Este documento presenta los resultados preliminares de un estudio regional sobre los marcos jurídicos de la alimentación escolar en los países miembros de OIRSA. Se analizan seis elementos clave de los marcos legales, incluyendo las responsabilidades institucionales, la adquisición de alimentos, la preparación y manipulación de alimentos, la producción en las escuelas, los menús escolares y la vinculación con la agricultura familiar. El estudio encontró una amplia variedad de marcos regulatorios en cada país y que, aunque existen algunas disposic
Informe Estudio de Opinión en Zapopan Jalisco - ABRIL
FAO - Elementos de análisis de marcos legales de Alimentación Escolar
1. Servicio del Derecho para el Desarrollo
Oficina Juridica LEGN
TALLER DE DERECHO AGROALIMENTARIO DE LOS PAÍSES MIEMBROS DE OIRSA
Componente Legal
Proyecto GCP/RLA/160/SPA
Proyecto de Apoyo a la Iniciativa América Latina y el Caribe Sin Hambre
09, 10 y 11 de junio de 2014 – San Salvador, El Salvador
Elementos de análisis de marcos legales de
Alimentación Escolar
Resultados preliminares:
Estudio regional
Marcos jurídicos en materia de alimentación escolar
2. 2
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Contenido
1. Países participantes del estudio
2. Marco Constitucional
3. Elementos de un Marco Jurídico AE
4. Vinculación de la agricultura familiar y las compras
públicas.
5. Conclusiones
5. 5
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3. Elementos de un marco jurídico de AE
Responsabilidades institucionales
1.Presupuesto
2. Adquisición de
productos
(compras)
3. Producción en
las escuelas
(huertos
escolares)
4. Preparación y
manipulación de
alimentos
(almacenaje,
transporte)
desde un punto
de vista de
inocuidad
5. Menús
escolares
nutricionalmente
adecuados
6. Venta de
alimentos en las
escuelas
7. Publicidad de
alimentos en las
escuelas
Enfoque de derecho a la alimentación y los derechos de la infancia
( suficiente, inocuo, nutricionalmente adecuado, culturalmente
adaptado)
6. 6
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Obligaciones, Derechos y Responsabilidades
Titulares de obligaciones y de derechos
Obligaciones y
responsabilidades
Derechos
Niños, niñas,
adolescentes y
madres y padres
Responsabilidades
(jurídicas vs operativas)
Comunidad Educativa:
CAE, Juntas Escolares, OPF
Organismos internacionales
Naciones Unidas
PMA-FAO-UNICEF
Organismos Financieros:
BM, BID
Estado (Ejecutivo,
Legislativo y Judicial):
Ente rector:
Ministerio de Educación
Secretaria de Desarrollo
Social
Ministerio de Hacienda
(Presupuesto)
_______________________
Ministerio de Salud
Ministerio /Secretaria de
Agricultura
Sistema de SAN/SSAN
7. ElSalvador
• Reglamento
Interno del
Órgano
Ejecutivo.
• Decreto
Ejecutivo N° 24,
Diario Oficial 70,
Tomo 303, fecha
de publicación
18/04/1989
• Determina la
estructura del
Órgano Ejecutivo,
así como la
competencia y la
de los demás
entes del Órgano
Ejecutivo. Arto 38
que describe las
competencias del
Ministerio de
Educación.
• Programa de
Alimentación y
Salud Escolar
(PASE).
Guatemala
• Acuerdo
Gubernativo 225-
2008 Reglamento
Orgánico Interno
del Ministerio de
Educación.
• Programa de apoyo
del Ministerio de
Educación, y es
administrado por la
Dirección General
de Participación
Comunitaria y
Servicios de
Apoyo (DIGEPSA),
su ejecución se
realiza a través de
la modalidad de
descentralización,
es ejecutados por
las Organizaciones
de Padres de
Familia o los
Consejos Educativo.
• Programa de
Alimentación
Escolar (PAE)
Honduras
• Decreto Ejecutivo
PCM--002-2010.
Diario Oficial La
Gaceta N. 32, 165.
