El documento resume los puntos tratados en la sesión ordinaria del Ayuntamiento de Alcalalí celebrada el 12 de junio de 2014. Se aprobaron el acta de la sesión anterior, las características técnicas para la implantación del alumbrado público en diferentes zonas, y la cuenta general del ejercicio 2013. También se acordó la adhesión genérica a la Central de Contratación de la Diputación Provincial de Alicante.
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Acta de pleno celebrado el 12 de junio de 2014
1. AYUNTAMIENTO Sesión Ordinaria celebrada el 12 de junio de 2014.
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SESIÓN Nº TRES DE 2.014.
SESIÓN ORDINARIA DEL PLENO DEL
AYUNTAMIENTO DE ALCALALÍ, CELEBRADA EL
DÍA DOCE DE JUNIO DE DOS MIL CATORCE.
En la Casa Consistorial de Alcalalí, siendo las
veintidós horas del día 12 de junio de dos mil catorce,
se reúnen en primera convocatoria las señoras y
señores indicadas al margen, bajo la Presidencia del
Sr. Alcalde D. José Vicente Marcó Mestre, al objeto
de celebrar sesión ordinaria, convocada a tal efecto.
Siendo la hora expresada, la Presidencia inició la
sesión, pasándose a tratar los asuntos comprendidos
en el Orden del Día.
O R D E N D E L D Í A
I.- PARTE RESOLUTIVA.
1.- LECTURA Y APROBACIÓN SI PROCEDE DEL ACTA DE LA SESION ANTERIOR.
Dada cuenta del Acta de la sesión anterior nº 2/2014, de fecha 30 de abril de 2014, no formulándose
ninguna observación ni reparo a la misma, fue aprobada por nueve votos a favor y, por tanto, por
UNANIMIDAD de los señores asistentes.
2.- APROBACIÓN DE LAS CARACTERÍSTICAS TÉCNICAS QUE DEBERA REUNIR LA
IMPLANTACIÓN DEL ALUMBRADO PÚBLICO EN DIFERENTES ZONAS DEL TERMINO
MUNICIPAL.
Vista la necesidad de homogeneizar la implantación del alumbrado público en el municipio para obtener
una estética acorde con el entorno y reducir en lo posible la diversidad de suministros necesarios para el
mantenimiento posterior, así como obtener unas garantías de calidad en los materiales y ejecución de
los trabajos.
Dada cuenta de la necesidad de implantar los nuevos sistemas de alumbrado púbico consistentes en la
tecnología del led dado su menor consumo.
Visto el documento elaborado por los Servicios Técnicos, el cual deberá servir de base para la
implantación de alumbrado público en el municipio en los supuestos en que no exista un Plan Parcial
aprobado, la Corporación por unanimidad de todos sus miembros, ACUERDA aprobar el siguiente
documento que se transcribe literalmente.
ASISTENTES
Sr. Alcalde
D. JOSÉ VICENTE MARCO MESTRE (PP)
Sres. Concejales
D. LEOPOLDO FERRER RIBES (PP)
Dª MARÍA CRISTINA GINER FERRER (PP)
Dª.HAZEL ELIZABETH SIMMONDS (PP)
Dª. BEATRIZ VICENS VIVES (PP)
D. JOSÉ ANTONIO SERER ANDRÉS (PSOE)
Dª. MARÍA ISABEL MOLINA VICENS (PSOE)
D. FRANCISCO MIGUEL COSTA LLÀCER (BLOC)
Dª ROSA ESPERANZA MONSERRAT FERRER (GALL)
Sr. Secretario
D. JUAN JOSE ABAD RODRIGUEZ
2. AYUNTAMIENTO Sesión Ordinaria celebrada el 12 de junio de 2014.
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CARACTERISTICAS TÉCNICAS DEL ALUMBRADO PÚBLICO DE ALCALALÍ
EN SUELO URBANO SIN PLAN PARCIAL APROBADO.
