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SECCION I


ASPECTOS GENEALES
SECCION I
                                     INTRODUCCION

         Empresa Eléctrica de Guatemala S.A., pone a la disposición de Ingenieros, Arquitectos,
Electricistas. Contratistas, Distribuidores de Equipo Eléctrico, y personas interesadas este
manual técnico de servicio con los procedimientos adecuados para la instalación de los
diferentes tipos de servicios eléctricos a fin de que el consumidor obtenga un uso eficiente del
mismo. Dichas acometidas se instalarán de acuerdo con lo aquí establecido, ya que de no ser
así, la Empresa no conectará el servicio.
         Estas normas son de aplicación general y no incluyen todas las situaciones posibles
que puedan encontrarse en la instalación del servicio. Los casos que no estén específicamente
cubiertos dentro de este manual técnico, así como las dudas que puedan existir, deberán
consultarse a E.E.G.S.A y en todas sus agencias de atención al cliente antes de iniciar la
construcción.
         La Empresa recomienda que la instalación interna del consumidor sea hecha de
acuerdo con las normas internacionales establecidas como el Código Eléctrico Nacional (NEC)
de los Estados Unidos de Norteamérica, última edición y consulte el reglamento de prestación
de servicio de4 energía eléctrica.( Acuerdo Gubernativo No. 18--91), que puede obtenerse en
La Unidad de Atención al Cliente.
Información general
        El consumidor o solicitante debe consultar a las oficinas que se listan a
continuación, con respecto a la clase de servicio que se le puede suministrar, antes de
hacer su instalación y comprar e instalar el equipo eléctrico

Oficinas de servicio al consumidor
       Las oficinas al servicio de consumidores de la Empresa Eléctrica de Guatemala
S.A son:

Ciudad Guatemala
OFICINAS CENTRALES

SUBAGENCIA LA TORRE

SUGAGENCIA EL CASTAÑO


SUBAGENCIA JOSE MILLA Y VIDAURRE


SUBAGENCIA PETAPA


SUBAGENCIA MOLINO


SUBAGENCIA MEGA 6


AGENCIA MEGA CENTRO



AREAS DEPARTAMENTALES Y MUNICIPIOS

AGENCIA ANTIGUA


AREA DE AMATITLAN


SUBAGENCIA VILLA NUEVA


AGENCIA DE ESCUINTLA


SUBAGENCIA PUERTO SAN JOSE

Nota:
Para mayor información consulte su guía telefónica.
DEFINICIONES GENERALES

Accesible
        Capaz de ser alcanzado rápidamente desde la vía pública para su reparación,
reposición o inspección, sin estar confinado por puertas con llave, elevaciones u otros
medios que para aproximarse a él, no se necesite quitar obstáculos o recurrir a subirse
en escaleras, sillas etc.
Acometida
         Conjunto de componentes utilizados para transportar la energía eléctrica,
desde las líneas de distribución de la EEGSA a la instalación eléctrica del inmueble
servido.
Ampacidad
       Se refiere a la capacidad de conducción de los conductores, expresada en
amperios.

Conexión a tierra
     Conexión efectiva por medio de un cable que conecta el neutro de la red de
EEGSA y el de la instalación de usuario, a una varilla de cobre de conexión a tierra.

Canalización
         Conjunto de ductos o tubos por donde se hacen pasar los conductores, con el
fin de protegerlos mecánicamente y evitar el contacto directo con personal no
calificado con los mismos.

Capacidad interruptiva de un interruptor
       Es la máxima corriente de corto circuito que se puede interrumpir a voltaje
nominal, sin daños para el interruptor.

Capacidad nominal de un interruptor
         Es la máxima corriente en amperios que puede soportar constantemente un
interruptor si dañarse.

Capacidad instalada
       Es la suma de la capacidad nominal en KVA de todo el equipo eléctrico que se
conectará a la acometida.

Clase de servicio
       Se refiere a las características técnicas y comerciales de la carga a conectarse.

Usuario
       Persona individual o jurídica que recibe servicio eléctrico de la Empresa por
medio de la acometida correspondiente.

medidor
         Aparato que se usa para medir la energía o energía y potencia eléctrica
utilizada por el usuario durante un periodo determinado.

Potencia registrada
      Es el valor de máximo valor de potencia registrado por un medidor
demandómetro durante un período determinado.
Potencia contratada
        Es el valor de la potencia requerida por el usuario de acuerdo a su necesidad.

EEGSA
        Se llama así a la Empresa Eléctrica de Guatemala S.A.

Extensión de red
        Se llama así a cualquier adición o ampliación de la red existente.

Variante de red
        Es cualquier modificación a la red existente.

Instalación del usuario
Incluye los accesorios de la acometida que son instalados por el consumidor según las
especificaciones de la clase de servicio y la norma que le corresponde.

Interruptor automático
        Es un dispositivo diseñado para abrir un circuito automáticamente cuando la
corriente en amperios llega a un nivel determinado.

Líneas de alimentación
         Se refiere a los conductores que van desde el equipo alimentador hasta el
dispositivo de sobrecorriente más cercano.

Líneas medidas
        Se refiere a los conductores que salen del equipo de medición hacia la carga
instalada.

Medios de conexión y desconexión
        Dispositivos utilizados para poder conecta o desconectar la carga.

Precintos
Son los dispositivos de seguridad, que se colocan en contadores y en los puntos donde
la Empresa estime conveniente, para evitar que personas no autorizadas tengan
acceso a la parte interior de los contadores o conductores con corriente no medida.
Pararrayos secundarios
        Son dispositivos que protegen el equipo contra descargas de los rayos.

Solicitud de servicio
Es el formulario que proporciona la Empresa al interesado o su representante legal
para ser llenado, firmado y entregado a la Empresa par su aprobación.
Voltaje nominal
         Es el valor asignado a la magnitud del voltaje de un sistema con el fin de
clasificarlo. Por ejemplo 120 / 240 / 480, voltios etc. El voltaje medido podrá variar del
valor nominal en un rango que permita la operación satisfactoria del equipo
Contrato de servicio
         Es el convenio celebrado entre E..E.G.S.A. y el usuario, por medio del cual se
comprometen ambas partes a cumplir con las cláusulas necesarias para proporcionar
el servicio eléctrico.
ABREVIATURAS
KW . ----------------------------------------------   kilovatio ( s)
MW                                                    mega vatio (s)
KVA.                                                  Kilo voltio amperio (s)
HP                                                    Caballo de fuerza
V                                                     voltio (s)
A                                                     amperio (s)
KV                                                    Kilovatio (s)
Hz                                                    Ciclos
W                                                     Vatio (s)




                       SECCION II
RECOMENDACIONES GENERALES
Empresa Eléctrica de Guatemala, S. A hace las siguientes recomendaciones
generales a todos los usuarios de las normas de acometidas aprobadas por la
COMISION NACIONAL DE ENERGIA ELECTRICA ( CNEE), y los diferentes
procedimientos descritos en las secciones adjuntas del MANUAL TECNICO
DE SERVICIO.

1     INCREMENTO DE CARGA
      Todo incremento de carga en las instalaciones del consumidor deberá
      ser reportado a EEGSA.
      EEGSA se reserva el derecho de exigir al consumidor que haga los
      cambios necesarios en su acometida para continuar con su servicio
      eléctrico.

2     ROTURA DE PRECINTOS
      La rotura de los precintos sin la autorización de EEGSA se sancionará y penalizará de
      acuerdo al reglamento de Prestación de Servicio de Energía Eléctrica de EEGSA
      ( acuerdo gubernativo 18 -- 91)

3     MEDIDORES INTERIORES
      De acuerdo a las normas de acometidas aprobadas por CNEE el interesado deberá dar
      mantenimiento a las instalaciones de su propiedad con la excepción del o los equipos
      de medición.
      Cualquier trabajo que deba realizar con relación a los equipos de medición, deberá
      solicitar permiso y autorización a EEGSA.

4     SERVICIOS SOBRE PROPIEDADES PATICULARES
      Se recomienda que toda línea de servicio eléctrico sea esta de media o baja tensión no
      pase por propiedades particulares para evitar los permisos de servidumbres de paso
      respectivas.

5     REGISTROS INTERMEDIOS
      Cuando se efectúa una canalización para líneas de baja tensión no medidas, no deberá
      existir ningún tipo de registro intermedio entre la bajada secundaria en el poste
      propiedad de EEGSA y el equipo de medición.

6     PROTECCION DE MEDIDORES CON REJAS
      Los usuarios que por razones de seguridad deseen instalar una reja de protección al
      equipo de medición, esta deberá estar de acuerdo a las normas de acometidas
      aprobadas por la CNEE no se permitirá la instalación de ninguna reja que no cumpla
      con las especificaciones dadas que son:
             Debe tener puerta abatible para poder abrirla y permitir la inspección del equipo
              de medición.
             Las rejas se deberán cerrar con un candado y el usuario deberá mantener las
              llaves dentro de su propiedad mismas en un lugar de fácil acceso y a la vista
              para poder abrir el candado en cualquier momento que las requiera la EEGSA
7      REVENTA DE ENERGIA ELECTRICA
       La reventa de energía eléctrica por parte de un usuario particular no es permitida por
       las razones siguientes:
              Para poder vender energía eléctrica, la persona deberá estar registrada como
               distribuidor de energía eléctrica de acuerdo a lo estipulado en la Ley General
               de Electricidad.
              Si se determina que una apersona revende energía eléctrica y no es
               distribuidor autorizado por la Comisión Nacional de Energía, EEGSA se reserva
               el derecho de suspender el servicio.
              No se recomienda la reventa de energía eléctrica a terceras personas, ya que
               el dueño del medidor corre un gran peligro de sufrir un incendio en su
               propiedad, debido a la sobre carga de su sistema eléctrico.

8      AUTO CONEXION
       Ninguna persona que no sea autorizada por EEGSA, podrá auto conectarse, ya que
       esto se considerará como una anomalía el cual será sancionado.

9      ALTERACION DE INSTRUMENTOS
       Cualquier alteración, modificación en los equipos de medición, son considerados como
       una anomalía y serán sancionados de acuerdo al grado de alteración que se cometa.

10     RECONEXION DONDE HA HABIDO ANOMALIAS
       EEGSA se reserva el derecho de no reconectar a un usuario que sea encontrado con
       una anomalía en su equipo de medición.
MT 2.60.03
____________________________________________________________________________
                                Descriptores:

                                     MT 2.60.03
                                    Abril de 2001
                                    EDICIÓN: 1ª.

                                                        MANUAL TÉCNICO EMPRESA
                                        ELÉCTRICA

               ORGANISMO FECHAFIRMA ORGANISMO FECHAFIRMA
                    DPIM 26/04/2001
                    DPN 26/04/2001

                DPIM =Departamento de Pérdidas, Inspección y Medida
                DPN = Departamento de Planificación y Normalización




                      CONDICIONES GENERALES PARA EL
                        SERVICIO EN BAJA TENSIÓN Y
                REQUISITOS CONSTRUCTIVOS PARA ACOMETIDAS
                           DE SERVICIO ELÉCTRICO



                                      Índice
                                                                        Página
        1 Objeto y Campo de aplicación                                      1
        2 Alcance                                                           1
        3 Suministro en baja tensión                                        1
        4 Suministro a cargas monofásicas individuales hasta 25 kva         1

        4.1     Cargas monofásicas hasta 10 kva                             1-3
         4.2     Cargas monofásicas entre 10 y 25 kva                        3

        5       Suministro a cargas individuales trifásicas hasta 500 kva         3

        5.1     Cargas trifásicas hasta 75 kva                              3
                   5.2 Cargas trifásicas puntuales mayores de 75
                y menores de 500 kva                                4

        6       Suministro a varios consumidores con cargas hasta 500 kva         4-5
         7       Suministro a urbanizaciones                                       5

  Anexo: Planos de la disposición de equipo para usuarios servidos en baja tensión
MT 2.00.01
NORMAS PARTICULARES DE EMPRESA ELÉCTRICA DE
GUATEMALA, S.A.
Introducción: En observancia del Marco Regulatorio vigente es necesario, elaborar las normas que
definan y regulen las instalaciones para el suministro de servicio eléctrico a los usuarios finales o grandes
usuarios de Empresa Eléctrica de Guatemala, Sociedad Anónima, que utilicen sus instalaciones para
disponer del suministro de energía eléctrica, así como las obligaciones de cada una de las partes: de
Empresa Eléctrica de Guatemala, S.A., de los clientes y de los solicitantes para dicho suministro.

Alcance: La normativa presentada es de obligado cumplimiento en el área de servicio de Empresa
Eléctrica de Guatemala, S.A. y podrá ser revisada o ampliada cuando la experiencia en su aplicación o el
desarrollo tecnológico lo hagan aconsejable

Objeto:

El objeto de esta normativa es:

1)   Definir y regular las características técnicas de las nuevas instalaciones que han de conectarse a la
     red de Empresa Eléctrica de Guatemala, S.A. con el propósito de conciliar y armonizar aspectos de
     construcción y operación de la prestación del servicio, dentro del área de responsabilidad de cada
     parte, distribuidor y usuario

2)   Facilitar el trabajo de contratistas, electricistas, ingenieros constructores y todos aquellos que estén
     involucrados con aspectos relacionados con el suministro de energía eléctrica.

3)   Mejorar la calidad del servicio con el uso de materiales que formen parte de la normativa de Empresa
     Eléctrica de Guatemala, S.A. aprobada por la Comisión Nacional de Energía Eléctrica o que cumplan
     las normas reconocidas a nivel nacional e internacional y con la normalización de instalaciones.

4)   Garantizar la seguridad de las personas y las instalaciones.

Procedimiento de Solicitud de Servicio

•    El solicitante hará la petición de servicio de energía eléctrica en los lugares y formas que Empresa
     Eléctrica de Guatemala, S.A. ponga a su disposición, especialmente en las agencias de servicio al
     cliente de acuerdo al tipo de servicio solicitado.

•    La solicitud de servicio de energía eléctrica preferiblemente se efectuará antes de hacer la instalación
     y/o comprar e instalar equipo eléctrico.

•    Empresa Eléctrica de Guatemala, S.A. hará el estudio técnico-económico tomando en cuenta la
     propuesta del usuario el cual incluirá:

             Definición del punto de entrega de energía eléctrica.
             Condiciones económicas del suministro.
             Punto de colocación del equipo de medida.

REQUISITOS DE CONSTRUCCION

•    Con el objeto de mantener la calidad del servicio y la seguridad de las personas y cosas, todas las
     instalaciones que pasen a ser propiedad de Empresa Eléctrica de Guatemala, S.A. deben construirse
     y mantenerse por empresas y materiales que cumplan con la normativa de Empresa Eléctrica de
     Guatemala, S.A. aprobada por la Comisión Nacional de Energía Eléctrica.

•    Las instalaciones de propiedad particular que no se ajusten a la legislación vigente, no serán
     conectadas a la red de Empresa Eléctrica de Guatemala, S.A.

     Todo diseño de redes a conectarse en la red de Empresa Eléctrica de Guatemala, S.A., deberá ser
                                                    previamente
•     aprobado por ésta en los plazos establecidos en la normativa vigente.

•    Todas las instalaciones que pasen a ser propiedad de Empresa Eléctrica de Guatemala, S.A.
deberán tener constituidas todas las servidumbres necesarias y deberán cumplir con la Normativa de
    construcción de líneas, así como las establecidas en la norma de poda y tala de arbolado vigentes.

CONTENIDO DE LA NORMATIVA

La normativa de Empresa Eléctrica de Guatemala, S.A., contiene:-

        1.1 Normas Particulares
        1.2 Normativa de Diseño y Construcción, subdividida en
               1.2.1    Unidades Básicas de Construcción
               1.2.2    Normativa de Materiales
        1.3 Normativa de Instalaciones de Acometida y Medida
        1.4 Normativa de Mantenimiento
        1.5 Normativa de la Operación de Red.


CONDICIONES GENERALES PARA EL SERVICIO EN BAJA
TENSIÓN Y REQUISITOS CONSTRUCTIVOS PARA
ACOMETIDAS DE SERVICIO ELÉCTRICO
MT 2.60.03
     1. OBJETO Y CAMPO DE APLICACIÓN
La presente norma tiene por objeto definir los requisitos constructivos a cumplir por parte del usuario que
solicita un nuevo servicio en baja tensión, la cual será de aplicación obligatoria para todos aquellos
usuarios a conectarse en la red de baja tensión propiedad de Empresa Eléctrica de Guatemala, S.A.

    2. ALCANCE
La presente norma se aplicará para todos los nuevos servicios cuya tensión de suministro sea menor o
igual a 480 Voltios.

      3. SUMINISTRO EN BAJA TENSIÓN
Todo servicio en Baja Tensión deberá cumplir con el Procedimiento descrito en la norma técnica MT
2.00.01 Normas Particulares de Empresa Eléctrica de Guatemala, S.A. El servicio en baja tensión se
utilizará para cargas monofásicas y trifásicas indicadas en esta norma, y con las características
siguientes:

Las tensiones de suministro que Empresa Eléctrica de Guatemala proporcionará serán:

                                  120/240 Voltios   1 fase    3 alambres
                                 120/208 Voltios    1 fase    3 alambres
                                  120/240 Voltios   3 fases   4 alambres
                                  120/208 Voltios   3 fases   4 alambres
                                 240/480 Voltios    3 fases   4 alambres

Cualquier voltaje no estandarizado o mayor de 480 voltios, deberá ser consultado con la Empresa
Eléctrica de Guatemala S.A. (VER NOTA 1)

        La longitud máxima de la acometida será de acuerdo a la Tabla 1:

         Tabla 1. Longitud de acometida, según cable de servicio
                  CONDUCTOR
                                   TRIPLEX 4 *        TRIPLEX 2               TRIPLEX 1/0         TRIPLEX 4/0
                   ACOMETIDA
                    LONGITUD
                                         30               30                       30                  25
                     (metros)

         * Se aceptarán 40 m cuando el servicio se conecte desde el último poste de la red de Baja
         Tensión.
Las solicitudes de conexiones, se regirán por los plazos estipulados en la legislación vigente.

                 Las solicitudes de proyectos de ampliación de redes serán resueltas y comunicadas por escrito al
                 solicitante, dentro del los plazos que se indican en la Tabla 2, los cuales se contarán a partir de
                 la fecha en que el interesado presente a Empresa Eléctrica de Guatemala, S.A. la totalidad de la
                 documentación necesaria para el desarrollo del proyecto.

                          Tabla 2 Plazos según solicitud
                                      DESCRIPCION DE LA SOLICITUD                            PLAZO

                             Proyectos con planos y presupuesto                              30 días

                             Proyectos especiales *                                     Común acuerdo

                 * Se consideran de este tipo, todos los diseños que contengan materiales y equipos especiales,
                 estudios de topografía, servidumbres específicas o que se desarrollen bajo condiciones
                 ambientales críticas y/o sean de gran volumen.

 5                        SUMINISTRO A CARGAS MONOFÁSICAS INDIVIDUALES HASTA 25 kVA
  5.1                         Cargas monofásicas hasta 10 kVA

                              Los requisitos constructivos para el suministro a cargas individuales monofásicas
                              hasta 10 kVA, son los siguientes:

5.1.1                                 El servicio debe colocarse en la propiedad que sirve y para la cual fue
        solicitado.

5.1.2                                 La caja del medidor de energía deberá instalarse en el límite de la propiedad
        privada y la propiedad pública, de forma tal, que el frente del medidor quede hacia la vía pública. No se
        permitirá la instalación de medidores en posición lateral (Ver plano No. 1 del anexo).
                                       Las alturas son las siguientes:
                                       Cuando se instala caja metálica tipo socket, la misma irá a una altura de
                                       2.70 metros ± 10 centímetros, medido del nivel de la acera a la parte
                                       superior de la caja, con el frente hacia la calle. Empresa Eléctrica de
                                       Guatemala, S.A. comunicará a los nuevos usuarios y público en general, la
                                       fecha en la cual no se permitirá más este tipo de caja metálica.
                                       Cuando se instala caja de policarbonato, a una altura de 1.80 m ± 10 cm,
                                       medido del nivel de la acera a la parte superior de la caja. Los detalles se
                                       muestran en los Planos 2 y 3 del Anexo. Empresa Eléctrica de Guatemala,
                                       S.A. comunicará a los nuevos usuarios y público en general, la fecha en la
                                       cual únicamente se permitirá este tipo de caja de policarbonato. En los
                                       Planos Nos. 4 y 5 del Anexo se muestra la instalación con caja metálica.
                                       (VER NOTA 2)

5.1.3   El gancho de soporte para recibir el cable de acometida debe tener una altura de 4.5 metros y debe
        localizarse de manera que el cable de acometida no pase por propiedades ajenas colocándolo en el lugar
        más inmediato a uno de los postes de distribución de Empresa Eléctrica de Guatemala, S.A.

5.1.4   Los accesorios de la acometida pueden ser instalados en una columna de concreto armado con 4 varillas
        de hierro de diámetro mínimo de 3/8 de pulgada con sus estribos y amares respectivos (Ver detalle de
        columna en Plano No. 8 del anexo)

5.1.5   En casa tipo dúplex se puede utilizar una columna medianera para instalar la caja de los contadores
        viendo hacia la vía pública según los Planos Nos. 6, 7, 8 y 9 del anexo.




