Este decreto modifica la remuneración de los docentes y directivos docentes al servicio del Estado en Colombia en los niveles de preescolar, básica y media. Establece nuevas asignaciones básicas mensuales para cada grado y nivel del escalafón nacional docente. También determina asignaciones adicionales para directivos docentes por el cargo que desempeñan y por el número de jornadas que ofrece la institución educativa. Además, reconoce incentivos adicionales por cumplimiento de indicadores de gestión y calidad
Este decreto establece la remuneración de los maestros y directores que atienden a la población indígena en territorios indígenas en Colombia. Define las asignaciones básicas mensuales para maestros según su título académico. También establece asignaciones adicionales para directores por funciones directivas y número de jornadas. Además, reconoce pagos adicionales por gestión efectiva y horas extras de enseñanza. El objetivo general es mejorar las condiciones salariales de los educadores que
Este decreto modifica la remuneración de los docentes y directivos docentes del sector público en Colombia. Establece nuevas asignaciones básicas mensuales para cada grado del escalafón docente, así como para educadores no escalafonados según su título. También define asignaciones adicionales para directivos como rectores y coordinadores, según el tipo y número de jornadas de la institución. Por último, establece condiciones para el reconocimiento y pago de estas asignaciones.
Este decreto modifica la remuneración de los docentes y directivos docentes al servicio del Estado en Colombia a partir de enero de 2014. Establece nuevas asignaciones básicas mensuales para cada grado del escalafón docente, así como para educadores no escalafonados según su título. También define asignaciones adicionales para directivos docentes según el tipo y número de jornadas de la institución, así como reconocimientos adicionales por gestión. Finalmente, determina auxilios como de movilización, transporte y alimentación para
Este decreto establece la remuneración de los maestros y directores que atienden a la población indígena en territorios indígenas en Colombia. Define las asignaciones básicas mensuales para maestros según su título académico. También establece asignaciones adicionales para directores por funciones directivas y número de jornadas. Además, reconoce pagos adicionales por gestión efectiva y horas extras de enseñanza. El objetivo general es mejorar las condiciones salariales de los educadores que
Este decreto modifica la remuneración de los docentes y directivos docentes al servicio del Estado en Colombia en los niveles de preescolar, básica y media. Establece nuevas asignaciones básicas mensuales según títulos, grados y niveles en el escalafón. También define asignaciones adicionales para directivos docentes por cargos y número de jornadas, y reconocimientos adicionales por gestión. Finalmente, determina el auxilio de transporte y la prima de alimentación para docentes y directivos docentes.
El Comité Ejecutivo envía una circular urgente a los sindicatos filiales para informarles que los docentes que planean renunciar en diciembre no deben hacerlo, sino hasta enero. Esto se debe a que para recibir la prima de servicio se requiere haber trabajado al menos 6 meses en la entidad, lo que no se cumpliría si renuncian en diciembre. Renunciar en enero en lugar de diciembre les permitirá a los docentes recibir la prima de servicio y que esto impacte positivamente el cálculo de sus
Este decreto establece una prima de servicios para el personal docente y directivo docente oficial que trabaja en instituciones educativas públicas de preescolar, básica y media. A partir de 2014, la prima será equivalente a 7 días de sueldo y a partir de 2015 será de 15 días. La prima se pagará en julio y se financiará con recursos del Sistema General de Participaciones. También se especifican los factores salariales que se incluirán en el cálculo de la prima y las condiciones para su pago proporcional.
Este decreto modifica la remuneración de los docentes y directivos docentes al servicio del Estado en Colombia en los niveles de preescolar, básica y media. Establece nuevas asignaciones básicas mensuales para cada grado y nivel del escalafón nacional docente. También determina asignaciones adicionales para directivos docentes por el cargo que desempeñan y por el número de jornadas que ofrece la institución educativa. Además, reconoce incentivos adicionales por cumplimiento de indicadores de gestión y calidad
Este decreto establece la remuneración de los maestros y directores que atienden a la población indígena en territorios indígenas en Colombia. Define las asignaciones básicas mensuales para maestros según su título académico. También establece asignaciones adicionales para directores por funciones directivas y número de jornadas. Además, reconoce pagos adicionales por gestión efectiva y horas extras de enseñanza. El objetivo general es mejorar las condiciones salariales de los educadores que
Este decreto modifica la remuneración de los docentes y directivos docentes del sector público en Colombia. Establece nuevas asignaciones básicas mensuales para cada grado del escalafón docente, así como para educadores no escalafonados según su título. También define asignaciones adicionales para directivos como rectores y coordinadores, según el tipo y número de jornadas de la institución. Por último, establece condiciones para el reconocimiento y pago de estas asignaciones.
