Este documento contiene información sobre las consecuencias de los recortes presupuestarios en la sanidad pública de la Comunidad de Madrid. Explica que el nuevo proyecto de ley de presupuestos incluye medidas como el aumento de los copagos farmacéuticos y de otros servicios, así como recortes en la dotación presupuestaria y el personal de hospitales como el Severo Ochoa, lo que reducirá su capacidad asistencial. También resume las recomendaciones del Defensor del Pueblo contra estas medidas.
1. Esta presentación pretende mostrar a la
ciudadanía las consecuencias que, si no lo
remediamos, tendrán los recortes sobre nuestra
salud.
Elaborado por:.
¡JUNTOS PODEMOS!
2. Un pastor estaba guardando su rebaño no lejos del
pueblo, y pensó que sería divertido asustar a los vecinos
diciendo que los lobos atacaban al rebaño. Empezó a
gritar: "¡Qué viene el lobo! ¡El lobo!", y cuando llegaron a
toda prisa los vecinos, él se rió de sus temores. Repitió
la broma varias veces, y los campesinos una y otra vez
vieron que habían acudido a la carrera inútilmente. Un
día, vino el lobo realmente y el pastor gritó. La gente del
pueblo estaba ya tan acostumbrada a oírlo que nadie le
hizo caso ni corrió en su ayuda. El lobo, sin encontrar
resistencia, pudo comerse todas las ovejas.
Esopo
3. ¿Por qué hay encierros en todos los
hospitales de Madrid?
En los últimos tiempos se han ido produciendo
importantes recortes laborales y sin embargo no
se había producido una respuesta tan potente.
Entonces, ¿Cuál ha sido el detonante?
– El Anteproyecto de Ley de Presupuesto
de la Comunidad de Madrid.
13. Real Decreto 16/2012
¿De qué trata? Entre otras cosas:
Del derecho a la asistencia sanitaria
en España
De la nueva clasificación de la cartera
de servicios
De “repagos”
14. ¿Qué dice de la asistencia
sanitaria?
Se elimina el concepto de titulares de
los derechos (todos los españoles y los
extranjeros en el territorio nacional en
los términos previstos). Y se sustituye
por el de asegurado y beneficiario
15. ¿Que es la cartera común de
servicios?
Son la prestaciones recogidas en el recogidas en
el R.D. 1030/2006.
16. ¿Qué dice el RD Ley 16/2012 de la
cartera de servicios?
Divide la cartera común de servicios en tres:
Cartera común básica de servicios asistenciales del
Sistema Nacional de Salud
Cartera común suplementaria del Sistema Nacional de
Salud.
Cartera común de servicios accesorios del Sistema
Nacional de Salud.
17. ¿Que más dice de esa cartera
común?
1) Como se definirá:
“En el seno del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional
de Salud se acordará la cartera común de servicios del
Sistema Nacional de Salud, que se aprobará mediante
Real Decreto.
2) Que sus costes se evaluarán anualmente:
“El Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad
realizará anualmente una evaluación de los costes de
aplicación de la cartera común de servicios del Sistema
Nacional de Salud.”
18. 1) ¿Cuál es la cartera común
básica?
“La cartera común básica de servicios
asistenciales del Sistema Nacional de Salud
comprende todas las actividades asistenciales de
prevención, diagnóstico, tratamiento y
rehabilitación que se realicen en centros
sanitarios o sociosanitarios, así como el
transporte sanitario urgente, cubiertos de forma
completa por financiación pública.”
19. ¿Cuál es la cartera común
suplementaria?
La cartera común suplementaria del Sistema Nacional de Salud incluye todas
aquellas prestaciones cuya provisión se realiza mediante dispensación
ambulatoria y están sujetas a aportación del usuario.”
“ Esta cartera común suplementaria del Sistema Nacional de Salud incluirá las
siguientes prestaciones:
Prestación farmacéutica.
Prestación ortoprotésica.
Prestación con productos dietéticos.”
“ También gozará de esta consideración el transporte sanitario no
urgente, sujeto a prescripción facultativa, por razones clínicas y con un
nivel de aportación del usuario acorde al determinado para la prestación
farmacéutica.”
20. ¿Dice algo más?
Sí, y muy importante:
“El porcentaje de aportación del usuario se
regirá por las mismas normas que regulan la
prestación farmacéutica, tomando como base de
cálculo para ello el precio final del producto y sin
que se aplique el mismo límite de cuantía a
esta aportación.”
21. ¿Qué dice de la prestación
farmacéutica ambulatoria?
“1. Se entiende por prestación farmacéutica ambulatoria la
que se dispensa al paciente, a través de receta médica,
en oficina o servicio de farmacia.
2. La prestación farmacéutica ambulatoria estará sujeta a
aportación del usuario.
3. La aportación del usuario se efectuará en el momento
de la dispensación del medicamento o producto sanitario.
4. La aportación del usuario será proporcional al nivel de
renta que se actualizará, como máximo, anualmente.”
22. ¿Qué ocurre si excedo la
aportación?
El importe de las aportaciones que
excedan de las cuantías mencionadas
en el apartado anterior será objeto de
reintegro por la comunidad autónoma
correspondiente, con una periodicidad
máxima semestra l.
26. Y, ¿qué dice de la cartera común
de servicios accesorios?
“Artículo 8 quáter.
1. La cartera común de servicios accesorios del
Sistema Nacional de Salud incluye todas aquellas
actividades, servicios o técnicas, sin carácter de
prestación, que no se consideran esenciales y/o
que son coadyuvantes o de apoyo para la
mejora de una patología de carácter crónico,
estando sujetas a aportación y/o reembolso
por parte del usuario.”
27. ¿Explica cómo se regulará?
“ Por orden de la persona titular del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e
Igualdad, previo acuerdo del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de
Salud, a propuesta de la Comisión de prestaciones, aseguramiento y
financiación, se aprobará la inclusión de servicios accesorios, los importes
máximos de financiación y los coeficientes de corrección a aplicar para
determinar la facturación definitiva a los servicios autonómicos de salud por
parte de los proveedores, así como las modalidades de aportación o reembolso
aplicables en cada caso.
Las actividades, servicios o técnicas incluidas en esta modalidad de cartera se
harán efectivas una vez se aprueben por orden de la persona titular del
Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad.
La aportación del usuario o, en su caso, el reembolso, se regirá por las
mismas normas que regulan la prestación farmacéutica, tomando como
referencia el precio final de facturación que se decida para el Sistema Nacional
de Salud.”
54. ¿Y cómo le afecta al Hospital Severo Ochoa las
medidas de los presupuestos?
. Cierre parcial del laboratorio. Nos
quedaríamos con un 30% del actual.
. Cierre de otros servicios (esterilización,
almacén, …)
. Reducción de la plantilla del centro.
. Reducción de las prestaciones que se dan
en el hospital.
. Cierre definitivo de camas.
55. ¿De cuándo estamos estamos
hablando?
El 31 de Diciembre vencen el siguiente
número de contratos:
91 médicos, 74 enfermeras, 4
fisioterapéutas, 3 matronas, 1 técnico de
rayos, 33 auxiliares de enfermería y 13
celadores. Es decir 219 trabajadoras y
trabajadores de este hospital.