5.1.6   La acometida de servicio podrá ser aérea o subterránea. Cuando el usuario prefiera acometida subterránea
        deberá cubrir la diferencia de los costos entre acometida aérea y subterránea. Para servicios de acometidas
        subterráneas el interesado realizará la obra civil necesaria de acuerdo a diseño que acuerde con Empresa
        Eléctrica, de Guatemala, S.A. y a la normativa vigente para construcción subterránea de la misma.
5.1.7      El neutro de la instalación deberá conectarse sólidamente a tierra por medio de una varilla Copperweld de 5/8”
              por 8’, con un conductor no menor al calibre 8 AWG cobre. Ver Figura 1.

   5.1.8      Toda nueva acometida deberá contar con un interruptor térmico instalado dentro de una caja metálica para
              intemperie tipo RH, NEMA 3R, la cual se instalará en la parte posterior de la columna de acometida a una
              altura de 1.40 m ± 10 cm medidos del nivel del suelo a la parte superior de la caja. El interruptor tendrá una
              capacidad nominal acorde a la carga declarada. Su función es proteger la instalación del consumidor y evitar
              que cualquier falla interna en la misma afecte las instalaciones de Empresa Eléctrica de Guatemala, S. A.,
              adicionalmente sirve como medio de desconexión general. En la Figura 1 se muestra un diseño estándar de
              construcción del interruptor.

                                Figura 1. Instalación del interruptor térmico




   5.1.9                                     En casos excepcionales y a criterio del usuario en donde se necesite
              proteger al medidor contra daños físicos (robo, destrucción, etc.), se podrá utilizar una rejilla protectora de
              acuerdo a las recomendaciones establecidas en el Plano No. 10 del Anexo. No se permitirá ninguna
              estructura sellada en su totalidad, puesto que debe permitirse el acceso al medidor para su inspección.

   5.1.10 Todo inmueble podrá alimentarse hasta con cinco acometidas, siempre que sean unidades habitacionales
          independientes y plenamente identificadas, los medidores de energía estarán ubicados en un lugar con
          acceso a la vía publica y estarán acoplados. Cada uno de los acoplamientos será conectado internamente
          con cable de cobre calibre No.4, debidamente estañado según 5.1.11 (Ver Plano No. 11 del anexo).

   5.1.11                               Para minimizar la corrosión galvánica es necesario cubrir de estaño los
              extremos de cada cable de cobre a insertarse en la caja del medidor que recibe la acometida de la
              empresa distribuidora.


        5.2                           Cargas monofásicas entre 10 y 25 kva:

                                Los aspectos constructivos necesarios para suministros individuales, con cargas entre
                                10 y 25 kva son los siguientes:

5.2.1         Se debe utilizar una caja socket metálica monofásica clase 200 amperios, tipo IV, NEMA 3R, con puerta y
              candado normalizados por Empresa Eléctrica de Guatemala, S. A. (Ver Planos Nos. 12 y 13 del Anexo
              y Figura 2 de esta norma). La caja tipo IV, NEMA 3R puede instalarse empotrada en una pared o en
una columna de concreto armado localizada en el límite de la propiedad privada y la propiedad pública de
        forma tal, que el frente del medidor quede hacia la vía pública.

5.2.2   La caja del medidor deberá instalarse a una altura de 1.90m ± 10 cm medido desde el nivel del suelo a la
        parte superior de la caja con el frente hacia la calle.

5.2.3                                 La alimentación podrá ser aérea o subterránea, y el tubo de acometida será
        conduit galvanizado de 2½” de diámetro. En el extremo del tubo, por donde se introducen los cables de
        acometida, deberá utilizarse un accesorio de entrada.

                                     Si la acometida es subterránea, los gastos correspondientes a la construcción
                                     de la obra civil y ductos de acceso correrán por cuenta del interesado, y la
                                     misma deberá realizarse según normativa vigente y diseño acordado con
                                     Empresa Eléctrica.


  SUMNISTRO A CARGAS INDIVIDUALES TRIFÁSICAS, HASTA 500 kVA

                  6.1    Cargas trifásicas hasta 75 kVA:

                         Los aspectos necesarios para suministro individual para cargas trifásicas hasta 75 kVA
                         son los siguientes:

5.2.4                                 Empresa Eléctrica de Guatemala, S.A., suministrará e instalará en sus
        postes, el centro de transformación y el cableado hasta el medidor.

5.2.5                                  La altura de la caja del medidor deberá ser de 1.90 m ± 10 cm medidos
        desde el nivel del suelo a la parte superior de la caja.

5.2.6   Se debe utilizar una caja socket metálica para medidor polifásico clase 200 amperios, tipo IV NEMA 3R
        con puerta y candado normalizados por Empresa Eléctrica de Guatemala, S. A. La caja tipo IV, NEMA 3R
        deberá instalarse: empotrada en una pared o en una columna de concreto armado localizada en el límite
        de la propiedad privada y la propiedad pública de forma tal, que el frente del medidor quede hacia la vía
        pública (Ver Planos Nos. 12 y 13 del Anexo y Figura 2 de esta norma).

5.2.7   La alimentación podrá ser aérea o subterránea, y el tubo de acometida será conduit galvanizado de 2½”
        de diámetro. En el extremo del tubo, por donde se introducen los cables de acometida, deberá utilizarse
        un accesorio de entrada.

                                     Si la acometida es subterránea, los gastos correspondientes a la construcción
                                     de la obra civil y ductos de acceso correrán por cuenta del interesado, y la
                                     misma deberá realizarse según normativa vigente y diseño acordado con
                                     Empresa Eléctrica de Guatemala, S.A..



                                  Figura 2. Diagrama Esquemático de Caja Tipo IV




          5.3                  Cargas trifásicas puntuales mayores de 75 y menores de 225 kVA:
Cuando la carga a conectarse sea mayor a 75 kva y menor a 225 kva, el servicio deberá
                      cumplir con los siguientes requisitos constructivos:

5.3.1                                Empresa Eléctrica de Guatemala, S.A., suministrará e instalará en sus
        postes el centro de transformación.

5.3.2                                  La altura de la caja del medidor deberá ser de 1.80 m ± 10 cm medidos
        desde el nivel del suelo a la parte superior de la caja.

5.3.3                                 El equipo de medida se instalará en una caja tipo III, la que estará ubicada
        dentro de las instalaciones del interesado. Si la caja tipo III se instala a la intemperie, la misma deberá ser
        tipo NEMA 3R para intemperie. El equipo de medición deberá contar con acceso desde la vía pública y
        estar provisto de puerta y cerradura normalizado por Empresa Eléctrica de Guatemala, S.A. de tal modo
        que facilite la lectura, inspección y verificación del equipo en el momento que Empresa Eléctrica de
        Guatemala, S.A. así lo decida, y sin necesidad de solicitar permiso previo a su ingreso. La Figura 3
        muestra un diagrama esquemático de la instalación indicada, en dos posibles variantes.

5.3.4   La alimentación podrá ser aérea o subterránea, y el tubo de acometida será conduit galvanizado de 4” de
        diámetro. En el extremo del tubo, por donde se introducen los cables de acometida, deberá utilizarse un
        accesorio de entrada.

                                       Si la acometida es subterránea, los gastos correspondientes a la construcción
                                       de la obra civil y ductos de acceso correrán por cuenta del interesado, y la
                                       misma deberá realizarse según normativa vigente y diseño acordado con
                                       Empresa Eléctrica de Guatemala, S.A..




                                    Figura 3. Diagrama esquemático instalación Caja Tipo III




                             Poste y CT
                             EEGSA




                             Poste y CT
                             EEGSA
5.4                            Cargas trifásicas puntuales mayores de 225 y menores de 500 kva:

                 Cuando la carga a conectarse sea mayor a 225 y menor a 500 kva, el servicio deberá cumplir
                 con los siguientes requisitos constructivos:

5.4.1                                 Empresa Eléctrica de Guatemala, S.A., suministrará e instalará en un local
        proporcionado por el cliente el centro de transformación.

5.4.2   El interesado deberá suministrar e instalar el cableado desde el poste de bajada hasta el centro de
        transformación. La canalización será subterránea en dos tubos conduit galvanizados de 4”. Los gastos
        correspondientes a la construcción de la obra civil y ductos de acceso correrán por cuenta del interesado,
        y la misma deberá realizarse según Plano 19 del Anexo.

5.4.3                                  La altura de la caja del medidor deberá ser de 1.80 m ± 10 cm medidos
        desde el nivel del suelo a la parte superior de la caja.

5.4.4                                El equipo de medida se instalará en una caja tipo III, que estará ubicada
        dentro de las instalaciones del interesado. Si la caja tipo III se instala a la intemperie, la misma deberá
        ser tipo NEMA 3R para intemperie




                                      El equipo de medición y el de transformación deberán contar con acceso
                                      desde la vía pública y estar provisto de puerta y cerradura normalizado por
                                      Empresa Eléctrica de Guatemala, S.A. de tal modo que facilite el
                                      mantenimiento, la lectura, inspección y verificación del equipo en el
                                      momento que EEGSA así lo decida, y sin necesidad de solicitar permiso
                                      previo a su ingreso.

                          Figura 4. Diagrama esquemático instalación Centro de Transformación y
                          Medición
6            SUMINISTRO A VARIOS CONSUMIDORES CON CARGAS HASTA 1000 kva
                 (Edificios, apartamentos, condominios cerrados y locales comerciales):

        Cuando las cargas individuales a conectarse sean monofásicas y/o trifásicas, y la carga total
        sea igual o menor a 1000 kVA, el servicio deberá cumplir con los siguientes requisitos
        constructivos:

        6.1          Los medidores de energía estarán concentrados en un armario múltiple de
               medidores (Ver Plano No. 14 del anexo).

        6.2            El armario de medidores podrá estar ubicado en:

              6.2.1         En local cerrado cedido por el interesado para ese uso específico, provisto
                    de puerta y cerradura normalizados por Empresa Eléctrica de Guatemala, S.A.
              6.2.2         En la vía pública, contiguo al edificio que sirve. Si este fuera el caso, el
                    armario de medidores deberá ir resguardado por una construcción cerrada, de 0.75 m
                    de ancho interno por el largo y alto que requieran la cantidad de medidores a instalar y
                    provistos de puerta y cerradura normalizados por Empresa Eléctrica de Guatemala,
                    S.A. para su exclusivo uso. El armario deberá asentarse sobre una base de concreto
                    no menor de 0.20 m de alto (Ver planos 15 y 16).

6.3                    No se permitirán armarios de medidores en otros niveles. (VER NOTA 3).

        6.4           La obra civil y materiales para canalización, así como el armario de medidores,
               son por cuenta del cliente.

        6.5            Cuando se requiera de servicio trifásico, el armario de medidores deberá estar
               construido de tal forma que acepte instalar un equipo de medida para el efecto.




7                SUMINISTRO A URBANIZACIONES:

        Cuando las cargas individuales a conectarse excedan de 5 y se encuentren en urbanizaciones,
        la distribución podrá ser monofásica o trifásica, de acuerdo a diseño acordado entre solicitante y
        Empresa Eléctrica de Guatemala, S.A. Existen las siguientes posibilidades de diseño:

        7.1    Los centros de transformación podrán estar ubicados a lo largo de la urbanización y los
               mismos podrán ir montados en poste, a la intemperie o en un local cerrado ( Ver Planos
               Nos. 17 y 18 del anexo ).

        7.2    Los medidores podrán estar ubicados en los siguientes lugares:

               7.2.1    En el límite de la propiedad privada y la propiedad pública, de forma tal, que el
                        frente del medidor quede hacia la vía pública.
               7.2.2    Concentrados en armarios de contadores residenciales, (Ver plano 20 del
                        anexo) estratégicamente ubicados a lo largo de la urbanización con acceso
                        desde la via pública y provistos de puerta y cerradura normalizados por Empresa
                        Eléctrica de Guatemala, S.A. para su acceso exclusivo.
               7.2.3    En un armario múltiple de contadores ubicado dentro del local del centro de
                        transformación.
                        Si el armario múltiple de contadores se instala en la vía pública (a la intemperie), el
                        mismo deberá ir resguardado por una construcción cerrada, de 0.75 m de ancho
                        interno por el largo y alto que requieran la cantidad de medidores a instalar y
                        provistos de puerta y cerradura normalizados por Empresa Eléctrica de
Guatemala, S.A. para su acceso exclusivo. Si este fuera el caso, el armario
 deberá asentarse sobre una base de concreto no menor de 0.20 m de alto.




PLANO 20 Armario de Medidores residenciales
NOTA 1:
•    De acuerdo a estadísticas de Empresa Eléctrica de Guatemala, S.A. no se han efectuado conexiones
     con este voltaje en nuestras redes de BT.

•    Transformadores con este voltaje se fabrican únicamente bajo pedido especial.

     •   Voltaje no estandarizado por la Norma ANSI C57.12.20 para transformadores monofásicos.



NOTA 2:
PORQUE UTILIZAR UNA CAJA SOCKET DE POLÍMERO

Las ventajas de la caja socket de polímero se pueden resumir así:

1.   Resguarda con seguridad el medidor e impide, o seriamente dificulta, el robo del mismo.
2.   Impide el retiro del medidor, evitando que el usuario manipule la lectura.
3.   Incorpora como parte integral de la caja, el interruptor térmico principal.
4.   Elimina la necesidad del usuario de resguardar su medidor colocando una rejilla.
5.   Que facilite la lectura y el corte por falta de pago.


Que facilite la lectura del medidor.

Las excelentes propiedades y ventajas que ofrecen tanto el poliéster como el policarbonato, ha llevado a
Empresa Eléctrica de Guatemala, S.A. a normalizar estos polímeros para ciertas aplicaciones, siendo una
de ellas el resguardo de sus medidores de energía, ya que el robo de medidores y el manipuleo de la
lectura de los mismos por parte de los usuarios, se ha convertido en un problema serio.

a. Manipuleo de las lecturas del medidor
El manipuleo de la lecturas del medidor por parte de los usuarios, es un problema común y va en
aumento. Este problema ocurre debido a que la caja socket tradicional no ofrece la seguridad necesaria
para impedir que esto no suceda.

Para retirar un medidor de la caja socket, solamente se necesita cortar el precinto, quitar el aro y sacar
el medidor de las bases. Una vez retirado el medidor, el usuario manipula la lectura del mismo, lo inserta
nuevamente en la caja socket, pone el aro y coloca el precinto de forma tal que no se note que el mismo
ha sido violado.

b. Robo de medidores
El robo de medidores, adicional a las molestias que causa al usuario, conlleva una serie de implicaciones
económicas, tanto para el usuario afectado, como para Empresa Eléctrica de Guatemala, S.A.:

Empresa Eléctrica de Guatemala, S.A. basándose en lo anterior, buscó la forma de solucionar estos
problemas, y tomó la decisión de normar una caja socket de polímero que reúna los siguientes requisitos:



•    Que resguarde con seguridad el medidor e impida o seriamente dificulte el robo del mismo.

•    Que impida el retiro del medidor para evitar que el usuario manipule la lectura.
•    Que incorpore como parte integral de la caja, el interruptor térmico principal.

•    Que elimine la necesidad del usuario de resguardar su medidor colocando una rejilla.

•    Que facilite el corte por falta de pago.

•    Que facilite la lectura del medidor.




NOTA 3:
FUNDAMENTOS PARA LA PROHIBICION DE INSTALAR PANELES MULTIPLES DE
MEDIDORES EN DIFERENTES NIVELES

1 Accesibilidad
Generalmente personal de seguridad de los edificios no permite el ingreso de personal de Empresa
Eléctrica de Guatemala, S.A. para corte, revisión y lectura de los medidores, más difícil se vuelve el
acceso cuando éstos se ubican en los niveles superiores. Lo anterior en franca violación de lo garantizado
en los artículos 50 de la Ley General de Electricidad y 70 del Reglamento de la mencionada ley.

a.   Artículo 70 del Reglamento de la Ley General de Electricidad
     Este artículo garantiza que el Distribuidor tendrá siempre acceso al equipo de medición para
     poder efectuar la facturación y llevar a cabo las revisiones que sean necesarias

     Para garantizar que se tendrá siempre acceso, es indispensable que los medidores estén
     localizados en la vía pública o en su defecto que se ubiquen en un lugar que tenga acceso desde la
     vía pública para que el personal de Empresa Eléctrica de Guatemala, S.A. pueda ingresar sin
     permiso previo y en el momento que así lo decida.

     Este artículo garantiza la revisión del equipo de medición y en instalaciones con equipo sin acceso
     directo, imposibilita ejercer este derecho. Esto toma mayor preponderancia ya que la aplicación
     tarifaría de la ley limita el porcentaje de traslado de perdidas no técnicas a tarifa, por lo que la
     inspección es necesaria para la gestión adecuada de una Distribuidora eficiente

b.   Artículo 50 de la Ley General de Electricidad
     Este artículo garantiza al Distribuidor el derecho al corte del servicio a usuarios que tengan
     pendientes de pago dos o más facturas o cuando las condiciones del suministro han sido alteradas
     por el usuario.

     En instalaciones con equipo de medición en niveles superiores se dificulta ejercer este derecho.



c.   Derecho de propiedad
     El derecho de propiedad del equipo de medición por parte del Distribuidor lo faculta para disponer de
     él, dentro de los limites legales, esto implica la facultad de darle mantenimiento o sustituirlo en el
     momento que así lo disponga

Violabilidad
Alimentar equipo de medición ubicado en niveles superiores permite efectuar derivaciones no medidas
desde cualquier punto del alimentador.
SECCION III
                 ACOMETIDAS RESIDENCIALES AEREAS

1   voltajes
    El voltaje secundario normalizado en el sistema de la Empresa, es exclusivo para 120 /
    240 voltios, monofásico, 3 alambres, corriente alterna 60 Hz. A solicitud del
    consumidor y después de que la Empresa haya investigado la posibilidad, se puede
    suministrar el servicio trifásico, 4 alambres, 208 / 120 Y voltios. Este servicio requiere
    un centro de transformación exclusivo.


2   Componentes de la acometida
    La instalación de la acometida de servicio eléctrico para un inmueble residencial consta
    básicamente de los componentes que se muestran en las figuras, así como las
    especificaciones de las respectivas columnas y detalles de las mismas.
DETALLES DE ACOMETIDAS EMPOTRADAS EN LA PARED
Especificaciones de "H" en las acometidas
         cuando se tiene un cruce de calle no mayor de 15.00 mts. "H" será de 4.50 mts
si el cruce de calle de: autopista, bulevar, u otros es mayor a los 15 mts., el cruce se
deberá efectuar instalando un poste en el lado opuesto de la calle, efectuado un cruce
con líneas secundarias y dar el servicio con una acometida de "H" igual a 3.50 mts.




        La Empresa suministrará el contador y el cable de acometida, siendo ambos
propiedad de E.E.G.S.A. El resto de los componentes los suministrará e instalará el
usuario, de acuerdo con las especificaciones de la instalación de acometida que desea.

        La acometida será utilizada exclusivamente para el suministro del servicio de
energía eléctrica y por la seguridad del usuario, no podrá servir como soporte de cable
portador de señal de televisión, teléfono u otros


Si la acometida se instala en un inmueble y este tiene cornisa sobre la acera, la caja
del contador deberá quedar debajo de la cornisa, con una separación de 5 cm de la
misma, el gancho que recibe el servicio, debe cumplir con las alturas reglamentarias
La altura del contador quedará regida por la altura de la cornisa en su parte inferior.
Ver figura adjunta.
3   NUMERO DE ACOMETIDAS ENCADA INMUEBLE

            Todo inmueble podrá alimentarse normalmente con un contador y hasta un
    máximo de 5 acometidas las cuales NO PODRAN SER ACOPLADAS, pero si de
    acuerdo a la siguiente manera: dar un servicio principal con un calibre adecuado que
    pueda soportar la carga de las acometidas que solicitan, y de la punta del servicio
    principal conectar cada contador en forma individual, este proceso se deberá efectuar
    para 2, 3, 4 y 5 contadores según la figura siguiente. las cuales podrán estar
    empotradas en una columna, o en la pared del inmueble según las figuras anteriores.
    En el inciso 2




4   posición del cable de acometida y soporte
4.1   La acometida debe colocarse en la propiedad que sirve y para donde fue solicitado el
      servicio
4.2   La caja del contador debe estar localizada en el límite entre la propiedad particular y la
      propiedad pública.
4.3   El gancho de soporte para recibir el cable de acometida, debe estar localizado de
      manera que el cable no pase sobre propiedades ajenas y colocado en lugar más
      inmediato a uno de los postes de distribución de la Empresa, ver figuras adjuntas. Para
      la construcción de la columna, ver detalles de la columna simple el artículo 2 sección
      III, para contadores individuales no acoplados en la misma columna y para diferentes
      consumidores, ver detalles de columna en la figura para contadores dobles .
4.3.1   Si el servicio tiene que cruzar una autopista, bulevar, u otra vía de acceso con
        mas de 15 mts., de ancho, el cruce se deberá hacer instalando un poste en el
        otro lado de la vía de acceso por cruzar, tender un tramo de líneas de
        secundarias y dar el servicio aplicando las condiciones descritas el numeral
        4.3 ver figuras ilustrativa.




