2. Acuerdos mundiales de RSE
Más allá de las obligaciones legales, la
RSE pide el compromiso de las
personas y las empresas;
Este compromiso debe traducirse en
efectos internos y externos,
Que deben poder auditarse de manera
imparcial.
Los compromisos se refieren a las
relaciones constitutivas de la empresa
(stakeholders).
3.
4. Foro de Davos de 1973 propuso un “Código
de comportamiento ético para la gestión de
empresas”, que considera que su función es
“servir a los consumidores, a los
trabajadores, al capital y a la sociedad”, para
lograr “el equilibrio de sus antagónicos
intereses.
Ha seguido trabajando en este asunto,
incluso en este año.
5. MESA REDONDA DE CAUX: aspira a expresar una
norma mundial para "medir" la conducta de las
empresas: se pretende establecer un procedimiento
que identifique valores compartidos, que reconcilie
valores no compartidos, y que desarrolle,
consecuentemente, una común interpretación de
conducta empresarial aceptada y respetada por
todos.
Estos principios están basados en dos ideales éticos
fundamentales: el "kyosei" y la dignidad humana. El
concepto japonés de "kyosei" significa vivir y trabajar
juntos para el bien común, permitiendo que la
cooperación y la prosperidad mutuas coexistan con
una competencia justa y saludable. Por "dignidad
humana" entendemos, en este contexto, el supremo
valor de la persona como fin, y no como medio para la
consecución de los objetivos de otros, incluso los de
la mayoría.
6. Sus principios implican:
Extender la responsabilidad de las empresas,
más allá de los accionistas, hacia todas las
personas involucradas en los negocios;
orientar el impacto social y económico de las
empresas hacia la innovación, la justicia y
una comunidad mundial; la conducta de las
empresas, más allá de la letra de la ley, hacia
un espíritu de confianza; respeto por las
reglas; apoyo al comercio multilateral;
respeto por el medio ambiente; prevención
de operaciones ilícitas
7. La Declaración Interconfesional para la
Construcción de Códigos de Ética en los Negocios
Internacionales. Propuso estos valores: justicia
entendida como conducta justa y juego limpio en el
uso de la autoridad; respeto mutuo en el sentido de
la regla de oro de las religiones: “ama a tu prójimo
como a tí mismo”, que fue traducida al contexto
empresarial como “el interés propio debe tener en
cuenta el interés de los demás”; tutela, en el sentido
de cuidado y uso adecuado de la naturaleza, de la
cual los seres humanos no son sino administradores;
y honestidad en el pensamiento, la palabra y la
acción.
8. OCDE
Enuncian principios y normas voluntarias para una
conducta empresarial responsable.
Buscan garantizar que las actividades de esas
empresas se desarrollen en armonía con las políticas
públicas, fortalecer la base de confianza mutua entre
las empresas y las sociedades en las que desarrollan
su actividad, contribuir a mejorar el clima para la
inversión extranjera y potenciar la contribución de las
empresas multinacionales al desarrollo sostenible.
Las Directrices forman parte de la Declaración de la
OCDE sobre Inversión Internacional y Empresas
Multinacionales.
9. El objetivo de las Directrices no es introducir
diferencias de tratamiento entre las empresas
multinacionales y empresas nacionales; reflejan
prácticas recomendables para todas ellas. En
consecuencia, se espera de las empresas
multinacionales y nacionales que tengan la misma
conducta en todos los casos en los que sean
aplicables las Directrices a unas y a otras.
Aunque se reconozca que las pequeñas y medianas
empresas no disponen de los mismos medios que
las grandes empresas, los gobiernos que han
suscrito las Directrices les animan, no obstante, a
cumplir, en tan amplia medida como sea posible, las
recomendaciones contenidas en las Directrices
10. Principios generales
Las empresas deberán tener plenamente en cuenta
las políticas fijadas por los países en que ejercen su
actividad y tener en consideración las opiniones de
los demás terceros interesados. Deberán:
1. Contribuir al progreso económico, social y
medioambiental con vistas a lograr un desarrollo
sostenible.
2. Respetar los derechos humanos de las personas
afectadas por sus actividades de conformidad con
las obligaciones y compromisos internacionales del
gobierno de acogida.
11. 3. Estimular la generación de capacidades locales
mediante una cooperación estrecha con la
comunidad local, incluidos los sectores
empresariales locales, desarrollando al mismo
tiempo las actividades de la empresa en los
mercados interiores y exteriores de una manera
compatible con la necesidad de prácticas
comerciales saludables.
4. Fomentar la formación del capital humano,
particularmente mediante la creación de
oportunidades de empleo y el ofrecimiento de
formación a los empleados.
