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Las Actuaciones Administrativas
               Automatizadas
            Administración Electrónica



                             @andrespastor

                              http://es.linkedin.com/in/andrespastor

2013                           www.crisoltic.com
Índice

             Concepto de Actuación Administrativa Automatizada (AAA)


             Normativa aplicable


             Consideraciones sobre la automatización de procedimientos


             Requisitos técnicos y de Seguridad. Sello de sede y CSV

             Casos relevantes del uso de la automatización




17/04/2013                                                               2
¿Qué son las actuaciones
                                             administrativas automatizadas?
       De acuerdo a la Ley 11/2007 LAECSP:


               Actuación administrativa producida por un sistema de información
               adecuadamente programado sin necesidad de intervención
               de una persona física en cada caso singular”

                Incluye la producción de actos de tramite
               o resolutorios de procedimientos, así como
               de meros actos de comunicación.


              Lo permite el desarrollo de la Informática
             y de los sistemas de información


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Consideraciones

              Actuaciones en las que el acto administrativo como expresión
             de la voluntad humana es reducido.

              Meras comprobaciones rutinarias.

              Viabilidad técnica

              Conveniencia por principio de eficiencia

              Seguridad jurídica, control de la legalidad




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Actuaciones administrativas
                         automatizadas


             Normativa




17/04/2013
Antecedentes (I)
    Ley 30/92 de Régimen Jurídico y Procedimiento Administrativo Común (Art. 45)

         Impulso del empleo y aplicación de las técnicas y medios electrónicos, informáticos y
          telemáticos, por parte de la Administración al objeto de desarrollar su actividad y el
          ejercicio de sus competencias y de permitir a los ciudadanos relacionarse con las
          Administraciones cuando fuese compatible con los medios técnicos de que dispongan

     Seguridad Social

          Orden 3 de Abril 1995 del MTSS sobre el uso de medios
         electrónicos, informáticos y telemáticos en relación con la
         inscripción de empresas, afiliación, altas y bajas de
         trabajadores, cotización y recaudación en el ámbito de la
         Seguridad Social.




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Antecedentes (II)
     Agencia Tributaria

          Ley General Tributaria de 2003 y Reglamento que la
         desarrolla. Prevé expresamente la actuación administrativa
         automatizada o la imagen electrónica de los documentos.


     Dirección General de Tráfico

          Resolución de 27 de marzo de 2006, de la DGT, por la cual
         se aprueban las aplicaciones de los registros en soporte
         informático de la DGT utilizados para el ejercicio de
         potestades administrativas y se regula la conservación
         permanente de los datos de los registros de vehículos y de
         conductores e infractores con finalidades históricas, científicas
         y estadísticas




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Ley 11/2007




        Regula con carácter general las Actuaciones administrativas automatizadas


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Normativa
      Articulo 39. Actuación administrativa automatizada.

         En caso de actuación automatizada deberá establecerse previamente
         el órgano u órganos competentes, según los casos, para:
               •   la definición de las especificaciones
               •   programación
               •   mantenimiento,
               •   supervisión y control de calidad y, en su caso,
               •   auditoria
             del sistema de información y de su código fuente.


        Asimismo, se indicara el órgano que debe ser considerado responsable a efectos
        de impugnación.


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Actuaciones administrativas
                                    automatizadas




             Seguridad: Identificación y
             autenticación e Integridad




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Sistemas de firma Electrónica
                                        en actuaciones automatizadas
   Articulo 18. Sistemas de firma electrónica para la actuación administrativa
   automatizada.
   1. Para la identificación y la autenticación del ejercicio de la competencia en la
   actuación administrativa automatizada, cada Administración Publica podrá determinar
   los supuestos de utilización de los siguientes sistemas de firma electrónica:

                   Sello electrónico de Administración Publica, órgano o entidad de
                    derecho publico, basado en certificado electrónico que reúna los
                    requisitos exigidos por la legislación de firma electrónica.

      Código seguro de verificación vinculado a la Administración
       Publica, órgano o entidad y, en su caso, a la persona firmante
       del documento, permitiéndose en todo caso la comprobación
       de la integridad del documento mediante el acceso a la sede
       electrónica correspondiente.

