El documento resume la situación actual del control de cambios en España, las inversiones extranjeras y españolas en el exterior, los instrumentos de apoyo a la inversión española y aspectos básicos de la contratación internacional. En España rige la libertad de cambios y movimientos de capitales con el exterior, salvo excepciones como las inversiones procedentes de paraísos fiscales o destinadas a sectores específicos, que requieren declaración. Los residentes e inversores extranjeros gozan de libertad para realizar inversiones en España mediante su declaración
1. Comercio Exterior
Inversiones, control de
cambios, contratación internacional
y tratamiento del IVA
2. Contenidos
Situación actual del control de cambios en España
Inversiones extranjeras en España
Inversiones españolas en el exterior
Instrumentos de apoyo a la inversión española en el exterior
Contratación internacional
Casos prácticos de contratos más usuales
3. Contenidos
Situación actual del control de cambios en España
Inversiones extranjeras en España
Inversiones españolas en el exterior
Instrumentos de apoyo a la inversión española en el exterior
Contratación internacional
Casos prácticos de contratos más usuales
4. Situación actual del control de cambios en España
Ley 19/2003
• Art. 1.2: Son libres cualesquiera
actos, negocios, transacciones y operaciones entre
residentes y no residentes que supongan o de cuyo
cumplimiento puedan derivarse cobros y pagos
exteriores, así como las transferencias de o al
exterior y las variaciones en cuentas o posiciones
financieras deudoras o acreedoras frente al
exterior, sin más limitaciones que las dispuestas en
esta ley y en la legislación sectorial específica.
5. Situación actual del control de cambios en España
Ley 19/2003
• Libertad plena y absoluta de las transacciones con el
exterior y de los cobros, pagos y transferencias derivados de
ellas.
• Requisitos de control limitados exclusivamente a:
• Necesidad de utilización de las entidades registradas, en
general, para la realización de cobros, pagos y
transferencias con el exterior.
• Obligación para los no residentes de declarar
determinados cobros, pagos y transferencias con no
residentes.
• Libertad de tenencia y comercio de divisas por parte de los
residentes en España
• Mercado de divisas libre y reglado.
6. Situación actual del control de cambios en España
Ley 19/2003
Libertad para cobros, pagos y Conocimiento estadístico de Actos, negocios, operaciones
Obligaciones de información
Ámbito de aplicación
Plena liberalización
transferencias. cobros, pagos y y transacciones entre
Libertad de comercio y transferencias. residentes y no residentes.
tenencia de divisas. Cumplimiento del Cobro o pagos realizados
Existencia de un mercado ordenamiento jurídico. directamente o por
libre de divisas. compensación.
Transacciones de o al
exterior.
La importación y exportación
de instrumentos de giro o
crédito
• Efectuar a través de entidad • Inversiones españolas al exterior o
registrada los cobros y pagos viceversa
entre residentes o no residentes • Limitaciones implícitas a exportar
excepto de los que se realicen en moneda, billetes y cheques
moneda, billetes o cheques bancarios al portador
bancarios al portador
Obligación Excepciones
7. Situación actual del control de cambios en España
Ley 19/2003
Medidas de prevención del blanqueo de capitales
Paraísos fiscales (RD 1080/1991)
Tratados de doble imposición
8. Contenidos
Situación actual del control de cambios en España
Inversiones extranjeras en España
Inversiones españolas en el exterior
Instrumentos de apoyo a la inversión española en el exterior
Contratación internacional
Casos prácticos de contratos más usuales
9. Inversiones extranjeras en España
RD 664/1999
Liberalización de las inversiones
extranjeras en España
• Declaración al Registro de Inversiones
Excepciones
• Inversiones procedentes de paraísos fiscales
• Inversiones destinadas a determinados
sectores
10. Inversiones extranjeras en España
Objeto de la inversión
Inversiones en Inversiones en Inversiones en
pasivos otras activos
empresariales participaciones inmobiliarios
Titulares de la inversión
No residentes
Domiciliadas en
Inversiones extranjeras
el extranjero
en España
Soberanía
extranjera
11. Inversiones extranjeras en España
Declaración previa
Procedentes de paraísos fiscales
• Todas las inversiones
Destinadas a pasivos empresariales
• Inversiones en sociedades españolas cuando la participación extranjera supere el
50% del capital de la sociedad española destinataria
• Inversiones para la constitución y/o ampliación de la dotación de sucursales
Destinadas a otras participaciones
• Inversiones en la constitución, formalización o participación en contratos de cuentas
en participación, fundaciones, agrupaciones de interés económico, cooperativas y
comunidades de bienes por importe superior a 3 millones de Euros.
