Este documento presenta el Manual para la Convivencia Institucional de la Institución Educativa Asamblea Departamental. Contiene 9 títulos y varios capítulos que describen los componentes administrativos, académicos y de convivencia de la institución, incluyendo derechos, deberes y normas de conducta para estudiantes, docentes y padres de familia. El manual fue aprobado por el Consejo Directivo de la institución con el fin de regular las interacciones entre los miembros de la comunidad educativa y prevenir conflict
Factores que intervienen en la Administración por Valores.pdf
Nuevo manual de convivencia institucion educativa asamblea departamental
1. ÍNDICE
ESCUDO…………………………………………………………………. 3
HIMNO INSTITUCIONAL……………………………………………… 4
ACUERDO CONSEJO DIRECTIVO……….…………………………… 5
MARCO REFERENCIAL……………………………………………… 8
Presentación del Manual para la Convivencia Institucional............................. 8
Presentación y Filosofía de la Institución............................................................ 9
Visión de la Institución………………………………………………………… 9
Misión de la Institución........................................................................................ 9
Perfil del Estudiante…………………………………………………………..... 10
Perfil del Educador y el administrativo docente.................................................. 10
Perfil del Acudiente……………………………………………………………. 11
TITULO I COMPONENTE ADMINISTRATIVO...................................... 11
CAPITULO I Admisiones y matrículas............................................................... 11
Criterios de admisión y matrícula.……………………………………………... 11
Ingreso por primera vez a la Institución............................................................... 11
Renovación de matrícula……………………………………………………….. 12
Matrícula por transferencia…………………………………………………….. 12
Matrícula de régimen especial…………………………………………………. 13
Comisión de admisión.………………………………………………………… 13
Causales de terminación del contrato de matrícula.............................................. 14
TITULO II CONVIVENCIA INSTITUCIONAL........................................ 15
CAPITULO I Derechos y Responsabilidades para la comunidad educativa....... 15
Derechos de los estudiantes……………………………………………………. 15
Responsabilidades de los estudiantes…………………………………………... 17
Derechos de los acudientes…………………………………………………….. 19
Responsabilidades de los acudientes…………………………………………… 20
Derechos de los educadores, directivos docentes y personal administrativo....... 21
Responsabilidades de los directivos, educadores, personal administrativo......... 22
CAPITULO II Clasificación de las faltas de convivencia, Debido proceso, 24
Estrategias pedagógicas....................................................................................... 24
Faltas leves……………………………………………………………………... 24
Faltas graves……………………………………………………………………. 27
Faltas gravísimas.................................................................................................. 30
CAPITULO III Estudiantes infractores o contraventores de la ley penal........... 33
CAPITULO IV Otras disposiciones …………………………………………... 33
CAPITULO V Solución de conflictos para personal docente y administrativo.. 34
CAPITULO VI Solución de conflictos para acudientes..................................... 35
CAPITULOVII Comité de Conciliación………………..................................... 37
CAPITULO VIII Convenio Pedagógico……………………………………….. 38
TITULO III COMPONENTE ACADÉMICO................................................ 39
2. 2
CAPITULO I Lo académico............................................................................... 39
Evaluación............................................................................................................ 39
Planes de apoyo, superación y recuperación.................................................. 41
Comisión de evaluación y promoción…………………………………………. 41
Causales para la no promoción………………………………………………… 42
Faltas que afectan el desempeño académico....................................................... 43
Debido proceso para las faltas que afectan el desempeño académico................. 44
Servicio social estudiantil……………………………………………………… 45
CAPITULO II. Reglamentación de la Media Técnica y académica…………… 46
TITULO IV REGLAMENTOS ESPECÍFICOS............................................ 46
CAPITULO I Uniformes………………………………………………………. 46
Normas establecidas para utilizar el uniforme..................................................... 48
CAPITULO II Restaurante escolar…………………………………………….. 49
CAPITULO III Tienda escolar………………………………………………… 50
CAPITULO IV Biblioteca escolar……………………………………………... 51
CAPITULO V Salas de informática. .................................................................. 52
CAPITULO VI Laboratorio de ciencias naturales............................................... 54
CAPITULO VII Medios de comunicación internos. .......................................... 56
TITULO V ESTÍMULOS................................................................................. 56
CAPITULO I Reconocimientos para los estudiantes.......................................... 56
CAPITULO II Reconocimientos para los educadores........................................ 57
CAPITULO III Reconocimientos para los acudientes......................................... 57
TÍTULO VI ORGANISMOS DE PARTICIPACIÓN……………………… 58
CAPITULO I Consejo Directivo……………………………………………… 58
CAPITULO II Consejo Académico…………………………………………… 59
CAPITULO III Consejo Estudiantil…………………………………………... 60
CAPITULO IV Personería Estudiantil………………………………………… 60
CAPITULO V Consejo de Padres....................................................................... 61
TITULO VII CÓDIGO DE LA INFANCIA Y LA ADOLESCENCIA 61
(Ley 1098 del 2006) …………………………………………………………... 61
TITULO VIII FUNCIONES ESPECÍFICAS…………………………… 65
CAPITULO I Personal de vigilancia................................................................... 65
CAPITULOII Personal de Servicios Administrativos........................................ 65
CAPITULO III Coordinador del Restaurante escolar….................................... 66
CAPITULO IV Procesadora de alimentos…………………………………….. 66
CAPITULO V Bibliotecaria.………………………………………………….. 67
CAPITULO VI Secretaria…………….............................................................. 67
CAPITULO VII Orientador escolar..................................................................... 68
CAPITULOVIII Coordinador………………………………………………... 69
CAPITULO IX Rector ………………………………………………………... 70
TITULO VIII DISPOSICIONES PARA LA REFORMA DEL MANUAL
PARA LA CONVIVENCIA INSTITUCIONAL............................................ 71
4. 4
HIMNO:
ASAMBLEA DEPARTAMENTAL
CORO
AVANCEMOS CANTANDO Y ALEGRES
POR LA SENDA DEL BIEN, DEL SABER
PUES LA PATRIA SIEMPRE NOS RECLAMA
SER CUMPLIDOS CON NUESTRO DEBER
ESTROFA I
MI QUERIDO LICEO ASAMB LEA
IMPORTANTE Y GRAN INSTITUCION
DONDE SE CAPACITAN EN LA CIENCIA
COMO FUENTE DE LA INSPIRACION
ESTROFA II
EN EL CLAUSTRO RECIBO ENSEÑANZA
Y FOMENTO EN EL AREA COMERCIAL
DESARROLLO TODO EL PENSAMIENTO
VOY EN BUSCA DE UN GRAN IDEAL
( SE REPITE EL CORO )
ESTROFA III
ES MI SUEÑO CRECER EN LA VIDA
COMO BUEN BACHILLER COMERCIAL
PARA ESTAR EN EL NUEVO MILENIO
A LA PAR CON UN MUNDO VIRTUAL
ESTROFA IV
NUESTRO LEMA “ VERDAD Y ARMONIA “
BASES CLAVES EN LA EDUCACION
INTEGRAMOS LA TECNOLOGIA
A LA CIENCIA, AL ARTE, AL VALOR
( SE REPITE EL CORO)
ESTROFA V
AL LICEO ASAMBLEA YO DEBO
UN CAUDAL DE AMOR Y GRATITUD
EN LAS AULAS PASE MIL MOMENTOS
QUE RECUERDAN NIÑEZ, JUVENTUD.
( SE REPITE EL CORO )
LETRA: RODRIGO SERNA ZULUAGA
MUSICA: BERNARDO VALENCIA G.
5. 5
ACUERDO No 006
CONSEJO DIRECTIVO
INSTITUCIÓN EDUCATIVA ASAMBLEA DEPARTAMENTAL
Municipio de Medellín
14 de septiembre de 2011
POR EL CUAL SE ADOPTA EL MANUAL PARA LA CONVIVENCIA DE LA
INSTITUCIÓN EDUCATIVA ASAMBLEA DEPARTAMENTAL DEL MUNICIPIO DE
MEDELLÍN
El Consejo Directivo de la INSTITUCIÓN EDUCATIVA ASAMBLEA DEPARTAMENTAL
en uso de sus facultades legales y en especial las que le otorga la Ley 115 de 1994 y el Decreto
Reglamentario 1860 del mismo año y
CONSIDERANDO:
PRIMERO: Que los artículos 73 y 87 de la Ley General de Educación establecen el Manual de
Convivencia para todos las instituciones educativas.
SEGUNDO: Que en el literal c del artículo 144 de la Ley 115 de 1994 se señala como función del
Consejo Directivo la adopción del Manual de Convivencia Escolar de conformidad a las normas
vigentes, lo cual se encuentra reglamentado en el artículo 23 del Decreto 1860 de 1994.
TERCERO: Que el numeral 7 del artículo 14 del Decreto 1860 de 1994 incluye el Manual de
Convivencia Escolar en el Proyecto Educativo Institucional.
CUARTO: Que el artículo 17 del Decreto 1860 de 1994 reglamenta lo establecido en la Ley 115
sobre el Manual de Convivencia Escolar.
QUINTO: Que en concordancia con el artículo 15 del Decreto 1860 de 1994, al Manual de
Convivencia se le harán las revisiones periódicas necesarias con el fin de ajustarlo a las
necesidades de la comunidad educativa.
SEXTO: Que a partir de la reforma educativa establecida en la Ley 715 que indica la
reorganización del sector educativo, fusionando escuelas, colegios y liceos para convertirse en
Instituciones o Centros Educativos, la necesidad actual es establecer un Manual de Convivencia
que favorezca a las 2 secciones que hacen parte de la nueva Institución Educativa ASAMBLEA
DEPARTAMENTAL.
SÉPTIMO: Que se ha realizado un diagnostico de los contextos, escenarios, actores y
necesidades de cada una de las secciones de la institución con el fin de soportar teórica y
empíricamente la construcción del Manual para la Convivencia Institucional.
6. 6
OCTAVO: Que se hizo partícipe a los diferentes estamentos de la institución educativa abriendo
los espacios necesarios para escuchar propuestas, poner en consideración, deliberación y
consenso los aspectos requeridos para la construcción del Manual para la Convivencia
Institucional.
RESUELVE:
ARTÍCULO 1. Aprobar la construcción participativa y democrática del Manual para la
Convivencia Institucional con este nombre y con la única finalidad de prevenir, mediar y
resolver los conflictos de carácter administrativo, académico y comportamental que pueda alterar
el normal desarrollo del Proyecto Educativo Institucional Ambiental de la institución.