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Generación firma
                                           con Sello de Sede:Ejemplo
                                                           Directorio
                                                           Usuarios



             Ciudadano           Identificación
                                 y autenticación




                 Sede             Envío firma a la
                                  aplicación
              Electrónica

                            Envío seguro del
                            Hash del documento       Certificado
                                                     Sello de Sede      CA


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Cómo se crea el CSV:Ejemplo




17/04/2013                             13
Cómo se crea el CSV: Ejemplo




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Normativa
 Articulo 18. Sistemas de firma electrónica para la actuación administrativa
 automatizada (Cont)

      Los Sellos electrónicos de AAPP incluirán:

      •      El numero de identificación fiscal y
      •      la denominación correspondiente,
      •      La Identidad de la persona titular en el caso de los sellos electrónicos de
              órganos administrativos.
      Serán públicos y accesibles electrónicamente

      •      La relación de sellos electrónicos utilizados por cada Administración Publica
      •      características de los certificados electrónicos y los prestadores que los
              expiden
      •      Cada Administración Publica adoptara las medidas adecuadas para facilitar la
             verificación de sus sellos electrónicos.

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Normativa:Reglamento
   Artículo 20 (R). Sistemas de código seguro de verificación.

   1. La Administración General del Estado y sus organismos públicos vinculados o
   dependientes podrán utilizar sistemas de código seguro de verificación de documentos
   en el desarrollo de actuaciones automatizadas.

   2. El sistema de código seguro de verificación deberá garantizar, en todo caso:

         a) El carácter único del código generado para cada documento.

         b) Su vinculación con el documento generado y con el firmante.

         c) Asimismo, se debe garantizar la posibilidad de verificar el
            documento por el tiempo que se establezca en la resolución que
            autorice la aplicación de este procedimiento.

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Normativa:Reglamento
   Artículo 20 (R). Sistemas de código seguro de verificación.

   3. La aplicación de este sistema requerirá una orden del Ministro competente o
   resolución del titular del organismo público, previo informe del Consejo Superior de
   Administración Electrónica, que se publicará en la sede electrónica correspondiente.

    Dicha orden o resolución del titular del organismo público, además de describir el
   funcionamiento del sistema, deberá contener de forma inequívoca:

      a) Actuaciones automatizadas a las que es de aplicación el sistema.
      b) Órganos responsables de la aplicación del sistema.
      c) Disposiciones que resultan de aplicación a la actuación.
      d) Indicación de los mecanismos utilizados para la generación del código.
      e) Sede electrónica a la que pueden acceder los interesados para la verificación del
      contenido de la actuación o documento.
      f) Plazo de disponibilidad del sistema de verificación respecto a los documentos
      autorizados
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Normativa: Reglamento
   Artículo 20 (R). Sistemas de código seguro de verificación.

   4. La Administración responsable de la aplicación de este sistema dispondrá de un
   procedimiento directo y gratuito para los interesados. El acceso a los documentos
   originales se realizará de acuerdo con las condiciones y límites que establece la legislación de
   protección de datos personales u otra legislación específica.

   5. Se adoptarán las medidas necesarias para garantizar la constancia de la
   autenticación e integridad de los documentos con posterioridad al vencimiento del
   plazo de disponibilidad del sistema de verificación, a los efectos de su posterior
   archivo.

   6. Con el fin de mejorar la interoperabilidad electrónica y posibilitar la verificación de la
   autenticidad de los documentos electrónicos sin necesidad de acceder a la sede
   electrónica para cotejar el código seguro de verificación, podrá superponerse a éste la
   firma mediante sello electrónico regulada en el artículo anterior.


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Distinguir certificado de
                                                              sede y Sello de sede
    Certificado de Sede y Sello de sede

      La. utilización del certificado de sede es la garantía de identificación y
      comunicación segura de la sede.

      El certificado de sede es el sistema de firma electrónica que garantiza que el
      ciudadano se encuentra realmente en un sitio de la administración y nadie ha
      realizado una suplantación de páginas.

      Además, garantiza el establecimiento de conexiones seguras para que exista la
      confidencialidad necesaria en los datos que se intercambien los ciudadanos con las
      sedes.

      El certificado de sede no sirve para la firma electrónica de documentos y
      trámites.

