácticos, documentos técnicos,
videos, etc.)

• Descripción casos, documentos,
videos, etc.
(Entregados por email o herramientas en
plataforma).

• Actividades evaluables (supuestos
prácticos, problemas, proyectos, etc.)

• Descripción casos, instrucciones
proyecto,…
• Chat, email, etc. para contactar
alumnos.
(Entregados por email o herramientas en
plataforma).

• Panel de discusión (supuesto, noticia,
etc.)

• Texto con información para la
discusión.
• Foro, Aula Virtual, etc.
Certificados de Profesionalidad en modalidad Teleformación

Proyecto Formativo: C) Programación didáctica en tutorías presenciales
PROGRAMACIÓN DIDÁCTICA DE LAS TUTORÍAS PRESENCIALES EN EL CENTRO DE FORMACIÓN

*Actividades basadas en las capacidades y criterios de evaluación definidos en el Anexo I de
la Orden ESS/1897/2013 para cada módulo/unidad formativa (exposición, simulaciones,
supuestos prácticos, juego de roles, etc.) y según duración establecida en el mism o Anexo.
Certificados de Profesionalidad en modalidad Teleformación

Proyecto Formativo: D) Planificación evaluación
Artículo 14. Proyecto formativo. Apartado 3 (Orden ESS/1897/2013)
d) La planificación de la evaluación de cada módulo formativo y, en su caso unidad formativa, en la
que se especificarán los instrumentos de evaluación que se van a aplicar, cumplimentada de
acuerdo al Anexo V.
Certificados de Profesionalidad en modalidad Teleformación

Proyecto Formativo: D) Planificación evaluación
Duración: según Anexo I de la Orden ESS/1897/2013
Contenido: conforme a las capacidades y criterios de evaluación definidos en el Real Decreto que
aprueba el certificado de profesionalidad.
EJEMPLO DE PROPUESTA DE ACTIVIDADES E INSTRUMENTOS DE EVALUACIÓN

Evaluación durante….
Formación en Plataforma
Virtual
Formación durante Tutoría
Presencial
Prueba de Evaluación
Presencial Final

Actividad evaluable / Instrumento
• Resolución ejercicios, problemas o supuestos prácticos.
• Pruebas de evaluación (objetivas/prácticas)
• Resolución de ejercicios y/o problemas o supuestos prácticos.
• Pruebas de evaluación (prácticas, técnicas de observación y de
información directa)
• Pruebas de evaluación (objetivas, prácticas, técnicas de observación
y de información directa)
Certificados de Profesionalidad en modalidad Teleformación

Proyecto Formativo: D) Planificación evaluación
TÉCNICAS E INSTRUMENTOS DE EVALUACIÓN
Técnicas e
Instrumentos

Tipo de Información Evaluada
• Conocimientos y destrezas cognitivas sencillas.

Pruebas objetivas

• Escritas u orales. Basadas en preguntas de respuesta breve, texto
incompleto, alternativas, identificación, correspondencia, de respuesta
múltiple, ordenación, etc. o basadas en ejecución de acciones o
actividades concretas.
• Destrezas cognitivas y procedimentales, y habilidades personales y
sociales.

Pruebas prácticas

Técnicas de
observación y de
información directa

• Desarrollo de una actividad. Basada mediante instrumentos como escalas
de calificación (opciones graduadas en intensidad), listas de cotejo
(si/no), y hojas de evaluación de prácticas (con criterios a evaluar y
criterio de evaluación de cada aspecto).
• Conductas, actitudes y comportamientos.
• Participación en aula virtual, foros, desarrollo actividades, etc. A través
de lista de control, escala de estimación, diario e informe, cuestionario,
inventario, etc.
Certificados de Profesionalidad en modalidad Teleformación

Proyecto Formativo: E) Organización y gestión de la acción formativa

Artículo 14. Proyecto formativo. Apartado 3 (Orden ESS/1897/2013)
e) La organización y gestión de la acción formativa: selección, inscripción y seguimiento
de los alumnos; recursos materiales y humanos necesarios para el desarrollo de la
formación, y para la administración, gestión y mantenimiento de la plataforma de
teleformación, así como la implantación de sistemas de gestión de la calidad de la
formación.