Destinadas a activos inmobiliarios
• Inversiones en la adquisición de bienes inmuebles sitos en España por importe
superior a los 3 millones de Euros.
12. Inversiones extranjeras en España
Declaración posterior
Con carácter general
• La inversión será declarada por el titular no residente.
• Si ha intervenido fedatario público español, éste remitirá información sobre
las citadas operaciones.
Con carácter especial
• Inversiones en valores negociables: Estarán obligadas a declarar las sociedades
de servicios de inversión, entidades de crédito u otras entidades financieras.
• Inversiones en valores no negociados pero depositados o registrados
voluntariamente por las partes: Estará obligada a declarar la entidad
depositaria, salvo intervención de una sociedad o agencia de valores o entidad
de crédito, en cuyo caso le corresponderá a éstas últimas.
• Si el objeto de la inversión son acciones nominativas, la obligada a declarar
será la sociedad española objeto de la inversión.
• Fondos de inversión: La obligada a presentar la declaración será la entidad
gestora.
16. Contenidos
Situación actual del control de cambios en España
Inversiones extranjeras en España
Inversiones españolas en el exterior
Instrumentos de apoyo a la inversión española en el exterior
Contratación internacional
Casos prácticos de contratos más usuales
17. Inversiones españolas en el exterior
RD 664/1999
Liberalización de las inversiones
españolas en el exterior
• Declaración al Registro de Inversiones
Excepciones
• Inversiones procedentes de paraísos
fiscales
18. Inversiones españolas en el exterior
Objeto de la inversión
Inversiones en Inversiones en Inversiones en
pasivos otras activos
empresariales participaciones inmobiliarios
Titulares de la
Residentes
inversión
Inversiones españolas en
el exterior
Domiciliadas en
España
19. Inversiones españolas en el exterior
Declaración previa
Con destino a paraísos fiscales
• Todas las inversiones
Destinadas a pasivos empresariales
• Inversiones en sociedades extranjeras cuando la participación supere el 10% del
capital de la sociedad o cuando permita formar parte del órgano de administración.
• Inversiones para la constitución y/o ampliación de la dotación de sucursales
Destinadas a otras participaciones
• Inversiones en la constitución, formalización o participación en contratos de cuentas
en participación, fundaciones, agrupaciones de interés económico, cooperativas y
comunidades de bienes por importe superior a 1,5 millones de Euros.
Destinadas a activos inmobiliarios
• Inversiones en la adquisición de bienes inmuebles sitos en el extranjero por importe
superior a los 1,5 millones de Euros.
20. Inversiones españolas en el exterior
Declaración posterior
Con carácter general
• La inversión será declarada por el titular de la misma.
Con carácter especial
• Inversiones en valores negociables: Estarán obligadas a declarar las sociedades
de servicios de inversión, entidades de crédito u otras entidades financieras
que actúen por cuenta y riesgo del inversor.
22. Contenidos
Situación actual del control de cambios en España
Inversiones extranjeras en España
Inversiones españolas en el exterior
Instrumentos de apoyo a la inversión española en el exterior
Contratación internacional
Casos prácticos de contratos más usuales
23. Apoyo a la inversión española en el exterior
Medidas Instrumentos Instrumentos Instrumentos
fiscales financieros de garantías multilaterales
• Deducciones en IS • Fondo de Estudios de • Seguros de inversiones • Banco Europeo de
• Deducción doble Viabilidad (FEV) (CESCE) Reconstrucción y
imposición • Grandes inversiones • Promoción y protección Desarrollo (BERD)
• ETVE (PROINVEX) recíproca de inversiones • Banco Europeo de
• Pymes (APPRIs) Inversiones (BEI)
• Inversión de Pymes en • Programas de la UE
países en desarrollo • Grupo Banco Mundial
(COFIDES) • Banco Interamericano
• Capital riesgo: de Desarrollo (BID)
FIEX, FONPYME • Banco Africano de
Desarrollo
• Banco Asiático de
Desarrollo
• Otros
24. Apoyo a la inversión española en el exterior
Medidas Fiscales
Deducción en el IS por actividad exportadora
• Art. 37 del TRLIS - Derogado
Deducción por doble imposición
• Art. 30 y siguientes del TRLIS
• No es realmente una medida de apoyo
• Solo para países con los que se tenga convenio de DDII
RE ETVE
• La mayor empresa del mundo utiliza España como paraíso fiscal
26. Apoyo a la inversión española en el exterior
Instrumentos financieros
Fondo de estudios de viabilidad (FEV)
• Permite financiar estudios de viabilidad y de cooperación económica relativos a
proyectos en países en desarrollo.