El presente documento establece las características que deberán reunir las instalaciones de alumbrado público que se implanten
en el suelo urbano de Alcalalí y que no estén reguladas por ningún plan parcial aprobado con anterioridad o bien los que se
aprobasen después de esta fecha y que por su tipología el Ayuntamiento considerase conveniente establecer otras características
para el alumbrado público.
ESTIPULACIONES:
1. El punto de conexión para las instalaciones lo fijará el Ayuntamiento de Alcalalí y figurará en el proyecto de urbanización.
En ese punto el instalador electricista autorizado y proporcionado por la promotora, aportará certificado de medición de la
tensión nominal medida con multimetro homologado, indicando la fecha de medición y la hora, siempre en el intervalo
comprendido entre las 22:30 h. y las 23:45 h.
2. El Ayuntamiento de Alcalalí propondrá el trazado que sea preciso para llegar desde el punto de conexión hasta las
infraestructuras de alumbrado público que se estén ejecutando en la parcela motivo de las obras de urbanización,
estableciendo la forma de ejecutarlo, siempre en base a la reglamentación específica.
3. Los costes que ello conlleve serán por cuenta del promotor de las obras.
4. El cableado que partiendo del punto de conexión y que finalizara en el punto mas alejado del mismo dentro de las obras
de urbanización en caso de que la parcela colindante no tuviese implantadas las obras de infraestructura o bien en la
arqueta de registro más cercana dentro de las obras adyacentes consistirá como mínimo en mazo para suministro
trifásico, 400/230 V., dotado de seis conductores (3 fases + neutro + tierra + maniobra) de cómo mínimo 6 mm². y 1 Kv,
la forma de instalación consistirá en una manguera que reúna los cinco primeros cables y deje en un cable aparte el de
maniobra. La sección mínima del conductor se justificará mediante cálculo analítico. En cualquier caso no será inferior a
6 mm². para una caída de tensión máxima entre el origen de la instalación y cualquier otro punto del 3 %.
La ejecución de la instalación se ejecutara en base a lo establecido en la ITC-BT-09 del vigente reglamento
electrotécnico en baja tensión, R.D. 842/2002, de 2 de agosto y sus instrucciones complementarias. El factor de potencia
de los puntos de luz se corregirá hasta obtener un valor de 0,90 o superior. El factor de potencia global de la instalación
serán 0,95 mínimo. Este valor se obtendrá mediante la instalación de equipos automáticos de compensación de energía
reactiva.
5. Cada farola deberá tener su propia arqueta de registro de 30 X30 cm. y en ella se colocara una pica de toma de tierra de
cobre desnudo de 35 mm². de sección y 150 cm. de longitud, con abrazadera y que se conexionará al conductor de
protección del báculo o columna soporte de la luminaria. La puesta a tierra se efectuara en base a lo establecido en el
artículo 10 de la ITC-BT-09.
6. Se prohíbe realizar los empalmes de las líneas en las arquetas, las conexiones deberán hacerse dentro de la columna en
el lugar establecido para ello mediante embornamiento y deberán contar todas las columnas con su correspondiente caja
de fusibles.
7. Todas las luminarias deberán contar con el doble nivel para la reducción de flujo y cumplir con lo establecido en el R.D.
1890/2008, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Eficiencia Energética en instalaciones de
Alumbrado Exterior y sus instrucciones Técnicas Complementarias EA-01 a EA-07.
8. Se prohíbe la instalación de luminarias que no cuenten con las debidas medidas para prevenir la contaminación lumínica.
9. Las luminarias deberán colocarse a la menor distancia posible del bordillo y siempre dentro de la acera.
10. Características de las luminarias:
Descripción de la Luminaria.