NOTA: No hace referencia a la organización y gestión de la formación práctica en el
centro de trabajo, sin embargo si solicita que se trate en la guía del tutor-formador sobre
la coordinación entre el tutor-formador y el tutor de empresa.
Certificados de Profesionalidad en modalidad Teleformación

Proyecto Formativo: E) Organización y gestión de la acción formativa
ASPECTOS A TENER EN CUENTA
Aspectos que se deben indicar
Selección, inscripción y seguimiento
alumnos

Para la formación
Recursos
materiales y
humanos
Para la administración,
gestión y mantenimiento
de la plataforma

Observaciones
- Requisitos acceso certificado: Ver art. 20 RD 34/2008 (RD 189/2013) y
art. Segundo apartado Uno RD 1675/201a0.
- Competencia digital (prueba): Ver art. 6.2 Orden ESS/1897/2013.
- Otros requisitos de acceso y seguimiento: según vía de financiación de
la formación.
- Recursos humanos: Requisitos tutores/formadores. Ver art. 13 RD
34/2008 (RD 189/2013) y art. 29 Orden ESS/1897/2013.
- Recursos materiales: actividades y guías alumno y tutor-formador. Ver
art. 16 y anexo II (Orden ESS/1897/2013)
Instalaciones (tutorías presenciales): Ver art. 13
Orden
ESS/1897/2013
-

Recursos humanos (equipo técnico)
Plataforma teleformación: Ver anexo II Orden ESS/1897/2013.
Servidor.
Servicio atención usuario (teléfono, correo electrónico, horario
mañana/tarde, tiempo respuesta). Ver anexo II Orden ESS/1897/2013

Comunicación y documentación

- Ver art. 19 RD 34/2008 y arts. 20 y 22 Orden ESS/1897/2013.

Sistema de gestión de la calidad de la
formación

- Norma de referencia, alcance de la certificación y principales medidas
e instrumentos para el control de la calidad de la formación. Ver art.
13.3 Orden ESS/1897/2013
- Control calidad y seguimiento: AAFF con financiación pública (art. 22
Orden ESS/1897/2013), AAFF con financiación privada (art. 19 RD
34/2008).
Certificados de Profesionalidad en modalidad Teleformación

Proyecto Formativo: Índice de contenidos
PROPUESTA DE ÍNDICE PARA EL PROYECTO FORMATIVO

» Identificación de la entidad o centro de formación
» Identificación de la acción formativa
» Planificación didáctica (Anexo III)
» Programación didáctica (Anexo IV)
» Planificación de la evaluación (Anexo V)
» Identificación de la organización y gestión de la acción formativa
Fase preparación: selección alumnos, tutores-formadores, centros de formación y
de trabajo, provisión materiales, comunicación, etc.
Fase ejecución: seguimiento alumnos, evaluación, asignación prácticas, etc.
Fase cierre: comunicación evaluación a la Admon., seguimiento inserción, etc.

»Administración, gestión y mantenimiento de la plataforma
teleformación
» Información relativa a los sistemas de calidad de la formación
Nota: aunque quede excluida la programación didáctica y la planificación de la evaluación de las
prácticas en el centro de trabajo, si debe tratarse los aspectos generales de su organización y
gestión.

de
Certificados de Profesionalidad en modalidad Teleformación

Proyecto Formativo: Esperando una respuesta….

-¿La aplicación telemática que está preparando el SEPE establecerá unos
apartados específicos para el proyecto formativo?

- ¿Se simplificará la información para la comunicación del inicio de cada
grupo/edición de un mismo certificado de profesionalidad, módulo o unidad
formativa?
Certificados de Profesionalidad en modalidad Teleformación

Proyecto Formativo

Muchas Gracias
Contacta con nosotros:
C/ Magallanes, 1 28015 Madrid
C/ Hilera, 14 29007 Málaga
902 522 224

