1. PLATAFORMA ENSENYAMENT PÚBLIC MARINA BAIXA LA NUCIA CAMINA
http://porlapublica.blogspot.com http://lanuciacamina.blogspot.com
2. Reválidas:
Carrera de obstáculos para el alumnado.
No debatida ni consensuada.
Educación meramente académica.
No imita a los países europeos
con mejores resultados. Exclusión y segregación.
No asegura financiación
para su implantación.
LOMCE Elimina la igualdad
de oportunidades.
LEY ORGÁNICA DE MEJORA
DE LA CALIDAD EDUCATIVA
Excluye a la comunidad Modifica la LOE
Competitividad y
educativa en la toma de especialización de centros
decisiones. según un ranking.
Infravalora el trabajo del docente Favorece la concertación
y convierte al director en gerente. y la privatización.
3. 1r Anteproyecto: 25 de septiembre 2012
2n Anteproyecto: 3 de diciembre 2012
Variación: El Preámbulo del segundo anteproyecto elimina las declaraciones
más mercantilistas y polémicas, en un intento de enmascarar las verdaderas
intenciones de la ley. El contenido de la ley sigue siendo el mismo, aunque
suavizando su lenguaje.
Ejemplo de extracto eliminado en el preámbulo del segundo anteproyecto:
“El principal objetivo de esta reforma es mejorar la calidad educativa, partiendo
de la premisa de que la calidad educativa debe medirse en función del “output”
(resultado de los estudiantes), y no del “input” (niveles de inversión, número de
profesores, número de centros, etc.)”
4. LA LOMCE Y SUS ARTÍCULOS
María Polo Guardiola: Profesora de Secundaria
Representante de la Plataforma d’Ensenyament La Nucia Camina
5. 1. EVALUACIONES -TITULACIONES -ITINERARIOS
LOE LOMCE
Primaria: Primaria:
Art.20. Evaluación durante la etapa.
Al finalizar Primaria cada alumno
3. “Los centros docentes realizarán
tiene un informe sobre su
una evaluación individualizada a
aprendizaje, elaborado por sus
todos los alumnos al finalizar el
propios maestros.
segundo o tercer curso de Primaria.”
Art.21. Evaluación final de
Educación Primaria.
1. “Al finalizar el sexto curso de
Primaria, se realizará una evaluación
a todos los alumnos”
3. “Las pruebas serán aplicadas y
calificadas por profesorado externo
al centro.”
4. “El resultado de la evaluación se
expresará en niveles: bajo,
intermedio y alto.”
6. LOE LOMCE
Secundaria: Secundaria:
Los alumnos que aprueban Art.29. Evaluación final de ESO.
cuarto de la ESO obtienen el 1. “Al finalizar el cuarto curso, los
título de Graduado. alumnos realizarán una evaluación
individualizada por la opción de
enseñanzas académicas o por la de
enseñanzas aplicadas.”
Pueden cursar Bachillerato o un
Ciclo Formativo de Grado Medio. Art.31. Título de Graduado en ESO
1. “Para obtener el título de
Graduado en ESO, será necesaria la
superación de la evaluación final.”
2. “El título de Graduado en ESO
permitirá el acceso a las enseñanzas
postobligatorias.”
4. “Los alumnos que cursen la ESO y
no obtengan el título recibirán un
certificado de estudios cursados.”
7. LOE LOMCE
Bachillerato: Bachillerato:
Los alumnos que aprueban Art.36. Evaluación final de Bachillerato
segundo de Bachillerato obtienen 1. “Los alumnos realizarán una
el título de Bachiller. evaluación individualizada al finalizar
esta etapa.”
Pueden acceder directamente a Art.37. Título de Bachiller
los ciclos de FP superiores o 1. “Para obtener el título de Bachiller
realizar la PAU para estudiar una será necesaria la superación de la
carrera universitaria. evaluación final.”
2. “El título de Bachiller facultará para
acceder a las enseñanzas de la
educación superior.”
3. “La evaluación positiva en todas las
materias del Bachillerato sin haber
superado la evaluación final dará
derecho a obtener un certificado.”
8. LOMCE
Acceso a la universidad:
Art.38. Admisión a las enseñanzas
universitarias.
“Las universidades podrán establecer
evaluaciones específicas de
conocimientos y/o de competencias
para la admisión del alumnado”
Art.144. Evaluaciones individualizadas
2. “Se podrán establecer otras evaluaciones con fines de diagnóstico.”
