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INFORME Nro. 32
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overdocar.colon@gmail.com
                                                                             Bogotá, Febrero 21 de 2013.

                                           PRESENTACION

       LA FEDERACION COLOMBIANA DE EDUCADORES –FECODE-, SUS
                  PRINCIPALES RETOS Y TAREAS HOY
                        Nuestra propuesta al magisterio colombiano

Como integrante del CE de FECODE y del Colectivo Nacional Sindical Clasista “Guillermo Marín”, brindo a
los maestro-as- colombianos un fraternal, caluroso y combativo saludo de clase, estamos con
compromisos y retos que apuntan a luchar por democracia, bienestar y soberanía en general y en
particular por la defensa de los intereses de nuestro gremio y la defensa de la educación pública estatal
–Educación como derecho fundamental-.

FECODE, es una organización sindical de segundo grado formada por organizaciones sindicales de
educadores, tiene presencia en los 32 departamentos del país con igual número de sindicatos o
seccionales. El número de docentes que son afiliados a estos sindicatos son 220.000 aproximadamente,
juntos hacen parte de la estructura de la federación. Con este número de docentes se eligen
aproximadamente 330 delegados y delegadas que son los que asisten a las Asambleas federales que se
realizan cada 4 años y es la máxima instancia en la toma de decisiones de la FECODE.

Para el 2013 se realizaran eventos democráticos de la federación, entre ellos la realización de la XIX
Asamblea Federal los días 4, 5, 6 y 7 de marzo y la elección por voto directo el día 6 de junio del Comité
Ejecutivo de la FECODE, que es el organismo de dirección permanente. A esto le apuntamos, sin titubeos y
oportunismos, para favorecer la confianza y el buen nombre de nuestra federación. Cumplir con los
estatutos y la democracia sindical debe ser un ejemplo que nos permite jugar a todos en las mismas
condiciones en la organización. Sobre todo, en el caso de la FECODE, en donde los periodos estatutarios
del Comité Ejecutivo se han vulnerados con justificaciones leoninas, que llevan a opiniones en contra de
este tipo de comportamientos por parte de la base.

Una opción de dirección con proyección estratégica para la federación es una necesidad y considero que
el magisterio colombiano lo tendrá muy en cuenta en los eventos democráticos que se realizaran en el
presente semestre.

Considero que para este período se tienen grandes retos y compromisos:

   1. Defensa de la educación pública estatal.
    La lucha por la educación como derecho fundamental.
    Contra la profundización del proceso de privatización.
    Financiamiento y administración por parte del Estado y sin ninguna intermediación.
   Que implica la lucha por una Ley estatutaria de la educación:

   Se concibe como la bandera central de lucha y como base para la consecución de las
   demás     banderas del magisterio:      Estatuto docente, deudas,        sistema prestacional,
   financiamiento del Fondo Nacional de Prestaciones Sociales y el pago de la deudas salariales.

   2. La lucha por un Estatuto docente y en este marco, nuestro comportamiento frente a los
      compañeros regidos por el Decreto 1278 de 2002.


                                                    1
   Lo concebimos como la bandera de lucha reivindicativa del gremio, que tiene por objeto la
       dignificación de la profesión docente.
      La lucha contra el Decreto 1278 de 2002, conlleva a la lucha contra el sistema de evaluación que
       expresa el control ideológico, político y social del maestro, centrándolo en el individualismo y la
       competencia, haciendo del maestro un instrumento para la aplicación de las políticas neoliberales.
      En este contexto la lucha por un nuevo estatuto debe partir de las premisas de unidad, organización
       y lucha del magisterio colombiano, en donde no se ponga en juego la estabilidad laboral de los
       maestros y maestras del 2277 de 1979 y por el contrario se conquiste para todos. Sin lugar a
       dudas, la unidad y la estructura organizativa son preponderantes y condicionantes para el éxito
       o las posibilidades de victoria de este noble objetivo y bandera de lucha.
      Se hace necesario tener un estudio y proyección económica de las implicaciones que tendría
       económicamente la propuesta del estatuto docente propuesto por FECODE, en la medida que la
       parte salarial y prestacional –donde se involucra el escalafón docente- deberán hacer parte del
       presupuesto del sector educativo.
      Entendemos esta lucha dentro de las diferentes reivindicaciones y problemáticas que vive a su
       interior el magisterio, producto de los diferentes tipos de contratación y contextos, todo en el
       marco de la lucha por el estatuto docente.

Por lo anterior, frente al magisterio regido por el 1278 de 2002, los sindicatos deben hoy recoger sus
reivindicaciones concretas, además de las de otros sectores como los privados, los que están bajo
concesión.

Como Dirección permanente la FEOCDE debe comprometerse con el sentir de esta nueva base del
magisterio, dando las luchas parciales, para reivindicar derechos de carrera o exigir cumplimiento de la
norma, como por ejemplo:
    El reconocimiento de la vacancia temporal sin solución de continuidad.
    El reconocimiento de títulos, incluyendo las licenciaturas en áreas específicas para primaria, antes
       de la inscripción del escalafón.
    El reconocimiento del tiempo de periodo de prueba para el primer ascenso o nivelación salarial. Que
       se respete y reglamente el cronograma anual para ascenso y/o reubicación salarial. La no
       supeditación a la disponibilidad presupuestal para las resoluciones de ascenso y/o reubicación
       salarial. La preservación del nivel salarial al ascender.
    En cuanto al sistema de escalafón seguir impulsando la lucha contra la evaluación de competencias,
       de la cual se ha demostrado la manipulación de los resultados para que el ascenso y la reubicación
       salarial corresponda a la política de racionalización del gasto público. En este sentido el escalafón
       docente debe ser un sistema nacional que recoja al magisterio en general, que se base en el
       reconocimiento de los títulos licenciado, especialista, maestría y doctorado directamente,
       además de la producción académica, la investigación y el tiempo de servicio a la educación.
    En cuanto al derecho de asociación y libertad sindical, se hace necesario exigir al gobierno nacional
       las garantías constitucionales y legales para que los directivos sindicales vinculados por este
       decreto puedan ascender o reubicarse salarialmente. Dado que el decreto 2715 del 2009 impuso
       un nuevo requisito -dos evaluaciones de desempeño de los años inmediatamente anteriores- , al
       estar en comisión sindical no se realiza dicha evaluación, lo que impide la posibilidad de ascenso o
       reubicación salarial de los directivos sindicales del 1278 violando el derecho fundamental de
       Asociación Sindical.
    Se hace necesario trabajar porque se respete el derecho al debido proceso en la carrera docente,
       FECODE y sus sindicatos filiales deben exigir el funcionamiento de la Comisiones de personal y
       su presencia efectiva en ella con hombres y mujeres con capacidad de defensa de los derechos
       de la carrera docente.