ARTÍCULO 2. Publicar el texto completo del Manual para la Convivencia Institucional, de
modo tal que sea ampliamente conocido por todos los integrantes de la comunidad educativa.
ARTÍCULO 3. Estudiar y aprobar modificaciones al Manual para la Convivencia institucional
cuando se presenten serios motivos que justifiquen una reforma inmediata.
ARTÍCULO 4. Imprimir cada tres años el texto del Manual para la Convivencia Institucional, en
caso tal que lo amerite la cantidad de reformas.
ARTÍCULO 5. Este Manual para la Convivencia Institucional entra a regir a partir del día de su
publicación en el mes de septiembre del año 2011 y deroga los anteriores Manuales de
Convivencia de cada una de las secciones que conforman la Institución Educativa ASAMBLEA
DEPARTAMENTAL.
ARTÍCULO 6. Adoptar como Manual para la Convivencia Institucional el contenido de los
siguientes títulos, capítulos, artículos y parágrafos.
Dado en Medellín a los 23 días del mes de septiembre de 2011
JUAN CARLOS AGUDELO SOSA
Rector
___________________________ _____________________________
Representante de los educadores Representante de los educadores
7. 7
________________________________ ________________________________
Representante de los padres de familia Representante de los estudiantes
_______________________________ _______________________________
Representante de los exalumnos Representante del sector productivo
8. 8
MARCO REFERENCIAL
Presentación del Manual para la Convivencia Institucional
El Manual para la Convivencia Institucional es un componente del Proyecto Educativo
Institucional y Ambiental de nuestra comunidad educativa. Contiene el conjunto de
procedimientos, normas y acuerdos que hacen posible el convivir en la institución. Además, se
convierte en el núcleo central que permite prevenir, mediar y resolver los conflictos de carácter
administrativo, académico y comportamental que pueden alterar el normal desarrollo del
Proyecto Educativo Institucional.
Nuestro Manual para la Convivencia Institucional fue construido teniendo como interrogantes
principales la norma y la manera de asumirla, lo que nos llevo a diseñarlo desde las siguientes
bases:
La ética
El valor de la norma
La autonomía
La ética no debe ser comprendida solamente desde el actuar de la persona en sus diferentes
escenarios. Ella debe permitir, además, la interrogación sobre la finalidad de las acciones y la
reflexión de cómo éstas inciden en los demás seres humanos, buscando trascender hacia la
comprensión de la vida en comunidad y la práctica de valores que favorezcan el sentido del
bienestar común.
Cuando se adquiere la habilidad para convivir en los diferentes escenarios sociales, cobra real
sentido la práctica de normas, las cuales no se reducen a la función de imponer un límite, sino
que ellas también, cumplen la función de orientar el comportamiento humano a través de un valor
que las respalda y las justifica; donde predomina la comprensión del porqué su existencia y se
brinda la educación necesaria para que las personas las efectúen no desde la imposición, sino
desde la convicción e interiorización.
Un Manual para la convivencia basado en la ética y en la norma como un valor social, es una
propuesta pedagógica que pretende posibilitar a las personas una manera de acercarse al
desarrollo de su autonomía, la cual hace referencia a la capacidad individual de saber tomar
decisiones, de saber cómo actuar y porqué hacerlo, de pensarse y asumir posiciones críticas ante
la manera de relacionarse con los demás y responder por las consecuencias de sus actos.
Este Manual para la Convivencia Institucional también reconoce que las interacciones humanas
están expuestas a conflictos internos y externos que pueden deteriorar la convivencia. Es por esto
que nuestra pedagogía privilegia la deconstrucción de conflictos, la cual consiste en hacer una
reflexión de las causas y las consecuencias de una situación específica, para que las personas
tengan la responsabilidad de comprenderla, mediarla y estar alerta para prevenir futuros
desencuentros.
9. 9
Presentación y Filosofía de la Institución.
EL LEMA:
“Técnica, disciplina y trabajo”
El lema institucional “TECNICA, DISCIPLINA Y TRABAJO”, fundamenta la convicción y el
compromiso que tiene la Institución con la formación personal de sus estudiantes. Se pretende
por tanto que en nuestra institución se forme un ser multidimensional con una conciencia crítico
social, que posibilite identificar y reflexionar sobre las problemáticas y posibilidades de su
contexto y aportar elementos para su transformación y desarrollo.
Visión de la Institución
La Institución Educativa Asamblea Departamental de la ciudad
de Medellín, conservará su carácter de Educación dedicada a la formación de
estudiantes como seres autónomos, creativos, respetuosos y democráticos
que valoren el saber social y cultural, posicionando la institución para el 2010
entre las 5 mejores en la ciudad en el sector oficial.
Misión de la Institución
La Institución Educativa Asamblea Departamental es una Institución de carácter oficial
perteneciente a la ciudad Medellín, dedicada a la prestación de servicios de educación
formal en los niveles de Preescolar, Básica Primaria, Básica Secundaria y Media
Técnica en las modalidades de comercio, Desarrollo de software y asistencia
administrativa.
El estudiante tiene la opción de elegir de acuerdo con sus necesidades, intereses y
destrezas para optar el título de Bachiller Técnico y académico, que le permita
desempeñarse laboralmente y/o continuar con la educación superior.
La Institución Educativa Asamblea Departamental propicia la formación integral de
sus estudiantes fundamentándola en el desarrollo de un carácter fuerte, de un cuerpo y
una mente sana, aprender un oficio, estimular la capacidad de servicios e incrementar
la espiritualidad.
10. 10
Perfil del estudiante asambleísta
El estudiante y futuro bachiller técnico debe poseer aptitudes y actitudes que lo lleven a ser:
Una persona responsable ante la sociedad.
Líder de su comunidad.
Constructor de conocimiento partiendo de la realidad.
Autónomo, crítico, creativo y reflexivo ante la realidad para contribuir a su formación.
Conocedor de su comunidad, como base para la construcción de una sociedad
Justa, solidaria y tolerante.
Eje de su propia formación y constructor de su proyecto de vida.
Capacitado para asumir la formación laboral como parte integral de su
Realización personal.
Enamorado de la vida, con gran calidad humana, que vivencie los valores
morales y sociales con espíritu de superación.
Innovador en el campo de la ciencia, la tecnología y la cultura.
Preparado para convivir armónicamente en sociedad, reconociendo y respetando
los derechos humanos.
Practicante del aseo, la pulcritud, puntualidad, cumplimiento y cortesía en sus
acciones diarias.
Una persona con sentido de pertenencia, que cuide y mejore los objetos, bienes
y servicios de uso personal y comunitario.
Portador de la alegría, la motivación, la cordialidad y el respeto a la diferencia,
como elemento de promoción humana.
Promotor de la democracia participativa, del avance de la ciencia, el arte y la
tecnología, puesta al servicio del hombre para mejorar la calidad de vida.
Perfil del Educador y el administrativo docente
Nuestra institución educativa requiere como educador y administrativo docente, profesionales de
la educación con:
Ética social y actitud propositiva en beneficio de la institución educativa.
Liderazgo y gestión en busca de calidad educativa.
Deseo de perfeccionamiento profesional y trascendencia personal.
Capacidad para innovar, crear, recrear y dinamizar.
Capacidad para formar sujetos autónomos y críticos.
Sentido de pertenencia por la institución, por su rol y por sus estudiantes.
Habilidad para la apertura, el diálogo, la concertación, el autocontrol y la prudencia.
Capacidad de respetar y manejar asertivamente los conflictos que se generan por la
diferencia.
Capacidad de dar y recibir afecto.
Un buen uso de la autoridad y de la norma.
11. 11
Perfil del Acudiente
Nuestra institución educativa necesita acudientes caracterizados por:
Su responsabilidad y compromiso frente al acompañamiento formativo de su acudido.
El manejo de valores sociales
La habilidad para proponer e implementar proyectos y actividades institucionales.
La actitud de conciliación, dialogo, autocontrol y prudencia.
La capacidad para dar y recibir afecto.
El buen uso de la autoridad y la norma.
El sentido de pertenencia por la institución.
TITULO I
COMPONENTE ADMINISTRATIVO
CAPITULO I
Admisiones y matrículas
Artículo 1. Criterios de admisión y matrícula
La matrícula es un acto que formaliza la vinculación del estudiante al servicio educativo que
ofrece la institución. Se realiza la primera vez que ingresa un estudiante, mediante un contrato
donde la institución establece los criterios normativos y administrativos. Los estudiantes y
acudientes deciden voluntariamente aceptarlos e igualmente tienen la posibilidad de proponer
modificaciones buscando el beneficio de toda la comunidad educativa. Esta matrícula podrá
renovarse para cada año académico.
Mediante este contrato las partes: institución educativa, acudiente y estudiante se comprometen a
conocer, aceptar, respetar y proponer modificaciones al Manual para la Convivencia
Institucional.
Artículo 2. Ingreso por primera vez a la Institución
Los criterios para la admisión son:
Tener 5 años de edad cumplidos al momento de la matrícula para el nivel de
preescolar o cumplirlos antes del 31 de marzo.
Tener 6 años de edad cumplidos al momento de la matrícula para el grado primero de
la básica primaria.
Tener entre 11 a 12 años de edad para el grado sexto de la básica secundaria.
Tener entre 15 a 17 años de edad para los grados de la media técnica.
Llenar la solicitud de admisión y devolverla en la fecha establecida.
El cupo establecido para el nivel de preescolar es de 35 estudiantes por grupo, en los
grados de la básica primaria, de 45 estudiantes por grupo, secundaria y media son de
45 por grupo. Al momento de completarse el cupo, se cerrará toda inscripción.
Los acudientes y los estudiantes deben asistir a una inducción sobre los fines del nivel
y el Proyecto Educativo Institucional con la comisión de admisión de la institución.
Los documentos que se requieren para la matrícula por primera vez, son:
Registro civil de nacimiento en original o fotocopia autenticada.
12. 12
4 fotos con el uniforme de la Institución.
Carné de vacunas.
El certificado de Paz y salvo expedido por la institución.
Fotocopia del documento de identidad del acudiente y de la EPS o SISBEN I, II, III.
Además:
Firmar la hoja de matrícula por el acudiente y el estudiante.
Artículo 3. Renovación de matrícula
La renovación hace referencia a los estudiantes que cursaron el año anterior en la institución. Los
criterios para la renovación son:
Estar a paz y salvo por concepto de derecho académico del año anterior y en los
demás servicios que presta la institución.