• Proyectos públicos
• Multilaterales (fondos de consultoría)
Financiación de grandes proyectos de inversión
• Programa de Grandes Inversiones en el Exterior-PROINVEX (ICO)
• Financia a través de préstamos o garantías inversiones productivas en el exterior.
• Cofinanciación entre PROINVEX y entidades privadas
• Importe mínimo : 10 millones
• Financiación a largo plazo con posibilidad de carencia
• Financiación en moneda local no convertible
27. Apoyo a la inversión española en el exterior
Instrumentos financieros (cont.)
Financiación de inversiones de Pymes
• Línea de internacionalización del ICO
• Préstamos con amortización entre 5 y 10 años con carencias de entre 1 y 3 años
• Tipos inferiores a los de mercado
• Canalizados por bancos
Apoyo a la inversión de Pymes en países en desarrollo
• COFIDES – financiación de inversiones productivas en países en desarrollo
• Créditos simples
• Participaciones en capital
• Préstamos participativos
Fondos de capital-riesgo
• COFIDES
• FIEX (Fondo de inversiones en el exterior)
• FONPYME (Fondo para operaciones en el exterior de la pequeña y mediana
empresa)
28. Apoyo a la inversión española en el exterior
Instrumentos de garantías
Seguros de inversiones en el exterior (CESCE)
• El estado asegura a través del CESCE los riesgos políticos y extraordinarios a los que
están sometidas las inversiones de las empresas española mediante la suscripción
de pólizas individuales o multipaís
Promoción y protección recíproca de inversiones (APPRIs)
• Tratados bilaterales destinados a proteger las inversiones realizadas por los
inversores de cada Estado en el territorio del otro.
29. Apoyo a la inversión española en el exterior
Instrumentos multilaterales
Líneas de cofinanciación con instituciones financieras
multilaterales
• Gestionado a través de Cofides
• Asisten financieramente a proyectos de inversión además de disponer de una gran
capacidad de movilización de recursos de otros inversores.
• Destacan:
• Banco Europeo de Inversiones (BEI)
• Banco Europeo de Reconstrucción y Desarrollo (BERD)
• Grupo Banco Mundial
• Banco Interamericano de Desarrollo (BID)
• Banco Centroamericano de Integración Económica (BCIE)
• Corporación Andina de Fomento (CAF)
• Banco Asiático de Desarrollo
• Banco Africano de Desarrollo
30. Contenidos
Situación actual del control de cambios en España
Inversiones extranjeras en España
Inversiones españolas en el exterior
Instrumentos de apoyo a la inversión española en el exterior
Contratación internacional
Casos prácticos de contratos más usuales
31. Contratación internacional
Esquema de una operación comercial
Expedidor
Entidad financiera
del expedidor
Transporte
Entidad financiera
del aprovisionador
Aprovisionador
32. Contratación internacional
Esquema de una operación comercial internacional
Agente de Organismos
Exportador
aduanas oficiales
Transporte nacional
Aduana de Entidad financiera
exportación del exportador
Transporte País del exportador
Frontera
internacional País del importador
Aduana de Entidad financiera
importación del importador
Transporte nacional
Agente de Organismos
Importador
aduanas oficiales
33. Contratación internacional
Esquema de una operación comercial internacional
Condicionantes
• Zonas aduaneras distintas (trámites adicionales)
• Mercados alejados (marco documentario mucho más cuidado y seguro)
• Los documentos son necesarios para entrar en posesión de la mercancía
Elementos
•Exportador
•Importador
•Producto o servicio
•Contrato
•Factura
•Condiciones de pago
•Documentación requerida
•Condiciones de embarque y de entrega
•Cobertura de seguro de transporte
•Otras circunstancias
•Moneda del contrato
•Idioma
•Distancia
•Diferentes usos comerciales
34. Contratación internacional
Esquema de una operación comercial internacional
Marco de operaciones internacionales
• Libertad comercial
• DUA
• Autorización administrativa previa
• DUA
• Autorización de la Dirección General de Comercio Exterior
Organismos
• Ministerio de Economía
• Dirección General de Comercio Exterior
• Departamento de Aduanas e Impuestos Especiales
• Dirección General de política comercial e inversiones exteriores
• Banco de España
• Instituto Español de Comercio Exterior
• Cámaras de comercio
• CESCE
35. Contratación internacional
Esquema de una operación comercial internacional
Aduanas
• Regula el tráfico de mercancías
• Aplica la normativa contemplada en los regímenes de comercio de cada país
• Comprueba física, tanto cuantitativa como cualitativamente la entrada y salida de
mercancías
• Recauda tasas e impuestos originados por el tráfico de mercancías
Agente de aduanas
• Es el legal representante del importador y del exportador ante las aduanas.
