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LEY 1562 DE 2012
Cambios en la denominación.
Sistema general de riesgos laborales (Antes era Profesionales)
Salud Ocupacional: En adelante debe entenderse como
Seguridad y salud en el Trabajo.
Programa de salud ocupacional: Debe entenderse como el
sistema de gestión de la Seguridad y salud en el Trabajo.
En que consiste el SG -SST: Un proceso por etapas basado en la
mejora continua que incluye: La política, la organización, la
planificación, la aplicación, la evaluación, auditoría y las
acciones de mejora.
OBJETIVO SG-SST: Conocer, evaluar y controlar los riesgos.
Afiliados al Sistema General de Riesgos
Laborales. (Art 2, modifica Art 13/1295)
Obligatorios:
• Jubilados o pensionados – Estudiantes (R)
• Independientes en actividades de alto
riesgo (Paga contratante)
• Miembros de agremiaciones o
asociaciones
Voluntarios:
• Trabajadores independientes informales
que coticen a salud. (Reglamentar)
Accidente de Trabajo (Art 3)
*Introduce concepto perturbación psiquiátrica
Es AT: Ejercicio de la función sindical-Ejecuta
ordenes emplea-Transporte-actividades R.D.C
Enfermedad Laboral (Art 4). (Tabla 2566/09)
Ingreso Base Liquidación (Art 5)
• ACCIDENTE TRABAJO: Prom. IBC 6 M.A
• ENFERMEDAD LABORAL: IBC último año.
• Subsidio de Incapacidad Temporal–
responsable del pago (Depende Origen).
Mora en el pago de aportes (Art 7)
• Plazo de constitución de la mora (No
cumplir término de la norma, debe
requerir para constituir mora)
• Responsabilidad del empleador por mora:
intereses y prestaciones – No desaf. Auto.
Prevención de Riesgos Laborales (Art 8) (R)
• Presentar informe semestral P y P ($ 500)
• ARL: Obligación Supervisar empresas alto
riesgo. (Programa de Salud Ocupacional)
• Fortalecimiento de programas en micro y
pequeñas empresas. Universalidad de
cobertura en P&P.(Enfoque alto riesgo) (R)
Servicios mínimos de P y P (Art 11)
• Normatividad – Plan Básico – Cronograma
anual – Capacitación (Brigadas E, Primeros
auxilios y Sistema calidad en S.O –
COPASO – Estilos wjo y vida saludable –
Investigación AT e IL (Son 7 actividades). El
acompañamiento puede ser virtual, sin
perjuicio del seguimiento personal.
Intermediación (Art 11 parágrafo 5)
• Ejercicio exclusivo de corredores, agentes
y agencias de seguros. Deben inscribir M.T
Sanciones (Art 13) (R)
• Empleador (incumplir P.S.O y normas S.O)
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Garantía de Calidad en Salud Ocupacional y
Riesgos Laborales (Art 14 en concordancia
con el decreto 2923 de 2011) (R)
Para operar el Sistema (Estándares mínimos,
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• Costos y visitas de verificación (R)
Calificación Origen y PCL (Art 18)
En primera oportunidad - En primera
instancia y en segunda instancia.
. Licencias Salud Ocupacional (Art 23)
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y Riesgos Laborales – Rembolsos (Art 24)
• Oportunidad para el pago (Dentro de los
30 días calendario sgtes presentación)
• Intereses de mora
• Prescripción: Asistencial 5 años y
prestaciones económicas de 3 años.
Cuenta desde el momento firmeza
dictamen.
