Artículo de Balbina López de la Torre, profesora de nuestro Master Executive en Organización de Recursos y Dirección de Personas.
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Formación IDE-CESEM. Los EREs en los concursos de acreedores más allá de una interpretación jurídica
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INNOVACIÓN EMPRESARIAL
MARZO - MAYO 2010 l 10 € NÚMERO 29
¡Cómo hemos
cambiado!
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2. R E C U R SOS H U MAN OS
Los EREs en los Concursos de Acreedores:
más allá de una interpretación jurídica
y BALBINA LÓPEZ DE LA TORRE
Directora del Área de Recursos Humanos de IDE-CESEM
La crisis nos convierte a todos, en cuestión de meses, en grandes expertos en términos que antes nos eran total-
mente ajenos. Las palabras ERE y Concurso de Acreedores aparecen como un vocabulario habitual en nuestras
conversaciones en el bar, restaurante y, cómo no, en el salón de nuestras casas. Han irrumpido en nuestras vidas
con fuerza e insistente tenacidad.
Tanto el viejo conocido ERE (Expediente de Regulación de Empleo), regido por el articulo 51 del Estatuto de los Tra-
bajadores, como el más reciente Concurso de Acreedores, regulado por la Ley Concursal 22/2003, de 19 de Julio,
son instituciones jurídicas que tienen un objetivo único: salvar una situación compleja en la empresa, en la mayoría de
los casos, de carácter económico.
Los Expedientes de Regulación de Empleo (ERE), regulados además por el Real Decreto
BALBINA 43/1996, de 19 de enero, tratan de facilitar la supervivencia de una empresa que pasa por
LÓPEZ
DE LA TORRE una situación difícil y compleja generada por causas económicas, técnicas, organizativas o de
Balbina López de la Torre.
producción que dificultan la actividad normal de la empresa.
Licenciada en Ciencias
Políticas y Sociología. Desde este punto de vista, se hace necesario la extinción o suspensión de las relaciones labo-
Licenciada en Derecho. rales para superar esa situación, que puede ser temporal, y garantizar, de este modo, la super-
Master en Organización y vivencia del negocio. Mientras que estamos observando muchos casos de ERES temporales, lo
Planificación de Recursos más común es la extinción de las relaciones laborales a través del despido colectivo. Y siempre
Humanos. Ha trabajado en TABACALERA y en
IBERSWISS CATERING.
será colectivo cuando las extinciones de contratos, en un periodo de 90 días, superen el um-
Ha sido Jefe de Personal de UNILEVER bral legal del número de afectados, según el tamaño de la empresa.
ESPAÑA S.A. y en LUCENT TECHNOLOGIES.
Ex-Directora de RRHH en FLUOR. Directora Si consideramos sólo esta institución jurídica, no se hace necesario instar un Concurso de
del Área de RRHH y Jurídica de IDE-CESEM. Acreedores aunque, en muchas ocasiones, es el paso previo que garantiza el no llegar a este
Directora de RRHH de NORTEL.
3. RECURSOS HUMANOS
punto. De hecho, en numerosas
ocasiones, el ERE se plantea como
“Si tanto el salario como es que, quien tiene que resolver
un procedimiento concursal no es
un modo de evitar el Concurso de la seguridad (tanto en la la autoridad laboral competente,
Acreedores, saneando la empresa
de gastos de personal excedente. vertiente laboral como en la sino un juez de lo mercantil. Cual-
quier demanda en este sentido,
Por su parte, el Concurso de Acree-
jurídica) se mantienen vivos, tanto por parte de la empresa
como de los trabajadores debe
dores intenta realizar una reorgani- lo demás es un cambio dirigirse al Juzgado Mercantil, in-
zación financiera de una empresa
que ya no puede atender los pagos largo y difícil pero asumible cluyendo las modificaciones de
las condiciones de trabajo.
regulares a sus acreedores y, en es-
pecial, lo hace desde el punto de
por empleado y por la Sin embargo, partiendo del ob-
vista crediticio y de financiación. organización” jetivo de continuidad, mientras
Actualmente, puede ser la propia se produce el proceso de insol-
compañía quien decida voluntariamente entrar a concurso de vencia, la empresa podría seguir funcionando normalmente
acreedores para tratar de dirimir sus “diferencias’”con los acree- y todas las deudas que se produzcan, como consecuencia del
dores. Aunque, normalmente, son los deudores quienes, ante la desarrollo habitual del negocio, se abonarán regularmente, in-
falta de pago, solicitan iniciar el proceso. cluyendo los salarios. Y, como el desarrollo del negocio sigue
como habitual, los empleados empezamos a tener en cuenta en
Sin embargo, en nuestras mentes, la mera mención de ‘concur- nuestras vidas conceptos que antes nos eran ajenos (convenio
so de acreedores’ nos hace temblar ya que, inmediatamente, de acreedores, quitas de deuda, esperas en cobros, suspensión
nos viene a la memoria un término en desuso como el de “sus- del cómputo de intereses y de ejecuciones, etc.) al tiempo que
pensión de pagos’”. Este proceso de insolvencia (como habitual- debemos seguir trabajando con el mismo compromiso ante la
mente se le conoce) no va orientado, necesariamente, al cierre organización.
de la empresa, aunque éste sea un efecto usual.