   3. Sistema prestacional, FNPSM y demás deudas.

              Exigencia al gobierno del pago de la deuda que tiene con el FNPSM, como base para su
               fortalecimiento financiero y por ende en el pago oportuno de las prestaciones económicas
               y la calidad en el servicio de la salud: docentes y su núcleo familiar.
              Trabajar porque se mejoren las condiciones prestacionales del magisterio en general.


                                                     2
4. Posición frente a los sindicatos paralelos en los departamentos.

   Que la CUT y FECODE acojan en su seno los sindicatos departamentales paralelos, por una sola vez
   en función de unificarlos, en la vía, no solo de impedir la creación de otra central de trabajadores y de
   otra organización a nivel nacional de los educadores en Colombia, sino en ser consecuente y fortalecer
   la propuesta de federación colombiana de trabajadores de la educación.

   5. Frente a lo pedagógico.

   El Proyecto Pedagógico Alternativo debe aportar a la construcción de una nación y un país soberano
   democrático y popular.

   Por la formación de un maestro y maestra que aporte al proceso de transformación social que requiere
   nuestro país y en ese sentido se pondrán el CEID, la Escuela Sindical y en general los equipos de
   trabajo y la estructura de FECODE.

   6. Táctica de FECODE.

             Coordinar y articular con otros sectores sociales y populares las acciones necesarias para
              la defensa de la educación pública estatal y la educación como derecho.
             La movilización política y social estará al centro y es y será la herramienta principal para
              el logro de nuestros propósitos.
             El cumplimiento de los estatutos y de la democracia sindical por parte del Comité Ejecutivo
              de FECODE.
              En ese sentido, estamos por que la elección del Comité Ejecutivo de FECODE se realicen
              el 6 de junio de 2013, hemos rechazado la “prolongación” de los periodos por la dirección
              de FECODE y proponemos denunciar, controlar y sancionar este tipo de comportamientos
              que generan desconfianza en nuestra base docente.


   7. Reforma estatutaria.
          Unidad sindical. Como proceso: La federación colombiana de trabajadores de la educación y
            el sindicato de trabajadores de la educación en Colombia.
          Reforma estatutaria: Democracia sindical y la participación activa de la base en las
            decisiones fundamentales en la organización.

          Iremos desarrollando aún más nuestras propuestas y salidas principalmente en el sector
          educativo, que serán nuestro referente teórico y práctico para la XIX Asamblea Federal de
          FECODE y hacia la elección del Comité Ejecutivo de FECODE.
          Es importante anotar, que dichos planteamientos no comprometen al resto del CE FECODE,
          que estos hacen parte de la experiencia y unidad de acción de hombres y mujeres de nuestra
          corriente sindical y de otros movimientos y fuerzas políticas que tienen fuerte presencia en los
          educadores –as- regidos por el decreto 1278.
          Alrededor de estos planteamientos hemos venido construyendo unidad de acción y acuerdos
          con movimientos, fuerzas y corrientes políticas al interior de nuestro gremio, que sin duda
          fortalecerán la presencia y relaciones alrededor de identidades en FEOCDE y sus sindicatos
          filiales.
………..
El presente Informe Nro 32 de la Secretaria de Asuntos Laborales y Jurídicos de FECODE, tendrá los
siguientes temas:

      Presentación:

      La Federación colombiana de educadores –FECODE- y sus principales retos y tareas hoy.
      Nuestra propuesta al magisterio colombiano.

   1. Información compañeros y compañeras vinculadas bajo el régimen 1278 de 2002.
   1.1.   Proceso histórico de los concursos bajo: la expedición de la Ley 715 de 2001 y del Decreto -
          Ley 1278 de 2002.

                                                     3
1.2.   El MEN abre concurso docente.
   2. Algunos datos sobre el Salario mínimo legal vigente.
           Salarios mínimos legales desde 1920 a 2013.
           Detales del SMLV 2013.
   3. Información Junta Nacional de FECODE, realizada los días 13, 14 y 15 de febrero de 2013.
   3.1.   Plan de trabajo y acción de FECODE. Primer semestre 2013.
   3.2.   XIX Asamblea General Federal 4,5,6 y 7 de marzo de 2013 Paipa – Boyacá.

                   Comisiones de trabajo.

   3.3.     Propuesta de pliego de peticiones -2013-.
                Respeto a la vida y salud del magisterio.
                Cumplimiento de los acuerdos FECODE-Gobierno (2009 - 201 1):
                Asuntos Económicos
                Fortalecimiento y refinanciación del FNPSM: Pago de la deuda prestacional, pago
                  oportuno de cesantías y pensiones, y reglamentación de la Ley 1562 de 201 2.
                Abolición de la Evaluación de Competencias.

                   Política educativa.

   1. Información compañeros y compañeras vinculadas bajo el régimen 1278
      de 2002.
   1.1.     Proceso histórico de los concursos bajo: la expedición de la Ley 715 de 2001 y del Decreto -
            Ley 1278 de 2002 :

En el 2006 y en virtud de la Sentencia C-175, la Comisión Nacional del Servicio Civil, encargada ahora de
la administración y vigilancia de la carrera docente, abrió la tercera convocatoria con los siguientes
resultados:
Actividad              Primera      Segunda    Tercera     Cuarta     Afrocolombiana       Orientadores
                       2004         2005       2006        2009       2005
Entidades que          69           66         49          66         29                   38
convocaron
concursos
Vacantes               50.947       23.355     14.579      25.392     6.121                1.015
Presentaron            140.541      134.090    109.487     228.985    12.932               19.891
pruebas Icfes
Aprobaron              60.078       32.720     27.931      66.687     10.568               3.561
pruebas Icfes
Nombrados en       30.568     14.092      13.620     39.468    4.320               1.204
período de prueba
     116.197 docentes y directivos docentes activos en carrera docente regidos bajo el Decreto
    Ley 1278 de 2002 (Fuente: SINEB).

                   102.068 + 1204 = 102. 272 TOTAL: educadores del 1278 de 2002.


   1.2.     El MEN abre concurso docente.

            Es un concurso abierto de méritos para proveer las vacantes de docentes. Estarán
            como responsables: El MEN, CNSC y el ICFES.



