Este documento resume conceptos clave sobre la renta empresarial y el impuesto a la renta de tercera categoría en Perú. Explica que la renta empresarial se refiere a las ganancias obtenidas por empresas como SAA, SAC, SRL. Estas ganancias están sujetas a un impuesto del 29.5%. Luego, detalla algunas adiciones y deducciones comunes al calcular la renta gravable, como intereses, pérdidas extraordinarias, gastos recreativos, entre otros. Finalmente, menciona algunas normas legales que regul
Este documento describe la Norma Internacional de Contabilidad NIC 2 sobre existencias. Explica que la norma establece el tratamiento contable de las existencias y prescribe que deben valuarse al costo o al valor neto realizable, el que sea menor. También cubre definiciones clave, alcance, métodos de valuación de costos, y tratamiento de ajustes por desvalorización.
Caso practico: La empresa comercial “EL SOL S.A.C”, identificada con RUC N° 20102420706 con domicilio en la calle Miguel Iglesias N° 611 – Los Olivos; tiene como actividad principal la comercialización en el país de productos alimenticios y abarrotes en general, desarrolla actividades desde el año 1999.
Para efectos de la declaración anual del Impuesto a la renta de Tercera Categoría del ejercicio gravable 2013 presenta la siguiente información...
Este documento resume la Norma Internacional de Contabilidad 2 sobre existencias. Explica que las existencias deben valuarse al menor valor entre su costo y su valor neto de realización. Detalla los componentes del costo de las existencias y las fórmulas de costeo aceptadas. Incluye ejemplos numéricos para ilustrar el cálculo del costo de producción y el valor neto de realización. Finalmente, enumera los requerimientos de revelación de información sobre existencias según la norma.
1. El documento describe los conceptos fundamentales del Impuesto a la Renta, incluyendo las definiciones de renta, los sistemas de imposición de renta, y las teorías que definen el concepto de renta.
2. Se explican tres sistemas de imposición de renta: cedular, global y mixto, y cómo el Perú ha cambiado de un sistema mixto a uno cedular.
3. Se describen tres teorías que definen el concepto de renta: la teoría de la renta producto, la teoría del
Este documento resume la Norma Internacional de Contabilidad 12 sobre impuestos a la renta. Explica los objetivos de la norma y cómo contabilizar los impuestos corrientes y diferidos. Define las diferencias temporales imponibles y deducibles, que dan lugar al reconocimiento de pasivos y activos por impuestos diferidos respectivamente. Proporciona ejemplos prácticos de cómo calcular las bases contables y tributarias de activos y pasivos, y cuando surgen diferencias temporales que generan impuestos diferidos.
El documento presenta información sobre el impuesto a la renta de cuarta categoría en Perú. Define las rentas de cuarta categoría como aquellas obtenidas por el ejercicio individual de una profesión u oficio de manera independiente. Explica que los trabajadores independientes están sujetos a pagos mensuales a cuenta e indica las excepciones para no realizar estos pagos. Además, cubre temas como los comprobantes de pago, retenciones aplicables y el cálculo anual del impuesto a la renta para esta categoría.
Implicancias financieras por la puesta en vigencia de la Norma de Información Financiera 16 Arrendamientos ( NIIF 16 ), que sustituye a la Norma Internacional de Contabilidad 17 Arrendamientos ( NIC 17 ) así como a las interpretaciones asociadas.
El documento presenta un análisis financiero de la empresa LAIVE para los periodos 2014-2017. Incluye estados financieros como balances generales y estados de resultados, así como un análisis vertical y horizontal de las cuentas y ratios financieros como liquidez, rentabilidad y apalancamiento.
Este documento describe la Norma Internacional de Contabilidad NIC 2 sobre existencias. Explica que la norma establece el tratamiento contable de las existencias y prescribe que deben valuarse al costo o al valor neto realizable, el que sea menor. También cubre definiciones clave, alcance, métodos de valuación de costos, y tratamiento de ajustes por desvalorización.
Caso practico: La empresa comercial “EL SOL S.A.C”, identificada con RUC N° 20102420706 con domicilio en la calle Miguel Iglesias N° 611 – Los Olivos; tiene como actividad principal la comercialización en el país de productos alimenticios y abarrotes en general, desarrolla actividades desde el año 1999.
Para efectos de la declaración anual del Impuesto a la renta de Tercera Categoría del ejercicio gravable 2013 presenta la siguiente información...
Este documento resume la Norma Internacional de Contabilidad 2 sobre existencias. Explica que las existencias deben valuarse al menor valor entre su costo y su valor neto de realización. Detalla los componentes del costo de las existencias y las fórmulas de costeo aceptadas. Incluye ejemplos numéricos para ilustrar el cálculo del costo de producción y el valor neto de realización. Finalmente, enumera los requerimientos de revelación de información sobre existencias según la norma.
1. El documento describe los conceptos fundamentales del Impuesto a la Renta, incluyendo las definiciones de renta, los sistemas de imposición de renta, y las teorías que definen el concepto de renta.
2. Se explican tres sistemas de imposición de renta: cedular, global y mixto, y cómo el Perú ha cambiado de un sistema mixto a uno cedular.
3. Se describen tres teorías que definen el concepto de renta: la teoría de la renta producto, la teoría del
Este documento resume la Norma Internacional de Contabilidad 12 sobre impuestos a la renta. Explica los objetivos de la norma y cómo contabilizar los impuestos corrientes y diferidos. Define las diferencias temporales imponibles y deducibles, que dan lugar al reconocimiento de pasivos y activos por impuestos diferidos respectivamente. Proporciona ejemplos prácticos de cómo calcular las bases contables y tributarias de activos y pasivos, y cuando surgen diferencias temporales que generan impuestos diferidos.
El documento presenta información sobre el impuesto a la renta de cuarta categoría en Perú. Define las rentas de cuarta categoría como aquellas obtenidas por el ejercicio individual de una profesión u oficio de manera independiente. Explica que los trabajadores independientes están sujetos a pagos mensuales a cuenta e indica las excepciones para no realizar estos pagos. Además, cubre temas como los comprobantes de pago, retenciones aplicables y el cálculo anual del impuesto a la renta para esta categoría.
Implicancias financieras por la puesta en vigencia de la Norma de Información Financiera 16 Arrendamientos ( NIIF 16 ), que sustituye a la Norma Internacional de Contabilidad 17 Arrendamientos ( NIC 17 ) así como a las interpretaciones asociadas.
El documento presenta un análisis financiero de la empresa LAIVE para los periodos 2014-2017. Incluye estados financieros como balances generales y estados de resultados, así como un análisis vertical y horizontal de las cuentas y ratios financieros como liquidez, rentabilidad y apalancamiento.
Este documento describe el régimen fiscal de los coordinados en México. Explica que los coordinados son personas morales que administran activos relacionados con el autotransporte terrestre. El régimen fiscal de los coordinados tiene como objetivo facilitar el cumplimiento de las obligaciones fiscales de los transportistas. El documento detalla los cálculos para determinar el impuesto sobre la renta de los coordinados y sus integrantes.
Este documento presenta información sobre las exoneraciones e inafectaciones del Impuesto General a las Ventas (IGV) en el Perú. Detalla las operaciones exoneradas del IGV de bienes en el Apéndice I, que incluyen productos agrícolas, pesqueros y otros bienes frescos o refrigerados. También explica que la exoneración son operaciones que estando dentro del ámbito del IGV están exentas del pago del impuesto por disposición legal.