Ahora bien, ¿Cómo lo hacemos? En cierto sentido, si el proceso
Al iniciar un proceso de insolvencia, la primera consecuencia in- está bien comunicado y clarificado y, sobre todo, se ha tomado
mediata es que la dirección y la gestión de la empresa pasa a ser la decisión de mantener el abono de salarios y beneficios socia-
responsabilidad (de carácter personal) de los Administradores les hasta una posible extinción de los contratos laborales, esto
Concursales, nombrados por el Juez que entiende del Concur- es posible.
so, por un tiempo inicial definido y que puede extenderse a un
periodo superior, previa solicitud. La motivación humana es un factor de difícil optimización. Se
han vertido muchas líneas orientadas a obtener el máximo
Una segunda consecuencia a tener en cuenta, es el hecho de rendimiento del empleado motivado y comprometido con su
que cualquier deuda previa al día de inicio del proceso de insol- trabajo. En momentos de crisis, se ha quedado demostrado en
vencia queda suspendida en su obligación de pago inmediato muchas ocasiones que, las pequeñas diferencias pasan a un se-
y pasa a pertenecer a un monto que se pagará más adelante, gundo plano y lo esencial se convierte en nuestra prioridad.
total o parcialmente - o en especie, según el caso-.
Y es aquí donde los factores higiénicos cobran su importancia:
Dicho esto, cuando nos encontramos con estas dos institucio- necesidades básicas cubiertas (salarios) y la seguridad, tanto
nes interactuando entre sí de una forma directa, lo que tenemos en la vertiente laboral (continuidad en el empleo) como en su
frente a nosotros es una modificación del carácter laboral de un vertiente jurídica (ERE con derecho a subsidio de desempleo
ERE en tanto en cuanto el ámbito de decisión sobre el mismo es inmediato). Si ambos factores se mantienen vivos, lo demás es
sustraído del ámbito administrativo pasando a ser éste judicial. un camino largo y difícil pero asumible por empleado y, obvia-
mente, por la organización.
Lo cierto es que, en un proceso de insolvencia, se busca un
acuerdo entre empresa y deudores en lo referente a la forma Por otro lado, resulta fundamental contar con la Representación
de pago, se evalúa la situación real de la empresa y, sobre todo, Social que, en estos casos, con el enfoque adecuado, resulta de
de su patrimonio. En otras palabras, lo que tratamos de deter- una gran ayuda como aliado en una crisis cuyo objetivo no es
minar son con qué activos se cuenta y en qué posición legal obtener mejores resultados financieros sino salvar a la empresa
se encuentran (hipotecados, en régimen de arrendamiento…). de un inminente cierre.
La primera aproximación es tratar de alcanzar un acuerdo para
que la compañía pueda seguir operando mientras resuelve sus La Dirección de una empresa, en muchas ocasiones, debe to-
deudas o, en su defecto, se pasa a liquidar la empresa. En este mar decisiones dolorosas como la de iniciar un Concurso de
entorno, es obvio que los recursos humanos disponibles en la Acreedores de forma voluntaria, pero esta decisión debe ser
empresa son su mejor activo pero también su mayor pasivo por tomada con la suficiente antelación para evitar que, necesaria-
los gastos que generan. mente, desemboque en un proceso de quiebra y liquidación
de la organización. Como directivos, tenemos una responsabi-
Así planteado y desde un punto de vista de RRHH, una situa- lidad, no sólo con el cliente que espera que nuestros productos
ción de concurso de acreedores produce dos grandes dife- y servicios sigan existiendo, sino con los proveedores que nos
rencias para los empleados. La primera de ellas es que, si la ayudan en nuestra actividad económica y con los empleados
empresa presenta un procedimiento concursal orientado a la que, día a día, posibilitan esa actividad. Las herramientas ju-
liquidación de la empresa, hasta que aquel no esté resuelto por rídicas existentes hacen posible que podamos salvar nuestra
las autoridades competentes, legalmente los trabajadores no empresa si actuamos a tiempo. Usémoslas sin miedos y con de-
están formalmente despedidos con lo que deben continuar en terminación, orientándonos al logro y a la consecución de un
su puesto de trabajo. Y, la segunda diferencia a tener en cuenta objetivo único: la continuidad de la Empresa.
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