1. UNIVERSIDAD LAICA“ELOY ALFARO” DE MANABI
EXTENSIÓN EN EL CARMEN.
FACULTAD:
CIENCIAS ADMINISTRATIVAS Y CONTABLES
CARRERA:
CONTABILIDAD Y AUDITORIA
ASIGNATURA:
COMERCIO INTERNACIONAL
INTEGRANTES:
ANCHUNDIA MALA ANDREA VANESA
LOOR ANZULES YULIMA BIANEY
SANCHEZ ESPINOZA YISENI VANESA
VELEZ VELEZ ROXANA VALERIA
VERA MEJIA DAIRA YOSVEL
ZAMBRANO CHAVEZ PABLO ORLANDO
CATEDRÁTICO:
Ing. PABLO AVILA RAMIREZ.
NIVEL :
9no «A»
2. IMPORTACIÓN
El comprador de
dichos bienes y
servicios se
conoce como
“importador”,
Mientras que el
vendedor con base en
el extranjero se
conoce como
“exportador”.
Es la acción de ingresar mercancías extranjeras al
país cumpliendo con las formalidades y
obligaciones aduaneras, dependiendo del
RÉGIMEN DE IMPORTACION al que se haya sido
declarado.
ADUANAS DEL ECUADOR
4. Es el tratamiento aplicable a las mercancías, solicitado
por el declarante, de acuerdo a la legislación aduanera
vigente.
Los regímenes aduaneros se clasifican en:
• Régimen de importación
• Régimen de exportación
REGÍMENES ADUANEROS
Regímenes de importación
• Regímenes de no transformación
• Regímenes de transformación
5. Importación para el consumo
(Régimen 10)
Es el régimen aduanero de ingreso definitivo de
mercancías al país, cuyos procedimientos para su
aplicación serán establecidos por el Director General del
Servicio Nacional de Aduana del Ecuador. Las
mercancías ingresadas bajo este régimen podrán circular
libremente en el Territorio ecuatoriano una vez satisfecha
la obligación tributaria aduanera. (Art. 120 del
Reglamento al Copci).
• Regímenes de no transformación
6. Admisión temporal para
reexportación en el mismo estado
(Régimen 20)
Es el régimen especial aduanero a través del cual se
puede introducir mercancías al territorio ecuatoriano, para
ser utilizadas en un fin determinado, con suspensión total
o parcial de los derechos e impuestos a la importación.
Las mercancías importadas a este régimen deberán ser
individualizadas y susceptibles de identificación,
sometidas por ley a aforo físico. (Art. 123 del Reglamento
al Copci).
Plazo: Un año, salvo las mercancías para la ejecución de
obras y prestación de servicios públicos, el plazo será la
duración del contrato. (Art. 125 del Reglamento al Copci)
7. Reimportación en el mismo estado
(Régimen 32)
Es el régimen aduanero que permite la importación para el
consumo con exoneración de los derechos e impuestos a la
importación y recargos aplicables, de las mercancías que han sido
exportadas de manera definitiva.
Condiciones: La mercancía debe ser la misma que se exportó y no
haberse sometido a ningún tipo de transformación en el extranjero,
contar con el certificado de origen y deberá estar consignada a
nombre de quién realizó la exportación a consumo. (Art. 121 del
Reglamento al Copci)
Plazo: La reimportación deberá ser realizada dentro de un año
contado desde la fecha de embarque de la exportación a consumo
(Art. 122 del Reglamento al Copci)
8. Reposición con franquicia
arancelaria (Régimen 11)
Es el régimen aduanero que permite importar con
exoneración de los derechos e impuestos a la importación
y recargos con excepción de las tasas aplicables,
mercancías idénticas o similares por su especie, calidad y
sus características técnicas a aquellas nacionalizadas y
que hayan sido utilizadas para obtener las mercancías
exportadas previamente con carácter definitivo.
9. Depósitos aduaneros (Régimen 70)
El Depósito Aduanero es un régimen especial aduanero,
mediante el cual las mercancías importadas son
almacenadas por un periodo determinado sin el pago de
derechos e impuestos y recargos aplicables; y, podrá ser
público o privado. Los depósitos aduaneros privados
estarán destinados al uso exclusivo de su titular. Los
depósitos aduaneros públicos podrán almacenar
mercancías de propiedad de terceros.