Que haya sido promovido al grado siguiente por el comité de promoción.
En el caso de estudiantes que han reprobado el grado cursado podrán ser renovadas
sus matrículas si manifiestan por escrito su voluntad de continuar en la institución.
No tener sanciones que impidan la renovación de la matrícula, según lo previsto en el
presente Manual para la Convivencia Institucional.
Tener la documentación requerida completa.
Los documentos que se requieren para la renovación de la matrícula son:
4 fotos con el uniforme de la Institución
Informe académico final del año anterior.
Fotocopia de la EPS o SISBEN I, II, III.
Además:
Firmar la hoja de renovación de la matrícula por el acudiente y el estudiante.
Parágrafo. En el mes de diciembre solo se podrán matricular los estudiantes que hayan perdido
hasta dos áreas. En el mes de enero los estudiantes que hayan perdido tres o más.
Artículo 4. Matrícula por transferencia
Esta matrícula hace referencia a los estudiantes que iniciaron el año escolar en una institución
educativa diferente a la nuestra y que por motivo de cambio de domicilio solicitan continuarlos
con nosotros
Los criterios de admisión son:
Cupo disponible en el grado para el cual se hace la solicitud.
Llenar el formulario de solicitud.
Tener las edades requeridas para cada uno de los grados.
No tener logros pendientes en las asignaturas o áreas cursadas en la anterior institución.
Presentarse con el acudiente a una entrevista con el orientador escolar la institución.
Presentarse con el acudiente a una inducción sobre los fines del nivel y el Proyecto
Educativo Institucional con la Comisión de admisión.
El desempeño en su comportamiento y a nivel académico estará sujeto al criterio de la
comisión de admisión.
Los documentos requeridos son:
Registro civil de nacimiento en original o fotocopia autenticada.
4 fotos para documento.
13. 13
Carné de vacunas.
Fotocopia del documento de identidad del acudiente y de la EPS o SISBEN I, II, III.
Hoja de vida debidamente diligenciada por la anterior institución.
Informe académico y de comportamiento obtenido en el periodo cursado en la anterior
institución.
Paz y salvo expedido por la anterior Institución.
Además:
Presentar la consignación original del valor cancelado en la anterior institución educativa
y si no había cancelado derechos académicos, hacerlo según indicaciones de la nuestra.
Firmar la hoja de matrícula por el acudiente y el estudiante.
Artículo 5. Matrícula de régimen especial.
Esta matrícula hace referencia solamente al personal que acude a la institución solicitando cupo
en los diferentes niveles por motivo de desplazamiento forzoso en cualquier periodo del año
escolar.
Los criterios de admisión son:
Cupo disponible en el grado para el cual se hace la solicitud.
Llenar el formulario de solicitud.
Presentarse con el acudiente a una entrevista con la asesora escolar de la institución.
Si no posee documentación escolar, presentar una prueba de valoración académica con el
comité de evaluación del grado para el cual está solicitando cupo. Si no cumple con los
logros mínimos para el nivel, se le recomendará al acudiente que lo matricule en un grado
inferior.
Los documentos requeridos son:
Certificado de persona en situación de desplazamiento forzoso, expedido por la autoridad
competente.
Si es posible registro civil de nacimiento original o en fotocopia o partida de bautismo del
estudiante, si no existen debe presentar denuncia de su perdida y constancia de su tramite.
4 fotos para documento con el uniforme de la Institución.
Carné de vacunas, sino existe debe dirigirse al Hospital más cercano para iniciar el
proceso de vacunación.
Si es posible fotocopia del documento de identidad del acudiente o de cualquier otro
documento público y si no existen debe presentar denuncia de su pérdida y constancia de
su trámite.
Además:
Firmar la hoja de matrícula por el acudiente y el estudiante.
Artículo 6. La Comisión de admisión es la encargada de estudiar y aprobar las solicitudes de los
estudiantes que van a ingresar por primera vez a la institución o que regresan después de un año
de suspensión.
Los integrantes son:
Rector
Coordinadores
Asesor escolar
14. 14
Artículo 7. Son Funciones de la Comisión de admisión:
Diseñar la ficha de solicitud de ingreso para los estudiantes nuevos.
Estudiar las solicitudes de ingreso y determinar su aceptación o no, teniendo en cuenta los
criterios de admisión.
Leer y tener en cuenta al momento de tomar la decisión, la ficha técnica de la entrevista
que los estudiantes por trasferencia y de régimen especial tuvieron con el asesor escolar
de la institución.
En caso de admitir un estudiante por trasferencia cuyo desempeño académico y/o
comportamental no sea satisfactorio o a un estudiante que tuvo una sanción de un año por
fuera de la institución, deberá diseñar una ficha de ingreso con el compromiso que
adquiere el estudiante, la cual será anexada a su hoja de vida.
Preparar, citar y ejecutar una inducción sobre los fines del nivel y el Proyecto Educativo
Institucional con los estudiantes nuevos y sus acudientes, antes de la matrícula.
Realizar un estudio socioeconómico que determine el cobro o no del derecho académico
para el caso de los estudiantes de régimen especial.
Publicar el listado de los estudiantes que fueron admitidos en la institución y
comunicarlo directamente a sus acudientes para que inicien el proceso de matrícula.
Parágrafo 1.Los estudiantes que estuvieron por fuera de la institución durante un año o aquellos
a quienes se les haya cancelado la matrícula por un motivo contemplado en este Manual, serán
matriculados como estudiantes nuevos y deberán presentar la documentación para tal fin.
Artículo 8. Causales de terminación del contrato de matrícula
La institución educativa podrá dar por terminado el contrato de la matrícula, aunque no haya
terminado el año académico, en el momento en que se presente cualquiera de las siguientes
causas:
Voluntad expresada de forma escrita por el acudiente.
Cuando por prescripción médica, psicológica u orden judicial se considere inconveniente
la permanencia del estudiante en la institución.
Cuando el Consejo Directivo determine la cancelación o no renovación de la matrícula
por causa de una sanción al desempeño académico o comportamental, establecida en el
presente Manual.
Cuando el Consejo Directivo determine la cancelación o no renovación de la matrícula
por causa de la infracción a una falta gravísima contemplada en este Manual.
Por doble repitencia del año escolar.
Parágrafo 1. Para hacer efectiva la terminación del contrato de matrícula, el acudiente debe
presentarse a la institución educativa a firmar la cancelación, de lo contrario no se le hará entrega
de la documentación referente al estudiante.
Parágrafo 2. La pérdida o reprobación del año escolar asociado a problemas de indisciplina será
causal para la no renovación del contrato de matricula
15. 15
TITULO II
CONVIVENCIA INSTITUCIONAL
CAPITULO I
Derechos y Responsabilidades para la comunidad educativa
La comunidad educativa está conformada por estudiantes, educadores, padres de familia o
acudientes de los estudiantes, egresados, directivos docentes y administrativos. Todos ellos,
según su competencia, participarán en el diseño, ejecución y evaluación del Proyecto Educativo
Institucional y en la buena marcha del respectivo establecimiento educativo
Artículo 9. Derechos de los estudiantes
Se adquiere la calidad de estudiante al momento de firmar la matrícula o su renovación. La
institución educativa favorecerá en el estudiante el pleno desarrollo de su personalidad, el acceso
a la cultura, al logro de conocimiento científico y técnico y la formación de valores éticos,
estéticos, morales, ciudadanos y religiosos. Además, los estudiantes son el centro del proceso
educativo y deben participar activamente en su propia formación integral.
En calidad de estudiante de la INSTITUCIÓN EDUCATIVA ASAMBLEA
DEPARTAMENTAL tengo derecho a:
1. VALOR DEL RESPETO:
1.1. Gozar de los derechos y privilegios que se derivan de la Constitución y la Ley, y en especial
del Código de la Infancia y la adolescencia, y de las demás normas y directrices del Ministerio de
Educación Nacional y de la institución educativa.
1.2. Que me traten y corrijan amablemente y sin ninguna discriminación de creencias, raza, sexo
u opinión.
1.3. Que me llamen la atención de manera privada y si las circunstancias ameritan que sea
pública, deberán evitar el ridiculizar y la agresión verbal o física.
2. VALOR DE LA CONVIVENCIA.
2.1. Conocer el Manual para la Convivencia Institucional antes de firmar la matrícula o su
renovación.
2.2. Disfrutar de un ambiente material y de relaciones humanas que hagan agradable la
convivencia institucional.
2.3. Contar con descansos pedagógicos y jornadas lúdicas que propicien un buen uso del tiempo
libre, la creatividad y la interacción.
3. VALOR DE LA COMUNICACIÓN:
3.1. Puedo presentar solicitudes respetuosas a los directivos y docentes por motivo de interés
general o particular, ya sea personalmente o a través de los representantes y recibir respuesta
oportuna.
16. 16
3.2. Puedo hacer uso de los teléfonos públicos de la Institución en los descansos y en clase se
hará con previa autorización escrita y firmada del educador.
4. VALOR DEL PERDÓN:
4.1. No censurar por acciones del pasado o me sigan recordando las cosas malas que hice, aún
demostrando que pude mejorar.
4.2. Corregir las equivocaciones, responsabilizándome de las consecuencias de mis actos.
5. VALOR DE LA EDUCACIÓN:
5.1. Recibir la educación necesaria para mi formación académica y personal, siguiendo lo
estipulado en el Proyecto Educativo Institucional.
5.2. Contar con educadores y directivos que reconozcan mi individualidad dentro del proceso
formativo y que demuestren voluntad para cumplir con el perfil que requiere la institución.
5.3. Conocer con anticipación las pautas y objetivos del trabajo académico y metodológico, así
como los criterios de evaluación y promoción.
5.4. Gozar de los planes de mejoramiento y si es el caso de los de recuperación y superación.
5.5. Tener alternativas para el cumplimiento de las responsabilidades académicas, cuando mis
condiciones físico-psíquicas impidiera que lo hiciera, previa certificación del médico, psicólogo u
otro profesional que atendió.
5.6. Conocer oportunamente los resultados de desempeño académico y comportamental, con
posibilidades de objetar respetuosamente y de ser escuchado en uno u otro caso antes de
consignar las observaciones definitivas para el periodo.
5.7. Recibir oportunamente la devolución de evaluaciones, tareas, talleres y proyectos,
debidamente revisados, con asignación de valor académico y cualitativo y con sugerencias para
mejorar si es el caso.