• La Secretaría de
Desarrollo Social,
es la instancia
coordinadora del
sector social,
dentro de sus
facultades tiene la
planificación,
administración y
ejecución de los
planes, programas,
como el Programa
de Vaso de Leche
que ejecutado a
través del PES en
coordinación con
los Proyectos de la
Merienda Escolar
fortalecida por el
Programa de Vaso
de Leche y la
Secretaria de
Educación.
• Programa de
Merienda
Escolar (PME)
Nicaragua
• Ley N° 290
"Ley de
Organización,
Competencia y
Procedimiento
s del Poder
Ejecutivo", en
su artículo 23,
define las
funciones del
Ministerio de
Educación, bajo
este marco
general el PINE
funciona como
un programa de
apoyo desde
1998,
actualmente se
encuentra bajo
la rectoría de la
Secretaria de
Programas
Educativos del
MINED, como
una área de
apoyo
• Programa
Integral de
Nutrición
Escolar
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Hallazgos preliminares del estudio…
• En los países del C4 la alimentación escolar se regula
mediante una amplia variedad de marcos regulatorios (leyes,
reglamentos, acuerdos, normas técnicas, guías, lineamientos,
manuales).
• Responden a objetivos muy variados que van desde la
regulación del ente rector del PAE, hasta el expendio de
alimentos en las escuelas.
• El estudio cuenta en este momento con un mapeo abundante
de legislación en 6 aspectos identificados.
• Una variable importante del análisis es la centralización o
descentralización del programa como se irá viendo a lo largo
de la PPT.
9. 9
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3.1. Adquisición de alimentos
• Los 4 países cuentan con una ley de contrataciones públicas. Sólo en 2 de ellos se aplican
directamente los procedimientos de la ley para la compra de productos de la AE (Nicaragua y El
Salvador).
• En Honduras: Excepción a la ley de adquisiciones, se aplica el Convenio con el PMA en donde el
PMA realiza un proceso de licitación pública. El PMA tiene la responsabilidad de exigir al
productor dichos requisitos y presentar los controles antela autoridad competente.
• Requisitos para participar en la compra (licitación pública/contratación simplificada). Los
principales requisitos son formalidades administrativas que debe presentar los proveedores y
requisitos técnicos ligados al producto, los productos deben responder a los estándares de
calidad y a la regulación en materia de inocuidad, presentando las certificaciones pertinentes:
sistema de control y verificación. Competencia de Min. Agricultura, Min. Salud.
• En Guatemala se transfieren los recursos a las OPF quienes realizan la compra directa a los
proveedores locales.
• En Guatemala, aplica el Reglamento para Transferencias a los Consejos Educativos, Acuerdo
Ministerial por medio del que se delega responsabilidad de gestión a los Consejos Educativos u
OPF. Instructivo sobre las transferencias: allí se establece la responsabilidad de la OPF de realizar
como mínimo 2 cotizaciones para elegir al proveedor que ofrezca mejor precio y calidad (Ciertos
requisitos mínimos).
10. DE LA INOCUIDAD Y CALIDAD DE LOS ALIMENTOS
El Salvador Honduras Nicaragua
¿Quién
verifica la
inocuidad del
producto?
¿Qué
controles de
inocuidad y
calidad se
realizan a los
productos
para verificar
que cumplen
con los
requisitos
Ministerio de Salud, y el Ministerio
de Agricultura.
MAG: Ley de Sanidad Vegetal y
Animal (LSVA). Art. 2 letra a), h), i),
n). Artículo 7. Artículo 9
Reglamento interno y de
funcionamiento del MAG, artículo
19 inciso primero y letra g) y h)
MINSAL: Código de Salud Sección
doce del capítulo 6, artículos 82 y
siguientes. Específicamente: art.
84, 85, 90, 93 y 95.
Acuerdo de Cooperación para el
Programa de Merienda Escolar. 2012-
2014. Apartado de las
responsabilidades para el PMA:
Realizar los análisis alimentarios y
nutricionales de las raciones y el
desarrollo de nuevos productos
fortificados remitiendo al Programa de
Escuelas Saludable/SDS y la SAEH
los reportes y documentación de
dichos análisis.
De acuerdo a la legislación nacional,
le Corresponde a la SAG a través de
SENASA (Ley Fito zoosanitaria
Decreto N° 157-1994)
Para la calidad e inocuidad alimentaria en
Nicaragua, es regulado por la Ley N° 219.