Hermeticidad del bloque óptico: IP 66 (*)según la norma IEC - EN 60598
Resistencia a los impactos PC: IK 10 (**) según la norma IEC - EN 62262
PMMA: IK 06 (**)según la norma IEC - EN 62262
Resistencia aerodinámica (CxS): 0,08 m2
Tensión nominal: 230 V - 50 Hz
Clase eléctrica: I ó II (*) según la norma IEC - EN 60598
Peso luminaria completa: 5kg
Materiales:
Base y capó: Aleación de aluminio inyectado pintado
Protector: Policarbonato SLX (anti-UV) o metacrilato
Color: Gris AKZO 900 enarenado
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Descripción de la Columna.
Fuste.
Se adoptará un fuste tronco cónico fabricado en acero galvanizado S235JRS de acuerdo a la norma UNE 10025
segunda parte.
Placa y pernos de anclaje.
Se dispondrá una placa cuadrada de 300 x 300 mm y 8 mm de espesor preparada para alojar 4 pernos
distanciados 215 mm. Los pernos y tornillería se servirán cintados y pasivados y serán M16 x 500. Toda la
tornillería será de acero inoxidable.
Acabado con pintura “hightech”.
El fuste galvanizado en caliente recibirá el siguiente tratamiento para su acabado:
- La superficie se lijará de forma uniforme en instalación automática.
- Se aplicará un tratamiento químico que garantice la adherencia máxima y se soplará mediante aire comprimido la
capa superficial.
- Se aplicará una imprimación a base de mezcla de resinas sintéticas al objeto de mejorar la adherencia del
acabado.
- Se aplicará en instalación automática, pintura en polvo basada en resina poliéster de excelente resistencia al
exterior y durabilidad, así como excelente acabado superficial.
- El secado se efectuará en horno de convección forzada para polimerización de pintura al objeto de conseguir un
correcto curado.
- Las operaciones de pintura conllevarán el mantenimiento de las condiciones siguientes:
∗ Humedad relativa inferior al 80%.
∗ Temperatura ambiente t, 5ºC < t < 40ºC.
∗ La temperatura de la superficie a pintar no será inferior a 3ºC por encima del punto de rocio.
11.- Numero de luminarias a instalar y su situación.
Para determinar el número de luminarias a instalar así como la potencia de las mismas, se aportara un estudio del vial
completo del que se trate realizado con el software DIALUX sobre el modelo Hapiled de SOCELEC
12.- Para la recepción de las obras de urbanización será preceptivo el boletín del técnico instalador de las
luminarias y su puesta en funcionamiento.
13.- El Ayuntamiento de Alcalalí queda facultado para resolver las dudas que se presenten y tomar los acuerdos
necesarios para el buen orden del presente documento, en todo lo no previsto en el mismo, facultándose a los
servicios técnicos del Ayuntamiento para cuantas resoluciones sean necesarias en el desarrollo del documento.
Hapi LED
W 410 mm
H1 556 mm
H2 377 mm
H3 133 mm
∅ 60 mm
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3.- APROBACIÓN DE LA CUENTA GENERAL DEL EJERCICIO 2.013.
Se examina la Cuenta General correspondiente al ejercicio de 2013, formada por Secretaría-Intervención
e integrada por los estados y cuentas anuales de la Entidad Local rendidos por el señor Alcalde.
La Cuenta General ha sido dictaminada favorablemente por la Comisión Especial de Cuentas de fecha
30 de abril de 2014, habiendo permanecido expuesta al público por el plazo de quince días, previo
anuncio en el “Boletín Oficial de la Provincia de Alicante” número 89, de fecha 12 de mayo de 2014,
durante los cuales y ocho días más, se han podido presentar reclamaciones, reparos u observaciones
por los interesados. Durante dicho plazo no ha sido presentada reclamación alguna por ningún
interesado.
Considerando que dicha Cuenta General está rendida conforme a lo previsto en la sección segunda del
capítulo III del título VI del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el
texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, y Reglas 97 y siguientes de la Orden
Ministerial EHA/4041/2004, de 23 de noviembre, que aprueba la Instrucción del modelo normal de
Contabilidad Local.