Este documento habla sobre los diferentes tipos de costos que existen en las empresas industriales. Explica que existen costos directos, como los de materias primas y mano de obra, e indirectos, como gastos generales de producción, administración y comercialización. También distingue entre costos variables, que cambian con la producción, fijos, que no cambian, y semivariables. En resumen, provee una guía sobre cómo clasificar y entender los diferentes elementos que componen el costo de un producto industrial.
El documento describe las principales infracciones tributarias según el Código Tributario peruano. Define una infracción tributaria como la violación de normas tributarias tipificadas en la ley. Explica las obligaciones sustanciales y formales de los contribuyentes y los tipos de sanciones aplicables. También detalla los regímenes de gradualidad para reducir multas por infracciones relacionadas a declaraciones falsas, retenciones no pagadas u otras obligaciones, si el contribuyente realiza una subsanación voluntaria o inducida.
Este documento resume los principales aspectos de los delitos tributarios en Chile. Define delito tributario y explica que afecta obligaciones tributarias de manera similar a otros delitos. Describe los bienes jurídicos protegidos como la propiedad y potestad fiscal del Estado. Finalmente, resume algunas figuras de delitos tributarios contempladas en el Artículo 97 del Código Tributario chileno, incluyendo declaraciones falsas, omisión de registros y uso de documentos ya utilizados.
Espero les sirva esta publicación acerca del procedimiento contencioso tributario, el cual esta contenido con los principios generales que se aplican en los procedimientos tributarios, los derechos fundamentales de los administrados, la estructura organica del tribunal fiscal, la fases del porcedimiento contencioso-tributario y los respectivos requisitos de admisibilidad
Este documento trata sobre el impuesto a la renta (NIC 12) y define conceptos como diferencias temporales y permanentes. Explica que las diferencias temporales pueden dar origen a pasivos o activos por impuestos diferidos dependiendo de si son imponibles o deducibles. También presenta ejemplos y métodos para calcular el impuesto diferido.
Este documento trata sobre los sujetos del Impuesto General a las Ventas (IGV) en Perú. Explica que están sujetos al IGV las personas naturales, jurídicas y otras entidades cuando realizan ventas, prestaciones de servicios, importaciones u otros actos gravados con el impuesto. También describe los requisitos para ser considerado un sujeto habitual y los responsables solidarios del pago del impuesto.
5 CASOS PRACTICOS DE GASTOS SUJETOS A LIMITES PARA EL CURSO DE AUDITORIA TRIB...Anderson Choque
El documento presenta 5 casos prácticos sobre gastos sujetos a límites para efectos tributarios. El primer caso analiza gastos sustentados con boletas de venta emitidas por sujetos del RUS y RER. El segundo caso analiza los límites para la deducción de gastos de vehículos asignados a dirección antes del Decreto Legislativo 1120. El tercer caso evalúa gastos de viaje y representación. El cuarto caso evalúa gastos médicos. El quinto caso evalúa gastos de propaganda y publicidad. Cada caso incluye
Este documento explica el tratamiento contable del impuesto a las ganancias según la NIC 12. Señala que el principal problema es cómo tratar las consecuencias actuales y futuras de la recuperación de activos y pasivos reconocidos en el balance y de transacciones del periodo. Luego define las diferencias permanentes y temporales que pueden existir entre la contabilidad y la base imponible, y cómo estas afectan el cálculo del impuesto diferido. Finalmente, analiza cómo las diferencias temporales generan activos o pasivos por impuestos diferidos en el estado de
El documento presenta una introducción a la NIC 16 sobre propiedades, planta y equipo. Explica el objetivo y alcance de la norma, incluyendo definiciones clave. Luego resume los criterios de reconocimiento de los activos, distinguiendo entre costos iniciales y costos posteriores. Finalmente, detalla los componentes que componen el costo de una propiedad, planta y equipo en el momento de su reconocimiento inicial.
Este documento presenta 100 casos prácticos relacionados con la Ley del Impuesto General a las Ventas (IGV) en Perú. Cada caso describe una situación particular relacionada con la aplicación del IGV a diferentes tipos de transacciones como ventas, importaciones, exportaciones, servicios, entre otros. Los casos están organizados en secciones temáticas y proporcionan detalles sobre la base legal, definiciones y tratamiento tributario aplicable a cada situación. El documento sirve como guía práctica para entender cómo se aplica el IGV a diversos escenarios com
DEDUCCIONES Y ADICIONES PARA EL CALCULO DEL IMPUESTOS A LA RENTAgilmer ore huicho
Este documento resume las principales pautas para declarar el Impuesto a la Renta de Tercera Categoría para el ejercicio 2014 en Perú. Explica que están obligados a presentar declaraciones aquellos que obtuvieron rentas o pérdidas de tercera categoría. Define las actividades generadoras de estas rentas e incluye ejemplos como comercio, industria, servicios, profesiones liberales, y ganancias de capital. También cubre los contribuyentes no obligados, el medio para declarar mediante el formulario PDT No 692, y
El documento presenta 22 ejemplos de asientos contables relacionados con cuentas por cobrar y efectivo. Los ejemplos cubren transacciones como cobranzas de facturas, ventas al contado y crédito, anticipos de clientes, descuentos por pronto pago, devoluciones de mercaderías, castigo de cuentas incobrables, préstamos a empleados, accionistas, directores y terceros, y pagos de acciones suscritas.
NIFF 12: INFORMACION A REVELAR SOBRE PARTICIPACIONES EN OTRAS ENTIDADESLeslie Miranda
NIFF 12
Agenda:
- Participaciones en subsidiaria
- Participaciones en subsidiaria no consolidadas
- Participaciones en acuerdos conjuntos y asociadas
Conceptos:
SUBSIDIARIA.- Es una entidad, entre las que se incluyen entidades sin forma jurídica definida, tales como las fórmulas asociativas con fines empresariales, que es controlada por otra (conocida como controladora).
ASOCIADA.- Una asociada es una entidad sobre la que se tiene influencia significativa y que no es una subsidiaria ni una participación en un negocio conjunto.
ACUERDO CONJUNTO.-Un negocio conjunto es un acuerdo conjunto por el cual las partes que tienen control conjunto del acuerdo tienen derechos sobre los activos netos (o patrimonio) del acuerdo.
INFLUENCIA SIGNIFICATIVA.- Es el poder de intervenir en las decisiones de política financiera y de operación de la participada, sin llegar a tener el control ni el control conjunto de ésta.
- Si se participa en la administración;
- Si tiene transacciones importantes;
- Si hay intercambio de personal directivo; y
- Si posee más del 20 % de participación.
Este documento compara el efecto de aplicar la NIC 19 versus la NIC 12 en los resultados de una empresa. Explica que bajo la NIC 12, la empresa registra un gasto no aceptado de S/ 5,000 que reduce su resultado tributario pero no contable. Esto da como resultado un impuesto a la renta y participaciones de los trabajadores mayores. Bajo la NIC 19, el impuesto se difiere como un activo, disminuyendo el gasto en participaciones y dando como resultado finales menores. La diferencia entre los resultados finales es de S/ 400.
Este documento establece las normas para contabilizar el impuesto a las ganancias. Define conceptos como gasto por impuesto a las ganancias, impuesto corriente e impuesto diferido. Explica cómo reconocer activos y pasivos por impuestos corrientes y diferidos relacionados con diferencias temporarias deducibles e imponibles. Además, establece el tratamiento contable de partidas reconocidas en resultados y fuera de resultados que afectan al impuesto a las ganancias.