                                                     4
   Para la atención de la comunidades afrocolombianas negras, raizales y
            palenqueras en establecimientos educativos oficiales de Preescolar, básica y
            media de las Entidades Territoriales que atiende esta población. Es el segundo
            concurso a nivel nacional, pues el primero se realizó hace 7 años. Se tienen
            proyectadas por el MEN cerca de 4.000 vacantes entre docentes y directivos
            docentes.

                Mediante las convocatorias No. 221 a 249 la CNSC inició el proceso de
                   concurso para ingreso de etnoeducadores al servicio Estatal para 29
                   entidades territoriales certificadas en educación.
                Participan: 29 -ETCE-.
                Se convocó para la provisión de 3.714 cargos vacantes definitivos, los
                   cuales puede consultar en cada una de las 29 convocatorias.
           Se hace la sexta convocatoria para proveer cerca de 24.000 vacantes de
            docentes y directivos docentes que atenderán la población mayoritaria, por
            cargo, nivel y área de desempeño de los establecimientos educativos del país.

                Mediante las convocatorias No. 136 a 220 la CNSC inició el proceso de
                   concurso para ingreso de educadores al servicio Estatal para 85 entidades
                   territoriales certificadas en educación
                Participan: 85 Entidades Territoriales Certificadas en Educación –ETCE-
                Vacantes: 16.896 cargos vacantes definitivos.
           A la fecha, no se ha continuado con el proceso de convocatoria del 5to
            concurso de ingreso.

2. Algunos datos sobre el Salario mínimo legal vigente:
                              SALARIOS MINIMOS LEGALES



                Vigencia
                                            Valor                 Decreto
                 desde



               01-01-1920                      $ 60                  .



               01-10-1956                   $ 135                 2214/56.



               01-07-1957                   $ 155                    .



               01-05-1960                   $ 189                    .



               01-01-1962                   $ 219                    .



               01-08-1962                   $ 300                    .



               01-01-1963                   $ 420                    .



                                           5
01-08-1969    $ 519        .



13-04-1972    $ 660        .



01-01-1974    $ 900        .



08-11-1974   $ 1.200       .



01-08-1976   $ 1.560       .



01-01-1977   $ 1.770       .



01-08-1977   $ 1.860       .



01-11-1977   $ 2.340       .



01-05-1978   $ 2.580    2371/77



02-01-1979   $ 3.450    2831/78



02-01-1980   $ 4.500    3189/79



02-01-1981   $ 5.700    3463/80



02-01-1982   $ 7.410    3687/81



02-01-1983   $ 9.261    3713/82



02-01-1984   $ 11.298   3506/83



02.01-1985   $ 13.558    1/85



02-01-1986   $ 16.811   3754/85



02-01-1987   $ 20.510   3732/86




             6
02-01-1988   $ 25.637    2545/87



01-01-1989   $ 32.560    2662/88



01-01-1990   $ 41.025    3000/89



01-01-1991   $ 51.720    3074/90



01-01-1992   $ 65.190    2867/91



01-01-1993   $ 81.510    2061/92



01-01-1994   $ 98.700    2548/93



01-01-1995   $ 118.934   2872/94



01-01-1996   $ 142.125   2310/95



01-01-1997   $ 172.005   2334/96



01-01-1998   $ 203.826   3106/97



01-01-1999   $ 236.460   2560/98



01-01-2000   $ 260.100   2647/99



01-01-2001   $ 286.000   2579/00



01-01-2002   $ 309.000   2910/01



01-01-2003   $ 332.000   3232/02



01-01-2004   $ 358.000   3770/03



01-01-2005   $ 381.500   4360/04




              7
01-01-2006                         $ 408.000                       4686/05



                    01-01-2007                         $ 433.700                       4580/06



                    01-01-2008                         $ 461.500                       4965/07



                    01-01-2009                         $ 496.900                       4868/08



                    01-01-2010                         $ 515.000                       5053/09



                    01-01-2011                         $ 535.600                       033/11


                    01-01-2012                         $ 566.700                       4919/11


                    01-01-2013                         $ 589.500                       2738/12


                                                                                                                Bibliografía:
                          http://www.consultas-laborales.com.co/index.php?option=com_content&view=article&id=84&Itemid=88



SALARIOS

                  SALARIOS                       VALOR                         DEFINICION


                                                              Jornada Ordinaria 48 horas semanales, 8 horas
      Salario mínimo año 2013. Art 145 CST.      $589.500     diarias. Ley 50 de 1990, Art.20


             SALARIO MINIMO DIA                  $19.650                Jornada Ordinaria Día 8 horas

             SALARIO MINIMO HORA                                Jornada ordinaria 6 a.m. a 10 p.m. Ley 789 de
                                                 $2.456,25
                  ORDINARIA                                                     2002, Art. 25

         SALARIO MINIMO HORA                                     Jornada Nocturna 10p.m a 6 a.m. Valor Hora
                                                 $3.315,94
       NOCTURNA Ley 50 de 1990Art. 24                                    Ordinaria+35% de recargo




                         AUXILIO DE TRANSPORTE

      AUXILIO       VALOR                                        DEFINICION


           MES       $70.500         Se paga a quienes devenguen hasta $1.179.000 (2 salarios mínimos mes)


           DIA       $2.350                                             .




                                                        8
HORAS EXTRAS

               HORAS EXTRAS                      VALOR                            DEFINICION


       ORDINARIA Ley 50 de 1990 Art.24          $3.070,31              Valor Hora Ordinaria+25% de recargo


        NOCTURNA Ley 50 de 1990 Art.
                                                $4.298,44              Valor hora ordinaria+75% de recargo
                  24


       DOMINICAL Y FESTIVO                      $4.912,50        Valor hora ordinaria+75% por festivo+25% recargo
       ORDINARIA                                                                       diurno


       DOMINICAL Y FESTIVO                                       Valor hora ordinaria+75% por festivo+75% recargo
                                                $6.140,63
       NOCTURNA                                                                       nocturno




                                     DOMINICALES

       DOMINICAL Y FESTIVO                VALOR                                DEFINICION


              ORDINARIA                   $4.298.,44               Si se trabaja Hora básica+75% de recargo


              NOCTURNA                    $5.158,13         Hora básica+75% recargo festivo 35% recargo nocturno




                              VACACIONES

       DESCANSO              VALOR                                        DEFINICION


        Vacaciones           Provisión
                             mensual             15 días hábiles consecutivos de vacaciones remuneradas por cada
         Art.186                                                          año de servicios
         C.S.T.               $24.563




                                                                                                                    Bibliografía:

       http://www.consultas-laborales.com.co/index.php?option=com_content&view=article&id=339:salarios-y-prestaciones-sociales-
                                                                             minimo-legal-ano-2013&catid=1:laboral&Itemid=86




3. Información Junta Nacional de FECODE, realizada los días 13, 14 y 15
   de febrero de 2013.
        Ver además: Circulares 5 y 6 de FECODE. Enviado por el Email: magisterio.colombia@riseup.net , el día
                                                                          miércoles 20 de febrero de 2013.
3.1.     Plan de trabajo –Primer semestre -2013-.