Puesto el asunto a votación por la Presidencia, el Pleno de la Corporación, estimando que los estados y
cuentas anuales, así como los anexos que integran la Cuenta General, se hallan debidamente
justificados de acuerdo con los libros de contabilidad, de conformidad con el artículo 208 y siguientes del
R.D.L. 2/2004 de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las
Haciendas Locales, por nueve votos a favor y por tanto por UNANIMIDAD de los miembros que en
número de derecho la constituyen, ACUERDA:
Primero.- Aprobar la Cuenta General correspondiente al ejercicio de 2013, con el siguiente resumen:
Remanente de tesorería total............................................ (+) 507.139,79€
Saldos de dudoso cobro ……………………………………. (-) 41.774,14€
Remanente de tesorería afectado a gastos con financ. afectada (-) 0,00€
Remanente de tesorería para gastos generales......................... 465.365,65€
Resultado del ejercicio…………….............................................. 68.983,23€
Resultado presupuestario ajustado............................................. 132.989,31€
Total Activo................................................................................. 11.010.198,60€
Total Pasivo................................................................................ 11.010.198,60€
Segundo.- Rendir esta Cuenta General a la Sindicatura de Comptes de la Generalidad Valenciana y al
Tribunal de Cuentas, conforme a lo previsto en el artículo 208 y siguientes del R.D.L. 2/2004 de 5 de
marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales y en
las Reglas 97 a 112 de la Orden EHA/4041/2004, de 23 de noviembre, por la que se aprueba la
Instrucción del Modelo Normal de contabilidad.
4.- ADHESIÓN GENÉRICA A LA CENTRAL DE CONTRATACIÓN DE LA EXCMA. DIPUTACIÓN
PROVINCIAL DE ALICANTE.
Dada cuenta del servicio especializado Central de Contratación de la Excma. Diputación Provincial de
Alicante, adscrito al Área de Servicios Jurídicos-Asistencia a Municipios, creado al amparo de lo
establecido en el art. 204.2 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre por el que se
aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.
Considerando que, la adhesión genérica a la Central de Contratación de la Excma. Diputación Provincial
de Alicante supone participar en el sistema de racionalización técnica de contratación articulado en el
nivel provincial sin que exista obligación de participar en los concretos procedimientos de contratación
que se desarrollen y sin repercusión económico-presupuestaria.
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Considerando que, la contratación de obras, servicios y suministros a través de la Central de
Contratación, cuando así se decida en el procedimiento específico, permitirá, entre otros, obtener
mejores precios y condiciones contractuales.
Considerando, el art. 205.2 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre por el que se
aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, sobre adhesión al sistema de
contratación centralizada.
Considerando el Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Central de Contratación publicado
en el Boletín Oficial de la Provincia de Alicante nº 41, de fecha 28, de febrero de 2014.
Sometido el asunto a debate, el Sr. Costa manifiesta que la propuesta significa un mayor control de los
Ayuntamientos por parte de la Diputación perdiendo estos autonomía, el Sr. Alcalde responde que el
Ayuntamiento puede decidir en qué procesos de contratación participa y hacerlo solo en aquellos en los
que suponga una ventaja para el Ayuntamiento, tras el oportuno período de debate el asunto es puesto a
votación por la Alcaldía, adoptando la Corporación, por seis votos a favor (cinco del grupo municipal del
PP y uno del grupo municipal del GALL), dos votos en contra del grupo municipal del PSOE y una
abstención del grupo municipal del BLOC, lo que supone la mayoría absoluta legal, el siguiente
ACUERDO:
PRIMERO.- La adhesión genérica del Municipio de Alcalalí, a la Central de Contratación de la Excma.
Diputación Provincial de Alicante.
SEGUNDO.- Asumir las obligaciones derivadas de la adhesión genérica de conformidad con lo
establecido en la normativa reguladora de la Central de Contratación de la Excma. Diputación Provincial
de Alicante.
TERCERO.- Facultar al Sr. Alcalde-Presidente para la formalización de la adhesión genérica y para
suscribir cuantos actos y documentos fueran precisos en orden a lo acordado.