J. Agustín Ruiz
Técnico de Empleo y Formación
Fundación Vértice

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El Proyecto Formativo

  • 1. EL PROYECTO FORMATIVO CERTIFICADOS DE PROFESIONALIDAD Modalidad Teleformación Certificados de Profesionalidad – Modalidad TLF Fundación Vértice Emprende
  • 2. Certificados de Profesionalidad en modalidad Teleformación Marco Normativo REAL DECRETO 34/2008, de 18 de enero, por el que se regulan los certificados de profesionalidad. Real Decreto 1675/2010, de 10 de diciembre, por el que se modifica el Real Decreto 34/2008, de 18 de enero, por el que se regulan los certificados de profesionalidad y los reales decretos por los que se establecen certificados de profesionalidad dictados en su aplicación. Real Decreto 189/2013, de 15 de marzo, por el que se modifica el Real Decreto 34/2008, de 18 de enero, por el que se regulan los certificados de profesionalidad y los reales decretos por los que se establecen certificados de profesionalidad dictados en su aplicación. Orden ESS/1897/2013, de 10 de octubre, por la que se desarrolla el Real Decreto 34/2008, de 18 de enero, por el que se regulan los certificados de profesionalidad y los reales decretos por los que se establecen certificados de profesionalidad dictados en su aplicación.
  • 3. Certificados de Profesionalidad en modalidad Teleformación Proyecto Formativo: Obligatoriedad Orden ESS/1897/2013, de 10 de octubre, por la que se desarrolla el Real Decreto 34/2008, de 18 de enero, por el que se regulan los certificados de profesionalidad y los reales decretos por los que se establecen certificados de profesionalidad dictados en su aplicación. Artículo 13. Requisitos de los centros y entidades de formación y acreditación de los mismos en la modalidad de teleformación. 1. Los centros y entidades de formación que impartan la formación conducente a la obtención de un certificado de profesionalidad en la modalidad de teleformación deberán cumplir, para todos los módulos formativos que constituyen el certificado de profesionalidad, los requisitos y prescripciones recogidas en el artículo 12 bis del Real Decreto 34/2008, de 18 de enero, así como lo previsto en los artículos 10, 14, 15 y 16 de esta orden, sobre tutores-formadores, proyecto formativo, plataforma virtual y materiales y soportes didácticos que configuran el curso completo que recibirá el alumno.
  • 4. Certificados de Profesionalidad en modalidad Teleformación Proyecto Formativo: Contenido general Orden ESS/1897/2013, de 10 de octubre, por la que se desarrolla el Real Decreto 34/2008, de 18 de enero, por el que se regulan los certificados de profesionalidad y los reales decretos por los que se establecen certificados de profesionalidad dictados en su aplicación. Artículo 14. Proyecto formativo. 1. El proyecto formativo es un documento en el que se desarrollan los aspectos relativos a la organización, gestión e impartición de la formación correspondiente al certificado de profesionalidad en la modalidad de teleformación, considerando además, las sesiones presenciales que se requieran, según lo establecido en el Anexo I. ORGANIZACIÓN GESTIÓN IMPARTICIÓN FORMACIÓN EN CAMPUS VIRTUAL TUTORÍAS PRESENCIALES EN CENTRO DE FORMACIÓN EVALUACIÓN FINAL PRESENCIAL EN CENTRO DE FORMACIÓN
  • 5. Certificados de Profesionalidad en modalidad Teleformación Proyecto Formativo: Idioma Orden ESS/1897/2013, de 10 de octubre, por la que se desarrolla el Real Decreto 34/2008, de 18 de enero, por el que se regulan los certificados de profesionalidad y los reales decretos por los que se establecen certificados de profesionalidad dictados en su aplicación. Artículo 14. Proyecto formativo. 2. El proyecto formativo se presentará, en lengua castellana, cuando se solicite la acreditación del centro.