                  Respaldo a la justa lucha de los obreros del Cerrejón y en general del sector
                   minero –energético.
                  Campaña Nacional e Internacional de denuncia por la derogatoria del Decreto
                   1628 de 2012, por las garantías del derecho a la vida y el ejercicio de la labor

                                                             9
docente y sindical.
            Febrero 26: Reunión del Comité Ejecutivo con los sindicatos filiales que tienen
             deudas con la Federación, para ratificar los acuerdos y conocer los informes de
             los sindicatos (descuento directo y acuerdos de pago).
            Marzo 4,5,6 Y 7: XIX Asamblea General Federal de FECODE, Paipa – Boyacá.
            Marzo 8: Conmemoración del Día Internacional de la Mujer, por parte del comité
             ejecutivo de FECODE y los sindicatos filiales.
            Marzo 9 al 19: Realización de asambleas informativas en todos los municipios
             del país, con el acompañamiento de los integrantes del Comité Ejecutivo:
                  Gestión de FECODE y los Sindicatos Filiales por el reconocimiento de la
                     Prima Legal de Servicios.
                  Propuesta Estatuto Único de la Profesión Docente, que será discutida en
                     la Comisión Tripartita entre el 20 de marzo y el 5 de agosto de 201 3.
                  Propuesta del Pliego de Peticiones que será radicada el día 20 de marzo
                     de 2013, para ser discutida con el Gobierno Nacional, según lo
                     contemplado en el Decreto1092 de 2012.
                  Soluciones a la problemática de salud que afronta el magisterio, por la
                     deficiente prestación de los servicios médico-asistenciales, por parte de los
                     oferentes de salud. Ampliar la denuncia.
                  Proponer y aprobar la realización del Paro Nacional del Magisterio, para
                     exigir la negociación del Pliego de Peticiones y el Estatuto Único de la
                     Profesión Docente.
              Marzo 20: Toma de Bogotá, en el marco de la radicación del Pliego de
                 Peticiones en el Ministerio de Educación Nacional y el inicio de la discusión de
                 la Propuesta del Estatuto Único de la Profesión Docente en la Comisión
                 Tripartita (Congreso - MEN - FECODE).
              Abril: Paro Nacional del Magisterio si el gobierno no soluciona los principales
                 problemas de magisterio.
              Mayo 1: Día Internacional de la clase obrera- Promover la participación del
                 gremio en las jornadas de movilización en todas las capitales del País.
              Mayo 15: Conmemoración del Día del Maestro en Colombia - Realización de
                 actividades que resalten la Profesión Docente.
              Febrero - Mayo: Reuniones de los Nodos Regionales de DDHH y
                 Organización del 4 Encuentro Nacional de DDHH.
              Junio 6: Elección del Comité Ejecutivo de FECODE, previa aprobación de
                 la fecha por la XIX Asamblea General Federal.

3.2.   XIX ASAMBLEA GENERAL FEDERAL 4,5,6 y 7 de marzo de 2013 Paipa – Boyacá.

       Comisiones de Trabajo:

          Situación Política, Económica y Social, nacional e internacional.
          Política Educativa, Movimiento Pedagógico y Referendo por el derecho a la
            educación.
          Estatuto Único de la Profesión Docente.
          Política y Unidad Sindical.
          Reforma Estatutaria.
          Política Financiera de FECODE.
          Seguridad Social del Magisterio.
         La Asamblea General Federal de FECODE, deberá analizar, discutir y aprobar los
         siguientes temas:

              La fecha de la elección del Comité Ejecutivo de FECODE, la que está
               proyectada para el día 6 de junio de 2013 (fecha aprobada por la Junta

                                             10
Nacional del 11 de febrero de 2012 y que contó con el consenso de la Junta
                    Nacional Seminario realizada los días 13, 14 y 15 de febrero de 2013).
                   La realización del Paro Nacional de FECODE, en el marco de la negociación
                    del Pliego de Peticiones y la discusión en la Comisión Tripartita de la
                    propuesta del Estatuto Único de la Profesión Docente. Táctica de FECODE.

   3.3.    Propuesta Pliego de Peticiones.

   3.3.1. Respeto a la vida y salud del magisterio:
           Refinanciación y sostenibilidad del Régimen de Salud del Magisterio. Pago de la
            deuda al FNPSM por parte del gobierno nacional y las Entidades Territoriales
            e Incremento de la UPCM del magisterio e incremento del presupuesto con destino a
            las auditorías médicas.
   3.3.2. Cumplimiento de los acuerdos FECODE-Gobierno (2009 - 201 1):

            Cese del acoso contra el Magisterio (derogatoria de la Directiva Ministerial No. 02 de
             2012 y cumplimiento de la Directiva 10 de 2009).
            Definición zonas urbanas de difícil acceso.
            Derogatoria del Decreto 1628 de 2012 y expedición de un nuevo decreto concertado
             con FECODE para la protección de los maestros amenazados.
            Derecho de asociación y libertades sindicales (ascenso y reubicación de los
             docentes del 1278 de 2002, que ejercen cargos de dirección sindical).

3.3.3. Asuntos Económicos:
            Pago de deudas (Prima de Servicios, ascensos, primas departamentales,
       áreas de difícil acceso y factores salariales).
            Incremento salarial año 2014.
3.3.4.Fortalecimiento y refinanciación del FNPSM: Pago de la deuda prestacional, pago
       oportuno de cesantías y pensiones, y reglamentación de la Ley 1562 de 201 2.
3.3.5.Abolición de la Evaluación de Competencias.
3.3.6.Política educativa:
            Congelamiento del proceso de privatización de la educación.
            Conformación de una Comisión Nacional de Educación con la participación de la
               MANE, Profesores universitarios y FECODE, para concertar la política pública
               educativa.

   4. PRIMA DE SERVICIOS:

El Comité Ejecutivo de FECODE socializó en la Junta Nacional de FECODE el procedimiento a seguir para
la solicitud del reconocimiento, liquidación y pago de la Prima de Servicios, teniendo en cuenta lo
contemplado en: el artículo 15, parágrafo 2O, de la Ley 91 de 1989; el artículo 11 5 de la Ley 11 5 de 1994;
el artículo 81 de la Ley 812 de 2003; y en particular la Sentencia T-1066 del 20 de diciembre de 201 2. Ver
Circular 6.