CUARTO.- Dar traslado del presente acuerdo a la Excma. Diputación Provincial de Alicante.
5.- APROBACIÓN DE PROYECTO Y SOLICITUD DE LA AYUDA.
Dada cuenta de la publicación en el B.O.P. nº 88 de fecha 9 de mayo de 2014 de la Convocatoria y
Bases del Plan para inversiones en obras y reparaciones de Cooperación Municipal financieramente
sostenibles, anualidad 2014.
Visto el proyecto técnico de las obras de “Renovación Alumbrado Público”, redactado por el Ingeniero
Industrial D. José Fuster Such, por su presupuesto base de licitación de 89.984,46 €. (IVA al 21%
Incluido), el cual tiene cabida en el apartado "c.- Alumbrado Público" de la mencionada convocatoria.
Puesto el asunto a votación por la Presidencia al no mediar debate o discusión del El Pleno de la
Corporación por nueve votos a favor y, por tanto, por UNANIMIDAD de sus miembros asistentes, lo que
supone la mayoría absoluta del número legal de sus miembros, ACUERDA:
PRIMERO.- Aprobar el proyecto técnico de las obras de “Renovación alumbrado Público”, redactado por
el Ingeniero Industrial D. José Fuster Such, por su presupuesto base de licitación de 89.984,46 €. (IVA al
21% Incluido)
SEGUNDO.- Solicitar la inclusión de este Ayuntamiento en la Convocatoria del Plan para inversiones en
obras y reparaciones de Cooperación Municipal financieramente sostenibles, anualidad 2014. Publicada
en el B.O.P. nº 88 de fecha 9 de mayo de 2014, con la mencionada obra.
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TERCERO: Solicitar la autorización de la Excma. Diputación Provincial de Alicante para realizar la
contratación por parte del Ayuntamiento de las obras en cuando sea concedida la ayuda económica.
CUARTO: Solicitar la concesión de una ayuda económica destinada a sufragar los costes de redacción
del proyecto técnico de las obras de “Renovación Alumbrado Público”, redactado por el Ingeniero
Industrial D. José Fuster Such, importe que asciende a la cantidad de 2.565,20 €
QUINTO: Ordenar al Secretario de la Corporación para dar fiel cumplimiento a las bases, que certifique
respecto a los extremos solicitados en la citada convocatoria. De igual forma, ordenar al Alcalde que en
nombre y representación de la corporación efectúe las declaraciones exigidas.
SEXTO: Facultar al Sr. Alcalde-Presidente para realizar las gestiones necesarias para el buen fin de la
presente solicitud.
OCTAVO: Exponer al público dicho proyecto para alegaciones y reclamaciones durante el plazo de
veinte días hábiles, a contar desde el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia,
de conformidad y a los efectos establecidos en el art. 86 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de
Régimen Jurídico de la Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
6.- EXPEDIENTE DE MODIFICACIÓN DEL PRESUPUESTO 4/2014.
Se informa sobre la finalidad del expediente de Modificación del Presupuesto de nº 4/2014 por importe
de 68.983,23 €, financiado con remanente líquido de tesorería, en el que consta la correspondiente
Memoria justificativa de conformidad con lo dispuesto en el artículo 37 del Real Decreto 500/1990, de 20
de abril, y cuyo contenido resumido es el siguiente:
Se propone al Pleno la aprobación del expediente de modificación de créditos nº 4/2014, de acuerdo con
el desglose de partidas presupuestarias cuyo contenido se incorpora en el Anexo a la presente Memoria.
En todos los casos, los incrementos en las aplicaciones presupuestarias propuestos financian gastos
específicos, cuya realización no es posible demorarla a ejercicios posteriores sin detrimento de los
intereses corporativos.
Concretamente, los gastos que se incluyen en esta modificación son la creación de partidas
presupuestarias con la denominación de IFS “Inversiones Financieramente Sostenibles”.