  • 6. Certificados de Profesionalidad en modalidad Teleformación Proyecto Formativo: Contenido específico Orden ESS/1897/2013, de 10 de octubre, por la que se desarrolla el Real Decreto 34/2008, de 18 de enero, por el que se regulan los certificados de profesionalidad y los reales decretos por los que se establecen certificados de profesionalidad dictados en su aplicación. Artículo 14. Proyecto formativo. 3. En el proyecto formativo se incluirán los siguientes aspectos:      A) DATOS ENTIDAD, CERTIFICADO DE PROFESIONALIDAD Y ACCIÓN FORMATIVA Entidad Certificado profesionalidad Ámbito geográfico Nº Alumnos Nº Tutores-Formadores B) PLANIFICACIÓN DIDÁCTICA (ANEXO III) PROYECTO FORMATIVO C) PROGRAMACIÓN DIDÁCTICA (ANEXO IV) E) ORGANIZACIÓN Y GESTIÓN DE LA ACCIÓN FORMATIVA •Selección, inscripción y seguimiento alumnos •Recursos materiales y humanos •Gestión y mantenimiento plataforma teleformación •Sistema gestión calidad de la formación D) PLANIFICACIÓN EVALUACIÓN (ANEXO V)
  • 7. Certificados de Profesionalidad en modalidad Teleformación Proyecto Formativo: A) Datos entidad, certificado de profesionalidad y AA.FF. Artículo 14. Proyecto formativo. Apartado 3 (Orden ESS/1897/2013) a)La identificación de la entidad o centro de formación que presenta el proyecto así como la identificación de la especialidad formativa correspondiente al certificado de profesionalidad, su alcance respecto al ámbito de actuación geográfico, el número máximo de alumnos contemplados y el número de tutores-formadores previstos para la impartición de cada módulo formativo. Aspecto que se debe indicar Observaciones Datos entidad/centro de formación CIF/NIF/NIE, Razón social, Domicilio, Provincia, Tefl., Fax. Identificación Certificado de Prof. Familia Profesional, Área, Código, Denominación, Nivel, Competencia general, Ocupaciones o puestos de trabajo relacionados. Ámbito geográfico Provincia / Comunidad Autónoma Nº máximo alumnos Ver artículos: art. 6.3 Orden ESS/1897/2013 Nº tutores-formadores Ver artículos: art. 6.3 y art. 30 Orden ESS/1897/2013
  • 8. Certificados de Profesionalidad en modalidad Teleformación Proyecto Formativo: A tener en cuenta para determinar nº alumnos Orden ESS/1897/2013, de 10 de octubre, por la que se desarrolla el Real Decreto 34/2008, de 18 de enero, por el que se regulan los certificados de profesionalidad y los reales decretos por los que se establecen certificados de profesionalidad dictados en su aplicación. Artículo 6. Acceso de los alumnos y organización de la formación en la modalidad de teleformación. 3. Para organizar la formación se considerará que en un mes natural se puedan realizar como mínimo 50 horas de formación del certificado de profesionalidad y como máximo 120 horas. El número máximo de alumnos por tutor-formador será de 80, cuando su dedicación sea de 40 horas semanales o de las horas semanales equivalentes establecidas en el correspondiente convenio. Para jornadas inferiores, se reducirá proporcionalmente el número máximo de alumnos, de forma que el mínimo de dedicación del tutor equivalga a 10 horas semanales por cada 20 alumnos, incluyendo las tutorías presenciales. El número máximo de alumnos por tutor será de 30 cuando la acción formativa se desarrolle a través de aula virtual en más de un 50 por ciento de su duración. Se considera aula virtual al entorno de aprendizaje, donde el tutor-formador y el alumno, interactúan a través de un sistema de comunicación telemático de carácter síncrono. Una clase presencial convencional retrasmitida vía telemática, en la que tutores-formadores y alumnos pueden preguntarse en tiempo real, es considerada «aula virtual». El Servicio Público de Empleo Estatal podrá autorizar la modificación de estas ratios cuando las peculiaridades de los módulos formativos y otras circunstancias especiales así lo aconsejen.
  • 9. Certificados de Profesionalidad en modalidad Teleformación Proyecto Formativo: A tener en cuenta para determinar nº tutores-formadores Orden ESS/1897/2013, de 10 de octubre, por la que se desarrolla el Real Decreto 34/2008, de 18 de enero, por el que se regulan los certificados de profesionalidad y los reales decretos por los que se establecen certificados de profesionalidad dictados en su aplicación. Artículo 30. Número de formadores y de tutores-formadores para impartir los módulos formativos del certificado de profesionalidad. 1.Cada módulo formativo del certificado de profesionalidad podrá ser impartido como máximo por dos formadores y, para la modalidad de teleformación, como máximo por dos tutores-formadores por alumno. 2.El número de tutores-formadores para los módulos formativos del certificado de profesionalidad que se impartan en la modalidad de teleformación se ajustará a lo establecido en el artículo 6.3
