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PLATAFORMA ENSENYAMENT PÚBLIC MARINA BAIXA           LA NUCIA CAMINA
http://porlapublica.blogspot.com             http://lanuciacamina.blogspot.com
Reválidas:
                                        Carrera de obstáculos para el alumnado.
     No debatida ni consensuada.
                                        Educación meramente académica.

No imita a los países europeos
con mejores resultados.                                     Exclusión y segregación.

No asegura financiación
para su implantación.
                                 LOMCE                          Elimina la igualdad
                                                                de oportunidades.
                            LEY ORGÁNICA DE MEJORA
                            DE LA CALIDAD EDUCATIVA
Excluye a la comunidad             Modifica la LOE
                                                           Competitividad y
educativa en la toma de                                    especialización de centros
decisiones.                                                según un ranking.

      Infravalora el trabajo del docente     Favorece la concertación
       y convierte al director en gerente.    y la privatización.
1r Anteproyecto: 25 de septiembre 2012
               2n Anteproyecto: 3 de diciembre 2012




Variación: El Preámbulo del segundo anteproyecto elimina las declaraciones
más mercantilistas y polémicas, en un intento de enmascarar las verdaderas
intenciones de la ley. El contenido de la ley sigue siendo el mismo, aunque
suavizando su lenguaje.




Ejemplo de extracto eliminado en el preámbulo del segundo anteproyecto:

“El principal objetivo de esta reforma es mejorar la calidad educativa, partiendo
de la premisa de que la calidad educativa debe medirse en función del “output”
(resultado de los estudiantes), y no del “input” (niveles de inversión, número de
profesores, número de centros, etc.)”
LA LOMCE Y SUS ARTÍCULOS




María Polo Guardiola: Profesora de Secundaria
                      Representante de la Plataforma d’Ensenyament La Nucia Camina
1. EVALUACIONES -TITULACIONES -ITINERARIOS

             LOE                                  LOMCE
Primaria:                           Primaria:

                                    Art.20. Evaluación durante la etapa.
Al finalizar Primaria cada alumno
                                    3. “Los centros docentes realizarán
tiene un informe sobre su
                                    una evaluación individualizada a
aprendizaje, elaborado por sus
                                    todos los alumnos al finalizar el
propios maestros.
                                    segundo o tercer curso de Primaria.”

                                    Art.21.     Evaluación     final   de
                                    Educación Primaria.
                                    1. “Al finalizar el sexto curso de
                                    Primaria, se realizará una evaluación
                                    a todos los alumnos”
                                    3. “Las pruebas serán aplicadas y
                                    calificadas por profesorado externo
                                    al centro.”
                                    4. “El resultado de la evaluación se
                                    expresará      en    niveles:    bajo,
                                    intermedio y alto.”
LOE                               LOMCE
Secundaria:                       Secundaria:

Los alumnos que aprueban          Art.29. Evaluación final de ESO.
cuarto de la ESO obtienen el      1. “Al finalizar el cuarto curso, los
título de Graduado.               alumnos realizarán una evaluación
                                  individualizada por la opción de
                                  enseñanzas académicas o por la de
                                  enseñanzas aplicadas.”
Pueden cursar Bachillerato o un
Ciclo Formativo de Grado Medio.   Art.31. Título de Graduado en ESO
                                  1. “Para obtener el título de
                                  Graduado en ESO, será necesaria la
                                  superación de la evaluación final.”
                                  2. “El título de Graduado en ESO
                                  permitirá el acceso a las enseñanzas
                                  postobligatorias.”
                                  4. “Los alumnos que cursen la ESO y
                                  no obtengan el título recibirán un
                                  certificado de estudios cursados.”
LOE                                 LOMCE
Bachillerato:                       Bachillerato:

Los alumnos que aprueban            Art.36. Evaluación final de Bachillerato
segundo de Bachillerato obtienen    1. “Los alumnos realizarán una
el título de Bachiller.             evaluación individualizada al finalizar
                                    esta etapa.”

Pueden acceder directamente a       Art.37. Título de Bachiller
los ciclos de FP superiores o       1. “Para obtener el título de Bachiller
realizar la PAU para estudiar una   será necesaria la superación de la
carrera universitaria.              evaluación final.”
                                    2. “El título de Bachiller facultará para
                                    acceder a las enseñanzas de la
                                    educación superior.”
                                    3. “La evaluación positiva en todas las
                                    materias del Bachillerato sin haber
                                    superado la evaluación final dará
                                    derecho a obtener un certificado.”
LOMCE

                                    Acceso a la universidad:

                                    Art.38. Admisión a las enseñanzas
                                    universitarias.
                                    “Las universidades podrán establecer
                                    evaluaciones      específicas     de
                                    conocimientos y/o de competencias
                                    para la admisión del alumnado”




Art.144. Evaluaciones individualizadas
2. “Se podrán establecer otras evaluaciones con fines de diagnóstico.”
FP Básica (actual PCPI)