5.8. Contar con un orientador escolar que implemente acciones para la prevención, la promoción
social, el acompañamiento académico y comportamental.
5.9. Permanecer durante toda la clase con el educador correspondiente o con un orientador en
caso tal que la actividad que se realice requiera de otro personal.
5.10. Asignar actividades pedagógicas cuando un educador falte por una causa justificada, con el
debido acompañamiento de un orientador, siempre y cuando las condiciones administrativas lo
permitan.
5.11. Aplicar el debido proceso en todas las decisiones que tome la institución con respecto a mi
desempeño académico o comportamental.
5.12. Ser informado de manera oportuna e imparcial sobre los diferentes aspectos de la vida
institucional.
5.13. Hacer uso de las instalaciones de la institución de acuerdo con las normas establecidas en el
presente Manual.
5.14. En casos excepcionales como problemas de salud o calamidades domésticas intempestivas,
autorizar salir antes de la hora ordinaria con previa autorización del coordinador quien se
comunicará con la familia y solicitara que un adulto recoja al alumno.
5.15. Que el acudiente suministre el uniforme institucional para acrecentar el sentido de
pertenencia e identidad con la institución.
6. PARTICIPACIÓN:
6.1. Participar de manera directa o a través de los representantes elegidos democráticamente en
los distintos organismos institucionales.
17. 17
6.2. Participar en la evaluación de los educadores y administrativos.
6.3. Sugerir propuestas para la reforma del Proyecto Educativo Institucional y el Manual para la
Convivencia Institucional.
6.4. Presentar proyectos o realizar actividades que beneficien a la comunidad educativa.
6.5. Recibir reconocimientos cuando lo amerite por los desempeños académicos,
comportamentales, deportivos, culturales y lúdicos.
6.6. Participar en los espacios lúdicos propiciados por la institución.
6.7. Representar a la institución en actividades deportivas, recreativas, artísticas, culturales,
académicas, mediante selección previa de los orientadores de éstas, siempre y cuando no tenga
graves dificultades normativas o académicas.
Artículo 10. Responsabilidades de los estudiantes
Como estudiante de la INSTITUCIÓN EDUCATIVA ASAMBLEA DEPARTAMENTAL, tengo
las siguientes responsabilidades:
1. VALOR DEL RESPETO:
1.1 . Reconocer y respetar en todos los integrantes de la comunidad educativa sus derechos y
oportunidades.
1.2 Respetar y valorar el trabajo de todas las personas que hacen parte de la institución
educativa.
1.3 Respetar la intimidad personal y familiar, el buen nombre de cada uno de los integrantes de
la institución.
1.4 Abstenerse de propiciar escándalos públicos.
1.5. No hurtar ni dañar la propiedad privada y pública.
2. VALOR DE LA CONVIVENCIA:
2.1. Contribuir al embellecimiento, aseo, conservación y mejoramiento de la planta física, los
bienes materiales y el entorno ecológico de la institución.
2.2. Asumir un buen comportamiento en la institución y en las actividades que se realicen por
fuera de ella.
2.3. En todas las acciones contribuir a la preservación del ambiente y el uso racional de los
servicios públicos.
2.4. Comunicar a los coordinadores o educadores, toda falta que atente contra el bienestar
individual o colectivo en la institución.
2.5. Practicar las normas básicas de urbanidad y civismo dentro y fuera de la institución.
2.6. No amenazar, intimidar o sobornar a un integrante de la institución.
2.7. Portar siempre el Manual para la Convivencia Institucional.
2.8. Llevar conmigo el carnet estudiantil.
3. VALOR DE LA COMUNICACIÓN:
3.1. Escuchar con respeto las sugerencias que se hagan para modificar algún comportamiento o
actitud que afecte el bien común.
3.2. Solucionar los conflictos que se presenten en la institución siguiendo el conducto regular y a
través de la capacidad racional, la prudencia, el diálogo y si es necesario la búsqueda de
mediadores de conflictos.
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4. VALOR DEL PERDON:
4.1. No planear o ejecutar algún tipo de venganza contra ningún integrante de la comunidad
educativa.
5. VALOR DE LA EDUCACIÓN:
5.1. Reconocer y respetar la identidad de la institución, impulsarla y fortalecerla.
5.2. Asistir puntualmente a las clases, a las actividades programadas por la institución y a las citas
convocadas por directivos, educadores y personal de apoyo.
5.3. Dedicarse responsablemente a las actividades académicas: atender a la clase y participar de
ella, respetar a educadores y compañeros, cumplir con el material requerido, presentar los
trabajos y talleres en la fecha indicada.
5.4. Presentar excusas por escrito y con anticipación a la coordinación, cuando requiera
ausentarse de la institución o cuando llegue tarde por causa justificada, con la debida firma del
acudiente, su número de cédula y número telefónico. Debe comprometerse a desatrasarse y
presentarse ante los educadores respectivos con el fin de realizar las actividades pendientes.
5.5. Presentar excusas por escrito inmediatamente regrese de una ausencia impredecible y
justificada a los educadores. Debe estar firmada por el acudiente con su número de cédula y
número telefónico, comprometerse a desatrasarse y presentarse ante los educadores respectivos
con el fin de realizar las actividades pendientes.
5.6. Brindar de manera oportuna y veraz la información que sea solicitada para la labor
pedagógica.
5.7. Presentar los trabajos escritos, con base a las orientaciones estéticas y normativas que oriente
el educador
5.8. Permanecer en la institución y en los sitios programados durante toda la jornada académica.
5.9. Hacer un buen uso de las instalaciones y servicios de la institución educativa y responder por
todo daño que se cause.
5.10. Abstenerse de asistir a las actividades académicas y demás programadas por la institución
en estado de embriaguez, bajo el influjo de sustancias que producen dependencia, con cualquier
tipo de arma o posesión de fármacos y alucinógenos.
5.11. Hacer un buen uso de la información consagrada en calificaciones, cuaderno de
comportamiento, observador del estudiante y demás documentos institucionales, evitando el
fraude, el robo y falsificación.
5.12. Respetar el debido proceso al realizar reclamos, reposiciones, apelaciones o gestiones en la
institución.
5.13. Cumplir con los compromisos que adquiere cuando por las creencias no participa de una
celebración religiosa programada por la institución
5.14. Cumplir con los compromisos que adquiere cuando se me aplica una estrategia pedagógica
por cometer una falta leve, grave o gravísima.
5.15. Portar adecuadamente y con dignidad los uniformes de acuerdo con sus especificaciones.
5.16. Informar oportunamente a los acudientes sobre citaciones, reuniones, celebraciones y
cualquier otra actividad que requiera de su presencia.
5.17. Apropiarse del perfil del estudiante que la institución requiere.
5.18. Estar a paz y salvo con los documentos y requisitos exigidos por la institución.
6. PARTICIPACIÓN:
6.1. Cumplir con las responsabilidades que implica el ser elegido como integrante de un órgano
del gobierno escolar y acatar las decisiones que los compañeros elegidos tomen en ejercicio de
sus funciones.
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6.2. Acatar las pautas para participar en las diferentes actividades lúdicas, culturales, deportivas y
sociales, cumpliendo con lo que se compromete en ellas.
Artículo 11. Derechos de los acudientes
El acudiente es un adulto responsable de la formación integral del estudiante. Puede ser uno de
sus padres, un familiar o una persona que este al cuidado permanente del estudiante. Se adquiere
la calidad de acudiente al momento de firmar la matrícula o su renovación.
Como acudiente de un estudiante INSTITUCIÓN EDUCATIVA ASAMBLEA
DEPARTAMENTAL, tengo derecho a:
1. VALOR DEL RESPETO:
1.1. Que se respeten todos los derechos contemplados en la Constitución Nacional y la Ley.
1.2. Recibir atención respetuosa y amable por parte de los diferentes integrantes de la comunidad
educativa y sin ninguna discriminación de creencias, raza ni opinión.
2. VALOR DE LA CONVIVENCIA:
2.1. Conocer el Manual para la Convivencia Institucional y los demás aspectos contemplados en
el Proyecto Educativo Institucional.
3. VALOR DE LA COMUNICACIÓN:
3.1. Presentar peticiones respetuosas a los directivos y docentes por motivo de interés general o
particular, ya sea personalmente o a través de los representantes y recibir respuesta oportuna.
4. VALOR DEL PERDÓN:
4.1. Que no se censuren por acciones del pasado o sigan recordando las cosas malas que hizo, aún
demostrando que pude mejorar.
4.2. Corregir equivocaciones, responsabilizándose de las consecuencias de sus actos.
5. VALOR DE LA EDUCACIÓN:
5.1. Ser atendido por los educadores y/o administrativos docentes para conocer los procesos de
formación, según el horario establecido por la institución.
5.2. Recibir oportunamente los informes académicos y de comportamiento del acudido, al final
de cada periodo y al final.
5.3. Conocer el calendario escolar y a que se cite con debida anticipación a las actividades y
reuniones.
5.4. Ser informado oportunamente sobre las decisiones que tome la institución con respecto al
acudido.
5.5. Ser informado de manera oportuna e imparcial sobre los diferentes aspectos de la vida
institucional.
5.6. Tener acceso a la ficha observador del estudiante, cuaderno de comportamiento,
calificaciones y planilla de asistencia con la restricción de no retirarlas de la institución ni del
lugar en el que se encuentre, a no ser que haya cancelado la matrícula.
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5.7. Que se elaboren certificados y constancias de la escolaridad del acudido, de acuerdo con las
normas vigentes, horarios, días de atención y previa cancelación del valor económico de acuerdo
a la directriz dada por el Ministerio de Educación Nacional.
5.8. En casos excepcionales como problemas de salud o fuerza mayor, puedo delegar un familiar
del acudido las responsabilidades como acudiente, previo convenio escrito entre las partes.
6. VALOR DE LA PARTICIPACIÓN:
6.1. Elegir y ser elegido para los cargos del gobierno escolar que requieran de la participación,
siempre y cuando se tenga un grado de consanguinidad con el acudido.
6.2. Ser invitado a las escuelas de padres que programe la institución
6.3. Sugerir propuestas para la reforma del Proyecto Educativo Institucional y el Manual para la
Convivencia Institucional.