Ley de Normalización Técnica y Calidad,
esta crea la Comisión Nacional de
Normalización Técnica y Calidad como
organismo coordinador de las políticas y
programas en este ámbito . Arto 5 y 6;
Ley 291 Ley Básica de Salud Animal y
Sanidad Vegetal, donde crea la DGPSA:
Facilitar, normar, y regular las políticas
sanitarias y fitosanitarias que conllevan la
planificación, normación y coordinación
de todas las actividades nacionales
vinculadas a la sanidad agropecuaria,
acuícola, pesquera, forestal, la
agroforesteria, inocuidad y calidad de la
semilla.
¿En qué
momento
interviene la
verificación de
inocuidad/
calidad?
En dos momentos, en la
presentación de ofertas y en el
proceso de entrega de los lotes de
alimentos adjudicados, en el
proceso de ingreso a bodega del
MINED.
Código de Salud artículos 253
siguientes, análisis a alimentos
para garantizar su inocuidad, se
presenta dicho análisis al
momento de ofertar y al momento
de la entrega de los alimentos.
Según el acuerdo de cooperación
PMA y Gobierno, En dos momentos,
en la presentación de ofertas y en el
proceso de entrega de los lotes de
alimentos adjudicados, al ingreso a
bodega del PMA. De acuerdo a la
legislación nacional, le Corresponde a
la SAG a través de SENASA, Ley
Fito zoosanitaria Decreto N° 157-
1994. Diario Oficial la Gaceta Nº
27,552. Modificada mediante el
Decreto N° 344-200. Diario Oficial la
Gaceta Nº 30,922
La certificación expedida por un
laboratorio en este caso por el MINSA y el
MAGFOR o laboratorios privados
certificados por el MINSA y el MAGFOR,
que el proveedor debe de presentar con
su oferta y una vez se ha adjudicado.
Luego la certificación de la calidad de los
alimentos se realiza en la recepción de
los alimentos de bodega centrales del
MINED.
11. Flujo de proceso de transporte, de las bodegas centrales hacia los municipios, y traslado a los centros
escolares.
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3.2 Preparación y manipulación de alimentos
• En materia de almacenaje, manipulación y preparación de alimentos, en
general se abordan estos aspectos en el ámbito del PAE en las Guías, Manuales,
y Lineamientos Administrativos que establecen recomendaciones generales
para las escuelas.
• Los países cuentan con normas técnicas NTON que establecen requisitos de
almacenaje en bodega seca y bodega fría, transporte (requisitos que aplican
también para restaurantes y otros establecimientos). Honduras cuenta con un
Reglamento del Servicio de Alimentación Escolar que establece algunas
disposiciones especificas en la materia.
• La inocuidad de los alimentos debe garantizarse desde la producción hasta el
consumo. En todos los países se cuenta con legislación que regula la inocuidad
de los alimentos en la etapa de producción, contemplando los controles y
certificaciones correspondientes. La inocuidad en la escuela requiere un
estudio más profundo para determinar si la legislación que existe es o no
suficiente para garantizar la salud de los niños y niñas.
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3.3Producción en las escuelas (huertos escolares)
• Las recomendaciones y lineamientos en materia de huertos
escolares se encuentra definido a través de Guías y Manuales
Internos del Ministerio de Educación.
• Los huertos escolares promueven y desarrollan prácticas de
producción orgánica (abono orgánico, fertilizantes foliares,
repelentes orgánicos).
• En todos los países, se regula la Agricultura Orgánica. Sus
disposiciones son aplicables, así como en materia de controles y
certificación para la producción de alimentos orgánicos en los
huertos escolares.
15. Huertos
escolares
El Salvador Guatemala Honduras Nicaragua
¿Cómo
controla
Agricultura
los procesos
de
producción?
Si se trata de
agricultura
orgánica,
¿Quién la
certifica?
En esta Guía deja
expresado el uso de
estos productos
orgánicos, pero no
limita o controla, el uso
de productos
agroquímicos por parte
de la comunidad
educativa.
