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DERECHOS Y OBLIGACIONES QUE TIENEN LOS PRESTATARIOS DE SERVICIOS DE 
INTERNET 
1. Su nombre o denominación social y datos de contacto: Domicilio, dirección de 
correo electrónico y cualquier otro dato que permita una comunicación directa y 
efectiva, como por ejemplo un teléfono o un número de fax. 
2. Si la empresa está registrada en el Registro Mercantil o cualquier otro registro 
público, deberá señalar también el número de inscripción que le corresponda. 
3. Información sobre el precio de los productos, indicando si incluye o no los 
impuestos aplicables, gastos de envío y cualquier otro dato que deba incluirse 
en cumplimiento de normas autonómicas aplicables. 
4. Cuando los prestadores de servicios empleen dispositivos de almacenamiento y 
recuperación de datos en equipos terminales, informarán a los destinatarios de 
manera clara y completa sobre su utilización y finalidad, ofreciéndoles la 
posibilidad de rechazar el tratamiento de los datos mediante un procedimiento 
sencillo y gratuito. 
5. Informar a sus usuarios sobre los medios técnicos que permitan la protección 
frente a las amenazas de seguridad en Internet (virus informáticos, programas 
espías, spam) y sobre las herramientas para el filtrado de contenidos no 
deseados. 
6. Informar a sus clientes sobre las medidas de seguridad que apliquen en la 
provisión de sus servicios. 
7. Pueden incurrir en responsabilidad si toman una participación activa en su 
elaboración o si, conociendo la ilegalidad de un determinado material, no actúan 
con rapidez para retirarlo o impedir el acceso al mismo.
8. Los proveedores de acceso a Internet deberán también informar a sus clientes 
sobre las posibles responsabilidades en que puedan incurrir por el uso de 
Internet con fines ilícitos. 
9. Las anteriores obligaciones de información se darán por cumplidas si el 
prestador incluye dicha información en su página o sitio principal de Internet. 
10. En el caso en que la actividad que se ejerza precise de una autorización 
administrativa previa, los datos relativos a la misma y los identificativos del 
órgano encargado de su supervisión. 
11. Los prestadores de servicios de intermediación no tienen obligación de 
supervisar los contenidos que alojan, transmiten o clasifican en un directorio de 
enlaces, pero deben colaborar con las autoridades públicas cuando se les 
requiera para interrumpir la prestación de un servicio de la sociedad de la 
información o para retirar un contenido de la Red. 
12. Los prestadores de servicios de intermediación, no son, en principio, 
responsables por los contenidos ajenos que transmiten, alojan o a los que 
facilitan acceso. 
13. Pueden incurrir en responsabilidad si toman una participación activa en su 
elaboración o si, conociendo la ilegalidad de un determinado material, no actúan 
con rapidez para retirarlo o impedir el acceso al mismo. 
14. Lo anterior no impedirá el posible almacenamiento o acceso a datos con el fin de 
efectuar o facilitar técnicamente la transmisión de una comunicación por una red 
de comunicaciones electrónicas o, en la medida que resulte estrictamente 
necesario, para la prestación de un servicio de la sociedad de la información 
expresamente solicitado por el destinatario. 
Ejemplo de los derechos y obligaciones del software Adobe 
Photoshop CS4 
ADOBE
Contrato de licencia de software 
2. Licencia de software. 
Si usted obtuvo el Software de Adobe o de uno de sus licenciatarios autorizados y 
cumple los términos de este contrato, Adobe le garantiza una licencia no exclusiva para
instalar y utilizar el Software con el objeto que se describe en la Documentación y 
según se describe a continuación. Consulte en la Sección 16 las disposiciones 
específicas relacionadas con el uso de ciertos productos y componentes, incluido el 
software de fuente, Acrobat, After Effects, Adobe Presenter, Contribute, Flash Player, 
Version Cue y Adobe Runtimes. 
