2. DEL ESTADO TUTOR DE PERSONAS AL
ESTADO GARANTE DE DERECHO S
En el viejo modelo, el estado tutelaba a los NNA,
llamados menores cuando la familia no podía ejercer
tutela, (extensión del estado o de la familia) se
despreciaba la voluntad del niño o de la niña.
En el nuevo modelo, el estado garantiza derechos,
reconoce al sujeto NNA ciudadano en si mismo.
3. DE LAS NECESIDADES INSATISFECHAS AL
EJERCICIO DE LOS DERECHOS
En la DSI, los requerimientos para la vida y el
bienestar de los NNA eran observadas como
necesidades básicas insatisfechas
“La CDN transforma necesidades en derechos colocando
el problema de la exigibilidad no solo jurídico sino
también político social de los derechos” (García, E
1997): la mejor respuesta al cumplimiento del
derecho es acercar el Estado al ciudadano.
4. LA DOCTRINA DE LA SITUACIÓN IRREGULAR
VS.
LA DOCTRINA DE LA PROTECCIÓN INTEGRAL
Desconoce al niño/a como Reconoce la ciudadanía de
ciudadano, persona los NNA
Está dirigida a los “menores” Está dirigida a todas las
que pueden ser un personas menores de 18
“riesgo” social años de edad
Considera al niño/a incapaz Considera al niño sujeto de
“Relativo”
derecho y por tanto capaz de
Parte de la visión de ejercerlos “progresivamente”
necesidades insatisfechas
Parte de la visión de los
Judicializa los problemas Derechos de los NNA
estructurales
Define mecanismos políticos
y administrativos
5. DEL NO RECONOCIMIENTO COMO
SUJETOS A LA CIUDADANÍA
La doctrina de situación irregular desconoce a los NNA
como personas , ciudadanos.
La doctrina de protección Integral los reconoce como
personas humanas, reconoce su ciudadanía, ( por lo
tanto tienen un yo social, autonomía y una identidad
de sujeto social.
6. DE LA CONCEPCIÓN DE INCAPACES A
SUJETOS CON CAPACIDADES
La vieja doctrina, trataba a los niños a partir de lo que
no eran capaces, no tenían sentido ético de la vida,
no discriminaban entre lo cierto y lo herrado
Hasta los 17 años, 11 meses 29 días no eran capaces
de expresar su voluntad.
La DPI, nos obliga a ver a los NNA con capacidades
para realizar muchas cosas, capaces de vivir (con
autonomía) de relacionarse con personas, de
manifestar su voluntad, de distinguir
progresivamente lo cierto de lo herrado, de
comprender el sentido ético de la vida. De actuar en
el mundo con derechos y obligaciones de manera
progresiva.
7. DE LA EXCLUSIÓN Y EL RIESGO A LA
INTEGRACIÓN ACTIVA E INCLUSIÓN
Desde la DSI, se constituían instituciones para aislar,
excluir a los NNA, (internados, reformatorios,
horfanatorios) tratándoles como menores, objeto de
los adultos.
Se considera en situación de riesgo a los NNA que viven
en la calle, explotados por los adultos, bandas,
pandillas
Desde la D P Integral, los NNA son ciudadanos
integrados (que conviven en familia, en comunidades
y en sus relaciones de producción y de consumo
Los NNA marginados de los servicios sociales,
explotados o abandonados están excluidos de la
protección a la ciudadanía de forma integral.
8. DEL OBJETO DE PROTECCIÓN AL SUJETO
DE DERECHOS
En la vieja doctrina, la visión adulto céntrica (sujeto
pasivo) generaba relaciones de tutela, represión,
autoritarismo, abuso, piedad, compasión, control,
discrecionalidad
En la DP integral, los NNA son sujetos (activos) plenos
de derechos sociales (derechos humanos a la vida, la
educación, cultura, esparcimiento, no
discriminación, dignidad, participación. libertad)
pero no son sujetos plenos de derechos civiles o
políticos.
9. DE LA JUDICIALIZACIÓN DE LOS PROBLEMAS
DE MALTRATO, ABUSO DE LOS NNA A SU
DESJUDICIALIZACIÓN
En la D. Situación Irregular, el poder judicial era el
único con poder para tomar medidas frente a los
“desvíos” o “excesos”.
En la D, de protección Integral se constituye una
nueva institucionalidad para desjudicializar muchos
de los problemas y lograr mayor efectividad.