4.3.2   la altura del gancho deberá ser de 4.50 mts. si el cable de servicio cruce de la
        calle es de 0 a 15 mts. descritos en artículo 4.3 y figuras subsiguientes.
4.3.3   La altura del gancho deberá ser de 3.50 mts. si el cable de servicio no cruza la
        calle.
4.4   los accesorios de la acometida podrán ser instalados en:

      4.4.1   Empotrados en una pared cuando la distancia del poste a la acometida sea
              menor a los 30 mts.




      4.4.2   Una columna de concreto armado con sus 4 hierros de 3/8 " y sus respectivos
              estribos amarrados según las especificaciones para las columnas para uno o
más contadores no acoplados hasta 5 como máximo cuando la distancia sea
            de 30 mts. si las líneas de baja tensión continúan o de 40 mts. si es en poste
            de remate de líneas. ver figuras adjuntas.
    4.4.3

    4.4.4   En las áreas rurales, se aceptará un poste de madera de una sola pieza de 15
            x 15 centímetros, o un poste de madera rollizo con un diámetro mínimo de 15
            centímetros en la punta cuando la distancia del poste a la acometida sea
            menor a los 30 mts. si es mayor de los 30 mts, se deberá fundir columna con
            las especificaciones del numeral 4.4.2


    4.4.4   en casas tipo dúplex se puede utilizar una columna medianera para instalar las
            cajas de los dos contadores con viendo hacia el frente con tubos
            independientes, el cruce de la acometida se podrá hacer con un solo cruce de
            calle utilizando un conductor que soporte la carga de las dos acometidas y
            conectando las entradas de cada uno los dos contadores en forma
            independiente a la punta del cable principal. Ver figura adjunta.




    4.4.5   No se permitirá instalar accesorios en cualquier otra estructura que no cumpla
            con los incisos anteriores




5   Suministro e instalación del cale de acometida
5.1       cuando la acometida de servicio es aérea, el cable de acometida lo suministra
          e instala la Empresa, siempre que la distancia desde el poste de distribución
          con líneas secundarias hasta el soporte del cable, no exeda la longitud y
          calibres especificados en el cuadro siguiente



      CALIBRE    SI SECUNDARIO   SI SECUNDARIO      CARGAS        CARGAS       CARGAS
        DEL       CONTINUA A       RENMATA       MONOFASICAS    TRIFASICAS    MAYORES
      SERVICIO    OTRO POSTE                      HASTA KW.     HASTA KW.
        3#4         30 mts.          40 mts            48                    BAJAD SEC.
        3#2         30 mts.         40 mts.            48                    BAJAD SEC.
       3 # 1/0      30 mts.         40 mts.            48                    BAJAD SEC.
        4#4         30 mts.         40 mts.                          69      BAJAD SEC.
        4 #2        30 mts.         40 mts.                          69      BAJAD SEC.
       4 # 1/0      30 mts.         40 mts.                          69      BAJAD SEC.


5.2       La Empresa suministrará e introducirá el cable de acometida desde el poste
          hasta la caja del contador, siempre que el calibre de dicho cable no sea mayor
          que el No. 2,

          Si el interesado requiere instalar mas de una acometida pero no más de cinco
          para un mismo inmueble, los contadores que requiera no podrán ser
          acoplados, estos deberán tener una acometida independiente para cada caja
          de contador.

          El interesado deberá efectuar la obra civil correspondiente a la instalación de
          las cajas solicitadas, en una columna o en una pared, la altura de los tubos de
          acometida tendrán una altura mínima de 50 cm. Y un máximo de 1 metro.

          La altura para la instalación del gancho será la reglamentaria descrita
          anteriormente, en dicho gancho en la Empresa procederá a conectar el cable
          de servicio adecuado a la carga total a conectarse desde el poste hasta el
          gancho de acometida.

          Seguidamente la Empresa procederá a conectar cada caja de contador
          independiente metiendo en el tubo de acometida un cable de aluminio 3 # 4 o
          3 # 2 conectando las puntas a la caja del contador y a las puntas del cable
          grueso de servicio.

          El interesado deberá estañar 3 cm. Del extremo del neutral de cobre que
          conecta la barra de neutrales de la caja de interruptores y estará en contacto
          con la terminal de la caja del contador, con el neutral de aluminio que viene del
          cable de servicio que suministra la Empresa.
El interesado deberá instalar una varilla de tierra a la cual deberá conectar la
      terminal que estará en contacto con la terminal de la caja del contador, y con el
      neutral de aluminio que viene del cable de servicio que suministra la Empresa,
      pasando de ser posible por la barra del neutral de la caja de interruptores ver
      articulo 4.4


      Sí el calibre del conductor es mayor al No. 2, el interesado deberá cablear el
      tubo de acometida hasta el accesorio de entrada, dejando las puntas con una
      longitud mínima de 50 cm, el calibre del cable no deberá ser menor al No. 2
      cobre, además deberá estañar las puntas de los cables de fase y el neutral
      respectivo en una longitud mínima de 3 cm. Para poderse conectar a los cables
      de la Empresa



5.3   Sí las cargas son mayores a 70 kw., el interesado deberá efectuar una bajada
      secundaria desde el poste hasta la caja de medición secundaria en caja tipo 3
      o a un tablero múltiple de contadores sin registros intermedios, además deberá
      cablear la misma con los conductores adecuados para la carga que desea
      conectar desde el interruptor general o el tablero múltiple de contadores hasta
      la altura del secundario, dejando las puntas con suficiente longitud mínima de
      para poderse conectar al banco de transformadores. El cual se determina como
      acometidas y puntos de entrega ver gráficas adjuntas
Especificaciones para efectuara una bajada secundaria en poste
6   Conexión del cable de servicio
La conexión del cable de servicio de acometida la efectúa únicamente el personal de
        las Empresas contratistas homologadas por la Empresa Eléctrica de Guatemala S.A..
        Será necesario que el interesado cubra con estaño 3 centímetros del extremo del cable
        del neutro de cobre, con el propósito de evitar la corrosión galvánica que tendría lugar
        al juntarlo con el neutro de aluminio del cable de acometida.
Nota:
        La construcción de la columna deberá estar reforzada con el hierro necesario para
        poder soportar la tensión del servicio, el cual variará de acuerdo al calibre y de la
        longitud del mismo.

        No se permite al consumidor la conexión de ningún tipo de conductor a las líneas no
        medidas

        Cuando se construya una nueva acometida de servicio, ya sea por aumento de carga,
        remodelación, accidente o cualquier causa, se deberá retirar la acometida antigua. La
        nueva acometida será de acuerdo a las normas vigentes.

7       Exclusividades del uso de postes y líneas eléctricas

        Los postes y líneas eléctricas son propiedad de la Empresa. Cualquier inquietud con
        relación al uso de éstos, es necesario remitirse a la División Comercial, agencias
        regionales, o sub-agencias metropolitanas .

8       Euministro y colocación del contador
        El contador lo suministra y coloca la Empresa y es propiedad de la misma. Los
        contadores se instalarán en el exterior del inmueble, con excepción de los contadores
        que serán instalados en tableros múltiples de contadores y los demandómetros.

        La caja del contador se instalará en el límite de la propiedad privada y la propiedad
        pública a una altura de 2.70 mts. +_ 10 cm medido desde el nivel de la acera a la parte
        superior de la caja, la cual deberá estar viendo hacia el frente de la calle, para áreas
        no residenciales, las cuales se podrán proteger con una reja metálica de acuerdo a la
        figura siguiente.




        Para proyectos residenciales, con garita y seguridad particular, la altura " h "
Podrá ser de 1.80 mts. +_ 10 cm., la protección del contador es opcional.

     En columnas medianeras, en donde hay dos contadores no acoplados para diferentes
     inmuebles se podrán instalar cajas cuadradas o circulares.

     El interesado deberá proporcionar el aro para asegurar el contador y poder precintarlo
     al momento de instalarlo.

     En casos especiales donde existan pendientes pronunciadas, obstáculos naturales, o
     situaciones similares, el interesado deberá someter su caso a consideración de la
     Empresa en Atención al Cliente (División comercial) o en sus agencias regionales o
     departamentales.

     No se permitirá la instalación de contadores en posición lateral, es decir, viendo hacia
     los lados, no se permitirá el acoplamiento de contadores.

9    Ubicación del contador
     El contador debe estar en un lugar accesible para su fácil lectura e inspección. En caso
     de obstrucción del contador, la Empresa se reserva el derecho de prestar o no el
     servicio.

     Si por alguna razón la localización de un contador se volviera inaccesible, el
     consumidor deberá trasladar el contador a un nuevo punto que sea accesible según
     cláusulas generales. El traslado es a costa del consumidor y deberá cumplir las
     normas vigentes.



10   Ductos de acceso hasta el contador.
     La tubería y accesorios por donde se introducen los cables de acometida deberán ser
     de tipo conduit galvanizado de una sola pieza desde el accesorio de entrada hasta la
     caja del contador, de la caja del contador hasta la caja de interruptores del interesado
     deberá pasar sus conductores medidos, o sea que en un mismo ducto no podrán ir
     conductores medidos y no medidos.

     Si la acometida es subterránea,
     El interesado deberá efectuar la canalización con un ducto de 2 1/2 " de p.v.c. eléctrico
     desde el registro donde se encuentran las líneas secundarios de la Empresa hasta la
     caja del contador, la cual deberá ser una caja cuadrada, la altura " h" del contador se
     regirá por las especificaciones anteriores ( 2.70 mts. para áreas sin seguridad privada y
     1.80 mts. para áreas con seguridad particular), el ducto de salida de la caja del
     contador con las líneas medidas, será de un diámetro adecuado al calibre del
     conductor que el interesado instale.

     La empresa procederá a meter el cable de servicio desde el registro subterráneo hasta
     la caja del contador, seguidamente procederá a efectuar las conexiones respectivas,
     instalar el contador y precintar el mismo.
Si las líneas de baja tensión subterráneas de la Empresa se encuentran en el lado
     opuesto de la calle a donde se solicita el servicio, el interesado deberá solicitar a la
     Empresa una extensión de líneas para que efectúe el cruce de callas con líneas de
     baja tensión al lado de la calle donde se solicita el servicio.

     Toda la obra civil necesaria a la canalización será efectuada por cuenta del
     interesado, la cual deberá ser de acuerdo a las normas de la Empresa.
     Ver figura.




11   Precintos
Son cierres de seguridad, que se colocan en contadores y puntos donde la Empresa
     estime conveniente, para evitar que personas no autorizadas tengan acceso a la parte
     interior de contadores o a conductores con corriente no medida. La rotura de estos
     precintos sin la autorización de la Empresa será sancionada de acuerdo al reglamento
     correspondiente.

     En circunstancias especiales, los precintos pueden ser rotos por una persona
     autorizada por Atención al Cliente ( división comercial) o en sus agencias regionales o
     departamentales. El precinto cortado, deberá entregarse a Atención al Cliente o en las
     agencias regionales o departamentales en un lapso de tiempo máximo de 3 días
     hábiles siguientes a la autorización.

12   conexión de servicio
     Al terminar la instalación el interesado deberá desconectar el equipo individualmente y
     por medio de desconexión y protección de sobrecorriente.
     Para efectuar la conexión de la acometida, el neutral debe estar identificado con un
     conductor de forro color blanco o amarillo, con una pintura de aceite o cinta adhesiva
     de color amarillo.

     La Empresa podrá efectuar la conexión siempre y cuando se encuentre el propietario
     y/o encargado del inmueble o que exista una autorización del interesado para conectar
     aunque no se encuentre nadie en el inmueble. Para facilitar el proceso de conexión el
     interesado deberá, anotar además de la información solicitada, algún contador anterior
     o posterior, la distancia de la acometida al poste de la Empresa y el total de la carga
     solicitada.

     Después de que la Empresa haya conectado el servicio, se procederá a conectar la
     carga del usuario que fue desconectada en el equipo de protección, y el usuario
     procederá a confirmar si tiene servicio eléctrico o no.

13   conexión a tierra
     Para toda instalación residencial, aéreo o subterráneo, servidas en un voltaje 120 /
     240 voltios, la Empresa exige que el neutro de la instalación esté conectado
     sólidamente a tierra. Ver figura.




14   medios de desconexión y protección de sobre corriente
El contador debe estar protegido por un medio general de desconexión      el cual debe
ser un interruptor térmico ( FLIP ON) instalado de la siguiente forma1

14.1   En forma independiente del tablero de distribución interno, si la acometida está
       instalada en una columna separada del inmueble donde se encuentra el tablero
       de distribución.

       En la columna se procederá a instalar una cara " RH " lo más cerca posible del
       contador, en el cual se instalarán los interruptores térmicos adecuados a la
       carga por fase conectada en el tablero de distribución interno, con el propósito
       de proteger el contador de cualquier corto entre le contador y el tablero de
       distribución interno. Ver figura.




14.2   Si el tablero se encuentra en la pared del inmueble e inmediatamente al otro
       lado de la misma se encuentra el contador, la caja " RH " no será necesaria, y
los cables del contador se conectarán a las barras del tablero de distribución
           general del inmueble. Según figura.




15   identificación del local a servirse
El local deberá estar plenamente identificado de cualquiera de las maneras siguientes:


     15.1   Por números catastrales proporcionados por las municipalidades
     15.2   Por números metálicos formales de uso permanente y de buena calidad.
     15.3   No se permitirán números con pintura sobre paredes, puertas o pedazos de
            lámina.
     15.4   Para servicios temporales y para construcción, la dirección deberá identificarse
            claramente utilizando pintura color negro sobre una lámina don fondo amarillo.

16   Casas de colonias construidas en serie.

     Las compañías que se dedican a construir casas en serie además de cumplir con los
     procesos establecidos para las acometidas residenciales, deberán entregar a la
     Empresa un juego de planos de las instalaciones eléctricas de la colonia, previo a la
     construcción, con el fin de no tener que hacer modificaciones posteriores.

17   clasificación de acometidas residenciales según carga

     17.1   Cargas monofásicas hasta 62.5 amperios, 12.75 Kw.

            Las especificaciones que a continuación se estipulan son la mínimas
            aceptables para instalaciones de servicio monofásico 120 / 240 voltios., 3
            alambres, corriente alterna, 60 Hz. Y un consumo no mayor de 62.5 amperios
            constituido por alumbrado y aparatos electrodomésticos.

            17.1.1 Las instalaciones del contador tipo EXTERIOR( E ) ver artículos
                   ( 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10 ) en esta sección

            17.1.2 Otros artículos aplicables ( 11, 12, 13, 14, 15, 16 ) en esta sección.
            17.1.3 La instalación será de a cuerdo a las figuras adjuntas en cada artículo
                   descrito en esta sección.
            17.1.4 El tubo de acometida, deberá ser tubo conduit galvanizado de
                   diámetro de 1 1/2" por las alturas reglamentarias que se especifican
                   para cada caso de acometida.
            17.1.5 Para servicios residenciales aéreos, la caja deberá ser monofásica tipo
                   socket de 100 amperios.
                   Para servicio monofásico subterráneos, la caja deberá ser cuadrada
                   de 100 amperios
            17.1.6 Se pueden conectar motores de uso doméstico, adecuados para éste
                   servicio.
            17.1.7 Ver articulo 13 referente a la conexión a tierra.
            17.1.8 En el extremo superior del tubo de acometida por donde se introducen
                   los cables de servicio de la Empresa, se deberá instalar un accesorio
                   de entrada de servicio. ( calavera).




     18.2   Servicios entre 63 y 200 amperios (n13 a 40.8 Kw.).
Las especificaciones que a continuación se estipulas son las mínimas
       aceptables para instalaciones de servicio monofásico de 120 / 240, voltios 3
       alambres, corriente alterna, 60 Hz. Y con un consumo no mayor de 200
       amperios.

       18.2.1 Instalación del contador interno tipo ( I ). Que tendrá las características
              de los contadores demandómetros que se tratan en las instalaciones
              industriales y comerciales.
       18.2.2 El tubo de acometida, deberá ser tubo conduit galvanizado de
              diámetro de 2 1/2" por las alturas reglamentarias que se especifican
              para cada caso de acometida.
       18.2.3 En el extremo superior del tubo de acometida por donde se introducen
              los cables de servicio de la Empresa, se deberá instalar un accesorio
              de entrada de servicio. ( calavera).
       18.2.4 La caja socket para instalar el contador polifásico, deberá ser clase
              200 amperios.
       18.2.5 Aplican los requerimientos de los contadores demandómetros que se
              tratan en las instalaciones industriales y comerciales.
       18.2.6 Ver articulo 13 referente a la conexión a tierra.

18.3   Servicios mayores de 200 amperios ( mayores de 40.8 Kw. ) se considerarán
       como servicios especiales y se debe consultar a Atención al Cliente o a sus
       agencias regionales y departamentales.




                                      SECCION IV
ACOMETIDAS RESIDENCIALES SUBTERRANEAS
DISPONIBILIDAD DE SERVICIO
PERMISOS
SUMINISTRO DE DUCTOS
DISTANCIA ENTRE DUCTOS DE ENERGIA Y OTROS DUCTOS
CAJA DE CONEXIÓN SECUNDARIA
TAMAÑO Y MATERIAL DE DUCTOS
TAMAÑO DEL SOPORTE DE LA CAJA DEL CONTADOR
CLASIFICACION DE LAS ACOMETIDAS SUBTERRANESA RESIDENCIALES
CONEXIÓN DEL CABLE DE ACOMETIDA EN COLONIAS CON DISTRIBUCION SUBTERRANEA
CANALIZACION




Acometidas residenciales subterráneas
Toda acometida residencial subterránea deberá ser en 120 / 240 voltios y podrá ser
subterráneo en cualquiera de las siguientes condiciones:

1      cuando el usuario prefiera acometida subterránea y cubra los costes correspondientes .
1.1    efectuar la canalización correspondiente a la bajada secundaria según figura adjunta.
1.2   Cuando la acometida sea en media tensión el usuario deberá efectuar la canalización
      de acuerdo a las figuras adjuntas.
2       cuando el secundario del sistema de EEGSA sea subterráneo


1       Disponibilidad de servicio
        Antes de comenzar a diseñar en áreas donde la distribución sea en subterráneo, es
necesario que el interesado consulte a EEGSA acerca de la disponibilidad del servicio en el
área en que se proyecten hacer las acometidas.
 Para la distribución de servicios subterráneos nuevos, los transformadores deberán ser tipo
"PADMOUNTED", por lo que deberán observarse los respectivos procesos y procedimientos
de la obra civil para la instalación de dichos transformadores. Según las figuras adjuntas.




Conexión de la plataforma de concreto y el registro tipo "H"




Vista del transformador tipo padmounted con sus respectivas conexiones
3   Permisos

    Se entiende por permisos a todos los tramites municipales, obtención de servidumbres
    y similares, los cuales deberá efectuar el interesado.

4   Suministro de ductos

    4.1     Acometidas residenciales

    El interesado deberá efectuar la canalización con un ducto de 2 " de p.v.c. eléctrico o
    conduit galvanizado desde el registro "H" donde se encuentran las líneas secundarias
    de EEGSA. hasta la caja del contador, la cual deberá ser una caja cuadrada, la altura "
    h" del contador se regirá por las especificaciones anteriores ( 2.70 mts. para lugares
    sin seguridad privada y 1.80 mts. en áreas con seguridad particular), el ducto de salida
    de la caja del contador con las líneas medidas, será de un diámetro adecuado al calibre
    del conductor que el interesado instale.


    El interesado deberá efectuar la canalización del nuevo servicio desde el registro " H "
    hasta la columna donde se instalará el contador nuevo, con un ducto de PVC. Eléctrico
    o conduit galvanizado de 2" sin registros intermedios, además deberá dejar una línea
    guía de alambre galvanizado calibre # 10 o # 8 dentro del ducto
EEGSA. procederá a meter el cable de servicio desde el registro "H" subterráneo hasta
la caja del contador, seguidamente efectuará las conexiones respectivas e instalará el
contador procediendo al precintando del mismo.
La canalización se deberá hacer de acuerdo las especificaciones adjuntas.
4.2   servicio subterráneo residencial con cruce calle
      Si las líneas de baja tensión subterráneas de EEGSA se encuentran en el lado opuesto
      de la calle a donde se solicita el servicio, el interesado deberá solicitar una extensión
      de líneas para que EEGSA efectúe el cruce de calle con las líneas de baja tensión. al
      lado de la calle donde se solicita el servicio.

      El interesado deberá efectuar la canalización desde el registro " H " existente al otro
      lado de la calle, construir el nuevo registro "H", colocar los tubos de cruce de calle, los
      cuales deberán ser conduit galvanizado de 4" con su respectivo recubrimiento de
      concreto

      A demás deberá efectuar la canalización desde el nuevo registro " H " hasta la columna
      del contador donde se requiera el servicio.

      Dicha canalización será con un ducto de PVC. Eléctrico o conduit galvanizado de 2"
      sin registros intermedios, deberá dejar dentro del ducto una línea guía de alambre
      galvanizado calibre # 10 o # 8.

      Toda la obra civil necesaria a la canalización desde el registro " H " existente hasta el
      contador, será efectuada por cuenta del interesado, la cual deberá ser de acuerdo a las
      normas de EEGSA.
      Ver figura.




4.3   Acometidas subterráneas especiales

      Para servicios de acometidas subterráneas con cargas mayores a las que soporta la
      ampacidad del cable de servicio: triplex 2 # 2 y N # 4, AL. URD. el interesado deberá
      consultar con EEGSA. Para definir lo procedente a los trabajos a efectuarse.
5   distancias entre ductos de energía y otros ductos
    Cuando la canalización de la acometida pasa por puntos donde haya canalización, el
    ducto de la acometida se debe mantener a un mínimo de 18" de distancia en ambos
    sentidos de la otra canalización.
    Ver figura.




6   conexiones y desconexiones en cajas
    Las conexiones y desconexiones en la caja de registro tipo " H " donde se encuentran
    las líneas de EEGSA. así como el suministro del cable de servicio, el tendido dentro del
    ducto de acometida, la conexión en las clavijas superiores de la caja del contador, la
    instalación del contador y el precintado del mismo podrán ser efectuadas única mente
    un contratista homologado por EEGSA .

