SlideShare una empresa de Scribd logo
1 de 8
DOCENTE: ABG. ZORCIORET NIETO
SAIA B
POR: YOHANA PATRICIA LEAL
C.I. V-26.458.274
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
UNIVERSIDAD “FERMÍN TORO”
ESCUELA DE DERECHO
La compañía de responsabilidad
limitada es aquella en la cual las
obligaciones sociales están
garantizadas por un capital
determinado, dividido en cuotas de
participación, las cuales no podrán
estar representadas en ningún caso
por acciones o títulos negociables.
La sociedad de responsabilidad
limitada se encuentra establecida en
el articulo 200 del Código de
Comercio numeral 4.
COMPAÑIAS EN NOMBRE
COLECTIVO
COMPAÑIAS EN
COMANDITA SIMPLE
COMPAÑIAS EN
COMANDITA POR
ACCIONES
CUADRO COMPARATIVO SOCIEDADES MERCANTILES EN VENEZUELA
De acuerdo con el artículo 201 del
Código de Comercio es aquella que
existe bajo una razón social en la
cual las obligaciones sociales de la
compañía están garantizadas por la
responsabilidad limitada y solidaria
de todos los socios.
Es la que existe bajo una razón
social y se compone de uno o
varios socios comanditados que
responden, de manera subsidiaria,
ilimitada y solidariamente, de las
obligaciones sociales, y de uno o
varios comanditarios que
únicamente están obligados al
pago de sus aportaciones.
Es la que se compone de uno o
varios socios comanditantes que
responden a manera subsidiaria,
ilimitada y solidariamente de las
obligaciones sociales y de uno o
varios comanditarios que
únicamente están obligados al
pago de sus acciones lo que hace
la diferencia con las Sociedades
en Comandita Simple.
Es aquella constituida por dos o
más personas. Tiene personalidad
jurídica propia, el capital social
esta dividido por acciones o títulos
de valores que pueden cederse
sin el consentimiento de los
demás socios según los
establezcan los estatutos; los
socios responden solo hasta por el
monto de las acciones suscritas,
la muerte o incapacidad de uno de
los socios no afecta la vida de la
empresa.
SOCIEDAD O COMPAÑÍA
ANONIMA (S.A., C.A.)
SOCIEDAD DE
RESPONSABILIDAD
LIMITADA (S.R.L)
1 . Razón social.
2. La responsabilidad de los socios
es subsidiaria, ilimitada y solidaria.
3. Cuando uno de los socios cuyo
nombre haya figurado en la razón
social, se separe de la sociedad y
siga la misma razón social, deberá
agregarse a esta la palabra
“sucesores.
4. El capital social está
representado por partes sociales
nominativas y exhibidas por los
socios.
1. El capital de las sociedades
anónimas está dividido en pequeñas
partes denominadas “acciones”.
Las C.A, no tiene capital mínimo y
pueden tener capital suscrito y
pagado.
3. Giran Bajo una denominación
Social.
1. Razón social.
2. Responsabilidad ilimitada.
3. Dependencia mutua.
4. Utilidades percibidas de buena fe.
1. Razón social.
2. Responsabilidad ilimitada.
3. Dependencia mutua.
4. Utilidades percibidas de buena fe.
1. El capital de las sociedades de
responsabilidad Limitadas están
divididas en pequeñas partes
denominadas “Cuotas de
Participación”.
2. Las S. R. L, tienen un capital
mínimo 2 Bs. F. máximo 2.000 BSF.
3. Los Socios responden
limitadamente, sólo hasta el monto
de sus aportes.
4. Giran Bajo una denominación
Social.
DEFINICIÓN
Y
NATURALEZ
A JURIDICA:
CARACTERI
STICAS:
De la misma manera en que inicia la
constitución de otras sociedades, en
este caso las sociedades de
responsabilidad limitada sigue los
mismos pasos para su formación,
redactando el documento
constitutivo público o privado, el cual
debe contener los requisitos
contenidos en el Artículo 214 del
Código de Comercio como lo es: 1.
El nombre, domicilio y nacionalidad
de los socios fundadores, pudiendo
ser personas naturales o jurídicas. 2.
La denominación de la sociedad, su
domicilio y su objeto. 3. El monto del
capital social., entre otros.
COMPAÑIAS EN NOMBRE
COLECTIVO
COMPAÑIAS EN
COMANDITA SIMPLE
COMPAÑIAS EN
COMANDITA POR
ACCIONES
CUADRO COMPARATIVO SOCIEDADES MERCANTILES EN VENEZUELA
El registro de las compañías en
nombre colectivo deberán tramitarlo
los socios, personalmente o por
medio de apoderado, dentro de los
quince (15) días siguientes a la fecha
de celebración del contrato de
compañía. Para este efecto deben
presentar un extracto del contrato de
sociedad firmado por los socios
solidarios al Juez de Comercio o al
Registrador Mercantil de la
jurisdicción, funcionario que, previa
comprobación del cumplimiento de
los requisitos legales, ordenará su
registro y publicación.
Se registrará en el Tribunal de
Comercio de la jurisdicción o el
Registro Mercantil y se publicará en
un periódico que se edite en la
jurisdicción del mismo Tribunal o
Registro, un extracto del contrato de
compañía en nombre colectivo o en
comandita simple. Deberán
tramitarlo los socios solidarios,
personalmente o por medio de
apoderado, dentro de los quince
días siguientes a la celebración
del contrato de compañía. Para
este efecto deben presentar un
extracto del contrato de sociedad
firmado por los socios al Juez de
Comercio o al Registrador
Mercantil de la jurisdicción,
funcionario que, previa
comprobación del cumplimiento de
los requisitos legales, ordenará su
registro y publicación.
El registro de la compañía en
comandita por acciones deberá
tramitarlo el administrador o
administradores de la sociedad,
dentro de los quince (15) días
siguientes a la celebración
del contrato de compañía. Para este
efecto deben presentarse sendos
ejemplares del documento
constitutivo y de los estatutos de la
compañía al Juez de Comercio o al
Registrador Mercantil de la
jurisdicción, funcionario que, previa
comprobación del cumplimiento de
los requisitos legales, ordenará el
registro y publicación del documento
constitutivo y el archivo de los
estatutos.
El registro de la compañía anónima,
deberá tramitarlo el administrador o
administradores de la sociedad
dentro de los quince (15) días
siguientes a la celebración del
contrato de compañía. Para este
efecto deben presentarse sendos
ejemplares del documento
constitutivo y de los estatutos de la
compañía al Juez de Comercio o al
Registrador Mercantil de la
jurisdicción, funcionario que, previa
comprobación del cumplimiento de
los requisitos legales, ordenará el
registro y publicación del documento
constitutivo y el archivo de los
estatutos.
SOCIEDAD O COMPAÑÍA
ANONIMA (S.A., C.A.)
SOCIEDAD DE
RESPONSABILIDAD
LIMITADA (S.R.L)
PROCEDIMI
ENTO
CONSTITUTI
VO
La administración de la sociedad
estará a cargo de dos personas
socios o no que deberán ser
designado por los socios en
Asamblea, asimismo a través de
este órgano se puede revocar a los
administradores de sus funciones,
se le enviste de facultades de
representación para la sociedad.
Responsabilidad Los
administradores responde a los
socios, con la compañía y con los
tercero por infracción a las
disposiciones de la ley, del
Documento constitutivo, la acción de
responsabilidad podrá ejercida por
los socios individualmente.
COMPAÑIAS EN NOMBRE
COLECTIVO
COMPAÑIAS EN
COMANDITA SIMPLE
COMPAÑIAS EN
COMANDITA POR
ACCIONES
CUADRO COMPARATIVO SOCIEDADES MERCANTILES EN VENEZUELA
La Administración de la sociedad
estará a cargo de uno o varios
administradores, quienes podrán ser
socios o personas extrañas a ella.
Su nombramiento se hará por
mayoría de votos de los socios en
una asamblea y respaldado por el
acta constitutiva de la compañía.
Aunque sea una minoría de los
socios lo que estén inconformes,
estos podrán separarse de la
sociedad.
Cuando no haya designación de
administradores, todos los socios
concurrirán en la administración..
La constituye el Consejo de
Administración y estará a cargo de
uno o varios administradores,
quienes podrán, ser socios
comanditarios por su participación
ilimitada en la sociedad o personas
extrañas a ellas.
El socio o socios comanditarios no
pueden ejercer acto alguno de
administración. Los comanditarios
serán los dirigentes de la empresa,
si llegaran a administrar serán
ilimitadamente responsables frente a
los terceros.
En la compañía en comandita por
acciones, los socios solidarios
ejercen la administración social,
sujetos a las obligaciones y
responsabilidades de los
administradores de las sociedades
en nombre colectivo.
Los administradores pueden ser
removidos siempre que la decisión
se adopte por mayoría calificada de
la asamblea de accionistas.
La compañía anónima puede ser
administrada por uno o más
administradores temporales,
revocables, socios o no socios,
quienes únicamente responden por
la ejecución de su mandato y de las
obligaciones que la ley les impone, y
no contraen por razón de su
administración ninguna obligación
personal por los negocios de la
compañía.
los administradores de las
sociedades anónimas ejercen su
mandato dentro de los límites y
atribuciones que les estén
expresamente establecidos en el
estatuto social; en caso de exceder
sus límites y atribuciones deben
responder personalmente ante
terceros y ante la sociedad.
SOCIEDAD O COMPAÑÍA
ANONIMA (S.A., C.A.)
SOCIEDAD DE
RESPONSABILIDAD
LIMITADA (S.R.L)
ADMINISTRA
CION Y
RESPONSA
BILIDAD DE
LOS
ADMINISTRA
DORES
El capital de la sociedad, depende
de la voluntad de las partes, es