  • 10. Certificados de Profesionalidad en modalidad Teleformación Proyecto Formativo: B) Planificación didáctica Artículo 14. Proyecto formativo. Apartado 3 (Orden ESS/1897/2013) b) La planificación didáctica de la acción formativa completa, que indicará la temporalización de la formación, cumplimentada de acuerdo al Anexo III. NOTA: - Para determinar la duración de la acción formativa se tendrá en cuenta lo establecido en el art. 6.3 de la Orden ESS/19879/2013. - Siempre debe existir una sesión inicial presencial o por videoconferencia de acuerdo a lo establecido en el art. 6 apartado 4 de la Orden ESS/19879/2013.
  • 11. Certificados de Profesionalidad en modalidad Teleformación Proyecto Formativo: A tener en cuenta para determinar nº tutores-formadores Orden ESS/1897/2013, de 10 de octubre, por la que se desarrolla el Real Decreto 34/2008, de 18 de enero, por el que se regulan los certificados de profesionalidad y los reales decretos por los que se establecen certificados de profesionalidad dictados en su aplicación. Artículo 6. Acceso de los alumnos y organización de la formación en la modalidad de teleformación. 4. Al comienzo de la acción formativa se realizará una sesión inicial, que puede ser presencial o a través de la plataforma virtual, para la presentación de dicha acción, con objeto de informar a los alumnos sobre el funcionamiento del curso, metodología, tutorías presenciales, calendario y sistema de evaluación. Asimismo, se informará sobre las condiciones de exención del módulo de formación práctica en centros de trabajo.
  • 12. Certificados de Profesionalidad en modalidad Teleformación Proyecto Formativo: C) Programación didáctica Artículo 14. Proyecto formativo. Apartado 3 (Orden ESS/1897/2013) c) La programación didáctica de cada módulo y/o unidad formativa y, en su caso la programación de las correspondientes tutorías presenciales, en las que se concretará la metodología de aprendizaje, cumplimentada de acuerdo al Anexo IV. PROGRAMACIÓN DIDÁCTICA TELEFORMACIÓN FORMACIÓN EN CAMPUS VIRTUAL TUTORÍAS PRESENCIALES EN CENTRO DE FORMACIÓN
  • 13. Certificados de Profesionalidad en modalidad Teleformación Proyecto Formativo: C) Programación didáctica Artículo 16. Materiales y soportes didácticos. Apartado 2 (Orden ESS/1897/2013) 2. Los materiales y soportes didácticos se concretarán en los siguientes productos, tal y como se recoge en el Anexo II: a)Desarrollo y diseño de los contenidos en formato multimedia (utilizando gráficos o imágenes, animaciones, audio, video, simulaciones, biblioteca), de manera que se mantenga una estructura y funcionalidad homogénea. b) Actividades de aprendizaje que ha de llevar a cabo el alumnado a través de la plataforma virtual, indicando las herramientas que se utilizarán en su realización (foro, chat, biblioteca virtual, vídeos, correo electrónico). c) Actividades de aprendizaje que, en su caso, se tengan que realizar en las tutorías presenciales, indicando los espacios, instalaciones y equipamientos necesarios. d) Actividades de autoevaluación, que irán integradas en el desarrollo de cada módulo y que permitirán al alumnado conocer su propio progreso. e) Instrumentos de evaluación que se utilizarán durante el proceso de enseñanzaaprendizaje y la prueba de evaluación final presencial del módulo, que han de estar en consonancia con lo establecido en los artículos 11 y 18. Cada instrumento se acompañará de su correspondiente sistema de corrección y puntuación.
  • 14. Certificados de Profesionalidad en modalidad Teleformación Proyecto Formativo: C) Programación didáctica formación en plataforma PROGRAMACIÓN DIDÁCTICA DE LA FORMACIÓN EN LA PLATAFORMA DE TELEFORMACIÓN
  • 15. Certificados de Profesionalidad en modalidad Teleformación Proyecto Formativo: C) Programación didáctica formación en plataforma ESTRATEGIAS METODOLÓGICAS, ACTIVIDADES DE APRENDIZAJE Y RECURSOS DIDÁCTICOS CON MAYOR IMPLICACIÓN DEL TUTOR-FORMADOR ALUMNOS CON NIVEL DE CUALIFICACIÓN MEDIO-BAJO Estrategias metodológicas Técnicas / Actividades de aprendizaje Exposición • Presentación de resúmenes, esquemas, etc. • Batería de preguntas. • Actividades evaluables sobre la exposición. • Mapas conceptuales, resúmenes, notas complementarias, etc. • Aula virtual. • Email o herramientas a través de la plataforma. Trabajo guiado • Actividades de autoevaluación. • Actividades evaluables (casos prácticos, problemas, proyecto, etc.). • Panel de discusión (noticia, nota técnica, supuesto, etc.) • Descripción caso, instrucciones, etc. • Aula virtual, chat, foro, etc. Recursos didácticos