       Para esto último se utiliza el sello de sede.
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Actuaciones administrativas
                                    automatizadas




             Casos relevantes y ejemplos




17/04/2013                                        20
Actuaciones Administrativas
                                automatizadas en la Ley 11/2007

    Casos comunes de actuaciones administrativas automatizadas:

             Adoptar y Notificar resoluciones de procedimientos
            La expedición automática de recibo de registro electrónico
            La comprobación automática de datos de solicitud
            La digitalización automática de documentos
            El impulso automático del procedimiento
            El acto automático de constancia electrónica
            La expedición automática de copia auténtica electrónica
            La apertura y el cierre automático de libros electrónicos
            La foliación automática de expedientes
            La migración automática de documento electrónico
            Los intercambios automáticos de datos entre administraciones públicas
            La remisión automática de comunicación electrónica al ciudadano
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Digitalización automática
                                               de documentos


   Descripción del acto

     Consiste en el cambio de soporte de un documento, del
      soporte papel al soporte electrónico, mediante tecnología de
      captura y tratamiento posterior de la imagen


     No produce ningún efecto particular en un procedimiento,
      sino que permite disponer de un soporte de sustitución del
      papel (una copia auténtica del original, que lo puede
      sustituir).
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Expedición automática
                              de copia auténtica electrónica


   Descripción del acto

     Deriva de un acto de información o de acceso a información
      por parte de la Administración, en relación con un
      documento, típicamente integrado en expediente de la
      Administración.
     También se realizan copias automáticas auténticas para
      ingresar documentos administrativos o privados mediante su
      digitalización en papel


17/04/2013                                                         23
Copia auténtica: Normativa
      Art 30. Copias Auténticas

                              Las Administraciones Publicas podrán obtener
                              imágenes electrónicas de los documentos privados
                              aportados por los ciudadanos, con su misma validez
                              y eficacia, a través de procesos de digitalización que
                              garanticen su autenticidad, integridad y la
                              conservación del documento imagen, de lo que se
                              dejara constancia.


             Esta obtención podrá hacerse de forma automatizada, mediante el
             correspondiente sello electrónico.



17/04/2013                                                                             24
Expedición automática
                           de recibo de registro electrónico


   Descripción del acto

     Producción de un documento acreditativo de la presentación
      a un registro electrónico de una solicitud, escrito o
      comunicación a instancias de un ciudadano
     Genera una prueba documental sobre el acto del ciudadano
      dirigido a la Administración
     Art. 35 de Ley 30/1992 de RJPAC sobre el derecho ciudadanos
      a obtener copia sellada documentos que presente y Art. 25.3
      Ley 11/2007 sobre características del recibo electrónico.
17/04/2013                                                         25
Normativa
             Articulo 24. Registros electrónicos.

               En el ámbito de la Administración General del Estado se
               automatizaran las oficinas de registro físicas a las que se
               refiere el articulo 38 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de
               las Administraciones Publicas y del Procedimiento
               Administrativo Común,
               a fin de garantizar la interconexión
               de todas sus oficinas y posibilitar el
               acceso por medios electrónicos a
               los asientos registrales y a las
               copias electrónicas de los
               documentos presentados.


17/04/2013                                                                        26
Normativa
     Artículo 30 (R). Recepción de solicitudes, escritos y comunicaciones.

      3. El registro electrónico emitirá automáticamente por el mismo medio un
      recibo firmado electrónicamente, mediante alguno de los sistemas de firma
      del artículo 18 de la Ley 11/2007, de 22 de junio, con el siguiente contenido:

             a) Copia del escrito, comunicación o solicitud presentada, siendo admisible a
             estos efectos la reproducción literal de los datos introducidos en el formulario
             de presentación.
             b) Fecha y hora de presentación y número de entrada de registro.
             c) En su caso, enumeración y denominación de los documentos adjuntos al
             formulario de presentación o documento presentado, seguida de la huella
             electrónica de cada uno de ellos.
             d) Información del plazo máximo establecido normativamente para la
             resolución y notificación del procedimiento, así como de los efectos que
             pueda producir el silencio administrativo, cuando sea automáticamente
             determinable.