decir, que ellos decidirán de cuanto
estará conformado el capital social,
pero como lo establece el Código de
Comercio en el artículo 315, dicho
capital no podrá ser menor de veinte
mil bolívares, ni mayor de dos
millones de bolívares. El capital esta
dividido en cuotas de participación,
las cuales constituyen un conjunto
unitario de derechos y poderes que
le da al titular legitimidad para
participar en al sociedad.
COMPAÑIAS EN NOMBRE
COLECTIVO
COMPAÑIAS EN
COMANDITA SIMPLE
COMPAÑIAS EN
COMANDITA POR
ACCIONES
CUADRO COMPARATIVO SOCIEDADES MERCANTILES EN VENEZUELA
El artículo 315 del Código de
Comercio prevé los montos de
capital mínimo y máximo de las
compañías de responsabilidad
limitada; de acuerdo con esta
norma dichas compañías no
podrán constituirse con un capital
inferior a veinte mil bolívares (Bs.
20.000) ni superior a dos millones
de bolívares (Bs. 2.000.000).
La ley no fija un mínimo de capital.
El capital social esta representado
por la suma de aportaciones que
en dinero o en especie efectúen
los socios.
El capital debe dividirse, según la
responsabilidad de los socios,
separando el capital comanditado
del capital comanditario.
Estará dividido en acciones, las
pertenecientes a los socios
comanditarios sean nominativas y
no pueden cederse sin el total
consentimiento de los mismos. Lo
que origina la existencia de las
asambleas, los administradores y
comisarios, característicos de las
Compañías Anónimas por la
existencia del capital.
Por lo tanto las Sociedad en
Comandita por Acciones se rige
por las disposiciones previstas en
las Compañías Anónimas.
Es el monto establecido en el acto
constitutivo de una sociedad
mercantil y expresada en moneda
del curso legal, como valor de las
aportaciones realizadas por los
socios y se encuentra dividido se
encuentra dividido en acciones (
art 292 C. Comercio).
SOCIEDAD O COMPAÑÍA
ANONIMA (S.A., C.A.)
SOCIEDAD DE
RESPONSABILIDAD
LIMITADA (S.R.L)
Los socios de una compañía en
nombre colectivo tienen legalmente
prohibido tomar interés o participar
en otra compañía en nombre
colectivo que desarrolle el mismo
objeto social, a menos que cuente
para ello con el consentimiento
expreso de los demás socios.
Así mismo, les está prohibido llevar
a cabo, por cuenta propia o ajena,
negocios de la misma clase de los
Los socios de una S.A. o C.A.
deben cumplir a cabalidad con
todo lo estipulado en los estatutos
de la compañía y demás
preceptos de Ley evitando realizar
todos y cada uno de los actos
prohibidos dentro de ella.
La ley prohíbe a los socios
comanditarios actuar como
administradores de la sociedad o
ejercer como apoderados
generales de la misma. La
contravención a esta disposición
cambia el régimen de
responsabilidad aplicable al socio
comanditario al de socio solidario.
Por su parte los socios solidarios
están sujetos a las mismas
La ley prohíbe a los socios
comanditarios actuar como
administradores de la sociedad o
ejercer como apoderados
generales de la misma. La
contravención a esta disposición
cambia el régimen de
responsabilidad aplicable al socio
comanditario al de socio solidario.
Por su parte los socios solidarios
están sujetos a las mismas
Los Socios de una S.R.L. deben
cumplir a cabalidad con todo lo
estipulado en los estatutos de la
compañía y demás preceptos de
Ley, evitando realizar todos y
cada uno de los actos prohibidos
dentro de ella.
EL CAPITAL
SOCIAL:
PROHIBICIO
-NES A LOS
SOCIOS
COMPAÑIAS EN NOMBRE
COLECTIVO
COMPAÑIAS EN
COMANDITA SIMPLE
COMPAÑIAS EN
COMANDITA POR
ACCIONES
CUADRO COMPARATIVO SOCIEDADES MERCANTILES EN VENEZUELA
SOCIEDAD O COMPAÑÍA
ANONIMA (S.A., C.A.)
SOCIEDAD DE
RESPONSABILIDAD
LIMITADA (S.R.L)
1° Por la expiración del término
establecido para su duración. 2° Por
falta ó cesación del objeto de la
sociedad, ó por la imposibilidad de
conseguirlo. 3° Por el cumplimiento
de ese objeto. 4° Por la quiebra de la
sociedad, si no hubiere convenio
que la rehabilite. 5° Por la pérdida
entera del capital ó por la parcial á
que se refiere el artículo 251,
cuando los socios no resuelvan
reintegrarlo ó limitarlo al existente. 6°
Por la decisión de los socios. 7º Por
incorporación a otra sociedad, es
decir, cuando ocurre una fusión por
absorción. 8. por la muerte,
interdicción, inhabilitación o quiebra
de uno de los socios, si no hay
1° Por la expiración del término
establecido para su duración. 2° Por
falta ó cesación del objeto de la
sociedad, ó por la imposibilidad de
conseguirlo. 3° Por el cumplimiento
de ese objeto. 4° Por la quiebra de la
sociedad, si no hubiere convenio
que la rehabilite. 5° Por la pérdida
entera del capital ó por la parcial á
que se refiere el artículo 251,
cuando los socios no resuelvan
reintegrarlo ó limitarlo al existente. 6°
Por la decisión de los socios. 7º Por
incorporación a otra sociedad, es
decir, cuando ocurre una fusión por
absorción -
1° Por la expiración del término
establecido para su duración. 2° Por
falta ó cesación del objeto de la
sociedad, ó por la imposibilidad de
conseguirlo. 3° Por el cumplimiento
de ese objeto. 4° Por la quiebra de la
sociedad, si no hubiere convenio
que la rehabilite. 5° Por la pérdida
entera del capital ó por la parcial á
que se refiere el artículo 251,
cuando los socios no resuelvan
reintegrarlo ó limitarlo al existente. 6°
Por la decisión de los socios. 7º Por
incorporación a otra sociedad, es
decir, cuando ocurre una fusión por
absorción . 8. por la muerte, quiebra,
interdicción o inhabilitación de los
socios solidarios o de alguno de
1° Por la expiración del término
establecido para su duración. 2° Por
falta ó cesación del objeto de la
sociedad, ó por la imposibilidad de
conseguirlo. 3° Por el cumplimiento
de ese objeto. 4° Por la quiebra de
la sociedad, si no hubiere convenio
que la rehabilite. 5° Por la pérdida
entera del capital ó por la parcial á
que se refiere el artículo 251,
cuando los socios no resuelvan
reintegrarlo ó limitarlo al existente.
6° Por la decisión de los socios. 7º
Por incorporación a otra sociedad,
es decir, cuando ocurre una fusión
por absorción. 8. Por la muerte,
quiebra, interdicción o inhabilitación
de los socios solidarios o de alguno
1. Por acuerdo de la Asamblea o
Junta General.
2. Por falta de ejercicio de la
actividad que constituya el objeto
social durante tres años
consecutivos.
3. Por consecuencias de pérdidas
que dejen reducido al patrimonio
contable a menos del capital social.
4. Por cualquier otra causa
establecida en los estatutos.
DISOLUCIÓ
N DE LA
SOCIEDDAD
OBLIGACIO
NES
SOCIALES
Están garantizadas por un capital
determinado. Los socios están
obligados sólo por el monto de su
acción.
Están garantizadas por un capital
determinado y limitado al monto de
los aportes de cada socio
Están garantizadas por la
responsabilidad solidaria e
ilimitada de todos los socios.
Están garantizadas por la
responsabilidad ilimitada de uno o
mas socios (solidarios o
comanditantes o comanditarios).
Están garantizadas por la
responsabilidad ilimitada de uno o
mas socios (solidarios o
comanditantes o comanditarios).
COMPAÑIAS EN NOMBRE
COLECTIVO
COMPAÑIAS EN
COMANDITA SIMPLE
COMPAÑIAS EN
COMANDITA POR
ACCIONES
CUADRO COMPARATIVO SOCIEDADES MERCANTILES EN VENEZUELA
SOCIEDAD O COMPAÑÍA
ANONIMA (S.A., C.A.)
SOCIEDAD DE
RESPONSABILIDAD
LIMITADA (S.R.L)
APLICACIÓ
N EN
VENEZUELA
Este tipo de sociedades
podríamos decir que es el mas
empleado por los comerciantes al
momento de constituir su
empresa, ello debido a que las
obligaciones sociales están
garantizadas por un capital
determinado y en la que los
socios no están obligados sino
por el monto de su acción, lo que
le da mas seguridad al
comerciante de que al momento
de no comprometer su patrimonio
personal.
La compañía de responsabilidad
limitada deriva su nombre del
hecho de que los socios no
responden personalmente de las
obligaciones sociales; por el
contrario su responsabilidad se
limita al monto de sus aportes a la
sociedad
En Venezuela al igual que
en Colombia y en la mayoría de
países latinoamericanos se
caracterizan por el régimen
especial de responsabilidad de
los socios, quienes responden
solidaria e ilimitadamente por las
obligaciones de la compañía
En nuestro País la compañía en
comandita se caracteriza por la
coexistencia de dos (2) clases de
socios, los solidarios, colectivos o
comanditantes que responden
solidaria e ilimitadamente por las
obligaciones sociales, y los
comanditarios que sólo responden
hasta el monto de sus aportes. En
nuestro derecho mercantil no es
muy común la constitución de este
tipo de empresas., principalmente
por Responsabilidad ilimitada y
solidaria de los socios
En Nuestro País la compañía en
comandita se caracteriza por la
coexistencia de dos (2) clases de
socios, los solidarios, colectivos o
comanditantes que responden
solidaria e ilimitadamente por las
obligaciones sociales, y los
comanditarios que sólo
responden hasta el monto de sus
aportes. En nuestro derecho
mercantil no es muy común la
constitución de este tipo de
empresas, principalmente por
Responsabilidad ilimitada y
solidaria de los socios.
Cuadro comparativo tipos de sociedades mercantiles