7   Cuando dos contadores estén instalados en una columna medianera, cada contador
    deberá tener canalización independiente desde el registro tipo " H " hasta el contador,
    según las especificaciones anteriores.
8   Especificaciones de la columna de contador con servicio subterráneo

    El tamaño mínimo para la columna del contador serán de acuerdo a las figuras
    siguientes:
9        Clasificación de acometidas subterráneas residenciales
         9.1.1   Las especificaciones que se estipulan, son las mínimas aceptables para
                 instalaciones de servicio residencial subterráneo monofásico 120 / 240 voltios,
                 3 alambres, corriente alterna 60 Hz. Cualquier otro tipo de servicio o voltaje, se
                 deberá consultar con EEGSA.
         9.1.2   El contador deberá estar instalado en límite de la propiedad privada y el de la
                 propiedad pública, dando frente a la calle, y que sea de fácil acceso.
         9.1.3   Se aplican los artículos del No. 1 al No. 8 de la SECCION IV del capitulo de
                 servicios residenciales subterráneos.
         9.1.4   La caja del contador deberá ser tipo " socket cuadrada" monofásica de 100
                 amperios y que cumpla con las normas EEI-MS-7.
         9.1.5   Se pueden conectar motores de uso domestico no mayores de 5 hp.
         9.1.6   El ducto de acometida será: conduit galvanizado de 2" o PVC ELECTRICO de
                 2".
         9.1.7   El servicio no podrá efectuar ningún cruce de calle.
         9.1.8   Para poder efectuar un cruce de calle, se deberá aplicar el artículo No. 4.2
                         servicio subterráneo residencial con cruce calle.
9.2       Servicios monofásico hasta 200 amperios ( 40.8 kw. )
      9.2.1 La instalación deberá cumplir con las especificaciones para la instalación de los
              contadores con demandómetro.
      9.2.2 El ducto de acometida será conduit galvanizado de 2" o PVC ELECTRICO de 2"
      9.2.3 La caja del contador deberá ser de 200 amperios.
      9.2.4 Las conexiones que deberá hacer el interesado serán en las clavijas de los
              extremos ver figura.




      9.2.5   Servicios mayores de 200 amperios, son considerados servicios especiales y se
              deberán consultar con EEGSA.
10   Registros y canalización utilizados en líneas subterráneas.

     10.1.1 Registros especiales
            Cuando EEGSA. Lo estime conveniente, se podrá pedir que el interesado
            suministre o construya registros especiales de acuerdo a las características que
            se requieran en el proyecto.

     10.1.2 registros para alumbrado
            EEGSA. Se reserva el derecho de exigir la instalación de registros para
            alumbrado público de acuerdo a las características del proyecto.

     10.1.3 Registros utilizados por EEGSA.
            Para la construcción de un proyecto con un sistema de líneas subterráneas, las
            cuales pueden ser de media tensión, baja tensión o ambas, los registros a
            utilizarse serán del tipo " H ".
            El registro " H " tipo costa ( especial) se deberá utilizar cuando las condiciones
            climáticas sean muy severas.
            Registro " H " tipo pozo cuando el perfil del terreno así lo exija .

Registro tipo " H "
Registro " H " tipo costa ( especial )
Elevación del registro " H " tipo costa




Armado de la tapadera del registro " H" tipo costa
Planta registro "H" tipo pozo




Elevación de registro "H" tipo pozo
Detalle de armado de la tapadera del registro "H" tipo pozo




Sección transversal del registro tipo pozo
Detalle de entrada de ductos al registro
Canalización con ductos de 4 " y recubrimiento de concreto
Vista general de la canalización
Canalización con cruce de calle




Canalización en acera paralela a la calle con pendientes de 1% al 45%
SECCION V

SERVICIO EN VOLTAJE 120 / 208 VOLTIOS
EDIFICIOS CON MAS DE CINCO (5) CONSUMIDORES
VOLTAJES DISPONIBLES
ACOMETIDA
MEDICION
USUARIOS DE TABLEROS MULTIPLES DE CONTADORES QUE REQUOIERAN
MEDICION SECUNDARIA
ACOMETIDAS EN MEDIA TENSION ( PRIMARIAS)
TRANSFORMADORES PROPORCIONADOS POR EEGSA
INSPECCION
USUARIOS DE ALTO CONSUMO
RECOMENDACIONES
SECCION V
ACOMETIDAS EN EDIFICIOS, APARTAMENTOS, CENTROS COMERCIALES Y SIMILARES

1    Servicios en voltaje 208 / 120 voltios estrella
     Cuando la carga a conectarse sea monofásica y exceda de 48 Kilovatios, para evitar
     desbalance en las líneas de EEGSA., el interesado deberá hacer una distribución
     trifásica 120 / 208 voltios en estrella.

2    edificios con más de cinco ( 5) consumidores
     Para edificios con más de cinco ( 5) consumidores, es necesario que el interesado
     presente a EEGSA. Los planos eléctricos y diagramas unifilares de la instalación, con
     anterioridad al inicio de la construcción a fin de que EEGSA. Los revise y emita las
     recomendaciones pertinentes, respecto a las características eléctricas del equipo por
     parte del o de los interesados Ejemplo: elevadores, escaleras, bombas, equipo de aire
     acondicionado y todo lo referente a los servicios generales.
     Esta revisión no responsabilizara EEGSA. por los defectos o errores contenidos en el
     diseño.



3    Voltajes disponibles
     Los voltajes disponibles en EEGSA, son:

     3.1    para consumidores individuales
            120 / 240 voltios, monofásico
            120 / 208 Y voltios, trifásico, estrella aterrizada, 4 alambres.
            120 / 240 ∆ voltios, trifásico, delta, 4 alambres.

     3.2    Para servicios generales
            Con transformadores proporcionados por el interesado, también se pueden
            suministrar los siguientes voltajes:
            240 / 480 ∆ voltios, 3 fases, delta, 4 alambres.
            240 / 416 Y voltios, 3 fases, estrella aterrizada, 4 alambres.
            277 / 480 Y voltios, 3 fases.

     3.3    Para alimentación de edificios:
            13.2 ó 69 kv. Dependiendo de la carga y de la disponibilidad que EEGSA tenga
            en el área.

4    Acometida
     Todo inmueble debe ser alimentado por una sola acometida, ya sea en alta, media o
     baja tensión, esta podrá ser aérea o subterránea.
     Cuando EEGSA lo estime conveniente, se podrá tener más de una acometida, aplica
     el artículo 9 de la sección de cláusulas generas que dice:
"SOLICITUDES CON DIFERENTE NOMBRE PARA EL MISMO INMUEBLE
                          (MAS DE 1 ACOM.)
       CUANDO A JUICIO DE EEGSA, PERSONAS INDIVIDUALES O JURÍDICAS
SOLICITEN EL SERVICIO PARA UN INMUEBLE CON EL OBJETO DE NO CUMPLIR LO
ESPECIFICADO EN ESTAS NORMAS, EEGSA. SE RESERVA EL DERECHO DE NO
PRESTAR EL SERVICIO O DESCONECTARLO SEGÚN LO PREVISTO EN EL ARTÍCULO 59
INCISO F ) DEL REGLAMENTO DE PRESTACIÓN DE SERVICIO DE ENERGÍA ELÉCTRICA
DE LA EMPRESA ELÉCTRICA DE GUATEMALA S.A. ( ACUERDO GUBERNATIVO 18 -- 91 )
       DENTRO DE ESTA CLASIFICACIÓN SE CLASIFICARÁ A PERSONAS JURÍDICAS O
INDIVIDUALES QUE SOLICITEN O HAYAN SOLICITADO SERVICIOS CON DIFERENTES
NOMBRES PARA INCREMENTAR LAS CARGAS CONECTADAS A INMUEBLES SIN CUMPLIR
CON CONECTARSE AL VOLTAJE QUE SE INDICA EN ESTE MANUAL O PARA CONSEGUIR
QUE UN INMUEBLE SE ALIMENTE CON VARIAS ACOMETIDAS.
       A LOS CONCESIONARIOS DE E.E.G.S.A. QUE SE PRESTEN PARA ESTE TIPO DE
ACTIVIDAD LES SERÁ CANCELADA LA CONCESIÓN DE ACUERDO AL REGLAMENTO
VIGENTE DE ELECTRICISTAS AUTORIZADOS. "

4.1   Este tipo de servicio requiere que el interesado efectúe la instalación y
      construcción de:
      4.1.1 Tubos de bajada para líneas de media o baja tensión deberán ser de
              conduit galvanizado de 4" más el tubo de bajada que se requiere en
              estos casos.
      4.1.2 Hacer la obra civil correspondiente a la canalización y obra necesaria
              para la instalación del o los equipos respectivos.
      4.1.3 Preparar la infraestructura necesaria para la instalación del equipo de
              medición necesario.
      4.1.4 Toda la obra civil será por cuenta del interesado y de acuerdo a las
              especificaciones de EEGSA.




4.2   tubos de bajada para media o baja tensión
      El interesado instalará los tubos de bajada conduit galvanizado, en el poste de
      distribución de EEGSA.
      En la base del poste se deberán dejar enterrados 2 ductos con sus respectivas
      vueltas.
      La altura del tubo de bajada será de acuerdo a las especificaciones de las
      figuras adjuntas.
      Estas figuras aplican para el suministro de ductos para las bajadas secundarias
      para cajas auto contenidas clase 200, mediciones secundarias en caja tipo III
.
Montaje del equipo de bajada primaria en poste
El montaje del equipo para una bajada en media tensión, la hará un contratista homologado por
EEGSA.
Si EEGSA establece un punto de entrega o de enganche, el interesado podrá instalar el equipo
en el pote.
4.3   Líneas de alimentación
      4.3.1 Líneas de alimentación en baja tensión
            Los conductores de alimentación desde el poste al tablero múltiple de
            contadores, equipos de medición en caja III o caja clase 200 serán
            suministrados e instalados por el interesado, el calibre del conductor
            deberá tener una ampacidad adecuada a la carga que se instale.
            Dichos conductores deberán ser de una sola pieza, es decir no podrán
            tener ningún tipo de empalme desde el accesorio de entrada en el
            poste de bajada hasta la caja de medición.
            Las riendas de los cables deberán tener una longitud mínima de 6 mts.
            para poder efectuar las conexiones en los transformadores las cuales
            se conectarán en DELTA o en ESTRELLA .
            Estas figuras aplican en el suministro de conductores para las bajadas
            secundarias en cajas auto contenidas clase 200, o mediciones
            secundarias en rack o en caja tipo III
4.3.2 Líneas de alimentación para media tensión
              Para la alimentación de un servicio en media tensión, el interesado
              deberá efectuar la obra civil correspondiente a las bajadas primarias en
              media tensión, instalar el o los transformadores que se utilizarán en el
              centro de transformación del edificio, comercio, o similar.
              El tendido del cable dentro de la canalización, lo efectuará EEGSA.
              Si son líneas particulares, la obra civil, tendido de los conductores,
              montaje de la o las bajadas primarias y todo lo concerniente al centro o
              centros de transformación, los deberá instalar el interesado, ya que
              EEGSA. Definirá un punto de entrega donde se instale la medición de
              media tensión.


4.4   Vueltas
      Toda bajada: en media o baja tensión, deberá tener dos vueltas galvanizadas
      de 4" en la base del poste con su respectivo recubrimiento de concreto.

      4.4.1   Si es un servicio con bajada secundaria, esta no podrá tener ningún
              registro intermedio entre el poste y el equipo de medición, el cual podrá
              ser:
              Una caja clase 200 para contador demandómetro auto contenido.
              Caja para medición secundaria tipo III.
              Panel de contadores.
              Ver figura adjunta.
4.4.2   Si es un servicio en media tensión, el poste con sus respectivas
        vueltas, no deberá estar a más de 3.00 mts. máximo de separación
        entre el poste y el primer registro aprobado por EEGSA.
        Ver figura adjunta.
5       medición
        5.1   servicios generales
              La medición de los servicios generales deberá ubicarse a los cables de
              acometida

              5.1.1   Panel múltiple de contadores 120 / 240 v. 120 / 208 v. Monofásico


    Si se requiere más de 5 contadores por inmueble, se deberá instalar un
    panel múltiple de contadores en un lugar adecuado y accesible para la
                                  EEGSA..




                      Si el interesado tiene que instalar más de un panel múltiple de
                      contadores a partir de un mismo centro de transformación, deberá
                      consultar con EEGSA para determinar si aplica la construcción de
                      acuerdo siguiente.

                      Usuarios con tableros múltiples de contadores y medición
                      secundaria ubicados a más de 5 mts. de la fuente.
Usuarios con tableros múltiples de contadores y medición
                      secundaria a menos de 5 mts. de la fuente




Edificios con mediciones individuales Para los propietarios o inquilinos

Especificaciones general

1     Si el edificio tiene más de 4 niveles, se procederá a instalar un panel de contadores a
      cada 3 o 4 niveles. Y el número de contadores por panel múltiple serán de: MINIMO DE
      6 Y MAXIMO DE 60.
2     La subestación deberá estar en un lugar accesible al personal de EEGSA
3     Si el edificio tiene seguridad particular, el interesado deberá mantener una orden
      permanente en la garita de control a fin de facilitar con rapidez el ingreso al personal de
      lecturas de contadores.
4     EEGSA instalara un equipo de medición general en la salida de los transformadores
      para medir la totalidad de la carga instalada en el edificio, con los paneles de
      contadores más los servicios generales.
5     Si el interesado ocasiona problemas o retiene al personal más del tiempo necesario, el
      lector procederá a tomar la lectura de la medición total del edificio para su facturación,
      el cual deberá cancelar en su totalidad el interesado o dueño del edificio.
6     En edificios con una demanda total de 225 KW., el interesado deberá proveer los
      transformadores que sean necesarios para poder suministrar la energía del mismo.
7       El tendido de cables e instalación de la distribución en alta tensión, lo efectuará
        EEGSA.
8       La localización de los tableros múltiples de contadores dentro de los niveles superiores
        de un edificio, deberán esta localizados en lugares de fácil acceso al personal de
        lecturas.
9       En caso de que la demanda total sea de 225 KW. O menor, y EEGSA supla los
        transformadores, el voltaje en baja tensión será de 120 / 208 voltios. 3 fases
        4 conductores.
10      El interesado deberá efectuar la interconexión de todos los tableros múltiples de
        contadores con ductos barra o con los cables de suficiente ampacidad para poder
        transportar la carga a todos los paneles múltiples de contadores.
Ver figura adjunta.




                        Medición para servicios generales en edificios

Especificaciones generales
1      Si la carga para los servicios generales, fluctúa de 11 a 75 kw. Se deberá instalar un
       contador auto contenido en caja clase 200 el cual deberá estar integrado dentro del
       panel de contadores, cumpliendo con los requisitos de su respectiva conexión.
2      Si la carga a conectar en los servicios generales excede de los 75 kw., el interesado
       deberá instalar una medición secundaria en caja tipo III fuera del tablero múltiple de
       contadores y acoplada las barras del tablero sin ningún registro intermedio.
3      El interesado deberá efectuar la instalación del equipo respectivo a la medición
       secundaria en caja III. Así como el cableado de la misma.
       Ver figura adjunta
5.2   Tablero múltiple de contadores
      Para edificios con más de 5 consumidores, es necesario colocar un tablero
      múltiple de contadores en un área adecuada y accesible
      5.2.1 Si es para edificios con más de 4 niveles, se deberá aplicar todo lo
               concerniente al inciso 5.1 del párrafo anterior de esta sección.
      5.2.2 Si se trata de edificios con 4 o menos niveles, el panel múltiple de
               contadores deberá estar en el primer sótano o en el primer nivel.
      5.2.3 Todo tablero múltiple de contadores deberá estar protegido por un
               interruptor general y las salidas de cada contador por un interruptor
               térmico ( flip-on) instalado en el tablero.
      5.2.4 Los interruptores térmicos deberán tener una capacidad interruptiva de
               acuerdo a la corriente de corto circuito que pueda producirse.
      5.2.5 El interruptor general deberá tener una capacidad interruptiva de a
               cuerdo a la corriente de corto circuito que se pueda producir en el
               panel múltiple de contadores.


      5.2.6 Características del tablero múltiple de contadores
             Todo tablero múltiple de contadores deberá cumplir con los siguientes
             requisitos:
             5.2.6.1 deberá Identificar con pintura permanente, números y letras no
                      menor de 2" el tipo de voltaje de alimentación.
             5.2.6.2 El número de contadores que podrá tener un panel múltiple de
                      contadores será: mínimo de 6 y un máximo de 60 unidades.
             5.2.6.3 El tablero múltiple de contadores deberá estar localizado en la
                      parte más inmediata al acceso del edificio, en áreas de
                      circulación y accesible en todo momento al personal de
                      EEGSA.
             5.2.6.4 El diseño y ubicación del tablero serán sometidos a una
                      revisión previa por parte de EEGSA.. Esta revisión no hace
                      responsable a EEGSA por los errores de diseño que tenga.
             5.2.6.5 El tipo de instalación podrá ser :
                      Interior, si es de fácil inspección y accesibilidad al personal de
                      EEGSA.
                      Exterior, deberá tener un gabinete o una caseta de protección
                      para el panel, la cual será de acuerdo al tamaño del panel por
                      instalarse. Ver figura
5.2.6.6 El tablero múltiple de contadores tiene que ser completamente
        precintable.
5.2.6.7 El tablero debe permitir conectar o cortar un servicio sin
        necesidad de abrir completamente el mismo.
5.2.6.8 Cada sector del tablero debe estar protegido con una tapadera
        precintable individual cuando no haya contador instalado,
        además deberá tener la identificación del local o apartamento
        que sirve, la identificación deberá hacerse con pintura
        permanente o números no menores de 1".
5.2.6.9 Las conexiones que alimentan a cada contador dentro del
        tablero ( líneas no medidas) deberán hacerse con barras
        sólidas. Las salidas ( líneas ya medidas) deberán tener un
        interruptor térmico en la salida del contador, después de este
        interruptor térmico las salidas podrán hacerse mediante cables
        de calibre adecuado. Ver figura.
5.2.6.10          El interruptor para cada local, apartamento u oficina,.
                  deberá estar integrado físicamente al tablero múltiple de
                  contadores
5.2.6.11          El tablero deberá esta conectado físicamente a tierra.
5.2.6.12          En el mismo ducto no podrán ir líneas medidas y no
                  Medidas
5.2.6.13          El interruptor general que sirve al tablero debe ser precintable.
5.2.6.14          No se permitirá el uso de cierres adicionales que impidan el
                  acceso al personal de EEGSA.
5.2.6.15          Las líneas de alimentación de cualquier tablero de medición
                  podrán ser cables con una capacidad suficiente que permitan
                  la expansión hasta en un 50 % con el neutral a capacidad
                  completa. Dicha alimentación deberá hacerse dentro de tubo y
                  accesorios tipo conduit galvanizado, sin cajas de registro y
                  perfectamente identificados con pintura blanca. En caso de
                  utilización del ducto barra, el mismo deberá tener una
                  capacidad del 150 % de la capacidad de los transformadores
                  que sirven al mismo.

     5.2.6.15.1        No se aceptarán tableros múltiples de contadores con
                       voltajes mixtos, deberán ser: 120 / 240 v delta 120 / 208
                       v. Estrella, pero no combinados de ellos.

     5.2.6.15.2        Se recomienda que la instalación del tablero cumpla los
                       siguientes requisitos:

     5.2.6.15.3        En el diseño preliminar de la acometida, se prevea el
                       crecimiento, aumentos de carga y probable conversión a
                       trifásico, dejando ductos y accesorios del diámetro y
                       especificaciones adecuadas.
     5.2.6.15.4        El uso de pararrayos secundarios en el tablero múltiple de
                       contadores.
6       Usuarios de tableros múltiples de contadores que requieran
        medición secundaria.
6.1     Usuarios con tableros múltiples de contadores, separados de la fuente.
               La conexión de tableros múltiples de contadores separados de la fuente, son
               considerados en los siguientes casos

6.1.1   conexión de un solo tablero
        La línea de alimentación saldrá directamente de la subestación o centro de
        transformación, debiendo cumplir con las condiciones siguientes:

6.1.1.1 La línea de alimentación del tablero múltiple de contadores debe contar con ( 2) dos
        interruptores. Uno de los cuales debe estar al inicio del alimentador del tablero siempre
        que el tablero múltiple de contadores este separado de la pared del centro de
        transformación y el segundo interruptor debe estar al final del alimentador e
        incorporado dentro del tablero múltiple de contadores y debidamente precintado.




6.1.1.2 La línea de alimentación del tablero múltiple de contadores deberá ser ducto barra,
        expuesta y permanentemente accesible al personal de EEGSA, . Si se utiliza cable,
        este deberá ir dentro de tubería conduit galvanizado sin ningún registro intermedio y
        pintado el mismo de color amarillo.

6.1.1.3 No se permitirá la existencia de registros intermedios a lo largo de la línea de
        alimentación del tablero múltiple de contadores por ser estas líneas no medidas.
6.1.1.4 EEGSA. Se reserva el derecho de colocar una medición de respaldo en donde lo
        considere conveniente.