Este documento resume los principales gastos deducibles e indeducibles para la determinación del impuesto a la renta en Perú. Explica que los gastos deben cumplir con los principios de causalidad, razonabilidad y generalidad. Detalla gastos deducibles como primas de seguro, gastos organizativos y pérdidas extraordinarias, así como gastos sujetos a límites como intereses de deudas y remuneraciones de directorio.
Este documento trata sobre el Impuesto a la Renta en Perú. Explica los conceptos generales como la materia imponible, características, teorías sobre la renta como flujo de riqueza y consumo más incremento patrimonial. También cubre sujetos gravados, exoneraciones e imposición según la persona natural o jurídica.
8 Ganancias Deducciones Generales Y Especiales[1]guillermofares
El documento explica las deducciones generales y especiales en el impuesto a las ganancias en Argentina. Describe las deducciones como gastos que se restan de la ganancia bruta para llegar a la ganancia neta. Las deducciones generales se pueden aplicar a cualquier fuente de ganancia e incluyen intereses, seguros de vida, donaciones y aportes jubilatorios, con ciertas limitaciones. Las deducciones especiales se aplican a la categoría de ganancia que las origina e incluyen impuestos, seguros sobre bienes, pérdidas y gastos de
Este documento describe varios artículos relacionados con deducciones de impuestos a la renta según la legislación ecuatoriana. Incluye detalles sobre gastos no deducibles, deducciones especiales para medianas empresas, amortización de pérdidas de años anteriores, y que los ingresos de la producción y cultivo de banano están sujetos a un impuesto único del 2% sobre las ventas brutas totales.
Este documento describe el régimen fiscal de los coordinados en México. Explica que los coordinados son personas morales que administran activos relacionados con el autotransporte terrestre. El régimen fiscal de los coordinados tiene como objetivo facilitar el cumplimiento de las obligaciones fiscales de los transportistas. El documento detalla los cálculos para determinar el impuesto sobre la renta de los coordinados y sus integrantes.
Este documento presenta información sobre las exoneraciones e inafectaciones del Impuesto General a las Ventas (IGV) en el Perú. Detalla las operaciones exoneradas del IGV de bienes en el Apéndice I, que incluyen productos agrícolas, pesqueros y otros bienes frescos o refrigerados. También explica que la exoneración son operaciones que estando dentro del ámbito del IGV están exentas del pago del impuesto por disposición legal.
Este documento habla sobre los diferentes tipos de costos que existen en las empresas industriales. Explica que existen costos directos, como los de materias primas y mano de obra, e indirectos, como gastos generales de producción, administración y comercialización. También distingue entre costos variables, que cambian con la producción, fijos, que no cambian, y semivariables. En resumen, provee una guía sobre cómo clasificar y entender los diferentes elementos que componen el costo de un producto industrial.
El documento describe las principales infracciones tributarias según el Código Tributario peruano. Define una infracción tributaria como la violación de normas tributarias tipificadas en la ley. Explica las obligaciones sustanciales y formales de los contribuyentes y los tipos de sanciones aplicables. También detalla los regímenes de gradualidad para reducir multas por infracciones relacionadas a declaraciones falsas, retenciones no pagadas u otras obligaciones, si el contribuyente realiza una subsanación voluntaria o inducida.
Este documento resume los principales aspectos de los delitos tributarios en Chile. Define delito tributario y explica que afecta obligaciones tributarias de manera similar a otros delitos. Describe los bienes jurídicos protegidos como la propiedad y potestad fiscal del Estado. Finalmente, resume algunas figuras de delitos tributarios contempladas en el Artículo 97 del Código Tributario chileno, incluyendo declaraciones falsas, omisión de registros y uso de documentos ya utilizados.
Espero les sirva esta publicación acerca del procedimiento contencioso tributario, el cual esta contenido con los principios generales que se aplican en los procedimientos tributarios, los derechos fundamentales de los administrados, la estructura organica del tribunal fiscal, la fases del porcedimiento contencioso-tributario y los respectivos requisitos de admisibilidad
Este documento trata sobre el impuesto a la renta (NIC 12) y define conceptos como diferencias temporales y permanentes. Explica que las diferencias temporales pueden dar origen a pasivos o activos por impuestos diferidos dependiendo de si son imponibles o deducibles. También presenta ejemplos y métodos para calcular el impuesto diferido.
Este documento trata sobre los sujetos del Impuesto General a las Ventas (IGV) en Perú. Explica que están sujetos al IGV las personas naturales, jurídicas y otras entidades cuando realizan ventas, prestaciones de servicios, importaciones u otros actos gravados con el impuesto. También describe los requisitos para ser considerado un sujeto habitual y los responsables solidarios del pago del impuesto.
5 CASOS PRACTICOS DE GASTOS SUJETOS A LIMITES PARA EL CURSO DE AUDITORIA TRIB...Anderson Choque
El documento presenta 5 casos prácticos sobre gastos sujetos a límites para efectos tributarios. El primer caso analiza gastos sustentados con boletas de venta emitidas por sujetos del RUS y RER. El segundo caso analiza los límites para la deducción de gastos de vehículos asignados a dirección antes del Decreto Legislativo 1120. El tercer caso evalúa gastos de viaje y representación. El cuarto caso evalúa gastos médicos. El quinto caso evalúa gastos de propaganda y publicidad. Cada caso incluye
Este documento explica el tratamiento contable del impuesto a las ganancias según la NIC 12. Señala que el principal problema es cómo tratar las consecuencias actuales y futuras de la recuperación de activos y pasivos reconocidos en el balance y de transacciones del periodo. Luego define las diferencias permanentes y temporales que pueden existir entre la contabilidad y la base imponible, y cómo estas afectan el cálculo del impuesto diferido. Finalmente, analiza cómo las diferencias temporales generan activos o pasivos por impuestos diferidos en el estado de
El documento presenta una introducción a la NIC 16 sobre propiedades, planta y equipo. Explica el objetivo y alcance de la norma, incluyendo definiciones clave. Luego resume los criterios de reconocimiento de los activos, distinguiendo entre costos iniciales y costos posteriores. Finalmente, detalla los componentes que componen el costo de una propiedad, planta y equipo en el momento de su reconocimiento inicial.
Este documento presenta 100 casos prácticos relacionados con la Ley del Impuesto General a las Ventas (IGV) en Perú. Cada caso describe una situación particular relacionada con la aplicación del IGV a diferentes tipos de transacciones como ventas, importaciones, exportaciones, servicios, entre otros. Los casos están organizados en secciones temáticas y proporcionan detalles sobre la base legal, definiciones y tratamiento tributario aplicable a cada situación. El documento sirve como guía práctica para entender cómo se aplica el IGV a diversos escenarios com
DEDUCCIONES Y ADICIONES PARA EL CALCULO DEL IMPUESTOS A LA RENTAgilmer ore huicho
Este documento resume las principales pautas para declarar el Impuesto a la Renta de Tercera Categoría para el ejercicio 2014 en Perú. Explica que están obligados a presentar declaraciones aquellos que obtuvieron rentas o pérdidas de tercera categoría. Define las actividades generadoras de estas rentas e incluye ejemplos como comercio, industria, servicios, profesiones liberales, y ganancias de capital. También cubre los contribuyentes no obligados, el medio para declarar mediante el formulario PDT No 692, y
El documento presenta 22 ejemplos de asientos contables relacionados con cuentas por cobrar y efectivo. Los ejemplos cubren transacciones como cobranzas de facturas, ventas al contado y crédito, anticipos de clientes, descuentos por pronto pago, devoluciones de mercaderías, castigo de cuentas incobrables, préstamos a empleados, accionistas, directores y terceros, y pagos de acciones suscritas.