En cumplimiento de lo establecido en el artículo 32 y la Disposición Adicional Sexta de la Ley Orgánica
2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera , se pone de manifiesto
que en base a los datos de la última liquidación, SE CUMPLE el requisito de Estabilidad Presupuestaria,
SE CUMPLE el requisito de Remanente de Tesorería y SE CUMPLE el requisito de Deuda Viva de este
Ayuntamiento. Del informe de secretaria-intervención se extrae que se podría aplicar un importe de
150.728,26 euros. No obstante, se propone realizar una incorporación de Remanentes por importe de
68.983,23 €, que es el Resultado Presupuestario (Derechos reconocidos netos-Obligaciones reconocidas
netas) correspondiente a la liquidación del presupuesto 2013.
De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 32 de la Ley Orgánica 2/2012 de 27 de abril, de
Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera (se citará como LOEPSF), este superávit debiera
destinarse a reducir el nivel de endeudamiento neto.
Teniendo en cuenta que este Ayuntamiento ha reducido la deuda en los últimos años, y los préstamos
que están ahora mismo en vigor se encuentran financiados a unos tipos óptimos, no se considera
conveniente amortizar deuda.
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Desde abril de 2012 el Ayuntamiento no ha concertado ninguna operación de crédito, financiando las
inversiones con sus propios recursos, desde esa fecha esta institución ha destinado 65.000,00 € a
amortizar deuda.
La Disposición Adicional Sexta de la LOEPSF, introducida por la Ley Orgánica 9/2013, de 20 de
diciembre, de Control de la deuda comercial en el sector público, permite en determinadas condiciones
destinar el superávit presupuestario a Inversiones Financieramente Sostenibles. Éstas han sido definidas
a través de la Disposición Adicional Decimo sexta del TRLRHL, introducida por Real Decreto ley 2/2014.
Vistas las reglas especiales para el destino del superávit presupuestario, en el año 2014 y a los efectos
de la aplicación del artículo 32, relativo al destino del superávit presupuestario, el orden de aplicación del
superávit presupuestario para los destinos alternativos propuestos por la Disposición Adicional Sexta
será el siguiente:
a. Aplicación para saldar la cuenta 413 (Acreedores por operaciones pendiente de aplicar al
presupuesto)
b. Financiar inversiones financieramente sostenibles.
c. Amortización anticipada de deuda.
Dado que la cuenta 413 (Acreedores por operaciones pendiente de aplicar al presupuesto) está a cero,
se puede aplicar el superávit presupuestario a financiar inversiones financieramente sostenibles
Con esta intención el Ayuntamiento de Alcalalí dota créditos extraordinarios para financiar partidas
presupuestarias con cargo al Superávit Presupuestario de 2013 por importe de 68.983,23 €, que
consisten en inversiones necesarias y urgentes para el municipio.
La urgencia viene asimismo motivada por lo dispuesto en el apartado quinto de la Disposición Adicional
Decimosexta del TRLRHL, que señala lo siguiente:
“La iniciación del correspondiente expediente de gasto y el reconocimiento de la totalidad de las
obligaciones económicas derivadas de la inversión ejecutada se deberá realizar por parte de la
Corporación Local antes de la finalización del ejercicio de aplicación de la disposición adicional sexta de
la Ley Orgánica 2/2012 de 27 de abril”.
Ello motiva que la creación de las partidas deba efectuarse a la mayor brevedad para que puedan
ponerse en marcha los expedientes de gasto y lograr la ejecución a fin de este ejercicio 2014.
Todas las partidas presupuestarias recogen inversiones absolutamente prioritarias para este
Ayuntamiento, que redundan en los ciudadanos que son necesario acometer en el presente ejercicio.
A la vista de la fundamentación precedente y tras el oportuno debate, el asunto es puesto a votación por
la Alcaldía, adoptando la Corporación, por ocho votos a favor (cinco del grupo municipal del PP, dos del
grupo municipal del PSOE y uno del grupo municipal del GALL), y una abstención del grupo municipal
del BLOC, lo que supone la mayoría absoluta legal, el siguiente ACUERDO:
PRIMERO.- Aprobar provisionalmente el expediente de modificación presupuestaria nº 04/2014, en los
términos referidos en el Anexo a la presente propuesta.