Más contenido relacionado

La actualidad más candente

FUSION, LIQUIDACION Y DISOLUCION DE LAS SOCIEDADES MERCANTILES
FUSION, LIQUIDACION Y DISOLUCION DE LAS SOCIEDADES MERCANTILES FUSION, LIQUIDACION Y DISOLUCION DE LAS SOCIEDADES MERCANTILES
FUSION, LIQUIDACION Y DISOLUCION DE LAS SOCIEDADES MERCANTILES
Joselyn Castañeda
 
Introducción a las sociedades mercantiles2_IAFJSR
Introducción a las sociedades mercantiles2_IAFJSRIntroducción a las sociedades mercantiles2_IAFJSR
Introducción a las sociedades mercantiles2_IAFJSR
Mauri Rojas
 
Sociedades cooperativas
Sociedades cooperativasSociedades cooperativas
Sociedades cooperativas
Zoe Mendoza
 
Sociedad De Responsabilidad Limitada
Sociedad De Responsabilidad LimitadaSociedad De Responsabilidad Limitada
Sociedad De Responsabilidad Limitada
Hero Valrey
 
Sociedad en Comandita Simple en Guatemala
Sociedad en Comandita Simple en GuatemalaSociedad en Comandita Simple en Guatemala
Sociedad en Comandita Simple en Guatemala
Sindy Andrino
 
Compañía comandita por acciones
Compañía comandita por accionesCompañía comandita por acciones
Compañía comandita por acciones
Diana Lopez
 
Sociedad irregular
Sociedad irregularSociedad irregular
Sociedad irregular
Ronald Sulca
 
SOCIEDADES CIVILES
SOCIEDADES CIVILESSOCIEDADES CIVILES
SOCIEDADES CIVILES
Giuliannahc
 
Sociedades En Comandita
Sociedades En ComanditaSociedades En Comandita
Sociedades En Comandita
guestdcf237
 
Sociedad colectiva
Sociedad colectiva Sociedad colectiva
Sociedad colectiva
KATTY 925
 

La actualidad más candente (20)

Las sociedades mercantiles en venezuela
Las sociedades mercantiles en venezuelaLas sociedades mercantiles en venezuela
Las sociedades mercantiles en venezuela
 
FUSION, LIQUIDACION Y DISOLUCION DE LAS SOCIEDADES MERCANTILES
FUSION, LIQUIDACION Y DISOLUCION DE LAS SOCIEDADES MERCANTILES FUSION, LIQUIDACION Y DISOLUCION DE LAS SOCIEDADES MERCANTILES
FUSION, LIQUIDACION Y DISOLUCION DE LAS SOCIEDADES MERCANTILES
 
Comandita por acciones
Comandita por accionesComandita por acciones
Comandita por acciones
 
Introducción a las sociedades mercantiles2_IAFJSR
Introducción a las sociedades mercantiles2_IAFJSRIntroducción a las sociedades mercantiles2_IAFJSR
Introducción a las sociedades mercantiles2_IAFJSR
 
Sociedad responsabilidad limitada
Sociedad responsabilidad limitadaSociedad responsabilidad limitada
Sociedad responsabilidad limitada
 
Sociedades cooperativas
Sociedades cooperativasSociedades cooperativas
Sociedades cooperativas
 
Sociedad De Responsabilidad Limitada
Sociedad De Responsabilidad LimitadaSociedad De Responsabilidad Limitada
Sociedad De Responsabilidad Limitada
 
Fusión de sociedades
Fusión de sociedadesFusión de sociedades
Fusión de sociedades
 
Sociedad en nombre colectivo. RD
Sociedad en nombre colectivo. RDSociedad en nombre colectivo. RD
Sociedad en nombre colectivo. RD
 
Sociedades irregulares expo
Sociedades irregulares expoSociedades irregulares expo
Sociedades irregulares expo
 
Sociedad en Comandita Simple en Guatemala
Sociedad en Comandita Simple en GuatemalaSociedad en Comandita Simple en Guatemala
Sociedad en Comandita Simple en Guatemala
 