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Comprobación automática
                                       de datos de solicitud

   Descripción del acto

     Verificación de datos utilizando informaciones almacenadas
      en sistemas propios o pertenecientes a otras
      administraciones, con la posibilidad de llenar, totalmente o
      parcialmente, el formulario con la finalidad que el ciudadano
      verifique la información y, si ocurre, la modifique y la
      complete.
     Art. 35.3 Ley 11/2007: Detección de errores en los datos de la
      solicitud, por una parte, y facilitar al ciudadano la tarea de
      rellenar el formulario, por otra.
17/04/2013                                                            28
Impulso automático del procedimiento

                                                   Proc 1   Proc 2   Proc 3
   Descripción del acto

     Conjunto de actos de trámite que permiten que avance
      ordenadamente la instrucción del procedimiento
     Hace avanzar el procedimiento administrativo eliminando los
      obstáculos que impidan, dificulten o retrasen el ejercicio lleno
      de los derechos de los interesados o el respeto a sus
      intereses, disponiendo lo que resulte necesario para evitar y
      eliminar toda anormalidad en la tramitación del
      procedimiento, y garantizar su terminación dentro del plazo
      establecido legalmente.
17/04/2013                                                                    29
Normativa procedimientos
       Articulo 38. Terminación de los procedimientos por medios
       electrónicos.

             1. La resolución de un procedimiento utilizando medios
             electrónicos garantizará la identidad del órgano competente
             mediante el empleo de alguno de los instrumentos previstos
             en los artículos 18 y 19 de esta Ley.
             2. Podrán adoptarse y notificarse
             resoluciones de forma automatizada en
             aquellos procedimientos en los que así
             este previsto.                                Proceso

17/04/2013                                                             30
Acto automático de
                                       constancia electrónica

   Descripción del acto

     Declaración de conocimiento por parte de la Administración
      en relación con una información registrada en un documento,
      un expediente o un libro de la Administración

     Genera una prueba documental sobre la información
      manifestada (como la expedición de certificaciones y notas
      simples informativas)


17/04/2013                                                         31
Apertura y cierre automáticos
                                              de libros electrónicos
   Descripción del acto
     Secuenciación de los registros que forman parte de un libro
      electrónico mediante el encadenamiento criptográfico de
      los registros u otras técnicas similares.
     El acto de apertura implica la creación y la firma del primer registro, a
      partir del cual empieza la cadena de registros, mientras que el acto de
      cierre finaliza la cadena y protege toda la secuencia con un sello de fecha y
      hora final.
      Los actos de encadenamiento criptográfico de registros, que se realizan
       entre el segundo registro (encadenado con el primero) y el cierre
       (encadenado con el último registro), se llevan a cabo sin nueva
       identificación del órgano

17/04/2013                                                                       32
Foliación automática
                                                de expedientes

   Descripción del acto

     La foliación automática o electrónica de
      expedientes consiste en la secuenciación de los
      documentos que forman parte del expediente
      mediante un índice firmado electrónicamente

     Su efecto dentro del proceso administrativo es formalizar y
      proteger el expediente




17/04/2013                                                          33
Migración automática
                                    de documento electrónico

   Descripción del acto

     Es un caso particular de la expedición
      automática de copia en que se produce un
      cambio del formato del documento, por
      ejemplo de formato ODF (ofimático) a formato
      PDF.
     El automatismo posible consiste en la generación, sellado y la
      entrega de la copia auténtica.



17/04/2013                                                         34
Intercambio automáticos de datos
                            entre administraciones públicas
   Descripción del acto
     Envío o puesta a disposición de un
      documento por parte de una
      administración pública en otra.
     El acto de intercambio es muy parecido al acto de
      comunicación por el cual una administración solicita a otra
      unos datos concretos, que son devueltos por la
      Administración requerida típicamente en sustitución de
      certificados administrativos de datos.
      Genera prueba documental de que ha ocurrido el
       intercambio.

17/04/2013                                                          35
Remisión automática de
                                     comunicación electrónica

   Descripción del acto

     Envío o la puesta a disposición del ciudadano
      de un documento que instrumenta una
      comunicación entre la Administración y el
      mismo ciudadano.

      Genera prueba documental de que ha ocurrido el
       intercambio.
      Las comunicaciones electrónicas se regulan en el art. 26 de ley
       11/2007.

17/04/2013                                                          36
Actuaciones administrativas
                               automatizadas




             A tener en cuenta




17/04/2013                                   37
Normativa

    Requisitos necesarios para poder realizar actuaciones
    administrativas automatizadas:

         1. Empleo de Sellos Electrónicos o Códigos Seguros de Verificación (CSV).

         2. Publicación en una Resolución de los órganos informáticos y de

             auditoría responsables de la aplicación informática que las regula.