9. FP Básica (actual PCPI)
Art.41. Condiciones de acceso
“1. a) Tener cumplidos 15 años, o cumplirlos, y no superar los 17 años”
“1. b) Haber cursado el primer ciclo de ESO sin estar en condiciones de
promocionar a 4º curso, o excepcionalmente haber cursado 2º de la
ESO”
Título Graduado ESO para FP Básica:
LOE
PCPI
Art.44. Títulos y convalidaciones
Los alumnos que aprueban los “Los alumnos que se encuentren en
programas de cualificación posesión de un título Profesional
profesional inicial (PCPI) obtienen Básico podrán obtener el título de
el Título de Graduado, y pueden Graduado en ESO por la superación
cursar ciclos de FP medio. de la evaluación final de ESO”
10. FP grado medio
Art.41. Condiciones de acceso
Art 41.1 “a) Estar en posesión del Graduado en ESO por la opción de
enseñanzas aplicadas.
b) Estar en posesión de un título Profesional Básico y haber superado un
procedimiento de admisión.
c) Haber superado un curso de formación específico para el acceso a
grado medio en centros públicos o privados”
“Siempre que la oferta de plazas en ciclos formativos de grado medio
supere la demanda, el centro docente podrá establecer una prueba
específica de admisión”
FP grado superior
Art.41. Condiciones de acceso
“3. a) Ser admitido por el centro de Formación Profesional tras la superación
de un procedimiento de admisión, y estar en posesión del título de Bachiller, de
un título de FP grado medio, o certificado de bachiller.”
11. Pruebas extraordinarias para enseñanzas postobligatorias
Art.69.4.
“Las Administraciones educativas, organizarán periódicamente pruebas
para obtener el Título de Bachiller y Formación Profesional de acuerdo
con los artículos 37 y 43. Para presentarse a las pruebas para la
obtención del título de Bachiller se requiere tener veinte años; dieciocho
para el Título de Técnico y para el título Profesional Básico, y veinte
para el de Técnico Superior.”
15. 2. PUBLICACIÓN DE LAS EVALUACIONES
LOE LOMCE
Art. 140. Finalidad evaluación Art.119.
2. “Los resultados de las 3.“Las administraciones educativas
evaluaciones del sistema publicarán los resultados obtenidos por
educativo, no podrán ser los centros docentes.”
utilizados para valoraciones
individuales de los alumnos o para Art.122. Acciones destinadas a
establecer clasificaciones de los fomentar la calidad de los centros
centros.” “Se promoverán las acciones destinadas
a fomentar la calidad de los centros
Artículo suprimido en la LOMCE docentes. Dichas acciones
comprenderán medidas honoríficas
tendentes al reconocimiento de los
centros.”
16.
17. 3. MATERIAS-CURRÍCULO
PRIMARIA (Art.18)
• Desaparición de Conocimiento del Medio y sustitución por Ciencias de la
Naturaleza y Ciencias Sociales.
• Desaparición de Educación para la Ciudadanía.
• Asignatura obligada a elegir: Religión o Valores Culturales y Sociales.
• Eliminación de Educación Artística como materia obligatoria. Se convierte
en materia a elegir junto con Segunda Lengua Extranjera.
18. 1º, 2º, 3º ESO (Art.24)
• Desaparición de Educación para la Ciudadanía.
• Eliminación de materias obligadas, que pasan a ser optativas, sin obligatoriedad
de oferta, dependerá del centro educativo:
Educación plástica (LOE: obligatoria en 1ºESO y 3º ESO)
Música (LOE: obligatoria en 2º y 3ºESO)
Tecnología (LOE: obligatoria en 1º y 3ºESO)
• Eliminación de la asignatura de Informática como optativa de obligada oferta
en todos los cursos de la ESO.
• 3ºESO: elegir entre matemáticas aplicadas o académicas
• Asignatura obligada a elegir: Religión o Valores Culturales y Sociales.
Se suprime art.24.8 de la LOE: “Los centros podrán organizar programas de refuerzo
para aquellos alumnos que lo requieren para poder seguir las enseñanza de la ESO”
19. 4º ESO(Art.25)
Materias comunes obligatorias:
• Geografía e Historia
• Lengua castellana y Literatura
Eliminación de Educación ético-cívica
• Matemáticas académicas o aplicadas
• Primera Lengua extranjera
• Religión o Valores Éticos
Mínimo una materia optativa, según oferta del centro educativo
4º Enseñanzas académicas 4º Enseñanzas aplicadas
Optativas troncales (mín.elección dos): Optativas troncales (mín. elección dos):
• Biología y Geología • Ciencias aplicadas a la actividad
• Economía profesional
• Física y Química • Iniciación a la actividad
• Latín emprendedora y empresarial
• Tecnología
20. Bachillerato (Art.34)
Modalidades ofertadas según centro educativo:
LOE LOMCE
• Ciencias y Tecnología • Ciencias
• Humanidades y Ciencias sociales • Humanidades
• Artes • Ciencias Sociales
• Artes
Desaparición de materias comunes obligatorias:
• Historia de la Filosofía (LOE: obligatoria en 2º Bat)
• Ciencias del mundo contemporáneo (LOE: obligatoria en 1º Bat)
Mínimo dos materias optativas , según oferta del centro educativo.