Reglamento de
Agricultura Orgánica
Decreto Ejecutivo Nº:
52 Fecha:12/05/2004
D. Oficial: 158 Tomo:
364 Publicación DO:
27/08/2004 Artículo 2
letra a y b.
Certificación de
Producción Orgánica:
A partir del año 2003 el
MAGA (Ministerio de
Agricultura de
Guatemala) crea la
oficina para el Fomento
de la Agricultura
Orgánica (FONAGRO),
y la normativa que
regula la agricultura
orgánica a nivel
nacional se integra
dentro de la Unidad de
Normas y
Regulaciones se
aprueba por Acuerdo
Ministerial No. 1317-
2002 la Normativa
Orgánica para
Guatemala.
Reglamento para la
agricultura orgánica, SAG
Acuerdo N° 146-03, del 07
de marzo de 2003, Artículo
5: "La defensa de la
denominación "agricultura
orgánica”, la aplicación de
su Reglamento, el control
del cumplimiento del mismo
y de las instancias
relacionadas con la
producción y certificación;
así como del fomento y
control de la calidad de los
productos amparados
quedan encomendados al
Servicio Nacional de
Sanidad Agropecuaria, a
partir de ahora denominado
como SENASA,
dependiente de la
Secretaria de Agricultura y
Ganadería SAG."
En esta Guía deja
expresado el uso
de estos productos
orgánicos, pero no
limita o controla, el
uso de productos
agroquímicos por
parte de la
comunidad
educativa.
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3.4 Menús Escolares (Nutrición)
• Los países han desarrollado guías, manuales, lineamientos,
recomendaciones en la materia pero no existe legislación
contundente que establezca estándares nutricionales que
regulen ampliamente los menús.
• No se identificaron mecanismos de control que puedan
determinar sanciones por incumplimiento.
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3.5 Expendio y publicidad de alimentos en las escuelas
• Los PAE han emitido normas sobre el tema de expendios, pero la
aplicación de estas normativas de regulación de expendios de
alimentos en los centros escolares, se convierte en una tarea que
demanda mucha atención de las autoridades educativas para
implementarla, pero que también por atribuciones legales, le
corresponden contribuir al sector salud.
• Nicaragua (NTON) para el tema de venta en casetas escolares, El
Salvador tiene una normativa del sector educativo (Manual de
tiendas escolares), al igual que Honduras (2012) y Guatemala solo
se tiene una normativa para 2 departamentos del país.
• Publicidad de alimentos en las escuelas Existe muy poca
regulación. Aplica la legislación de publicidad no engañosa de
Protección al Consumidor.
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5. Conclusiones
Los Marcos Jurídicos AE deben…
1. Establecer las responsabilidades institucionales para la
implementación del PAE, desde el nivel central hasta la
escuela.
2. Facilitar y no obstaculizar la vinculación de los pequeños
productores a los programas de alimentación escolar.
3. Regular los menús escolares asegurando su contenido
nutricional y la aceptabilidad cultural.
4. Regular la publicidad y el expendio de los alimentos en las
escuelas de acuerdo a parámetros nutricionales específicos
que establezcan límites a altos contenidos de azúcar, y grasas.
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5. Contar con mecanismos de control para que la institución competente
sea responsable de garantizar la calidad y la inocuidad de los alimentos
tanto al momento de la adquisición como al momento del consumo en
las escuelas.
6. Los controles deben garantizar que la inocuidad no está comprometida.
La salud es un derecho fundamental irrenunciable y una obligación que
debe garantizar el Estado.
7. Los comunidad educativa –incluidos los padres de familia- deben contar
con la suficiente capacitación para hacer efectivos los controles que
prevé la legislación. Es obligación de la institución competente
asegurarse de que el personal esté en la capacidad de conservar,
preparar, manipular, y servir los alimentos en la escuela.
8. Contar con mecanismos de participación y rendición de cuentas que
garanticen el enfoque de DH en la implementación del PAE.
Conclusiones
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Conclusiones
Distintas opciones legislativas…
• Importancia de contar con legislación en materia de
inocuidad
• Problemas derivados de la falta de esta legislación
• Problemas que podrían resultar de cubrir aspectos limitados
de la AE en normas con un diferente objetivo (inocuidad
alimentaria)