El Comité Ejecutivo de FECODE, reitera que por unanimidad se decidió recomendar con los
 a los Abogados: JORGE HUMBERTO VALERO y YOBANI LÓPEZ QUINTERO, quienes además de la
gestión que se emprenda por el reconocimiento de la Prima Servicios, implementarán las acciones de
repetición procedentes, en caso de que los nominadores en los entes certificados en educación pretendan
desconocer el derecho, en orden a sentar un fuerte precedente de respeto a los derechos del magisterio.
NOTA: El reconocimiento de la prima de servicios será incluido en el pliego de peticiones que se discutirá
con el Ministerio de Educación en los próximos meses.

ODC.




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Retos FECODE 2013

  • 1. INFORME Nro. 32 http://overdorado.blogspot.com/ www.facebook.com/overdorado http://twitter.com/@OverDoradoC overdocar.colon@gmail.com Bogotá, Febrero 21 de 2013. PRESENTACION LA FEDERACION COLOMBIANA DE EDUCADORES –FECODE-, SUS PRINCIPALES RETOS Y TAREAS HOY Nuestra propuesta al magisterio colombiano Como integrante del CE de FECODE y del Colectivo Nacional Sindical Clasista “Guillermo Marín”, brindo a los maestro-as- colombianos un fraternal, caluroso y combativo saludo de clase, estamos con compromisos y retos que apuntan a luchar por democracia, bienestar y soberanía en general y en particular por la defensa de los intereses de nuestro gremio y la defensa de la educación pública estatal –Educación como derecho fundamental-. FECODE, es una organización sindical de segundo grado formada por organizaciones sindicales de educadores, tiene presencia en los 32 departamentos del país con igual número de sindicatos o seccionales. El número de docentes que son afiliados a estos sindicatos son 220.000 aproximadamente, juntos hacen parte de la estructura de la federación. Con este número de docentes se eligen aproximadamente 330 delegados y delegadas que son los que asisten a las Asambleas federales que se realizan cada 4 años y es la máxima instancia en la toma de decisiones de la FECODE. Para el 2013 se realizaran eventos democráticos de la federación, entre ellos la realización de la XIX Asamblea Federal los días 4, 5, 6 y 7 de marzo y la elección por voto directo el día 6 de junio del Comité Ejecutivo de la FECODE, que es el organismo de dirección permanente. A esto le apuntamos, sin titubeos y oportunismos, para favorecer la confianza y el buen nombre de nuestra federación. Cumplir con los estatutos y la democracia sindical debe ser un ejemplo que nos permite jugar a todos en las mismas condiciones en la organización. Sobre todo, en el caso de la FECODE, en donde los periodos estatutarios del Comité Ejecutivo se han vulnerados con justificaciones leoninas, que llevan a opiniones en contra de este tipo de comportamientos por parte de la base. Una opción de dirección con proyección estratégica para la federación es una necesidad y considero que el magisterio colombiano lo tendrá muy en cuenta en los eventos democráticos que se realizaran en el presente semestre. Considero que para este período se tienen grandes retos y compromisos: 1. Defensa de la educación pública estatal.  La lucha por la educación como derecho fundamental.  Contra la profundización del proceso de privatización.  Financiamiento y administración por parte del Estado y sin ninguna intermediación. Que implica la lucha por una Ley estatutaria de la educación: Se concibe como la bandera central de lucha y como base para la consecución de las demás banderas del magisterio: Estatuto docente, deudas, sistema prestacional, financiamiento del Fondo Nacional de Prestaciones Sociales y el pago de la deudas salariales. 2. La lucha por un Estatuto docente y en este marco, nuestro comportamiento frente a los compañeros regidos por el Decreto 1278 de 2002. 1
  • 2. Lo concebimos como la bandera de lucha reivindicativa del gremio, que tiene por objeto la dignificación de la profesión docente.  La lucha contra el Decreto 1278 de 2002, conlleva a la lucha contra el sistema de evaluación que expresa el control ideológico, político y social del maestro, centrándolo en el individualismo y la competencia, haciendo del maestro un instrumento para la aplicación de las políticas neoliberales.  En este contexto la lucha por un nuevo estatuto debe partir de las premisas de unidad, organización y lucha del magisterio colombiano, en donde no se ponga en juego la estabilidad laboral de los maestros y maestras del 2277 de 1979 y por el contrario se conquiste para todos. Sin lugar a dudas, la unidad y la estructura organizativa son preponderantes y condicionantes para el éxito o las posibilidades de victoria de este noble objetivo y bandera de lucha.  Se hace necesario tener un estudio y proyección económica de las implicaciones que tendría económicamente la propuesta del estatuto docente propuesto por FECODE, en la medida que la parte salarial y prestacional –donde se involucra el escalafón docente- deberán hacer parte del presupuesto del sector educativo.  Entendemos esta lucha dentro de las diferentes reivindicaciones y problemáticas que vive a su interior el magisterio, producto de los diferentes tipos de contratación y contextos, todo en el marco de la lucha por el estatuto docente. Por lo anterior, frente al magisterio regido por el 1278 de 2002, los sindicatos deben hoy recoger sus reivindicaciones concretas, además de las de otros sectores como los privados, los que están bajo concesión. Como Dirección permanente la FEOCDE debe comprometerse con el sentir de esta nueva base del magisterio, dando las luchas parciales, para reivindicar derechos de carrera o exigir cumplimiento de la norma, como por ejemplo:  El reconocimiento de la vacancia temporal sin solución de continuidad.  El reconocimiento de títulos, incluyendo las licenciaturas en áreas específicas para primaria, antes de la inscripción del escalafón.  