         3. Indicar el órgano que resuelve los recursos.




17/04/2013                                                                         38
Bibliografía




17/04/2013
Bibliografía

          Ley 11/2007 Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso
     electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos

            Real Decreto 1671/2009, de 6 de noviembre, por el que se
             desarrolla parcialmente la Ley 11/2007, de 22 de junio, de
             acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos

            La Actuación administrativa automatizada en el ámbito de las
             Administraciones Públicas
                Autores: Ignacio Alamillo Domingo, F.Xavier Urios Aparisi
                Generalitat de Catalunya




17/04/2013                                                                       40

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Actuaciones administrativas automatizadas

  • 1. Las Actuaciones Administrativas Automatizadas Administración Electrónica @andrespastor http://es.linkedin.com/in/andrespastor 2013 www.crisoltic.com
  • 2. Índice Concepto de Actuación Administrativa Automatizada (AAA) Normativa aplicable Consideraciones sobre la automatización de procedimientos Requisitos técnicos y de Seguridad. Sello de sede y CSV Casos relevantes del uso de la automatización 17/04/2013 2
  • 3. ¿Qué son las actuaciones administrativas automatizadas? De acuerdo a la Ley 11/2007 LAECSP: Actuación administrativa producida por un sistema de información adecuadamente programado sin necesidad de intervención de una persona física en cada caso singular”  Incluye la producción de actos de tramite o resolutorios de procedimientos, así como de meros actos de comunicación.  Lo permite el desarrollo de la Informática y de los sistemas de información 17/04/2013 3
  • 4. Consideraciones  Actuaciones en las que el acto administrativo como expresión de la voluntad humana es reducido.  Meras comprobaciones rutinarias.  Viabilidad técnica  Conveniencia por principio de eficiencia  Seguridad jurídica, control de la legalidad 17/04/2013 4
  • 5. Actuaciones administrativas automatizadas Normativa 17/04/2013
  • 6. Antecedentes (I)  Ley 30/92 de Régimen Jurídico y Procedimiento Administrativo Común (Art. 45)  Impulso del empleo y aplicación de las técnicas y medios electrónicos, informáticos y telemáticos, por parte de la Administración al objeto de desarrollar su actividad y el ejercicio de sus competencias y de permitir a los ciudadanos relacionarse con las Administraciones cuando fuese compatible con los medios técnicos de que dispongan  Seguridad Social  Orden 3 de Abril 1995 del MTSS sobre el uso de medios electrónicos, informáticos y telemáticos en relación con la inscripción de empresas, afiliación, altas y bajas de trabajadores, cotización y recaudación en el ámbito de la Seguridad Social. 17/04/2013 6
  • 7. Antecedentes (II)  Agencia Tributaria  Ley General Tributaria de 2003 y Reglamento que la desarrolla. Prevé expresamente la actuación administrativa automatizada o la imagen electrónica de los documentos.  Dirección General de Tráfico  Resolución de 27 de marzo de 2006, de la DGT, por la cual se aprueban las aplicaciones de los registros en soporte informático de la DGT utilizados para el ejercicio de potestades administrativas y se regula la conservación permanente de los datos de los registros de vehículos y de conductores e infractores con finalidades históricas, científicas y estadísticas 17/04/2013 7
  • 8. Ley 11/2007 Regula con carácter general las Actuaciones administrativas automatizadas 17/04/2013 8
  • 9. Normativa Articulo 39. Actuación administrativa automatizada. En caso de actuación automatizada deberá establecerse previamente el órgano u órganos competentes, según los casos, para: • la definición de las especificaciones • programación • mantenimiento, • supervisión y control de calidad y, en su caso, • auditoria del sistema de información y de su código fuente. Asimismo, se indicara el órgano que debe ser considerado responsable a efectos de impugnación. 17/04/2013 9
  • 10. Actuaciones administrativas automatizadas Seguridad: Identificación y autenticación e Integridad 17/04/2013 10
  • 11. Sistemas de firma Electrónica en actuaciones automatizadas Articulo 18. Sistemas de firma electrónica para la actuación administrativa automatizada. 1. Para la identificación y la autenticación del ejercicio de la competencia en la actuación administrativa automatizada, cada Administración Publica podrá determinar los supuestos de utilización de los siguientes sistemas de firma electrónica:  Sello electrónico de Administración Publica, órgano o entidad de derecho publico, basado en certificado electrónico que reúna los requisitos exigidos por la legislación de firma electrónica.  Código seguro de verificación vinculado a la Administración Publica, órgano o entidad y, en su caso, a la persona firmante del documento, permitiéndose en todo caso la comprobación de la integridad del documento mediante el acceso a la sede electrónica correspondiente. 17/04/2013 11