• Su intervención es imprescindible
• Facilita los intercambios internacionales
• Asume el dictamen pericial
• Ofrece garantías financieras ante las administraciones
• Ofrece seguridad y fluidez en las tramitaciones
• Asesoran al exportador y al importador
36. Contratación internacional
Contratos internacionales
Requisitos básicos de todo contrato
• Art. 1261 y siguientes del Código Civil
• Consentimiento de los contratantes
• Los contratantes debe tener capacidad para contratar
• Objeto cierto que sea materia del contrato
• Lícito
• Precio cierto
• Cosa determinada
• Causa de la obligación que se establezca
• Motivación de las partes, verdadera y lícita
Otros aspectos del contrato
• Forma: Oral o escrita (preferiblemente escrita). Posibilidad de elevación a público
• Cumplimiento: Una vez ha nacido válidamente un contrato, se convierte en
irrenunciable y las obligaciones surgidas del mismo no se pueden modificar de forma
unilateral.
37. Contratación internacional
Contratos internacionales
Tipología
• Contrato de compra-venta internacional
• Contrato de franquicia
• Contrato de transferencia de tecnología
• Contrato de leasing
• Contrato de factoring
• Contratos de intermediación comercial
• Comisión
• Mediación
• Agencia
• Contrato de joint venture
38. Contratación internacional
Contratos internacionales
Contrato de compra-venta internacional
• Marco normativo:
• Convenio de Viena
• “Lex Mercatoria” internacional
• Usos y constumbres mercantiles •Condiciones generales
• Contratos tipo •Jurisprudencia general
• Acuerdo económico entre dos partes que residen en países distintos, en virtud del
cual una de las partes (exportador) se compromete a entregar unas mercancías o a
prestar determinados servicios a la otra parte (importador), en un plazo de tiempo
determinado y con un precio pactado.
• Contenido esencial:
• Identificación de las partes •Cláusulas de entrega
• Obligaciones y derechos del exportador • Cláusulas particulares
• Obligaciones y derechos del importador • Resolución del contrato
• Objeto del contrato
39. Contratación internacional
Contratos internacionales
Contrato de compra-venta internacional
• Obligaciones y derechos del exportador
• Obligación de entregar de la mercancía o prestación del servicio dentro del plazo
establecido en el contrato, en el lugar y en la forma concreta en la que se ha
establecido el contrato.
• Si no se ha establecido fecha, se entenderá que deberá realizarse dentro de un
plazo razonable
• Si no se ha establecido lugar, se entenderá en el establecimiento del exportador
• Derecho a percibir el precio establecido en el plazo fijado en el contrato.
• Obligaciones y derechos del importador
• Obligación de realizar el pago convenido en el plazo y las condiciones establecidas.
• Si no se ha especificado lugar de pago, se entenderá en el establecimiento del
exportador o en el lugar de entrega de la mercancía.
• Derecho a rescindir el contrato o de exigir la entrega de otra mercancía en el caso
de que el exportador no entregue la mercancía en el plazo y lugar indicados.