   Art.41. Condiciones de acceso
   “1. a) Tener cumplidos 15 años, o cumplirlos, y no superar los 17 años”
   “1. b) Haber cursado el primer ciclo de ESO sin estar en condiciones de
   promocionar a 4º curso, o excepcionalmente haber cursado 2º de la
   ESO”



                                         Título Graduado ESO para FP Básica:
               LOE
PCPI
                                         Art.44. Títulos y convalidaciones
Los alumnos que aprueban los             “Los alumnos que se encuentren en
programas       de     cualificación     posesión de un título Profesional
profesional inicial (PCPI) obtienen      Básico podrán obtener el título de
el Título de Graduado, y pueden          Graduado en ESO por la superación
cursar ciclos de FP medio.               de la evaluación final de ESO”
FP grado medio

 Art.41. Condiciones de acceso
 Art 41.1 “a) Estar en posesión del Graduado en ESO por la opción de
 enseñanzas aplicadas.
 b) Estar en posesión de un título Profesional Básico y haber superado un
 procedimiento de admisión.
 c) Haber superado un curso de formación específico para el acceso a
 grado medio en centros públicos o privados”

 “Siempre que la oferta de plazas en ciclos formativos de grado medio
 supere la demanda, el centro docente podrá establecer una prueba
 específica de admisión”


FP grado superior

Art.41. Condiciones de acceso

“3. a) Ser admitido por el centro de Formación Profesional tras la superación
de un procedimiento de admisión, y estar en posesión del título de Bachiller, de
un título de FP grado medio, o certificado de bachiller.”
Pruebas extraordinarias para enseñanzas postobligatorias

Art.69.4.
“Las Administraciones educativas, organizarán periódicamente pruebas
para obtener el Título de Bachiller y Formación Profesional de acuerdo
con los artículos 37 y 43. Para presentarse a las pruebas para la
obtención del título de Bachiller se requiere tener veinte años; dieciocho
para el Título de Técnico y para el título Profesional Básico, y veinte
para el de Técnico Superior.”
LOMCE
2. PUBLICACIÓN DE LAS EVALUACIONES

               LOE                                   LOMCE
Art. 140. Finalidad evaluación         Art.119.
2. “Los resultados de las              3.“Las administraciones educativas
evaluaciones       del      sistema    publicarán los resultados obtenidos por
educativo,     no     podrán     ser   los centros docentes.”
utilizados    para     valoraciones
individuales de los alumnos o para     Art.122. Acciones destinadas a
establecer clasificaciones de los      fomentar la calidad de los centros
centros.”                              “Se promoverán las acciones destinadas
                                       a fomentar la calidad de los centros
 Artículo suprimido en la LOMCE        docentes.        Dichas        acciones
                                       comprenderán medidas honoríficas
                                       tendentes al reconocimiento de los
                                       centros.”
3. MATERIAS-CURRÍCULO

                          PRIMARIA (Art.18)




• Desaparición de Conocimiento del Medio y sustitución por Ciencias de la
Naturaleza y Ciencias Sociales.

• Desaparición de Educación para la Ciudadanía.

• Asignatura obligada a elegir: Religión o Valores Culturales y Sociales.

• Eliminación de Educación Artística como materia obligatoria. Se convierte
en materia a elegir junto con Segunda Lengua Extranjera.
1º, 2º, 3º ESO (Art.24)



  • Desaparición de Educación para la Ciudadanía.

  • Eliminación de materias obligadas, que pasan a ser optativas, sin obligatoriedad
  de oferta, dependerá del centro educativo:
       Educación plástica (LOE: obligatoria en 1ºESO y 3º ESO)
       Música (LOE: obligatoria en 2º y 3ºESO)
       Tecnología (LOE: obligatoria en 1º y 3ºESO)

  • Eliminación de la asignatura de Informática como optativa de obligada oferta
  en todos los cursos de la ESO.
  • 3ºESO: elegir entre matemáticas aplicadas o académicas

  • Asignatura obligada a elegir: Religión o Valores Culturales y Sociales.


Se suprime art.24.8 de la LOE: “Los centros podrán organizar programas de refuerzo
para aquellos alumnos que lo requieren para poder seguir las enseñanza de la ESO”
4º ESO(Art.25)



 Materias comunes obligatorias:
 • Geografía e Historia
 • Lengua castellana y Literatura
                                               Eliminación de Educación ético-cívica
 • Matemáticas académicas o aplicadas
 • Primera Lengua extranjera
 • Religión o Valores Éticos

 Mínimo una materia optativa, según oferta del centro educativo



      4º Enseñanzas académicas                       4º Enseñanzas aplicadas
Optativas troncales (mín.elección dos):    Optativas troncales (mín. elección dos):
• Biología y Geología                      • Ciencias aplicadas a la actividad
• Economía                                 profesional
• Física y Química                         • Iniciación a la actividad
• Latín                                    emprendedora y empresarial
                                           • Tecnología
Bachillerato (Art.34)



         Modalidades ofertadas según centro educativo:
            LOE                               LOMCE
 • Ciencias y Tecnología                     • Ciencias
 • Humanidades y Ciencias sociales           • Humanidades
 • Artes                                     • Ciencias Sociales
                                             • Artes