  • 12. Generación firma con Sello de Sede:Ejemplo Directorio Usuarios Ciudadano Identificación y autenticación Sede Envío firma a la aplicación Electrónica Envío seguro del Hash del documento Certificado Sello de Sede CA 17/04/2013 12
  • 13. Cómo se crea el CSV:Ejemplo 17/04/2013 13
  • 14. Cómo se crea el CSV: Ejemplo 17/04/2013 14
  • 15. Normativa Articulo 18. Sistemas de firma electrónica para la actuación administrativa automatizada (Cont) Los Sellos electrónicos de AAPP incluirán: • El numero de identificación fiscal y • la denominación correspondiente, • La Identidad de la persona titular en el caso de los sellos electrónicos de órganos administrativos. Serán públicos y accesibles electrónicamente • La relación de sellos electrónicos utilizados por cada Administración Publica • características de los certificados electrónicos y los prestadores que los expiden • Cada Administración Publica adoptara las medidas adecuadas para facilitar la verificación de sus sellos electrónicos. 17/04/2013 15
  • 16. Normativa:Reglamento Artículo 20 (R). Sistemas de código seguro de verificación. 1. La Administración General del Estado y sus organismos públicos vinculados o dependientes podrán utilizar sistemas de código seguro de verificación de documentos en el desarrollo de actuaciones automatizadas. 2. El sistema de código seguro de verificación deberá garantizar, en todo caso: a) El carácter único del código generado para cada documento. b) Su vinculación con el documento generado y con el firmante. c) Asimismo, se debe garantizar la posibilidad de verificar el documento por el tiempo que se establezca en la resolución que autorice la aplicación de este procedimiento. 17/04/2013 16
  • 17. Normativa:Reglamento Artículo 20 (R). Sistemas de código seguro de verificación. 3. La aplicación de este sistema requerirá una orden del Ministro competente o resolución del titular del organismo público, previo informe del Consejo Superior de Administración Electrónica, que se publicará en la sede electrónica correspondiente. Dicha orden o resolución del titular del organismo público, además de describir el funcionamiento del sistema, deberá contener de forma inequívoca: a) Actuaciones automatizadas a las que es de aplicación el sistema. b) Órganos responsables de la aplicación del sistema. c) Disposiciones que resultan de aplicación a la actuación. d) Indicación de los mecanismos utilizados para la generación del código. e) Sede electrónica a la que pueden acceder los interesados para la verificación del contenido de la actuación o documento. f) Plazo de disponibilidad del sistema de verificación respecto a los documentos autorizados 17/04/2013 17
  • 18. Normativa: Reglamento Artículo 20 (R). Sistemas de código seguro de verificación. 4. La Administración responsable de la aplicación de este sistema dispondrá de un procedimiento directo y gratuito para los interesados. El acceso a los documentos originales se realizará de acuerdo con las condiciones y límites que establece la legislación de protección de datos personales u otra legislación específica. 5. Se adoptarán las medidas necesarias para garantizar la constancia de la autenticación e integridad de los documentos con posterioridad al vencimiento del plazo de disponibilidad del sistema de verificación, a los efectos de su posterior archivo. 6. Con el fin de mejorar la interoperabilidad electrónica y posibilitar la verificación de la autenticidad de los documentos electrónicos sin necesidad de acceder a la sede electrónica para cotejar el código seguro de verificación, podrá superponerse a éste la firma mediante sello electrónico regulada en el artículo anterior. 17/04/2013 18
  • 19. Distinguir certificado de sede y Sello de sede Certificado de Sede y Sello de sede La. utilización del certificado de sede es la garantía de identificación y comunicación segura de la sede. El certificado de sede es el sistema de firma electrónica que garantiza que el ciudadano se encuentra realmente en un sitio de la administración y nadie ha realizado una suplantación de páginas. Además, garantiza el establecimiento de conexiones seguras para que exista la confidencialidad necesaria en los datos que se intercambien los ciudadanos con las sedes. El certificado de sede no sirve para la firma electrónica de documentos y trámites.  Para esto último se utiliza el sello de sede. 17/04/2013 19