NIFF 12: INFORMACION A REVELAR SOBRE PARTICIPACIONES EN OTRAS ENTIDADESLeslie Miranda
NIFF 12
Agenda:
- Participaciones en subsidiaria
- Participaciones en subsidiaria no consolidadas
- Participaciones en acuerdos conjuntos y asociadas
Conceptos:
SUBSIDIARIA.- Es una entidad, entre las que se incluyen entidades sin forma jurídica definida, tales como las fórmulas asociativas con fines empresariales, que es controlada por otra (conocida como controladora).
ASOCIADA.- Una asociada es una entidad sobre la que se tiene influencia significativa y que no es una subsidiaria ni una participación en un negocio conjunto.
ACUERDO CONJUNTO.-Un negocio conjunto es un acuerdo conjunto por el cual las partes que tienen control conjunto del acuerdo tienen derechos sobre los activos netos (o patrimonio) del acuerdo.
INFLUENCIA SIGNIFICATIVA.- Es el poder de intervenir en las decisiones de política financiera y de operación de la participada, sin llegar a tener el control ni el control conjunto de ésta.
- Si se participa en la administración;
- Si tiene transacciones importantes;
- Si hay intercambio de personal directivo; y
- Si posee más del 20 % de participación.
Este documento compara el efecto de aplicar la NIC 19 versus la NIC 12 en los resultados de una empresa. Explica que bajo la NIC 12, la empresa registra un gasto no aceptado de S/ 5,000 que reduce su resultado tributario pero no contable. Esto da como resultado un impuesto a la renta y participaciones de los trabajadores mayores. Bajo la NIC 19, el impuesto se difiere como un activo, disminuyendo el gasto en participaciones y dando como resultado finales menores. La diferencia entre los resultados finales es de S/ 400.
Este documento establece las normas para contabilizar el impuesto a las ganancias. Define conceptos como gasto por impuesto a las ganancias, impuesto corriente e impuesto diferido. Explica cómo reconocer activos y pasivos por impuestos corrientes y diferidos relacionados con diferencias temporarias deducibles e imponibles. Además, establece el tratamiento contable de partidas reconocidas en resultados y fuera de resultados que afectan al impuesto a las ganancias.
Este documento resume los principales gastos deducibles e indeducibles para la determinación del impuesto a la renta en Perú. Explica que los gastos deben cumplir con los principios de causalidad, razonabilidad y generalidad. Detalla gastos deducibles como primas de seguro, gastos organizativos y pérdidas extraordinarias, así como gastos sujetos a límites como intereses de deudas y remuneraciones de directorio.
Este documento trata sobre el Impuesto a la Renta en Perú. Explica los conceptos generales como la materia imponible, características, teorías sobre la renta como flujo de riqueza y consumo más incremento patrimonial. También cubre sujetos gravados, exoneraciones e imposición según la persona natural o jurídica.
8 Ganancias Deducciones Generales Y Especiales[1]guillermofares
El documento explica las deducciones generales y especiales en el impuesto a las ganancias en Argentina. Describe las deducciones como gastos que se restan de la ganancia bruta para llegar a la ganancia neta. Las deducciones generales se pueden aplicar a cualquier fuente de ganancia e incluyen intereses, seguros de vida, donaciones y aportes jubilatorios, con ciertas limitaciones. Las deducciones especiales se aplican a la categoría de ganancia que las origina e incluyen impuestos, seguros sobre bienes, pérdidas y gastos de
Este documento describe varios artículos relacionados con deducciones de impuestos a la renta según la legislación ecuatoriana. Incluye detalles sobre gastos no deducibles, deducciones especiales para medianas empresas, amortización de pérdidas de años anteriores, y que los ingresos de la producción y cultivo de banano están sujetos a un impuesto único del 2% sobre las ventas brutas totales.
Liquidación del impuesto de sociedadesangelesroman
Este documento presenta la liquidación del Impuesto de Sociedades de la sociedad anónima "B" correspondiente al ejercicio 1997. Se detallan las diferencias permanentes y temporales positivas y negativas que afectan a la base imponible, así como las deducciones y retenciones aplicables. Tras aplicar una cuota del 35% sobre la base imponible resultante de 4.935.583 euros, la cuota líquida asciende a 1.189.292 euros, que se reduce a 0 euros al aplicar las retenciones y pagos a cuenta realizados.
Liquidación del impuesto de sociedadesangelesroman
Este documento presenta la liquidación del Impuesto de Sociedades de la sociedad anónima "B" correspondiente al ejercicio 1997. Tras calcular las diferencias permanentes y temporales, la base imponible asciende a 4.935.583 euros. La cuota íntegra es de 620.833 euros, que se reduce a 145.833 euros tras aplicar las deducciones por doble imposición y por inversiones. Finalmente, la cuota a ingresar es de 72.625 euros después de restar las retenciones y pagos a cuenta.
Este documento contiene información sobre la declaración jurada anual del impuesto a la renta para la tercera categoría e ITF en Perú para 2013. Detalla las normas legales aplicables, los obligados a presentar la declaración, los medios y lugares de presentación, el vencimiento, ajustes a considerar y el esquema de determinación de la renta. En resumen, provee una guía completa sobre los requisitos y procedimientos para la declaración anual del impuesto a la renta de tercera categoría en Perú para el año 2013.
Charlas N° 02 y N° 03:Tributación para MyPE I y II - Mónica SánchezMiguel Gómez, MBA
El documento presenta información sobre tributación para MYPES. Explica conceptos clave como tributo, impuestos, contribuciones y tasas. Describe los regímenes tributarios como el Régimen Único Simplificado, Régimen Especial de Renta y Régimen General de Renta. También cubre temas como el Impuesto General a las Ventas, el Impuesto a la Renta y los diferentes regímenes tributarios que definen las obligaciones de pago de impuestos.
Este documento proporciona información sobre el régimen general del impuesto a la renta de tercera categoría en Perú. Explica que grava las rentas provenientes de la combinación de capital y trabajo y que los sujetos deben llevar contabilidad y pagar impuestos mensuales sobre sus utilidades. También resume los principales conceptos como ingresos y gastos deducibles, cálculo del impuesto, libros contables y comprobantes permitidos.
El documento proporciona información sobre el régimen general del impuesto a la renta de tercera categoría en Perú. Explica que grava las rentas provenientes de la combinación de capital y trabajo y que las personas naturales, sucesiones indivisas y personas jurídicas pueden acogerse a este régimen, el cual requiere llevar contabilidad y realizar pagos mensuales a cuenta del impuesto anual. También detalla los gastos deducibles y límites aplicables.
El documento resume las ganancias de la cuarta categoría según la ley de impuestos a las ganancias en Argentina. Estas incluyen ingresos por cargos públicos, relaciones de dependencia, jubilaciones, pensiones, seguros de retiro privados, servicios de socios de cooperativas de trabajo, profesiones liberales, corredores, viajantes de comercio y despachantes de aduana. También cubre deducciones generales y personales para calcular la ganancia neta imponible.