10. PROTECCIÓN INTEGRAL DE
DERECHOS
El Código de la Niñez y Adolescencia dispone sobre la
protección integral que el Estado, la sociedad y la familia
deben garantizar a todos los niños, niñas y adolescentes
que viven en el Ecuador, con el fin de
lograr su desarrollo integral
el disfrute pleno de sus derechos
en un marco de libertad, dignidad y equidad.
11. Protección Integral de Derechos
El desarrollo integral y el ejercicio pleno de los derechos
nos remiten al
niño persona
El marco de libertad, dignidad y equidad nos remite a
Las condiciones sociales necesarias para el ejercicio de
los derechos
13. Protección Integral de Derechos
SER ACTOR ES LA DIMENSIÓN FUNDAMENTAL QUE
DEFINE LA NATURALEZA DEL NIÑO PERSONA.
La actoría se inicia con el reconocimiento de uno mismo .
Ese reconocimiento nos lleva a la autoestima, que es
condición básica para el ejercicio de la actoría.
La actoría crece con la construcción de un proyecto de
vida propio. Eso es lo que sustenta nuestra realización
personal o desarrollo integral.
14. Protección Integral de Derechos
La actoría avanza a la construcción de proyectos de
convivencia en los diferentes entornos de vida cotidiana.
La única manera de hacerlo es a través de la interlocución
con los otros.
En contextos comunitarios, los actores adquieren el
nombre de sujetos sociales. Lo que se construye con el
ejercicio de esa actoría son proyectos de desarrollo local.
Lo fundamental para esto es la participación.
En el contexto global de la sociedad, el ejercicio de la
actoría se llama ciudadanía. Lo que se construye es un
estado de derecho.
15. NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES
SUJETOS DE DERECHOS
Ser actor de su propia vida – reconocimiento de uno
mismo
Tener un proyecto de vida – realización personal
Interactuar con otros – reconocimiento a los demás
Ser parte de un proyecto de convivencia – sujeto social
Ser parte de un proyecto de sociedad - ciudadano
Ejercicio pleno de derechos
16. LOS DERECHOS DE LOS NIÑOS,
NIÑAS Y ADOLESCENTES
Son Connaturales
Son Universales
Son Integrales
Son Irrenunciables
No son Discrecionales
Son exigibles
Se ejercen de forma progresiva
Derechos Humanos y Específicos
17. MARCO JURÍDICO
Constitución Política de la República
Garantiza el ejercicio de todos los derechos humanos
Protección a NNA contra tráfico, pornografía, prostitución, ESCI
Instrumentos Jurídicos Internacionales (entre otros)
Convención de los derechos del Niño y Protocolo Facultativo sobre
venta, prostitución y pornografía
Convención de Naciones Unidas contra la delincuencia organizada
transnacional y sus protocolos: trata de personas y tráfico ilícito de
migrantes
18. LAS FORMAS DE VIOLENCIA
PREVISTAS EN EL CÓDIGO DE LA
NIÑEZ Y ADOLESCENCIA
Maltrato
Maltrato físico, psicológico, institucional, negligencia, descuido grave o
reiterado en las obligaciones
Provocado por acción u omisión, la aplicación de reglamentos o
prácticas institucionales
Provoca o puede provocar daño físico, psicológico, sexual, emocional,
disminución de la autoestima
Abuso Sexual
Todo contacto físico o sugerencia de naturaleza sexual
Explotación Sexual, pornografía infantil
Utilización en actividades sexuales – remuneración u retribución
Representación por cualquier medio actividades sexuales, explicitas o
simuladas
Tráfico (trata)
Sustracción traslado, retención – dentro/ fuera país - explotación
19. LA RESPUESTA DEL CÓDIGO DE LA
NIÑEZ Y ADOLESCENCIA
Protección y restitución de los derechos
Detener el hecho que está produciendo la violación de derechos
Atender a sus consecuencias y efectos
Reconstruir las condiciones y los servicios o garantizar que la persona cuyo
derecho fue violentado vuelva a tener acceso a esas condiciones y servicios
Dejar implantados los mecanismos y las condiciones para prevenir que la
violación vuelva a repetirse
Cómo hacerlo
Organizar el Sistema Nacional Descentralizado de Protección Integral a la
Niñez y Adolescencia
Crear servicios que aseguren el proceso para la restitución
Redes de servicios especializados de protección integral a la niñez y la familia
21. QUÉ SON LA TRATA Y EXPLOTACIÓN
SEXUAL?