  • 20. Actuaciones administrativas automatizadas Casos relevantes y ejemplos 17/04/2013 20
  • 21. Actuaciones Administrativas automatizadas en la Ley 11/2007 Casos comunes de actuaciones administrativas automatizadas:  Adoptar y Notificar resoluciones de procedimientos  La expedición automática de recibo de registro electrónico  La comprobación automática de datos de solicitud  La digitalización automática de documentos  El impulso automático del procedimiento  El acto automático de constancia electrónica  La expedición automática de copia auténtica electrónica  La apertura y el cierre automático de libros electrónicos  La foliación automática de expedientes  La migración automática de documento electrónico  Los intercambios automáticos de datos entre administraciones públicas  La remisión automática de comunicación electrónica al ciudadano 17/04/2013 21
  • 22. Digitalización automática de documentos Descripción del acto  Consiste en el cambio de soporte de un documento, del soporte papel al soporte electrónico, mediante tecnología de captura y tratamiento posterior de la imagen  No produce ningún efecto particular en un procedimiento, sino que permite disponer de un soporte de sustitución del papel (una copia auténtica del original, que lo puede sustituir). 17/04/2013 22
  • 23. Expedición automática de copia auténtica electrónica Descripción del acto  Deriva de un acto de información o de acceso a información por parte de la Administración, en relación con un documento, típicamente integrado en expediente de la Administración.  También se realizan copias automáticas auténticas para ingresar documentos administrativos o privados mediante su digitalización en papel 17/04/2013 23
  • 24. Copia auténtica: Normativa Art 30. Copias Auténticas Las Administraciones Publicas podrán obtener imágenes electrónicas de los documentos privados aportados por los ciudadanos, con su misma validez y eficacia, a través de procesos de digitalización que garanticen su autenticidad, integridad y la conservación del documento imagen, de lo que se dejara constancia. Esta obtención podrá hacerse de forma automatizada, mediante el correspondiente sello electrónico. 17/04/2013 24
  • 25. Expedición automática de recibo de registro electrónico Descripción del acto  Producción de un documento acreditativo de la presentación a un registro electrónico de una solicitud, escrito o comunicación a instancias de un ciudadano  Genera una prueba documental sobre el acto del ciudadano dirigido a la Administración  Art. 35 de Ley 30/1992 de RJPAC sobre el derecho ciudadanos a obtener copia sellada documentos que presente y Art. 25.3 Ley 11/2007 sobre características del recibo electrónico. 17/04/2013 25
  • 26. Normativa Articulo 24. Registros electrónicos. En el ámbito de la Administración General del Estado se automatizaran las oficinas de registro físicas a las que se refiere el articulo 38 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Publicas y del Procedimiento Administrativo Común, a fin de garantizar la interconexión de todas sus oficinas y posibilitar el acceso por medios electrónicos a los asientos registrales y a las copias electrónicas de los documentos presentados. 17/04/2013 26
  • 27. Normativa Artículo 30 (R). Recepción de solicitudes, escritos y comunicaciones. 3. El registro electrónico emitirá automáticamente por el mismo medio un recibo firmado electrónicamente, mediante alguno de los sistemas de firma del artículo 18 de la Ley 11/2007, de 22 de junio, con el siguiente contenido: a) Copia del escrito, comunicación o solicitud presentada, siendo admisible a estos efectos la reproducción literal de los datos introducidos en el formulario de presentación. b) Fecha y hora de presentación y número de entrada de registro. c) En su caso, enumeración y denominación de los documentos adjuntos al formulario de presentación o documento presentado, seguida de la huella electrónica de cada uno de ellos. d) Información del plazo máximo establecido normativamente para la resolución y notificación del procedimiento, así como de los efectos que pueda producir el silencio administrativo, cuando sea automáticamente determinable. 17/04/2013 27
  • 28. Comprobación automática de datos de solicitud Descripción del acto  Verificación de datos utilizando informaciones almacenadas en sistemas propios o pertenecientes a otras administraciones, con la posibilidad de llenar, totalmente o parcialmente, el formulario con la finalidad que el ciudadano verifique la información y, si ocurre, la modifique y la complete.  Art. 35.3 Ley 11/2007: Detección de errores en los datos de la solicitud, por una parte, y facilitar al ciudadano la tarea de rellenar el formulario, por otra. 17/04/2013 28