Desaparición de materias comunes obligatorias:

• Historia de la Filosofía (LOE: obligatoria en 2º Bat)
• Ciencias del mundo contemporáneo (LOE: obligatoria en 1º Bat)

Mínimo dos materias optativas , según oferta del centro educativo.
                                 Se oferta asignatura de Religión.
Enseñanza de la religión
                   (Disposición adicional segunda)



“4. La asignatura de religión tendrá en Educación Primaria y ESO una carga
horaria media equivalente a la carga horaria media del resto de asignaturas
ofrecidas en el bloque de asignaturas específicas”

                          Se equipará la religión con asignaturas como:
                          1º,2º,3º ESO:                 4º ESO:
                          Cultura Clásica               Cultura científica
                          Educación Plástica y visual   Filosofía
                          Música                        Informática
                          Segunda lengua extranjera
                          Tecnología
                          Bachillerato Religión es materia optativa junto con :
                          Tecnología industrial Historia de la filosofía
                          Anatomía aplicada       Ciencias de la Tierra
                          Análisis musical         Psicología
                          Dibujo Técnico           Dibujo artístico
4. CONSEJO ESCOLAR
                   Art. 127. Competencias del Consejo Escolar.
                          • Pierde su capacidad de decisión.
                          • Únicamente órgano consultivo.



                    LOE                                        LOMCE
“a) Aprobar y evaluar proyectos y normas            “a) Evaluar…
 b) Aprobar y evaluar la programación                b) Evaluar…
general anual                                        i) Informar…”
 i) Fijar las directrices para la colaboración
con las Administraciones locales, otros
centros…”
5. SELECCIÓN Y COMPETENCIAS DEL DIRECTOR
                      Art. 122./ Art. 132/ Art .133/ Art.134
    • Autoridad total sin intervención del Consejo Escolar y claustro.
    • Elección dependiente del gobierno, “a dedo”.


COMPETENCIAS:
Art. 122. “Para la realización de las acciones de calidad, el director del centro
dispondrá de autonomía para adaptar los recursos humanos a las necesidades
de los mismos. A tal efecto, dispondrá de las siguientes facultades:”
a) Establecer requisitos y méritos específicos para los puestos ofertados de
   personal funcionario docente, así como para la ocupación de puestos en
   interinidad.
b) Rechazar, mediante decisión motivada, la incorporación a puestos en
   interinidad de personal docente procedentes de las listas centralizadas.
c) Cuando exista vacante y financiación adecuada y suficiente, proponer de
   forma motivada el nombramiento de profesores que, habiendo trabajado
   en proyectos de calidad, sean necesarios para la continuidad de los
   mismos”

Art. 132: Se traspasan al director todas las competencias del Consejo Escolar establecidas
en la LOE.
SELECCIÓN DEL DIRECTOR:



                             Novedad LOMCE:
                             Art.134 sobre requisitos: “c) Estar en posesión de
                             la certificación acreditativa de haber superado un
                             curso de formación de la función directiva”



Se suprimen artículos LOE:
 Art.133.2 de la LOE: “El proceso de selección del director debe permitir
seleccionar a los candidatos más idóneos profesionalmente y que obtengan el
mayor apoyo de la comunidadd educativa”
Art.135.5 de la LOE: “La selección se realizará considerando, primero, las
candidaturas de profesores del centro, que tendrán preferencia.”
Art.134 de la LOE sobre requisitos del director: “ c) Estar prestando servicio en
un centro público, en alguna de las enseñanzas de las que al centro se opta”
6. RECURSOS Y ESPECIALIZACIÓN DE LOS CENTROS EDUCATIVOS

                              Art. 122. Recursos




 Art. 122.“Las Administraciones educativas podrán asignar mayores dotaciones
 de recursos a determinados centros públicos o privados concertados en razón
 de los proyectos que así lo requieran”
 “ El proyecto de calidad supondrá la especialización de los centros docentes,
 que podrá comprender actuaciones tendentes a la especialización curricular, a
 la excelencia…”
7. SEGREGACIÓN DEL ALUMNADO Y CENTROS CONCERTADOS
                        Art. 84. Admisión de alumnos.


 Art. 84.3. “En ningún caso habrá discriminación por razón de nacimiento, raza,
 sexo, o religión. No constituye discriminación la admisión de alumnos o la
 organización de la enseñanza diferenciada por sexos. En ningún caso podrá
 implicar una desventaja a la hora de suscribir conciertos”
8. DISPOSICIONES ADICIONALES
                 EXPERTOS BILINGÜES Y PLURILINGÜES
                    (Disposición trigésima séptima)



“Para cada curso escolar, las Administraciones educativas podrán
excepcionalmente incorporar expertos como profesores bilingües o plurilingües”
LENGUA CASTELLANA Y LENGUA VEHICULAR DE LA ENSEÑANZA
                 (Disposición trigésima novena)




“a) Las lenguas cooficiales serán ofrecidas de manera proporcional y equilibrada en
el número de horas lectivas.

