Este documento presenta la información sobre un equipo de trabajo y una asociación que fue fundada hace 50 años por empresarios para promover causas nacionales y la participación social. Describe la misión, visión y valores de la asociación, así como sus objetivos de representatividad, integración, relevancia e impacto. Además, incluye el código de ética de 30 artículos que rigen la publicidad y comunicación responsable.
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Equipo 2
Karla I. León Cruz A01212975
Gabriela Flores A01123539
Mauricio Saldaña R. A01213455
Ileana Salcedo A. A01122947
Armando Jimenez D. A01121975
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Historia
Fundado hace 50 años por un grupo de empresarios
preocupados por promover las grandes causas nacionales,
fomentar la participación social e influir positivamente en el
ánimo, valores y hábitos de la sociedad mexicana.
Objetivos
1) Representatividad
2) Integración
3) Relevancia
4) Impacto
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Eje estructural
Misión
Ser la voz de las empresas al servicio de las grandes causas de
México.
Visión
Llegar a ser promotor relevante y permanente de ideas, valores,
actitudes y costumbres que construyan una mejor sociedad.
Valores
Honestidad Justicia Respeto Paz Solidaridad Genero Lealtad Resp
onsabilidad Libertad Bienestar y Salud
7. + Código de ética
Articulo 9
• Justa Competencia
• Hechos comprobables
• Evitar engañar al consumidor
8. + Código de ética
Articulo 10
• Testimonios que avalen el producto
• No usar testimonios obsoletos o no aplicables al caso
9. + Código de ética
Articulo 11
• No debe contener menor precio
• Denigrar a ninguna empresa o producto o profesión
Articulo 12
• Al referirse a una persona debe de ser con autorización
previamente
• No referirse a ninguna persona para interpretar que tienen el
respaldo del producto
Articulo 13
• No tomar ventaja indebida de otros productos o empresas.
• No utilizar le nombre, emblema o iniciales de otra empresa.
Articulo 14
• No engañar o confundir al consumidor
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Código de ética
ARTÍCULO 15
Prácticas peligrosas o situaciones que demuestren indiferencia a la
seguridad son aceptables cuando se hagan por razones educativas o
sociales
ARTÍCULO 16
Publicidad dirigida a niños y jóvenes no debe aprovecharse de su
credulidad o falta de experiencia
No se minarán los valores de nacionalidad, amor a la patria y
respeto familia
ARTÍCULO 17
El publicista asume la responsabilidad total en la planeación y
preparación de los mensajes
El propietario o concesionario de un medio masivo de comunicación
comparte la responsabilidad
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Código de ética
ARTÍCULO 18
El hecho de que el contenido y la forma sean originadas de otras
fuentes o en parte o en su totalidad, no es pretexto para no hacer
caso de las reglas
ARTÍCULO 19
La publicidad que vaya en contra del Código de Ética, no podrá
ser difundida por el publicista o por cualquiera que actúe en su
nombre o beneficio.
ARTÍCULO 20
Las descripciones o imágenes relativas a hechos verificables,
deben poderse comprobar en el momento que se requiera.
12. +
Codigo de ética.
Articulo 21
• Los anuncios no deben de contener ninguna referencia o una
garantía que no mejore la posición legal del comprados.
• Pueden contener las palabras “garantía” “certificado” y similares
solamente cuando todo los terminos de la garantía esten expuestos
en el anuncio, en los puntos de venta o en la envolutura comercial a
detalle.
13. + Código de ética
Articulo 22
• Publicidad que proponga algún termino de crédito, debe de ser presentada de
tal forma que no pueda haber duda sobre los terminos.
Articulo 23
• La publicidad referente a préstamos no debe contener ninguna declaración
que confunda al publico.
• Todos cargos posibles o futuros deben de estar estipulados.
Articulo 24
• Publicidad relativa a ahorros o inversiones no debe contener ninguna
declaración que pueda confundir al público.
Articulo 25
• No se debe de utilizar métodos de venta confusos o deshonestos que
construyan falsas expectativas, que solamente coseguiría con la adquision de
otros productos o servicios.
Articulo 26
• Productos importados o creados en otros países
• Apegarse a los artículos anteriores
• Evitar crear cualquier concepto erróneo
14. + Código de ética
Articulo 27
• Productos importados o creados en otros países
• Apegarse a los artículos anteriores
• Evitar crear cualquier concepto erróneo
Articulo 28
• En caso de conflicto
• “Comisión de honor y ética”
• Órgano de Análisis, consulta y concertaron
Articulo 29
• productos tóxicos o potencialmente tóxicos, venenosos o inflamables
• Fáciles de confundir
• Claras indicaciones
• letra grande, clara y en lugares preferentemente visibles, el peligro potencial que
encierran dichos productos.
Articulo 30
• Este Código auto disciplinario de ética profesional, será aplicado por los
miembros de las Asociaciones. Cámaras e Instituciones firmantes a nivel
nacional y para los terceros que lo suscriban.