  • 29. Impulso automático del procedimiento Proc 1 Proc 2 Proc 3 Descripción del acto  Conjunto de actos de trámite que permiten que avance ordenadamente la instrucción del procedimiento  Hace avanzar el procedimiento administrativo eliminando los obstáculos que impidan, dificulten o retrasen el ejercicio lleno de los derechos de los interesados o el respeto a sus intereses, disponiendo lo que resulte necesario para evitar y eliminar toda anormalidad en la tramitación del procedimiento, y garantizar su terminación dentro del plazo establecido legalmente. 17/04/2013 29
  • 30. Normativa procedimientos Articulo 38. Terminación de los procedimientos por medios electrónicos. 1. La resolución de un procedimiento utilizando medios electrónicos garantizará la identidad del órgano competente mediante el empleo de alguno de los instrumentos previstos en los artículos 18 y 19 de esta Ley. 2. Podrán adoptarse y notificarse resoluciones de forma automatizada en aquellos procedimientos en los que así este previsto. Proceso 17/04/2013 30
  • 31. Acto automático de constancia electrónica Descripción del acto  Declaración de conocimiento por parte de la Administración en relación con una información registrada en un documento, un expediente o un libro de la Administración  Genera una prueba documental sobre la información manifestada (como la expedición de certificaciones y notas simples informativas) 17/04/2013 31
  • 32. Apertura y cierre automáticos de libros electrónicos Descripción del acto  Secuenciación de los registros que forman parte de un libro electrónico mediante el encadenamiento criptográfico de los registros u otras técnicas similares.  El acto de apertura implica la creación y la firma del primer registro, a partir del cual empieza la cadena de registros, mientras que el acto de cierre finaliza la cadena y protege toda la secuencia con un sello de fecha y hora final.  Los actos de encadenamiento criptográfico de registros, que se realizan entre el segundo registro (encadenado con el primero) y el cierre (encadenado con el último registro), se llevan a cabo sin nueva identificación del órgano 17/04/2013 32
  • 33. Foliación automática de expedientes Descripción del acto  La foliación automática o electrónica de expedientes consiste en la secuenciación de los documentos que forman parte del expediente mediante un índice firmado electrónicamente  Su efecto dentro del proceso administrativo es formalizar y proteger el expediente 17/04/2013 33
  • 34. Migración automática de documento electrónico Descripción del acto  Es un caso particular de la expedición automática de copia en que se produce un cambio del formato del documento, por ejemplo de formato ODF (ofimático) a formato PDF.  El automatismo posible consiste en la generación, sellado y la entrega de la copia auténtica. 17/04/2013 34
  • 35. Intercambio automáticos de datos entre administraciones públicas Descripción del acto  Envío o puesta a disposición de un documento por parte de una administración pública en otra.  El acto de intercambio es muy parecido al acto de comunicación por el cual una administración solicita a otra unos datos concretos, que son devueltos por la Administración requerida típicamente en sustitución de certificados administrativos de datos.  Genera prueba documental de que ha ocurrido el intercambio. 17/04/2013 35
  • 36. Remisión automática de comunicación electrónica Descripción del acto  Envío o la puesta a disposición del ciudadano de un documento que instrumenta una comunicación entre la Administración y el mismo ciudadano.  Genera prueba documental de que ha ocurrido el intercambio.  Las comunicaciones electrónicas se regulan en el art. 26 de ley 11/2007. 17/04/2013 36
  • 37. Actuaciones administrativas automatizadas A tener en cuenta 17/04/2013 37
  • 38. Normativa Requisitos necesarios para poder realizar actuaciones administrativas automatizadas: 1. Empleo de Sellos Electrónicos o Códigos Seguros de Verificación (CSV). 2. Publicación en una Resolución de los órganos informáticos y de auditoría responsables de la aplicación informática que las regula. 3. Indicar el órgano que resuelve los recursos. 17/04/2013 38
  • 40. Bibliografía  Ley 11/2007 Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos  Real Decreto 1671/2009, de 6 de noviembre, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos  La Actuación administrativa automatizada en el ámbito de las Administraciones Públicas Autores: Ignacio Alamillo Domingo, F.Xavier Urios Aparisi Generalitat de Catalunya 17/04/2013 40