Contabilidad de sociedades en perú edu contreras
Contabilidad de sociedades en perú edu contrerasContabilidad de sociedades en perú edu contreras
Contabilidad de sociedades en perú edu contreras
 
Compañía comandita por acciones
Compañía comandita por accionesCompañía comandita por acciones
Compañía comandita por acciones
 
Sociedad irregular
Sociedad irregularSociedad irregular
Sociedad irregular
 
SOCIEDADES CIVILES
SOCIEDADES CIVILESSOCIEDADES CIVILES
SOCIEDADES CIVILES
 
Sociedades En Comandita
Sociedades En ComanditaSociedades En Comandita
Sociedades En Comandita
 
Sociedad comercial de responsabilidad limitada
Sociedad comercial de responsabilidad limitadaSociedad comercial de responsabilidad limitada
Sociedad comercial de responsabilidad limitada
 
Sociedad colectiva
Sociedad colectiva Sociedad colectiva
Sociedad colectiva
 
UTPL Ley de Compañías
UTPL Ley de CompañíasUTPL Ley de Compañías
UTPL Ley de Compañías
 
Diapositiva de srl sa
Diapositiva de srl saDiapositiva de srl sa
Diapositiva de srl sa
 

Destacado

CUADRO COMPARATIVO DE SOCIEDADES
CUADRO COMPARATIVO DE SOCIEDADESCUADRO COMPARATIVO DE SOCIEDADES
CUADRO COMPARATIVO DE SOCIEDADES
Helem Alejandra
 
Cuadro sinoptico
Cuadro sinopticoCuadro sinoptico
Cuadro sinoptico
nohoramile
 
Clases de sociedades comerciales
Clases de sociedades comercialesClases de sociedades comerciales
Clases de sociedades comerciales
claudiacosme
 
Tipos De Sociedades Comerciales
Tipos De Sociedades ComercialesTipos De Sociedades Comerciales
Tipos De Sociedades Comerciales
miguelito0306
 
Sociedades comerciales en colombia
Sociedades comerciales en colombiaSociedades comerciales en colombia
Sociedades comerciales en colombia
fabianguerrerov
 
Constitución de una compañía anónima.
Constitución de una compañía anónima.Constitución de una compañía anónima.
Constitución de una compañía anónima.
AguerreroD
 
Cuadro comparativo
Cuadro comparativoCuadro comparativo
Cuadro comparativo
ROQUEFJR
 
Formas legales de una organización
Formas legales de una organizaciónFormas legales de una organización
Formas legales de una organización
humberland
 
Cuadro comparativo de sociedades
Cuadro comparativo de sociedadesCuadro comparativo de sociedades
Cuadro comparativo de sociedades
Daniel Zapata
 
Sociedad en comandita simple
Sociedad en comandita simpleSociedad en comandita simple
Sociedad en comandita simple
alexander_hv
 

Destacado (20)

Cuadro comparativo de tipos de sociedades
Cuadro comparativo de tipos de sociedadesCuadro comparativo de tipos de sociedades
Cuadro comparativo de tipos de sociedades
 
CUADRO COMPARATIVO DE SOCIEDADES
CUADRO COMPARATIVO DE SOCIEDADESCUADRO COMPARATIVO DE SOCIEDADES
CUADRO COMPARATIVO DE SOCIEDADES
 
Clases sociedad
Clases sociedadClases sociedad
Clases sociedad
 
CUADRO COMPARATIVO, SOCIEDADES MERCANTILES Y CIVILES
CUADRO COMPARATIVO, SOCIEDADES MERCANTILES Y CIVILESCUADRO COMPARATIVO, SOCIEDADES MERCANTILES Y CIVILES
CUADRO COMPARATIVO, SOCIEDADES MERCANTILES Y CIVILES
 
Cuadro sinoptico
Cuadro sinopticoCuadro sinoptico
Cuadro sinoptico
 
TIPOS DE SOCIEDADES
TIPOS DE SOCIEDADES TIPOS DE SOCIEDADES
TIPOS DE SOCIEDADES
 
Cuadro comparativo de tipos de sociedades
Cuadro comparativo de tipos de sociedadesCuadro comparativo de tipos de sociedades
Cuadro comparativo de tipos de sociedades
 
Cuadro comparativo sociedades mercantiles
Cuadro comparativo sociedades mercantilesCuadro comparativo sociedades mercantiles
Cuadro comparativo sociedades mercantiles
 
Clases de sociedades comerciales
Clases de sociedades comercialesClases de sociedades comerciales
Clases de sociedades comerciales
 
Tipos De Sociedades Comerciales
Tipos De Sociedades ComercialesTipos De Sociedades Comerciales
Tipos De Sociedades Comerciales
 
Tipos Sociedades Mercantiles
Tipos Sociedades MercantilesTipos Sociedades Mercantiles
Tipos Sociedades Mercantiles
 
Sociedades comerciales en colombia
Sociedades comerciales en colombiaSociedades comerciales en colombia
Sociedades comerciales en colombia
 
Cuadro comparativo sociedades mercantiles sire
Cuadro comparativo sociedades mercantiles sireCuadro comparativo sociedades mercantiles sire
Cuadro comparativo sociedades mercantiles sire
 
Sociedades mercantiles
Sociedades mercantilesSociedades mercantiles
Sociedades mercantiles
 
Sociedades mercantiles
Sociedades mercantilesSociedades mercantiles
Sociedades mercantiles
 
Constitución de una compañía anónima.
Constitución de una compañía anónima.Constitución de una compañía anónima.
Constitución de una compañía anónima.
 
Cuadro comparativo
Cuadro comparativoCuadro comparativo
Cuadro comparativo
 
Formas legales de una organización
Formas legales de una organizaciónFormas legales de una organización
Formas legales de una organización
 
Cuadro comparativo de sociedades
Cuadro comparativo de sociedadesCuadro comparativo de sociedades
Cuadro comparativo de sociedades
 
Sociedad en comandita simple
Sociedad en comandita simpleSociedad en comandita simple
Sociedad en comandita simple
 

Similar a Cuadro comparativo tipos de sociedades mercantiles

Las sociedades en el contexto actual de Colombia
Las sociedades en el contexto actual de Colombia Las sociedades en el contexto actual de Colombia
Las sociedades en el contexto actual de Colombia
Jennifer Ramírez
 
Sociedad comercial.
Sociedad comercial.Sociedad comercial.
Sociedad comercial.
Yanis
 
Sociedad comercial yanis
Sociedad comercial yanisSociedad comercial yanis
Sociedad comercial yanis
Yanis
 
4033 bertossi andres_tp9
4033 bertossi andres_tp94033 bertossi andres_tp9
4033 bertossi andres_tp9
cocheeh
 
Sociedad en comandita por acciones
Sociedad en comandita por accionesSociedad en comandita por acciones
Sociedad en comandita por acciones
Vanessa Urrutia
 
Sociedad En Comandita Simple - Fernando Restrepo Valencia
Sociedad En Comandita Simple - Fernando Restrepo ValenciaSociedad En Comandita Simple - Fernando Restrepo Valencia
Sociedad En Comandita Simple - Fernando Restrepo Valencia
Fernando Restrepo Valencia
 
Formato de comparativo sociedades (1) copy
Formato de comparativo sociedades (1) copyFormato de comparativo sociedades (1) copy
Formato de comparativo sociedades (1) copy
leidygonzalez189
 
SOCIEDADES
SOCIEDADESSOCIEDADES
SOCIEDADES
sejuan24
 
Formato Comparativo Sociedades Julieth
Formato Comparativo Sociedades JuliethFormato Comparativo Sociedades Julieth
Formato Comparativo Sociedades Julieth
hjcifuentes
 
Ensayo instituto tecnologico de san juan del rio
Ensayo instituto tecnologico de san juan del rioEnsayo instituto tecnologico de san juan del rio
Ensayo instituto tecnologico de san juan del rio
bostersillo
 
Formas jurídicas
Formas jurídicasFormas jurídicas
Formas jurídicas
Robus77
 
Trabajo practico sociedades pra subr
Trabajo practico sociedades pra subrTrabajo practico sociedades pra subr
Trabajo practico sociedades pra subr
Nadia Michelle Lopez
 
Trabajo practico sociedades
Trabajo practico sociedadesTrabajo practico sociedades
Trabajo practico sociedades
Luciana16
 

Similar a Cuadro comparativo tipos de sociedades mercantiles (20)

Las sociedades en el contexto actual de Colombia
Las sociedades en el contexto actual de Colombia Las sociedades en el contexto actual de Colombia
Las sociedades en el contexto actual de Colombia
 
Cuadro de sociedades glorimar
Cuadro de sociedades glorimarCuadro de sociedades glorimar
Cuadro de sociedades glorimar
 
Sociedad comercial.
Sociedad comercial.Sociedad comercial.
Sociedad comercial.
 