El reconocimiento del tiempo de periodo de prueba para el primer ascenso o nivelación salarial. Que se respete y reglamente el cronograma anual para ascenso y/o reubicación salarial. La no supeditación a la disponibilidad presupuestal para las resoluciones de ascenso y/o reubicación salarial. La preservación del nivel salarial al ascender.  En cuanto al sistema de escalafón seguir impulsando la lucha contra la evaluación de competencias, de la cual se ha demostrado la manipulación de los resultados para que el ascenso y la reubicación salarial corresponda a la política de racionalización del gasto público. En este sentido el escalafón docente debe ser un sistema nacional que recoja al magisterio en general, que se base en el reconocimiento de los títulos licenciado, especialista, maestría y doctorado directamente, además de la producción académica, la investigación y el tiempo de servicio a la educación.  En cuanto al derecho de asociación y libertad sindical, se hace necesario exigir al gobierno nacional las garantías constitucionales y legales para que los directivos sindicales vinculados por este decreto puedan ascender o reubicarse salarialmente. Dado que el decreto 2715 del 2009 impuso un nuevo requisito -dos evaluaciones de desempeño de los años inmediatamente anteriores- , al estar en comisión sindical no se realiza dicha evaluación, lo que impide la posibilidad de ascenso o reubicación salarial de los directivos sindicales del 1278 violando el derecho fundamental de Asociación Sindical.  Se hace necesario trabajar porque se respete el derecho al debido proceso en la carrera docente, FECODE y sus sindicatos filiales deben exigir el funcionamiento de la Comisiones de personal y su presencia efectiva en ella con hombres y mujeres con capacidad de defensa de los derechos de la carrera docente. 3. Sistema prestacional, FNPSM y demás deudas.  Exigencia al gobierno del pago de la deuda que tiene con el FNPSM, como base para su fortalecimiento financiero y por ende en el pago oportuno de las prestaciones económicas y la calidad en el servicio de la salud: docentes y su núcleo familiar.  Trabajar porque se mejoren las condiciones prestacionales del magisterio en general. 2
  • 3. 4. Posición frente a los sindicatos paralelos en los departamentos. Que la CUT y FECODE acojan en su seno los sindicatos departamentales paralelos, por una sola vez en función de unificarlos, en la vía, no solo de impedir la creación de otra central de trabajadores y de otra organización a nivel nacional de los educadores en Colombia, sino en ser consecuente y fortalecer la propuesta de federación colombiana de trabajadores de la educación. 5. Frente a lo pedagógico. El Proyecto Pedagógico Alternativo debe aportar a la construcción de una nación y un país soberano democrático y popular. Por la formación de un maestro y maestra que aporte al proceso de transformación social que requiere nuestro país y en ese sentido se pondrán el CEID, la Escuela Sindical y en general los equipos de trabajo y la estructura de FECODE. 6. Táctica de FECODE.  Coordinar y articular con otros sectores sociales y populares las acciones necesarias para la defensa de la educación pública estatal y la educación como derecho.  La movilización política y social estará al centro y es y será la herramienta principal para el logro de nuestros propósitos.  El cumplimiento de los estatutos y de la democracia sindical por parte del Comité Ejecutivo de FECODE. En ese sentido, estamos por que la elección del Comité Ejecutivo de FECODE se realicen el 6 de junio de 2013, hemos rechazado la “prolongación” de los periodos por la dirección de FECODE y proponemos denunciar, controlar y sancionar este tipo de comportamientos que generan desconfianza en nuestra base docente. 7. Reforma estatutaria.  Unidad sindical. Como proceso: La federación colombiana de trabajadores de la educación y el sindicato de trabajadores de la educación en Colombia.  Reforma estatutaria: Democracia sindical y la participación activa de la base en las decisiones fundamentales en la organización. Iremos desarrollando aún más nuestras propuestas y salidas principalmente en el sector educativo, que serán nuestro referente teórico y práctico para la XIX Asamblea Federal de FECODE y hacia la elección del Comité Ejecutivo de FECODE. Es importante anotar, que dichos planteamientos no comprometen al resto del CE FECODE, que estos hacen parte de la experiencia y unidad de acción de hombres y mujeres de nuestra corriente sindical y de otros movimientos y fuerzas políticas que tienen fuerte presencia en los educadores –as- regidos por el decreto 1278. Alrededor de estos planteamientos hemos venido construyendo unidad de acción y acuerdos con movimientos, fuerzas y corrientes políticas al interior de nuestro gremio, que sin duda fortalecerán la presencia y relaciones alrededor de identidades en FEOCDE y sus sindicatos filiales. ……….. El presente Informe Nro 32 de la Secretaria de Asuntos Laborales y Jurídicos de FECODE, tendrá los siguientes temas: Presentación: La Federación colombiana de educadores –FECODE- y sus principales retos y tareas hoy. Nuestra propuesta al magisterio colombiano. 1. Información compañeros y compañeras vinculadas bajo el régimen 1278 de 2002. 1.1. Proceso histórico de los concursos bajo: la expedición de la Ley 715 de 2001 y del Decreto - Ley 1278 de 2002. 3