10. Regímenes de transformación
Admisión temporal para
perfeccionamiento activo
(Régimen 21)
El Régimen de admisión temporal para perfeccionamiento
activo es un régimen especial aduanero a través del cual
se puede introducir mercancías al territorio ecuatoriano,
para ser sometidas a un proceso de perfeccionamiento,
siempre que cumpla con cualquiera de estos fines: a)
Transformación; b) Elaboración de nuevas mercancías,
aún inclusive en caso de montaje, incorporación
ensamblaje y adaptación a otras mercancías; c)
Reparación, restauración o acondicionamiento; o, d)
Cumplimiento de programas de maquila autorizados por
la autoridad competente. (Art. 131 del Reglamento al
Copci)
11. Transformación bajo control
aduanero (Régimen 72)
Es el régimen especial aduanero que permite introducir al
país mercancías, con suspensión del pago de tributos al
comercio exterior, para someterlas a operaciones que
modifiquen su especie o estado. Bajo este régimen
podrán ingresar todo tipo de mercancías susceptibles de
ser transformadas, incluso aquellas que se consideren de
prohibida importación. Las mercancías de prohibida
importación que ingresen bajo este régimen especial,
deberán estar destinadas a procesos de transformación,
cuyo producto resultante no podrá mantener la
característica de prohibida importación, en los casos en
que esta se pretenda importar para el consumo. (Art. 150
del Reglamento al Copci)
12. ¿QUIÉNES SON
IMPORTADORES?
Optimizadores de
insumos
• Este tipo de importador
utiliza
aprovisionamiento
extranjero para
optimizar, en términos
de precio o calidad, los
insumos que alimentan
una cadena de
suministro.
Oportunista
• Este tipo de importador
busca alrededor del
mundo productos que
puede importar y
vender rentablemente
a ciudadanos locales.
Estos comerciantes ven
un hueco en el
mercado local, ya sea
real o percibido
Arbitrajistas
• Este tipo de importador
observa el
aprovisionamiento
extranjero para
obtener producto de la
más alta calidad al
menor precio posible.
13. ¿CUÁLES SON LOS REGÍMENES DE IMPORTACIÓN?
• Importación para el Consumo (Art. 147 COPCI)
• Admisión Temporal para Reexportación en el mismo estado (Art. 148
COPCI)
• Admisión Temporal para Perfeccionamiento Activo (Art. 149 COPCI)
• Reposición de Mercancías con Franquicia Arancelaria (Art. 150 COPCI)
• Transformación bajo control Aduanero (Art. 151 COPCI)
• Depósito Aduanero (Art. 152 COPCI)
• Reimportación en el mismo estado (Art. 153 COPCI)
14. Los tributos al comercio exterior son derechos arancelarios, impuestos establecidos en leyes
orgánicas y ordinarias y tasas por servicios aduaneros.
• AD-VALOREM (Arancel Cobrado a las Mercancías) Son los establecidos por la autoridad
competente, consistentes en porcentajes según el tipo de mercancía y se aplica sobre la
suma del Costo, Seguro y Flete (base imponible de la importación).
• FODINFA (Fondo de Desarrollo para la Infancia) Se aplica el 0.5% sobre la base imponible
de la importación.
• ICE (Impuesto a los Consumos Especiales) Porcentaje variable según los bienes y
servicios que se importen. (Consulte en la página del SRI: www.sri.gob.ec, link: Impuestos)
• IVA (Impuesto al Valor Agregado) Corresponde al 14% sobre: Base imponible +
ADVALOREM + FODINFA + ICE.
TRIBUTOS A PAGAR POR UN
PRODUCTO IMPORTADO
15. CARACTERISTICAS DE LOS IMPORTADORES
Las importaciones permiten a los agentes económicos adquirir los productos
que en su país no se producen, más baratos, o de mayor calidad,
beneficiándolos como consumidores.
Pueden Importar todas las Personas Naturales o Jurídicas,
ecuatorianas o extranjeras radicadas en el país que hayan sido
registrados como importador en el sistema ECUAPASS y aprobado por
la Servicio Nacional de Aduanas del Ecuador
¿Quiénes pueden Importar
16. ¿PORQUE IMPORTAR?
La demanda de productos por los consumidores, brinda nuevas oportunidades de
negocios a las empresas dispuestas a importar. La decisión de importar surge por dos
razones principales:
La escasez de producción del producto en el
mercado interno.
El bajo costo económico de importar ante costos
altos de producción o comercialización en el país.
17. Impulsadores de la
importación
1. Especialización
de trabajo:
3. Falta de
disponibilidad
local
4. Diversificación
2. Rivalidad
global:
18. El Servicio Nacional de Aduana del Ecuador (Senae)
informó la tarde de este martes 5 de enero del 2016 que
el Comité de Comercio exterior adoptó medidas que
flexibilizan la importación de celulares durante este año.