Sociedad comercial yanis
Sociedad comercial yanisSociedad comercial yanis
Sociedad comercial yanis
 
Cuadro Resumen de los Tipos de Sociedades Mercantiles
Cuadro Resumen de los Tipos de Sociedades MercantilesCuadro Resumen de los Tipos de Sociedades Mercantiles
Cuadro Resumen de los Tipos de Sociedades Mercantiles
 
4033 bertossi andres_tp9
4033 bertossi andres_tp94033 bertossi andres_tp9
4033 bertossi andres_tp9
 
Sociedad en comandita por acciones
Sociedad en comandita por accionesSociedad en comandita por acciones
Sociedad en comandita por acciones
 
D mercantil luis c. sm
D mercantil luis c. smD mercantil luis c. sm
D mercantil luis c. sm
 
La sociedad mercantil resumen
La sociedad mercantil resumenLa sociedad mercantil resumen
La sociedad mercantil resumen
 
Sociedad En Comandita Simple - Fernando Restrepo Valencia
Sociedad En Comandita Simple - Fernando Restrepo ValenciaSociedad En Comandita Simple - Fernando Restrepo Valencia
Sociedad En Comandita Simple - Fernando Restrepo Valencia
 
Comandita1 copia-091215202250-phpapp02
Comandita1 copia-091215202250-phpapp02Comandita1 copia-091215202250-phpapp02
Comandita1 copia-091215202250-phpapp02
 
Formato de comparativo sociedades (1) copy
Formato de comparativo sociedades (1) copyFormato de comparativo sociedades (1) copy
Formato de comparativo sociedades (1) copy
 
Cuadro comparativo
Cuadro comparativoCuadro comparativo
Cuadro comparativo
 
SOCIEDADES
SOCIEDADESSOCIEDADES
SOCIEDADES
 
Formato Comparativo Sociedades Julieth
Formato Comparativo Sociedades JuliethFormato Comparativo Sociedades Julieth
Formato Comparativo Sociedades Julieth
 
Ensayo instituto tecnologico de san juan del rio
Ensayo instituto tecnologico de san juan del rioEnsayo instituto tecnologico de san juan del rio
Ensayo instituto tecnologico de san juan del rio
 
Formas jurídicas
Formas jurídicasFormas jurídicas
Formas jurídicas
 
Trabajo Practico Sociedades
Trabajo Practico SociedadesTrabajo Practico Sociedades
Trabajo Practico Sociedades
 
Trabajo practico sociedades pra subr
Trabajo practico sociedades pra subrTrabajo practico sociedades pra subr
Trabajo practico sociedades pra subr
 
Trabajo practico sociedades
Trabajo practico sociedadesTrabajo practico sociedades
Trabajo practico sociedades
 

Más de Johana Leal (10)

Ilicitos tributarios
Ilicitos tributariosIlicitos tributarios
Ilicitos tributarios
 
Potestad tributaria
Potestad tributariaPotestad tributaria
Potestad tributaria
 
Tanatologia
TanatologiaTanatologia
Tanatologia
 
LAS CONTRIBUCIONES EN VENEZUELA
LAS CONTRIBUCIONES EN VENEZUELALAS CONTRIBUCIONES EN VENEZUELA
LAS CONTRIBUCIONES EN VENEZUELA
 
Los tributos
Los tributosLos tributos
Los tributos
 
Derecho tributario y derecho financiero
Derecho tributario y derecho financieroDerecho tributario y derecho financiero
Derecho tributario y derecho financiero
 
El arbitraje comercial en venezuela
El arbitraje comercial en venezuelaEl arbitraje comercial en venezuela
El arbitraje comercial en venezuela
 
Justicia de paz en venezuela
Justicia de paz en venezuelaJusticia de paz en venezuela
Justicia de paz en venezuela
 
Consideraciones en torno a la filosofia y sus metodos
Consideraciones en torno a la filosofia y sus metodosConsideraciones en torno a la filosofia y sus metodos
Consideraciones en torno a la filosofia y sus metodos
 
Consideraciones en torno a la filosofia y sus metodos
Consideraciones en torno a la filosofia y sus metodosConsideraciones en torno a la filosofia y sus metodos
Consideraciones en torno a la filosofia y sus metodos
 

Último

RESULTADOS DE LA EVALUACIÓN DIAGNÓSTICA 2024 - ACTUALIZADA.pptx
RESULTADOS DE LA EVALUACIÓN DIAGNÓSTICA 2024 - ACTUALIZADA.pptxRESULTADOS DE LA EVALUACIÓN DIAGNÓSTICA 2024 - ACTUALIZADA.pptx
RESULTADOS DE LA EVALUACIÓN DIAGNÓSTICA 2024 - ACTUALIZADA.pptx
pvtablets2023
 
2 REGLAMENTO RM 0912-2024 DE MODALIDADES DE GRADUACIÓN_.pptx
2 REGLAMENTO RM 0912-2024 DE MODALIDADES DE GRADUACIÓN_.pptx2 REGLAMENTO RM 0912-2024 DE MODALIDADES DE GRADUACIÓN_.pptx
2 REGLAMENTO RM 0912-2024 DE MODALIDADES DE GRADUACIÓN_.pptx
RigoTito
 
TEMA 14.DERIVACIONES ECONÓMICAS, SOCIALES Y POLÍTICAS DEL PROCESO DE INTEGRAC...
TEMA 14.DERIVACIONES ECONÓMICAS, SOCIALES Y POLÍTICAS DEL PROCESO DE INTEGRAC...TEMA 14.DERIVACIONES ECONÓMICAS, SOCIALES Y POLÍTICAS DEL PROCESO DE INTEGRAC...
TEMA 14.DERIVACIONES ECONÓMICAS, SOCIALES Y POLÍTICAS DEL PROCESO DE INTEGRAC...
jlorentemartos
 
6°_GRADO_-_MAYO_06 para sexto grado de primaria
6°_GRADO_-_MAYO_06 para sexto grado de primaria6°_GRADO_-_MAYO_06 para sexto grado de primaria
6°_GRADO_-_MAYO_06 para sexto grado de primaria
Wilian24
 
Concepto y definición de tipos de Datos Abstractos en c++.pptx
Concepto y definición de tipos de Datos Abstractos en c++.pptxConcepto y definición de tipos de Datos Abstractos en c++.pptx
Concepto y definición de tipos de Datos Abstractos en c++.pptx
Fernando Solis
 

Último (20)

Tema 19. Inmunología y el sistema inmunitario 2024
Tema 19. Inmunología y el sistema inmunitario 2024Tema 19. Inmunología y el sistema inmunitario 2024
Tema 19. Inmunología y el sistema inmunitario 2024
 
RESULTADOS DE LA EVALUACIÓN DIAGNÓSTICA 2024 - ACTUALIZADA.pptx
RESULTADOS DE LA EVALUACIÓN DIAGNÓSTICA 2024 - ACTUALIZADA.pptxRESULTADOS DE LA EVALUACIÓN DIAGNÓSTICA 2024 - ACTUALIZADA.pptx
RESULTADOS DE LA EVALUACIÓN DIAGNÓSTICA 2024 - ACTUALIZADA.pptx
 
ACRÓNIMO DE PARÍS PARA SU OLIMPIADA 2024. Por JAVIER SOLIS NOYOLA
ACRÓNIMO DE PARÍS PARA SU OLIMPIADA 2024. Por JAVIER SOLIS NOYOLAACRÓNIMO DE PARÍS PARA SU OLIMPIADA 2024. Por JAVIER SOLIS NOYOLA
ACRÓNIMO DE PARÍS PARA SU OLIMPIADA 2024. Por JAVIER SOLIS NOYOLA
 
Sesión de clase: Fe contra todo pronóstico
Sesión de clase: Fe contra todo pronósticoSesión de clase: Fe contra todo pronóstico
Sesión de clase: Fe contra todo pronóstico
 
Lecciones 05 Esc. Sabática. Fe contra todo pronóstico.
Lecciones 05 Esc. Sabática. Fe contra todo pronóstico.Lecciones 05 Esc. Sabática. Fe contra todo pronóstico.
Lecciones 05 Esc. Sabática. Fe contra todo pronóstico.
 