b) Corresponde a las Administraciones educativas determinar la proporción que
proceda del uso del castellano y la lengua cooficial como lenguas en el sistema
educativo, en atención al estado de normalización lingüística.

d) Mientras no se realice la determinación a que se refiere el párrafo anterior, los
padres o tutores tendrán derecho a escoger la lengua vehicular de la enseñanza
que reciban sus hijos. Cuando no exista oferta docente pública o concertada en la
lengua vehicular elegida en la localidad de residencia de los alumnos, podrán optar
por escolarizar a sus hijos en centros privados, correspondiendo a la administración
educativa sufragar los gastos de escolarización.”
LOMCE
Justificación Reforma según Preámbulo LOMCE:
  Se introducen conceptos de desarrollo personal y social, la igualdad de
  oportunidades, o la importancia de la comunidad educativa en la toma de
  decisiones .          Se contradicen con los artículos de la ley



“El aprendizaje en la escuela debe ir dirigido a formar personas autónomas, críticas,
con pensamiento propio”         Eliminación de asignaturas críticas y artísticas.

“Todos y cada uno de los alumnos serán objeto de atención en una búsqueda de
desarrollo del talento.”     Eliminación de refuerzos, desdobles, ratios...

“La reforma se basa en canalizar a los estudiantes hacia las trayectorias más
adecuadas, a través de la posibilidad de elegir las mejores opciones de
desarrollo personal y profesional.”        Trayectorias impuestas por reválidas.

“Los padres son los primeros responsables de la educación de sus hijos.
 El sistema educativo tiene que contar con la familia y confiar en sus
 decisiones.”        Consejo escolar consultivo, pierde capacidad decisión.
“La finalización de un ciclo económico expansivo, y sus inevitables consecuencias
presupuestarias, no puede ser una coartada para eludir las necesarias reformas
de nuestro sistema educativo”        Reducción recursos económicos y humanos…

“El sistema actual no permite progresar, como ponen en evidencia los resultados
obtenidos en las pruebas de evaluación internacionales como PISA, las elevadas
tasas de abandono escolar, y el reducido número de estudiantes que alcanza la
excelencia.”        Los resultados han mejorado en los últimos años.

“El éxito de las evaluaciones consistirá en conseguir que ningún alumno
encuentre barreras. Cada prueba debe ofrecer opciones y pasarelas, de
manera que nadie que quiera seguir aprendiendo pueda quedar fuera del
sistema”          La Reforma educativa es una carrera de obstáculos.

“La Ley Orgánica de Educación responde a las recomendaciones de la OCDE
basadas en las mejores prácticas de los países con sistemas educativos con mejores
resultados.”        La LOMCE no toma ejemplo de países como Finlandia.
2011: media europea: 14,45%       España: 26,5% (en descenso)

por encima de la media: Islandia, Italia, Reino Unido, Malta, Portugal, Noruega,…
Porcentaje alumnos estudios superiores en España por encima de la media de la UE

media europea: 17,4%
porcentaje en España: 19,8%
evaluaciones reallizadas en 65 países.

Primeros puestos: Educación China, basada en un modelo de disciplina, memorística y
preparación obsesiva para los exámenes. Los estudiantes están carentes de curiosidad
y pensamiento crítico.
Resultados PISA por comunidades y competencias (2006-2009)
ESTA LEY SE ENMARCA EN UNA POLÍTICA EDUCATIVA DE RECORTES


• Reducción del presupuesto destinado a educación.

Año      Total        Sanidad   Educación   Pensiones   Desempleo   Fomento    Deuda
       (mil. mill.)                                                  empleo    pública


2007    291,1         4.200      2.485       91.458      14.471     7.287     15.925
2008    314,5         4.434      2.933       98.012      15.777     7.684     16.609
2009    329,8         4.623      2.988      106.099      19.616     7.584     17.400
2010    350,2         4.635      3.092      108.283      30.975     7.751     23.200
2011    315,6         4.255      2.843      112.216      30.474     7.329     27.400
2012    309,8         3.976      2.271      115.826      28.805     5.765     28.848
2013    319,4         3.852      1.945      121.557      26.994     3.772     38.590

                                2010/2013                                     2007/2013
                                  - 37%                                         + 142%
Presupuesto en Educación vs Bancos 2012
• Aumento financiación estatal en la educación concertada y privada.
• Aumento del número de alumnado en las aulas (masificación).
• Aumento de barracones y cesión de suelo público a centros privados.
• Aumento tasas universitarias.
• Reducción de los programas de refuerzo y atención educativa específica.
• Reducción e impago de becas.
• Reducción de docentes.