2.1 Uso general. Puede instalar y utilizar una copia del Software en el Número 
permitido de sus equipos compatibles siempre y cuando, cuando el Software lo 
requiera, presente un número de serie válido para cada copia; y 
2.2 Distribución desde Servidor. Puede copiar una imagen del Software en servidores 
de archivos dentro de su Red interna con la finalidad de descargar e instalar el 
Software en equipos dentro de la misma Red interna para utilizarlo del modo permitido 
según se describe en la Sección 2.1; y 
2.3 Uso en un servidor. Usted podrá instalar el Software en los servidores de archivos 
dentro de su Red interna únicamente para la utilización del Software iniciado por una 
persona desde un Equipo dentro de la misma Red interna del modo permitido según se 
describe en la Sección 2.1. El número total de usuarios (no el número simultáneo de 
usuarios) que pueden utilizar el Software en dicho servidor o servidores no podrá 
exceder el Número Permitido. 
A modo de ejemplo, lo anterior no le permite instalar o acceder (ya sea directamente o 
mediante comandos, datos o instrucciones) al software: (i) desde o a un Equipo que no 
pertenezca a su Red interna, (ii) para permitir servicios primarios (hosted services) de 
Internet o Web, (iii) por cualquier usuario que no tenga licencia para utilizar el Software 
bajo una licencia válida de Adobe, (iv) como parte de un sistema, flujo de trabajo o 
servicio, accesible por más del Número Permitido de usuarios, o (v) para operaciones 
no iniciadas por un usuario particular (por ejemplo, procesamiento de servidores 
automatizados); y 
2.4 Uso en ordenadores portátiles o personales. Sujeto a las principales restricciones 
establecidas en la siguiente Sección 2.5, el usuario principal del Equipo en el que el 
Software está instalado según la Sección 2.1 (“Usuario principal”) puede instalar una
segunda copia del Software para su uso exclusivo en un Equipo portátil o en un Equipo 
ubicado en su casa, siempre y cuando el Software del portátil o del equipo doméstico 
no se utilice al mismo tiempo que el Software del Equipo principal. Usted podrá ser 
requerido para contactar Adobe con el fin de realizar una segunda copia. 
Conclusión 
Existen unas series de derechos y obligaciones que los prestadores de servicios de 
Internet tienen que llevar a cabo así como al ofrecer software a los usuarios tienen que 
dar a conocer para que los usuarios se enteren al momento de su utilización.

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  • 1. DERECHOS Y OBLIGACIONES QUE TIENEN LOS PRESTATARIOS DE SERVICIOS DE INTERNET 1. Su nombre o denominación social y datos de contacto: Domicilio, dirección de correo electrónico y cualquier otro dato que permita una comunicación directa y efectiva, como por ejemplo un teléfono o un número de fax. 2. Si la empresa está registrada en el Registro Mercantil o cualquier otro registro público, deberá señalar también el número de inscripción que le corresponda. 3. Información sobre el precio de los productos, indicando si incluye o no los impuestos aplicables, gastos de envío y cualquier otro dato que deba incluirse en cumplimiento de normas autonómicas aplicables. 4. Cuando los prestadores de servicios empleen dispositivos de almacenamiento y recuperación de datos en equipos terminales, informarán a los destinatarios de manera clara y completa sobre su utilización y finalidad, ofreciéndoles la posibilidad de rechazar el tratamiento de los datos mediante un procedimiento sencillo y gratuito. 5. Informar a sus usuarios sobre los medios técnicos que permitan la protección frente a las amenazas de seguridad en Internet (virus informáticos, programas espías, spam) y sobre las herramientas para el filtrado de contenidos no deseados. 6. Informar a sus clientes sobre las medidas de seguridad que apliquen en la provisión de sus servicios. 7. Pueden incurrir en responsabilidad si toman una participación activa en su elaboración o si, conociendo la ilegalidad de un determinado material, no actúan con rapidez para retirarlo o impedir el acceso al mismo.