  • 4. 1.2. El MEN abre concurso docente. 2. Algunos datos sobre el Salario mínimo legal vigente.  Salarios mínimos legales desde 1920 a 2013.  Detales del SMLV 2013. 3. Información Junta Nacional de FECODE, realizada los días 13, 14 y 15 de febrero de 2013. 3.1. Plan de trabajo y acción de FECODE. Primer semestre 2013. 3.2. XIX Asamblea General Federal 4,5,6 y 7 de marzo de 2013 Paipa – Boyacá.  Comisiones de trabajo. 3.3. Propuesta de pliego de peticiones -2013-.  Respeto a la vida y salud del magisterio.  Cumplimiento de los acuerdos FECODE-Gobierno (2009 - 201 1):  Asuntos Económicos  Fortalecimiento y refinanciación del FNPSM: Pago de la deuda prestacional, pago oportuno de cesantías y pensiones, y reglamentación de la Ley 1562 de 201 2.  Abolición de la Evaluación de Competencias.  Política educativa. 1. Información compañeros y compañeras vinculadas bajo el régimen 1278 de 2002. 1.1. Proceso histórico de los concursos bajo: la expedición de la Ley 715 de 2001 y del Decreto - Ley 1278 de 2002 : En el 2006 y en virtud de la Sentencia C-175, la Comisión Nacional del Servicio Civil, encargada ahora de la administración y vigilancia de la carrera docente, abrió la tercera convocatoria con los siguientes resultados: Actividad Primera Segunda Tercera Cuarta Afrocolombiana Orientadores 2004 2005 2006 2009 2005 Entidades que 69 66 49 66 29 38 convocaron concursos Vacantes 50.947 23.355 14.579 25.392 6.121 1.015 Presentaron 140.541 134.090 109.487 228.985 12.932 19.891 pruebas Icfes Aprobaron 60.078 32.720 27.931 66.687 10.568 3.561 pruebas Icfes Nombrados en 30.568 14.092 13.620 39.468 4.320 1.204 período de prueba  116.197 docentes y directivos docentes activos en carrera docente regidos bajo el Decreto Ley 1278 de 2002 (Fuente: SINEB).  102.068 + 1204 = 102. 272 TOTAL: educadores del 1278 de 2002. 1.2. El MEN abre concurso docente. Es un concurso abierto de méritos para proveer las vacantes de docentes. Estarán como responsables: El MEN, CNSC y el ICFES. 4
  • 5. Para la atención de la comunidades afrocolombianas negras, raizales y palenqueras en establecimientos educativos oficiales de Preescolar, básica y media de las Entidades Territoriales que atiende esta población. Es el segundo concurso a nivel nacional, pues el primero se realizó hace 7 años. Se tienen proyectadas por el MEN cerca de 4.000 vacantes entre docentes y directivos docentes.  Mediante las convocatorias No. 221 a 249 la CNSC inició el proceso de concurso para ingreso de etnoeducadores al servicio Estatal para 29 entidades territoriales certificadas en educación.  Participan: 29 -ETCE-.  Se convocó para la provisión de 3.714 cargos vacantes definitivos, los cuales puede consultar en cada una de las 29 convocatorias.  Se hace la sexta convocatoria para proveer cerca de 24.000 vacantes de docentes y directivos docentes que atenderán la población mayoritaria, por cargo, nivel y área de desempeño de los establecimientos educativos del país.  Mediante las convocatorias No. 136 a 220 la CNSC inició el proceso de concurso para ingreso de educadores al servicio Estatal para 85 entidades territoriales certificadas en educación  Participan: 85 Entidades Territoriales Certificadas en Educación –ETCE-  Vacantes: 16.896 cargos vacantes definitivos.  A la fecha, no se ha continuado con el proceso de convocatoria del 5to concurso de ingreso. 2. Algunos datos sobre el Salario mínimo legal vigente: SALARIOS MINIMOS LEGALES Vigencia Valor Decreto desde 01-01-1920 $ 60 . 01-10-1956 $ 135 2214/56. 01-07-1957 $ 155 . 01-05-1960 $ 189 . 01-01-1962 $ 219 . 01-08-1962 $ 300 . 01-01-1963 $ 420 . 5
  • 6. 01-08-1969 $ 519 . 13-04-1972 $ 660 . 01-01-1974 $ 900 . 08-11-1974 $ 1.200 . 01-08-1976 $ 1.560 . 01-01-1977 $ 1.770 . 01-08-1977 $ 1.860 . 01-11-1977 $ 2.340 . 01-05-1978 $ 2.580 2371/77 02-01-1979 $ 3.450 2831/78 02-01-1980 $ 4.500 3189/79 02-01-1981 $ 5.700 3463/80 02-01-1982 $ 7.410 3687/81 02-01-1983 $ 9.261 3713/82 02-01-1984 $ 11.298 3506/83 02.01-1985 $ 13.558 1/85 02-01-1986 $ 16.811 3754/85 02-01-1987 $ 20.510 3732/86 6
  • 7. 02-01-1988 $ 25.637 2545/87 01-01-1989 $ 32.560 2662/88 01-01-1990 $ 41.025 3000/89 01-01-1991 $ 51.720 3074/90 01-01-1992 $ 65.190 2867/91 01-01-1993 $ 81.510 2061/92 01-01-1994 $ 98.700 2548/93 01-01-1995 $ 118.934 2872/94 01-01-1996 $ 142.125 2310/95 01-01-1997 $ 172.005 2334/96 01-01-1998 $ 203.826 3106/97 01-01-1999 $ 236.460 2560/98 01-01-2000 $ 260.100 2647/99 01-01-2001 $ 286.000 2579/00 01-01-2002 $ 309.000 2910/01 01-01-2003 $ 332.000 3232/02 01-01-2004 $ 358.000 3770/03 01-01-2005 $ 381.500 4360/04 7
  • 8. 01-01-2006 $ 408.000 4686/05 01-01-2007 $ 433.700 4580/06 01-01-2008 $ 461.500 4965/07 01-01-2009 $ 496.900 4868/08 01-01-2010 $ 515.000 5053/09 01-01-2011 $ 535.600 033/11 01-01-2012 $ 566.700 4919/11 01-01-2013 $ 589.500 2738/12 Bibliografía: http://www.consultas-laborales.com.co/index.php?option=com_content&view=article&id=84&Itemid=88 SALARIOS SALARIOS VALOR DEFINICION Jornada Ordinaria 48 horas semanales, 8 horas Salario mínimo año 2013. Art 145 CST. $589.500 diarias. Ley 50 de 1990, Art.20 SALARIO MINIMO DIA $19.650 Jornada Ordinaria Día 8 horas SALARIO MINIMO HORA Jornada ordinaria 6 a.m. a 10 p.m. Ley 789 de $2.456,25 ORDINARIA 2002, Art. 25 SALARIO MINIMO HORA Jornada Nocturna 10p.m a 6 a.m. Valor Hora $3.315,94 NOCTURNA Ley 50 de 1990Art. 24 Ordinaria+35% de recargo AUXILIO DE TRANSPORTE AUXILIO VALOR DEFINICION MES $70.500 Se paga a quienes devenguen hasta $1.179.000 (2 salarios mínimos mes) DIA $2.350 . 8
  • 9. HORAS EXTRAS HORAS EXTRAS VALOR DEFINICION ORDINARIA Ley 50 de 1990 Art.24 $3.070,31 Valor Hora Ordinaria+25% de recargo NOCTURNA Ley 50 de 1990 Art. $4.298,44 Valor hora ordinaria+75% de recargo 24 DOMINICAL Y FESTIVO $4.912,50 Valor hora ordinaria+75% por festivo+25% recargo ORDINARIA diurno DOMINICAL Y FESTIVO Valor hora ordinaria+75% por festivo+75% recargo $6.140,63 NOCTURNA nocturno DOMINICALES DOMINICAL Y FESTIVO VALOR DEFINICION ORDINARIA $4.298.,44 Si se trabaja Hora básica+75% de recargo NOCTURNA $5.158,13 Hora básica+75% recargo festivo 35% recargo nocturno VACACIONES DESCANSO VALOR DEFINICION Vacaciones Provisión mensual 15 días hábiles consecutivos de vacaciones remuneradas por cada Art.186 año de servicios C.S.T. $24.563 Bibliografía: http://www.consultas-laborales.com.co/index.php?option=com_content&view=article&id=339:salarios-y-prestaciones-sociales- minimo-legal-ano-2013&catid=1:laboral&Itemid=86 3. Información Junta Nacional de FECODE, realizada los días 13, 14 y 15 de febrero de 2013. Ver además: Circulares 5 y 6 de FECODE. Enviado por el Email: magisterio.colombia@riseup.net , el día miércoles 20 de febrero de 2013. 3.1. Plan de trabajo –Primer semestre -2013-.  Respaldo a la justa lucha de los obreros del Cerrejón y en general del sector minero –energético.  Campaña Nacional e Internacional de denuncia por la derogatoria del Decreto 1628 de 2012, por las garantías del derecho a la vida y el ejercicio de la labor 9