  RECORTES LEGALIZADOS MEDIANTE RD 14/2012 del 20 abril
LA EDUCACIÓN NO ES UN GASTO, ES UNA INVERSIÓN




   INVERTIR EN EDUCACIÓN ES INVERTIR EN FUTURO
Silvia Ripoll Mayor: Maestra de primaria
                     Representante de la Plataforma d’Ensenyament Marina Baixa
Alfonso Terol Sánchez: Representante sindical CCOO L´Alacantí-Les Marines-Vinalopó
Lucia Escolano Guarinos: Alumna y Representante de la Asociación de estudiantes IES La Nucia
PLATAFORMA ENSENYAMENT PÚBLIC MARINA BAIXA   LA NUCIA CAMINA
http://porlapublica.blogspot.com
                                             http://lanuciacamina.blogspot.com
MOVILIZACIONES PROVINCIALES Y COMARCALES ENERO 2013 :




       PLATAFORMA ENSENYAMENT PÚBLIC MARINA BAIXA   LA NUCIA CAMINA
       http://porlapublica.blogspot.com
                                                    http://lanuciacamina.blogspot.com

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  • 1. PLATAFORMA ENSENYAMENT PÚBLIC MARINA BAIXA LA NUCIA CAMINA http://porlapublica.blogspot.com http://lanuciacamina.blogspot.com
  • 2. Reválidas: Carrera de obstáculos para el alumnado. No debatida ni consensuada. Educación meramente académica. No imita a los países europeos con mejores resultados. Exclusión y segregación. No asegura financiación para su implantación. LOMCE Elimina la igualdad de oportunidades. LEY ORGÁNICA DE MEJORA DE LA CALIDAD EDUCATIVA Excluye a la comunidad Modifica la LOE Competitividad y educativa en la toma de especialización de centros decisiones. según un ranking. Infravalora el trabajo del docente Favorece la concertación y convierte al director en gerente. y la privatización.
  • 3. 1r Anteproyecto: 25 de septiembre 2012 2n Anteproyecto: 3 de diciembre 2012 Variación: El Preámbulo del segundo anteproyecto elimina las declaraciones más mercantilistas y polémicas, en un intento de enmascarar las verdaderas intenciones de la ley. El contenido de la ley sigue siendo el mismo, aunque suavizando su lenguaje. Ejemplo de extracto eliminado en el preámbulo del segundo anteproyecto: “El principal objetivo de esta reforma es mejorar la calidad educativa, partiendo de la premisa de que la calidad educativa debe medirse en función del “output” (resultado de los estudiantes), y no del “input” (niveles de inversión, número de profesores, número de centros, etc.)”
  • 4. LA LOMCE Y SUS ARTÍCULOS María Polo Guardiola: Profesora de Secundaria Representante de la Plataforma d’Ensenyament La Nucia Camina
  • 5. 1. EVALUACIONES -TITULACIONES -ITINERARIOS LOE LOMCE Primaria: Primaria: Art.20. Evaluación durante la etapa. Al finalizar Primaria cada alumno 3. “Los centros docentes realizarán tiene un informe sobre su una evaluación individualizada a aprendizaje, elaborado por sus todos los alumnos al finalizar el propios maestros. segundo o tercer curso de Primaria.” Art.21. Evaluación final de Educación Primaria. 1. “Al finalizar el sexto curso de Primaria, se realizará una evaluación a todos los alumnos” 3. “Las pruebas serán aplicadas y calificadas por profesorado externo al centro.” 4. “El resultado de la evaluación se expresará en niveles: bajo, intermedio y alto.”
  • 6. LOE LOMCE Secundaria: Secundaria: Los alumnos que aprueban Art.29. Evaluación final de ESO. cuarto de la ESO obtienen el 1. “Al finalizar el cuarto curso, los título de Graduado. alumnos realizarán una evaluación individualizada por la opción de enseñanzas académicas o por la de enseñanzas aplicadas.” Pueden cursar Bachillerato o un Ciclo Formativo de Grado Medio. Art.31. Título de Graduado en ESO 1. “Para obtener el título de Graduado en ESO, será necesaria la superación de la evaluación final.” 2. “El título de Graduado en ESO permitirá el acceso a las enseñanzas postobligatorias.” 4. “Los alumnos que cursen la ESO y no obtengan el título recibirán un certificado de estudios cursados.”
  • 7. LOE LOMCE Bachillerato: Bachillerato: Los alumnos que aprueban Art.36. Evaluación final de Bachillerato segundo de Bachillerato obtienen 1. “Los alumnos realizarán una el título de Bachiller. evaluación individualizada al finalizar esta etapa.” Pueden acceder directamente a Art.37. Título de Bachiller los ciclos de FP superiores o 1. “Para obtener el título de Bachiller realizar la PAU para estudiar una será necesaria la superación de la carrera universitaria. evaluación final.” 2. “El título de Bachiller facultará para acceder a las enseñanzas de la educación superior.” 3. “La evaluación positiva en todas las materias del Bachillerato sin haber superado la evaluación final dará derecho a obtener un certificado.”