Reporte de Accidentes de Trabajo –
Enfermedad Laboral (Art 30) Reglamentar
• Multa por omisión en el reporte. Hasta
1000 S.M.M.L.V . (Mínimo multa 20 S.M.)
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• Funciones: Vigilancia normas S.O
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• Inspección, vigilancia y control Sector
Minero por parte del Ministerio del
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Programas de Promoción y Prevención
. Informes Ministerio, ampliación servicios, intervención
Sanciones
• Multas al empleador por incumplimiento de
programas de promoción de salud y prevención de
accidentes y enfermedades (Reglamentar
gradualidad sanciones)
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• Naturaleza
• Administración
• Funcionamiento
• Responsabilidad Solidaria
• Honorarios
• Supervisión, inspección y control sobre éstas
Modifico Término Prescripción (Articulo 22)
• Término para mesadas y prestaciones del Sistema
Artículo Tema Responsable
2°, numeral 4
Estudiantes que ejecuten trabajos que significan fuentes de
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estudios, e involucra riesgo ocupacional (plazo 1 año)
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Cotización de trabajadores independientes (diferentes a los que
tienen un contrato formal de prestación de servicios, y a los que
laboren en empresas de alto riesgo) e informales. Con precisión de
las condiciones de tiempo, modo y lugar.
Min salud en
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4° , parágrafo
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Tabla de enfermedades laborales, cada 3 años, con concepto
previo del Consejo Nacional de Riesgos Laborales.
Gobierno
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salud en
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10°
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licencias SO (plazo 6 meses)
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CAMBIOS SIGNIFICATIVOS
1. Se cambia en todo el sistema el término Profesional por
Laboral, es decir ya no hablaremos de Riesgos Profesionales
sino de Riesgos Laborales.
2. Salud ocupacional será ahora identificado como Seguridad y
salud en el trabajo.
3. El programa de salud ocupacional será equivalente a hablar
del Sistema de Gestión de la Seguridad y salud en el trabajo
SG-SST.
4. Incluye nuevos afiliados obligatorios al sistema como los
independientes con más de un mes de contrato, los miembros
activos del subsistema nacional de primera respuesta.
CAMBIOS SIGNIFICATIVOS
5. En forma voluntaria se podrán afiliar los independientes
informales (Pendiente de reglamentación)
6. Define nuevamente el término accidente de trabajo y
enfermedad laboral sin grandes cambios a lo recordado del
Decreto Ley 1295 de 1994.
7. Las empresas de alto riesgo tendrán supervisión por parte de
las ARL y del Ministerio de trabajo.
8. Las micros y pequeñas empresas que presentan una alta
siniestralidad o que están clasificadas como de alto riesgo
deberán fortalecer la prevención con la asesoría de la
Administradora de Riesgos Laborales.
CAMBIOS SIGNIFICATIVOS
9. Reglas para garantizar el flujo adecuado de recursos entre los
sistemas de riesgos laborales y de seguridad social en salud.
10. AT muerte: Se sancionará con hasta mil salarios mínimos
mensuales vigentes cuando se detecte incumplimiento
normas de salud ocupacional y la multa no puede ser inferior
a 20 S.M.LM.V ($11.334.000.oo)
11. Se crea la comisión especial de inspectores de trabajo en
materia de riesgos laborales y Sistema nacional de inspectores
de trabajo.
12. Regula tres aspectos en el sistema como son la Salud
Ocupacional (SST), cobertura y vigilancia y control(Sanciones).
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Gracias.
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  • 3. LEY 1562 DE 2012 Cambios en la denominación. Sistema general de riesgos laborales (Antes era Profesionales) Salud Ocupacional: En adelante debe entenderse como Seguridad y salud en el Trabajo. Programa de salud ocupacional: Debe entenderse como el sistema de gestión de la Seguridad y salud en el Trabajo. En que consiste el SG -SST: Un proceso por etapas basado en la mejora continua que incluye: La política, la organización, la planificación, la aplicación, la evaluación, auditoría y las acciones de mejora. OBJETIVO SG-SST: Conocer, evaluar y controlar los riesgos.