Este decreto modifica la remuneración de los docentes y directivos docentes al servicio del Estado en Colombia a partir de enero de 2014. Establece nuevas asignaciones básicas mensuales para cada grado del escalafón docente, así como para educadores no escalafonados según su título. También define asignaciones adicionales para directivos docentes según el tipo y número de jornadas de la institución, así como reconocimientos adicionales por gestión. Finalmente, determina auxilios como de movilización, transporte y alimentación para
Este decreto establece la remuneración de los maestros y directores que atienden a la población indígena en territorios indígenas en Colombia. Define las asignaciones básicas mensuales para maestros según su título académico. También establece asignaciones adicionales para directores por funciones directivas y número de jornadas. Además, reconoce pagos adicionales por gestión efectiva y horas extras de enseñanza. El objetivo general es mejorar las condiciones salariales de los educadores que
Este decreto modifica la remuneración de los docentes y directivos docentes al servicio del Estado en Colombia en los niveles de preescolar, básica y media. Establece nuevas asignaciones básicas mensuales según títulos, grados y niveles en el escalafón. También define asignaciones adicionales para directivos docentes por cargos y número de jornadas, y reconocimientos adicionales por gestión. Finalmente, determina el auxilio de transporte y la prima de alimentación para docentes y directivos docentes.
El Comité Ejecutivo envía una circular urgente a los sindicatos filiales para informarles que los docentes que planean renunciar en diciembre no deben hacerlo, sino hasta enero. Esto se debe a que para recibir la prima de servicio se requiere haber trabajado al menos 6 meses en la entidad, lo que no se cumpliría si renuncian en diciembre. Renunciar en enero en lugar de diciembre les permitirá a los docentes recibir la prima de servicio y que esto impacte positivamente el cálculo de sus
Este decreto establece una prima de servicios para el personal docente y directivo docente oficial que trabaja en instituciones educativas públicas de preescolar, básica y media. A partir de 2014, la prima será equivalente a 7 días de sueldo y a partir de 2015 será de 15 días. La prima se pagará en julio y se financiará con recursos del Sistema General de Participaciones. También se especifican los factores salariales que se incluirán en el cálculo de la prima y las condiciones para su pago proporcional.
Este documento proporciona información sobre el proceso de selección de docentes en Colombia. Explica las diferentes etapas del concurso, incluidas las pruebas de aptitudes y competencias básicas, psicotécnica, valoración de antecedentes y entrevista. También aclara los requisitos mínimos, porcentajes de calificación de cada etapa, y fechas para presentar reclamaciones. El objetivo es guiar a los aspirantes a docentes a través del proceso de selección.
El documento instruye a los comités ejecutivos regionales sobre la conformación de los Comités Departamentales de Docentes Regidos por el Decreto 1278. Estos comités tendrán 5-7 miembros afiliados al sindicato regional y miembros de la junta directiva regional. Los comités trabajarán bajo la orientación de las juntas directivas departamentales para contribuir al desarrollo de los planes de trabajo regionales.
Circular no. 025. conclusiones del encuentronhoryd
1) Se ratificaron los acuerdos logrados entre Fecode y el Gobierno el pasado 10 de septiembre.
2) Se invitó al magisterio a valorar los contenidos y logros de los acuerdos y mantenerse en estado de alerta para continuar la lucha.
3) Se acordó trabajar para conseguir un nuevo Estatuto Único de la Profesión Docente que garantice la dignificación de la carrera docente.
Este informe de la Tribuna Magisterial resume los avances en cinco áreas de negociación entre el gobierno colombiano y los sindicatos de maestros. Se informa que el gobierno ha pagado más de 150 mil millones de pesos en deudas salariales y que las comisiones están discutiendo propuestas para mejorar los beneficios de los maestros directivos, los aumentos salariales y el servicio de salud. También se menciona que se calculó en 88 billones de pesos el pasivo pensional del magisterio.
El documento anuncia los Juegos Deportivos Nacionales del Magisterio, un evento deportivo, recreativo y cultural organizado por FECODE y el Ministerio de Educación Nacional. Los juegos promoverán la salud e integración de los docentes colombianos y se llevarán a cabo a nivel regional en octubre, con la participación de docentes de todo el país. Se establecieron normas generales para la organización y participación en los juegos.