  • 8. LOMCE Acceso a la universidad: Art.38. Admisión a las enseñanzas universitarias. “Las universidades podrán establecer evaluaciones específicas de conocimientos y/o de competencias para la admisión del alumnado” Art.144. Evaluaciones individualizadas 2. “Se podrán establecer otras evaluaciones con fines de diagnóstico.”
  • 9. FP Básica (actual PCPI) Art.41. Condiciones de acceso “1. a) Tener cumplidos 15 años, o cumplirlos, y no superar los 17 años” “1. b) Haber cursado el primer ciclo de ESO sin estar en condiciones de promocionar a 4º curso, o excepcionalmente haber cursado 2º de la ESO” Título Graduado ESO para FP Básica: LOE PCPI Art.44. Títulos y convalidaciones Los alumnos que aprueban los “Los alumnos que se encuentren en programas de cualificación posesión de un título Profesional profesional inicial (PCPI) obtienen Básico podrán obtener el título de el Título de Graduado, y pueden Graduado en ESO por la superación cursar ciclos de FP medio. de la evaluación final de ESO”
  • 10. FP grado medio Art.41. Condiciones de acceso Art 41.1 “a) Estar en posesión del Graduado en ESO por la opción de enseñanzas aplicadas. b) Estar en posesión de un título Profesional Básico y haber superado un procedimiento de admisión. c) Haber superado un curso de formación específico para el acceso a grado medio en centros públicos o privados” “Siempre que la oferta de plazas en ciclos formativos de grado medio supere la demanda, el centro docente podrá establecer una prueba específica de admisión” FP grado superior Art.41. Condiciones de acceso “3. a) Ser admitido por el centro de Formación Profesional tras la superación de un procedimiento de admisión, y estar en posesión del título de Bachiller, de un título de FP grado medio, o certificado de bachiller.”
  • 11. Pruebas extraordinarias para enseñanzas postobligatorias Art.69.4. “Las Administraciones educativas, organizarán periódicamente pruebas para obtener el Título de Bachiller y Formación Profesional de acuerdo con los artículos 37 y 43. Para presentarse a las pruebas para la obtención del título de Bachiller se requiere tener veinte años; dieciocho para el Título de Técnico y para el título Profesional Básico, y veinte para el de Técnico Superior.”
  • 12. LOMCE
  • 13.
  • 14.
  • 15. 2. PUBLICACIÓN DE LAS EVALUACIONES LOE LOMCE Art. 140. Finalidad evaluación Art.119. 2. “Los resultados de las 3.“Las administraciones educativas evaluaciones del sistema publicarán los resultados obtenidos por educativo, no podrán ser los centros docentes.” utilizados para valoraciones individuales de los alumnos o para Art.122. Acciones destinadas a establecer clasificaciones de los fomentar la calidad de los centros centros.” “Se promoverán las acciones destinadas a fomentar la calidad de los centros Artículo suprimido en la LOMCE docentes. Dichas acciones comprenderán medidas honoríficas tendentes al reconocimiento de los centros.”
  • 16.
  • 17. 3. MATERIAS-CURRÍCULO PRIMARIA (Art.18) • Desaparición de Conocimiento del Medio y sustitución por Ciencias de la Naturaleza y Ciencias Sociales. • Desaparición de Educación para la Ciudadanía. • Asignatura obligada a elegir: Religión o Valores Culturales y Sociales. • Eliminación de Educación Artística como materia obligatoria. Se convierte en materia a elegir junto con Segunda Lengua Extranjera.
  • 18. 1º, 2º, 3º ESO (Art.24) • Desaparición de Educación para la Ciudadanía. • Eliminación de materias obligadas, que pasan a ser optativas, sin obligatoriedad de oferta, dependerá del centro educativo: Educación plástica (LOE: obligatoria en 1ºESO y 3º ESO) Música (LOE: obligatoria en 2º y 3ºESO) Tecnología (LOE: obligatoria en 1º y 3ºESO) • Eliminación de la asignatura de Informática como optativa de obligada oferta en todos los cursos de la ESO. • 3ºESO: elegir entre matemáticas aplicadas o académicas • Asignatura obligada a elegir: Religión o Valores Culturales y Sociales. Se suprime art.24.8 de la LOE: “Los centros podrán organizar programas de refuerzo para aquellos alumnos que lo requieren para poder seguir las enseñanza de la ESO”
  • 19. 4º ESO(Art.25) Materias comunes obligatorias: • Geografía e Historia • Lengua castellana y Literatura Eliminación de Educación ético-cívica • Matemáticas académicas o aplicadas • Primera Lengua extranjera • Religión o Valores Éticos Mínimo una materia optativa, según oferta del centro educativo 4º Enseñanzas académicas 4º Enseñanzas aplicadas Optativas troncales (mín.elección dos): Optativas troncales (mín. elección dos): • Biología y Geología • Ciencias aplicadas a la actividad • Economía profesional • Física y Química • Iniciación a la actividad • Latín emprendedora y empresarial • Tecnología