  • 16. Certificados de Profesionalidad en modalidad Teleformación Proyecto Formativo: C) Programación didáctica formación en plataforma ESTRATEGIAS METODOLÓGICAS, ACTIVIDADES DE APRENDIZAJE Y RECURSOS DIDÁCTICOS CON MAYOR IMPLICACIÓN DEL ALUMNO ALUMNOS CON NIVEL DE CUALIFICACIÓN MEDIO-ALTO Estrategias metodológicas Técnicas / Actividades de aprendizaje Recursos didácticos • Lectura contenidos • Ejercicios autoevaluación Trabajo autónomo Trabajo en grupo • Contenidos Interactivos Multimedia • Actividades evaluables (supuestos prácticos, documentos técnicos, videos, etc.) • Descripción casos, documentos, videos, etc. (Entregados por email o herramientas en plataforma). • Actividades evaluables (supuestos prácticos, problemas, proyectos, etc.) • Descripción casos, instrucciones proyecto,… • Chat, email, etc. para contactar alumnos. (Entregados por email o herramientas en plataforma). • Panel de discusión (supuesto, noticia, etc.) • Texto con información para la discusión. • Foro, Aula Virtual, etc.
  • 17. Certificados de Profesionalidad en modalidad Teleformación Proyecto Formativo: C) Programación didáctica en tutorías presenciales PROGRAMACIÓN DIDÁCTICA DE LAS TUTORÍAS PRESENCIALES EN EL CENTRO DE FORMACIÓN *Actividades basadas en las capacidades y criterios de evaluación definidos en el Anexo I de la Orden ESS/1897/2013 para cada módulo/unidad formativa (exposición, simulaciones, supuestos prácticos, juego de roles, etc.) y según duración establecida en el mism o Anexo.
  • 18. Certificados de Profesionalidad en modalidad Teleformación Proyecto Formativo: D) Planificación evaluación Artículo 14. Proyecto formativo. Apartado 3 (Orden ESS/1897/2013) d) La planificación de la evaluación de cada módulo formativo y, en su caso unidad formativa, en la que se especificarán los instrumentos de evaluación que se van a aplicar, cumplimentada de acuerdo al Anexo V.
  • 19. Certificados de Profesionalidad en modalidad Teleformación Proyecto Formativo: D) Planificación evaluación Duración: según Anexo I de la Orden ESS/1897/2013 Contenido: conforme a las capacidades y criterios de evaluación definidos en el Real Decreto que aprueba el certificado de profesionalidad. EJEMPLO DE PROPUESTA DE ACTIVIDADES E INSTRUMENTOS DE EVALUACIÓN Evaluación durante…. Formación en Plataforma Virtual Formación durante Tutoría Presencial Prueba de Evaluación Presencial Final Actividad evaluable / Instrumento • Resolución ejercicios, problemas o supuestos prácticos. • Pruebas de evaluación (objetivas/prácticas) • Resolución de ejercicios y/o problemas o supuestos prácticos. • Pruebas de evaluación (prácticas, técnicas de observación y de información directa) • Pruebas de evaluación (objetivas, prácticas, técnicas de observación y de información directa)
  • 20. Certificados de Profesionalidad en modalidad Teleformación Proyecto Formativo: D) Planificación evaluación TÉCNICAS E INSTRUMENTOS DE EVALUACIÓN Técnicas e Instrumentos Tipo de Información Evaluada • Conocimientos y destrezas cognitivas sencillas. Pruebas objetivas • Escritas u orales. Basadas en preguntas de respuesta breve, texto incompleto, alternativas, identificación, correspondencia, de respuesta múltiple, ordenación, etc. o basadas en ejecución de acciones o actividades concretas. • Destrezas cognitivas y procedimentales, y habilidades personales y sociales. Pruebas prácticas Técnicas de observación y de información directa • Desarrollo de una actividad. Basada mediante instrumentos como escalas de calificación (opciones graduadas en intensidad), listas de cotejo (si/no), y hojas de evaluación de prácticas (con criterios a evaluar y criterio de evaluación de cada aspecto). • Conductas, actitudes y comportamientos. • Participación en aula virtual, foros, desarrollo actividades, etc. A través de lista de control, escala de estimación, diario e informe, cuestionario, inventario, etc.