Las nuevas medidas son:
1. Sobre la importación para consumo, todos aquellos que estén registrados como importadores en
Ecuapass, el sistema electrónico aduanero, podrán realizar la importación de celulares.
2. En cuanto al ingreso por vía courrier, las personas naturales podrán traer hasta 1 unidad
anualmente y liquidando los tributos correspondientes; es decir: arancel Ad-valorem del 15%, IVA y
FODINFA Esta importación se la realizará mediante la categoría C, en este sentido la importación
deberá cumplir con las características correspondientes: Paquetes de hasta 50 kg y USD2000.
19. 3. Por sala de arribos, el pasajero podrá ingresar como efectos personales del viajero
hasta una unidad nueva y una usada sin pagar tributos y, adicional a esto, una vez
implementada la resolución podrá liquidar en sala de arribos hasta una unidad nueva extra
(pagando tributos: Ad-valorem: 15% - IVA – FODINFA).
4. Para la importación de CKD de celulares, se actualiza la tabla del Producto
Ecuatoriano Incorporado (PEI); colocando un ad-valorem mínimo al PEI superior a 10
(antes el porcentaje mínimo correspondía a 3 % y ahora a 1%).
5. El cupo global de importación de celulares será de USD 250 millones y 2,6 millones
de unidades, este cupo estará dividido de manera trimestral.
20. Importación y exportación: problemas y dificultades
Las empresas, sobre todo las no
exportadoras o las que ocasionalmente
exportan.
Ven una variedad de problemas y
dificultades que hacen difícil el comercio
internacional
Por otra parte, los veteranos del comercio
explican que vender y comprar productos
a nivel internacional está lleno de
complejidades en curso y barreras en
evolución.
Actualmente, existe una variación
considerable en relación con el tipo, las
características y los efectos de los
obstáculos.
21. Sin duda, las limitaciones financieras
son el mayor impedimento para los
comerciantes internacionales.
Riesgos financieros
Los comerciantes a menudo razonan que la
exportación o la importación ofrecen baja
rentabilidad dados los costos inesperados y
limitaciones financieras desconocidas, las
cuales se ven agravadas por los fluctuantes
tipos de cambio.
La gestión de estos riesgos implica procesos de
divisas y crédito que exigen conocimientos
financieros relativamente sofisticados.
22. Problemas de las
Importaciones
La importación de residuos
peligrosos ayuda a las
empresas multinacionales
El cobre un producto básico
cada vez más valioso ya que
es muy rentable
Importar residuos electrónicos una
solución útil
24. Humanidad
Casual
Lagunas
Institucionales
A quien acudir
A los convenios
para la
importación de
residuos
peligrososPatrocinar las
campañas verdes
para reciclar
desperdicios
electrónicos
Enviar equipos de
cómputos a países
que no lo tienen
para que hagan
diferencias
25. GESTIÓN DE
CLIENTES
•Dificultades de comprender
las practicas comerciales
extranjera
ESCASAS
EXPERIENCIA EN
LOS NEGOCIOS
INTERNACIONALES
BARRERAS DE
MARKETING
•Dificultades para
igualar los precios de
los competidores
extranjeros
COMPROMISO DE
LA ALTA GERENCIA
•la familiaridad con el
mercado domestico
junto con el
compromiso de la alta
dirección
Los problemas y las dificultades del
comercio internacional constantemente
frustran la exportación ocasional y al
regular
26. Regulación del comercio
El comercio constituye uno de
los pilares de la globalización
económica.
La documentación comercial es
una pila de documentos que
regula el comercio
internacional, impuestos
aduanales y procedimientos de
entrada
El gerente logística de Schott North America señala que actualmente el
verdadero peligro para el comercio internacional no son los aranceles
Los errores pueden ocurrir en
cualquier momento
28. ¿Cómo se obtiene el Registro de Importador?
Una vez gestionado el RUC en el Servicio de Rentas Internas, se deberá:
Paso 1
Adquirir el Certificado Digital para la firma electrónica y autenticación otorgado por las
siguientes entidades:
• Banco Central del Ecuador
• Security Data
Paso 2
Registrarse en el portal de ECUAPASS aquí se podrá:
1. Actualizar base de datos
2. Crear usuario y contraseña
3. Aceptar las políticas de uso
4. Registrar firma electrónica
29. Ejemplo El CIF es la base para el cálculo de los tributos. Éste se lo obtiene sumando el valor de la mercancía soportada en
la factura, adicionando el valor del flete más el costo del seguro.