Aprovechamiento y utilización de seres humanos
Principalmente niños/as, adolescentes y mujeres
Negocio altamente lucrativo
Con alto nivel de demanda
Expresión de un sistema basado en relaciones de poder
El más fuerte física, psicológica, emocional y
económicamente – proxeneta, tratante, “cliente”
El más débil - niños, niñas y adolescentes
Perpetúa el círculo de violencia
Fenómeno calificado como una nueva forma de esclavitud
una de las peores formas de violación a los derechos humanos
22. QUIÉNES SON LAS VÍCTIMAS …
Todos los Niños, niñas y adolescentes de ambos sexos
En su mayoría son niñas y adolescentes
Niños, niñas y adolescentes que, en gran parte, han
experimentado diversas formas de violación a sus
derechos
Expulsados de su hogar
Excluidos de los servicios básicos
Privados del medio familiar
En situación de pobreza
Desconocidos como sujetos
No escuchados
23. ACERCAMIENTO A LA
PROBLEMÁTICA
Principalmente niñas y adolescentes mujeres
Aproximadamente 6.200 están en Explotación Sexual
15 -17 años promedio de edad
40% son madres con un promedio de 1.2 hijos/as
96% no se considera explotada
70% son migrantes
70% son explotadas en locales reglamentados
36% reportó haber sido víctima de violación
47% reportó haber tenido relaciones sexuales con extranjeros
24. CARACTERÍSTICAS DE LA TRATA
Actividad captar trasladar acoger recibir
amenaza rapto fraude
Ejercicio de
Poder uso de la fuerza engaño
Medios
Explotación Explotación
Fin
Sexual Laboral
explotación
Extracción Esclavitud
órganos Servilismo
Respecto a niños/as y adolescentes existe trata aún sin los medios
25. CARACTERÍSTICAS DE LA
EXPLOTACIÓN SEXUAL
FORMAS DE ESCI FIGURAS DEL EXPLOTADOR
persona que paga o promete
actividades sexuales Someter pagar CLIENTE
remuneradas incluye el turismo Utilizar
sexual
proxenetas habituales o
Promover
esporádicos COMERCIANTE
Ofrecer
producción, difusión, adquisición SEXUAL
pornografía infantil
Facilitar servicios de transporte,
Favorecer hospedaje, masaje, estudios
espectáculos sexuales fotográficos, etc.
INTERMEDIARIO
Amenaza
Pago
Engaño
Promesa de pago
Ejercicio de poder
26. CUÁL ES DAÑO QUE PROVOCAN
Atentan contra la dignidad humana
Afectan la integralidad de sus derechos
Afectan el derecho al sano desarrollo sexual
Son actos de violencia que interrumpen su
desarrollo integral: cognoscitivo, físico, emocional y
psicológico de manera definitiva, provocando
daños irreparables en su vida
27. AVANCES
Mecanismos para la protección de derechos
Conformación del Sistema Nacional Descentralizado de
Definición de política
Plan Nacional Decenal de Protección Integral a la Niñez y Adolescencia
Plan Nacional para combatir la trata, tráfico y explotación sexual
Plan Nacional para prevenir los delitos sexuales en el sistema educativo
Proyecto para la Prevención y Erradicación de la Explotación Sexual
Comercial de Niños, Niñas y Adolescentes asociado a Viajes y Turismo
en Ecuador
Coherencia del Marco Legal
Reformas al Código Penal
Proceso para construcción participativa de reformas al Código de
Procedimiento Penal y otros cuerpos legales
Red de servicios de Protección Integral
Proceso desarrollado en 4 cantones - definido el proyecto en función de
los requerimiento del cantón. Ampliación a 40 cantones
28. LA TAREA …
Completar la reforma legal para la protección de niños/as y
adolescentes
Asegurar procesos respetuosos de los derechos de las víctimas
Reformas al Código de Procedimiento Penal
Completar la reforma del Código penal
Expedición de la Ley de Protección a Víctimas y Testigos
Ejecución de la política de protección especial
Asegurar presupuesto para:
Fortalecimiento de la unidad de protección de víctimas y testigos
Fortalecimiento de la DINAPEN para la investigación y desarticulación de
redes delincuenciales
Creación de los centros (Redes) de protección integral a la niñez y
adolescencia