Tema 11. Dinámica de la hidrosfera 2024
Tema 11.  Dinámica de la hidrosfera 2024Tema 11.  Dinámica de la hidrosfera 2024
Tema 11. Dinámica de la hidrosfera 2024
 
2 REGLAMENTO RM 0912-2024 DE MODALIDADES DE GRADUACIÓN_.pptx
2 REGLAMENTO RM 0912-2024 DE MODALIDADES DE GRADUACIÓN_.pptx2 REGLAMENTO RM 0912-2024 DE MODALIDADES DE GRADUACIÓN_.pptx
2 REGLAMENTO RM 0912-2024 DE MODALIDADES DE GRADUACIÓN_.pptx
 
PLAN DE REFUERZO ESCOLAR MERC 2024-2.docx
PLAN DE REFUERZO ESCOLAR MERC 2024-2.docxPLAN DE REFUERZO ESCOLAR MERC 2024-2.docx
PLAN DE REFUERZO ESCOLAR MERC 2024-2.docx
 
Prueba libre de Geografía para obtención título Bachillerato - 2024
Prueba libre de Geografía para obtención título Bachillerato - 2024Prueba libre de Geografía para obtención título Bachillerato - 2024
Prueba libre de Geografía para obtención título Bachillerato - 2024
 
Interpretación de cortes geológicos 2024
Interpretación de cortes geológicos 2024Interpretación de cortes geológicos 2024
Interpretación de cortes geológicos 2024
 
Infografía EE con pie del 2023 (3)-1.pdf
Infografía EE con pie del 2023 (3)-1.pdfInfografía EE con pie del 2023 (3)-1.pdf
Infografía EE con pie del 2023 (3)-1.pdf
 
BIOMETANO SÍ, PERO NO ASÍ. LA NUEVA BURBUJA ENERGÉTICA
BIOMETANO SÍ, PERO NO ASÍ. LA NUEVA BURBUJA ENERGÉTICABIOMETANO SÍ, PERO NO ASÍ. LA NUEVA BURBUJA ENERGÉTICA
BIOMETANO SÍ, PERO NO ASÍ. LA NUEVA BURBUJA ENERGÉTICA
 
TEMA 14.DERIVACIONES ECONÓMICAS, SOCIALES Y POLÍTICAS DEL PROCESO DE INTEGRAC...
TEMA 14.DERIVACIONES ECONÓMICAS, SOCIALES Y POLÍTICAS DEL PROCESO DE INTEGRAC...TEMA 14.DERIVACIONES ECONÓMICAS, SOCIALES Y POLÍTICAS DEL PROCESO DE INTEGRAC...
TEMA 14.DERIVACIONES ECONÓMICAS, SOCIALES Y POLÍTICAS DEL PROCESO DE INTEGRAC...
 
6°_GRADO_-_MAYO_06 para sexto grado de primaria
6°_GRADO_-_MAYO_06 para sexto grado de primaria6°_GRADO_-_MAYO_06 para sexto grado de primaria
6°_GRADO_-_MAYO_06 para sexto grado de primaria
 
Concepto y definición de tipos de Datos Abstractos en c++.pptx
Concepto y definición de tipos de Datos Abstractos en c++.pptxConcepto y definición de tipos de Datos Abstractos en c++.pptx
Concepto y definición de tipos de Datos Abstractos en c++.pptx
 
Análisis de los Factores Externos de la Organización.
Análisis de los Factores Externos de la Organización.Análisis de los Factores Externos de la Organización.
Análisis de los Factores Externos de la Organización.
 
OCTAVO SEGUNDO PERIODO. EMPRENDIEMIENTO VS
OCTAVO SEGUNDO PERIODO. EMPRENDIEMIENTO VSOCTAVO SEGUNDO PERIODO. EMPRENDIEMIENTO VS
OCTAVO SEGUNDO PERIODO. EMPRENDIEMIENTO VS
 
Abril 2024 - Maestra Jardinera Ediba.pdf
Abril 2024 -  Maestra Jardinera Ediba.pdfAbril 2024 -  Maestra Jardinera Ediba.pdf
Abril 2024 - Maestra Jardinera Ediba.pdf
 
Los avatares para el juego dramático en entornos virtuales
Los avatares para el juego dramático en entornos virtualesLos avatares para el juego dramático en entornos virtuales
Los avatares para el juego dramático en entornos virtuales
 
FUERZA Y MOVIMIENTO ciencias cuarto basico.ppt
FUERZA Y MOVIMIENTO ciencias cuarto basico.pptFUERZA Y MOVIMIENTO ciencias cuarto basico.ppt
FUERZA Y MOVIMIENTO ciencias cuarto basico.ppt
 