Casos practicos de impuesto a la renta de tercera categoriaMichael Cruz
Este documento presenta un caso práctico sobre el cálculo del impuesto a la renta de tercera categoría para la empresa Rombo S.A. Se proporciona información sobre las operaciones de la empresa durante 2005, incluidas ventas, compras, gastos y pagos. Se pide elaborar estados financieros, calcular el impuesto a la renta y realizar ajustes tributarios.
El documento habla sobre deducciones autorizadas para el cálculo del Impuesto Sobre la Renta (ISR) en México. Algunas deducciones autorizadas incluyen costos de ventas, gastos necesarios para la operación del negocio, depreciación de activos, y donativos. También explica que la depreciación es el método para asignar sistemáticamente el costo de un activo a lo largo de su vida útil.
Declaración anual personas morales sector primariofemarcontadores
Régimen de actividades agrícolas, ganaderas, silvícolas y pesqueras (Formato 25). El impuesto del ejercicio se pagará mediante declaración que presentarán las personas morales durante el mes de marzo del año siguiente Art. 74 LISR
El documento presenta información sobre la declaración jurídica anual del impuesto a la renta para el año 2014 en Perú. Detalla los obligados a presentar la declaración, los medios y lugares de presentación, las fechas de vencimiento según el último dígito del RUC, y el esquema de determinación de la renta gravada.
El documento habla sobre la auditoría fiscal en República Dominicana. Explica los diferentes formatos y declaraciones que deben presentar los contribuyentes, como la declaración del ITBIS, anticipos del ISR, declaración anual de retenciones y declaración de sociedades. También describe los objetivos de auditoría, gastos deducibles, métodos de reconocimiento de cuentas incobrables, tratamiento de inventarios, activos fijos y otros temas relacionados a la auditoría tributaria.
El documento resume las deducciones especiales de la tercera categoría según la ley de impuestos de Uruguay. Explica deducciones como gastos inherentes al giro del negocio, previsión para créditos incobrables, gastos de organización, provisiones de compañías de seguros, y límites en deducciones como honorarios a directores.
Un poco de historia: la primera presentación de las reformas fiscales que impulsó, tras su elección, el gobierno del presidente Mauricio Funes. Notarán varios cambios en comparación con lo que finalmente se aprobó y aplicó
La aplicación del control fiscal a la empresa Carbones Caroni, C.A. determinó que reportó una base gravable inferior a la real, lo que generó un pago de Impuesto sobre la Renta inferior. Específicamente, la base gravable reportada fue Bs. 156,808,208, mientras que la base gravable real fue Bs. 321,474,600, lo que representa una diferencia no pagada de Bs. 164,666,392 y por lo tanto una diferencia en el Impuesto sobre la Renta causado.
Clasificacion de renta 2016, personas naturales y sucesiones iliqudas.deividfuentes
Este documento resume los cambios en la clasificación tributaria y declaración de renta para personas naturales en Colombia a partir de 2016, introducidos por la ley 1819 de 2016. Se modificaron las categorías de "empleado", "trabajador por cuenta propia" y "otros" y se estableció un sistema de renta por cédulas independientes para trabajo, pensiones, capital, no laborales y dividendos. También se eliminaron el IMAS e IMAN, y se modificaron las tarifas de impuesto a la renta.
Tarea de Derecho Laboral I. diseñada para estudiantes de derecho laboral I de...edwin70
Tarea de Derecho Laboral I. diseñada para estudiantes de derecho laboral I de la facultad multidisciplinaria de la universidad de Es Salvador, con el fin que puedan mostrar sus habilidades y destrezas para analizar y sintetizar cada uno de estos convenios
Protección patrimonial. Personas con discapacidad..pdfJosé María
El objeto de la Ley 41/2003, de 18 de noviembre, de protección patrimonial de las personas con discapacidades es favorecer la aportación a título gratuito de bienes y derechos al patrimonio de las personas con discapacidad y establecer mecanismos adecuados para garantizar la afección de tales bienes y derechos, así como de los frutos, productos y rendimientos de éstos, a la satisfacción de las necesidades
vitales de sus titulares. Tales bienes y derechos constituirán el patrimonio especialmente protegido de las personas con discapacidad.
DILIGENCIAS PRELIMINARES DE CURSO DE ESPCIALIAZCION.pptxRichardDiaz252741
SON PRIMEROS ACTOS DE INVESTIGACIÓN LLEVADOS A CABO POR LA POLICIA NACIONAL , DESPUES DE RECIBIR UNA DENUNCIA O CUANDO REALIZA VERIFICACIONES E INDAGACIONES INVESTIGATIVAS BAJO LA CONDUCCIÓN DEL FISCAL
Tarea de derecho laboral para estudiantes de la univeridad de El Salvadoredwin70
Este texto es para estudiantes de derecho de la facultad multidisciplinaria oriental de la universidad de El Salvador. El objetivo consiste en eavlauar su aprendizaje
2. RENTA EMPRESARIAL
Se denomina Renta de empresas o rentas de
tercera categoría a la ganancia más
contingencias obtenida por las diversas
empresas en Reg. Gral. o Remype:
SAA – SAC – SRL – Sociedades de auditoria –
EIRL - PN con negocio (no RER, no RUS)
Dicha ganancia más contingencias es la que
esta afecta al Impuesto a la Renta
3. IMPUESTO A LA RENTA
Tercera categoría
Es el gravamen que impone el estado a las
ganancias empresariales aplicando la tasa
anual de 29.50% desde el 2017 en adelante
Ejemplo:
89 Determinación del Resultado
del ejercicio …..………………………. 600,000
88 Imp. Renta 29.5%……………………. ¿ …… ?
4. Normas Legales
TUO de Ley del Imp. Renta: D.S. Nº 179-2004-EF y
normas modificatorias.
Reglamento de la Ley del Imp. Renta: D.S. Nº 122-
94-EF y normas modificatorias.
TUO de la Ley Nº 28194
D.S. Nº 150-2007-EF y normas modificatorias.
Reglamento de la Ley Nº 28194
D.S. Nº 047-2004-EF y normas modificatoria.
Dec. Leg. 1425 (rige desde el 01.01.2019)
5. PRINCIPIO DE CAUSALIDAD – Art. 37
“Son deducibles los gastos necesarios para producir y
mantener la fuente productora de renta, así como los
gastos vinculados con la generación de ganancias de
capital, en tanto la deducción no esté expresamente
prohibida por Ley “
“Para efecto de determinar que los gastos sean necesarios
para producir y mantener la fuente, estos deberán ser
normales para la actividad que genera la renta gravada, así
como cumplir con criterios tales como razonabilidad en
relación con los ingresos del contribuyente, generalidad
para los gastos a que se refieren los incisos l), ll) y a.2) de
este artículo, entre otros” (37º último párrafo).
6. ARTÍCULO 44 DE LA LIR
Gastos No Deducibles
Ej: Gastos ajenos a la empresa o
prohibidos por ley
Gastos personales (y familiares) (se
considera dividendo presunto del dueño)
Multas del Sector Público e intereses de
AFP (no tienen causalidad)
Donaciones al sector privado
Provisiones ilegales (por extorsiones)
7. GASTOS NO DEDUCIBLES
Amortizaciones intangibles de vida ilimitada
Gastos en CP que no reúnen características
mínimas. Ej: 21 ctms. ancho y 14 ctms alto
(según art. 9 Reglamento CP)
IGV en retiro de bienes (si el retiro es usual y
general, es deducible)
Depreciación de revaluación voluntaria
Gastos de ejercicio anterior (en el presente
ejercicio si es deducible)
9. 1.- INTERESES
- De los gastos originados por la constitución,
renovación o cancelación de deudas siempre
que hayan sido contraídas:
I.- Para adquirir bienes o servicios vinculados
con la obtención o producción de rentas
gravadas en el país o,
II.- Para mantener su fuente productora.