• Derecho a la reparación de la mercancía por no conformidad o a una rebaja del
precio convenido
40. Contratación internacional
Contratos internacionales
Transmisión de riesgos
• En términos generales se acepta que la responsabilidad de la mercancía vendida se
produce en el momento de la entrega de la cosa, con independencia de los pactado
por las partes.
• En una compraventa de una cosa determinada, el riesgo es del vendedor hasta que
se pone la cosa a disposición del comprador
• En una compraventa de una cosa genérica, el riesgo es del vendedor hasta el
momento en que la cosa vendida fuese cierta y determinada, con marcas o señales
que la identifiquen.
41. Contratación internacional
Contratos internacionales
Incumplimiento del contrato
• Incumplimiento de la obligación de entrega.
• El comprador puede exigir el cumplimiento del contrato o la resolución del
contrato, además del derecho a ser indemnizado por daños y perjuicios.
• Si el vendedor entrega solo una parte, el comprador no está obligado a
aceptarla, pero si la acepta, se da por consumada la venta de la citada parte. El
comprador podrá, en este caso, exigir el cumplimiento del contrato o la resolución
por la parte pendiente de entrega.
• Incumplimiento de la obligación del pago del precio.
• El vendedor puede retener la mercancía o, incluso, vendérsela a un tercero. Si el
vendedor ha entregado la mercancía, la otra parte está obligada a pagar intereses
por la mora.
• Incumplimiento de la obligación de recepcionar las mercancías.
• El vendedor puede optar por exigir el cumplimiento del contrato o su resolución
42. Contratación internacional
Contratos internacionales
INCOTERMS
• Conjunto de reglas internacionales de derecho privado, de aceptación voluntaria por
las partes, que determinan el alcance de los acuerdos comerciales incluidos en los
contratos internacionales de compra-venta de mercancías, así como las obligaciones
particulares de cada uno de los sujetos contratantes.
• Cada término de los Incoterms determina los elementos que están incluidos en el
precio de una operación.
• También regulan la distribución de documentos inherentes a una transacción, las
condiciones de entrega, la distribución de los costes y riesgos entre comprador y
vendedor.
43. Contratación internacional
Contratos internacionales
Grupo E Grupo F Grupo C Grupo D
CFR
FCA DAT
CIF
EXW FAS DAP
CPT
FOB DDP
CIP
El comprador asume El comprador asume
El vendedor contrata el El vendedor deberá
todas las obligaciones y los gastos y riesgos del
transporte, pero no contratar los fletes y
gastos relativos al flete transporte.
asume el riesgo que asegurar el riesgo hasta
y transporte. El vendedor pone la conlleva. la entrega de la
El vendedor pone la mercancía a disposición mercancía al
La obligación del
mercancía a disposición del comprador en el comprador en el punto
vendedor finaliza con el
del comprador en su sitio previamente de destino.
flete de la mercancía
establecimiento acordado.
44. Contratación internacional
Contratos internacionales
Contrato de intermediación comercial
• Existen diferentes tipos de intermediación comercial
• Comisión
• Representación
• Artículo 244 del Código de Comercio:
• El mandato comercial es un contrato en virtud del cual una persona se obliga a
ejecutar uno o más negocios lícitos por cuenta o encargo de otra.
• Las partes son el comitente y el comisionista. Este último es quien recibe el encargo y
puede actuar frente a terceros de dos formas:
• En nombre propio
• En nombre del comitente
45. Contratación internacional
Contratos internacionales
Contrato de intermediación comercial
• Derechos y obligaciones del comisionista
• Derechos:
• Retener los efectos que el comitente le hubiera remitido en tanto que no le pague
las comisiones, anticipos y gastos en los que hubiera incurrido para realizar el
encargo
• Prelación ante los demás acreedores del comitente (excepto el transportista) para
que las cantidades adeudadas por el comitente le sean abonadas por cuenta del
producto de los mismos géneros.
• Obligaciones:
• Cumplir con el encargo con diligencia, siguiendo las instrucciones del comitente.
• Cumplir personalmente, sin poder delegar (salvo autorización expresa) en otra
persona.
• Suministrar al comitente las noticias que interesen al buen fin de la negociación y
comunicar inmediatamente la celebración del contrato.