5. Abstenerse de buscar o de aceptar exenciones no
contempladas en el marco legal o reglamentario
relacionadas con el medioambiente, la salud, la
seguridad e higiene, el trabajo, la fiscalidad, los
incentivos financieros u otras cuestiones varias.
12. 6. Apoyar y defender unos correctos principios de
gobierno empresarial y desarrollar y aplicar unas
buenas prácticas de gobierno empresarial.
7. Desarrollar y aplicar prácticas autodisciplinarias y
sistemas de gestión eficaces que promuevan una
relación de confianza recíproca entre las empresas y
las sociedades en las que ejercen su actividad.
8. Promover el conocimiento por los empleados de
las políticas empresariales y su conformidad con
ellas, mediante una difusión adecuada de las
mismas, incluso a través de programas de formación.
13. 9. Abstenerse de tomar medidas discriminatorias o
disciplinarias contra los trabajadores que elaboren,
de buena fe, informes para la dirección o, en su
caso, para las autoridades públicas competentes
acerca de prácticas contrarias a la ley, a las
Directrices o a las políticas de la empresa.
10. Alentar, cuando sea factible, a los socios
empresariales, incluidos proveedores y
subcontratistas,
para que apliquen principios de conducta empresarial
compatibles con las Directrices.
11. Abstenerse de cualquier ingerencia indebida en
actividades políticas locales.
14. NACIONES UNIDAS: PACTO MUNDIAL.
Kofi Annan, Secretario General de las Naciones
Unidas, propuso por primera vez la idea de un Pacto
Mundial en su alocución ante el Foro Económico
Mundial el 31 de enero de 1999
Es un espacio para que las empresas y otros
sectores sociales traten de resolver sus diferencias
mediante acciones voluntarias, en particular referidas
a los aspectos laborales, ambientales y de derechos
humanos
Se basa en nueve principios universales que han de
regir la acción de las empresas
15. El Pacto Mundial intenta promover el civismo
empresarial responsable a fin de que el mundo de
los negocios pase a formar parte de la solución de
los retos de la mundialización. Se busca que las
empresas contribuyan a a hacer realidad una
economía mundial más sostenible e incluyente.
El Pacto Mundial es una iniciativa voluntaria de
civismo empresarial con dos objetivos
complementarios:
• Integrar el Pacto Mundial y sus principios en las
actividades y las estrategias de las empresas;
• Facilitar la cooperación entre los principales
interesados y promover asociaciones destinadas a
apoyar los objetivos de las Naciones Unidas
16. No es un instrumento regulador, pues no vigila, ni
impone, ni evalúa la conducta o las acciones de las
empresas. Se apoya en la responsabilidad ante el
público, en la transparencia y en el interés de las
empresas, de los trabajadores y de la sociedad civil,
para poner en marcha acciones sustantivas
comunes.
Es una red cuyo núcleo está formado por la Oficina
del Pacto Mundial y por cuatro organismos de las
Naciones Unidas: la Oficina del Alto Comisionado
para los Derechos Humanos, la Organización
Internacional del Trabajo, el Programa de las
Naciones Unidas para el Desarrollo y el Programa de
las Naciones Unidas para el Medio Ambiente
17. Los nueve principios universales del Pacto Mundial en
materia de derechos humanos, trabajo y medio
ambiente se derivan de:
La Declaración Universal de Derechos Humanos;
La Declaración de Principios de la Organización
Internacional del Trabajo relativa a los derechos
fundamentales en el trabajo;
La Declaración de Río sobre el Medio Ambiente y el
Desarrollo.
18. Derechos Humanos
Principio No. 1: Las empresas deben apoyar
y respetar la protección de los derechos
humanos reconocidos internacionalmente
dentro de su esfera de influencia; y
Principio No. 2: Deben asegurarse de no
actuar como cómplices de violaciones de los
derechos humanos.
19. Medio Ambiente
Principio No. 7: Las empresas deben apoyar
un criterio de precaución respecto de los
problemas ambientales;
Principio No. 8: Adoptar iniciativas para
promover una mayor responsabilidad
ambiental; y
Principio No. 9: Fomentar el desarrollo y la
difusión de tecnologías ecológicamente
racionales.
20. Trabajo
Principio No. 3: Se pide a las empresas que
apoyen la libertad de asociación y el
reconocimiento efectivo del derecho a la
negociación colectiva;
Principio No. 4: Que promuevan la
eliminación de todas las formas de trabajo
forzoso y obligatorio;
Principio No. 5: Que promuevan la abolición
efectiva del trabajo infantil; y
Principio No. 6: Que promuevan la
eliminación de la discriminación en relación
con el empleo y la ocupación.
21. Lucha contra la corrupción
Principio 10
Los negocios deberán actuar en contra de la
corrupción en todas sus formas, incluyendo
la extorsión y el soborno.