  • 20. Bachillerato (Art.34) Modalidades ofertadas según centro educativo: LOE LOMCE • Ciencias y Tecnología • Ciencias • Humanidades y Ciencias sociales • Humanidades • Artes • Ciencias Sociales • Artes Desaparición de materias comunes obligatorias: • Historia de la Filosofía (LOE: obligatoria en 2º Bat) • Ciencias del mundo contemporáneo (LOE: obligatoria en 1º Bat) Mínimo dos materias optativas , según oferta del centro educativo. Se oferta asignatura de Religión.
  • 21. Enseñanza de la religión (Disposición adicional segunda) “4. La asignatura de religión tendrá en Educación Primaria y ESO una carga horaria media equivalente a la carga horaria media del resto de asignaturas ofrecidas en el bloque de asignaturas específicas” Se equipará la religión con asignaturas como: 1º,2º,3º ESO: 4º ESO: Cultura Clásica Cultura científica Educación Plástica y visual Filosofía Música Informática Segunda lengua extranjera Tecnología Bachillerato Religión es materia optativa junto con : Tecnología industrial Historia de la filosofía Anatomía aplicada Ciencias de la Tierra Análisis musical Psicología Dibujo Técnico Dibujo artístico
  • 22.
  • 23. 4. CONSEJO ESCOLAR Art. 127. Competencias del Consejo Escolar. • Pierde su capacidad de decisión. • Únicamente órgano consultivo. LOE LOMCE “a) Aprobar y evaluar proyectos y normas “a) Evaluar… b) Aprobar y evaluar la programación b) Evaluar… general anual i) Informar…” i) Fijar las directrices para la colaboración con las Administraciones locales, otros centros…”
  • 24. 5. SELECCIÓN Y COMPETENCIAS DEL DIRECTOR Art. 122./ Art. 132/ Art .133/ Art.134 • Autoridad total sin intervención del Consejo Escolar y claustro. • Elección dependiente del gobierno, “a dedo”. COMPETENCIAS: Art. 122. “Para la realización de las acciones de calidad, el director del centro dispondrá de autonomía para adaptar los recursos humanos a las necesidades de los mismos. A tal efecto, dispondrá de las siguientes facultades:” a) Establecer requisitos y méritos específicos para los puestos ofertados de personal funcionario docente, así como para la ocupación de puestos en interinidad. b) Rechazar, mediante decisión motivada, la incorporación a puestos en interinidad de personal docente procedentes de las listas centralizadas. c) Cuando exista vacante y financiación adecuada y suficiente, proponer de forma motivada el nombramiento de profesores que, habiendo trabajado en proyectos de calidad, sean necesarios para la continuidad de los mismos” Art. 132: Se traspasan al director todas las competencias del Consejo Escolar establecidas en la LOE.
  • 25. SELECCIÓN DEL DIRECTOR: Novedad LOMCE: Art.134 sobre requisitos: “c) Estar en posesión de la certificación acreditativa de haber superado un curso de formación de la función directiva” Se suprimen artículos LOE: Art.133.2 de la LOE: “El proceso de selección del director debe permitir seleccionar a los candidatos más idóneos profesionalmente y que obtengan el mayor apoyo de la comunidadd educativa” Art.135.5 de la LOE: “La selección se realizará considerando, primero, las candidaturas de profesores del centro, que tendrán preferencia.” Art.134 de la LOE sobre requisitos del director: “ c) Estar prestando servicio en un centro público, en alguna de las enseñanzas de las que al centro se opta”
  • 26. 6. RECURSOS Y ESPECIALIZACIÓN DE LOS CENTROS EDUCATIVOS Art. 122. Recursos Art. 122.“Las Administraciones educativas podrán asignar mayores dotaciones de recursos a determinados centros públicos o privados concertados en razón de los proyectos que así lo requieran” “ El proyecto de calidad supondrá la especialización de los centros docentes, que podrá comprender actuaciones tendentes a la especialización curricular, a la excelencia…”
  • 27. 7. SEGREGACIÓN DEL ALUMNADO Y CENTROS CONCERTADOS Art. 84. Admisión de alumnos. Art. 84.3. “En ningún caso habrá discriminación por razón de nacimiento, raza, sexo, o religión. No constituye discriminación la admisión de alumnos o la organización de la enseñanza diferenciada por sexos. En ningún caso podrá implicar una desventaja a la hora de suscribir conciertos”
  • 28.
  • 29. 8. DISPOSICIONES ADICIONALES EXPERTOS BILINGÜES Y PLURILINGÜES (Disposición trigésima séptima) “Para cada curso escolar, las Administraciones educativas podrán excepcionalmente incorporar expertos como profesores bilingües o plurilingües”
  • 30. LENGUA CASTELLANA Y LENGUA VEHICULAR DE LA ENSEÑANZA (Disposición trigésima novena) “a) Las lenguas cooficiales serán ofrecidas de manera proporcional y equilibrada en el número de horas lectivas. b) Corresponde a las Administraciones educativas determinar la proporción que proceda del uso del castellano y la lengua cooficial como lenguas en el sistema educativo, en atención al estado de normalización lingüística. d) Mientras no se realice la determinación a que se refiere el párrafo anterior, los padres o tutores tendrán derecho a escoger la lengua vehicular de la enseñanza que reciban sus hijos. Cuando no exista oferta docente pública o concertada en la lengua vehicular elegida en la localidad de residencia de los alumnos, podrán optar por escolarizar a sus hijos en centros privados, correspondiendo a la administración educativa sufragar los gastos de escolarización.”