  • 4. Afiliados al Sistema General de Riesgos Laborales. (Art 2, modifica Art 13/1295) Obligatorios: • Jubilados o pensionados – Estudiantes (R) • Independientes en actividades de alto riesgo (Paga contratante) • Miembros de agremiaciones o asociaciones Voluntarios: • Trabajadores independientes informales que coticen a salud. (Reglamentar) Accidente de Trabajo (Art 3) *Introduce concepto perturbación psiquiátrica Es AT: Ejercicio de la función sindical-Ejecuta ordenes emplea-Transporte-actividades R.D.C Enfermedad Laboral (Art 4). (Tabla 2566/09) Ingreso Base Liquidación (Art 5) • ACCIDENTE TRABAJO: Prom. IBC 6 M.A • ENFERMEDAD LABORAL: IBC último año. • Subsidio de Incapacidad Temporal– responsable del pago (Depende Origen). Mora en el pago de aportes (Art 7) • Plazo de constitución de la mora (No cumplir término de la norma, debe requerir para constituir mora) • Responsabilidad del empleador por mora: intereses y prestaciones – No desaf. Auto. Prevención de Riesgos Laborales (Art 8) (R) • Presentar informe semestral P y P ($ 500) • ARL: Obligación Supervisar empresas alto riesgo. (Programa de Salud Ocupacional) • Fortalecimiento de programas en micro y pequeñas empresas. Universalidad de cobertura en P&P.(Enfoque alto riesgo) (R) Servicios mínimos de P y P (Art 11) • Normatividad – Plan Básico – Cronograma anual – Capacitación (Brigadas E, Primeros auxilios y Sistema calidad en S.O – COPASO – Estilos wjo y vida saludable – Investigación AT e IL (Son 7 actividades). El acompañamiento puede ser virtual, sin perjuicio del seguimiento personal.
  • 5. Intermediación (Art 11 parágrafo 5) • Ejercicio exclusivo de corredores, agentes y agencias de seguros. Deben inscribir M.T Sanciones (Art 13) (R) • Empleador (incumplir P.S.O y normas S.O) - 500 salarios M.M.L.V - Entre 20 y 1000 salarios (Muerte WR) Garantía de Calidad en Salud Ocupacional y Riesgos Laborales (Art 14 en concordancia con el decreto 2923 de 2011) (R) Para operar el Sistema (Estándares mínimos, auditoria, sistema acreditación y información para la calidad) • Costos y visitas de verificación (R) Calificación Origen y PCL (Art 18) En primera oportunidad - En primera instancia y en segunda instancia. . Licencias Salud Ocupacional (Art 23) Resolución 4502 de 2012. Flujo de Recursos entre los Sistema de Salud y Riesgos Laborales – Rembolsos (Art 24) • Oportunidad para el pago (Dentro de los 30 días calendario sgtes presentación) • Intereses de mora • Prescripción: Asistencial 5 años y prestaciones económicas de 3 años. Cuenta desde el momento firmeza dictamen. Reporte de Accidentes de Trabajo – Enfermedad Laboral (Art 30) Reglamentar • Multa por omisión en el reporte. Hasta 1000 S.M.M.L.V . (Mínimo multa 20 S.M.) Destinación de los recursos del Sistema • Exención tributaria, no gravámenes. Comisión especial de Inspectores de Trabajo • Funciones: Vigilancia normas S.O • Visitas ARL y Empresas • Inspección, vigilancia y control Sector Minero por parte del Ministerio del Trabajo. (Sistema NAL Inspecciones)
  • 6. Programas de Promoción y Prevención . Informes Ministerio, ampliación servicios, intervención Sanciones • Multas al empleador por incumplimiento de programas de promoción de salud y prevención de accidentes y enfermedades (Reglamentar gradualidad sanciones) Juntas de Calificación • Naturaleza • Administración • Funcionamiento • Responsabilidad Solidaria • Honorarios • Supervisión, inspección y control sobre éstas Modifico Término Prescripción (Articulo 22) • Término para mesadas y prestaciones del Sistema