Artículo 12. Responsabilidades de los acudientes
Como acudiente de la INSTITUCIÓN EDUCATIVA ASAMBLEA DEPARTAMENTAL, tengo
las siguientes responsabilidades:
1. VALOR DEL RESPETO:
1.1. Respetar y valorar el trabajo de todos los empleados de la institución.
1.2. Ser respetuoso en el trato con los integrantes de la comunidad educativa.
1.3. Controlar que el acudido no lleve cosas ajenas a la casa, y si se presenta el caso, devolverlas.
1.4. No apoyar ni permitir comportamientos en los que el acudido atente contra la vida de los
demás, y la integridad física.
2. VALOR DE LA CONVIVENCIA:
2.1. Reconocer y respetar el Manual para la Convivencia Institucional y los demás componentes
del Proyecto Educativo Institucional.
2.2. Vigilar que el acudido no lleve a la institución educativa juguetes, radios, walkman, armas,
fármacos, alucinógenos, bebidas alcohólicas.
2.3. No interrumpir el proceso normal de las actividades académicas, llevando trabajos,
solicitando información, vigilando al acudido, en horarios y espacios no establecidos para ello.
2.4. No amenazar, intimidar o chantajear a un integrante de la institución.
3. VALOR DE LA COMUNICACIÓN:
3.1. Asumir responsablemente las sugerencias de tipo formativo, dadas por los educadores,
orientador escolar y/o directivos de la institución, cumpliendo oportunamente con ellas.
3.2. Solucionar los conflictos que se presenten en la institución a través del dialogo, y el debido
proceso contemplado en este Manual.
4. VALOR DEL PERDÓN:
4.1. No planear o ejecutar algún tipo de venganza contra un integrante de la comunidad
educativa.
5. VALOR DE LA EDUCACIÓN:
5.1. Velar por el cumplimiento de las responsabilidades académicas que mi acudido tiene en la
institución educativa.
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5.2. Servir de apoyo de la institución en los planes de mejoramiento, superación y refuerzo.
5.3. Asistir puntualmente a las diferentes reuniones y citaciones realizadas por el personal
docente y directivos de la institución.
5.4. Pedir las citas con anticipación para ser atendidos por el personal docente y administrativo de
la institución en los horarios y días establecidos para ello.
5.5. Contribuir para que el acudido respete y cumpla los compromisos, notas y observaciones
académicas o comportamentales que le son realizadas, además de las estrategias pedagógicas que
le sean asignadas por cometer faltas contempladas en este Manual. Debe firmarlas con número de
cédula.
5.6. Responder por los daños materiales que el acudido cause en la institución.
5.7. Enviar las excusas por la inasistencia o llegadas tardes del acudido y las solicitudes, bien
presentadas, con la debida firma y número de cédula.
5.8. Suministrar a el acudido los elementos necesarios para las actividades académicas y los
uniformes de la institución
5.9. Velar por la buena presentación personal y el porte digno de los uniformes de la institución.
5.10. Apropiarse del perfil del acudiente que la institución educativa requiere.
6. VALOR DE LA PARTICIPACIÓN:
6.1. Cumplir con las responsabilidades que implica el ser elegido como integrante de un órgano
del gobierno escolar y acatar las decisiones que los compañeros elegidos tomen en ejercicio de
sus funciones.
Artículo 13. Derechos de los educadores, directivos docentes y personal administrativo.
El educador es el orientador en la institución educativa, de un proceso de formación, enseñanza y
aprendizaje de los estudiantes, acorde con las expectativas sociales, culturales, éticas y morales
de la familia y la sociedad.
Los educadores que ejerzan funciones de dirección, coordinación, supervisión e inspección,
programación y asesoría son directivos docentes.
El personal administrativo y logístico hace referencia a quienes ejercen en la institución
funciones de secretaría, bibliotecología, orientación escolar, personal operativo y de servicios.
Como educadores, directivos docentes y personal administrativo, tenemos derecho a:
1. VALOR DEL RESPETO:
1.1. Todos los contemplados en la Constitución y la Ley, reglamento interno de trabajo, la Ley
General de Educación y Decreto Reglamentario.
1.2. Ser tratado de manera justa y equitativa, sin discriminación de género, raza, creencia o
agrupación, de acuerdo a las directrices nacionales, departamentales e institucionales.
1.3. Que se llame la atención de manera fraterna, en forma directa, privada y oportuna en los
momentos de dificultad.
1.4. Recibir un buen trato de palabra y de acción por parte de todos los integrantes de la
comunidad educativa.
1.5. A que se respeten en todos los casos y en todas las instancias del debido proceso.
1.6. Conocer oportunamente cualquier aspecto que tenga que ver con el desempeño laboral.
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2. VALOR DE LA CONVIVENCIA:
2.1. Disfrutar de un ambiente material y de relaciones humanas que hagan agradable la
convivencia institucional.
2.2. Disfrutar de jornadas pedagógicas, recreativas y de integración.
3. VALOR DE LA COMUNICACIÓN:
3.1. Presentar peticiones respetuosas a los directivos y compañeros por motivo de interés general
o particular, ya sea personalmente o a través de los representantes y recibir respuesta oportuna.
4. VALOR DE LA EDUCACIÓN:
4.1. Recibir una clara y oportuna inducción del Proyecto Educativo Institucional y conocer sus
cambios, si esto acontece.
4.2. Conocer previamente el calendario escolar, la jornada laboral, la asignación académica,
cargos y demás actividades que se me asignen en la institución.
4.3. Que se faciliten los recursos necesarios y adecuados para el desempeño de la labor.
4.4. Recibir el apoyo necesario para la capacitación profesional, de acuerdo a los criterios
establecidos, siempre y cuando no afecte el normal desarrollo de las actividades académicas.
4.5. Que la institución reconozca y estimule el desempeño profesional.
4.6. Que se se concedan permisos, debidamente justificados y por escrito, teniendo en cuenta lo
establecido por la Ley.
4.7. Hacer uso de las instalaciones de la institución de acuerdo con las normas establecidas.
5. VALOR DE LA PARTICIPACIÓN:
5.1. Sugerir propuestas para la reforma del Proyecto Educativo Institucional y el Manual para la
Convivencia Institucional.
5.2. Presentar proyectos o generar actividades para el servicio de la comunidad educativa.
5.3. Ser elegidos y elegir para todo tipo de organismo de participación institucional o sindical,
asumiendo las responsabilidades del cargo.
Artículo 14. Responsabilidades de los directivos, educadores, personal administrativo.
Como educadores, directivos docentes y personal administrativo, tenemos las responsabilidades
de:
1. VALOR DEL RESPETO:
1.1. Dirigirse con respeto y prudencia en las expresiones verbales y escritas que realice a los
demás integrantes de la comunidad educativa.
12. No fumar en las zonas frecuentadas por los estudiantes.
2. VALOR DE LA CONVIVENCIA:
2.1. Reconocer y velar por el cumplimiento de todas las normas del Manual para al Convivencia
Institucional.
2.2. Cuidar e informar siguiendo el debido proceso, sobre cualquier comportamiento que genere
daños a una persona o a la planta física e imagen de la institución.
2.3. No amenazar, intimidar o chantajear a un integrante de la institución.
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3. VALOR DE LA COMUNICACIÓN:
3.1. Escuchar con respeto las sugerencias que se hagan para modificar algún comportamiento o
actitud que afecte el bien común.
3.2. Solucionar los conflictos que se presenten en la Institución a través de diálogo, la prudencia y
el debido proceso contemplado en este Manual.
4. VALOR DEL PERDÓN:
4.1. No planear o ejecutar algún tipo de venganza contra un integrante de la comunidad
educativa.
5. VALOR DE LA EDUCACIÓN:
5.1. Conocer y cumplir las responsabilidades y funciones del cargo y cumplir con el desarrollo y
promoción de mi área.
5.2 Estar en permanente capacitación o actualización profesional.
5.3. Demostrar voluntad para apropiarse del perfil del educador que la Institución Educativa
requiere.
5.4. Hacer seguimiento y control al desarrollo de los contenidos planeado en el área y velar
porque ellos estén enfocados al Proyecto Educativo Institucional.
5.5. Diligenciar las fichas de seguimiento del estudiante teniendo en cuenta los aspectos y por
mejorar, tanto en lo académico como en comportamental, siguiendo los parámetros del Consejo
Académico.
5.6. Tener en cuenta el contexto, la historia de la vida, la individualidad de estudiante al momento
de planear, evaluar y consignar los informes del período.
5.7. Asignar compromisos de tipo académico o lúdico para los estudiantes que no asisten a
celebraciones religiosas.
5.8. Dejar talleres debidamente planeados y con el visto bueno del coordinador, cuando requiera
ausentarse de la Institución.
5.9. Presentar ante la coordinación dos talleres por período académico relacionados con los temas
del área que ha sido asignada, para ser consignados en el Banco de Talleres de la Institución.
5.10. Llegar puntual a clases y a las demás actividades programadas por la Institución.
5.11. Preparar clases, diligenciar el cuaderno de comportamiento del estudiante cuando sea
necesario y el control de asistencia.
5.12. Atender y solucionar las solicitudes y reclamos de los estudiantes, siguiendo el debido
proceso.
5.13. Darle la oportunidad de presentar exámenes, talleres y desatrasarse a los estudiantes que
presentaron excusa por ausencia en la clase o llegadas tardes.
5.14. Revisar y calificar las evaluaciones, tareas, talleres y proyectos solicitados a los estudiantes,
devolvérselos oportunamente y con recomendaciones escritas.
5.15. Atender a los acudientes en el día y horarios establecidos.
5.16. Cumplir con la planeación, ejecución y evaluación del proyecto pedagógico al que se
inscribió.
5.17. Preparar, ejecutar y asignar actividades de refuerzo y superación para los estudiantes que
tengan logros pendientes.
5.18. Planear y ejecutar el plan de mejoramiento institucional.
5.19. Velar por el buen estado y uso de los materiales de trabajo que sean asignados en la
Institución.
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5.20. En el caso de ser asignado como director de grupo, hacer el seguimiento académico y
comportamental de los estudiantes, diligenciar sus fichas de seguimiento, acompañarlos en el
proceso grupal. Además ser el canal de comunicación para dar y recibir información relacionada
con la Institución.
5.21. Cumplir la jornada laboral como lo estipula la Ley.
6. VALOR DE LA PARTICIPACIÓN:
6.1. Participar activamente de las jornadas pedagógicas, convivencias, talleres y actividades que
realice la Institución.
6.2. Cumplir con las responsabilidades que implica el ser elegido como integrante de un órgano
del gobierno escolar y acatar las decisiones que los compañeros tomen en ejercicio de sus
funciones.