6.1.2   Conexión de varios tableros múltiples de contadores distantes de la
        fuente.
        El centro de transformación o subestación deberá incluir un tablero de distribución del
        cual partirán las líneas de alimentación a cada tablero múltiple de contadores o a
        medición secundaria en caja tipo III.
        La subestación deberá tener un área mínima rectangular de 4.00 mts. por 5.50 mts. la
        línea deberá cumplir con las condiciones de los incisos anteriores del 6.1.1.1 al 6.1.1.4
        de esta sección.
6.2   Usuarios con tableros múltiples de contadores y medición secundaria
      contiguos a la fuente .
      6.2.1.1     Los tableros que se tengan que instalar contiguos a la pared del centro
                  de transformación, podrán prescindir de un de los interruptores
                  descritos en el inciso que dice: "6.1.1.1 La línea de alimentación del
                  tablero múltiple de contadores debe contar con ( 2) dos
                  interruptores. Uno de los cuales debe estar al inicio del
                  alimentador del tablero siempre que el tablero múltiple de
                  contadores este separado de la pared del centro de
                  transformación y el segundo interruptor debe estar al final del
                  alimentador e incorporado dentro del tablero múltiple de
                  contadores y debidamente precintado."
                   por estar pegados a la fuente, deberán ser alimentados directamente
                  de las terminales secundarias de los transformadores.




      6.2.1.2     Los tableros que se tengan que instalar separados a la
                  pared del centro de transformación.
                  tendrán que aplicar el inciso 6.1.1.1 que dice: "6.1.1.1 La línea de
                  alimentación del tablero múltiple de contadores debe contar con
                  ( 2) dos interruptores. Uno de los cuales debe estar al inicio del
                  alimentador del tablero siempre que el tablero múltiple de
                  contadores este separado de la pared del centro de
                  transformación y el segundo interruptor debe estar al final del
                  alimentador e incorporado dentro del tablero múltiple de
                  contadores y debidamente precintado."
6.3   requerimientos para la instalación de tableros múltiples de contadores
      separados de la fuente.
      La conexión de los tableros múltiples de contadores y medición secundaria en caja tipo
      III, separados de la fuente, deberán llenara los siguientes requisitos