  • 10. docente y sindical.  Febrero 26: Reunión del Comité Ejecutivo con los sindicatos filiales que tienen deudas con la Federación, para ratificar los acuerdos y conocer los informes de los sindicatos (descuento directo y acuerdos de pago).  Marzo 4,5,6 Y 7: XIX Asamblea General Federal de FECODE, Paipa – Boyacá.  Marzo 8: Conmemoración del Día Internacional de la Mujer, por parte del comité ejecutivo de FECODE y los sindicatos filiales.  Marzo 9 al 19: Realización de asambleas informativas en todos los municipios del país, con el acompañamiento de los integrantes del Comité Ejecutivo:  Gestión de FECODE y los Sindicatos Filiales por el reconocimiento de la Prima Legal de Servicios.  Propuesta Estatuto Único de la Profesión Docente, que será discutida en la Comisión Tripartita entre el 20 de marzo y el 5 de agosto de 201 3.  Propuesta del Pliego de Peticiones que será radicada el día 20 de marzo de 2013, para ser discutida con el Gobierno Nacional, según lo contemplado en el Decreto1092 de 2012.  Soluciones a la problemática de salud que afronta el magisterio, por la deficiente prestación de los servicios médico-asistenciales, por parte de los oferentes de salud. Ampliar la denuncia.  Proponer y aprobar la realización del Paro Nacional del Magisterio, para exigir la negociación del Pliego de Peticiones y el Estatuto Único de la Profesión Docente.  Marzo 20: Toma de Bogotá, en el marco de la radicación del Pliego de Peticiones en el Ministerio de Educación Nacional y el inicio de la discusión de la Propuesta del Estatuto Único de la Profesión Docente en la Comisión Tripartita (Congreso - MEN - FECODE).  Abril: Paro Nacional del Magisterio si el gobierno no soluciona los principales problemas de magisterio.  Mayo 1: Día Internacional de la clase obrera- Promover la participación del gremio en las jornadas de movilización en todas las capitales del País.  Mayo 15: Conmemoración del Día del Maestro en Colombia - Realización de actividades que resalten la Profesión Docente.  Febrero - Mayo: Reuniones de los Nodos Regionales de DDHH y Organización del 4 Encuentro Nacional de DDHH.  Junio 6: Elección del Comité Ejecutivo de FECODE, previa aprobación de la fecha por la XIX Asamblea General Federal. 3.2. XIX ASAMBLEA GENERAL FEDERAL 4,5,6 y 7 de marzo de 2013 Paipa – Boyacá. Comisiones de Trabajo:  Situación Política, Económica y Social, nacional e internacional.  Política Educativa, Movimiento Pedagógico y Referendo por el derecho a la educación.  Estatuto Único de la Profesión Docente.  Política y Unidad Sindical.  Reforma Estatutaria.  Política Financiera de FECODE.  Seguridad Social del Magisterio. La Asamblea General Federal de FECODE, deberá analizar, discutir y aprobar los siguientes temas:  La fecha de la elección del Comité Ejecutivo de FECODE, la que está proyectada para el día 6 de junio de 2013 (fecha aprobada por la Junta 10
  • 11. Nacional del 11 de febrero de 2012 y que contó con el consenso de la Junta Nacional Seminario realizada los días 13, 14 y 15 de febrero de 2013).  La realización del Paro Nacional de FECODE, en el marco de la negociación del Pliego de Peticiones y la discusión en la Comisión Tripartita de la propuesta del Estatuto Único de la Profesión Docente. Táctica de FECODE. 3.3. Propuesta Pliego de Peticiones. 3.3.1. Respeto a la vida y salud del magisterio:  Refinanciación y sostenibilidad del Régimen de Salud del Magisterio. Pago de la deuda al FNPSM por parte del gobierno nacional y las Entidades Territoriales e Incremento de la UPCM del magisterio e incremento del presupuesto con destino a las auditorías médicas. 3.3.2. Cumplimiento de los acuerdos FECODE-Gobierno (2009 - 201 1):  Cese del acoso contra el Magisterio (derogatoria de la Directiva Ministerial No. 02 de 2012 y cumplimiento de la Directiva 10 de 2009).  Definición zonas urbanas de difícil acceso.  Derogatoria del Decreto 1628 de 2012 y expedición de un nuevo decreto concertado con FECODE para la protección de los maestros amenazados.  Derecho de asociación y libertades sindicales (ascenso y reubicación de los docentes del 1278 de 2002, que ejercen cargos de dirección sindical). 3.3.3. Asuntos Económicos:  Pago de deudas (Prima de Servicios, ascensos, primas departamentales, áreas de difícil acceso y factores salariales).  Incremento salarial año 2014. 3.3.4.Fortalecimiento y refinanciación del FNPSM: Pago de la deuda prestacional, pago oportuno de cesantías y pensiones, y reglamentación de la Ley 1562 de 201 2. 3.3.5.Abolición de la Evaluación de Competencias. 3.3.6.Política educativa:  Congelamiento del proceso de privatización de la educación.  Conformación de una Comisión Nacional de Educación con la participación de la MANE, Profesores universitarios y FECODE, para concertar la política pública educativa. 4. PRIMA DE SERVICIOS: El Comité Ejecutivo de FECODE socializó en la Junta Nacional de FECODE el procedimiento a seguir para la solicitud del reconocimiento, liquidación y pago de la Prima de Servicios, teniendo en cuenta lo contemplado en: el artículo 15, parágrafo 2O, de la Ley 91 de 1989; el artículo 11 5 de la Ley 11 5 de 1994; el artículo 81 de la Ley 812 de 2003; y en particular la Sentencia T-1066 del 20 de diciembre de 201 2. Ver Circular 6. El Comité Ejecutivo de FECODE, reitera que por unanimidad se decidió recomendar con los a los Abogados: JORGE HUMBERTO VALERO y YOBANI LÓPEZ QUINTERO, quienes además de la gestión que se emprenda por el reconocimiento de la Prima Servicios, implementarán las acciones de repetición procedentes, en caso de que los nominadores en los entes certificados en educación pretendan desconocer el derecho, en orden a sentar un fuerte precedente de respeto a los derechos del magisterio. NOTA: El reconocimiento de la prima de servicios será incluido en el pliego de peticiones que se discutirá con el Ministerio de Educación en los próximos meses. ODC. 11