El Comité Ejecutivo Nacional de la CUT respalda las definiciones adoptadas por FECODE para exigir al gobierno colombiano el cumplimiento de los acuerdos firmados en 2009, 2011 y 2013 relacionados con problemas en la educación y condiciones laborales de los maestros. La CUT también hace un llamado a mantener la unidad contra las políticas del gobierno y prepara nuevas jornadas de lucha con otras organizaciones sindicales y sociales para defender la educación.
Acta de acuerdos gobierno nacional fecode 16nhoryd
Este documento resume los acuerdos alcanzados entre el Gobierno Nacional de Colombia y FECODE (Federación Colombiana de Trabajadores de la Educación) en mesas de trabajo sobre temas de pensiones, deudas laborales, cesantías, reliquidación de pensiones y salud del magisterio. Entre los acuerdos se encuentran el pago de deudas laborales por $320.000 millones, la transferencia de $150 mil millones al fondo de pensiones FOMAG, y estrategias de seguimiento a operadores de salud del magisterio.
El documento resume las conclusiones de la Junta Nacional de la Federación Colombiana de Educadores sobre el paro nacional del magisterio. Se decidió iniciar el paro el 10 de septiembre con asambleas departamentales y marchas. El 12 de septiembre habrá una gran toma de Bogotá para exigir un mejor servicio de salud para los maestros, cumplimiento de acuerdos y cese del acoso laboral.
La Federación Colombiana de Educadores se reunió con el Presidente Juan Manuel Santos y otros funcionarios del gobierno para discutir las demandas de los maestros. Acordaron establecer una mesa de trabajo entre representantes del gobierno y Fecode para buscar soluciones. Fecode informó que mantienen el estado de alerta y los preparativos para el paro del 10 de septiembre, a menos que se resuelvan sus peticiones. Llamaron a los maestros a permanecer unidos detrás de Fecode mientras continúan dispuestos al diálogo
Declaracion jornada movilizaciones 19 y 20 de agostonhoryd
La Central Unitaria de Trabajadores de Colombia (CUT) apoya las movilizaciones del 19 y 20 de agosto contra las políticas neoliberales del gobierno de Juan Manuel Santos. La CUT respalda huelgas de diferentes sectores como transportadores, agricultores, mineros, trabajadores de la salud y educación. También apoya a sindicatos en conflictos laborales con empresas multinacionales. La CUT convoca a sus sindicatos a participar en las movilizaciones para exigir el cumplimiento de acuerdos y soluciones a peticiones obreras.
Proyecto de decreto amenazados version julio 23nhoryd
Este decreto establece los criterios y procedimientos para los traslados por razones de seguridad de educadores oficiales en Colombia. Reconoce dos tipos de traslados: por condición de amenaza o por condición de desplazamiento forzado. Define que un educador adquiere condición temporal de amenazado cuando su vida, libertad o integridad corren peligro, y establece que el educador puede solicitar protección a la autoridad nominadora, quien debe reconocer temporalmente la condición de amenazado y otorgar un tr
Proyecto de decreto oficial reglamentacion art 21 ley 1562 de 2012nhoryd
Este decreto regula el Sistema de Riesgos Laborales y Salud Ocupacional para educadores afiliados al Fondo Nacional de Prestaciones Sociales del Magisterio en Colombia. Establece la estructura y objetivos del Sistema de Gestión de Riesgos Laborales del Magisterio para prevenir enfermedades y promover la salud de los educadores. También define los roles de las entidades territoriales certificadas en educación, la fiduciaria administradora del fondo y los establecimientos educativos para la implementación del sistema.
El documento describe los Juegos Deportivos Nacionales del Magisterio Colombiano, un evento deportivo, recreativo y cultural para docentes. Se establecen cuatro fases para los juegos a nivel municipal/regional, departamental, zonal nacional y final nacional. Se dan instrucciones a gobernadores, alcaldes y secretarios de educación para la organización y participación de los docentes en los juegos.
Directiva 19 no descuento a rectores 8 julionhoryd
El Ministerio de Educación Nacional emite una directiva para orientar a las entidades territoriales certificadas sobre la no aplicación de descuentos a la asignación salarial de los directivos docentes en diferentes situaciones administrativas como comisiones de servicio, permisos remunerados, permisos sindicales, incapacidades y licencia de maternidad. La directiva explica que en estas situaciones los directivos docentes tienen derecho a recibir su salario completo sin descuentos, excepto aquellos establecidos por ley.
El documento describe los Juegos Deportivos Nacionales del Magisterio Colombiano, un evento deportivo, recreativo y cultural para docentes. Se establecen cuatro fases para los juegos a nivel municipal/regional, departamental, zonal nacional y final nacional. Se proporcionan instrucciones a gobernadores, alcaldes y secretarios de educación para la organización y participación de los docentes en los juegos.