      6.3.1   La subestación o centro de transformación deberá tener un área mínima
              rectangular de 4 mts. x 5.50 mts. y deberá cumplir con las especificaciones
              adjuntas:
6.3.2   En la salida de la subestación y dentro de la misma, deberá instalarse un
        tablero de distribución, con su protección y debidamente precintado, del cual
        partirán las diferentes líneas que alimentarán cada uno de los tableros
        múltiples de contadores y para cada una de las mediciones secundarias.
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  • 2. SECCION I INTRODUCCION Empresa Eléctrica de Guatemala S.A., pone a la disposición de Ingenieros, Arquitectos, Electricistas. Contratistas, Distribuidores de Equipo Eléctrico, y personas interesadas este manual técnico de servicio con los procedimientos adecuados para la instalación de los diferentes tipos de servicios eléctricos a fin de que el consumidor obtenga un uso eficiente del mismo. Dichas acometidas se instalarán de acuerdo con lo aquí establecido, ya que de no ser así, la Empresa no conectará el servicio. Estas normas son de aplicación general y no incluyen todas las situaciones posibles que puedan encontrarse en la instalación del servicio. Los casos que no estén específicamente cubiertos dentro de este manual técnico, así como las dudas que puedan existir, deberán consultarse a E.E.G.S.A y en todas sus agencias de atención al cliente antes de iniciar la construcción. La Empresa recomienda que la instalación interna del consumidor sea hecha de acuerdo con las normas internacionales establecidas como el Código Eléctrico Nacional (NEC) de los Estados Unidos de Norteamérica, última edición y consulte el reglamento de prestación de servicio de4 energía eléctrica.( Acuerdo Gubernativo No. 18--91), que puede obtenerse en La Unidad de Atención al Cliente.
  • 3. Información general El consumidor o solicitante debe consultar a las oficinas que se listan a continuación, con respecto a la clase de servicio que se le puede suministrar, antes de hacer su instalación y comprar e instalar el equipo eléctrico Oficinas de servicio al consumidor Las oficinas al servicio de consumidores de la Empresa Eléctrica de Guatemala S.A son: Ciudad Guatemala OFICINAS CENTRALES SUBAGENCIA LA TORRE SUGAGENCIA EL CASTAÑO SUBAGENCIA JOSE MILLA Y VIDAURRE SUBAGENCIA PETAPA SUBAGENCIA MOLINO SUBAGENCIA MEGA 6 AGENCIA MEGA CENTRO AREAS DEPARTAMENTALES Y MUNICIPIOS AGENCIA ANTIGUA AREA DE AMATITLAN SUBAGENCIA VILLA NUEVA AGENCIA DE ESCUINTLA SUBAGENCIA PUERTO SAN JOSE Nota: Para mayor información consulte su guía telefónica.
  • 4. DEFINICIONES GENERALES Accesible Capaz de ser alcanzado rápidamente desde la vía pública para su reparación, reposición o inspección, sin estar confinado por puertas con llave, elevaciones u otros medios que para aproximarse a él, no se necesite quitar obstáculos o recurrir a subirse en escaleras, sillas etc. Acometida Conjunto de componentes utilizados para transportar la energía eléctrica, desde las líneas de distribución de la EEGSA a la instalación eléctrica del inmueble servido. Ampacidad Se refiere a la capacidad de conducción de los conductores, expresada en amperios. Conexión a tierra Conexión efectiva por medio de un cable que conecta el neutro de la red de EEGSA y el de la instalación de usuario, a una varilla de cobre de conexión a tierra. Canalización Conjunto de ductos o tubos por donde se hacen pasar los conductores, con el fin de protegerlos mecánicamente y evitar el contacto directo con personal no calificado con los mismos. Capacidad interruptiva de un interruptor Es la máxima corriente de corto circuito que se puede interrumpir a voltaje nominal, sin daños para el interruptor. Capacidad nominal de un interruptor Es la máxima corriente en amperios que puede soportar constantemente un interruptor si dañarse. Capacidad instalada Es la suma de la capacidad nominal en KVA de todo el equipo eléctrico que se conectará a la acometida. Clase de servicio Se refiere a las características técnicas y comerciales de la carga a conectarse. Usuario Persona individual o jurídica que recibe servicio eléctrico de la Empresa por medio de la acometida correspondiente. medidor Aparato que se usa para medir la energía o energía y potencia eléctrica utilizada por el usuario durante un periodo determinado. Potencia registrada Es el valor de máximo valor de potencia registrado por un medidor demandómetro durante un período determinado.
  • 5. Potencia contratada Es el valor de la potencia requerida por el usuario de acuerdo a su necesidad. EEGSA Se llama así a la Empresa Eléctrica de Guatemala S.A. Extensión de red Se llama así a cualquier adición o ampliación de la red existente. Variante de red Es cualquier modificación a la red existente. Instalación del usuario Incluye los accesorios de la acometida que son instalados por el consumidor según las especificaciones de la clase de servicio y la norma que le corresponde. Interruptor automático Es un dispositivo diseñado para abrir un circuito automáticamente cuando la corriente en amperios llega a un nivel determinado. Líneas de alimentación Se refiere a los conductores que van desde el equipo alimentador hasta el dispositivo de sobrecorriente más cercano. Líneas medidas Se refiere a los conductores que salen del equipo de medición hacia la carga instalada. Medios de conexión y desconexión Dispositivos utilizados para poder conecta o desconectar la carga. Precintos Son los dispositivos de seguridad, que se colocan en contadores y en los puntos donde la Empresa estime conveniente, para evitar que personas no autorizadas tengan acceso a la parte interior de los contadores o conductores con corriente no medida. Pararrayos secundarios Son dispositivos que protegen el equipo contra descargas de los rayos. Solicitud de servicio Es el formulario que proporciona la Empresa al interesado o su representante legal para ser llenado, firmado y entregado a la Empresa par su aprobación. Voltaje nominal Es el valor asignado a la magnitud del voltaje de un sistema con el fin de clasificarlo. Por ejemplo 120 / 240 / 480, voltios etc. El voltaje medido podrá variar del valor nominal en un rango que permita la operación satisfactoria del equipo Contrato de servicio Es el convenio celebrado entre E..E.G.S.A. y el usuario, por medio del cual se comprometen ambas partes a cumplir con las cláusulas necesarias para proporcionar el servicio eléctrico.
  • 6. ABREVIATURAS KW . ---------------------------------------------- kilovatio ( s) MW mega vatio (s) KVA. Kilo voltio amperio (s) HP Caballo de fuerza V voltio (s) A amperio (s) KV Kilovatio (s) Hz Ciclos W Vatio (s) SECCION II
  • 7. RECOMENDACIONES GENERALES Empresa Eléctrica de Guatemala, S. A hace las siguientes recomendaciones generales a todos los usuarios de las normas de acometidas aprobadas por la COMISION NACIONAL DE ENERGIA ELECTRICA ( CNEE), y los diferentes procedimientos descritos en las secciones adjuntas del MANUAL TECNICO DE SERVICIO. 1 INCREMENTO DE CARGA Todo incremento de carga en las instalaciones del consumidor deberá ser reportado a EEGSA. EEGSA se reserva el derecho de exigir al consumidor que haga los cambios necesarios en su acometida para continuar con su servicio eléctrico. 2 ROTURA DE PRECINTOS La rotura de los precintos sin la autorización de EEGSA se sancionará y penalizará de acuerdo al reglamento de Prestación de Servicio de Energía Eléctrica de EEGSA ( acuerdo gubernativo 18 -- 91) 3 MEDIDORES INTERIORES De acuerdo a las normas de acometidas aprobadas por CNEE el interesado deberá dar mantenimiento a las instalaciones de su propiedad con la excepción del o los equipos de medición. Cualquier trabajo que deba realizar con relación a los equipos de medición, deberá solicitar permiso y autorización a EEGSA. 4 SERVICIOS SOBRE PROPIEDADES PATICULARES Se recomienda que toda línea de servicio eléctrico sea esta de media o baja tensión no pase por propiedades particulares para evitar los permisos de servidumbres de paso respectivas. 5 REGISTROS INTERMEDIOS Cuando se efectúa una canalización para líneas de baja tensión no medidas, no deberá existir ningún tipo de registro intermedio entre la bajada secundaria en el poste propiedad de EEGSA y el equipo de medición. 6 PROTECCION DE MEDIDORES CON REJAS Los usuarios que por razones de seguridad deseen instalar una reja de protección al equipo de medición, esta deberá estar de acuerdo a las normas de acometidas aprobadas por la CNEE no se permitirá la instalación de ninguna reja que no cumpla con las especificaciones dadas que son:  Debe tener puerta abatible para poder abrirla y permitir la inspección del equipo de medición.  Las rejas se deberán cerrar con un candado y el usuario deberá mantener las llaves dentro de su propiedad mismas en un lugar de fácil acceso y a la vista para poder abrir el candado en cualquier momento que las requiera la EEGSA
  • 8. 7 REVENTA DE ENERGIA ELECTRICA La reventa de energía eléctrica por parte de un usuario particular no es permitida por las razones siguientes:  Para poder vender energía eléctrica, la persona deberá estar registrada como distribuidor de energía eléctrica de acuerdo a lo estipulado en la Ley General de Electricidad.  Si se determina que una apersona revende energía eléctrica y no es distribuidor autorizado por la Comisión Nacional de Energía, EEGSA se reserva el derecho de suspender el servicio.  No se recomienda la reventa de energía eléctrica a terceras personas, ya que el dueño del medidor corre un gran peligro de sufrir un incendio en su propiedad, debido a la sobre carga de su sistema eléctrico. 8 AUTO CONEXION Ninguna persona que no sea autorizada por EEGSA, podrá auto conectarse, ya que esto se considerará como una anomalía el cual será sancionado. 9 ALTERACION DE INSTRUMENTOS Cualquier alteración, modificación en los equipos de medición, son considerados como una anomalía y serán sancionados de acuerdo al grado de alteración que se cometa. 10 RECONEXION DONDE HA HABIDO ANOMALIAS EEGSA se reserva el derecho de no reconectar a un usuario que sea encontrado con una anomalía en su equipo de medición. MT 2.60.03
  • 9. ____________________________________________________________________________ Descriptores: MT 2.60.03 Abril de 2001 EDICIÓN: 1ª. MANUAL TÉCNICO EMPRESA ELÉCTRICA ORGANISMO FECHAFIRMA ORGANISMO FECHAFIRMA DPIM 26/04/2001 DPN 26/04/2001 DPIM =Departamento de Pérdidas, Inspección y Medida DPN = Departamento de Planificación y Normalización CONDICIONES GENERALES PARA EL SERVICIO EN BAJA TENSIÓN Y REQUISITOS CONSTRUCTIVOS PARA ACOMETIDAS DE SERVICIO ELÉCTRICO Índice Página 1 Objeto y Campo de aplicación 1 2 Alcance 1 3 Suministro en baja tensión 1 4 Suministro a cargas monofásicas individuales hasta 25 kva 1 4.1 Cargas monofásicas hasta 10 kva 1-3 4.2 Cargas monofásicas entre 10 y 25 kva 3 5 Suministro a cargas individuales trifásicas hasta 500 kva 3 5.1 Cargas trifásicas hasta 75 kva 3 5.2 Cargas trifásicas puntuales mayores de 75 y menores de 500 kva 4 6 Suministro a varios consumidores con cargas hasta 500 kva 4-5 7 Suministro a urbanizaciones 5 Anexo: Planos de la disposición de equipo para usuarios servidos en baja tensión
  • 10. MT 2.00.01 NORMAS PARTICULARES DE EMPRESA ELÉCTRICA DE GUATEMALA, S.A. Introducción: En observancia del Marco Regulatorio vigente es necesario, elaborar las normas que definan y regulen las instalaciones para el suministro de servicio eléctrico a los usuarios finales o grandes usuarios de Empresa Eléctrica de Guatemala, Sociedad Anónima, que utilicen sus instalaciones para disponer del suministro de energía eléctrica, así como las obligaciones de cada una de las partes: de Empresa Eléctrica de Guatemala, S.A., de los clientes y de los solicitantes para dicho suministro. Alcance: La normativa presentada es de obligado cumplimiento en el área de servicio de Empresa Eléctrica de Guatemala, S.A. y podrá ser revisada o ampliada cuando la experiencia en su aplicación o el desarrollo tecnológico lo hagan aconsejable Objeto: El objeto de esta normativa es: 1) Definir y regular las características técnicas de las nuevas instalaciones que han de conectarse a la red de Empresa Eléctrica de Guatemala, S.A. con el propósito de conciliar y armonizar aspectos de construcción y operación de la prestación del servicio, dentro del área de responsabilidad de cada parte, distribuidor y usuario 2) Facilitar el trabajo de contratistas, electricistas, ingenieros constructores y todos aquellos que estén involucrados con aspectos relacionados con el suministro de energía eléctrica. 3) Mejorar la calidad del servicio con el uso de materiales que formen parte de la normativa de Empresa Eléctrica de Guatemala, S.A. aprobada por la Comisión Nacional de Energía Eléctrica o que cumplan las normas reconocidas a nivel nacional e internacional y con la normalización de instalaciones. 4) Garantizar la seguridad de las personas y las instalaciones. Procedimiento de Solicitud de Servicio • El solicitante hará la petición de servicio de energía eléctrica en los lugares y formas que Empresa Eléctrica de Guatemala, S.A. ponga a su disposición, especialmente en las agencias de servicio al cliente de acuerdo al tipo de servicio solicitado. • La solicitud de servicio de energía eléctrica preferiblemente se efectuará antes de hacer la instalación y/o comprar e instalar equipo eléctrico. • Empresa Eléctrica de Guatemala, S.A. hará el estudio técnico-económico tomando en cuenta la propuesta del usuario el cual incluirá:  Definición del punto de entrega de energía eléctrica.  Condiciones económicas del suministro.  Punto de colocación del equipo de medida. REQUISITOS DE CONSTRUCCION • Con el objeto de mantener la calidad del servicio y la seguridad de las personas y cosas, todas las instalaciones que pasen a ser propiedad de Empresa Eléctrica de Guatemala, S.A. deben construirse y mantenerse por empresas y materiales que cumplan con la normativa de Empresa Eléctrica de Guatemala, S.A. aprobada por la Comisión Nacional de Energía Eléctrica. • Las instalaciones de propiedad particular que no se ajusten a la legislación vigente, no serán conectadas a la red de Empresa Eléctrica de Guatemala, S.A. Todo diseño de redes a conectarse en la red de Empresa Eléctrica de Guatemala, S.A., deberá ser previamente • aprobado por ésta en los plazos establecidos en la normativa vigente. • Todas las instalaciones que pasen a ser propiedad de Empresa Eléctrica de Guatemala, S.A.
  • 11. deberán tener constituidas todas las servidumbres necesarias y deberán cumplir con la Normativa de construcción de líneas, así como las establecidas en la norma de poda y tala de arbolado vigentes. CONTENIDO DE LA NORMATIVA La normativa de Empresa Eléctrica de Guatemala, S.A., contiene:- 1.1 Normas Particulares 1.2 Normativa de Diseño y Construcción, subdividida en 1.2.1 Unidades Básicas de Construcción 1.2.2 Normativa de Materiales 1.3 Normativa de Instalaciones de Acometida y Medida 1.4 Normativa de Mantenimiento 1.5 Normativa de la Operación de Red. CONDICIONES GENERALES PARA EL SERVICIO EN BAJA TENSIÓN Y REQUISITOS CONSTRUCTIVOS PARA ACOMETIDAS DE SERVICIO ELÉCTRICO MT 2.60.03 1. OBJETO Y CAMPO DE APLICACIÓN La presente norma tiene por objeto definir los requisitos constructivos a cumplir por parte del usuario que solicita un nuevo servicio en baja tensión, la cual será de aplicación obligatoria para todos aquellos usuarios a conectarse en la red de baja tensión propiedad de Empresa Eléctrica de Guatemala, S.A. 2. ALCANCE La presente norma se aplicará para todos los nuevos servicios cuya tensión de suministro sea menor o igual a 480 Voltios. 3. SUMINISTRO EN BAJA TENSIÓN Todo servicio en Baja Tensión deberá cumplir con el Procedimiento descrito en la norma técnica MT 2.00.01 Normas Particulares de Empresa Eléctrica de Guatemala, S.A. El servicio en baja tensión se utilizará para cargas monofásicas y trifásicas indicadas en esta norma, y con las características siguientes: Las tensiones de suministro que Empresa Eléctrica de Guatemala proporcionará serán: 120/240 Voltios 1 fase 3 alambres 120/208 Voltios 1 fase 3 alambres 120/240 Voltios 3 fases 4 alambres 120/208 Voltios 3 fases 4 alambres 240/480 Voltios 3 fases 4 alambres Cualquier voltaje no estandarizado o mayor de 480 voltios, deberá ser consultado con la Empresa Eléctrica de Guatemala S.A. (VER NOTA 1) La longitud máxima de la acometida será de acuerdo a la Tabla 1: Tabla 1. Longitud de acometida, según cable de servicio CONDUCTOR TRIPLEX 4 * TRIPLEX 2 TRIPLEX 1/0 TRIPLEX 4/0 ACOMETIDA LONGITUD 30 30 30 25 (metros) * Se aceptarán 40 m cuando el servicio se conecte desde el último poste de la red de Baja Tensión.
  • 12. Las solicitudes de conexiones, se regirán por los plazos estipulados en la legislación vigente. Las solicitudes de proyectos de ampliación de redes serán resueltas y comunicadas por escrito al solicitante, dentro del los plazos que se indican en la Tabla 2, los cuales se contarán a partir de la fecha en que el interesado presente a Empresa Eléctrica de Guatemala, S.A. la totalidad de la documentación necesaria para el desarrollo del proyecto. Tabla 2 Plazos según solicitud DESCRIPCION DE LA SOLICITUD PLAZO Proyectos con planos y presupuesto 30 días Proyectos especiales * Común acuerdo * Se consideran de este tipo, todos los diseños que contengan materiales y equipos especiales, estudios de topografía, servidumbres específicas o que se desarrollen bajo condiciones ambientales críticas y/o sean de gran volumen. 5 SUMINISTRO A CARGAS MONOFÁSICAS INDIVIDUALES HASTA 25 kVA 5.1 Cargas monofásicas hasta 10 kVA Los requisitos constructivos para el suministro a cargas individuales monofásicas hasta 10 kVA, son los siguientes: 5.1.1 El servicio debe colocarse en la propiedad que sirve y para la cual fue solicitado. 5.1.2 La caja del medidor de energía deberá instalarse en el límite de la propiedad privada y la propiedad pública, de forma tal, que el frente del medidor quede hacia la vía pública. No se permitirá la instalación de medidores en posición lateral (Ver plano No. 1 del anexo). Las alturas son las siguientes: Cuando se instala caja metálica tipo socket, la misma irá a una altura de 2.70 metros ± 10 centímetros, medido del nivel de la acera a la parte superior de la caja, con el frente hacia la calle. Empresa Eléctrica de Guatemala, S.A. comunicará a los nuevos usuarios y público en general, la fecha en la cual no se permitirá más este tipo de caja metálica. Cuando se instala caja de policarbonato, a una altura de 1.80 m ± 10 cm, medido del nivel de la acera a la parte superior de la caja. Los detalles se muestran en los Planos 2 y 3 del Anexo. Empresa Eléctrica de Guatemala, S.A. comunicará a los nuevos usuarios y público en general, la fecha en la cual únicamente se permitirá este tipo de caja de policarbonato. En los Planos Nos. 4 y 5 del Anexo se muestra la instalación con caja metálica. (VER NOTA 2) 5.1.3 El gancho de soporte para recibir el cable de acometida debe tener una altura de 4.5 metros y debe localizarse de manera que el cable de acometida no pase por propiedades ajenas colocándolo en el lugar más inmediato a uno de los postes de distribución de Empresa Eléctrica de Guatemala, S.A. 5.1.4 Los accesorios de la acometida pueden ser instalados en una columna de concreto armado con 4 varillas de hierro de diámetro mínimo de 3/8 de pulgada con sus estribos y amares respectivos (Ver detalle de columna en Plano No. 8 del anexo) 5.1.5 En casa tipo dúplex se puede utilizar una columna medianera para instalar la caja de los contadores viendo hacia la vía pública según los Planos Nos. 6, 7, 8 y 9 del anexo. 5.1.6 La acometida de servicio podrá ser aérea o subterránea. Cuando el usuario prefiera acometida subterránea deberá cubrir la diferencia de los costos entre acometida aérea y subterránea. Para servicios de acometidas subterráneas el interesado realizará la obra civil necesaria de acuerdo a diseño que acuerde con Empresa Eléctrica, de Guatemala, S.A. y a la normativa vigente para construcción subterránea de la misma.
  • 13. 5.1.7 El neutro de la instalación deberá conectarse sólidamente a tierra por medio de una varilla Copperweld de 5/8” por 8’, con un conductor no menor al calibre 8 AWG cobre. Ver Figura 1. 5.1.8 Toda nueva acometida deberá contar con un interruptor térmico instalado dentro de una caja metálica para intemperie tipo RH, NEMA 3R, la cual se instalará en la parte posterior de la columna de acometida a una altura de 1.40 m ± 10 cm medidos del nivel del suelo a la parte superior de la caja. El interruptor tendrá una capacidad nominal acorde a la carga declarada. Su función es proteger la instalación del consumidor y evitar que cualquier falla interna en la misma afecte las instalaciones de Empresa Eléctrica de Guatemala, S. A., adicionalmente sirve como medio de desconexión general. En la Figura 1 se muestra un diseño estándar de construcción del interruptor. Figura 1. Instalación del interruptor térmico 5.1.9 En casos excepcionales y a criterio del usuario en donde se necesite proteger al medidor contra daños físicos (robo, destrucción, etc.), se podrá utilizar una rejilla protectora de acuerdo a las recomendaciones establecidas en el Plano No. 10 del Anexo. No se permitirá ninguna estructura sellada en su totalidad, puesto que debe permitirse el acceso al medidor para su inspección. 5.1.10 Todo inmueble podrá alimentarse hasta con cinco acometidas, siempre que sean unidades habitacionales independientes y plenamente identificadas, los medidores de energía estarán ubicados en un lugar con acceso a la vía publica y estarán acoplados. Cada uno de los acoplamientos será conectado internamente con cable de cobre calibre No.4, debidamente estañado según 5.1.11 (Ver Plano No. 11 del anexo). 5.1.11 Para minimizar la corrosión galvánica es necesario cubrir de estaño los extremos de cada cable de cobre a insertarse en la caja del medidor que recibe la acometida de la empresa distribuidora. 5.2 Cargas monofásicas entre 10 y 25 kva: Los aspectos constructivos necesarios para suministros individuales, con cargas entre 10 y 25 kva son los siguientes: 5.2.1 Se debe utilizar una caja socket metálica monofásica clase 200 amperios, tipo IV, NEMA 3R, con puerta y candado normalizados por Empresa Eléctrica de Guatemala, S. A. (Ver Planos Nos. 12 y 13 del Anexo y Figura 2 de esta norma). La caja tipo IV, NEMA 3R puede instalarse empotrada en una pared o en
  • 14. una columna de concreto armado localizada en el límite de la propiedad privada y la propiedad pública de forma tal, que el frente del medidor quede hacia la vía pública. 5.2.2 La caja del medidor deberá instalarse a una altura de 1.90m ± 10 cm medido desde el nivel del suelo a la parte superior de la caja con el frente hacia la calle. 5.2.3 La alimentación podrá ser aérea o subterránea, y el tubo de acometida será conduit galvanizado de 2½” de diámetro. En el extremo del tubo, por donde se introducen los cables de acometida, deberá utilizarse un accesorio de entrada. Si la acometida es subterránea, los gastos correspondientes a la construcción de la obra civil y ductos de acceso correrán por cuenta del interesado, y la misma deberá realizarse según normativa vigente y diseño acordado con Empresa Eléctrica. SUMNISTRO A CARGAS INDIVIDUALES TRIFÁSICAS, HASTA 500 kVA 6.1 Cargas trifásicas hasta 75 kVA: Los aspectos necesarios para suministro individual para cargas trifásicas hasta 75 kVA son los siguientes: 5.2.4 Empresa Eléctrica de Guatemala, S.A., suministrará e instalará en sus postes, el centro de transformación y el cableado hasta el medidor. 5.2.5 La altura de la caja del medidor deberá ser de 1.90 m ± 10 cm medidos desde el nivel del suelo a la parte superior de la caja. 5.2.6 Se debe utilizar una caja socket metálica para medidor polifásico clase 200 amperios, tipo IV NEMA 3R con puerta y candado normalizados por Empresa Eléctrica de Guatemala, S. A. La caja tipo IV, NEMA 3R deberá instalarse: empotrada en una pared o en una columna de concreto armado localizada en el límite de la propiedad privada y la propiedad pública de forma tal, que el frente del medidor quede hacia la vía pública (Ver Planos Nos. 12 y 13 del Anexo y Figura 2 de esta norma). 5.2.7 La alimentación podrá ser aérea o subterránea, y el tubo de acometida será conduit galvanizado de 2½” de diámetro. En el extremo del tubo, por donde se introducen los cables de acometida, deberá utilizarse un accesorio de entrada. Si la acometida es subterránea, los gastos correspondientes a la construcción de la obra civil y ductos de acceso correrán por cuenta del interesado, y la misma deberá realizarse según normativa vigente y diseño acordado con Empresa Eléctrica de Guatemala, S.A.. Figura 2. Diagrama Esquemático de Caja Tipo IV 5.3 Cargas trifásicas puntuales mayores de 75 y menores de 225 kVA:
  • 15. Cuando la carga a conectarse sea mayor a 75 kva y menor a 225 kva, el servicio deberá cumplir con los siguientes requisitos constructivos: 5.3.1 Empresa Eléctrica de Guatemala, S.A., suministrará e instalará en sus postes el centro de transformación. 5.3.2 La altura de la caja del medidor deberá ser de 1.80 m ± 10 cm medidos desde el nivel del suelo a la parte superior de la caja. 5.3.3 El equipo de medida se instalará en una caja tipo III, la que estará ubicada dentro de las instalaciones del interesado. Si la caja tipo III se instala a la intemperie, la misma deberá ser tipo NEMA 3R para intemperie. El equipo de medición deberá contar con acceso desde la vía pública y estar provisto de puerta y cerradura normalizado por Empresa Eléctrica de Guatemala, S.A. de tal modo que facilite la lectura, inspección y verificación del equipo en el momento que Empresa Eléctrica de Guatemala, S.A. así lo decida, y sin necesidad de solicitar permiso previo a su ingreso. La Figura 3 muestra un diagrama esquemático de la instalación indicada, en dos posibles variantes. 5.3.4 La alimentación podrá ser aérea o subterránea, y el tubo de acometida será conduit galvanizado de 4” de diámetro. En el extremo del tubo, por donde se introducen los cables de acometida, deberá utilizarse un accesorio de entrada. Si la acometida es subterránea, los gastos correspondientes a la construcción de la obra civil y ductos de acceso correrán por cuenta del interesado, y la misma deberá realizarse según normativa vigente y diseño acordado con Empresa Eléctrica de Guatemala, S.A.. Figura 3. Diagrama esquemático instalación Caja Tipo III Poste y CT EEGSA Poste y CT EEGSA
  • 16. 5.4 Cargas trifásicas puntuales mayores de 225 y menores de 500 kva: Cuando la carga a conectarse sea mayor a 225 y menor a 500 kva, el servicio deberá cumplir con los siguientes requisitos constructivos: 5.4.1 Empresa Eléctrica de Guatemala, S.A., suministrará e instalará en un local proporcionado por el cliente el centro de transformación. 5.4.2 El interesado deberá suministrar e instalar el cableado desde el poste de bajada hasta el centro de transformación. La canalización será subterránea en dos tubos conduit galvanizados de 4”. Los gastos correspondientes a la construcción de la obra civil y ductos de acceso correrán por cuenta del interesado, y la misma deberá realizarse según Plano 19 del Anexo. 5.4.3 La altura de la caja del medidor deberá ser de 1.80 m ± 10 cm medidos desde el nivel del suelo a la parte superior de la caja. 5.4.4 El equipo de medida se instalará en una caja tipo III, que estará ubicada dentro de las instalaciones del interesado. Si la caja tipo III se instala a la intemperie, la misma deberá ser tipo NEMA 3R para intemperie El equipo de medición y el de transformación deberán contar con acceso desde la vía pública y estar provisto de puerta y cerradura normalizado por Empresa Eléctrica de Guatemala, S.A. de tal modo que facilite el mantenimiento, la lectura, inspección y verificación del equipo en el momento que EEGSA así lo decida, y sin necesidad de solicitar permiso previo a su ingreso. Figura 4. Diagrama esquemático instalación Centro de Transformación y Medición
