La Superintendencia de Competencia de El Salvador abrió una investigación de 20 días contra Molinos de El Salvador y HARISA por posibles acuerdos para limitar la competencia en la producción de harina de trigo. La SC sospecha que las dos únicas empresas productoras de harina en el país podrían haber adoptado acuerdos para fijar precios, limitar la producción o dividir el mercado. La investigación fue iniciada de oficio y la SC requirió información a las empresas bajo investigación y otros agentes del sector.
1. Comunicado de Prensa C- 15-08
Antiguo Cuscatlán, 13 de mayo de 2008
Acuerdos entre competidores
SC abre a pruebas en caso contra harineras
La Superintendencia de Competencia (SC) de El Salvador abrió a pruebas, por un plazo
de 20 días hábiles, contados a partir del siguiente al de la notificación respectiva, en el
procedimiento administrativo sancionador iniciado de oficio contra Molinos de El
Salvador, S.A. de C.V., (MOLSA) y HARISA, S.A. de C.V., (HARISA); dicho plazo vence el
6 de junio de 2008.
El 8 de mayo de 2008, la SC abrió a pruebas el procedimiento administrativo sancionador
iniciado de oficio contra MOLSA y HARISA, por un plazo de 20 días hábiles, y requirió a los
agentes económicos investigados y a otros agentes vinculados al sector, información y
documentación relevante para el caso.
La SC, con base a su facultad oficiosa para investigar la posible existencia de una práctica
anticompetitiva, ha iniciado una investigación en contra MOLSA y HARISA: los dos únicos
agentes económicos que producen harina de trigo, los cuales podrían haber adoptado un
acuerdo para limitar la competencia.
El Art. 25 de la Ley de Competencia prohíbe las prácticas anticompetitivas, realizadas entre
competidores las cuales, entre otras, adopten las siguientes modalidades:
a) Establecer acuerdos para fijar precios u otras condiciones de compra o venta bajo cualquier forma;
b) Fijación o limitación de cantidades de producción;
d) División del mercado, ya sea por territorio, por volumen de ventas o compras, por tipo de
productos, venidos, por clientes o vendedores, o por cualquier otro medio.
Antecedentes:
1 abril 2008 La SC ordenó, de manera oficiosa, la instrucción del proceso sancionador contra MOLSA y
HARISA.
2 abril 2008 La SC solicita a Jueces competentes la respectiva orden judicial para registrar con
prevención de allanamiento las instalaciones de MOLSA y HARISA.
3 abril 2008 La SC obtiene las respectivas órdenes para registrar los establecimientos de MOLSA Y
HARISA.
3 abril 2008 Después de haber notificado el auto de instrucción formal, la SC realiza los registros
correspondientes con la colaboración de los agentes económicos.
5 mayo 2008 MOLSA y HARISA presentan los alegatos de defensa.
8 mayo 2008 La SC previene a MOLSA que acredite personería, abre a pruebas el procedimiento
sancionador por el plazo de 20 días hábiles y requiere información de los agentes
investigados y otros vinculados al sector.
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