La resolución niega el reconocimiento y pago de la prima de servicios solicitada por 25 docentes, argumentando que dicha prima no está contemplada en los decretos de salarios vigentes para los docentes ni en las normas que regulan su régimen salarial especial. La resolución se basa en que otorgar la prima implicaría un desconocimiento de la ley y una extralimitación de funciones.
La ley establece una licencia remunerada por luto de cinco días hábiles para los servidores públicos en caso de fallecimiento de su cónyuge, compañero o compañera permanente, o de un familiar hasta el segundo grado de consanguinidad o primero de afinidad. Para justificar la ausencia, el empleado debe presentar documentos como el certificado de defunción y de parentesco dentro de los 30 días siguientes al hecho. La ley entra en vigencia desde su publicación.
Este decreto establece una prima de servicios para el personal docente y directivo docente oficial que trabaja en instituciones educativas de preescolar, básica y media en Colombia. En 2014, la prima será equivalente a 7 días del salario mensual y a partir de 2015 será de 15 días. La prima se pagará en julio de cada año y se liquidará considerando el salario básico, auxilio de transporte y prima de alimentación.
Este documento proporciona información sobre el proceso de selección de docentes en Colombia. Explica las diferentes etapas del concurso, incluidas las pruebas de aptitudes y competencias básicas, psicotécnica, valoración de antecedentes y entrevista. También aclara los requisitos mínimos, porcentajes de calificación de cada etapa, y fechas para presentar reclamaciones. El objetivo es guiar a los aspirantes a docentes a través del proceso de selección.
El documento instruye a los comités ejecutivos regionales sobre la conformación de los Comités Departamentales de Docentes Regidos por el Decreto 1278. Estos comités tendrán 5-7 miembros afiliados al sindicato regional y miembros de la junta directiva regional. Los comités trabajarán bajo la orientación de las juntas directivas departamentales para contribuir al desarrollo de los planes de trabajo regionales.
Circular no. 025. conclusiones del encuentronhoryd
1) Se ratificaron los acuerdos logrados entre Fecode y el Gobierno el pasado 10 de septiembre.
2) Se invitó al magisterio a valorar los contenidos y logros de los acuerdos y mantenerse en estado de alerta para continuar la lucha.
3) Se acordó trabajar para conseguir un nuevo Estatuto Único de la Profesión Docente que garantice la dignificación de la carrera docente.
Este informe de la Tribuna Magisterial resume los avances en cinco áreas de negociación entre el gobierno colombiano y los sindicatos de maestros. Se informa que el gobierno ha pagado más de 150 mil millones de pesos en deudas salariales y que las comisiones están discutiendo propuestas para mejorar los beneficios de los maestros directivos, los aumentos salariales y el servicio de salud. También se menciona que se calculó en 88 billones de pesos el pasivo pensional del magisterio.
El documento anuncia los Juegos Deportivos Nacionales del Magisterio, un evento deportivo, recreativo y cultural organizado por FECODE y el Ministerio de Educación Nacional. Los juegos promoverán la salud e integración de los docentes colombianos y se llevarán a cabo a nivel regional en octubre, con la participación de docentes de todo el país. Se establecieron normas generales para la organización y participación en los juegos.
El Comité Ejecutivo Nacional de la CUT respalda las definiciones adoptadas por FECODE para exigir al gobierno colombiano el cumplimiento de los acuerdos firmados en 2009, 2011 y 2013 relacionados con problemas en la educación y condiciones laborales de los maestros. La CUT también hace un llamado a mantener la unidad contra las políticas del gobierno y prepara nuevas jornadas de lucha con otras organizaciones sindicales y sociales para defender la educación.
Acta de acuerdos gobierno nacional fecode 16nhoryd
Este documento resume los acuerdos alcanzados entre el Gobierno Nacional de Colombia y FECODE (Federación Colombiana de Trabajadores de la Educación) en mesas de trabajo sobre temas de pensiones, deudas laborales, cesantías, reliquidación de pensiones y salud del magisterio. Entre los acuerdos se encuentran el pago de deudas laborales por $320.000 millones, la transferencia de $150 mil millones al fondo de pensiones FOMAG, y estrategias de seguimiento a operadores de salud del magisterio.
El documento resume las conclusiones de la Junta Nacional de la Federación Colombiana de Educadores sobre el paro nacional del magisterio. Se decidió iniciar el paro el 10 de septiembre con asambleas departamentales y marchas. El 12 de septiembre habrá una gran toma de Bogotá para exigir un mejor servicio de salud para los maestros, cumplimiento de acuerdos y cese del acoso laboral.
