Este documento presenta las normas venezolanas para la construcción de letrinas de hoyo seco. Explica que una letrina es un espacio para defecar y que su correcta disposición es fundamental para la salud. Detalla que una letrina de hoyo seco consiste simplemente en un hoyo cubierto con una plancha, sobre la cual se coloca un inodoro o wáter. Luego, enumera una serie de artículos con las especificaciones técnicas requeridas para la construcción de letrinas de hoyo, como la profundidad
2. La letrina o retrete es un espacio destinado a defecar. La correcta disposición de las
excretas es fundamental para preservar la salud de las comunidades rurales y urbanas.
Letrina de hoyo seco
Esta letrina es la más común. Se trata simplemente de un hoyo en el terreno cubierto con
una plancha de cemento o madera en la que se ha practicado un agujero sobre el que
eventualmente se puede colocar una taza (inodoro o wáter )
CONSTRUCCIÓN DE LETRINAS SEGÚN NORMAS
VENEZOLANAS
Capítulo XXXV
De las Letrinas de Hoyo y otros Métodos para la Disposición de Excretas sin Acarreo
por Agua
Artículo 530
Donde no se disponga de servicio de agua se pondrán utilizar provisionalmente letrinas de
hoyo, u otros métodos sin acarreo por agua, previamente autorizado por la Autoridad
Sanitaria Competente para la disposición de excretas.
Artículo 531
La letrina de hoyo debe ser ubicada convenientemente, guardando las distancias mínimas
señaladas en la Tabla 52 del Capítulo XXXIV de estas normas.
3. TIPO DE SISTEMA
FUENTE DE
ABASTECIMIENT
O DE AGUA
CUERPO DE
AGUA
ESTANQUE
SUBTERRÁNEO
VIVIENDA LINDERO
CAMPO DE
RIEGO
SUMIDERO
SEPTICO
15 5 10 1.5 1.0 - -
CAMPO DE
RIEGO 30 (*) 7.5 15 3 3.0(**) - 6
SUMIDERO
30 (*) 15 15 5 4.5(**) 6 6(***)
LETRINA
45 15 15 6 4.5 4.5 4.5
POZO SECO
15 - 3 3 3 6 6
Ubicación de los componentes de un Sistema de Disposición de aguas servidas, distancias
mínimas a mantenerse de borde a borde
(*) A juicio de la Autoridad Sanitaria Competente esta distancia puede ser reducida hasta 15 metros, según las
condiciones del suelo.
(**) Esta distancia podrá ser aumentada a juicio de Autoridad Sanitaria Competente, cuando el terreno donde
se vaya a construir el sumidero o campo de riego presente considerable desnivel hacia el predio del vecino.
(***) Cuando hay más de un sumidero.
4. Artículo 532
El hoyo de la letrina se hará de sección cuadrada de 0,90 metros de lado o
circular de igual diámetro, por 3,00 metros de profundidad. Cuando el
terreno sea deleznable el hoyo se protegerá con paredes de bloques de
concreto, ladrillos bien cocidos hubo otro material adecuado, colocados con
juntas abiertas.
Artículo 533
En terrenos donde el nivel freático se encuentre a menos de 1,20 metros de
profundidad el hoyo podrá construirse en forma alargada para darle
suficiente capacidad.
Artículo 534
La plataforma que cubre la boca del hoyo deberá tener una elevación
suficiente sobre el terreno circundante para evitar la entrada de aguas
superficiales. Se construirá de concreto armado u otros materiales de
construcción susceptibles de soportar una carga mínima de 200 kgr/m²; esta
plataforma estará acondicionada para funcionar como excusado tipo turco o
para que se le construya encima, un asiento. En ambos casos se requerirá
una tapa de madera para el cierre del orificio.
5. Artículo 535
Se prohíbe disponer aguas servidas o de lluvia en las letrinas de hoyo.
Artículo 536
Sobre la plataforma se instalará una caseta anclada al piso, de material adecuado, con suficiente luz y
ventilación naturales, protegiéndose las aberturas con tela metálica y proyectándose a la puerta de
cierres de manera que permitan cerrarla interior y exteriormente. El área interior mínima de la caseta
debe ser 1,00 m². En el Apéndice, Figura 69, se muestra un modelo de letrina de hoyo que llena los
requisitos sanitarios.
Artículo 537
El empleo de otros métodos para la disposición de excretas sin acarreo por el agua, requerirá la
aprobación previa de la Autoridad Sanitaria Competente.