  • 17. 6 SUMINISTRO A VARIOS CONSUMIDORES CON CARGAS HASTA 1000 kva (Edificios, apartamentos, condominios cerrados y locales comerciales): Cuando las cargas individuales a conectarse sean monofásicas y/o trifásicas, y la carga total sea igual o menor a 1000 kVA, el servicio deberá cumplir con los siguientes requisitos constructivos: 6.1 Los medidores de energía estarán concentrados en un armario múltiple de medidores (Ver Plano No. 14 del anexo). 6.2 El armario de medidores podrá estar ubicado en: 6.2.1 En local cerrado cedido por el interesado para ese uso específico, provisto de puerta y cerradura normalizados por Empresa Eléctrica de Guatemala, S.A. 6.2.2 En la vía pública, contiguo al edificio que sirve. Si este fuera el caso, el armario de medidores deberá ir resguardado por una construcción cerrada, de 0.75 m de ancho interno por el largo y alto que requieran la cantidad de medidores a instalar y provistos de puerta y cerradura normalizados por Empresa Eléctrica de Guatemala, S.A. para su exclusivo uso. El armario deberá asentarse sobre una base de concreto no menor de 0.20 m de alto (Ver planos 15 y 16). 6.3 No se permitirán armarios de medidores en otros niveles. (VER NOTA 3). 6.4 La obra civil y materiales para canalización, así como el armario de medidores, son por cuenta del cliente. 6.5 Cuando se requiera de servicio trifásico, el armario de medidores deberá estar construido de tal forma que acepte instalar un equipo de medida para el efecto. 7 SUMINISTRO A URBANIZACIONES: Cuando las cargas individuales a conectarse excedan de 5 y se encuentren en urbanizaciones, la distribución podrá ser monofásica o trifásica, de acuerdo a diseño acordado entre solicitante y Empresa Eléctrica de Guatemala, S.A. Existen las siguientes posibilidades de diseño: 7.1 Los centros de transformación podrán estar ubicados a lo largo de la urbanización y los mismos podrán ir montados en poste, a la intemperie o en un local cerrado ( Ver Planos Nos. 17 y 18 del anexo ). 7.2 Los medidores podrán estar ubicados en los siguientes lugares: 7.2.1 En el límite de la propiedad privada y la propiedad pública, de forma tal, que el frente del medidor quede hacia la vía pública. 7.2.2 Concentrados en armarios de contadores residenciales, (Ver plano 20 del anexo) estratégicamente ubicados a lo largo de la urbanización con acceso desde la via pública y provistos de puerta y cerradura normalizados por Empresa Eléctrica de Guatemala, S.A. para su acceso exclusivo. 7.2.3 En un armario múltiple de contadores ubicado dentro del local del centro de transformación. Si el armario múltiple de contadores se instala en la vía pública (a la intemperie), el mismo deberá ir resguardado por una construcción cerrada, de 0.75 m de ancho interno por el largo y alto que requieran la cantidad de medidores a instalar y provistos de puerta y cerradura normalizados por Empresa Eléctrica de
  • 18. Guatemala, S.A. para su acceso exclusivo. Si este fuera el caso, el armario deberá asentarse sobre una base de concreto no menor de 0.20 m de alto. PLANO 20 Armario de Medidores residenciales
  • 19. NOTA 1: • De acuerdo a estadísticas de Empresa Eléctrica de Guatemala, S.A. no se han efectuado conexiones con este voltaje en nuestras redes de BT. • Transformadores con este voltaje se fabrican únicamente bajo pedido especial. • Voltaje no estandarizado por la Norma ANSI C57.12.20 para transformadores monofásicos. NOTA 2: PORQUE UTILIZAR UNA CAJA SOCKET DE POLÍMERO Las ventajas de la caja socket de polímero se pueden resumir así: 1. Resguarda con seguridad el medidor e impide, o seriamente dificulta, el robo del mismo. 2. Impide el retiro del medidor, evitando que el usuario manipule la lectura. 3. Incorpora como parte integral de la caja, el interruptor térmico principal. 4. Elimina la necesidad del usuario de resguardar su medidor colocando una rejilla. 5. Que facilite la lectura y el corte por falta de pago. Que facilite la lectura del medidor. Las excelentes propiedades y ventajas que ofrecen tanto el poliéster como el policarbonato, ha llevado a Empresa Eléctrica de Guatemala, S.A. a normalizar estos polímeros para ciertas aplicaciones, siendo una de ellas el resguardo de sus medidores de energía, ya que el robo de medidores y el manipuleo de la lectura de los mismos por parte de los usuarios, se ha convertido en un problema serio. a. Manipuleo de las lecturas del medidor El manipuleo de la lecturas del medidor por parte de los usuarios, es un problema común y va en aumento. Este problema ocurre debido a que la caja socket tradicional no ofrece la seguridad necesaria para impedir que esto no suceda. Para retirar un medidor de la caja socket, solamente se necesita cortar el precinto, quitar el aro y sacar el medidor de las bases. Una vez retirado el medidor, el usuario manipula la lectura del mismo, lo inserta nuevamente en la caja socket, pone el aro y coloca el precinto de forma tal que no se note que el mismo ha sido violado. b. Robo de medidores El robo de medidores, adicional a las molestias que causa al usuario, conlleva una serie de implicaciones económicas, tanto para el usuario afectado, como para Empresa Eléctrica de Guatemala, S.A.: Empresa Eléctrica de Guatemala, S.A. basándose en lo anterior, buscó la forma de solucionar estos problemas, y tomó la decisión de normar una caja socket de polímero que reúna los siguientes requisitos: • Que resguarde con seguridad el medidor e impida o seriamente dificulte el robo del mismo. • Que impida el retiro del medidor para evitar que el usuario manipule la lectura.
  • 20. Que incorpore como parte integral de la caja, el interruptor térmico principal. • Que elimine la necesidad del usuario de resguardar su medidor colocando una rejilla. • Que facilite el corte por falta de pago. • Que facilite la lectura del medidor. NOTA 3: FUNDAMENTOS PARA LA PROHIBICION DE INSTALAR PANELES MULTIPLES DE MEDIDORES EN DIFERENTES NIVELES 1 Accesibilidad Generalmente personal de seguridad de los edificios no permite el ingreso de personal de Empresa Eléctrica de Guatemala, S.A. para corte, revisión y lectura de los medidores, más difícil se vuelve el acceso cuando éstos se ubican en los niveles superiores. Lo anterior en franca violación de lo garantizado en los artículos 50 de la Ley General de Electricidad y 70 del Reglamento de la mencionada ley. a. Artículo 70 del Reglamento de la Ley General de Electricidad Este artículo garantiza que el Distribuidor tendrá siempre acceso al equipo de medición para poder efectuar la facturación y llevar a cabo las revisiones que sean necesarias Para garantizar que se tendrá siempre acceso, es indispensable que los medidores estén localizados en la vía pública o en su defecto que se ubiquen en un lugar que tenga acceso desde la vía pública para que el personal de Empresa Eléctrica de Guatemala, S.A. pueda ingresar sin permiso previo y en el momento que así lo decida. Este artículo garantiza la revisión del equipo de medición y en instalaciones con equipo sin acceso directo, imposibilita ejercer este derecho. Esto toma mayor preponderancia ya que la aplicación tarifaría de la ley limita el porcentaje de traslado de perdidas no técnicas a tarifa, por lo que la inspección es necesaria para la gestión adecuada de una Distribuidora eficiente b. Artículo 50 de la Ley General de Electricidad Este artículo garantiza al Distribuidor el derecho al corte del servicio a usuarios que tengan pendientes de pago dos o más facturas o cuando las condiciones del suministro han sido alteradas por el usuario. En instalaciones con equipo de medición en niveles superiores se dificulta ejercer este derecho. c. Derecho de propiedad El derecho de propiedad del equipo de medición por parte del Distribuidor lo faculta para disponer de él, dentro de los limites legales, esto implica la facultad de darle mantenimiento o sustituirlo en el momento que así lo disponga Violabilidad Alimentar equipo de medición ubicado en niveles superiores permite efectuar derivaciones no medidas desde cualquier punto del alimentador.
  • 21.
  • 22. SECCION III ACOMETIDAS RESIDENCIALES AEREAS 1 voltajes El voltaje secundario normalizado en el sistema de la Empresa, es exclusivo para 120 / 240 voltios, monofásico, 3 alambres, corriente alterna 60 Hz. A solicitud del consumidor y después de que la Empresa haya investigado la posibilidad, se puede suministrar el servicio trifásico, 4 alambres, 208 / 120 Y voltios. Este servicio requiere un centro de transformación exclusivo. 2 Componentes de la acometida La instalación de la acometida de servicio eléctrico para un inmueble residencial consta básicamente de los componentes que se muestran en las figuras, así como las especificaciones de las respectivas columnas y detalles de las mismas.
  • 23.
  • 24. DETALLES DE ACOMETIDAS EMPOTRADAS EN LA PARED
  • 25. Especificaciones de "H" en las acometidas cuando se tiene un cruce de calle no mayor de 15.00 mts. "H" será de 4.50 mts si el cruce de calle de: autopista, bulevar, u otros es mayor a los 15 mts., el cruce se deberá efectuar instalando un poste en el lado opuesto de la calle, efectuado un cruce con líneas secundarias y dar el servicio con una acometida de "H" igual a 3.50 mts. La Empresa suministrará el contador y el cable de acometida, siendo ambos propiedad de E.E.G.S.A. El resto de los componentes los suministrará e instalará el usuario, de acuerdo con las especificaciones de la instalación de acometida que desea. La acometida será utilizada exclusivamente para el suministro del servicio de energía eléctrica y por la seguridad del usuario, no podrá servir como soporte de cable portador de señal de televisión, teléfono u otros Si la acometida se instala en un inmueble y este tiene cornisa sobre la acera, la caja del contador deberá quedar debajo de la cornisa, con una separación de 5 cm de la misma, el gancho que recibe el servicio, debe cumplir con las alturas reglamentarias La altura del contador quedará regida por la altura de la cornisa en su parte inferior. Ver figura adjunta.
  • 26.
  • 27. 3 NUMERO DE ACOMETIDAS ENCADA INMUEBLE Todo inmueble podrá alimentarse normalmente con un contador y hasta un máximo de 5 acometidas las cuales NO PODRAN SER ACOPLADAS, pero si de acuerdo a la siguiente manera: dar un servicio principal con un calibre adecuado que pueda soportar la carga de las acometidas que solicitan, y de la punta del servicio principal conectar cada contador en forma individual, este proceso se deberá efectuar para 2, 3, 4 y 5 contadores según la figura siguiente. las cuales podrán estar empotradas en una columna, o en la pared del inmueble según las figuras anteriores. En el inciso 2 4 posición del cable de acometida y soporte
  • 28. 4.1 La acometida debe colocarse en la propiedad que sirve y para donde fue solicitado el servicio 4.2 La caja del contador debe estar localizada en el límite entre la propiedad particular y la propiedad pública. 4.3 El gancho de soporte para recibir el cable de acometida, debe estar localizado de manera que el cable no pase sobre propiedades ajenas y colocado en lugar más inmediato a uno de los postes de distribución de la Empresa, ver figuras adjuntas. Para la construcción de la columna, ver detalles de la columna simple el artículo 2 sección III, para contadores individuales no acoplados en la misma columna y para diferentes consumidores, ver detalles de columna en la figura para contadores dobles .
  • 29. 4.3.1 Si el servicio tiene que cruzar una autopista, bulevar, u otra vía de acceso con mas de 15 mts., de ancho, el cruce se deberá hacer instalando un poste en el otro lado de la vía de acceso por cruzar, tender un tramo de líneas de secundarias y dar el servicio aplicando las condiciones descritas el numeral 4.3 ver figuras ilustrativa. 4.3.2 la altura del gancho deberá ser de 4.50 mts. si el cable de servicio cruce de la calle es de 0 a 15 mts. descritos en artículo 4.3 y figuras subsiguientes. 4.3.3 La altura del gancho deberá ser de 3.50 mts. si el cable de servicio no cruza la calle.
  • 30. 4.4 los accesorios de la acometida podrán ser instalados en: 4.4.1 Empotrados en una pared cuando la distancia del poste a la acometida sea menor a los 30 mts. 4.4.2 Una columna de concreto armado con sus 4 hierros de 3/8 " y sus respectivos estribos amarrados según las especificaciones para las columnas para uno o
  • 31. más contadores no acoplados hasta 5 como máximo cuando la distancia sea de 30 mts. si las líneas de baja tensión continúan o de 40 mts. si es en poste de remate de líneas. ver figuras adjuntas. 4.4.3 4.4.4 En las áreas rurales, se aceptará un poste de madera de una sola pieza de 15 x 15 centímetros, o un poste de madera rollizo con un diámetro mínimo de 15 centímetros en la punta cuando la distancia del poste a la acometida sea menor a los 30 mts. si es mayor de los 30 mts, se deberá fundir columna con las especificaciones del numeral 4.4.2 4.4.4 en casas tipo dúplex se puede utilizar una columna medianera para instalar las cajas de los dos contadores con viendo hacia el frente con tubos independientes, el cruce de la acometida se podrá hacer con un solo cruce de calle utilizando un conductor que soporte la carga de las dos acometidas y conectando las entradas de cada uno los dos contadores en forma independiente a la punta del cable principal. Ver figura adjunta. 4.4.5 No se permitirá instalar accesorios en cualquier otra estructura que no cumpla con los incisos anteriores 5 Suministro e instalación del cale de acometida
  • 32. 5.1 cuando la acometida de servicio es aérea, el cable de acometida lo suministra e instala la Empresa, siempre que la distancia desde el poste de distribución con líneas secundarias hasta el soporte del cable, no exeda la longitud y calibres especificados en el cuadro siguiente CALIBRE SI SECUNDARIO SI SECUNDARIO CARGAS CARGAS CARGAS DEL CONTINUA A RENMATA MONOFASICAS TRIFASICAS MAYORES SERVICIO OTRO POSTE HASTA KW. HASTA KW. 3#4 30 mts. 40 mts 48 BAJAD SEC. 3#2 30 mts. 40 mts. 48 BAJAD SEC. 3 # 1/0 30 mts. 40 mts. 48 BAJAD SEC. 4#4 30 mts. 40 mts. 69 BAJAD SEC. 4 #2 30 mts. 40 mts. 69 BAJAD SEC. 4 # 1/0 30 mts. 40 mts. 69 BAJAD SEC. 5.2 La Empresa suministrará e introducirá el cable de acometida desde el poste hasta la caja del contador, siempre que el calibre de dicho cable no sea mayor que el No. 2, Si el interesado requiere instalar mas de una acometida pero no más de cinco para un mismo inmueble, los contadores que requiera no podrán ser acoplados, estos deberán tener una acometida independiente para cada caja de contador. El interesado deberá efectuar la obra civil correspondiente a la instalación de las cajas solicitadas, en una columna o en una pared, la altura de los tubos de acometida tendrán una altura mínima de 50 cm. Y un máximo de 1 metro. La altura para la instalación del gancho será la reglamentaria descrita anteriormente, en dicho gancho en la Empresa procederá a conectar el cable de servicio adecuado a la carga total a conectarse desde el poste hasta el gancho de acometida. Seguidamente la Empresa procederá a conectar cada caja de contador independiente metiendo en el tubo de acometida un cable de aluminio 3 # 4 o 3 # 2 conectando las puntas a la caja del contador y a las puntas del cable grueso de servicio. El interesado deberá estañar 3 cm. Del extremo del neutral de cobre que conecta la barra de neutrales de la caja de interruptores y estará en contacto con la terminal de la caja del contador, con el neutral de aluminio que viene del cable de servicio que suministra la Empresa.
  • 33. El interesado deberá instalar una varilla de tierra a la cual deberá conectar la terminal que estará en contacto con la terminal de la caja del contador, y con el neutral de aluminio que viene del cable de servicio que suministra la Empresa, pasando de ser posible por la barra del neutral de la caja de interruptores ver articulo 4.4 Sí el calibre del conductor es mayor al No. 2, el interesado deberá cablear el tubo de acometida hasta el accesorio de entrada, dejando las puntas con una longitud mínima de 50 cm, el calibre del cable no deberá ser menor al No. 2 cobre, además deberá estañar las puntas de los cables de fase y el neutral respectivo en una longitud mínima de 3 cm. Para poderse conectar a los cables de la Empresa 5.3 Sí las cargas son mayores a 70 kw., el interesado deberá efectuar una bajada secundaria desde el poste hasta la caja de medición secundaria en caja tipo 3 o a un tablero múltiple de contadores sin registros intermedios, además deberá cablear la misma con los conductores adecuados para la carga que desea conectar desde el interruptor general o el tablero múltiple de contadores hasta la altura del secundario, dejando las puntas con suficiente longitud mínima de para poderse conectar al banco de transformadores. El cual se determina como acometidas y puntos de entrega ver gráficas adjuntas
  • 34. Especificaciones para efectuara una bajada secundaria en poste
  • 35. 6 Conexión del cable de servicio
  • 36. La conexión del cable de servicio de acometida la efectúa únicamente el personal de las Empresas contratistas homologadas por la Empresa Eléctrica de Guatemala S.A.. Será necesario que el interesado cubra con estaño 3 centímetros del extremo del cable del neutro de cobre, con el propósito de evitar la corrosión galvánica que tendría lugar al juntarlo con el neutro de aluminio del cable de acometida. Nota: La construcción de la columna deberá estar reforzada con el hierro necesario para poder soportar la tensión del servicio, el cual variará de acuerdo al calibre y de la longitud del mismo. No se permite al consumidor la conexión de ningún tipo de conductor a las líneas no medidas Cuando se construya una nueva acometida de servicio, ya sea por aumento de carga, remodelación, accidente o cualquier causa, se deberá retirar la acometida antigua. La nueva acometida será de acuerdo a las normas vigentes. 7 Exclusividades del uso de postes y líneas eléctricas Los postes y líneas eléctricas son propiedad de la Empresa. Cualquier inquietud con relación al uso de éstos, es necesario remitirse a la División Comercial, agencias regionales, o sub-agencias metropolitanas . 8 Euministro y colocación del contador El contador lo suministra y coloca la Empresa y es propiedad de la misma. Los contadores se instalarán en el exterior del inmueble, con excepción de los contadores que serán instalados en tableros múltiples de contadores y los demandómetros. La caja del contador se instalará en el límite de la propiedad privada y la propiedad pública a una altura de 2.70 mts. +_ 10 cm medido desde el nivel de la acera a la parte superior de la caja, la cual deberá estar viendo hacia el frente de la calle, para áreas no residenciales, las cuales se podrán proteger con una reja metálica de acuerdo a la figura siguiente. Para proyectos residenciales, con garita y seguridad particular, la altura " h "
  • 37. Podrá ser de 1.80 mts. +_ 10 cm., la protección del contador es opcional. En columnas medianeras, en donde hay dos contadores no acoplados para diferentes inmuebles se podrán instalar cajas cuadradas o circulares. El interesado deberá proporcionar el aro para asegurar el contador y poder precintarlo al momento de instalarlo. En casos especiales donde existan pendientes pronunciadas, obstáculos naturales, o situaciones similares, el interesado deberá someter su caso a consideración de la Empresa en Atención al Cliente (División comercial) o en sus agencias regionales o departamentales. No se permitirá la instalación de contadores en posición lateral, es decir, viendo hacia los lados, no se permitirá el acoplamiento de contadores. 9 Ubicación del contador El contador debe estar en un lugar accesible para su fácil lectura e inspección. En caso de obstrucción del contador, la Empresa se reserva el derecho de prestar o no el servicio. Si por alguna razón la localización de un contador se volviera inaccesible, el consumidor deberá trasladar el contador a un nuevo punto que sea accesible según cláusulas generales. El traslado es a costa del consumidor y deberá cumplir las normas vigentes. 10 Ductos de acceso hasta el contador. La tubería y accesorios por donde se introducen los cables de acometida deberán ser de tipo conduit galvanizado de una sola pieza desde el accesorio de entrada hasta la caja del contador, de la caja del contador hasta la caja de interruptores del interesado deberá pasar sus conductores medidos, o sea que en un mismo ducto no podrán ir conductores medidos y no medidos. Si la acometida es subterránea, El interesado deberá efectuar la canalización con un ducto de 2 1/2 " de p.v.c. eléctrico desde el registro donde se encuentran las líneas secundarios de la Empresa hasta la caja del contador, la cual deberá ser una caja cuadrada, la altura " h" del contador se regirá por las especificaciones anteriores ( 2.70 mts. para áreas sin seguridad privada y 1.80 mts. para áreas con seguridad particular), el ducto de salida de la caja del contador con las líneas medidas, será de un diámetro adecuado al calibre del conductor que el interesado instale. La empresa procederá a meter el cable de servicio desde el registro subterráneo hasta la caja del contador, seguidamente procederá a efectuar las conexiones respectivas, instalar el contador y precintar el mismo.
  • 38. Si las líneas de baja tensión subterráneas de la Empresa se encuentran en el lado opuesto de la calle a donde se solicita el servicio, el interesado deberá solicitar a la Empresa una extensión de líneas para que efectúe el cruce de callas con líneas de baja tensión al lado de la calle donde se solicita el servicio. Toda la obra civil necesaria a la canalización será efectuada por cuenta del interesado, la cual deberá ser de acuerdo a las normas de la Empresa. Ver figura. 11 Precintos
  • 39. Son cierres de seguridad, que se colocan en contadores y puntos donde la Empresa estime conveniente, para evitar que personas no autorizadas tengan acceso a la parte interior de contadores o a conductores con corriente no medida. La rotura de estos precintos sin la autorización de la Empresa será sancionada de acuerdo al reglamento correspondiente. En circunstancias especiales, los precintos pueden ser rotos por una persona autorizada por Atención al Cliente ( división comercial) o en sus agencias regionales o departamentales. El precinto cortado, deberá entregarse a Atención al Cliente o en las agencias regionales o departamentales en un lapso de tiempo máximo de 3 días hábiles siguientes a la autorización. 12 conexión de servicio Al terminar la instalación el interesado deberá desconectar el equipo individualmente y por medio de desconexión y protección de sobrecorriente. Para efectuar la conexión de la acometida, el neutral debe estar identificado con un conductor de forro color blanco o amarillo, con una pintura de aceite o cinta adhesiva de color amarillo. La Empresa podrá efectuar la conexión siempre y cuando se encuentre el propietario y/o encargado del inmueble o que exista una autorización del interesado para conectar aunque no se encuentre nadie en el inmueble. Para facilitar el proceso de conexión el interesado deberá, anotar además de la información solicitada, algún contador anterior o posterior, la distancia de la acometida al poste de la Empresa y el total de la carga solicitada. Después de que la Empresa haya conectado el servicio, se procederá a conectar la carga del usuario que fue desconectada en el equipo de protección, y el usuario procederá a confirmar si tiene servicio eléctrico o no. 13 conexión a tierra Para toda instalación residencial, aéreo o subterráneo, servidas en un voltaje 120 / 240 voltios, la Empresa exige que el neutro de la instalación esté conectado sólidamente a tierra. Ver figura. 14 medios de desconexión y protección de sobre corriente
  • 40. El contador debe estar protegido por un medio general de desconexión el cual debe ser un interruptor térmico ( FLIP ON) instalado de la siguiente forma1 14.1 En forma independiente del tablero de distribución interno, si la acometida está instalada en una columna separada del inmueble donde se encuentra el tablero de distribución. En la columna se procederá a instalar una cara " RH " lo más cerca posible del contador, en el cual se instalarán los interruptores térmicos adecuados a la carga por fase conectada en el tablero de distribución interno, con el propósito de proteger el contador de cualquier corto entre le contador y el tablero de distribución interno. Ver figura. 14.2 Si el tablero se encuentra en la pared del inmueble e inmediatamente al otro lado de la misma se encuentra el contador, la caja " RH " no será necesaria, y
  • 41. los cables del contador se conectarán a las barras del tablero de distribución general del inmueble. Según figura. 15 identificación del local a servirse
  • 42. El local deberá estar plenamente identificado de cualquiera de las maneras siguientes: 15.1 Por números catastrales proporcionados por las municipalidades 15.2 Por números metálicos formales de uso permanente y de buena calidad. 15.3 No se permitirán números con pintura sobre paredes, puertas o pedazos de lámina. 15.4 Para servicios temporales y para construcción, la dirección deberá identificarse claramente utilizando pintura color negro sobre una lámina don fondo amarillo. 16 Casas de colonias construidas en serie. Las compañías que se dedican a construir casas en serie además de cumplir con los procesos establecidos para las acometidas residenciales, deberán entregar a la Empresa un juego de planos de las instalaciones eléctricas de la colonia, previo a la construcción, con el fin de no tener que hacer modificaciones posteriores. 17 clasificación de acometidas residenciales según carga 17.1 Cargas monofásicas hasta 62.5 amperios, 12.75 Kw. Las especificaciones que a continuación se estipulan son la mínimas aceptables para instalaciones de servicio monofásico 120 / 240 voltios., 3 alambres, corriente alterna, 60 Hz. Y un consumo no mayor de 62.5 amperios constituido por alumbrado y aparatos electrodomésticos. 17.1.1 Las instalaciones del contador tipo EXTERIOR( E ) ver artículos ( 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10 ) en esta sección 17.1.2 Otros artículos aplicables ( 11, 12, 13, 14, 15, 16 ) en esta sección. 17.1.3 La instalación será de a cuerdo a las figuras adjuntas en cada artículo descrito en esta sección. 17.1.4 El tubo de acometida, deberá ser tubo conduit galvanizado de diámetro de 1 1/2" por las alturas reglamentarias que se especifican para cada caso de acometida. 17.1.5 Para servicios residenciales aéreos, la caja deberá ser monofásica tipo socket de 100 amperios. Para servicio monofásico subterráneos, la caja deberá ser cuadrada de 100 amperios 17.1.6 Se pueden conectar motores de uso doméstico, adecuados para éste servicio. 17.1.7 Ver articulo 13 referente a la conexión a tierra. 17.1.8 En el extremo superior del tubo de acometida por donde se introducen los cables de servicio de la Empresa, se deberá instalar un accesorio de entrada de servicio. ( calavera). 18.2 Servicios entre 63 y 200 amperios (n13 a 40.8 Kw.).