  • 31. LOMCE
  • 32. Justificación Reforma según Preámbulo LOMCE: Se introducen conceptos de desarrollo personal y social, la igualdad de oportunidades, o la importancia de la comunidad educativa en la toma de decisiones . Se contradicen con los artículos de la ley “El aprendizaje en la escuela debe ir dirigido a formar personas autónomas, críticas, con pensamiento propio” Eliminación de asignaturas críticas y artísticas. “Todos y cada uno de los alumnos serán objeto de atención en una búsqueda de desarrollo del talento.” Eliminación de refuerzos, desdobles, ratios... “La reforma se basa en canalizar a los estudiantes hacia las trayectorias más adecuadas, a través de la posibilidad de elegir las mejores opciones de desarrollo personal y profesional.” Trayectorias impuestas por reválidas. “Los padres son los primeros responsables de la educación de sus hijos. El sistema educativo tiene que contar con la familia y confiar en sus decisiones.” Consejo escolar consultivo, pierde capacidad decisión.
  • 33. “La finalización de un ciclo económico expansivo, y sus inevitables consecuencias presupuestarias, no puede ser una coartada para eludir las necesarias reformas de nuestro sistema educativo” Reducción recursos económicos y humanos… “El sistema actual no permite progresar, como ponen en evidencia los resultados obtenidos en las pruebas de evaluación internacionales como PISA, las elevadas tasas de abandono escolar, y el reducido número de estudiantes que alcanza la excelencia.” Los resultados han mejorado en los últimos años. “El éxito de las evaluaciones consistirá en conseguir que ningún alumno encuentre barreras. Cada prueba debe ofrecer opciones y pasarelas, de manera que nadie que quiera seguir aprendiendo pueda quedar fuera del sistema” La Reforma educativa es una carrera de obstáculos. “La Ley Orgánica de Educación responde a las recomendaciones de la OCDE basadas en las mejores prácticas de los países con sistemas educativos con mejores resultados.” La LOMCE no toma ejemplo de países como Finlandia.
  • 34. 2011: media europea: 14,45% España: 26,5% (en descenso) por encima de la media: Islandia, Italia, Reino Unido, Malta, Portugal, Noruega,…
  • 35. Porcentaje alumnos estudios superiores en España por encima de la media de la UE media europea: 17,4% porcentaje en España: 19,8%
  • 36. evaluaciones reallizadas en 65 países. Primeros puestos: Educación China, basada en un modelo de disciplina, memorística y preparación obsesiva para los exámenes. Los estudiantes están carentes de curiosidad y pensamiento crítico.
  • 37. Resultados PISA por comunidades y competencias (2006-2009)
  • 38. ESTA LEY SE ENMARCA EN UNA POLÍTICA EDUCATIVA DE RECORTES • Reducción del presupuesto destinado a educación. Año Total Sanidad Educación Pensiones Desempleo Fomento Deuda (mil. mill.) empleo pública 2007 291,1 4.200 2.485 91.458 14.471 7.287 15.925 2008 314,5 4.434 2.933 98.012 15.777 7.684 16.609 2009 329,8 4.623 2.988 106.099 19.616 7.584 17.400 2010 350,2 4.635 3.092 108.283 30.975 7.751 23.200 2011 315,6 4.255 2.843 112.216 30.474 7.329 27.400 2012 309,8 3.976 2.271 115.826 28.805 5.765 28.848 2013 319,4 3.852 1.945 121.557 26.994 3.772 38.590 2010/2013 2007/2013 - 37% + 142%
  • 39. Presupuesto en Educación vs Bancos 2012
  • 40. • Aumento financiación estatal en la educación concertada y privada. • Aumento del número de alumnado en las aulas (masificación). • Aumento de barracones y cesión de suelo público a centros privados. • Aumento tasas universitarias. • Reducción de los programas de refuerzo y atención educativa específica. • Reducción e impago de becas. • Reducción de docentes. RECORTES LEGALIZADOS MEDIANTE RD 14/2012 del 20 abril
  • 41. LA EDUCACIÓN NO ES UN GASTO, ES UNA INVERSIÓN INVERTIR EN EDUCACIÓN ES INVERTIR EN FUTURO
  • 42. Silvia Ripoll Mayor: Maestra de primaria Representante de la Plataforma d’Ensenyament Marina Baixa
  • 43. Alfonso Terol Sánchez: Representante sindical CCOO L´Alacantí-Les Marines-Vinalopó
  • 44. Lucia Escolano Guarinos: Alumna y Representante de la Asociación de estudiantes IES La Nucia
  • 45.
  • 46.
  • 47. PLATAFORMA ENSENYAMENT PÚBLIC MARINA BAIXA LA NUCIA CAMINA http://porlapublica.blogspot.com http://lanuciacamina.blogspot.com
  • 48. MOVILIZACIONES PROVINCIALES Y COMARCALES ENERO 2013 : PLATAFORMA ENSENYAMENT PÚBLIC MARINA BAIXA LA NUCIA CAMINA http://porlapublica.blogspot.com http://lanuciacamina.blogspot.com