10. INTERESES
Inciso a) del art. 37
- Sólo son deducibles los intereses en la parte que
excedan el monto de los ingresos por intereses
exonerados e inafectos.
• RTF No. 06619-4-2002: Gastos financieros
vinculados con dividendos (deducible con limite)
• RTF No. 04757-2-2005: Gastos financieros
vinculados a la adquisición de acciones
(deducible).
11. INTERESES
La empresa ha obtenido:
Gastos por intereses comerciales …… 15,000
Gastos por intereses de fracc.
Art. 36º del Código Tributario ………. 10,000
Intereses exonerados percibidos ….. 8,000
12. ADICIÓN POR INTERESES
El inciso a) del artículo 37º establece que
solo serán deducibles los intereses gastados
en la parte en que excedan el monto de los
ingresos por intereses exonerados.
Cta. 67 ……………………………... S/ 15,000
Cta. 77 ……………………………… (8,000)
Exceso deducible ……………….. 7,000
Interés reparable ………………. S/ 8,000
OBS.- Los intereses exonerados (8,000) se
muestran en el rubro ”Deducciones, al no
constituir ingreso gravado para efectos del
IR.
* Interés de fraccionamiento es deducible al
100%
S/ 8,000
DIFERENCIA
PERMANENT
13. 2.- Perdida extraordinaria (37º,d)
Sufridas por caso fortuito (Hechos de la
naturaleza) o fuerza mayor (Hechos humanos)
en bienes productores de renta gravada
Por delitos (robo) cometidos en perjuicio del
contribuyente por terceros, en la parte que dichas
pérdidas no resulten cubiertas con
indemnizaciones o seguros y siempre que se
pruebe judicialmente el delito o se acredite que es
inútil ejercer la acción judicial.
14. Perdida extraordinaria
INFORME N° 053-2012-SUNAT/4B0000:
Se deducirán en el ejercicio en que se devenguen, para lo
cual se deberá tener en cuenta:
i.- Cuándo ocurre el evento de caso fortuito o fuerza mayor
ii.- Cuándo se ha probado judicialmente el hecho delictuoso
(sentencia de juez) o se ha acreditado la imposibilidad de
ejercer la acción judicial correspondiente. (se requiere el
archivo del caso por parte de la fiscalía, esto se da
cuando el autor o autores del hecho delictivo no han sido
identificados.
15. Perdida extraordinaria
RTF N° 13133-3-2009:
No es amparable lo afirmado por el recurrente en
el sentido que al no haber sido reconocida la
pérdida por la compañía de seguros, dicha
circunstancia le permitía reconocer el efecto
tributario del siniestro, puesto que en todo caso el
requisito contemplado en la norma del Impuesto a
la Renta, debe ser cumplido de manera conjunta
con el de la probanza judicial o la inutilidad de su
ejercicio.
16. Merma
Pérdida física (pérdida cuantitativa)
en el volumen/peso/cantidad.
Causa inherente a su naturaleza o al
proceso productivo y se prueba con
informe técnico (metodología y
pruebas)
17. Mermas durante la producción:
Contablemente las mermas consideradas
como perdidas “normales o inevitables”
(corte de vidrio, corte de tela) se integran al
costo del bien, mientras que las “anormales
o evitables” (derrame, evaporación) se
registran como un gasto.
Las mermas “anormales” que se generan
fuera del proceso productivo también se
registran como un gasto
18. Desmedro
Pérdida cualitativa e irrecuperable,
que las vuelve inutilizables para los fines
a los que estaban destinados.
Se prueba con Acta Notarial /
Constatación de destrucción
(comunicación previa 6 días hábiles)
19. PÉRDIDAS EXTRAORDINARIAS
La empresa ha considerado como gasto la
suma de S/ 9,000 como consecuencia del
robo de mercaderías acreditado con la
denuncia policial respectiva.
Al 31 de diciembre, la investigación
continuaba en trámite y aún no se había
podido identificar a los autores del delito.
20. ADICIÓN POR PÉRDIDAS EXTRAORDINARIA
El inciso d) del art. 37º de la LIR establece que
son deducibles las pérdidas extraordinarias
sufridas por caso fortuito o fuerza mayor en los
bienes productores de renta gravada o por
delitos cometidos en perjuicio del contribuyente
por sus dependientes o terceros en la parte que
tales pérdidas no resulten cubiertas por seguros
o indemnizaciones y siempre que se haya
probado judicialmente el hecho delictuoso (tener
sentencia que reuna la calidad de cosa juzgada)
o que se acredite que es inútil ejercitar la acción
judicial
la denuncia policial por si sola no es suficiente
para acreditar la perdida extraordinaria.
En el presente caso no se ha cumplido con los
requisitos para su deducibilidad.
S/ 9,000
DIFERENCIA
TEMPORAL
21. 3.- GASTOS RECREATIVOS
Los gastos recreativos a favor del personal
(agasajos y obsequios) comprenden los
eventos o cualquier otra reunión de
distracción a favor de los trabajadores.
(principio de generalidad)
Ej: celebraciones por día de la madre, del
padre, secretaria, aniversario de la
empresa, fiestas patrias, fiestas navideñas,
onomástico de los trabajadores, eventos
deportivos, paseos, etc y que estén
acreditados. Deducible al 0.5% IN. (el CF
para el IGV aceptado hasta el 0.5% de IN)
22. GASTOS RECREATIVOS
Obsequios en canasta y víveres se
considera renta de quinta categoría.
(Inciso l) del artículo 37º ley IR.) el IGV
no es costo, ni gasto, ni CF …. Es Dif.
Permanente
Ej: Se efectuó gastos recreativos a favor
del personal de la empresa por S/ 66,900.
Los ingresos netos del ejercicio fueron de
S/ 10’000,000.
24. 4.- GASTOS DE REPRESENTACION
-Los gastos destinados a presentar una
imagen (fuera de sus oficinas o locales, o al
interior de sus locales) que le permita
presentar una mejor imagen, mantener o
mejorar su posición de mercado, incluidos
los obsequios y agasajos a clientes (Ej:
entrega agendas), además indicar motivo y
cliente. (El IGV del exceso del 0.5% no es
CF, se repara)
-Ej: Los gastos de representación fueron
115,000 y los ingresos Brutos del año
fueron 10’000,000
26. 5.- COBRANZA DUDOSA - Provisiones - ((37º,i - 21º,f)
1. Se debe determinar la cuenta a la que pertenecen,
2. Para provisionar la deuda debe estar vencida y acreditar
cualquiera de las tres opciones siguientes:
a.- Demostrar la dificultad financiera del deudor (libros,
reportes del banco)
b.- Demostrar la morosidad del deudor (gestiones de cobro,
protesto de documentos, inicio de proceso judicial)
c.- Que hayan transcurrido más de 12 meses de vencida la
obligación).
3. La provisión al cierre del ejercicio debe figurar discriminada
en LIBROS.