SEGUNDO.- El expediente se someterá a información pública durante quince días, mediante su
exposición en el tablón de anuncios, previa publicación de edicto, para que los interesados puedan
presentar reclamaciones, que serán resueltas por el Pleno. De no presentarse éstas, el expediente se
entenderá definitivamente aprobado, procediendo a la publicación de edicto, con el resumen por
capítulos de las expresadas modificaciones, en el “Boletín Oficial de la Provincia” de Alicante.
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TERCERO.- Considerar de acuerdo con lo dispuesto en la Disposición Adicional Decimosexta del
TRLRHL como INVERSIONES FINANCIERAMENTE SOSTENIBLES, todas las partidas que se financian
con el superávit presupuestario, por un importe total de 68.983,23 €, considerando lo dispuesto en el
Informe de Intervención y las memorias técnicas que acompañan al expediente.
ANEXO
RESULTADO PRESUPUESTARIO DE 2013 68.983,23 € Econ. Prog.
APORTACIÓN A LA OBRA DE RENOVACIÓN ALUMBRADO PÚBLICO
QUE CONFORMA EL CASCO HISTÓRICO DE ALCALALÍ Y SUS
CALLES PRINCIPALES
11.500,00 €
619.00 165
APORTACIÓN A LAS OBRAS DE MEJORA DE LAS INSTALACIONES
PARA AUMENTAR EL AHORRO Y LA EFICIENCIA ENERGÉTICA
1.719,38 €
619.01 165
REPARACION MURO EN EL CAMINO DE PARCENT A JALON, EN EL
PARAJE LES PASULES.
2.500,00 €
619.02 454
REPARACIÓN DE COQUERA EN MURO DEL CAMINO DE PARCENT A
JALÓN, BARRANC BARRANQUERES
1.195,65 €
619.03 454
ADECUACIÓN MIRADOR DEL RAVALET 1ª FASE 2.165,90 € 619.04 171
ADECUACIÓN MIRADOR DEL RAVALET 2ª FASE 1.500,00 € 619.05 171
URBANIZACIÓN ACCESO EDIFICIO POLIDEPORTIVO 25.544,50 € 619.06 933
INVERSIONES VIARIAS 11.836,68 € 619.07 155
INVERSIONES EN LA PISCINA MUNICIPAL 3.577,97 € 619.08 933
HONORARIOS PROYECTO INVERSIONES ALUMBRADO PÚBLICO 2.565,20 € 619.09 165
INVERSIONES EDIFICIO CENTRO CÍVICO 4.877,95 € 619.10 933
TOTAL INVERSION 68.983,23 €
II.- PARTE INFORMATIVA.
7.- DACIÓN DE CUENTA DE LAS RESOLUCIONES DICTADAS POR LA ALCALDIA DESDE LA
CELEBRACIÓN DE LA ÚLTIMA SESIÓN ORDINARIA.
Por la Alcaldía se dio cuenta de los Decretos del nº 090 al 136 de 2.014 emitidos por la Alcaldía, así
como de las Juntas de Gobierno de fechas 14/05/2014, 28/05/2014 y 11/06/2014, quedando enterada la
Corporación.
8.- INFORMES DE ALCALDIA.
a) Por la Alcaldia se da cuenta de la renuncia con fecha de registro de entrada de 09/06/2014, de Dª Mª
Carmen Carreras Borrul, a la adjudicación del contrato del Centro Cívico, solicitando la devolución de la
fianza, sin que a dicha fecha se hubiera perfeccionado de acuerdo con la Cláusula 19ª del Pliego de
Cláusulas Administrativas Particulares, el mencionado contrato.
b) Se informa a los asistentes del tradicional programa de actos en el marco de las fiestas patronales y
se da cuenta de los horarios de asistencia a los mismos, trasmitiendo a los presentes la invitación
efectuada por los festeros para asistir al vino de honor del día del Cristo.