Cuadro comparativo tipos de sociedades mercantiles

  • 1. DOCENTE: ABG. ZORCIORET NIETO SAIA B POR: YOHANA PATRICIA LEAL C.I. V-26.458.274 REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA UNIVERSIDAD “FERMÍN TORO” ESCUELA DE DERECHO
  • 2. La compañía de responsabilidad limitada es aquella en la cual las obligaciones sociales están garantizadas por un capital determinado, dividido en cuotas de participación, las cuales no podrán estar representadas en ningún caso por acciones o títulos negociables. La sociedad de responsabilidad limitada se encuentra establecida en el articulo 200 del Código de Comercio numeral 4. COMPAÑIAS EN NOMBRE COLECTIVO COMPAÑIAS EN COMANDITA SIMPLE COMPAÑIAS EN COMANDITA POR ACCIONES CUADRO COMPARATIVO SOCIEDADES MERCANTILES EN VENEZUELA De acuerdo con el artículo 201 del Código de Comercio es aquella que existe bajo una razón social en la cual las obligaciones sociales de la compañía están garantizadas por la responsabilidad limitada y solidaria de todos los socios. Es la que existe bajo una razón social y se compone de uno o varios socios comanditados que responden, de manera subsidiaria, ilimitada y solidariamente, de las obligaciones sociales, y de uno o varios comanditarios que únicamente están obligados al pago de sus aportaciones. Es la que se compone de uno o varios socios comanditantes que responden a manera subsidiaria, ilimitada y solidariamente de las obligaciones sociales y de uno o varios comanditarios que únicamente están obligados al pago de sus acciones lo que hace la diferencia con las Sociedades en Comandita Simple. Es aquella constituida por dos o más personas. Tiene personalidad jurídica propia, el capital social esta dividido por acciones o títulos de valores que pueden cederse sin el consentimiento de los demás socios según los establezcan los estatutos; los socios responden solo hasta por el monto de las acciones suscritas, la muerte o incapacidad de uno de los socios no afecta la vida de la empresa. SOCIEDAD O COMPAÑÍA ANONIMA (S.A., C.A.) SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA (S.R.L) 1 . Razón social. 2. La responsabilidad de los socios es subsidiaria, ilimitada y solidaria. 3. Cuando uno de los socios cuyo nombre haya figurado en la razón social, se separe de la sociedad y siga la misma razón social, deberá agregarse a esta la palabra “sucesores. 4. El capital social está representado por partes sociales nominativas y exhibidas por los socios. 1. El capital de las sociedades anónimas está dividido en pequeñas partes denominadas “acciones”. Las C.A, no tiene capital mínimo y pueden tener capital suscrito y pagado. 3. Giran Bajo una denominación Social. 1. Razón social. 2. Responsabilidad ilimitada. 3. Dependencia mutua. 4. Utilidades percibidas de buena fe. 1. Razón social. 2. Responsabilidad ilimitada. 3. Dependencia mutua. 4. Utilidades percibidas de buena fe. 1. El capital de las sociedades de responsabilidad Limitadas están divididas en pequeñas partes denominadas “Cuotas de Participación”. 2. Las S. R. L, tienen un capital mínimo 2 Bs. F. máximo 2.000 BSF. 3. Los Socios responden limitadamente, sólo hasta el monto de sus aportes. 4. Giran Bajo una denominación Social. DEFINICIÓN Y NATURALEZ A JURIDICA: CARACTERI STICAS:
  • 3. De la misma manera en que inicia la constitución de otras sociedades, en este caso las sociedades de responsabilidad limitada sigue los mismos pasos para su formación, redactando el documento constitutivo público o privado, el cual debe contener los requisitos contenidos en el Artículo 214 del Código de Comercio como lo es: 1. El nombre, domicilio y nacionalidad de los socios fundadores, pudiendo ser personas naturales o jurídicas. 2. La denominación de la sociedad, su domicilio y su objeto. 3. El monto del capital social., entre otros. COMPAÑIAS EN NOMBRE COLECTIVO COMPAÑIAS EN COMANDITA SIMPLE COMPAÑIAS EN COMANDITA POR ACCIONES CUADRO COMPARATIVO SOCIEDADES MERCANTILES EN VENEZUELA El registro de las compañías en nombre colectivo deberán tramitarlo los socios, personalmente o por medio de apoderado, dentro de los quince (15) días siguientes a la fecha de celebración del contrato de compañía. Para este efecto deben presentar un extracto del contrato de sociedad firmado por los socios solidarios al Juez de Comercio o al Registrador Mercantil de la jurisdicción, funcionario que, previa comprobación del cumplimiento de los requisitos legales, ordenará su registro y publicación. Se registrará en el Tribunal de Comercio de la jurisdicción o el Registro Mercantil y se publicará en un periódico que se edite en la jurisdicción del mismo Tribunal o Registro, un extracto del contrato de compañía en nombre colectivo o en comandita simple. Deberán tramitarlo los socios solidarios, personalmente o por medio de apoderado, dentro de los quince días siguientes a la celebración del contrato de compañía. Para este efecto deben presentar un extracto del contrato de sociedad firmado por los socios al Juez de Comercio o al Registrador Mercantil de la jurisdicción, funcionario que, previa comprobación del cumplimiento de los requisitos legales, ordenará su registro y publicación. El registro de la compañía en comandita por acciones deberá tramitarlo el administrador o administradores de la sociedad, dentro de los quince (15) días siguientes a la celebración del contrato de compañía. Para este efecto deben presentarse sendos ejemplares del documento constitutivo y de los estatutos de la compañía al Juez de Comercio o al Registrador Mercantil de la jurisdicción, funcionario que, previa comprobación del cumplimiento de los requisitos legales, ordenará el registro y publicación del documento constitutivo y el archivo de los estatutos. El registro de la compañía anónima, deberá tramitarlo el administrador o administradores de la sociedad dentro de los quince (15) días siguientes a la celebración del contrato de compañía. Para este efecto deben presentarse sendos ejemplares del documento constitutivo y de los estatutos de la compañía al Juez de Comercio o al Registrador Mercantil de la jurisdicción, funcionario que, previa comprobación del cumplimiento de los requisitos legales, ordenará el registro y publicación del documento constitutivo y el archivo de los estatutos. SOCIEDAD O COMPAÑÍA ANONIMA (S.A., C.A.) SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA (S.R.L) PROCEDIMI ENTO CONSTITUTI VO
  • 4. La administración de la sociedad estará a cargo de dos personas socios o no que deberán ser designado por los socios en Asamblea, asimismo a través de este órgano se puede revocar a los administradores de sus funciones, se le enviste de facultades de representación para la sociedad. Responsabilidad Los administradores responde a los socios, con la compañía y con los tercero por infracción a las disposiciones de la ley, del Documento constitutivo, la acción de responsabilidad podrá ejercida por los socios individualmente. COMPAÑIAS EN NOMBRE COLECTIVO COMPAÑIAS EN COMANDITA SIMPLE COMPAÑIAS EN COMANDITA POR ACCIONES CUADRO COMPARATIVO SOCIEDADES MERCANTILES EN VENEZUELA La Administración de la sociedad estará a cargo de uno o varios administradores, quienes podrán ser socios o personas extrañas a ella. Su nombramiento se hará por mayoría de votos de los socios en una asamblea y respaldado por el acta constitutiva de la compañía. Aunque sea una minoría de los socios lo que estén inconformes, estos podrán separarse de la sociedad. Cuando no haya designación de administradores, todos los socios concurrirán en la administración.. La constituye el Consejo de Administración y estará a cargo de uno o varios administradores, quienes podrán, ser socios comanditarios por su participación ilimitada en la sociedad o personas extrañas a ellas. El socio o socios comanditarios no pueden ejercer acto alguno de administración. Los comanditarios serán los dirigentes de la empresa, si llegaran a administrar serán ilimitadamente responsables frente a los terceros. En la compañía en comandita por acciones, los socios solidarios ejercen la administración social, sujetos a las obligaciones y responsabilidades de los administradores de las sociedades en nombre colectivo. Los administradores pueden ser removidos siempre que la decisión se adopte por mayoría calificada de la asamblea de accionistas. La compañía anónima puede ser administrada por uno o más administradores temporales, revocables, socios o no socios, quienes únicamente responden por la ejecución de su mandato y de las obligaciones que la ley les impone, y no contraen por razón de su administración ninguna obligación personal por los negocios de la compañía. los administradores de las sociedades anónimas ejercen su mandato dentro de los límites y atribuciones que les estén expresamente establecidos en el estatuto social; en caso de exceder sus límites y atribuciones deben responder personalmente ante terceros y ante la sociedad. SOCIEDAD O COMPAÑÍA ANONIMA (S.A., C.A.) SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA (S.R.L) ADMINISTRA CION Y RESPONSA BILIDAD DE LOS ADMINISTRA DORES