27. Cobranza Dudosa (no deducible):
Deudas contraídas con partes vinculadas (titularidad
del acreedor o deudor; art. 24º Reglamento)
- Deudas afianzadas por Entidades del sector
financiero garantizadas en derechos reales, depósitos
dinerarios o Compra Venta con reserva de propiedad
- Deudas con renovación o prórroga expresa (se
incluye al refinanciamiento, reestructuración o
cualquier facilidad de pago y las deudas vencidas
cuando el mismo acreedor conceda nuevos créditos).
- Vencido el nuevo plazo podrán ser provisionadas.
28. Castigo de las deudas incobrables
Requisitos
1. Necesariamente provisionada,
2. Ejercicio de acciones judiciales a fin de establecer
la imposibilidad de cobranza (con sentencia de Juez),
salvo que se demuestre la inutilidad de las mismas o
que la deuda sea menor a 3 UIT.
3. En el caso de castigos a cargo de domiciliados
condonados vía transacción, debe emitirse nota de
abono en favor del deudor, el cual considerará dicho
monto como ingreso.
29. 5.- PROVISIÓN DE COBRANZA DUDOSA
La empresa ha efectuado la provisión de cuentas
de cobranza dudosa por la deuda de un
accionista por S/ 132,000 la cual fue cargada a
gastos.
Cabe indicar que la empresa ha cumplido con
protestar la letra y con discriminar la provisión en
el Libro de Inventario y Balances.
Se sabe además que dicho accionista tiene el
40% de las acciones de la empresa.
30. ADICIÓN – PROVISIÓN DE COBRANZA DUDOSA
El inciso i) del articulo 37º de la LIR señala que
no se reconoce el carácter de deuda
incobrable a:
(i) Las deudas contraídas entre sí por partes
vinculadas.
(ii) Las deudas afianzadas por empresas del
sistema financiero y bancario, garantizadas
mediante derechos reales de garantía,
depósitos dinerarios o compra venta con
reserva de propiedad.
(iii) Las deudas que hayan sido objeto de
renovación o prórroga expresa.
En este caso el accionista es vinculado con
la empresa por lo cual la provisión por
cobranza dudosa no es aceptada tributaria
S/ 132,000
DIFERENCIA
PERMANENTE
31. 6.- BANCARIZACIÓN
En el mes de octubre la empresa incurrió
en gastos de mantenimiento y publicidad
por montos de S/ 8,000 y S/ 4,000
respectivamente. El pago de estos gastos
se realizó en efectivo sin utilizar los
medios de pago bancarios.
32. ADICIÓN – BANCARIZACIÓN
El artículo 8º de la Ley Nº 28194
establece que para efectos tributarios,
los pagos que se efectúen sin utilizar
Medios de Pago bancarios (por pagos
mayores a S/. 3,500 o mayores a US $
1,000) no darán derecho a deducir
gastos, costos o créditos; a efectuar
compensaciones ni a solicitar
devoluciones de tributos, saldos a
favor, reintegros tributarios,
recuperación anticipada, restitución de
derechos arancelarios.
Por lo tanto ambos gastos no son
deducibles
S/ 12,000
DIFERENCIA
PERMANENTE
33. 7.- GASTOS DE EJERCICIOS ANTERIORES
En el mes de enero del año que se
declara la empresa contabilizó gastos
por servicios informáticos por la suma
de S/ 4,000 sustentados en
comprobantes de pago cuya fecha de
emisión correspondía al mes de
diciembre del año anterior, pero que
fueron recibidos en el mes de enero
del año que se declara.
34. ADICIÓN – GASTOS DE EJERCICIOS ANTERIORES
El artículo 57º de la LIR establece
que ningún gasto de ejercicio
anterior es deducible, los gastos
deben imputarse al ejercicio que
corresponden, en base al Principio
del Devengado.
En este caso, los servicios
informáticos corresponden al año
anterior y no al año que se
declara, por lo que deben
adicionarse.
S/ 4,000
DIFERENCIA
PERMANENTE
35. ACTIVOS FIJOS TANGIBLES, PRINCIPIO DE
RECONOCIMIENTO - NIC 16
Un bien se reconocerá como activo cuando:
a) Sea probable que la entidad obtenga los
beneficios económicos futuros derivados
del activo. Los bienes que se adquieren y
que tengan un beneficio mayor en el tiempo
deben ser activados.
b) El costo del activo para la entidad pueda
ser valorado con fiabilidad.
c.- El literal e) del artículo 44º de la Ley precisa
que las sumas invertidas en la adquisición de
bienes o costos posteriores incorporados al
bien se deben activar. Reemplazo de partes.
se activa y se da de baja a los sustituidos
36. Excepción y Reconocimiento
Criterio Contable: De acuerdo a Materialidad
Criterio Tributario: El artículo 23° del
Reglamento de la Ley determina que si un
bien considerado como activo fijo es
inferior a un cuarto (¼) de la UIT puede, a
elección del contribuyente considerarlo
como gasto o activarlo, salvo que forme
parte de un conjunto o equipo necesario
para su funcionamiento.
37. BASE PARA LA DEPRECIACION
- La depreciación se calcula sobre el valor de
adquisición o producción de los bienes, más
las mejoras incorporadas con carácter
permanente (Art. 41º TUO LIR), más Gastos
de demolición, Diferencias de cambio y Otros
necesarios para poner el activo en su condición
y ubicación.
Se excluyen intereses
Sólo se admite la depreciación contabilizada
dentro del ejercicio
38. Depreciación
No se admitirá la rectificación de la
depreciación contabilizada en un ejercicio
gravable anterior.
INICIO DE LA DEPRECIACION:
Literal c) Art. 22° Reglamento:
Se computará a partir del mes en que los
bienes sean utilizados.
Según NIC 16, será cuando se encuentre
disponible para su uso y en condiciones
necesarias para su operatividad.
39. 8.- DEPRECIACIÓN
A) La empresa ha depreciado un vehículo
cuyo costo es de S/ 22,000 aplicando la
tasa del 25 % anual (por 12 meses) de
acuerdo a su vida útil.
B) Asimismo la empresa ha aplicado la tasa
de depreciación del 20 % anual a una
maquinaria mezcladora que fue
arrendada a empresa constructora para
uso exclusivo en sus actividades por todo
el ejercicio.
40. Depreciaciones
* Según Porcentaje fijado por el Art. 22 del
reglamento de la ley del IR. (línea recta)
Inmuebles 5%
Yates, veleros y embarcaciones recreo 20%
Avionetas 10%
Ferrocarril 10%
Caballos, perros, ganados 25%
Redes de pesca 25%
Aves 75%
* Según Resolución de Sunat o TF
42. ANÁLISIS - DEPRECIACIÓN
a) La empresa ha depreciado un vehículo
aplicando una tasa mayor a la tasa
aceptada tributariamente.
Valor de Vehículo S/ 22,000
Depreciación Contable (25%) S/ 5,500
Depreciación Máxima (20 %) S/ 4,400
Diferencia no aceptada S/ 1,100
S/ 1,100
DIFERENCIA
TEMPORAL
43. ANÁLISIS - DEPRECIACIÓN
b) En el caso de la depreciación de la maquinaria
mezcladora,. Si bien es cierto que para las
maquinarias la tasa de depreciación es de 10 %,
en este caso la TASA que corresponde es 20%
puesto que fue arrendada exclusivamente para su
uso en la actividad de construcción.