CAPITULO II
Clasificación de las faltas de convivencia
Conducto Regular
Debido proceso
Estrategias pedagógicas
Artículo 15. Según la gravedad y consecuencia de las faltas que atentan contra la disciplina o la
conducta, se clasifican en: leves, graves y gravísimas.
Artículo 16. Faltas leves.
Las faltas leves son las que se infringen en contra de la disciplina y la formación de la
personalidad. Se realizan por descuidos, falta de diligencia, internalización de la norma o
deficientes hábitos saludables. Sus consecuencias ameritan un proceso desde la orientación, la
inducción, el acompañamiento y la implementación de estrategias pedagógicas que ayuden a
reflexionar y desarrollar la capacidad de autonomía.
1. VALOR DE LA RESPONSABILIDAD:
Las faltas leves que atentan contra este valor son:
1.1. Llegar a la portería después de la hora de inicio de la jornada académica en la institución.
1.2. Llegar impuntual a las clases y demás actividades programadas por la institución.
1.3. No traer los materiales requeridos para las actividades pedagógicas (cuadernos, lápiz,
borrador, sacapuntas, libros, otros materiales solicitados con anticipación por el educador).
1.4. Salirse del salón sin autorización de un educador.
1.5. Utilizar el teléfono público de la institución sin autorización de un educador o del
coordinador en horas de clase.
1.6. Estudiante que llegue a la segunda hora de clase debe presentar excusa médica o asistir con
el acudiente.
2. VALOR DE LA VERDAD Y LA PRUDENCIA:
Las faltas leves que atentan contra este valor son:
2.1. Decir mentiras.
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2.2. Hacer mal uso del debido proceso contemplado en este Manual.
2.3. Comprar cualquier tipo de alimento por fuera de la institución, mientras se está en jornada
académica.
3. VALOR DEL RESPETO Y LA CONVIVENCIA:
Las faltas leves que atentan contra este valor son:
3.1. No portar el Manual para la Convivencia Institucional.
3.2. No portar el Carnet Estudiantil.
3.3. No llamar por el nombre a compañeros o educadores.
3.4. Hacer comentarios acerca del nombre, vestuario, actitud o aptitud de un integrante de la
comunidad educativa que inciten a la burla.
3.5. Tratar de forma descortés a los integrantes y visitantes de la institución.
3.6. Bajarse o bajarle la sudadera a los compañeros, así sea para sentarse.
3.7. Interrumpir la explicación de un tema en la clase o de una actividad cívica, cultural o
religiosa con comentarios en tono de voz fuerte, chistes, silbidos y ruidos estridentes, intercambio
de mensajes escritos o verbales, gritos o desplazamientos del puesto sin causa justificada.
3.8. Jugar, caminar y pararse en los corredores y ventanas durante las clases de otros grupos.
3.9. Ingresar a las aulas de clase en horas de descanso.
3.10. Ingresar a la sala de educadores, sin previa autorización.
3.11. Consumir alimentos en clase, a no ser que sea una actividad orientada por un educador.
3.12. Masticar chicle en la institución.
3.13. Correr, cambiar de puesto, hablar, comer o jugar durante una formación.
3.14. Sentarse en las escaleras que se encuentren en la institución.
3.15. Besos y caricias que atenten contra el pudor, entre parejas de novios o amigos en la
institución.
3.16. La venta de cualquier comestible o artículo sin autorización del Consejo Directivo o del
Rector.
3.17. El uso de radios, audífonos y juegos electrónicos, en la institución. Siempre y cuando no
sean solicitados por un educador para una actividad pedagógica.
3.18. El uso de celulares en la Institución.
3.19. Ingresar o salir de la institución por una puerta diferente a la autorizada para tales fines.
3.20. Involucrar a estudiantes del preescolar y la básica primaria en actividades y conversaciones
propias de los adolescentes.
4. VALOR DE LA PROTECCIÓN DEL AMBIENTE:
Las faltas leves que atentan contra este valor son:
4.1. Interrumpir con juegos y/o gritos las actividades en las que se encuentren otros integrantes de
la comunidad educativa.
4.2. Apropiarse sin autorización de los espacios físicos y recreativos en los que se encuentren
otros estudiantes o demás integrantes, en desarrollo de actividades.
4.3. Jugar y correr en la zona de evacuación de la institución.
5. VALOR DE LA PROTECCIÓN A LA INTEGRIDAD FÍSICA:
Las faltas leves que atentan contra este valor son:
5.1 Falta de cuidado en la higiene y en la presentación personal y porte del uniforme.
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Artículo 17. El Conducto Regular para solucionar una falta leve será directamente entre el
estudiante y el educador.
Artículo 18. El Debido Proceso y las Estrategias Pedagógicas que se utilicen para modificar las
faltas leves serán las siguientes:
PRIMER PROCESO
El educador escuchará del estudiante que cometió la falta, el motivo que tuvo para
hacerlo.
Propiciar un diálogo reflexivo con el estudiante.
Solicitar al estudiante que redacte en una hoja la descripción de los hechos.
Anexar la hoja al cuaderno de comportamiento y permitir que el estudiante escriba un
compromiso voluntario con el cual evitará volver a cometer la falta.
Se hace un llamado de atención verbal (escrito), responsable profesor – coordinador.
SEGUNDO PROCESO
Si el estudiante reincide una segunda vez en la misma falta o acumula varias faltas leves,
el educador debe invitar nuevamente al diálogo reflexivo.
Enviar por escrito o llamar telefónicamente al acudiente para informarle sobre la
situación.
Debe permitir que el estudiante escriba personalmente en el cuaderno de comportamiento
su falta y los compromisos que adquiere para modificar su comportamiento. Esta debe
llevar la firma de su acudiente y las observaciones del educador.
Se hace llamado de atención escrito, responsable profesor – coordinador.
TERCER PROCESO
Si el estudiante no ha modificado su comportamiento, el educador debe elegir una o varias
de las siguientes estrategias pedagógicas:
Elaboración de carteleras, trabajos, campañas educativas, referentes al tema sobre el
cual ha cometido la falta.
Presentarse a la institución una hora antes de la jornada académica y en orientación
con el educador deberá realizar actividades de bienestar institucional: (ordenar
estantes, libros, embellecer la institución con mensajes positivos, decorar baños, entre
otros)
Asear lugares o reparar objetos que tengan que ver con sus faltas.
Retener los juegos u objetos que afecten el desempeño académico y comportamental
del estudiante y devolverlo sólo al acudiente.
Cuando un estudiante esté interrumpiendo la explicación del tema al interior de la
clase y es imposible que asuma una actitud de autocontrol, debe desplazarse hacia la
biblioteca escolar y asesorado por la bibliotecaria leer un texto que contenga el tema
que se estaba viendo en la clase, presentar en la próxima clase un informe de lectura y
sus cuadernos al orden del día.
Enviar una reflexión para hacer en familia sobre la falta cometida y dejar por escrito
las conclusiones.
Elaborar un escrito argumentativo sobre los valores contra los que atentó y las
consecuencias de sus actos.
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Consultar sobre el tema que cometió la falta y exponerlo ante sus compañeros.
Lectura y reflexión de cuentos, fábulas y otros textos que tengan relación con la falta
y presentar en forma oral o escrita sus conclusiones.
Leer y analizar en quince días cada una de las partes del Manual para la Convivencia
Institucional, presentando una evaluación por escrito sobre cualquier tema
contemplado en él.
Servir de conciliador en los descansos y ayudante en las clases.
Suspensión del acceso temporal a las instalaciones o servicios de los cuales no ha
hecho buen uso.
Remisión a la orientadora escolar.
Suspensión de actividades culturales y deportivas, responsable coordinador.
CUARTO PROCESO
Consejo de Conciliación, responsable coordinador.
El alumno deberá asistir a una reunión solicitada por el director de grupo con el
comité de conciliación para tomar los correctivos del caso que podrán ser:
- Solicitar excusas según sea el caso a la parte afectada
- Compensar la falta (dinero o cosa material)
- Aquella otra que resultare de dicha reunión, siempre respetando la dignidad y el
pudor del implicado
QUINTO PROCESO
Se separa temporalmente de actividades curriculares.
El estudiante hace sus descargos.
Se suspende por una jornada de clases, responsable rector.
Se pretende que el alumno reflexione en el seno de su hogar el error cometido, y una
vez reintegrado a sus labores habituales, sea el momento para no repetir la falta y
mantener una conducta acorde con sus valores inculcados en su formación integral.
SEXTO PROCESO
Suspensión de actividades por dos días, responsable rector.
SEPTIMO PROCESO
Suspensión de actividades por tres días, responsable rector.
Parágrafo 1.Las estrategias pedagógicas deberán decidirse de manera acordada entre el educador
y el estudiante implicado. Deberá ser escrita y anexarla en el cuaderno de comportamiento.
Parágrafo 2.En caso de pérdida del carnet estudiantil del Manual de Convivencia Institucional,
se deberá consignar en la cuenta de la institución el valor correspondiente, como si fuera un
certificado.
Artículo 19. Faltas graves.
Las faltas graves tienen consecuencias en contra del bienestar común y pone en alto riesgo la
integridad de las personas y el medio ambiente.
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1. VALOR DE LA RESPONSABILIDAD:
Las faltas que atentan contra este valor son:
1.1. Desacato a los reglamentos de práctica, restaurante escolar, biblioteca, tienda escolar,
laboratorios, sala de informática y actividades lúdicas.
1.2. Retirarme de la institución sin previa autorización por escrito del coordinador.
1.3. Utilizar el nombre de la institución para realizar actividades de lucro personal o grupal, sin
autorización previa del Consejo Directivo.
1.4. Dejar de asistir a clase u otra actividad programada sin tener causa justa.
2. VALOR DE LA VERDAD Y LA PRUDENCIA:
2.1. Actuar en complicidad con otras personas para ocultar hechos o mentir y evitar la sanción
personal o de un tercero.
2.2. Involucrar a cualquier persona en comentarios de mal gusto, chismes o enredar situaciones
para provocar disgustos y mal entendidos.
2.3. Incriminar o comprometer a otro en una falta de manera deliberada.
2.4. El fraude o copia en las tareas, evaluaciones, planillas de calificaciones y control de
asistencia.
2.5. Posesión y distribución de material pornográfico.
2.6. No informar oportunamente al acudiente sobre las citaciones o reuniones que se le requieran.
3. VALOR DEL RESPETO Y LA CONVIVENCIA:
3.1. Agresión verbal o gestual contra cualquier persona que se encuentre en la institución
educativa.