Se oferta asignatura de Religión.
21. Enseñanza de la religión
(Disposición adicional segunda)
“4. La asignatura de religión tendrá en Educación Primaria y ESO una carga
horaria media equivalente a la carga horaria media del resto de asignaturas
ofrecidas en el bloque de asignaturas específicas”
Se equipará la religión con asignaturas como:
1º,2º,3º ESO: 4º ESO:
Cultura Clásica Cultura científica
Educación Plástica y visual Filosofía
Música Informática
Segunda lengua extranjera
Tecnología
Bachillerato Religión es materia optativa junto con :
Tecnología industrial Historia de la filosofía
Anatomía aplicada Ciencias de la Tierra
Análisis musical Psicología
Dibujo Técnico Dibujo artístico
22.
23. 4. CONSEJO ESCOLAR
Art. 127. Competencias del Consejo Escolar.
• Pierde su capacidad de decisión.
• Únicamente órgano consultivo.
LOE LOMCE
“a) Aprobar y evaluar proyectos y normas “a) Evaluar…
b) Aprobar y evaluar la programación b) Evaluar…
general anual i) Informar…”
i) Fijar las directrices para la colaboración
con las Administraciones locales, otros
centros…”
24. 5. SELECCIÓN Y COMPETENCIAS DEL DIRECTOR
Art. 122./ Art. 132/ Art .133/ Art.134
• Autoridad total sin intervención del Consejo Escolar y claustro.
• Elección dependiente del gobierno, “a dedo”.
COMPETENCIAS:
Art. 122. “Para la realización de las acciones de calidad, el director del centro
dispondrá de autonomía para adaptar los recursos humanos a las necesidades
de los mismos. A tal efecto, dispondrá de las siguientes facultades:”
a) Establecer requisitos y méritos específicos para los puestos ofertados de
personal funcionario docente, así como para la ocupación de puestos en
interinidad.
b) Rechazar, mediante decisión motivada, la incorporación a puestos en
interinidad de personal docente procedentes de las listas centralizadas.
c) Cuando exista vacante y financiación adecuada y suficiente, proponer de
forma motivada el nombramiento de profesores que, habiendo trabajado
en proyectos de calidad, sean necesarios para la continuidad de los
mismos”
Art. 132: Se traspasan al director todas las competencias del Consejo Escolar establecidas
en la LOE.
25. SELECCIÓN DEL DIRECTOR:
Novedad LOMCE:
Art.134 sobre requisitos: “c) Estar en posesión de
la certificación acreditativa de haber superado un
curso de formación de la función directiva”
Se suprimen artículos LOE:
Art.133.2 de la LOE: “El proceso de selección del director debe permitir
seleccionar a los candidatos más idóneos profesionalmente y que obtengan el
mayor apoyo de la comunidadd educativa”
Art.135.5 de la LOE: “La selección se realizará considerando, primero, las
candidaturas de profesores del centro, que tendrán preferencia.”
Art.134 de la LOE sobre requisitos del director: “ c) Estar prestando servicio en
un centro público, en alguna de las enseñanzas de las que al centro se opta”
26. 6. RECURSOS Y ESPECIALIZACIÓN DE LOS CENTROS EDUCATIVOS
Art. 122. Recursos
Art. 122.“Las Administraciones educativas podrán asignar mayores dotaciones
de recursos a determinados centros públicos o privados concertados en razón
de los proyectos que así lo requieran”
“ El proyecto de calidad supondrá la especialización de los centros docentes,
que podrá comprender actuaciones tendentes a la especialización curricular, a
la excelencia…”
27. 7. SEGREGACIÓN DEL ALUMNADO Y CENTROS CONCERTADOS
Art. 84. Admisión de alumnos.
Art. 84.3. “En ningún caso habrá discriminación por razón de nacimiento, raza,
sexo, o religión. No constituye discriminación la admisión de alumnos o la
organización de la enseñanza diferenciada por sexos. En ningún caso podrá
implicar una desventaja a la hora de suscribir conciertos”
28.
