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Deuda Previsional
Deuda previsional

    Histórica:                Normas que las rigen:
                         


    Comienza desde el         Antigua Ley 17.322
    inicio de norma
    donde se permite          El año 2006 fue
                              modificada por la Ley
    “Declarar sin pago”
                              20.023 del año 2006
    las cotizaciones de
    los trabajadores .
Deuda previsional

    Con la modificación a norma se establecieron

    algunas cuestiones básicas:


    1.- Se crearon los juzgados de cobranza laboral
    previsional.
    2.- Se definió la prescripción de cinco años para las
    cotizaciones no canceladas.
    3.- Se estableció como delito de “Apropiación Indebida”
    el no pago de estas.
Deuda previsional
    Situación actual:




    ◦ A inicio del 2007 la ley 20022 dio inicio a los
      Juzgados de cobranza previsional remplazando a los
      antiguos juzgados del trabajo ( estos ya no reciben
      demandas nuevas, solo deben terminar con las
      causas antiguas hasta el termino de ellos).
Deuda previsional
    El Juzgado de cobranza de Valparaíso, que

    abarca Valparaíso y Viña del Mar, desde que
    comenzó a operar ingresaron:


    ◦ Año 2007 mas de 11.000 causas


    ◦ Año 2008, mas de 12.000 causas
Deuda previsional

 La norma establece que si se declara la
 cotización sin pago, la AFP después de un
 plazo de 180 días debe cobrar judicialmente
 esta, sin perjuicio de iniciar las “cobranzas
 prejudiciales”        antes.        Cobrando
 multas, intereses y gastos de cobranza lo que
 encarece enormemente el pago.
Deuda previsional
    Interpretación a la Norma sobre Pago

    atrasado de Cotización Previsional:

    ◦ El Tribunal de Valparaíso, interpreto la modificación
      de la ley 17 322, que los empleadores cometían delito
      de “apropiación indebida” desde el momento que
      dejaban de cancelar la cotización previsional.
Deuda previsional

◦ Estableció con la Fiscalía de Valparaíso, un
  “protocolo” entre el tribunal y la Fiscalía para “
  Formalizar” a todos aquellos empleadores que se
  hubieran a atrasado en el pago de estas “ aunque
  estuvieran en proceso de cobranza”

◦ De acuerdo a este “ protocolo” interpretaron que el
  Delito de Apropiación Indebida” se configuraba a
  partir del vencimiento del plazo legal para pagar.
Deuda previsional

 Iniciaron en Octubre con el envió a la
 fiscalía de mas de 200 causas que se
 tradujeron el citar a mas 70 empleadores
 en la primera etapa.

 Cada tres meses envían   alrededor de
 300 más.
Deuda previsional

 Citaron a empresarios   a través de
  Investigaciones.

 Se  estableció que, a través de la Policía
 Civil, citar a los empresarios, primero al
 cuartel de investigaciones, para verificar
 domicilio y posteriormente a la Fiscalía de
 Valparaíso.
Deuda previsional
    La Fiscalía a los empresarios:



    ◦ Les abre expediente “desformalizado” con
      causa denominada RUC. 000000
    ◦ Los obliga declararse culpable y le busca
      “salida reparatoria” donde se establece que
      cualquier reiteración del delito, en el lapsus
      de un año, es sancionado como delito
      reiterado y remitido al Tribunal de Garantía.
Deuda previsional
    Criterios de la Fiscalía para perseguir

    empresarios:

    ◦ La Fiscalía estableció un interpretación
      “terrorífica” sobre la Ley y no pago de
      cotizaciones. Esto esta registrado en Revista
      Jurídica del Ministerio Publico Nº 35 del mes de
      julio del 2008. Pág. 272 en (Comentarios III)
    ◦ Y en el Oficio FN Nº 1115- 2006
Criterios de la Fiscalía para perseguir
empresarios
      Fuente de obligación de descontar y enterar
1.
      las cotizaciones.

      Titulo del cual emana la obligación es la Ley y no el contrato de
      trabajo.


Criterio general


     ◦ “ Relación de derecho laboral que proviene del
       contrato de trabajo tiene un vinculo de confianza
       entre empleador y el trabajador”
Criterios de la Fiscalía para perseguir
empresarios
      Momentos de consumación del delito
2.


     ◦ Si son enteradas dentro del plazo legal , apropiándose de ellas
       distrayendolas sin que sea necesario esperar a que se verifique
       la negativa de entrega o restitucion de parte del empleador.


     ◦ De acuerdo este criterio, todo empresario, que esta en cobranza
       en el juzgado de cobranza previsional cometió delito de
       apropiación indebida. O el delito comienza al dia siguiente del
       pago, o sea el día 11 de cada mes. ( aunque la haya declarado
       sin pago)
Criterios de la Fiscalía para perseguir
empresarios
      Naturaleza del elemento “perjuicio”
3.


     ◦ La fiscalía considera: si bien su concurrencia
       se requiere para la consumación de delito la
       “falta del mismo” no impedirá sancionar la
       figura en sus fases “imperfectas” de
       ejecución.

     ◦ Sin comentario por lo “horroroso del
       argumento”
Criterios de la Fiscalia para perseguir
empresarios
      Calificación del ilícito como delito continuado:
4.