INFORME N° 196-2006-SUNAT/2B000
Tratándose de maquinaria que es arrendada
exclusivamente para su uso en la actividad de
construcción, el propietario de dicha maquinaria,
para los fines de la determinación del Impuesto a
la Renta de su cargo debe aplicar como
porcentaje anual máximo de depreciación el 20%.
S/. 0
---
44. 9.- SANCIONES DEL SECTOR PÚBLICO
La empresa ha cargado a gastos los siguientes
conceptos:
Multas del Ministerio de Trabajo S/ 6,000
Intereses moratorios de deudas
tributarias S/ 1,500
Multas de Transito S/ 500
45. ANÁLISIS - SANCIONES DEL SECTOR PÚBLICO
El inciso c) del artículo 44º de la LIR señala
que no son deducibles las multas, recargos,
intereses moratorios y las sanciones
aplicadas por el Sector Público Nacional.
En tal sentido la Empresa deberá adicionar
los siguientes importes considerados como
gastos:
Multas del MTPS S/ 6,000
Intereses moratorios S/ 1,500
Multas de Transito S/ 500
TOTAL ADICIÓN S/ 8,000
S/ 8,000
DIFERENCIA
PERMANENTE
46. 10.- GASTOS SUSTENTADOS CON BOLETAS DE VENTA
La empresa ha incurrido en gastos sustentados con boletas
venta y tickets:
GASTOS CON B/V MONTO
B/V emitidas por sujetos del R.G. S/ 4,300
B/V emitidas por sujetos del R.E.R. S/ 2,700
B/V emitidas por sujetos del R.U.S. S/ 3,500
Las operaciones anotadas en el Registro de Compras sustentadas
con comprobantes que permiten sustentar costo y/o gasto
ascienden a S/ 9’000,000
47. ANÁLISIS – LÍMITE DE GASTOS SUSTENTADOS CON
BOLETAS DE VENTA
Podrán ser deducibles como gasto o costo
aquellos sustentados con Boletas de Venta o
Tickets, emitidos sólo por contribuyentes que
pertenezcan al Nuevo RUS, hasta el límite del
6% de los montos acreditados mediante
Comprobantes de Pago que otorgan derecho a
deducir gasto o costo y que se encuentren
anotados en el Registro de Compras.
Dicho límite no podrá superar, en el ejercicio
gravable, las 200 UIT.
48. ANÁLISIS – LÍMITE DE GASTOS SUSTENTADOS CON BOLETAS DE VENTA
1º LÍMITE
6% (S/ 9’000,000) = S/ 540,000
2º LÍMITE
200 UIT (3950) = S/. 790,000
El gasto sustentado con B/V emitidas por
sujetos del R.U.S. ascendente a S/ 3,500 será
deducible en su integridad al no superar los
límites establecidos.
ADICIONES
B/V emitidas por sujetos del
R.G. S/ 4,300
B/V emitidas por sujetos del
R.E.R. S/ 2,700
S/ 7,000
DIFERENCIA
PERMANENTE
49. 11.- DEVENGADO TRIBUTARIO – Art. 57 ley IR
Modificado por Dec. Leg. 1425
En octubre se contrato servicio de
mantenimiento de local por 30,000 + IGV,
dicho servicio se ejecuto entre noviembre
y diciembre.
Se pago 50% en noviembre y el saldo se
pagará en enero del siguiente año.
La empresa registro al gasto el 100%
50. ANÁLISIS – DEVENGADO TRIBUTARIO
Art. 57: los gastos se imputan en el
ejercicio gravable en que se produzcan
los hechos sustanciales para su
generación, siempre que la obligación
de pagarlos no este sujeta a una
condición suspensiva.
El gasto se devengará cuando dicho
hecho o evento ocurra, no influye la
oportunidad en que se pague.
Por consiguiente los gastos efectuados
si son deducibles.
S/. 0
----
51. 12.- VIATICOS AL INTERIOR DEL PAÍS
La Emp. ha contabilizado gastos por
viáticos de viajes al Cuzco por S/ 7,654.
El viaje fue realizado por el Gerente de
Comercialización el 02 al 11 de enero (10
días.)
Los gastos por viáticos (alimentación,
alojamiento y movilidad) se encuentran
sustentados con los respectivos
comprobantes de pago.
52. ANÁLISIS – VIATICOS AL INTERIOR DEL PAÍS
La LIR establece que los gastos por
viáticos no podrán exceder de S/
640.00 diario.
CÁLCULO DEL LÍMITE ACEPTADO
Total días: 10 x S/ 640 = S/ 6,400
Contabilizado S/ 7,654
Gasto no deducible = S/ 1,254
S/ 1,254
DIFERENCIA
PERMANENTE
53. 13.- DESVALORIZACIÓN DE EXISTENCIAS
La empresa ha efectuado la provisión por
desvalorización (por desmedro) de sus
existencias por S/ 7,000.
No obstante se conoce que la empresa
efectuará el procedimiento regulado para
la destrucción de dichas existencias en el
siguiente ejercicio.
54. ANÁLISIS – DESVALORIZACIÓN DE EXISTENCIAS
El inciso f) del artículo 44º de la LIR
establece que no son deducibles las
provisiones no admitidas en la LIR.
Por lo tanto este gasto no será
deducible para efectos tributarios.
No obstante, para el siguiente ejercicio
si será un gasto aceptado puesto que
la empresa cumplirá con el
procedimiento para la destrucción de
mercaderías.
S/ 7,000
DIFERENCIA
TEMPORAL
55. DETERMINACIÓN DE LA RENTA NETA Y EL IR
OP. DETALLE S/. DIFERENCIA
UTILIDAD CONTABLE 600,000
ADICIONES
1 INTERESES 8,000 PERMANENTE
2 PÉRDIDA EXTRAORDINARIA 9,000 TEMPORAL
3 GASTOS RECREATIVOS 16,900 PERMANENTE
4 GASTOS DE REPRESENTACION 65,000 PERMANENTE
5 PROVISIÓN DE COBRANZA DUDOSA 132,000 PERMANENTE
6 BANCARIZACIÓN 12,000 PERMANENTE
7 GASTOS DE EJERCICIOS ANTERIORES 4,000 PERMANENTE
8 DEPRECIACIÓN 1,100 TEMPORAL
9 SANCIONES DEL SECTOR PÚBLICO 8,000 PERMANENTE
10 GASTOS SUSTENTADOS CON B/V 7,000 PERMANENTE
12 VIATICOS AL INTERIOR DEL PAIS 1,254 PERMANENTE
13 DESVALORIZACIÓN DE EXISTENCIAS 7,000 TEMPORAL
DEDUCCIONES
1 INTERESES EXONERADOS -8,000 PERMANENTE
RENTA NETA IMPONIBLE 862,254
IMPUESTO A LA RENTA (29.5%) 254,365
56. CONTABILIZACIÓN DEL I.R. – NIC 12
DIFERENCIAS TEMPORALES S/. I.R. (29.5%)
PÉRDIDA EXTRAORDINARIA 9,000 2,655
DEPRECIACIÓN 1,100 325
DESVALORIZACIÓN DE EXISTENCIAS 7,000 2,065
TOTAL 17,100 5,045
88 IMP. RENTA ……………….. 249,320
37 ACT. DIFERIDO ……….….. 5,045
371 IR Diferido
4017 IR Anual .………………….. 254,365