  • 43. Las especificaciones que a continuación se estipulas son las mínimas aceptables para instalaciones de servicio monofásico de 120 / 240, voltios 3 alambres, corriente alterna, 60 Hz. Y con un consumo no mayor de 200 amperios. 18.2.1 Instalación del contador interno tipo ( I ). Que tendrá las características de los contadores demandómetros que se tratan en las instalaciones industriales y comerciales. 18.2.2 El tubo de acometida, deberá ser tubo conduit galvanizado de diámetro de 2 1/2" por las alturas reglamentarias que se especifican para cada caso de acometida. 18.2.3 En el extremo superior del tubo de acometida por donde se introducen los cables de servicio de la Empresa, se deberá instalar un accesorio de entrada de servicio. ( calavera). 18.2.4 La caja socket para instalar el contador polifásico, deberá ser clase 200 amperios. 18.2.5 Aplican los requerimientos de los contadores demandómetros que se tratan en las instalaciones industriales y comerciales. 18.2.6 Ver articulo 13 referente a la conexión a tierra. 18.3 Servicios mayores de 200 amperios ( mayores de 40.8 Kw. ) se considerarán como servicios especiales y se debe consultar a Atención al Cliente o a sus agencias regionales y departamentales. SECCION IV
  • 44. ACOMETIDAS RESIDENCIALES SUBTERRANEAS DISPONIBILIDAD DE SERVICIO PERMISOS SUMINISTRO DE DUCTOS DISTANCIA ENTRE DUCTOS DE ENERGIA Y OTROS DUCTOS CAJA DE CONEXIÓN SECUNDARIA TAMAÑO Y MATERIAL DE DUCTOS TAMAÑO DEL SOPORTE DE LA CAJA DEL CONTADOR CLASIFICACION DE LAS ACOMETIDAS SUBTERRANESA RESIDENCIALES CONEXIÓN DEL CABLE DE ACOMETIDA EN COLONIAS CON DISTRIBUCION SUBTERRANEA CANALIZACION Acometidas residenciales subterráneas
  • 45. Toda acometida residencial subterránea deberá ser en 120 / 240 voltios y podrá ser subterráneo en cualquiera de las siguientes condiciones: 1 cuando el usuario prefiera acometida subterránea y cubra los costes correspondientes . 1.1 efectuar la canalización correspondiente a la bajada secundaria según figura adjunta.
  • 46. 1.2 Cuando la acometida sea en media tensión el usuario deberá efectuar la canalización de acuerdo a las figuras adjuntas.
  • 47.
  • 48. 2 cuando el secundario del sistema de EEGSA sea subterráneo 1 Disponibilidad de servicio Antes de comenzar a diseñar en áreas donde la distribución sea en subterráneo, es necesario que el interesado consulte a EEGSA acerca de la disponibilidad del servicio en el área en que se proyecten hacer las acometidas. Para la distribución de servicios subterráneos nuevos, los transformadores deberán ser tipo "PADMOUNTED", por lo que deberán observarse los respectivos procesos y procedimientos de la obra civil para la instalación de dichos transformadores. Según las figuras adjuntas. Conexión de la plataforma de concreto y el registro tipo "H" Vista del transformador tipo padmounted con sus respectivas conexiones
  • 49. 3 Permisos Se entiende por permisos a todos los tramites municipales, obtención de servidumbres y similares, los cuales deberá efectuar el interesado. 4 Suministro de ductos 4.1 Acometidas residenciales El interesado deberá efectuar la canalización con un ducto de 2 " de p.v.c. eléctrico o conduit galvanizado desde el registro "H" donde se encuentran las líneas secundarias de EEGSA. hasta la caja del contador, la cual deberá ser una caja cuadrada, la altura " h" del contador se regirá por las especificaciones anteriores ( 2.70 mts. para lugares sin seguridad privada y 1.80 mts. en áreas con seguridad particular), el ducto de salida de la caja del contador con las líneas medidas, será de un diámetro adecuado al calibre del conductor que el interesado instale. El interesado deberá efectuar la canalización del nuevo servicio desde el registro " H " hasta la columna donde se instalará el contador nuevo, con un ducto de PVC. Eléctrico o conduit galvanizado de 2" sin registros intermedios, además deberá dejar una línea guía de alambre galvanizado calibre # 10 o # 8 dentro del ducto
  • 50. EEGSA. procederá a meter el cable de servicio desde el registro "H" subterráneo hasta la caja del contador, seguidamente efectuará las conexiones respectivas e instalará el contador procediendo al precintando del mismo. La canalización se deberá hacer de acuerdo las especificaciones adjuntas.
  • 51.
  • 52. 4.2 servicio subterráneo residencial con cruce calle Si las líneas de baja tensión subterráneas de EEGSA se encuentran en el lado opuesto de la calle a donde se solicita el servicio, el interesado deberá solicitar una extensión de líneas para que EEGSA efectúe el cruce de calle con las líneas de baja tensión. al lado de la calle donde se solicita el servicio. El interesado deberá efectuar la canalización desde el registro " H " existente al otro lado de la calle, construir el nuevo registro "H", colocar los tubos de cruce de calle, los cuales deberán ser conduit galvanizado de 4" con su respectivo recubrimiento de concreto A demás deberá efectuar la canalización desde el nuevo registro " H " hasta la columna del contador donde se requiera el servicio. Dicha canalización será con un ducto de PVC. Eléctrico o conduit galvanizado de 2" sin registros intermedios, deberá dejar dentro del ducto una línea guía de alambre galvanizado calibre # 10 o # 8. Toda la obra civil necesaria a la canalización desde el registro " H " existente hasta el contador, será efectuada por cuenta del interesado, la cual deberá ser de acuerdo a las normas de EEGSA. Ver figura. 4.3 Acometidas subterráneas especiales Para servicios de acometidas subterráneas con cargas mayores a las que soporta la ampacidad del cable de servicio: triplex 2 # 2 y N # 4, AL. URD. el interesado deberá consultar con EEGSA. Para definir lo procedente a los trabajos a efectuarse.
  • 53. 5 distancias entre ductos de energía y otros ductos Cuando la canalización de la acometida pasa por puntos donde haya canalización, el ducto de la acometida se debe mantener a un mínimo de 18" de distancia en ambos sentidos de la otra canalización. Ver figura. 6 conexiones y desconexiones en cajas Las conexiones y desconexiones en la caja de registro tipo " H " donde se encuentran las líneas de EEGSA. así como el suministro del cable de servicio, el tendido dentro del ducto de acometida, la conexión en las clavijas superiores de la caja del contador, la instalación del contador y el precintado del mismo podrán ser efectuadas única mente un contratista homologado por EEGSA . 7 Cuando dos contadores estén instalados en una columna medianera, cada contador deberá tener canalización independiente desde el registro tipo " H " hasta el contador, según las especificaciones anteriores.
  • 54. 8 Especificaciones de la columna de contador con servicio subterráneo El tamaño mínimo para la columna del contador serán de acuerdo a las figuras siguientes:
  • 55.
  • 56. 9 Clasificación de acometidas subterráneas residenciales 9.1.1 Las especificaciones que se estipulan, son las mínimas aceptables para instalaciones de servicio residencial subterráneo monofásico 120 / 240 voltios, 3 alambres, corriente alterna 60 Hz. Cualquier otro tipo de servicio o voltaje, se deberá consultar con EEGSA. 9.1.2 El contador deberá estar instalado en límite de la propiedad privada y el de la propiedad pública, dando frente a la calle, y que sea de fácil acceso. 9.1.3 Se aplican los artículos del No. 1 al No. 8 de la SECCION IV del capitulo de servicios residenciales subterráneos. 9.1.4 La caja del contador deberá ser tipo " socket cuadrada" monofásica de 100 amperios y que cumpla con las normas EEI-MS-7. 9.1.5 Se pueden conectar motores de uso domestico no mayores de 5 hp. 9.1.6 El ducto de acometida será: conduit galvanizado de 2" o PVC ELECTRICO de 2". 9.1.7 El servicio no podrá efectuar ningún cruce de calle. 9.1.8 Para poder efectuar un cruce de calle, se deberá aplicar el artículo No. 4.2 servicio subterráneo residencial con cruce calle. 9.2 Servicios monofásico hasta 200 amperios ( 40.8 kw. ) 9.2.1 La instalación deberá cumplir con las especificaciones para la instalación de los contadores con demandómetro. 9.2.2 El ducto de acometida será conduit galvanizado de 2" o PVC ELECTRICO de 2" 9.2.3 La caja del contador deberá ser de 200 amperios. 9.2.4 Las conexiones que deberá hacer el interesado serán en las clavijas de los extremos ver figura. 9.2.5 Servicios mayores de 200 amperios, son considerados servicios especiales y se deberán consultar con EEGSA.
  • 57. 10 Registros y canalización utilizados en líneas subterráneas. 10.1.1 Registros especiales Cuando EEGSA. Lo estime conveniente, se podrá pedir que el interesado suministre o construya registros especiales de acuerdo a las características que se requieran en el proyecto. 10.1.2 registros para alumbrado EEGSA. Se reserva el derecho de exigir la instalación de registros para alumbrado público de acuerdo a las características del proyecto. 10.1.3 Registros utilizados por EEGSA. Para la construcción de un proyecto con un sistema de líneas subterráneas, las cuales pueden ser de media tensión, baja tensión o ambas, los registros a utilizarse serán del tipo " H ". El registro " H " tipo costa ( especial) se deberá utilizar cuando las condiciones climáticas sean muy severas. Registro " H " tipo pozo cuando el perfil del terreno así lo exija . Registro tipo " H "
  • 58.
  • 59. Registro " H " tipo costa ( especial )
  • 60. Elevación del registro " H " tipo costa Armado de la tapadera del registro " H" tipo costa
  • 61. Planta registro "H" tipo pozo Elevación de registro "H" tipo pozo
  • 62. Detalle de armado de la tapadera del registro "H" tipo pozo Sección transversal del registro tipo pozo
  • 63. Detalle de entrada de ductos al registro
  • 64. Canalización con ductos de 4 " y recubrimiento de concreto
  • 65. Vista general de la canalización
  • 66.
  • 67. Canalización con cruce de calle Canalización en acera paralela a la calle con pendientes de 1% al 45%
  • 68. SECCION V SERVICIO EN VOLTAJE 120 / 208 VOLTIOS EDIFICIOS CON MAS DE CINCO (5) CONSUMIDORES VOLTAJES DISPONIBLES ACOMETIDA MEDICION USUARIOS DE TABLEROS MULTIPLES DE CONTADORES QUE REQUOIERAN MEDICION SECUNDARIA ACOMETIDAS EN MEDIA TENSION ( PRIMARIAS) TRANSFORMADORES PROPORCIONADOS POR EEGSA INSPECCION USUARIOS DE ALTO CONSUMO RECOMENDACIONES
  • 69. SECCION V ACOMETIDAS EN EDIFICIOS, APARTAMENTOS, CENTROS COMERCIALES Y SIMILARES 1 Servicios en voltaje 208 / 120 voltios estrella Cuando la carga a conectarse sea monofásica y exceda de 48 Kilovatios, para evitar desbalance en las líneas de EEGSA., el interesado deberá hacer una distribución trifásica 120 / 208 voltios en estrella. 2 edificios con más de cinco ( 5) consumidores Para edificios con más de cinco ( 5) consumidores, es necesario que el interesado presente a EEGSA. Los planos eléctricos y diagramas unifilares de la instalación, con anterioridad al inicio de la construcción a fin de que EEGSA. Los revise y emita las recomendaciones pertinentes, respecto a las características eléctricas del equipo por parte del o de los interesados Ejemplo: elevadores, escaleras, bombas, equipo de aire acondicionado y todo lo referente a los servicios generales. Esta revisión no responsabilizara EEGSA. por los defectos o errores contenidos en el diseño. 3 Voltajes disponibles Los voltajes disponibles en EEGSA, son: 3.1 para consumidores individuales 120 / 240 voltios, monofásico 120 / 208 Y voltios, trifásico, estrella aterrizada, 4 alambres. 120 / 240 ∆ voltios, trifásico, delta, 4 alambres. 3.2 Para servicios generales Con transformadores proporcionados por el interesado, también se pueden suministrar los siguientes voltajes: 240 / 480 ∆ voltios, 3 fases, delta, 4 alambres. 240 / 416 Y voltios, 3 fases, estrella aterrizada, 4 alambres. 277 / 480 Y voltios, 3 fases. 3.3 Para alimentación de edificios: 13.2 ó 69 kv. Dependiendo de la carga y de la disponibilidad que EEGSA tenga en el área. 4 Acometida Todo inmueble debe ser alimentado por una sola acometida, ya sea en alta, media o baja tensión, esta podrá ser aérea o subterránea. Cuando EEGSA lo estime conveniente, se podrá tener más de una acometida, aplica el artículo 9 de la sección de cláusulas generas que dice:
  • 70. "SOLICITUDES CON DIFERENTE NOMBRE PARA EL MISMO INMUEBLE (MAS DE 1 ACOM.) CUANDO A JUICIO DE EEGSA, PERSONAS INDIVIDUALES O JURÍDICAS SOLICITEN EL SERVICIO PARA UN INMUEBLE CON EL OBJETO DE NO CUMPLIR LO ESPECIFICADO EN ESTAS NORMAS, EEGSA. SE RESERVA EL DERECHO DE NO PRESTAR EL SERVICIO O DESCONECTARLO SEGÚN LO PREVISTO EN EL ARTÍCULO 59 INCISO F ) DEL REGLAMENTO DE PRESTACIÓN DE SERVICIO DE ENERGÍA ELÉCTRICA DE LA EMPRESA ELÉCTRICA DE GUATEMALA S.A. ( ACUERDO GUBERNATIVO 18 -- 91 ) DENTRO DE ESTA CLASIFICACIÓN SE CLASIFICARÁ A PERSONAS JURÍDICAS O INDIVIDUALES QUE SOLICITEN O HAYAN SOLICITADO SERVICIOS CON DIFERENTES NOMBRES PARA INCREMENTAR LAS CARGAS CONECTADAS A INMUEBLES SIN CUMPLIR CON CONECTARSE AL VOLTAJE QUE SE INDICA EN ESTE MANUAL O PARA CONSEGUIR QUE UN INMUEBLE SE ALIMENTE CON VARIAS ACOMETIDAS. A LOS CONCESIONARIOS DE E.E.G.S.A. QUE SE PRESTEN PARA ESTE TIPO DE ACTIVIDAD LES SERÁ CANCELADA LA CONCESIÓN DE ACUERDO AL REGLAMENTO VIGENTE DE ELECTRICISTAS AUTORIZADOS. " 4.1 Este tipo de servicio requiere que el interesado efectúe la instalación y construcción de: 4.1.1 Tubos de bajada para líneas de media o baja tensión deberán ser de conduit galvanizado de 4" más el tubo de bajada que se requiere en estos casos. 4.1.2 Hacer la obra civil correspondiente a la canalización y obra necesaria para la instalación del o los equipos respectivos. 4.1.3 Preparar la infraestructura necesaria para la instalación del equipo de medición necesario. 4.1.4 Toda la obra civil será por cuenta del interesado y de acuerdo a las especificaciones de EEGSA. 4.2 tubos de bajada para media o baja tensión El interesado instalará los tubos de bajada conduit galvanizado, en el poste de distribución de EEGSA. En la base del poste se deberán dejar enterrados 2 ductos con sus respectivas vueltas. La altura del tubo de bajada será de acuerdo a las especificaciones de las figuras adjuntas. Estas figuras aplican para el suministro de ductos para las bajadas secundarias para cajas auto contenidas clase 200, mediciones secundarias en caja tipo III
  • 71.
  • 72. .
  • 73. Montaje del equipo de bajada primaria en poste El montaje del equipo para una bajada en media tensión, la hará un contratista homologado por EEGSA. Si EEGSA establece un punto de entrega o de enganche, el interesado podrá instalar el equipo en el pote.
  • 74.
  • 75. 4.3 Líneas de alimentación 4.3.1 Líneas de alimentación en baja tensión Los conductores de alimentación desde el poste al tablero múltiple de contadores, equipos de medición en caja III o caja clase 200 serán suministrados e instalados por el interesado, el calibre del conductor deberá tener una ampacidad adecuada a la carga que se instale. Dichos conductores deberán ser de una sola pieza, es decir no podrán tener ningún tipo de empalme desde el accesorio de entrada en el poste de bajada hasta la caja de medición. Las riendas de los cables deberán tener una longitud mínima de 6 mts. para poder efectuar las conexiones en los transformadores las cuales se conectarán en DELTA o en ESTRELLA . Estas figuras aplican en el suministro de conductores para las bajadas secundarias en cajas auto contenidas clase 200, o mediciones secundarias en rack o en caja tipo III
  • 76.
  • 77. 4.3.2 Líneas de alimentación para media tensión Para la alimentación de un servicio en media tensión, el interesado deberá efectuar la obra civil correspondiente a las bajadas primarias en media tensión, instalar el o los transformadores que se utilizarán en el centro de transformación del edificio, comercio, o similar. El tendido del cable dentro de la canalización, lo efectuará EEGSA. Si son líneas particulares, la obra civil, tendido de los conductores, montaje de la o las bajadas primarias y todo lo concerniente al centro o centros de transformación, los deberá instalar el interesado, ya que EEGSA. Definirá un punto de entrega donde se instale la medición de media tensión. 4.4 Vueltas Toda bajada: en media o baja tensión, deberá tener dos vueltas galvanizadas de 4" en la base del poste con su respectivo recubrimiento de concreto. 4.4.1 Si es un servicio con bajada secundaria, esta no podrá tener ningún registro intermedio entre el poste y el equipo de medición, el cual podrá ser: Una caja clase 200 para contador demandómetro auto contenido. Caja para medición secundaria tipo III. Panel de contadores. Ver figura adjunta.
  • 78. 4.4.2 Si es un servicio en media tensión, el poste con sus respectivas vueltas, no deberá estar a más de 3.00 mts. máximo de separación entre el poste y el primer registro aprobado por EEGSA. Ver figura adjunta.
  • 79. 5 medición 5.1 servicios generales La medición de los servicios generales deberá ubicarse a los cables de acometida 5.1.1 Panel múltiple de contadores 120 / 240 v. 120 / 208 v. Monofásico Si se requiere más de 5 contadores por inmueble, se deberá instalar un panel múltiple de contadores en un lugar adecuado y accesible para la EEGSA.. Si el interesado tiene que instalar más de un panel múltiple de contadores a partir de un mismo centro de transformación, deberá consultar con EEGSA para determinar si aplica la construcción de acuerdo siguiente. Usuarios con tableros múltiples de contadores y medición secundaria ubicados a más de 5 mts. de la fuente.
  • 80. Usuarios con tableros múltiples de contadores y medición secundaria a menos de 5 mts. de la fuente Edificios con mediciones individuales Para los propietarios o inquilinos Especificaciones general 1 Si el edificio tiene más de 4 niveles, se procederá a instalar un panel de contadores a cada 3 o 4 niveles. Y el número de contadores por panel múltiple serán de: MINIMO DE 6 Y MAXIMO DE 60. 2 La subestación deberá estar en un lugar accesible al personal de EEGSA 3 Si el edificio tiene seguridad particular, el interesado deberá mantener una orden permanente en la garita de control a fin de facilitar con rapidez el ingreso al personal de lecturas de contadores. 4 EEGSA instalara un equipo de medición general en la salida de los transformadores para medir la totalidad de la carga instalada en el edificio, con los paneles de contadores más los servicios generales. 5 Si el interesado ocasiona problemas o retiene al personal más del tiempo necesario, el lector procederá a tomar la lectura de la medición total del edificio para su facturación, el cual deberá cancelar en su totalidad el interesado o dueño del edificio. 6 En edificios con una demanda total de 225 KW., el interesado deberá proveer los transformadores que sean necesarios para poder suministrar la energía del mismo.
  • 81. 7 El tendido de cables e instalación de la distribución en alta tensión, lo efectuará EEGSA. 8 La localización de los tableros múltiples de contadores dentro de los niveles superiores de un edificio, deberán esta localizados en lugares de fácil acceso al personal de lecturas. 9 En caso de que la demanda total sea de 225 KW. O menor, y EEGSA supla los transformadores, el voltaje en baja tensión será de 120 / 208 voltios. 3 fases 4 conductores. 10 El interesado deberá efectuar la interconexión de todos los tableros múltiples de contadores con ductos barra o con los cables de suficiente ampacidad para poder transportar la carga a todos los paneles múltiples de contadores. Ver figura adjunta. Medición para servicios generales en edificios Especificaciones generales 1 Si la carga para los servicios generales, fluctúa de 11 a 75 kw. Se deberá instalar un contador auto contenido en caja clase 200 el cual deberá estar integrado dentro del panel de contadores, cumpliendo con los requisitos de su respectiva conexión. 2 Si la carga a conectar en los servicios generales excede de los 75 kw., el interesado deberá instalar una medición secundaria en caja tipo III fuera del tablero múltiple de contadores y acoplada las barras del tablero sin ningún registro intermedio. 3 El interesado deberá efectuar la instalación del equipo respectivo a la medición secundaria en caja III. Así como el cableado de la misma. Ver figura adjunta
  • 82. 5.2 Tablero múltiple de contadores Para edificios con más de 5 consumidores, es necesario colocar un tablero múltiple de contadores en un área adecuada y accesible 5.2.1 Si es para edificios con más de 4 niveles, se deberá aplicar todo lo concerniente al inciso 5.1 del párrafo anterior de esta sección. 5.2.2 Si se trata de edificios con 4 o menos niveles, el panel múltiple de contadores deberá estar en el primer sótano o en el primer nivel. 5.2.3 Todo tablero múltiple de contadores deberá estar protegido por un interruptor general y las salidas de cada contador por un interruptor térmico ( flip-on) instalado en el tablero. 5.2.4 Los interruptores térmicos deberán tener una capacidad interruptiva de acuerdo a la corriente de corto circuito que pueda producirse. 5.2.5 El interruptor general deberá tener una capacidad interruptiva de a cuerdo a la corriente de corto circuito que se pueda producir en el panel múltiple de contadores. 5.2.6 Características del tablero múltiple de contadores Todo tablero múltiple de contadores deberá cumplir con los siguientes requisitos: 5.2.6.1 deberá Identificar con pintura permanente, números y letras no menor de 2" el tipo de voltaje de alimentación. 5.2.6.2 El número de contadores que podrá tener un panel múltiple de contadores será: mínimo de 6 y un máximo de 60 unidades. 5.2.6.3 El tablero múltiple de contadores deberá estar localizado en la parte más inmediata al acceso del edificio, en áreas de circulación y accesible en todo momento al personal de EEGSA. 5.2.6.4 El diseño y ubicación del tablero serán sometidos a una revisión previa por parte de EEGSA.. Esta revisión no hace responsable a EEGSA por los errores de diseño que tenga. 5.2.6.5 El tipo de instalación podrá ser : Interior, si es de fácil inspección y accesibilidad al personal de EEGSA. Exterior, deberá tener un gabinete o una caseta de protección para el panel, la cual será de acuerdo al tamaño del panel por instalarse. Ver figura
  • 83. 5.2.6.6 El tablero múltiple de contadores tiene que ser completamente precintable. 5.2.6.7 El tablero debe permitir conectar o cortar un servicio sin necesidad de abrir completamente el mismo. 5.2.6.8 Cada sector del tablero debe estar protegido con una tapadera precintable individual cuando no haya contador instalado, además deberá tener la identificación del local o apartamento que sirve, la identificación deberá hacerse con pintura permanente o números no menores de 1". 5.2.6.9 Las conexiones que alimentan a cada contador dentro del tablero ( líneas no medidas) deberán hacerse con barras sólidas. Las salidas ( líneas ya medidas) deberán tener un interruptor térmico en la salida del contador, después de este interruptor térmico las salidas podrán hacerse mediante cables de calibre adecuado. Ver figura.
  • 84. 5.2.6.10 El interruptor para cada local, apartamento u oficina,. deberá estar integrado físicamente al tablero múltiple de contadores 5.2.6.11 El tablero deberá esta conectado físicamente a tierra. 5.2.6.12 En el mismo ducto no podrán ir líneas medidas y no Medidas 5.2.6.13 El interruptor general que sirve al tablero debe ser precintable. 5.2.6.14 No se permitirá el uso de cierres adicionales que impidan el acceso al personal de EEGSA. 5.2.6.15 Las líneas de alimentación de cualquier tablero de medición podrán ser cables con una capacidad suficiente que permitan la expansión hasta en un 50 % con el neutral a capacidad completa. Dicha alimentación deberá hacerse dentro de tubo y accesorios tipo conduit galvanizado, sin cajas de registro y perfectamente identificados con pintura blanca. En caso de utilización del ducto barra, el mismo deberá tener una capacidad del 150 % de la capacidad de los transformadores que sirven al mismo. 5.2.6.15.1 No se aceptarán tableros múltiples de contadores con voltajes mixtos, deberán ser: 120 / 240 v delta 120 / 208 v. Estrella, pero no combinados de ellos. 5.2.6.15.2 Se recomienda que la instalación del tablero cumpla los siguientes requisitos: 5.2.6.15.3 En el diseño preliminar de la acometida, se prevea el crecimiento, aumentos de carga y probable conversión a trifásico, dejando ductos y accesorios del diámetro y especificaciones adecuadas. 5.2.6.15.4 El uso de pararrayos secundarios en el tablero múltiple de contadores.
  • 85. 6 Usuarios de tableros múltiples de contadores que requieran medición secundaria. 6.1 Usuarios con tableros múltiples de contadores, separados de la fuente. La conexión de tableros múltiples de contadores separados de la fuente, son considerados en los siguientes casos 6.1.1 conexión de un solo tablero La línea de alimentación saldrá directamente de la subestación o centro de transformación, debiendo cumplir con las condiciones siguientes: 6.1.1.1 La línea de alimentación del tablero múltiple de contadores debe contar con ( 2) dos interruptores. Uno de los cuales debe estar al inicio del alimentador del tablero siempre que el tablero múltiple de contadores este separado de la pared del centro de transformación y el segundo interruptor debe estar al final del alimentador e incorporado dentro del tablero múltiple de contadores y debidamente precintado. 6.1.1.2 La línea de alimentación del tablero múltiple de contadores deberá ser ducto barra, expuesta y permanentemente accesible al personal de EEGSA, . Si se utiliza cable, este deberá ir dentro de tubería conduit galvanizado sin ningún registro intermedio y pintado el mismo de color amarillo. 6.1.1.3 No se permitirá la existencia de registros intermedios a lo largo de la línea de alimentación del tablero múltiple de contadores por ser estas líneas no medidas.
  • 86. 6.1.1.4 EEGSA. Se reserva el derecho de colocar una medición de respaldo en donde lo considere conveniente. 6.1.2 Conexión de varios tableros múltiples de contadores distantes de la fuente. El centro de transformación o subestación deberá incluir un tablero de distribución del cual partirán las líneas de alimentación a cada tablero múltiple de contadores o a medición secundaria en caja tipo III. La subestación deberá tener un área mínima rectangular de 4.00 mts. por 5.50 mts. la línea deberá cumplir con las condiciones de los incisos anteriores del 6.1.1.1 al 6.1.1.4 de esta sección.
  • 87. 6.2 Usuarios con tableros múltiples de contadores y medición secundaria contiguos a la fuente . 6.2.1.1 Los tableros que se tengan que instalar contiguos a la pared del centro de transformación, podrán prescindir de un de los interruptores descritos en el inciso que dice: "6.1.1.1 La línea de alimentación del tablero múltiple de contadores debe contar con ( 2) dos interruptores. Uno de los cuales debe estar al inicio del alimentador del tablero siempre que el tablero múltiple de contadores este separado de la pared del centro de transformación y el segundo interruptor debe estar al final del alimentador e incorporado dentro del tablero múltiple de contadores y debidamente precintado." por estar pegados a la fuente, deberán ser alimentados directamente de las terminales secundarias de los transformadores. 6.2.1.2 Los tableros que se tengan que instalar separados a la pared del centro de transformación. tendrán que aplicar el inciso 6.1.1.1 que dice: "6.1.1.1 La línea de alimentación del tablero múltiple de contadores debe contar con ( 2) dos interruptores. Uno de los cuales debe estar al inicio del alimentador del tablero siempre que el tablero múltiple de contadores este separado de la pared del centro de transformación y el segundo interruptor debe estar al final del alimentador e incorporado dentro del tablero múltiple de contadores y debidamente precintado."
  • 88. 6.3 requerimientos para la instalación de tableros múltiples de contadores separados de la fuente. La conexión de los tableros múltiples de contadores y medición secundaria en caja tipo III, separados de la fuente, deberán llenara los siguientes requisitos 6.3.1 La subestación o centro de transformación deberá tener un área mínima rectangular de 4 mts. x 5.50 mts. y deberá cumplir con las especificaciones adjuntas:
  • 89. 6.3.2 En la salida de la subestación y dentro de la misma, deberá instalarse un tablero de distribución, con su protección y debidamente precintado, del cual partirán las diferentes líneas que alimentarán cada uno de los tableros múltiples de contadores y para cada una de las mediciones secundarias.