     ◦ Si el pago de cotizaciones se suceden mes a mes,
       debe considerarse la existencia de la reiteración de
       un delito, en desmedro de la posibilidad de hablar
       de un “delito continuado”.

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  • 2. Deuda previsional Histórica: Normas que las rigen:   Comienza desde el Antigua Ley 17.322 inicio de norma donde se permite El año 2006 fue modificada por la Ley “Declarar sin pago” 20.023 del año 2006 las cotizaciones de los trabajadores .
  • 3. Deuda previsional Con la modificación a norma se establecieron  algunas cuestiones básicas: 1.- Se crearon los juzgados de cobranza laboral previsional. 2.- Se definió la prescripción de cinco años para las cotizaciones no canceladas. 3.- Se estableció como delito de “Apropiación Indebida” el no pago de estas.
  • 4. Deuda previsional Situación actual:  ◦ A inicio del 2007 la ley 20022 dio inicio a los Juzgados de cobranza previsional remplazando a los antiguos juzgados del trabajo ( estos ya no reciben demandas nuevas, solo deben terminar con las causas antiguas hasta el termino de ellos).
  • 5. Deuda previsional El Juzgado de cobranza de Valparaíso, que  abarca Valparaíso y Viña del Mar, desde que comenzó a operar ingresaron: ◦ Año 2007 mas de 11.000 causas ◦ Año 2008, mas de 12.000 causas
  • 6. Deuda previsional  La norma establece que si se declara la cotización sin pago, la AFP después de un plazo de 180 días debe cobrar judicialmente esta, sin perjuicio de iniciar las “cobranzas prejudiciales” antes. Cobrando multas, intereses y gastos de cobranza lo que encarece enormemente el pago.
  • 7. Deuda previsional Interpretación a la Norma sobre Pago  atrasado de Cotización Previsional: ◦ El Tribunal de Valparaíso, interpreto la modificación de la ley 17 322, que los empleadores cometían delito de “apropiación indebida” desde el momento que dejaban de cancelar la cotización previsional.
  • 8. Deuda previsional ◦ Estableció con la Fiscalía de Valparaíso, un “protocolo” entre el tribunal y la Fiscalía para “ Formalizar” a todos aquellos empleadores que se hubieran a atrasado en el pago de estas “ aunque estuvieran en proceso de cobranza” ◦ De acuerdo a este “ protocolo” interpretaron que el Delito de Apropiación Indebida” se configuraba a partir del vencimiento del plazo legal para pagar.
  • 9. Deuda previsional  Iniciaron en Octubre con el envió a la fiscalía de mas de 200 causas que se tradujeron el citar a mas 70 empleadores en la primera etapa.  Cada tres meses envían alrededor de 300 más.
  • 10. Deuda previsional  Citaron a empresarios a través de Investigaciones.  Se estableció que, a través de la Policía Civil, citar a los empresarios, primero al cuartel de investigaciones, para verificar domicilio y posteriormente a la Fiscalía de Valparaíso.
  • 11. Deuda previsional La Fiscalía a los empresarios:  ◦ Les abre expediente “desformalizado” con causa denominada RUC. 000000 ◦ Los obliga declararse culpable y le busca “salida reparatoria” donde se establece que cualquier reiteración del delito, en el lapsus de un año, es sancionado como delito reiterado y remitido al Tribunal de Garantía.
  • 12. Deuda previsional Criterios de la Fiscalía para perseguir  empresarios: ◦ La Fiscalía estableció un interpretación “terrorífica” sobre la Ley y no pago de cotizaciones. Esto esta registrado en Revista Jurídica del Ministerio Publico Nº 35 del mes de julio del 2008. Pág. 272 en (Comentarios III) ◦ Y en el Oficio FN Nº 1115- 2006
  • 13. Criterios de la Fiscalía para perseguir empresarios Fuente de obligación de descontar y enterar 1. las cotizaciones. Titulo del cual emana la obligación es la Ley y no el contrato de trabajo. Criterio general ◦ “ Relación de derecho laboral que proviene del contrato de trabajo tiene un vinculo de confianza entre empleador y el trabajador”
  • 14. Criterios de la Fiscalía para perseguir empresarios Momentos de consumación del delito 2. ◦ Si son enteradas dentro del plazo legal , apropiándose de ellas distrayendolas sin que sea necesario esperar a que se verifique la negativa de entrega o restitucion de parte del empleador. ◦ De acuerdo este criterio, todo empresario, que esta en cobranza en el juzgado de cobranza previsional cometió delito de apropiación indebida. O el delito comienza al dia siguiente del pago, o sea el día 11 de cada mes. ( aunque la haya declarado sin pago)
  • 15. Criterios de la Fiscalía para perseguir empresarios Naturaleza del elemento “perjuicio” 3. ◦ La fiscalía considera: si bien su concurrencia se requiere para la consumación de delito la “falta del mismo” no impedirá sancionar la figura en sus fases “imperfectas” de ejecución. ◦ Sin comentario por lo “horroroso del argumento”
  • 16. Criterios de la Fiscalia para perseguir empresarios Calificación del ilícito como delito continuado: 4. ◦ Si el pago de cotizaciones se suceden mes a mes, debe considerarse la existencia de la reiteración de un delito, en desmedro de la posibilidad de hablar de un “delito continuado”.