3.2. Motivar, aplaudir o hacer corrillo a compañeros que están siendo agresivos y violentos con
otras personas de la institución.
3.3. Participar directamente en escándalos públicos, si visten el uniforme de la institución.
3.4. Lanzar objetos o basura a cualquier persona que se encuentre en la institución o en sus
alrededores.
3.5. Escribir mensajes insultantes y vulgares a cualquier integrante de la institución.
3.6. Dañar, alterar y no proteger los símbolos patrios y de la institución.
3.7. Dañar avisos, carteles, carteleras, mensajes o informes fijados en la institución.
3.8. Utilizar huevos, harina o detergentes, para lanzarlos a sus compañeros en la celebración de
cumpleaños en la institución y en sus alrededores.
3.9. Respetar a todos los integrantes de la comunidad según sea su condición por cuestiones de
sexo, raza, religión, opinión política o filosófica o situación económica
3.10 Acoso, cualquiera que sea la causa que atente contra su integridad física o moral.
4. VALOR DE LA PROTECCIÓN AMBIENTAL:
Las faltas que atentan contra este valor son:
4.1. Utilizar los espacios físicos y los materiales de la institución sin la debida autorización de un
educador o del personal encargado.
4.2. Arrojar basura al piso.
4.3. No colaborar en el aseo del aula y de la institución.
4.4. Rayar las paredes, puertas, ventanas, bancas, pupitres.
4.5. Tirar puertas, jugar en las unidades de servicio sanitario y dejar los baños sucios y rayados.
4.6. Fumar en la institución.
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5. VALOR DE LA PROTECCIÓN A LA INTEGRIDAD FÍSICA:
Las faltas que atentan contra este valor son:
5.1. Dirigirme al restaurante escolar en desorden y sin la debida precaución.
5.2. Todo tipo de juego brusco que pongan en riesgo la integridad física o psicológica de un
integrantes de la institución.
5.3. Aprovechar la hora del restaurante escolar o de educación física para salir de la institución o
de la actividad a realizar compras, visitas, llamadas telefónicas o juegos.
5.4. Hacer bromas de mal gusto en cualquier espacio de la institución.
5.5. Montarse o colgarse de los techos, pilares, árboles, aros, puertas o muros de la institución.
5.6. No cuidar y proteger a los estudiantes del preescolar y la básica primaria.
5.7. Cualquier estrategia que se utilice para observar las partes íntimas de los compañeros y
exhibirlas públicamente.
Artículo 20. Las faltas graves se manejaran según el siguiente conducto regular:
Director de grupo
Coordinador
Consejo de Conciliación
Artículo 21. El Debido Proceso y las Estrategias pedagógicas que se utilicen para modificar las
faltas graves serán los siguientes:
PRIMER PROCESO
El caso llegará ante el coordinador de la institución, quien revisará el proceso del
estudiante.
El coordinador citará al estudiante implicado y a su acudiente para escuchar al implicado
e informar sobre el proceso y las posibles sanciones.
Deberá anexar en la carpeta del estudiante la información suministrada por las partes y
pruebas si existen.
Citará a la comisión de convivencia institucional para determinar el tipo de estrategia
pedagógica o sanción que amerita el estudiante.
Llamada de atención escrita con notificación al acudiente, responsable profesor –
coordinador.
SEGUNDO PROCESO
Suspensión de un día, responsable el rector.
TERCER PROCESO
Remisión al Comité de conciliación: Alumnos implicados – Acudientes –
Directores de Grupo - Coordinador.
CUARTO PROCESO
Suspensión de actividades por dos días, responsable el rector.
QUINTO PROCESO
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Suspensión de actividades por tres días, responsable el rector.
SEXTO PROCESO
Suspensión de actividades curriculares y deportivas hasta por quince días,
responsable el rector.
SEPTIMO PROCESO
Suspensión de actividades por cinco días, responsable el rector.
OCTAVO PROCESO
Remisión a consulta interdisciplinaria.
NOVENO PROCESO
Remisión del caso al Consejo Directivo.
Parágrafo 1.En todos los procesos el estudiante deberá hacer sus descargos en forma escrita, el
negarse no agrava la falta.
Parágrafo 2. En todo aquello que implique suspensión de actividades cualquiera que sea su
modalidad, se le deberá notificar al acudiente.
Parágrafo 3. En caso que el acudiente quiera interponer un recurso por suspensión o cancelación
de matrícula ante las directivas del plantel ya sea en forma verbal no podrá delegar esta
obligación en un tercero, a no ser que este ostente un poder debidamente legalizado.
Artículo 22. Faltas gravísimas.
Las faltas gravísimas son aquellos comportamientos de tal incidencia que atentan directamente
contra la vida, la salud individual y colectiva y los bienes públicos, estas faltas están
determinadas por la voluntad consciente de producir un daño.
1. VALOR DE LA RESPONSABILIDAD:
1.1. Reincidir en una falta grave o acumulación de tres faltas graves distintas.
1.2. El incumplimiento de las estrategias pedagógicas para modificar las faltas graves.
1.3. Difundir información privada tratada en los mecanismos de participación y en las comisiones
de la institución.
2. VALOR DE LA PROTECCIÓN DEL AMBIENTE Y LA INTEGRIDAD FÍSICA:
Las faltas que atentan contra este valor son:
2.1. Atentar contra la preservación del ambiente y el uso racional de los servicios públicos.
2.2. Destruir o deteriorar premeditadamente muebles, enseres y materiales didácticos de la
institución.
2.3. La posesión, tráfico o consumo de bebidas alcohólicas y drogas no medicadas, o sustancias
psicoactivas dentro de la institución.
2.4. Presentarme a la institución u a otras actividades programadas bajo el efecto del alcohol o de
sustancias psicoactivas.
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2.5. Amenazar, intimidar o chantajear a un integrante de la comunidad educativa directamente o a
través de terceros.
2.6. Hurtar bienes pertenecientes a cualquier persona que se encuentre en la institución.
2.7. Portar o usar armas de cualquier tipo.
2.8. Portar o usar en deterioro del bien común encendedores, juegos u objetos cortopunzantes.
2.9. Portar, Comercializar, detonar explosivos o utilizar sustancias químicas dentro de la
institución, sus alrededores o cualquier otro lugar donde se desarrollen actividades pedagógicas.
2.10. Agredir físicamente a cualquier persona que se encuentre en la institución
2.11. Atentar contra los animales y los árboles de la institución
2.12. Tener relaciones sexuales en la institución, atentar contra el pudor y la libertad sexual.
2.13. Practicar ritos de hechicería y satanismo en la institución.
2.14. Difundir falsas alarmas para crear pánico y afectar el normal desarrollo de las actividades
pedagógicas.
2.15. Atentar contra su propia vida o la de otra persona en la institución.
2.16. Hacer mal uso de las T.I.C. tanto dentro como fuera de la institución que difame de la
comunidad educativa.
Artículo 23. El conducto Regular para manejar las faltas gravísimas es:
Coordinador
Rector
Consejo Directivo
Artículo 24. Estudiantes sancionados. El estudiante que haya sido suspendido no podrá repetir
evaluaciones, entregar trabajos ni recuperaciones de actividades pendientes en los días que
aplique la sanción. La nota en esos casos será equivalente a uno (1).
Artículo 25. El Debido Proceso y las Sanciones para las faltas gravísimas serán:
PRIMER PROCESO
El coordinador deberá citar y escuchar al estudiante implicado en compañía de su
acudiente.
Estudiará todo el proceso y las sugerencias del orientador escolar.
Deberá escribir su apreciación en la carpeta asignada para el caso y determinar una de las
siguientes medidas:
Declarar improcedente el caso por falta de evidencias y de un debido proceso.
Realizar con el estudiante un compromiso de comportamiento especial desde
rectoría, el cual deberá especificar la causa, el compromiso del estudiante y la
sanción si se presenta su incumplimiento. Debe llevar las firmas del acudiente,
el estudiante y el rector.
Podrá solicitar al consejo de conciliación que realice un convenio pedagógico
por convivencia.
Recomendar a los acudientes la remisión del estudiante a instituciones
especializadas para atender el caso y solicitar pruebas de su asistencia.
Reparación o pago del daño causado.
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Ser suspendido de los grupos deportivos, recreativos o culturales a los que
pertenece en la institución hasta por seis meses.
Llamada de atención escrita, responsable profesor – coordinador.
SEGUNDO PROCESO
Se lleva el caso al comité de conciliación incluyendo el personero,
responsable coordinador.
TERCERO PROCESO
Remisión a Consulta Interdisciplinaria: Sicólogo, Neurólogo, Siquiatra,
etc.
CUARTO PROCESO
Remisión al Consejo Directivo (estudio del caso).
Artículo 26. En caso de que un alumno de Once Grado sea suspendido sea por faltas graves o
gravísimas, no podrá asistir a la ceremonia de graduación.
Artículo 27. Para la graduación de la falta se deberá tener en cuenta los siguientes factores para
dosificarla así:
a- Atenuantes:
Reconocer la falta
Compensar la parte afectada
Acompañamiento de los padres
Delatar los implicados
Haber sido inducido a cometer la falta
Asesoría y apoyo permanente de un profesional.
Ser menor de 12 años
b- Agravantes:
No reconocer la falta
No compensar la parte afectada
Haber procedido con plena conciencia de los posibles perjuicios causados.
La no asistencia de los padres de familia
Haber cometido la falta para ejecutar u ocultar otra.
Asumir la totalidad de la culpa
Haber cometido la falta abusando de la confianza depositada en él por sus
superiores o compañeros.
Haber sido advertido previamente sobre las consecuencias que acarrearía la
comisión de la falta.
Cometer delitos castigados por la Justicia Colombiana
Ofrecer dádivas
Actuar con conocimiento de causa.
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CAPITULO III
Estudiantes infractores o contraventores de la ley penal
Artículo 28. Los estudiantes que incurran en infracciones a la ley penal dentro o por fuera de la
institución serán remitidos directamente a la Comisaría de Familia o al Instituto de Bienestar
Familiar si es un menor de edad y a la autoridad competente en caso de ser mayor de edad, para
iniciar el procedimiento requerido. Si la autoridad competente determina pertinente la
permanencia del estudiante en la institución mientras la justicia ordinaria decide la situación
jurídica, este deberá cumplir con las siguientes disposiciones:
Llegar acompañado por su acudiente y salir de la institución igualmente con la persona
adulta que ésta a su cargo.