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c) Se propone a los presentes el que se estudie la posibilidad de modificar la ordenanza del ICIO y del
IBI al objeto de bonificar las obras de mantenimiento y la conservación de los edificios incluidos en el
catalogo de Bienes Protegidos del Plan General, al fin de fomentar la conservación del Patrimonio
Histórico.
9.- INFORMES DE SECRETARIA.
a) INFORME DE SECRETARÍA-INTERVENCIÓN REFERENTE AL CUMPLIMIENTO DE LA
COMUNICACIÓN DE LA EJECUCIÓN TRIMESTRAL DEL PRESUPUESTO DE 2014,
CORRESPONDIENTE A LA FECHA 31/03/2014.
A requerimiento de Alcaldía por Secretaría-Intervención se da cuenta del informe referente a la ejecución
presupuestaria correspondiente a la fecha de 31/03/2014, conforme a la Orden HAP/2105/2012, de 1 de
octubre, por la que se desarrollan las obligaciones de suministro de información previstas en la Ley
Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera.
Dicho informe arroja el siguiente resultado:
a) Ejecución presupuestaria del primer trimestre de 2014, a nivel de estabilidad presupuestaria:
-Ingresos no Financieros: 180.768,91 euros.
-Gastos no Financieros: 239.492,43 euros.
-Previsión de ajuste a aplicar al saldo presupuestario previsto a final de 2014: 27.652,27 euros.
-Capacidad/Necesidad de financiación del Ayuntamiento: -31.071,25 euros. La Corporación Local
incumple con el objetivo de estabilidad presupuestaria.
b) Asimismo la información para el objetivo de la regla del gasto es la siguiente:
-Gasto computable liquidación presupuestaria 2013: 669.677,15 euros.
-Tasa de referencia: 679.722,31 euros.
-Aumentos/disminuciones: 0.
-Límite de la regla del gasto: 679.722,31 euros.
-Gasto computable previsión liquidación 2014: 198.644,79 euros.
-Diferencia “Regla del gasto” y “Gasto Computable Presupuesto 2014”: 481.077,52 euros.
La Corporación Local cumple con el objetivo de la regla del gasto.
c) La restante información suministrada responde al calendario de tesorería (Recaudación/Pagos reales
y estimados); Remanente de Tesorería; y datos de plantilla y retribuciones del personal.
III.- PARTE DE CONTROL Y FISCALIZACIÓN DEL PLENO (ART. 46.2 E) DE LA LEY 7/1985, DE 2 DE
ABRIL, REGULADORA DE LAS BASES DEL RÉGIMEN LOCAL.
10.- MOCIONES NO RESOLUTIVAS.
No hubieron.
10. AYUNTAMIENTO Sesión Ordinaria celebrada el 12 de junio de 2014.
DE
ALCALALI
10
11.- RUEGOS Y PREGUNTAS.
El Sr. José Antonio Serer ruega que se peatonalice la plaza en los fines de semana durante el verano,
por el Sr. Alcalde le responde que la plaza fue cerrada al tráfico durante el verano de 2012 y que los
bares como todos sabemos hicieron un uso abusivo de la misma colmatándola de mesas por lo que los
viandantes no podían disfrutar de la misma, quedando en realizar una reunión para trabajar en la
viabilidad de la propuesta y posteriormente reunirnos los concejales con los propietarios de los bares
para tratar de llegar a un acuerdo.
Y no habiendo más asuntos que tratar, la Presidencia levantó la sesión, siendo las veintidós horas y
cincuenta y cinco minutos, de todo lo cual, como Secretaria extiendo la presente Acta. Doy fe.
Vº Bº
EL ALCALDE EL SECRETARIO
D. JOSÉ VICENTE MARCÓ MESTRE D. JUAN JOSE ABAD RODRIGUEZ