La Federación Colombiana de Educadores se reunió con el Presidente Juan Manuel Santos y otros funcionarios del gobierno para discutir las demandas de los maestros. Acordaron establecer una mesa de trabajo entre representantes del gobierno y Fecode para buscar soluciones. Fecode informó que mantienen el estado de alerta y los preparativos para el paro del 10 de septiembre, a menos que se resuelvan sus peticiones. Llamaron a los maestros a permanecer unidos detrás de Fecode mientras continúan dispuestos al diálogo
Declaracion jornada movilizaciones 19 y 20 de agostonhoryd
La Central Unitaria de Trabajadores de Colombia (CUT) apoya las movilizaciones del 19 y 20 de agosto contra las políticas neoliberales del gobierno de Juan Manuel Santos. La CUT respalda huelgas de diferentes sectores como transportadores, agricultores, mineros, trabajadores de la salud y educación. También apoya a sindicatos en conflictos laborales con empresas multinacionales. La CUT convoca a sus sindicatos a participar en las movilizaciones para exigir el cumplimiento de acuerdos y soluciones a peticiones obreras.
Proyecto de decreto amenazados version julio 23nhoryd
Este decreto establece los criterios y procedimientos para los traslados por razones de seguridad de educadores oficiales en Colombia. Reconoce dos tipos de traslados: por condición de amenaza o por condición de desplazamiento forzado. Define que un educador adquiere condición temporal de amenazado cuando su vida, libertad o integridad corren peligro, y establece que el educador puede solicitar protección a la autoridad nominadora, quien debe reconocer temporalmente la condición de amenazado y otorgar un tr
Proyecto de decreto oficial reglamentacion art 21 ley 1562 de 2012nhoryd
Este decreto regula el Sistema de Riesgos Laborales y Salud Ocupacional para educadores afiliados al Fondo Nacional de Prestaciones Sociales del Magisterio en Colombia. Establece la estructura y objetivos del Sistema de Gestión de Riesgos Laborales del Magisterio para prevenir enfermedades y promover la salud de los educadores. También define los roles de las entidades territoriales certificadas en educación, la fiduciaria administradora del fondo y los establecimientos educativos para la implementación del sistema.
El documento describe los Juegos Deportivos Nacionales del Magisterio Colombiano, un evento deportivo, recreativo y cultural para docentes. Se establecen cuatro fases para los juegos a nivel municipal/regional, departamental, zonal nacional y final nacional. Se dan instrucciones a gobernadores, alcaldes y secretarios de educación para la organización y participación de los docentes en los juegos.
Directiva 19 no descuento a rectores 8 julionhoryd
El Ministerio de Educación Nacional emite una directiva para orientar a las entidades territoriales certificadas sobre la no aplicación de descuentos a la asignación salarial de los directivos docentes en diferentes situaciones administrativas como comisiones de servicio, permisos remunerados, permisos sindicales, incapacidades y licencia de maternidad. La directiva explica que en estas situaciones los directivos docentes tienen derecho a recibir su salario completo sin descuentos, excepto aquellos establecidos por ley.
El documento describe los Juegos Deportivos Nacionales del Magisterio Colombiano, un evento deportivo, recreativo y cultural para docentes. Se establecen cuatro fases para los juegos a nivel municipal/regional, departamental, zonal nacional y final nacional. Se proporcionan instrucciones a gobernadores, alcaldes y secretarios de educación para la organización y participación de los docentes en los juegos.
La resolución niega el reconocimiento y pago de la prima de servicios solicitada por 25 docentes, argumentando que dicha prima no está contemplada en los decretos de salarios vigentes para los docentes ni en las normas que regulan su régimen salarial especial. La resolución se basa en que otorgar la prima implicaría un desconocimiento de la ley y una extralimitación de funciones.
La ley establece una licencia remunerada por luto de cinco días hábiles para los servidores públicos en caso de fallecimiento de su cónyuge, compañero o compañera permanente, o de un familiar hasta el segundo grado de consanguinidad o primero de afinidad. Para justificar la ausencia, el empleado debe presentar documentos como el certificado de defunción y de parentesco dentro de los 30 días siguientes al hecho. La ley entra en vigencia desde su publicación.
Este decreto establece una prima de servicios para el personal docente y directivo docente oficial que trabaja en instituciones educativas de preescolar, básica y media en Colombia. En 2014, la prima será equivalente a 7 días del salario mensual y a partir de 2015 será de 15 días. La prima se pagará en julio de cada año y se liquidará considerando el salario básico, auxilio de transporte y prima de alimentación.