No representar a la institución en ningún tipo de evento.
Iniciar con su familia un proceso de orientación con la asesora escolar de la institución.
Aceptar la sanción contemplada en las faltas gravísimas que determine para su caso el
Consejo Directivo, sin eximir de la responsabilidad penal o civil.
Parágrafo 1.En todo momento, la institución educativa contribuirá a la formación integral del
estudiante y velará por su derecho a la educación.
Parágrafo 2.En caso de encontrarse responsable de la infracción o contravención que cometió el
estudiante, el Consejo Directivo, determinará, si lo permite la medida que haya determinado la
autoridad competente, la procedencia o no de la cancelación definitiva de la matrícula.
Parágrafo 3.: La institución educativa seguirá las instrucciones que por escrito envió la autoridad
competente que determina la situación jurídica del estudiante.
Parágrafo 4. Las sanciones determinadas por el Consejo Directivo, se aplicarán por acuerdo y
serán anexadas a la hoja de vida del estudiante.
CAPITULO IV
Otras disposiciones
Artículo 29. Los servicios lúdicos Hacen parte de la institución, y como tal cualquier falta que se
tenga en ellos serán informados por el coordinador de la actividad a un educador para que se
inicie el debido proceso según el tipo de falta.
Artículo 30. Los equipos deportivos que representen a la institución, deberán ajustarse a las
reglas establecidas por las entidades que los convoca, presentarse a los entrenamientos que sea
citado y en todo momento honrar a la institución. Si incurre en una falta perteneciendo a uno de
estos grupos, el educador encargado, deberá iniciar el proceso según lo estipulado en el Manual.
Artículo 31. Las aplicaciones de las estrategias pedagógicas para modificar comportamientos y/o
las sanciones deberán ajustarse al debido proceso, según el cual debe determinar de manera
precisa el tipo de acción ante el incumplimiento de las normas contempladas en el Manual para
la Convivencia Institucional. El estudiante debe conocer claramente y por escrito de que se le
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acusa, para ejercer el derecho de defensa, presentar pruebas y controvertir las que se aleguen en
su contra. Tiene derecho a pedir la revisión de la decisión de manera fundamentada en el
Manual, legal o constitucionalmente, y a que no se le siga el mismo proceso dos veces por el
mismo hecho.
Artículo 32. El estudiante y su acudiente pueden interponer recurso de reposición ante el rector,
dentro de los dos (2) días hábiles siguientes a la notificación de la decisión tomada. De
mantenerse la decisión podrá interponer el recurso de apelación ante el Consejo Directivo dentro
de los dos (2) días hábiles siguientes a la resolución del recurso de reposición.
Parágrafo 1.Las sanciones para el caso de las faltas graves y gravísimas se hacen efectivas
solamente cuando se resuelven los recursos interpuestos.
Parágrafo 2.Toda decisión que se tome con respecto a la situación del estudiante, debe ser
comunicada al acudiente y al estudiante mediante acta escrita y consignar en el observador y en
la carpeta del caso dicha decisión. Esta notificación por escrito debe contener la fecha, la
descripción de los hechos en los cuales se produjo la falta y el término que dispone para formular
sus descargos.
Parágrafo 3. Si un integrante de la institución no sigue el debido proceso, no deberá ser atendido
en las instancias superiores y si esto sucede, las medidas tomadas pierden efecto y deberá retomar
a las instancias anteriores que no hayan sido agotadas. Se dejará constancia escrita de haber
acudido a cada una de ellas.
Parágrafo 4. Nadie puede ser procesado por faltas que no estén consagradas como tales en el
Manual para la Convivencia Institucional
CAPITULO V
Solución de conflictos para personal docente y administrativo
Artículo 33. Procedimiento para solución de conflictos ocasionados por faltas cometidas por el
personal administrativo, educadores y directivos docentes.
Si el personal administrativo, un educador o directivo docente tienen un conflicto con cualquier
integrante de la comunidad educativa por no cumplimiento de sus responsabilidades y faltas
contempladas en este Manual, cualquier persona afectada deberá seguir el siguiente conducto
regular:
Persona que ocasiona el conflicto
Coordinador
Rector
Consejo Directivo
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Artículo 34. El proceso a seguir para la solución del conflicto será el siguiente:
PRIMER PROCESO
La persona afectada en el conflicto, deberá darse el tiempo necesario para calmar su
estado de emotividad y cuando esté más sereno, debe invitar cordialmente a la persona
que ocasionó el conflicto para escuchar el motivo que tuvo para hacerlo y darle a conocer
sus puntos de vista.
Propiciar un diálogo reflexivo y tratar de llegar a acuerdos entre las partes.
SEGUNDO PROCESO
Si no se logra conciliar y hacer reflexionar a la persona que ocasiona el conflicto; quien
haya iniciado el proceso se dirigirá al coordinador de la sección a la que pertenece el
implicado.
El coordinador servirá como instancia mediadora y con tal fin citará a la persona que
ocasionó el conflicto para escucharlo y tratar de hacerle sugerencias para modificar su
comportamiento. Deberá escribir sus observaciones y anexarlas en una carpeta que
habilite para el caso, permitir que el implicado las lea y escriba sus comentarios.
TERCER PROCESO
Si el conflicto persiste el coordinador deberá enviar el proceso al Comité de Convivencia
Institucional.
El Comité de Convivencia Institucional servirá como instancia mediadora y con tal fin
estudiará el caso y citará a los implicados en el conflicto para escucharlos y propiciar que
los implicados firmen pactos que garanticen la solución del conflicto.
Todo tipo de sugerencias o pacto, quedará por escrito en la carpeta del caso
CUARTO PROCESO
Si los pactos firmados para la solución del conflicto se ven afectados por una de las dos
partes, el caso llegará ante el rector
El rector estudiará el caso, citará a los implicados para escuchar la posición de cada uno y
enviará por escrito sugerencias para el cambio de actitud, el cual irá anexo a la carpeta
habilitada.
El caso pasará al Consejo Directivo quien después de estudiarlo, determinará si es
procedente o no aplicar sanciones contempladas en el reglamento interno del personal
administrativo.
Para el caso de educadores y directivos docentes, el rector determinará si inicia el proceso
disciplinario contemplado en el Código Disciplinario Único.
CAPITULO VI
Solución de conflictos con acudientes
Artículo 35. Procedimiento para solución de conflictos ocasionados por faltas cometidas por
acudientes.
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Si un acudiente tiene un conflicto con cualquier integrante de la comunidad educativa por no
cumplimiento de sus responsabilidades y faltas contempladas en este Manual, cualquier persona
afectada deberá seguir el siguiente conducto regular:
Persona que ocasiona el conflicto
Coordinador
Rector
Consejo Directivo
Artículo 36. El proceso a seguir para la solución del conflicto será el siguiente:
PRIMER PROCESO
La persona afectada en el conflicto, deberá darse el tiempo necesario para calmar su
estado de emotividad y cuando este calmado, debe invitar cordialmente al acudiente que
ocasionó el conflicto para escuchar el motivo que tuvo para hacerlo y darle a conocer sus
puntos de vista.
Propiciar un diálogo reflexivo y tratar de llegar a acuerdos entre las partes.
SEGUNDO PROCESO
Si no se logra conciliar y hacer reflexionar al acudiente que ocasiona el conflicto; quien
halla iniciado el proceso se dirigirá al coordinador de la sección a la que pertenece el
implicado.
El coordinador servirá como instancia mediadora y con tal fin citará al acudiente que
ocasionó el conflicto para escucharlo y tratar de hacerle sugerencias para modificar su
comportamiento. Deberá escribir sus observaciones y anexarlas en una carpeta que
habilite para el caso, permitir que el implicado las lea y escriba sus comentarios.
TERCER PROCESO
Si el conflicto persiste el coordinador deberá enviar el proceso al Comité de convivencia
institucional.
El Comité de Convivencia Institucional servirá como instancia mediadora y con tal fin
estudiará el caso y citará a los implicados en el conflicto para escucharlos y propiciar que
los implicados firmen pactos que garanticen la solución del conflicto.
Todo tipo de sugerencias o pacto, quedará por escrito en la carpeta del caso
CUARTO PROCESO
Si los pactos firmados para la solución del conflicto se ven afectados por una de las dos
partes, el caso llegará ante el rector
El rector estudiará el caso, citará a los implicados para escuchar la posición de cada uno y
enviará por escrito sugerencias para el cambio de actitud, el cual irá anexo a la carpeta
habilitada.
Si el conflicto persiste, el Consejo Directivo determinará si es procedente o no aplicar una
de las siguientes sanciones:
Solicitar el cambio inmediato y por escrito de la persona que sirve como
acudiente.
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No ser permitido como acudiente de ningún estudiante de la institución hasta por
tres años consecutivos.
Parágrafo 1.Los acudientes deben ser notificados por escrito cada vez que incumplan una de sus
responsabilidades.
Parágrafo 2.Los acudientes deberán saber con anticipación y por escrito cualquier sanción que el
Consejo Directivo determine en su caso y pueden recurrir al recurso de apelación en los
siguientes cinco días hábiles a la notificación personal. Igualmente debe tener en los tres días
siguientes la notificación definitiva que por acuerdo establezca el Consejo Directivo.
Si un conflicto violento quiero evitar, esto debo practicar
Controlaré el tono de voz
Si considero que pierdo el control, me alejaré
Discutiré una sola cosa a la vez
Pensaré muy bien lo que voy a decir, antes de hacerlo
Buscaré siempre el don de toda adversidad
Meditaré en soledad
Seré humilde
No haré críticas o juicios sin antes escuchar
No involucraré personas ajenas a la situación
Buscaré un mediador del conflicto
Tendré serenidad suficiente para aceptar las cosas que no puedo cambiar
No dejaré de expresar lo que pienso y siento, pero si lo haré en el lugar y el
momento indicado.
Daré testimonio de lo que pienso y digo
CAPITULO VII
Comité de Conciliación
Artículo 37. El comité de conciliación es el organismo que evalúa los casos donde el estudiante
ha incumplido de manera grave y gravísima alguna norma de este Manual. Igualmente sirve
como instancia mediadora en la solución de conflictos entre personal de la institución.
Artículo 38. Los integrantes del comité de conciliación son:
El coordinador de la sección a la cual pertenece la persona implicada
Director de grupo
Representante de grupo
El Personero
Los representantes de grupo de su jornada (del infractor)