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Petición administrativa 30% - 2016
1. SUMILLA: SOLICITO PAGO DE
DEVENGADOS
CORRESPONDIENTES A
BONIFICACIÓN ESPECIAL POR
PREPARACIÓN DE CLASES Y
EVALUACIÓN.
AURELIA PASAPERA CALLE
SEÑORA DIRECTOR DE LA UNIDAD DE GESTION
EDUCATIVA LOCAL Nº 02
ALFREDO XXXXXXXXXXXXXXXX, identificado
con D.N.I. Nº XXXXXX, docente activo con más de xx
años de servicios oficiales al estado, señalando
domicilio real en Jirón xxxxxxxx – y domicilio procesal
en xxxxxx – Lima; ante Usted me presento y digo:
Que, al amparo del numeral 20
1
Art. 2º de nuestra Actual Constitución Política del
Estado, en concordancia con lo establecido en al Art. 106º y 107º de la Ley Nº 27444,
“Ley del Procedimiento Administrativo General”, normas que obligan a “…dar al
interesado una respuesta por escrito dentro del plazo legal”, acudo por ante su
Despacho, a efectos de solicitar:
PETITORIO:
Que, se proceda a el PAGO DE DEVENGADOS DESDE FEBRERO DE 1991 (indicar fecha
de inicio de labores o vínculo laboral) HASTA EL MES DE NOVIEMBRE DE 2012 DEL 30% DE
1
“A formular peticiones, individual o colectivamente, por escrito ante la autoridad competente, la que está
obligada a dar al interesado una respuesta también por escrito dentro del plazo legal, bajo responsabilidad”.
2. LA BONIFICACIÓN ESPECIAL POR PREPARACIÓN DE CLASES Y EVALUACIÓN, en la
suma de S/.62,550.00 (tienen que ver con el tiempo de servicios) Nuevos Soles teniendo en
cuenta lo establecido en el Art. 48º de la Ley Nº 24029, modificada por Ley Nº 25212- “Ley del
Profesorado”, concordante con el Artículo 210° del Decreto Supremo N° 019-90-ED-
Reglamento de la Ley del Profesorado; debiéndoseme otorgar el porcentaje en base a la
remuneración total e integra y NO en base a la remuneración total permanente.
La pretensión incoada la sustentamos en los siguientes fundamentos de hecho y derecho:
FUNDAMENTOS DE HECHO Y DERECHO:
PRIMERO.- Que, el suscrito es docente del nivel de secundaria de la institución
educativa “xxxxxxxxxxxx”. Mi labor como docente la inicié desde el año xxxxx conforme
las resoluciones administrativas que adjunto. Por ello, solicito se me reconozca y pague
desde la fecha y año señalado hasta el mes de Noviembre de 2012. Siendo así, señalo
que la norma que reguló mi situación laboral fue la Ley N° 24029 y su modificatoria N°
25212 “Ley del Profesorado”.
SEGUNDO.- Que, considerando el Art. 48º de la Ley Nº 24029, modificada por la Ley
Nº 25212, el 19 de mayo de 1990, es que acudo a solicitar que se cumpla con el
derecho reconocido y contenido en la ley de entonces
2
, referido a la PERCEPCIÓN DE
UNA BONIFICACIÓN ESPECIAL MENSUAL DEL 30% DEVENGADAS EN BASE A LA
REMUNERACIÓN TOTAL. En efecto, la norma citada y el Art. 210º del Decreto
Supremo Nº 019-90-ED, “Reglamento de la Ley del Profesorado”, que establecía en
similar redacción, que:
“El profesor tiene derecho a percibir una bonificación especial
mensual por preparación de clases y evaluación equivalente
al 30% de su remuneración total”.
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Artículo 26° Cons. Política del Estado: En la relación laboral se respetan los siguientes principios: (…).
2. Carácter irrenunciable de los derechos reconocidos por la Constitución y la ley.
3. Interpretación favorable al trabajador en caso de duda insalvable sobre el sentido de una norma.
3. TERCERO.- Que, vengo a solicitar el pago de la bonificación especial del 30% por
preparación de clases y Evaluación en base a la Remuneración Total, teniendo en
cuenta lo resuelto en miles de resoluciones administrativas emitidas por la Autoridad
Nacional del Servicio Civil – SERVIR – y sentencias emitidas por el PODER JUDICIAL
y que se encuentran en calidad de cosa decidida y cosa juzgada respectivamente,
siendos todos ellos declarados fundados. Asimismo, a efectos de darle mayor fortaleza
a nuestro argumento considero necesario tener en cuenta el fundamento Nº 09 del Exp.
N° 03717-2005-PC/TC, precisa que:
« … Para el sistema único de remuneraciones de los
funcionarios y servidores públicos establecido por el Decreto
Legislativo Nº 276 y el Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, la
bonificación diferencial debe ser calculada sobre la base de
la remuneración total…”
Que, en tanto y en cuanto es así, la petición que se efectúa es legal y amparable,
toda vez que la norma indica el porcentaje y forma de cálculo.
ANEXOS:
Que afectos de iniciar el procedimiento administrativo de petición cumplo con anexar
los siguientes documentos, teniendo en cuenta lo establecido en el Art. 41º numeral
41.1.1
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de la Ley Nº 27444:
a) Copia del DNI.
b) Copia de Resolución de Nombramiento
c) Copia del Talón de pago correspondiente a los meses de setiembre, octubre y
noviembre del 2012.
d) Copia de ficha esclafonaria (si lo tiene lo presenta, pues allí se acredita el total
de años de servicios incluidos los de años de contratados o servicios
accidentales)
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4. POR LO EXPUESTO:
Sírvase señor Director, a atender el presente petitorio, en los términos y plazos de ley.
Lima, xxx de febrero del 2016
ALFREDO XXXXXXXXXXXXXXXXXXX
DNI Nº 0XXXXXXX