  • 7. Artículo Tema Responsable 2°, numeral 4 Estudiantes que ejecuten trabajos que significan fuentes de ingreso, y cuyo entrenamiento es requisito para la culminación de estudios, e involucra riesgo ocupacional (plazo 1 año) Min Salud 2°, literal B Cotización de trabajadores independientes (diferentes a los que tienen un contrato formal de prestación de servicios, y a los que laboren en empresas de alto riesgo) e informales. Con precisión de las condiciones de tiempo, modo y lugar. Min salud en coordinación con Min Trabajo 4° , parágrafo 1° Tabla de enfermedades laborales, cada 3 años, con concepto previo del Consejo Nacional de Riesgos Laborales. Gobierno Nacional: Min salud en coordinación con Min Trabajo 7°, parágrafo 4° Aportes anticipados de algunos sectores Min Trabajo y Min Salud 8° Seguimiento y cumplimiento del reporte de actividades presentado por la ARL al Min Trabajo Min Trabajo 9° Actividades mínimas de prevención por agente causante de enfermedad laboral, en empresas donde se utilicen Min Trabajo y Min Salud
  • 8. Artículo Tema Responsable 10° Criterios técnicos para que las EARL focalicen las acciones de PyP (Micro y pqueñas empresas) Min Trabajo 10° Criterios técnicos en lo relacionado con la afiliación de trabajadores “afiliados” a MiPYME’s Min Salud 11º Fijar el monto correspondiente que se destinará al Fondo de Riesgos laborales (hasta el 3%) Gobierno Nacional: Min Hacienda, Min Trabajo y Min Salud 11°, parágrafo 4° Límite a los gastos administrativos de las EARL, previo concepto técnico del Consejo Nacional de Riesgos Laborales Min Trabajo 13° Criterios de graduación de multas para las Sanciones (art. 91 del 1295/94) (plazo 1 año) Min Trabajo 14° Reglamentación para determinar las personas que realizarán las visitas de verificación de cumplimiento de los estándares mínimos. Min Trabajo
  • 9. Artículo Tema Responsable 16° parágrafo 3º Reglamentación para estructura y funcionamiento de las Juntas de Calificación de Invalidez (plazo 6 meses) Min Trabajo 18° Reglamentación sobre el pago de honorarios a las JCI (plazo 6 meses). Min Trabajo 19° Reglamentación para “designación” de los integrantes principales y suplentes de las Juntas Min Trabajo 21° Reglamentación sobre la Salud Ocupacional para el Magisterio (plazo 1 año). Min Educación 23° Procedimiento y requisitos para obtención y renovación de licencias SO (plazo 6 meses) Min Trabajo
  • 10.
  • 11. CAMBIOS SIGNIFICATIVOS 1. Se cambia en todo el sistema el término Profesional por Laboral, es decir ya no hablaremos de Riesgos Profesionales sino de Riesgos Laborales. 2. Salud ocupacional será ahora identificado como Seguridad y salud en el trabajo. 3. El programa de salud ocupacional será equivalente a hablar del Sistema de Gestión de la Seguridad y salud en el trabajo SG-SST. 4. Incluye nuevos afiliados obligatorios al sistema como los independientes con más de un mes de contrato, los miembros activos del subsistema nacional de primera respuesta.
  • 12. CAMBIOS SIGNIFICATIVOS 5. En forma voluntaria se podrán afiliar los independientes informales (Pendiente de reglamentación) 6. Define nuevamente el término accidente de trabajo y enfermedad laboral sin grandes cambios a lo recordado del Decreto Ley 1295 de 1994. 7. Las empresas de alto riesgo tendrán supervisión por parte de las ARL y del Ministerio de trabajo. 8. Las micros y pequeñas empresas que presentan una alta siniestralidad o que están clasificadas como de alto riesgo deberán fortalecer la prevención con la asesoría de la Administradora de Riesgos Laborales.
  • 13. CAMBIOS SIGNIFICATIVOS 9. Reglas para garantizar el flujo adecuado de recursos entre los sistemas de riesgos laborales y de seguridad social en salud. 10. AT muerte: Se sancionará con hasta mil salarios mínimos mensuales vigentes cuando se detecte incumplimiento normas de salud ocupacional y la multa no puede ser inferior a 20 S.M.LM.V ($11.334.000.oo) 11. Se crea la comisión especial de inspectores de trabajo en materia de riesgos laborales y Sistema nacional de inspectores de trabajo. 12. Regula tres aspectos en el sistema como son la Salud Ocupacional (SST), cobertura y vigilancia y control(Sanciones).
  • 14. . Gracias. ¡Empieza hoy un mejor mañana!