  • 21. Certificados de Profesionalidad en modalidad Teleformación Proyecto Formativo: E) Organización y gestión de la acción formativa Artículo 14. Proyecto formativo. Apartado 3 (Orden ESS/1897/2013) e) La organización y gestión de la acción formativa: selección, inscripción y seguimiento de los alumnos; recursos materiales y humanos necesarios para el desarrollo de la formación, y para la administración, gestión y mantenimiento de la plataforma de teleformación, así como la implantación de sistemas de gestión de la calidad de la formación. NOTA: No hace referencia a la organización y gestión de la formación práctica en el centro de trabajo, sin embargo si solicita que se trate en la guía del tutor-formador sobre la coordinación entre el tutor-formador y el tutor de empresa.
  • 22. Certificados de Profesionalidad en modalidad Teleformación Proyecto Formativo: E) Organización y gestión de la acción formativa ASPECTOS A TENER EN CUENTA Aspectos que se deben indicar Selección, inscripción y seguimiento alumnos Para la formación Recursos materiales y humanos Para la administración, gestión y mantenimiento de la plataforma Observaciones - Requisitos acceso certificado: Ver art. 20 RD 34/2008 (RD 189/2013) y art. Segundo apartado Uno RD 1675/201a0. - Competencia digital (prueba): Ver art. 6.2 Orden ESS/1897/2013. - Otros requisitos de acceso y seguimiento: según vía de financiación de la formación. - Recursos humanos: Requisitos tutores/formadores. Ver art. 13 RD 34/2008 (RD 189/2013) y art. 29 Orden ESS/1897/2013. - Recursos materiales: actividades y guías alumno y tutor-formador. Ver art. 16 y anexo II (Orden ESS/1897/2013) Instalaciones (tutorías presenciales): Ver art. 13 Orden ESS/1897/2013 - Recursos humanos (equipo técnico) Plataforma teleformación: Ver anexo II Orden ESS/1897/2013. Servidor. Servicio atención usuario (teléfono, correo electrónico, horario mañana/tarde, tiempo respuesta). Ver anexo II Orden ESS/1897/2013 Comunicación y documentación - Ver art. 19 RD 34/2008 y arts. 20 y 22 Orden ESS/1897/2013. Sistema de gestión de la calidad de la formación - Norma de referencia, alcance de la certificación y principales medidas e instrumentos para el control de la calidad de la formación. Ver art. 13.3 Orden ESS/1897/2013 - Control calidad y seguimiento: AAFF con financiación pública (art. 22 Orden ESS/1897/2013), AAFF con financiación privada (art. 19 RD 34/2008).
  • 23. Certificados de Profesionalidad en modalidad Teleformación Proyecto Formativo: Índice de contenidos PROPUESTA DE ÍNDICE PARA EL PROYECTO FORMATIVO » Identificación de la entidad o centro de formación » Identificación de la acción formativa » Planificación didáctica (Anexo III) » Programación didáctica (Anexo IV) » Planificación de la evaluación (Anexo V) » Identificación de la organización y gestión de la acción formativa Fase preparación: selección alumnos, tutores-formadores, centros de formación y de trabajo, provisión materiales, comunicación, etc. Fase ejecución: seguimiento alumnos, evaluación, asignación prácticas, etc. Fase cierre: comunicación evaluación a la Admon., seguimiento inserción, etc. »Administración, gestión y mantenimiento de la plataforma teleformación » Información relativa a los sistemas de calidad de la formación Nota: aunque quede excluida la programación didáctica y la planificación de la evaluación de las prácticas en el centro de trabajo, si debe tratarse los aspectos generales de su organización y gestión. de
  • 24. Certificados de Profesionalidad en modalidad Teleformación Proyecto Formativo: Esperando una respuesta…. -¿La aplicación telemática que está preparando el SEPE establecerá unos apartados específicos para el proyecto formativo? - ¿Se simplificará la información para la comunicación del inicio de cada grupo/edición de un mismo certificado de profesionalidad, módulo o unidad formativa?
  • 25. Certificados de Profesionalidad en modalidad Teleformación Proyecto Formativo Muchas Gracias Contacta con nosotros: C/ Magallanes, 1 28015 Madrid C/ Hilera, 14 29007 Málaga 902 522 224 J. Agustín Ruiz Técnico de Empleo y Formación Fundación Vértice