  • 2. 8. Los proveedores de acceso a Internet deberán también informar a sus clientes sobre las posibles responsabilidades en que puedan incurrir por el uso de Internet con fines ilícitos. 9. Las anteriores obligaciones de información se darán por cumplidas si el prestador incluye dicha información en su página o sitio principal de Internet. 10. En el caso en que la actividad que se ejerza precise de una autorización administrativa previa, los datos relativos a la misma y los identificativos del órgano encargado de su supervisión. 11. Los prestadores de servicios de intermediación no tienen obligación de supervisar los contenidos que alojan, transmiten o clasifican en un directorio de enlaces, pero deben colaborar con las autoridades públicas cuando se les requiera para interrumpir la prestación de un servicio de la sociedad de la información o para retirar un contenido de la Red. 12. Los prestadores de servicios de intermediación, no son, en principio, responsables por los contenidos ajenos que transmiten, alojan o a los que facilitan acceso. 13. Pueden incurrir en responsabilidad si toman una participación activa en su elaboración o si, conociendo la ilegalidad de un determinado material, no actúan con rapidez para retirarlo o impedir el acceso al mismo. 14. Lo anterior no impedirá el posible almacenamiento o acceso a datos con el fin de efectuar o facilitar técnicamente la transmisión de una comunicación por una red de comunicaciones electrónicas o, en la medida que resulte estrictamente necesario, para la prestación de un servicio de la sociedad de la información expresamente solicitado por el destinatario. Ejemplo de los derechos y obligaciones del software Adobe Photoshop CS4 ADOBE
  • 3. Contrato de licencia de software 2. Licencia de software. Si usted obtuvo el Software de Adobe o de uno de sus licenciatarios autorizados y cumple los términos de este contrato, Adobe le garantiza una licencia no exclusiva para
  • 4. instalar y utilizar el Software con el objeto que se describe en la Documentación y según se describe a continuación. Consulte en la Sección 16 las disposiciones específicas relacionadas con el uso de ciertos productos y componentes, incluido el software de fuente, Acrobat, After Effects, Adobe Presenter, Contribute, Flash Player, Version Cue y Adobe Runtimes. 2.1 Uso general. Puede instalar y utilizar una copia del Software en el Número permitido de sus equipos compatibles siempre y cuando, cuando el Software lo requiera, presente un número de serie válido para cada copia; y 2.2 Distribución desde Servidor. Puede copiar una imagen del Software en servidores de archivos dentro de su Red interna con la finalidad de descargar e instalar el Software en equipos dentro de la misma Red interna para utilizarlo del modo permitido según se describe en la Sección 2.1; y 2.3 Uso en un servidor. Usted podrá instalar el Software en los servidores de archivos dentro de su Red interna únicamente para la utilización del Software iniciado por una persona desde un Equipo dentro de la misma Red interna del modo permitido según se describe en la Sección 2.1. El número total de usuarios (no el número simultáneo de usuarios) que pueden utilizar el Software en dicho servidor o servidores no podrá exceder el Número Permitido. A modo de ejemplo, lo anterior no le permite instalar o acceder (ya sea directamente o mediante comandos, datos o instrucciones) al software: (i) desde o a un Equipo que no pertenezca a su Red interna, (ii) para permitir servicios primarios (hosted services) de Internet o Web, (iii) por cualquier usuario que no tenga licencia para utilizar el Software bajo una licencia válida de Adobe, (iv) como parte de un sistema, flujo de trabajo o servicio, accesible por más del Número Permitido de usuarios, o (v) para operaciones no iniciadas por un usuario particular (por ejemplo, procesamiento de servidores automatizados); y 2.4 Uso en ordenadores portátiles o personales. Sujeto a las principales restricciones establecidas en la siguiente Sección 2.5, el usuario principal del Equipo en el que el Software está instalado según la Sección 2.1 (“Usuario principal”) puede instalar una
  • 5. segunda copia del Software para su uso exclusivo en un Equipo portátil o en un Equipo ubicado en su casa, siempre y cuando el Software del portátil o del equipo doméstico no se utilice al mismo tiempo que el Software del Equipo principal. Usted podrá ser requerido para contactar Adobe con el fin de realizar una segunda copia. Conclusión Existen unas series de derechos y obligaciones que los prestadores de servicios de Internet tienen que llevar a cabo así como al ofrecer software a los usuarios tienen que dar a conocer para que los usuarios se enteren al momento de su utilización.