29. 8. DISPOSICIONES ADICIONALES
EXPERTOS BILINGÜES Y PLURILINGÜES
(Disposición trigésima séptima)
“Para cada curso escolar, las Administraciones educativas podrán
excepcionalmente incorporar expertos como profesores bilingües o plurilingües”
30. LENGUA CASTELLANA Y LENGUA VEHICULAR DE LA ENSEÑANZA
(Disposición trigésima novena)
“a) Las lenguas cooficiales serán ofrecidas de manera proporcional y equilibrada en
el número de horas lectivas.
b) Corresponde a las Administraciones educativas determinar la proporción que
proceda del uso del castellano y la lengua cooficial como lenguas en el sistema
educativo, en atención al estado de normalización lingüística.
d) Mientras no se realice la determinación a que se refiere el párrafo anterior, los
padres o tutores tendrán derecho a escoger la lengua vehicular de la enseñanza
que reciban sus hijos. Cuando no exista oferta docente pública o concertada en la
lengua vehicular elegida en la localidad de residencia de los alumnos, podrán optar
por escolarizar a sus hijos en centros privados, correspondiendo a la administración
educativa sufragar los gastos de escolarización.”
32. Justificación Reforma según Preámbulo LOMCE:
Se introducen conceptos de desarrollo personal y social, la igualdad de
oportunidades, o la importancia de la comunidad educativa en la toma de
decisiones . Se contradicen con los artículos de la ley
“El aprendizaje en la escuela debe ir dirigido a formar personas autónomas, críticas,
con pensamiento propio” Eliminación de asignaturas críticas y artísticas.
“Todos y cada uno de los alumnos serán objeto de atención en una búsqueda de
desarrollo del talento.” Eliminación de refuerzos, desdobles, ratios...
“La reforma se basa en canalizar a los estudiantes hacia las trayectorias más
adecuadas, a través de la posibilidad de elegir las mejores opciones de
desarrollo personal y profesional.” Trayectorias impuestas por reválidas.
“Los padres son los primeros responsables de la educación de sus hijos.
El sistema educativo tiene que contar con la familia y confiar en sus
decisiones.” Consejo escolar consultivo, pierde capacidad decisión.
33. “La finalización de un ciclo económico expansivo, y sus inevitables consecuencias
presupuestarias, no puede ser una coartada para eludir las necesarias reformas
de nuestro sistema educativo” Reducción recursos económicos y humanos…
“El sistema actual no permite progresar, como ponen en evidencia los resultados
obtenidos en las pruebas de evaluación internacionales como PISA, las elevadas
tasas de abandono escolar, y el reducido número de estudiantes que alcanza la
excelencia.” Los resultados han mejorado en los últimos años.
“El éxito de las evaluaciones consistirá en conseguir que ningún alumno
encuentre barreras. Cada prueba debe ofrecer opciones y pasarelas, de
manera que nadie que quiera seguir aprendiendo pueda quedar fuera del
sistema” La Reforma educativa es una carrera de obstáculos.
“La Ley Orgánica de Educación responde a las recomendaciones de la OCDE
basadas en las mejores prácticas de los países con sistemas educativos con mejores
resultados.” La LOMCE no toma ejemplo de países como Finlandia.
34. 2011: media europea: 14,45% España: 26,5% (en descenso)
por encima de la media: Islandia, Italia, Reino Unido, Malta, Portugal, Noruega,…
35. Porcentaje alumnos estudios superiores en España por encima de la media de la UE
media europea: 17,4%
porcentaje en España: 19,8%
36. evaluaciones reallizadas en 65 países.
Primeros puestos: Educación China, basada en un modelo de disciplina, memorística y
preparación obsesiva para los exámenes. Los estudiantes están carentes de curiosidad
y pensamiento crítico.
40. • Aumento financiación estatal en la educación concertada y privada.
• Aumento del número de alumnado en las aulas (masificación).
• Aumento de barracones y cesión de suelo público a centros privados.
• Aumento tasas universitarias.
• Reducción de los programas de refuerzo y atención educativa específica.
• Reducción e impago de becas.
• Reducción de docentes.
RECORTES LEGALIZADOS MEDIANTE RD 14/2012 del 20 abril
41. LA EDUCACIÓN NO ES UN GASTO, ES UNA INVERSIÓN
INVERTIR EN EDUCACIÓN ES INVERTIR EN FUTURO
42. Silvia Ripoll Mayor: Maestra de primaria
Representante de la Plataforma d’Ensenyament Marina Baixa
47. PLATAFORMA ENSENYAMENT PÚBLIC MARINA BAIXA LA NUCIA CAMINA
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48. MOVILIZACIONES PROVINCIALES Y COMARCALES ENERO 2013 :
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