• Rendir y liquidar cuentas al comitente una vez finalizado el encargo.
46. Contratación internacional
Contratos internacionales
Contrato de intermediación comercial
• Obligaciones del comitente
• Obligaciones:
• Aportar la oportuna provisión de fondos
• Pagar la retribución pactada al comisionista
• Reembolsar al comisionista los gastos y desembolsos justificados
• Asumir los efectos de los contratos celebrados por el comisionista con terceros.
47. Contratación internacional
Contratos internacionales
Contrato de intermediación comercial
• Contrato de mediación o corretaje:
• Contrato en virtud del cual una persona se obliga a pagar a otra (el mediador o
corredor) una remuneración a cambio de que el mediador realice una actividad
encaminada a ponerla en relación con un tercero para celebrar un determinado
contrato.
• Contrato de agencia:
• Contrato en virtud del cual una persona (el agente) se obliga frente a otra de manera
continuada o estable a cambio de una remuneración, a promover actos u
operaciones de comercio por cuenta ajena, como intermediario independiente, sin
asumir el riesgo y ventura de estas operaciones.
• Contrato de concesión o distribución comercial
• Contrato en virtud del cual una empresa (distribuidora o concesionaria) se
compromete a vender lo productos comprados previamente a otra (fabricante o
concedente) en un determinado territorio.
48. Contratación internacional
Contratos internacionales
Contrato de transferencia de tecnología
• Contratos de cesión de know-how: Contrato en virtud del cual una parte proporciona a
otra acceso a una tecnología a cambio de una remuneración
• Contrato de asistencia técnica: Contrato en virtud del cual una persona cede a otra un
conjunto de conocimientos sistemáticos necesarios para la fabricación de
productos, aplicación de procedimientos o prestación de servicios a cambio de un
precio.
• Contrato de exportación llave en mano: Contrato en virtud del cual una empresa se
obliga a proceder a la instalación de una fábrica completa que debe ser entregada en
condiciones de funcionamiento, a cambio de un precio determinado.
• Contrato de ingeniería: Contrato en virtud del cual una empresa de ingeniería presta a
otros una serie de servicios (proyectos industriales, estudios de mercado, firma de
contratos llave en mano, cesión de patente, etc…)a cambio de un precio
49. Contratación internacional
Contratos internacionales
Contrato de leasing
• Contrato que tiene por objeto la cesión de uso de determinados bienes muebles o
inmuebles y que debe incluir a su término una opción de compra a favor del usuario.
• Maquinaria industrial
• Maquinaria para obras públicas
• Mauinaria para artes gráficas
• Automoción
• Electrónica-informática
• Equipos sanitarios
50. Contratación internacional
Contratos internacionales
Contrato de factoring
• Contrato por el que una persona cede los créditos derivados de su actividad comercial
a otra que se encarga, entre otras cosas, de gestionar el cobro
• Gestión de cobro de los créditos comerciales
• Anticipación del importe de los créditos comerciales gestionados
• Asunción del riesgo de los créditos comerciales gestionados
• Realización de estudios de mercado
• Obtención de informaciones comerciales
• Selección de clientes
• Aceptación de la contabilidad
51. Contratación internacional
Contratos internacionales
Contrato de franquicia
• Contrato en virtud del cual el franquiciador cede al franquiciado el derecho a la
explotación de una franquicia para comercializar determinados productos y servicios a
cambio de una contraprestación financiera determinada.
• Rótulo común
• Prestación uniforme de locales
• Prestación uniforme de los medios de transporte
• Comunicación del know-how
• Prestación de asistencia comercial y técnica.
52. Contratación internacional
Contratos internacionales
Incumplimiento y resolución de conflictos
• Vías de resolución de conflictos:
• Tribunales ordinarios de justicia
• Arbitraje internacional
• El arbitraje ofrece una solución al conflicto rápida, técnica y confidencial
• Supera los inconvenientes que puede generar someterse a una jurisdicción
• Asimetría entre las partes
• Lentitud
• Desconocimiento del comercio internacional
53. Contenidos
Situación actual del control de cambios en España
Inversiones extranjeras en España
Inversiones españolas en el exterior
Instrumentos de apoyo a la inversión española en el exterior
Contratación internacional
Casos prácticos de contratos más usuales