  • 5. El capital de la sociedad, depende de la voluntad de las partes, es decir, que ellos decidirán de cuanto estará conformado el capital social, pero como lo establece el Código de Comercio en el artículo 315, dicho capital no podrá ser menor de veinte mil bolívares, ni mayor de dos millones de bolívares. El capital esta dividido en cuotas de participación, las cuales constituyen un conjunto unitario de derechos y poderes que le da al titular legitimidad para participar en al sociedad. COMPAÑIAS EN NOMBRE COLECTIVO COMPAÑIAS EN COMANDITA SIMPLE COMPAÑIAS EN COMANDITA POR ACCIONES CUADRO COMPARATIVO SOCIEDADES MERCANTILES EN VENEZUELA El artículo 315 del Código de Comercio prevé los montos de capital mínimo y máximo de las compañías de responsabilidad limitada; de acuerdo con esta norma dichas compañías no podrán constituirse con un capital inferior a veinte mil bolívares (Bs. 20.000) ni superior a dos millones de bolívares (Bs. 2.000.000). La ley no fija un mínimo de capital. El capital social esta representado por la suma de aportaciones que en dinero o en especie efectúen los socios. El capital debe dividirse, según la responsabilidad de los socios, separando el capital comanditado del capital comanditario. Estará dividido en acciones, las pertenecientes a los socios comanditarios sean nominativas y no pueden cederse sin el total consentimiento de los mismos. Lo que origina la existencia de las asambleas, los administradores y comisarios, característicos de las Compañías Anónimas por la existencia del capital. Por lo tanto las Sociedad en Comandita por Acciones se rige por las disposiciones previstas en las Compañías Anónimas. Es el monto establecido en el acto constitutivo de una sociedad mercantil y expresada en moneda del curso legal, como valor de las aportaciones realizadas por los socios y se encuentra dividido se encuentra dividido en acciones ( art 292 C. Comercio). SOCIEDAD O COMPAÑÍA ANONIMA (S.A., C.A.) SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA (S.R.L) Los socios de una compañía en nombre colectivo tienen legalmente prohibido tomar interés o participar en otra compañía en nombre colectivo que desarrolle el mismo objeto social, a menos que cuente para ello con el consentimiento expreso de los demás socios. Así mismo, les está prohibido llevar a cabo, por cuenta propia o ajena, negocios de la misma clase de los Los socios de una S.A. o C.A. deben cumplir a cabalidad con todo lo estipulado en los estatutos de la compañía y demás preceptos de Ley evitando realizar todos y cada uno de los actos prohibidos dentro de ella. La ley prohíbe a los socios comanditarios actuar como administradores de la sociedad o ejercer como apoderados generales de la misma. La contravención a esta disposición cambia el régimen de responsabilidad aplicable al socio comanditario al de socio solidario. Por su parte los socios solidarios están sujetos a las mismas La ley prohíbe a los socios comanditarios actuar como administradores de la sociedad o ejercer como apoderados generales de la misma. La contravención a esta disposición cambia el régimen de responsabilidad aplicable al socio comanditario al de socio solidario. Por su parte los socios solidarios están sujetos a las mismas Los Socios de una S.R.L. deben cumplir a cabalidad con todo lo estipulado en los estatutos de la compañía y demás preceptos de Ley, evitando realizar todos y cada uno de los actos prohibidos dentro de ella. EL CAPITAL SOCIAL: PROHIBICIO -NES A LOS SOCIOS
  • 6. COMPAÑIAS EN NOMBRE COLECTIVO COMPAÑIAS EN COMANDITA SIMPLE COMPAÑIAS EN COMANDITA POR ACCIONES CUADRO COMPARATIVO SOCIEDADES MERCANTILES EN VENEZUELA SOCIEDAD O COMPAÑÍA ANONIMA (S.A., C.A.) SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA (S.R.L) 1° Por la expiración del término establecido para su duración. 2° Por falta ó cesación del objeto de la sociedad, ó por la imposibilidad de conseguirlo. 3° Por el cumplimiento de ese objeto. 4° Por la quiebra de la sociedad, si no hubiere convenio que la rehabilite. 5° Por la pérdida entera del capital ó por la parcial á que se refiere el artículo 251, cuando los socios no resuelvan reintegrarlo ó limitarlo al existente. 6° Por la decisión de los socios. 7º Por incorporación a otra sociedad, es decir, cuando ocurre una fusión por absorción. 8. por la muerte, interdicción, inhabilitación o quiebra de uno de los socios, si no hay 1° Por la expiración del término establecido para su duración. 2° Por falta ó cesación del objeto de la sociedad, ó por la imposibilidad de conseguirlo. 3° Por el cumplimiento de ese objeto. 4° Por la quiebra de la sociedad, si no hubiere convenio que la rehabilite. 5° Por la pérdida entera del capital ó por la parcial á que se refiere el artículo 251, cuando los socios no resuelvan reintegrarlo ó limitarlo al existente. 6° Por la decisión de los socios. 7º Por incorporación a otra sociedad, es decir, cuando ocurre una fusión por absorción - 1° Por la expiración del término establecido para su duración. 2° Por falta ó cesación del objeto de la sociedad, ó por la imposibilidad de conseguirlo. 3° Por el cumplimiento de ese objeto. 4° Por la quiebra de la sociedad, si no hubiere convenio que la rehabilite. 5° Por la pérdida entera del capital ó por la parcial á que se refiere el artículo 251, cuando los socios no resuelvan reintegrarlo ó limitarlo al existente. 6° Por la decisión de los socios. 7º Por incorporación a otra sociedad, es decir, cuando ocurre una fusión por absorción . 8. por la muerte, quiebra, interdicción o inhabilitación de los socios solidarios o de alguno de 1° Por la expiración del término establecido para su duración. 2° Por falta ó cesación del objeto de la sociedad, ó por la imposibilidad de conseguirlo. 3° Por el cumplimiento de ese objeto. 4° Por la quiebra de la sociedad, si no hubiere convenio que la rehabilite. 5° Por la pérdida entera del capital ó por la parcial á que se refiere el artículo 251, cuando los socios no resuelvan reintegrarlo ó limitarlo al existente. 6° Por la decisión de los socios. 7º Por incorporación a otra sociedad, es decir, cuando ocurre una fusión por absorción. 8. Por la muerte, quiebra, interdicción o inhabilitación de los socios solidarios o de alguno 1. Por acuerdo de la Asamblea o Junta General. 2. Por falta de ejercicio de la actividad que constituya el objeto social durante tres años consecutivos. 3. Por consecuencias de pérdidas que dejen reducido al patrimonio contable a menos del capital social. 4. Por cualquier otra causa establecida en los estatutos. DISOLUCIÓ N DE LA SOCIEDDAD OBLIGACIO NES SOCIALES Están garantizadas por un capital determinado. Los socios están obligados sólo por el monto de su acción. Están garantizadas por un capital determinado y limitado al monto de los aportes de cada socio Están garantizadas por la responsabilidad solidaria e ilimitada de todos los socios. Están garantizadas por la responsabilidad ilimitada de uno o mas socios (solidarios o comanditantes o comanditarios). Están garantizadas por la responsabilidad ilimitada de uno o mas socios (solidarios o comanditantes o comanditarios).
  • 7. COMPAÑIAS EN NOMBRE COLECTIVO COMPAÑIAS EN COMANDITA SIMPLE COMPAÑIAS EN COMANDITA POR ACCIONES CUADRO COMPARATIVO SOCIEDADES MERCANTILES EN VENEZUELA SOCIEDAD O COMPAÑÍA ANONIMA (S.A., C.A.) SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA (S.R.L) APLICACIÓ N EN VENEZUELA Este tipo de sociedades podríamos decir que es el mas empleado por los comerciantes al momento de constituir su empresa, ello debido a que las obligaciones sociales están garantizadas por un capital determinado y en la que los socios no están obligados sino por el monto de su acción, lo que le da mas seguridad al comerciante de que al momento de no comprometer su patrimonio personal. La compañía de responsabilidad limitada deriva su nombre del hecho de que los socios no responden personalmente de las obligaciones sociales; por el contrario su responsabilidad se limita al monto de sus aportes a la sociedad En Venezuela al igual que en Colombia y en la mayoría de países latinoamericanos se caracterizan por el régimen especial de responsabilidad de los socios, quienes responden solidaria e ilimitadamente por las obligaciones de la compañía En nuestro País la compañía en comandita se caracteriza por la coexistencia de dos (2) clases de socios, los solidarios, colectivos o comanditantes que responden solidaria e ilimitadamente por las obligaciones sociales, y los comanditarios que sólo responden hasta el monto de sus aportes. En nuestro derecho mercantil no es muy común la constitución de este tipo de empresas., principalmente por Responsabilidad ilimitada y solidaria de los socios En Nuestro País la compañía en comandita se caracteriza por la coexistencia de dos (2) clases de socios, los solidarios, colectivos o comanditantes que responden solidaria e ilimitadamente por las obligaciones sociales, y los comanditarios que sólo responden hasta el monto de sus aportes. En nuestro derecho mercantil no es muy común la constitución de este tipo de empresas, principalmente por Responsabilidad ilimitada y solidaria de los socios.